ESE Hospital Regional de Chiquinquirá Carrera 13 No. 18-60
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INFORME DE AUSTERIDAD EN EL GASTO
ESE HOSPITAL REGIONAL DE CHIQUINQUIRA
LUZ MARINA ESTUPIÑAN MERCHAN
GERENTE
MARIA FRANCEY LOPEZ
ASESOR DE CONTROL INTERNO
FECHA DE ELABORACIÓN
I TRIMESTRE DE 2019
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INTRODUCCIÓN
La ESE Hospital Regional de Chiquinquirá, origina el primer informe de austeridad para el
año 2019 que da a conocer las medidas de decisiones en la racionalización del gasto
del de la institución y la incidencia que tiene los gastos de funcionamiento en la
ejecución presupuestal como uno de los movimientos más significativos de este.
Este informe permite la observación de las estrategias en eficiencia y austeridad en el
gasto público, dando cumplimiento a las normativas que establecen en materia de
aquellas entidades que administran recursos públicos, así como acatar a las directrices
del departamento de la administración de la función pública en materia de austeridad
en el gasto y la circular presidencial en lineamientos de cero papeles en la
administración pública.
El informe aquí presente podrá ser objeto de seguimiento por los entes de control.
OBJETIVO
Rendir informe trimestral en el gasto público generado por el hospital regional
Chiquinquirá, durante el primer trimestre de vigencia 2019, en lo que tiene que ver con
las componentes de funcionamiento orientado al buen manejo y uso racionalizado de
los recursos.
ALCANCE
Metodología que debe ser aplicada a la administración de personal, servicios públicos,
publicidad y publicaciones, servicios administrativos, consumo de combustible y
mantenimiento del parque automotor.
CONTEXTO NORMATIVO
DECRETO 26 DE 1998 (enero 8) Por el cual se dictan normas de austeridad en el
gasto público. El Presidente de la República de Colombia, En uso de las
facultades constitucionales, en especial las que le confiere el numeral 20 del
artículo 189 de la Constitución Política.
Decreto 1737 de 1998. “Por el cual se expiden medidas de austeridad y eficiencia
y se someten a condiciones especiales la asunción de compromisos por parte de
las entidades públicas que manejan recursos del Tesoro Público.”
Decreto 984 del 14 de mayo de 2012. el cual modifica el artículo 22 del Decreto
1737 de 1998.” Que indica: Las oficinas de Control Interno verificarán en forma
mensual el cumplimiento de estas disposiciones, como de las demás de
restricción de gasto que continúan vigentes; estas dependencias prepararán y
enviarán al representante legal de la entidad u organismo respectivo, un informe
trimestral, que determine el grado de cumplimiento de estas disposiciones y las
acciones que se deben tomar al respecto.
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Ley 1815 del 7 de diciembre de 2016, art. 104 – Plan de austeridad del gasto
Ley estatutaria decreto 1068 de 2015, titulo 4 medidas de austeridad en el gasto
público, capitulo 5 publicidad y publicaciones, capitulo 6 servicios
administrativos.
Decreto 2445 de 2000, por el cual se modifican los artículos 8º, 12, 15 y 17 del
Decreto 1737 de 1998.
METODOLOGIA
El informe se elaboró solicitando la información a la presupuesto, almacén y líderes de
los procesos de la E.S.E. HRC, quien suministra la información aquí plasmada, tomando
como referentes: la ejecución presupuestal, los estados contables, comprobantes de
egresos, la planta de personal, los contratos de prestación de servicios y los demás
gastos.
1. ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PERSONALES. (Art
3 de decreto 1737 del 2008)
1.1. TIPO DE VINCULACIÓN
LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION CON PERIODO FIJO
No. Cargos Cargo
1 Gerente
1 Asesor control interno
LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN
No. Cargos Cargo
2 Sub gerente
1 Tesorera
SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO
Cabe aclara que el servicio social obligatorio: Es el desempeño de una profesión con
carácter social, mediante el cual los de los programas de educación superior del área
de la salud contribuyen a la solución de los problemas de salud desde el campo de su
competencia profesional en bacteriología, enfermería, medicina y odontología, por un
periodo de un año en plazas aprobadas por las Secretarías Departamentales de Salud y
las a Secretarías Distritales de salud respectivamente que se encuentran a cargo de la
ESE para su pago.
