Jurisdicción voluntaria Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal
Jurisdicción voluntaria: base constitucional y regulación legal
• Artículo 117 CE • 117.3 El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos,
juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes
• 117.4 Los Juzgados y Tribunales no ejercerán más funciones que las señaladas en el apartado anterior y las que expresamente les sean atribuidas por ley en garantía de cualquier derecho
• Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria
Expedientes de jurisdicción voluntaria
• Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de personas • Autorización o aprobación judicial del reconocimiento de la filiación no matrimonial • Habilitación para comparecer en juicio y del nombramiento de defensor judicial • Adopción • Tutela, la curatela y la guarda de hecho • Concesión judicial de la emancipación y del beneficio de la mayoría de edad • Protección del patrimonio de las personas con discapacidad • Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor o persona con
capacidad modificada judicialmente • Autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición,
gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con capacidad modificada judicialmente
• Declaración de ausencia y fallecimiento • Extracción de órganos de donantes vivos
Expedientes de jurisdicción voluntaria
• Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de familia • Dispensa del impedimento matrimonial • Intervención judicial en relación con la patria potestad • Intervención judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en la
administración de bienes gananciales
• Expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al Derecho sucesorio • Albaceazgo • Contadores-partidores dativos • Aceptación y repudiación de la herencia
• Expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al Derecho de obligaciones • Fijación del plazo para el cumplimiento de las obligaciones cuando proceda • Consignación
Expedientes de jurisdicción voluntaria
• Expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a los derechos reales • Autorización judicial al usufructuario para reclamar créditos vencidos que formen parte del
usufructo • Deslinde de fincas no inscritas
• Expedientes de subastas voluntarias
• Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia mercantil • Exhibición de libros de las personas obligadas a llevar contabilidad • Convocatoria de juntas generales • Nombramiento y revocación de liquidador, auditor o interventor de una entidad • Reducción de capital social y de la amortización o enajenación de las participaciones o
acciones • Disolución judicial de sociedades • Convocatoria de la asamblea general de obligacionistas • Robo, hurto, extravío o destrucción de título valor o representación de partes de socio • Nombramiento de perito en los contratos de seguro
• Conciliación
Competencia en materia de jurisdicción voluntaria
• Competencia objetiva • Juzgados de Primera Instancia o de lo Mercantil
• Competencia territorial • Se determina en la regulación de cada expediente
Decisión del expediente
• Juez • Cuando así lo prevea la regulación del expediente
• A falta de regulación: • Interés público
• Estado civil de las personas
• Tutela de normas sustantivas
• Actos de disposición, reconocimiento, creación o extinción de derechos subjetivos
• Derechos de menores o personas con capacidad modificada judicialmente
• Letrado de la Administración de Justicia • Cuando así lo prevea la regulación del expediente
• A falta de regulación: asuntos no atribuidos al Juez
Expedientes que resuelve el Juez
• Autorización o aprobación judicial del reconocimiento de la filiación no matrimonial
• Adopción
• Tutela y curatela
• Guarda de hecho
• Concesión judicial de la emancipación y del beneficio de la mayoría de edad
• Protección del patrimonio de las personas con discapacidad
• Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor o persona con capacidad modificada judicialmente
• Autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con capacidad modificada judicialmente
• Extracción de órganos de donantes vivos
Expedientes que resuelve el Juez (2)
• Dispensa del impedimento matrimonial • Intervención judicial en relación con la patria potestad • Intervención judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en la
administración de bienes gananciales • Albaceazgo • Aceptación y repudiación de la herencia • Fijación del plazo para el cumplimiento de las obligaciones • Consignación: extinción de la obligación • Autorización judicial al usufructuario para reclamar créditos vencidos que
formen parte del usufructo • Exhibición de libros de las personas obligadas a llevar contabilidad • Disolución judicial de sociedades
Asuntos atribuidos a la decisión del Letrado de la Administración de Justicia
• En exclusiva
• Compartidos con Notarios y Registradores
Expedientes que resuelve el Letrado de la Administración de Justicia en exclusiva
• Habilitación para comparecer en juicio y nombramiento de defensor judicial
• Declaración de ausencia y fallecimiento
• Albaceazgo: renuncia del albacea o prórroga del plazo
• Contadores-partidores dativos
• Consignación
• Deslinde de fincas no inscritas
• Subastas voluntarias
• Convocatoria de juntas generales
• Nombramiento y revocación de liquidador, auditor o interventor de una entidad
• Reducción de capital social y de la amortización o enajenación de las participaciones o acciones
• Convocatoria de la asamblea general de obligacionistas
• Robo, hurto, extravío o destrucción de título valor o representación de partes de socio
• Nombramiento de perito en los contratos de seguro
• Conciliación
Asuntos que se pueden plantear ante Letrado de la Administración de Justicia o ante Notario
• Aprobación de la partición de la herencia en el caso del art. 841 CC
• Renuncia del albacea
• Prórroga del plazo del albacea para cumplir el encargo del testador
• Nombramiento de contador-partidor dativo a instancia de herederos
• Subasta voluntaria
• Ofrecimiento de pago y consignación (salvo declaración de extinción de la obligación)
• Robo, hurto, extravío o destrucción de título-valor
• Nombramiento de peritos en los contratos de seguros
• Conciliación (también ante Registrador de la Propiedad)
Asuntos que se pueden plantear ante Letrado de la Administración de Justicia o ante Registrador Mercantil
• Auditoría de las cuentas de un empresario a solicitud de cualquier interesado (art. 40 CCom.)
