Afio LI,-Núm~ 234 Viernes,' 18,de octubre de 194~ Tomo ¡V,-Pág, ZlÍ
O-¡J\ nTO lJ-l\Kl ;;
,
'MINISTERIO DEL EJERCITO ,,"=
LEY Creando el Cuerpo Técnico'-del Ejército y la Esc~ela
Politécnica La carencia de un Centro de En- de modó transitorio, forman par-
8eñanza Militar que facilite el re- te de su Ejército. ' Estas· dos ramas tendrán a su'
cargo la labor de carácter técnico que actualmente está encomendada al personal de jefes y oficiales de Artillería, e Ingenieros. Se constituirán sobre la base de este personal en la forma que esta Ley. preceptúa. '
clutamiento de oficiales con la ins- Es preciso, en efecto, utilizar trución técnica indispensable para una oficiliádad de complemento y el desempeño de los múltiples eo- provisional que, en parte, tiene ya metidos de este carácter que el la preparación indispensable para Ejército exige, crea un problema cooperar a la fabricación del ar-1I,~udo que necesita 'urgente solu- mamento y material e intervenir Clan. en la construcción de obras de ar-
taLa importan~ia del asunto es te comunicaciones e instalaciones Creación de la Escuela Politécnica nto mayor cuanto que, por una d~ todo género; y e~ preciso uti- - A 2' - ,
p~rte, han' transcurrido más de lizarla cualquiera qúe sea el Ar- rt.: Para proporc:on~r en d!ez años sin reclutamiento efe ofi- ma de que forme parte en la ac- lo suceSIVO el personal .1ll~Ispen
_Cul;les técnicos, y, de otra, aún ha- tualidad. Es imprescindible, ade- sable, 'para el. Cuerp~, Tecmco en bran. de transcurrir algunos más más, aprovechar las aptitudes de I c,u~stl,on, se cre~ l~ ,~s_cuela Po-antes de que entre en vigor la los técnicos formados (con entu- htecmca del EJercIto " , . lolución que esta Ley aporta.' siasmo por la carrera de las Ar-. Esta E~cuela se nutnra con JO-
L - mas); pues, de este modo, al crear! fes y o~cIales de tod3;s las Armas a,S .i~dustrias militares han si- de n va planta las especialidades ' combat~ent~s, y tendra a ~u ,c31r go,
do dIrIgIdas durante muchos años ue , - 1'" _ . I al proplO tlempo, la formaclOn de r.olr 131 oficilidad del Arma de Ar- nec~sanas para e EJer~ltQ, sera los, diplomados necesarios para el
, el ~er¡a. L~s obras, fortificaciones posIble, de una vez,. dota a todas mejor funcionamiento de cada una E.~ns~alaclOnes .rad,ioeléctricas del l~s Armas so~batl~nt~s con lDs de ellas. 1 J rdclto han Sido realizadas por dipIomados't.ecmcos ~ndisp~nsables I?ependerá de la Dirección ge'osa el Arma de Ingenieros. Unos para su meJ.or. funcIOnamiento, y neral de Enseñanza Militar del Yab
tr?s merecen gratitud por la d~tax: al EJercIto con el Cuerpo Ministerio del Ejército. ]¡ or 1 Teclllco que le hace falta para y t nmensa desarrollada, y unos perpetuar ,la tradición de sus vie-para ro
ls deberán servir de base jos artilleros e ingenieros milita- Título3 que proporcioná la Es~
apo;ta a s nuevas instituciones, . . cuela cualid ~do a ellas sus respectivas re~or todas estas razones, a pro- Art. 3.' La Escuela Politécnica ~iui~drn~ c~ ~~, ~~~~~~:r~~te dlab~: puesta: del Ministro del Ejército del Ejército,. pT?porcion~rá a sus
OSI ad. y previa deliberación del Consejo alumnos los slgmentes "diplomas" : . l' Pero tanto las : de Ministros, Uno.-Balística (investigaciones