No. Cargos Cargo
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4 MEDICINA GENERAL (SSO)
3 ENFERMERAS JEFES (SSO)
1 ODONTOLOGO (SSO)
Gastos de personal planta
Concepto I trimestre 2019
Sueldos nomina 147.359.193
Bonificación por servicios prestados 4.634.368
Bonificación especial por recreación 213.278
Prima de navidad 3.508.439
Prima de servicios 655.385
Prima de vacaciones 1.695.353
Cesantías 43.451.335
Viáticos 5.725.058
Total I trimestre 2019 207.242.409
Total Trimestre anterior 215.677.111
Disminución trimestre 4%
1.2. CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS -CPS.
El contrato de prestación de servicios es un contrato estatal que celebran las entidades
para desarrollar actividades relacionadas con su administración o funcionamiento, y
sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan
realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. El contrato
de prestación de servicios es de carácter civil y no laboral, por lo tanto, no está sujeto a
la legislación de trabajo y no es considerado un contrato con vínculo laboral al no
haber relación directa entre empleador y trabajador, por ello, no cuenta con período
de prueba y no genera para el contratante la obligación de pagar prestaciones
sociales.
DESCRIPCIÓN VALOR
Contratos de prestación de servicios-administrativos 117.588.183
Remuneración por servicios técnicos especialistas 1163.819.642
Otros Remuneración (coordinación-lavandería, otros 134.351.879
Personal (asistencial administrativo-facturación) 2.621.100.828
TOTAL REMUNERACION POR SERVICIOS TECNICOS
4.036.860.532
TOTAL REMUNERACION POR SERVICIOS TECNICOS ANTERIOR
TRIMESTRE
4113.938.613
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Disminución trimestre 2%
Durante el primer trimestre de 2019 se realizaron si- no. No 80 contratos de prestación de
servicios en el área administrativa y asistencial, los cuales están justificados en la falta de
personal de planta para realizar las actividades contratadas que se hacen necesarias
para el cumplimiento de los objetivos de la institucional.
SERVICIOS PERSONALES TECNICO - HONORARIOS
En consideración con el capítulo 4º.-del decreto 1068 de 2015 ADMINISTRACIÓN DE
PERSONAL, CONTRATACIÓN SERVICIOS PERSONALES en la que establece:
Prohibición de contratar prestación de servicios de forma continua. Prohibido pacto de
remuneración para pago servicios personales calificados con personas naturales, o
jurídicas, encaminados a la prestación servicios en forma continua para atender propios
de la respectiva entidad, por valor mensual superior a la remuneración total mensual
establecida para el jefe de la entidad.
Parágrafo 1°. entiende por remuneración total mensual del jefe de la entidad, la que
corresponda a este en cada uno de dichos períodos, que en ningún caso puedan en
consideración los factores prestacionales.
Parágrafo 2° Los servicios a que hace referencia el presente artículo corresponden
exclusivamente a aquellos comprendidos en concepto "remuneración técnicos"
desarrollado en el decreto de liquidación del presupuesto general de la Nación, con
independencia presupuesto con cargo al cual se realice su pago.
Parágrafo 3°. De manera excepcional, para aquellos eventos en los que se contratar
servicios altamente calificados, podrán pactarse honorarios superiores a la
remuneración total mensual establecida para el jefe de la entidad, los no podrán del
valor total mensual de remuneración del jefe la entidad incluidos los prestacionales y las
contribuciones inherentes a la nómina, relacionadas con seguridad social y parafiscales
a cargo del empleador. eventos el Representante Legal la entidad deberá certificar
cumplimiento los siguientes aspectos:
1. Justificar la necesidad servicio personal altamente calificado.
2. Indicar características y calidades altamente calificadas, que
contratista para la ejecución del contrato, y
3.Determinar las características de los productos y/o servicios que se espera obtener.
Parágrafo 4°. entiende por servicios altamente calificados aquellos requeridos en
situaciones de alto nivel de especialidad, complejidad y detalle. (Art.4 1737 1998,
modificado por Art .2 del Decreto 2209 1998, modificado por el 1 del Decreto 2785 2011)
Artículo 2.8.4.4.7. Vinculación de supernumerarios.
La vinculación de supernumerarios sólo podrá hacerse cuando no exista personal de
planta suficiente para las actividades requeridas. En caso, deberá motivarse la
vinculación, previo estudio de las vacantes disponibles en la planta de personal. (Art. 5
Decreto 1737 1998)
En consideración con la norma referida anteriormente y según el parágrafo 3 que
es el que aplica a la ESE Hospital Regional Chiquinquirá, debido a que los
contratistas de las especialidades médicas, se consideran servicio de personal
altamente calificados.