• Reducción del capital social (139 LSC)
• Amortización de participaciones sociales y reducción del capital (141 LSC)
• Convocatoria de junta general (169-171 LSC)
• Nombramiento de auditor (265 LSC)
• Revocación del auditor (266 LSC)
• Cobertura de vacantes de liquidadores (377 LSC)
• Separación de los liquidadores (380 LSC)
• Designación de un interventor que fiscalice las operaciones de liquidación (381 LSC)
• Sustitución de los liquidadores por duración excesiva de la liquidación (389 LSC)
• Convocatoria de asamblea de obligacionistas (422 LSC)
Asuntos que se pueden plantear ante Notario
• Declaración de herederos abintestato
• Presentación, adveración, apertura y protocolización de los testamentos cerrados
• Presentación, adveración, apertura y protocolización de los testamentos ológrafos
• Presentación, adveración, apertura y protocolización de los testamentos otorgados en forma oral
• Formación de inventario, en caso de aceptación de la herencia a beneficio de inventario
• Depósitos en materia mercantil y venta de los bienes depositados
El procedimiento de los expedientes de jurisdicción voluntaria
• Normas de procedimiento en la regulación de cada expediente
• Normas generales, en lo que no se opongan a las anteriores (art. 13 LJV)
Iniciación del expediente (art. 14.1 LJV)
• De oficio
• A instancia del Ministerio Fiscal (art. 4) • Expedientes que afecten al estado civil o condición de la persona
• Interés de un menor o una persona con capacidad modificada judicialmente
• Casos en que la ley expresamente establezca su intervención
• Solicitud de persona legitimada (art. 3.1) • Titulares de derechos o intereses legítimos
• Legitimación conferida legalmente
Solicitud (art. 14 LJV)
• Contenido • Identificación del solicitante
• Identificación de las personas que puedan estar interesadas en el expediente
• Hechos y fundamentos jurídicos
• Petición que se formule (precisión y claridad)
• Documentos y dictámenes que el solicitante considere de interés
• Copias para todos los interesados
• Presentación: En papel o por medios electrónicos (art. 14.3 II LJV)
Postulación (art. 3.2 LJV)
• Intervención preceptiva de Procurador y Abogado • Regla general: solo cuando expresamente se exija en la regulación del
expediente (art. 3.2 LJV)
• Se exige en los siguientes expedientes: • Tutela y curatela: solo remoción del tutor o curador
• Autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con capacidad modificada judicialmente (a partir de 6000 euros)
• Intervención judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en la administración de bienes gananciales (a partir de 6000 euros)
• Albaceazgo (a partir de 6000 euros)
• Contadores-partidores dativos (a partir de 6000 euros)
• Aceptación y repudiación de la herencia (a partir de 6000 euros)
• Deslinde de fincas no inscritas (a partir de 6000 euros)
Postulación (art. 3.2 LJV)
• Intervención preceptiva de Procurador y Abogado • Se exige en los expedientes en materia mercantil:
• Exhibición de libros de las personas obligadas a llevar contabilidad
• Convocatoria de juntas generales
• Nombramiento y revocación de liquidador, auditor o interventor de una entidad
• Reducción de capital social y de la amortización o enajenación de las participaciones o acciones
• Disolución judicial de sociedades
• Convocatoria de la asamblea general de obligacionistas
• Robo, hurto, extravío o destrucción de título valor o representación de partes de socio
Control de la competencia y defectos y omisiones en la solicitud (art. 16 LJV)
• Asuntos cuya decisión corresponde al Letrado de la Administración de Justicia • Decide el Letrado de la Administración de Justicia
• Falta de competencia objetiva: archivo del expediente
• Falta de competencia territorial: remisión al tribunal competente
• Defectos u omisiones: archivo de expediente si no se subsana el defecto en 5 días
• Asuntos cuya decisión corresponde al Juez • El Letrado de la Administración de Justicia da cuenta al Juez
• El Juez decide lo que proceda
Admisión de la solicitud (art. 17.1 LJV)
• Asuntos cuya decisión corresponde al Letrado de la Administración de Justicia • Decide el Letrado de la Administración de Justicia mediante Decreto
• Asuntos cuya decisión corresponde al Juez • Si el Letrado de la Administración de Justicia no aprecia causa de inadmisión,
admite la solicitud
• Si el Letrado de la Administración de Justicia aprecia causa de inadmisión • Da cuenta al Juez