Idades que con' nuevas espec~a- y proyectos). ' corno la n ,tllluámente ,surgen, DISPONGO: Dos. - Metalurgia (fabricacióJ;l te I!J.ismo ¡ceddad de acudIr a. e~- de aceros y materiales especiales). ~aclón par~ncoamento de espec}ah- Técnico Tres. - Química (pólv9ras, ex-Infecundo de mpensar el penodo Creación del c.~ter'P0 del plosivos, agresivos). qUe rnultitud d~a.s de doc~ años, , E)erctto . Cuatro. - Armamento (armas, creado ob1' CIrcunstancIas han material y. municiones) s~gú.n 'lo dfc~~O' solam~nte -y Artícul9 I?rimero. . ~e . cre~ el Cinco. - Automovilis~o (moto-t~~U!ca lo más !l clas.lficar. la Cuerpo Tecmco del EJerCito, mte- res, propulsión y suspensión de
len a aprov hposible, smo tam-: grado por dos.ramas: "Armamen- l carruajes). qUe hoy exis~c ar muchos valores I to y Material", una,' y "construc-l Seis.-Construcciones miIit~res
en en España y que, I ción y Electricidad", la' otra. (obras y fortificación).
18 de octubre de 1940 ~2~2:2 ____ ~ __ ~ ______________ ~~ ____ ~~=-~~~~~;-______ ~ ____________________________ __ " P. O.núm. "34
Siete. -- Vías de ~omunicación (carreteras, ferrocarnles Y obras de arte). . " (t' .
Ocho.--"Electrotecma ecmca de las transmisi~nes! proyectos
, de instalaciones electncas). . Art. 4: Los diplomas anterIO
res.se podrán'ob~ener por separado Los cinco prImeros corresponde~ a la rama de Arm:;~ento y Material, Y los cuatr~. ultimas a la rama de ConstrucclOn y Elec: tricidad. . '
La acumulación de tres dlpl<?n:~s de una misma rama -condlclOn indispensable para in~resar en el Cuerpo Técnico- dara derecho al titulo de Ingeniero de Ar~amerüo (en' la primera), o Ingemero_ de Construcción (en. la s e g u n d a, siempre que en esta, uno d~ los diplomas sea el de Co~s.trucclOnes Militares, 'por ser baslco en la rama).
Reclllta;nient~ de los 'alumnos
Art. 5.° Los alumnos .~e !a Escuela Politécnica del EJercito se
'reclutarán entre las tres proceden. cias siguientes:
A) Oficiales procedentes de la escala activa de las cuat~o Armas combatientes --Infantena,. Caballería, Artillería e Ingemero~que hayan cursado su~ estl!-~lOs en las antiguas AcademIas MIlItares o en las actuales de Trans-formación. ' .
B) Oficiales de la escala actlvá procedentes de ,las futuras Adademias EspecIales de todas las Armas.
Física teórica y experimental. Mecánica racional. Para tomar parte en el concur
so, los aspirantes deberán .acreditar previamente, por certlficaúos académicos, la aprobación de estas materias en una Facultad o Escuela Especial de Ingenieros civiles ..
Quedarán exentos de la prueba, ingresando directamente en la Escuela Politécnica, los aspirantes comprendid~s en el apar~a?o C) del artículo qUInto; convalIdandoseles en los cursos de 'la Escuela aquellas asignaturas que hayan apro-, bada con análoga extensión en los Centros civiles de enseñanza mencionados, según el dip10ma que deseen obtener. En cambio, los aspirantes de este apartado que pertenezcan a la escala de complemento y oficiales provisionales ~~tarán obligados_a cursa,r, por antIClpa.d,o, un añade estudlos de formaclOn militar en las Academias Especiales respectivas. Si no hubiesen empezado aún a funcionar estas Academias, los citados alumnos realizarán, al terminar sus estudios en la Escuela Palitécnica, un año de prácticas y conocimientos militares en el Centro de Enseñan.za que se determine:' ,
Art. 7.° Teniendo en cuenta las necesidades del Cuerpo Técnico y del personal dipl0ll?-ado en cada especialidad, la Dirección general de Enseñanza Militar fijará el número de 'plazas en cada convocatoria. Una vez asignadas al personal comprendido en el apartado C) del artículo quinto las plazas correspondientes, las sobrantes se darán al concurso-oposición entre los aspirantes de los apartados A) y B).