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PERSONAL CPS MEDICOS
NOMBRE COMPLETO Y CARGO TOTAL PAGO TRIMESTRE
OBSTETRICIA
DR. EDGAR JOSE CEDIEL $ 41.810.400
DR. MILTON EDUARDO GARCIA $ 40.750.800
DR VICTOR MANUEL RODRIGUEZ $ 27.600.000
GINECOLOGIA
DR. LUIS ERNESTO PEREZ $ 11.880.000
DR GUILLERMO GONZALEZ $ 7.522.929
CIRUGIA GENERA
ANTONIO PARODIS $ 39.510.000
ORLANDO GARCIA $ 14.180.400
ADOLFO GOMEZ $ 33.346.800
JOSE TAMARA $ 37.774.800
ORTOPEDIA
DR. JOHNNY GUZMAN GUILLEN $ 38.160.000
DR. JULIAN CAMARGO $ 33.120.000
DR. JAIRO LARA $ 49.680.000
OFTALMOLOGIA
DRA. CRISTINA PEÑA $ 20.837.254
DR. OSCAR ZABALA $ 14.613.932
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OTORRINOLARINGOLOGO
DR. JUAN CARLOS ORTEGON $ 13.440.000
DR YORYIN ORLANDO VELASQUEZ $ 13.860.000
UROLOGIA
DR. SEVERO ALFREDO CORDOBA $ 12.999.948
DR. RAMON DE JESUS MARQUEZ $ 10.999.956
CIRUGIA PLASTICA
LUIS STEVENSON CORTES MOTTA $ 3.503.800
DERMATOLOGIA
CAMILO GARCIA $ 18.318.955
ANGELA PEÑA $ 15.742.270
ANESTESIOLOGIA
LUIS VEGA $ 38.548.800
CENTRO ESPECIALIZADO DEL DOLOR ANESTESIA
$ 27.930.600
OMAR ANDRADE $ 29.467.800
NELSON ARGOTE $ 37.648.800
ALVARO ANDRADE $ 20.649.600
ELIZABETH BARRRETO $ 12.150.000
MARIO MOVILLA $ 11.012.400
MED. INTERNA
FRANCISCO NOVA $ 50.433.096
EDWARD ROZO $ 19.974.906
FERNANDO BERMUDEZ $ 21.249.900
ANDRES FERNANDO GOMEZ $ 41.224.806
RUBEN HERNANO DE JESUS FUENTES $ 21.037.401
NESTROR FERNANDO CASTRO PEDRAZA $ 8.499.960
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PEDIATRIA
DR ANTONIO CARO $ 27.024.399
DR. JORGE IBAÑEZ $ 42.865.770
DRA. JINNETH MUNOZ $ 13.274.748
OCTAVIO CASTELLANOS $ 24.224.349
DR. EDISON RODRIGUEZ $ 28.928.304
GASTROENTEROLOGIA
LIMEQ SAS $ 75.952.943
AUDIOLOGA
DRA. ANA MARIA GONZALEZ $ 2.353.102
PSIQUIATRIA
DR. OSCAR RUSINQUE GOMEZ $ 19.440.000
CARDIOLOGIA
DR JULIO CESAR ESPITIA $ 47.484.792
OPTOMETRA
DRA. AMPARO VILLAMIL $ 360.000
TRABAJADORA SOCIAL
LAURA ROJAS OTALORA $ 6.365.376
LAURA ÑUNEZ $ 6.365.376
PSICOLOGIA
CLAUDIA MILENA SUAREZ CASTRO $ 4.737.792
MARIA FERNANDA PINEDA UMAÑA $ 2.368.896
COORDINADOR HOSPITALIZACIO Y SALAS
ZULY ANDREA JIMENEZ $ 14.400.000
COORDINADOR DE URGENCIAS
DEYANITH RODRIGUEZ $ 13.500.000
COORDINADORA I NIVEL
DEGNI MURCIA $
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10.500.000
COORDINADORA ENFERMERIA
ZAIDA CASTELLANOS ORTEGON $ 10.500.000
NUTRICION
CLARA VIRGINIA PACHON LUCAS $ 8.400.000
ODONTOLOGIA
ORLANDO GARZON GARCIA $ 5.376.000
ROSA ELIANA CUBIDES PEREIRA $ 5.376.000
ANDRES FELIPE VELANDIA RODRIGUEZ $ 5.376.000
CARLOS HERNANDO GUERRERO $ 5.306.000
DESCRIPCION VALOR %
Total servicios I
trimestre 2019
1163.819.642
Total servicios
anterior trimestre
1244.591.143
Disminución
trimestre
6.4 %
1.3 HONORARIOS
DESCRIPCIÓN VALOR
Honorarios 75.757.399
Junta Directiva
2.484.348
Total trimestre 78.241.747
Trimestre anterior
85.978.071
Disminución trimestre 9%
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2. PUBLICIDAD Y PUBLICACIONES Y PAPEL
Con respecto al (Artículo 6º.-Modificado por el Decreto Nacional 2209 de
1998, Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 212 de 1999, Modificado
por el art. 1, Decreto Nacional 1094 de 2001).