• El Juez decide mediante Auto lo que proceda
La comparecencia (arts. 17 y 18 LJV)
• Procedencia de su celebración • Cuando deban ser oídos interesados distintos del solicitante
• Si sólo fuera el Fiscal y no hubiera que practicar prueba, informa por escrito
• Cuando deban practicarse pruebas
• Cuando el Juez o el Secretario judicial lo consideren necesario para la mejor resolución del expediente
• Citación de los interesados • Quince días de antelación
• Advertencia de que acudan con los medios de prueba
La comparecencia (arts. 17 y 18 LJV)
• Oposición • Plazo: 5 días siguientes a la citación
• Efectos: no hace contencioso el expediente, salvo previsión legal expresa
• Excepciones • Necesidad de asentimiento de los progenitores para la adopción (art. 37)
• Oposición en los expedientes de adopción (art. 39.3)
• Oposición a la remoción de tutor o curador (art. 49.1, II)
• Oposición en los expedientes de fijación del plazo para el cumplimiento de las obligaciones
La comparecencia (arts. 17 y 18 LJV)
• Celebración de la comparecencia • Ante quien deba decidir el expediente (Juez o Letrado de la Administración de
Justicia)
• Incomparecencia de los citados • Solicitante: archivo del expediente
• Otros citados: se celebra el acto y continúa el expediente
• Cuestiones procesales • Se oye a los comparecientes y el Juez o el Letrado de la Administración de
Justicia resuelven oralmente en el acto
La comparecencia (arts. 17 y 18 LJV)
• Audiencias • Solicitante
• Demás citados
• Personas que la ley disponga
• Aquéllos cuyos derechos o intereses pudieran verse afectados por la resolución del expediente
• Audiencia del menor o persona con capacidad modificada judicialmente • Condiciones idóneas, en términos que les sean accesibles, comprensibles y
adaptados a su edad, madurez y circunstancias
• Auxilio de especialistas, cuando fuera necesario
• Posible práctica en acto separado, con asistencia sólo del Fiscal
La comparecencia (arts. 17 y 18 LJV)
• Diligencias relativas a los intereses de un menor o persona con capacidad modificada judicialmente • Práctica en el acto o en los diez días siguientes
• Prueba (art. 5 LJV) • A propuesta de los interesados • De oficio
• Interés público • Menores o personas con capacidad modificada judicialmente • Cuando lo estime conveniente para clarificar algún elemento relevante y determinante
de la cuestión • Expresa previsión legal
• Conclusiones orales tras la práctica de la prueba
• Grabación en soporte audiovisual
Decisión del expediente (art. 19 LJV)
• Plazo: cinco días desde la comparecencia o la última diligencia
• Auto o Decreto
• Congruencia • Expedientes que afecten a los intereses de un menor o persona con capacidad
modificada judicialmente: la decisión se puede basar en hechos no invocados por el solicitante ni por otros interesados, si resultan del expediente
• Otros expedientes: la decisión sólo puede basarse en hechos invocados por el solicitante o por otros interesados
Efectos de la decisión firme (art. 19.3 y 4 LJV)
• No puede iniciarse otro expediente sobre idéntico objeto
• Lo decidido vincula en actuaciones o expedientes posteriores conexos • Incluso en actuaciones Notariales o Registrales en asuntos cuyo conocimiento
sea concurrente con los Letrados de la Administración de Justicia
• Es posible un proceso jurisdiccional posterior sobre lo que haya sido decidido en un expediente de jurisdicción voluntaria • La sentencia podrá confirmar, modificar o revocar lo resuelto en el expediente
Recursos (art. 20 LJV)
• Resoluciones interlocutorias: recurso de reposición
• Resoluciones definitivas • Decreto del Letrado de la Administración de Justicia: revisión ante el Juez
• Auto: apelación, sin efectos suspensivos
Efectividad de la decisión del expediente (art. 22 LJV)
• Remisión a la LEC: arts. 521 y 522 (ejecución impropia de sentencias constitutivas)
• Realización de aquellos actos que resulten precisos para dar eficacia a lo decidido
• Inscripciones registrales • Registro Civil: testimonio de la resolución
• Registros de la Propiedad y Mercantil • Mandamiento a instancia de parte
• Calificación: 1) competencia del Juez o Letrado de la Administración de Justicia, 2) congruencia del mandato con el expediente, 3) formalidades extrínsecas de la resolución y 4) obstáculos que surjan del Registro
Jurisdicción voluntaria Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal
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