Derecho3 que se deducen' de la ob. --tención de TítuZos y Diploma~
Art. 9.' La obtención de diplo. mas otorgados por la Escuela Politécnica dará derecho al uso de un distintivo especial, acreditativo de la aptitud alcanzada y a los be. neficios siguientes: .
Los Titulados del Cuerpo Téc. nico disfrutarán el cincuenta por ciento del sueldo so'Qre el del em. pleo. <
Los Diplomados percibirán el veinte por ciento del sueldo sobre el del empleo. _
• Formación del Cuerpo Técnico,
Art. 10. L a s . categorías del Cuerpo :r'écnico del Ejército serán:
General de División. General de Brigada. Coronel. ' Teniente' coronel. Comandante. ' Capitán. Art. 11- Las escalas iniciales
del Cuerpo Técnico se constituirán, con los jefes y capitanes de las activas y complementarias de Artillería, para la rama de "Arma· mento y Material", y de Ingenieros, para la de "Construcción y Electri· cidad", que, habiendo ingresado en sus respectivas Academias antes del laño mil novecientos veintiséis, soliciten tomar parte en el concurso que pára cubrir las vacantes disponibles se anuncie. '
Los jefes y capitanes designados ingresarán en el Cuervo Técnico con el empleo y antIgüedad que disfruten' en tal momento" a partir del cual gozarán de los beneficios concedidos a los Titulados en el artículo noveno.
, C) Oficiales de las escalas. I!-ctiva y de complemento, y provIsIOnales de todas las Arm~s . que Pl?sean los títulos' academlCos SIguientes: Ingenieros civiles de las Escuelas de Caminos, Mip.as, Industriales, Agrónomos y Montes.
Régimen de estudios en la Escue- Destinos asignados al Cuerpo Téc' la Politécnica , nico
Arquitectos procedentes de Es- Art., 8.° La duración máXima cuelas de Arquitectura. d 1 t d' 1 bt .. n
d C" FíSI' CO-' e os es u lOS para a o enclO Licencia os en IenClas de un diploma dentro de la Es-
Químicas. cuela, será de tres años. Para la Licenciados en Ciencias -Exac- obtención de otro diploma más, la
taso máxima duración sérá de un año, admitiéndose la posibilidad de que
Ingreso en la Escuela Politécnica durante este año puedan obtener-del Ejército se simultáneamente dos diQlomas.
Las ocho especialidades mencionadas tendrán, en principio, el ingreso y el primer año en la Escuela comunes.
Art. 6: El ingreso en la Escuela Politécnica será mediante concurso oposición, que consistirá en la resolución de problemas 'sobre algunas de las materias que a continuación se detallan, ante un Tribunal designado para cada convocatoria por la Dirección general de Enseñanza Militar.
Análisis matémático, primero y segundo c u r s o s (incluídos los cálculos). ' , _
Geometría y Trigonometría. Química experimental. Geometría analItica. Geometría descriptiva.
El segundo año será común, dentro de lo posible, para las especialidades de cadá una de las dos ramas.
El tercer año será, en principio, diferente para cada' una de' las ocho especialidades.
Las normas anteriores se acoplarán a, los casos en que las especialidades no necesiten más de dos años de estudio dentro de la Escuela.