A continuación, se relación consumo de publicidad y publicación en el periodo
del 1 enero 2019 a 31 marzo de 2019.
2.1 PUBLICIDAD Y PUBLICACIONES
Concepto 2018 2019
Compromisos en Publicidad 3.810.000 0
Compromisos Impresos y
publicaciones
7.720.000 260.000
2.2 CONSUMO DE PAPEL Y TONERS
CONSOLIDADO AÑOS 2017 Y 2018
AÑO PAPEL TONERS V. TOTAL
2019 10.174.500 5.184.000 15.358.500
2018 8.316.000 9.009.000
3. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Dando cumplimiento con el artículo 10 del decreto 1737/2008, La ESE Hospital Regional
Chiquinquirá No ha suscrito contratos con cuyo objeto: relaciones públicas para
afiliación o pago de cuotas de servidores públicos a clubes sociales o para el
otorgamiento y pago de tarjetas de crédito a dichos servidores Dando obediencia al
artículo 11 del decreto 1737/2008, Modificado por el Decreto Nacional 2209 de 1998,La
ESE Hospital Regional Chiquinquirá No ha suscrito contratos que tengan por objeto el
alojamiento, alimentación o asistencia logística para la realización de reuniones fuera
de la sede de trabajo, encaminadas a desarrollar, planear o revisar las actividades y
funciones que normativa y funcionalmente le competen. Cuando reuniones con
propósito similares tengan ocurrencia en la sede de trabajo, los servicios de
alimentación podrán adquirirse exclusivamente, dentro de las regulaciones vigentes en
materia de cajas menores. Acatando el artículo 12 del decreto 1737/2008, Modificado
por el Decreto Nacional 2209 de 1998,Modificado por el art. 2, Decreto Nacional 2445
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de 2000. La ESE Hospital Regional Chiquinquirá No ha suscrito contratos cuyo objeto sea
realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con
cargo a los recursos del Tesoro Público.
Respetando el Artículo 13 del decreto 1737/2008; La ESE Hospital Regional Chiquinquirá
No ha suscrito contratos que tengan por objeto impresión, suministro y utilización, con
cargo a dichos recursos, de tarjetas de navidad, tarjetas de presentación o tarjetas de
conmemoraciones, En ningún caso la entidad es objeto u ha contratado o realizado
directamente la edición, impresión o publicación de documentos que no estén
relacionados con las funciones que legalmente deben cumplir, ni contratar o patrocinar la impresión de ediciones de lujo, ni de impresiones con policromías, Se excluyen de esta
restricción al Presidente de la República y al Vicepresidente de la República.
3.1 USO DE TELEFONIA FIJA Y/O TELEFONÍA MÓVIL (CELULARES) (Artículo 14º del decreto
1737/2008)
TELEFONÍA MÓVIL (CELULARES)
AREA NUMERO DE
CELULARES
DESCRIPCION
PLAN
VALOR
MENSUAL
VALOR
TRIMESTRE
Gerencia 1
Ilimitado para
voz, 5120mb y
3000 mensajes
de textos
106.685
320.055
Secretaria de
gerencia 1
Ilimitado de voz,
4915 MB y 3000
mensajes de
texto.
89.877
269.633
Subgerencia
científica 1
Ilimitado para
voz, 5120mb y
3000 mensajes
de textos
106.685
320.055
Subgerencia
administrativa 1
Ilimitado para
voz, 5120mb y
3000 mensajes
de textos
106.685
320.055
SIAC
2
Ilimitado de voz,
4915 MB y 3000
mensajes de
texto.
89.822
538.934
1
Ilimitado a
Comcel de voz ,
2GB,
3000mensaje de
texto
55.200
165.600
1
750 voz,3000
mensajes de
texto
89.867
269.601
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Referencia y
contra-
referencia
1
Ilimitado de voz,
4915 MB y 3000
mensajes de
texto.