Art. 12 .. Rama de "Armamento y Material". . ,
Profesorado de la Escuela Po-litécnica. ' '
Fábricas de material· de guen:a. Fábricas de armamento. Fábricas de explosivos. Talleres con cometidos análogoS
a 'los anteriores. Labora torios. Comisiones de Experiencias (no
usuarios). , Centros de publicación de regla
mentos técnicos. La parte que se determine en ,
fabricación de Defensa contra Ga' ses. .
La parte que se determine en Recuperación del Material. _ n
La parte que se deter~ll~e e ~ los Organismos de la AdmlUIStra ción Central. l !
La parte que se determine en o Talleres de Automovilismo.
D. O. núm. 234
. La parte que se .determin_e en }!ovilización Industrial.
Directores de Parques y Talleres de entreteni}lliento. . .
Los demas que se consIderen necesarioS. . ,
Rama de "ConstrucclOn y Elec-tricidad".
Profesorado de la Escuela Po-litécnica.
Fábricas de Material de Inge-nieros. .
Talleres de Material de Ingeme-ros. '
Parques y Tallm-es de entrete-nimiento.
Laboratorios. -Comisiones de' Experiencias. Escuelas y Centros de Transmi-
siones. Servicio de Puentes y Caminos. Comandancias de Obras y For
tificación. La parte que se determine en:
La Jefatura de Forrocarriles, Talleres de Automovilismo, Servicios eléctricos, Movilización Industrial.
La parte que se considere indispensable en los Organismos de la Administración Central.
Los demás que se consideren necesarios.
Plantillas asignadas a 1 Cuerpo Técnico
Art.13. Las plantillas de las dos ramas del Cuerpo Técnico se fijarán en función de las necesidades de los Establecimientos y Organismos citados en el artículo anterior. " . Aprobadas que sean estas plan-o
hIlas, se anunciará el cincuenta por ciento de las vacantes de cada
. empleo, que se cubrirán en la for-md,a . que determina el artículo un-
eCIffiO; cesando entonces en sus ~ometidos el mismo número de los iefes y capitanes que actualmenoe .los desempeñan, y pasando a:
CUpar estas vacantes los nuevos nombrados. • '
,Transcurrido un año del primer ~oncurso, se anunciará un segun-? para cubrir hasta el setenta y
Clllco por . t d d CIen o e las vacantes c~~rda empleo. El veinticinco por mentO restante, ya partir del moco o e~ que así se decida, se Se niedera ar ascenso; cubriéndoca ir;> resultas en el empleo de dePla a~ con los f~~ur~s Titulados
\scuela PolItecmca.-
18 de octubre de 1940 223,
'-Escalas definitivas del C¡terlJo'
Técnico Art. 16. Los Diplomas serán
indispensables para ocupar, en la proporción que en 'cada caso se determ:ine, los siguientes destinos (cada uno en, relación con su di-
Art. . 14. Los oficiales procedentes de la Escuela Politécnica que obtengan el. título de Ingeniero y que hayan cumplido, en' su caso, fas prácticas miiltares citadas, se considerarán aptos para el ingreso en el Cuerpo Técnico, y, en tanto no les corresponda, desempeñarán destinos en los Centros y Establecimientos' a cargo del Cuerpo Técnico, dentro de su especialidad; teniendo, para ocupar estos destinos, preferencia sobre los diplomados.
Destinos para los. 'que serán indispensables los Diplomas "
Art. 15. Los Diplomas' serán indispensables' para ocupar, en la parte no cubierta por el Cuerpo Técnico del Ejército, los destinos que a continuacíon se detallan. cada uno en relación ',con su diploma:
Fábricas y Talleres de máteri~l de guerra, armamento y explosIvos.
Laboratorios. _ Comisiones de Experiencias (ex
cepto las' meramente usuarias). , Escuelas. y Centros' de Trans-' misiones. ,
Comandancias de Obras Y Fol'tificaeión.
Parques y Tallert;s de entrefenimiento.
Profesorado de la Escuela Politécnica.
Personal de Movilización Industrial.