106.685
320.055
1
Ilimitado para
voz, 5120mb y
3000 mensajes
de textos
106.685
320.055
Coordinadora
primer nivel 1
Ilimitado de voz,
4915 MB y 3000
mensajes de
texto.
89.874
269.622
Coordinadora
de urgencias 1
Ilimitado de voz,
4915 MB y 3000
mensajes de
texto.
89.866
269.600
Coordinadora
de cartera 1
Ilimitado de voz,
4915 MB y 3000
mensajes de
texto.
89.800
269.400
Programación
de cirugías 1
Ilimitado de voz,
4915 MB y 3000
mensajes de
texto.
89.766
269.300
Ingeniero
sistemas SAIH 1 5 MB 72.633
217.900
Trabajadora
social 1
Ilimitado a
Comcel de voz ,
2GB
58.523
175.569
UBA la victoria
1
1150 minutos de
voz y 250
mensajes de
texto.
75.520
0
1 5120MB 73.687 0
TOTAL
TRIMESTRE
18 - 4.188.976
TRIMESTRE
ANTERIOR
4.601.743
Los valores difieren en disminución a razón de que el teléfono asignado a la Victoria, no
se dispone de su factura por un inconveniente con la empresa telefónica, se espera
para el siguiente trimestre superar el impase.
3.2. SERVICIOS PUBLICOS
3.2.1 ENERGIA ELECTRICA
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MES PRINCIPAL POLO
VICTORIA
VALOR
TOTAL
ENERO 15.766.675 1.671.735 0 17.438.410
FEBRERO 15.766.675 1.671.735 0 17.438.410
MARZO 16.764.170 1.698.600 0 18.462.770
TOTAL TRIMESTRE 53.339.590
TOTAL OTROS
TRIMESTRE
56.499.250
Disminución trimestre 6%
La Ese HRC presenta una disminución en este servicio ya que está finalizando el
reforzamiento estructural y otras remodelaciones a la planta física durante los últimos
meses de 2018.
3.2.2 SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO
El hospital presenta enseguida los valores facturados en el servicio de acueducto y
alcantarillado del primer trimestre 2019 reflejándose un incremento debido a que en
enero se canceló facturas del mes de diciembre que son facturadas por mes vencido
por la empresa empochiquinquira:
MES PRINCIPAL POLO LA VICTORIA VALOR TOTAL
ENERO 6.715.900 681.300 41.166 7.438.366
FEBRERO 6.849.400 969.800 41.166 7.860.366
MARZO 6.849.400 851.200 41.166 7.700.600
TOTAL TRIMESTRE 22.999.332
TOTAL OTROS
TRIMESTRES
15.890.300
3.2.3 SERVICIO PÚBLICO DE ASEO
El Hospital Regional Chiquinquirá generamos tres (3) tipos de residuos ordinarios,
reciclables y peligrosos, presentando un incremento a la misma razón expuesta para
acueducto y alcantarillado.
SERVICIO DE ASEO 2018
ENERO
RESIDUOS
ORDINARIOS
ENERO 99.100
FEBRERO 75.888
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MARZO 194.448
TOTAL TRIMESTRE 369.436
TRIMESTRE
ANTERIOR 173.402
3.2.4CONTRATAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS
RESIDUOS SÓLIDOS MEDICO – HOSPITALARIOS, ANATOMOPATOLOGICOS Y SIMILARES Y
TRATAMIENTOS POR INCINERACIÓN DE LOS RESIDUOS HOSPITALARIOS PELIGROS
(BIOSANITARIOS) GENERADOS EN LA E.S.E HOSPITA.