Oficiales encargados de las Centrales Eléctricas (alumbrado, energía, artillería (fe 'costa, etc.).
Jefaturas Superiores de recuperación de material.
Personal de la Administración Central (Direcciones generales de: Industria y Material, Obras y Fortificación, y Enseñanza Militar en su relación con la Escuela Politécnica).
Jefatura del Servicio de Ferrocarriles y Jefes de los Regimie~t~s o Agrupaciones de esta espeCIalI-dad. -...
Jefaturas y oficialidad del Servicio de Puentes y Caminos.
Cualquier otro destino que se determine y para el que se, necesite especial aptitud técnica.
p~ma):' _ Jefatura de Ingenieros de Cuer
po de Ejército o Grandes Unida-des Superiores. '
Jefatura de Transmisiones de Ejército o Grandes Unidades Su-periores. l
Jefaturas de Automovilismo de Cuerpo de Ejército o Grandes Uni-dades Superiores. . ,
Jefaturas del Servicio de Defensa' Química, en las mismas Unidades.
Cualquier otro. destino (me se determine y para el que se necesite especial aptitud técnica.
Drgani8ación de la Escuela Politécnica
Art. 17. Inicialmente será Director de estaEscuela .un General de Brigada, procedente de Ar- . tillería o Ingenieros.
La Subdirección y Jefatura de Estudios recaerá inicialmente en un coronel de Ingenieros o Artillería, es decir, de Arma distinta a la del Director.
El profesorado se nombrará, también inicialmente, por concurso de méritos, entre los tenientes coroneles y' comandantes de Ar" tilIería e Ingenieros, en la proporción de dos tercios de la primera Arma y un tercio de -la segunda.
A medida que exista personal Titulado o Diplomado de la Escuela Politécnica, los nombramient01l de Director, Jefe de Estudios y Profesores recaerán sobre dicho personal.
Artículos adicfonales Art. 18. La Escuela Politécnica
tendrá igualmente' por misión la organización y desarrollo de 1011 eursos que el Ministerio dél Ejército determine, con vistas a la divulgación científica en-tre la oficia-lidad. '
Art. 19. Por el Ministro, del Ejército se dictarán las ,disposiciones ,complementarias para la aplicación de esta Ley.
Así lo dispongo por la presente Ley, dada en El .Pardo, a veintisiete de septiembre de mil nove'cientos cuarenta.
FRANCISCO FRANCO
-------------------------~----------------------~------~----~----------ORDENES
Sabsecretaria JUSTICIA MILÍTAR
COn objet d " ~neral de 0p' ~ q,u,e la Direoción
, nSlOnes ten,ga cQnoci-
mliento inmediato pe :lás ,condenas im,puestas por la Juri~,dicc.ión de Guerra que han de ser cumplidas en estaMe.cimientos Fenales comune:;; y se evite de este modo toda perturbación en 106 servidos J?enitencia-ri o·s , di~pongo: .
Primero.' Todos 105 jueces militacr-es que tengan a su cargo y en trámite de ejecución causas ya falla-
das, en las que Ji€) liayan im!puesto penas de privación de libertad q''J·e hayan. de cumplirse en establecimiento's penales comunes, rremitirán a la Dirección General de Prrisiones,\ en el ,término ineludible de ocho d'ías, una re;ación de 105 condenados, en la que se harán con.staT sus nombres, apellidos, naturaleza y vecindad; los nombres y apellidos de
los padres y las 'penas impuestas. Segundo. En 10 que se refiere a
la..s causas que en la fecha de esta orden estén pendientes de que la Autoridad judícia1 apr,;¡·ebe el fallo y. a aquéllas en que é~te n~ se haya dlCtado todavía, las sec'CIones de J usticía en el, mismo día !in que se apru~ben por la Auto~idad' judicial sentencias en las que Impongan Fenas de privación de libertad que deben cumplirse en ,prisiones comunes, remitirá:l a la citada Dirección General{["elaciones nominales en la,'> que se hagan constar los mismos datos que se mencionan en el número anterior.