SERVICIO DE ASEO 2018
MES
RESIDUOS SOLIDOS-
MEDICOS
HOSPITALARIOS ETC
ENERO 3.860.000
FEBRERO 3.860.000
MARZO 3.860.000
TOTAL 11.580.000
TRIMESTRE
ANTERIOR 11.580.000
3.3 CONSUMO DE COMBUSTIBLE Y MANTENIMIENTO AL PARQUE AUTOMOTOR
3.3.1 PARQUE AUTROMOTOR
El Hospital Regional Chiquinquirá cuenta con un parque automotor compuesto por 11
vehículos como se muestra en el siguiente cuadro:
ITEM PLACA MARCA LINEA MODELO N° MOTOR ESTADO
1 OJZ-540 RENAULT TRAFIC 2016 R9MD450C035949 BUENO
2 ODR-364 NISSAN FRONTIER 2014 YD25604990P BUENO
3 ODR-369 RENAULT TRAFIC 2015 M9RM786C205318 BUENO
4 OCU-022 RENAULT MASTER 2010 G9UA754C246098 BUENO
5 OCM-183 NISSAN FRONTIER 2012 YD25302844T BUENO
6 OEO-261 NISSAN FRONTIER 2012 YD253002844T REGULAR
7 OEO-240 HIUNDAY STAREX 2007 D4BB6312634
PARA
BAJA
8 ODR 358 NISSAN X-TRAILER 2003 YD22281621A BUENO
9 OXD 093 MITSUBISHI 1997 MRO4G63SX9152 BUENO
10 DOA-961 TOYOTA
35487 BUENO
SEMCOL
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11 COY 004 NISSAN BUENO
12 IDV 651 NISSAN BUENO
3.3.2 CONSUMO DE COMBUSTIBLE
Para realizar el suministro de combustible al Hospital Regional Chiquinquirá suscribió
contrato:
Contrato No. N° 20190101-096 objeto suministro suministro de combustible aceites, filtros
aditivos lavados, fecha de inicio: 01/01/2019 a 30/11/201, valor: $110.000.000, entidad
automotores reina.
MES VALOR COMBUSTIBLE
ENERO 9.588.028
FEBRERO 8.136.643
MARZO 7.603.572
TOTAL 25.328.243
TOTAL OTROS TRIMESTRE 24.681.752
3.3.3 MANTENIMIENTO DEL PARQUE AUTOMOTOR
Para realizar el mantenimiento del parque automotor la Hospital Regional Chiquinquirá
suscribió contratos así:
Contrato de suministro No. 20190315-008; de 15/03/2019 a 31/12/2019 objeto: suministro
de repuestos, mano de obra, mantenimiento preventivo y correctivo a los diferentes
vehículos del parque automotor del ESE hospital regional de Chiquinquirá; VALOR: $
140.000.000.
MES VALOR DEL
MANTENIMIENTO
ENERO 7.449.000
FEBRERO 6.398.024
MARZO 15.472.000
TOTAL 29.319.024
TOTAL OTROS TRIMESTRE 15.912.559
Incremento 45%
Cabe resaltar que el mantenimiento, dependen del uso de los vehículos la vida útil, el
incremento se dio a la reparación de motor de un vehículo.
A continuación, se presenta la relación de los destinos y tramos por ambulancia, en el
cuarto trimestre, las ciudades de mayor frecuencia Tunja y Bogotá.
ESE Hospital Regional de Chiquinquirá Carrera 13 No. 18-60
PBX.726 1999
http://www.hospitalregionalchiquinquira.gov.co
4. DESTINOS Y TRAMOS: Con respecto a los tramos más representativos la ciudad de
Tunja, seguida de Bogotá.
MES BOGOTA B/GA CHIQUINQUI
RA
SOCORRO TUNJA ZIPÁQUI
RA
DUITAM
A
SOGAMOSO
S
FACATATIVA SOACHA
Se Do Se D
o
Se Do Se Do Se Do Se Do Se D
o
Se Do Se Do Se Do
ENE 42 1 0 0 0 0 1 0 57 15 1 0 0 0 0 0 0 0 0 0
FEB 30 1 0 0 0 0 0 0 58 8 2 0 1 0 0 0 1 0 0 0
MAR 33 4 0 0 0 0 1 0 45 0 2 0 1 0 0 0 1 0 0 0
TOTAL
MES VIAJES
ENERO 117
FEBRERO 101
MARZO 107
TOTAL TRIMESTRE 325
TOTAL TRIMESTRE ANTERIOR 388
FORTALEZAS
Se resalta que, para el primer trimestre de 2019, se disminuyó valores en rubros en
consumo de costos de personal, contratos de prestación de servicios, personal
altamente calificado, honorarios, impresos y publicaciones, energía eléctrica, y
tornes.
Se subraya el aumento de rublos en mantenimiento automotor, consumo de
agua y residuos sólidos y papel.
CONCLUSIONES
Realizar campañas de ahorro en el consumo del servicio de agua potable en las
diferentes dependencias que conforman el hospital.
Realizar campañas en el buen manejo, cuidado del parque automotor, y aquellos
vehículos que cumplen su vida útil dar de baja.
Seguir con la adopción de la estrategia de cero papel.
MARIA FRANCEY LOPEZ
Asesor de Control Interno
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