Tercero. lEn todos los casos, 1.05 jueces instructores eI1carg~do,s de la ejecució:J. de las sentenCIas, d.aran exacto cumplimiento a cuanto, diSpone ei artí~ulo 641 del Código de Justicia Militar, res'I:ecto. a expe?'ición y envío de testlmO'lllOS y hOjaS d,e condena' y procuraifán ;por todos los medios que este servicio se practique _sin di~aóón.
Madrid, 17 de octublr~ de 1940.,
VARELA
REINGRESOS
Cuerpos Auxiliare!
Como resultado de la aplicaci6n de los decretos de 8 de enero de 1937, de i 1 de abril y 22 de s'eptiembre de 1939 y órdenes compleme:J.tarias, se concede el' reing,reso. en su escala, en los términos dispuestos ·e'n la ley de. 12 de julio último (D. O. núm. 158) y en la orden para su cumFlimiento de 9 de,' agosto último (D .. O. núm. 179), al personal que a continuación se relaciona:
Personal pericial 4-el material d1! Artilll!ría
Maestro de fábrica de' primeifa don, Francisco Izquierdo Rodríguez.
Mae5tro de fábrica' de 6eg>~nda. don Jerónimo Barriga Roldán. .
Otro, D. J<JséMuñoz Rodríguez. Otro, D. Manuel Rubio Clavero. Maestro de fábTÍ'ca de tercera don
Francisco Barran'co Pa;ma. Otro, D. Eduardo CO:lde Ruiz. Otro, D. Juan Fernández Sán
chez. Maestro de taller prindpal don
Luis Pino López. . ,Otro, D. Fr.ancisco' Torr.ron Sandar.
Maestro de taller de ;primera don José Castellano Pelayo.
Otro, D. Manuel Fe r n á n de z Puerto.
Otro, D. Rosencio Garrido Llopis. Otro, D. Tomás Marí:1 Egea. Otro, D. Arcadio Suárez Alvarez.
18 de octubre de 1940
Otro, D. Cdestino' Vallina del Cam.po. .
Maestro de taller de segund .. don Sebastián ¡\¡lonso Bravo. . Obro, D. J05é Bailón Jimén~z. . Otro, ,D. José Beas Bru. , Otro, D. F,ran-cisco Espejo Apa-
ricio. Dtro, D. Jesús Fernández :.Garda. Otro, D. Francisco Garda Rivere. Otro, D. Antonio Portil19 Martí-
nez. Otro, D. Manue~ S~n'che. Olmedo. Madr1d, 17 de octubre de 1940.
yARELA
- fe. •
Dirección general de. ~nseñán_-- za Militar -
DESTINOS'
Academia!
Se destina ,para el cargo do Director de la Academia de Infantería de' Guadalajara, en plaza de' superior categoría, al tenie:lte coronel de Infantería D. Amado,r Regalado' Rodríguez, actualment-e Jefe de Estu-dios de la citada Academia. '
Madera, 17 de octubre de 1940.
VARELA
Es~ueia Central de Educación , Física '
Se confirma en sus actuales destinos en la Escuela. Central de Educación Física y para el profesorado de la misma, a los 'siguientes jefes y oficiales,:
, 1 nfanterílJ
Comandan~e D. Benigno González Pé-rezo
Otro,' D. Mario' Alvarez Jiménez~ Otro, D. Carlos. Blond Mesa. Comandante habilitado b. Francisco
Fernández Trapiella. Capitán D., Federico Inglés Sellés. Otro, D. Enrique GaStési Barreiro.
. Otro, D. Higinio Sánchez Garcia. Otro, D. Nicolás Alonso Doval. Teniente D. M¡¡cario Abad Jiménez., Otro, D. Juan Andrés Toledo. Otro, D. José del Cura Marzal0. Otro, D. Félix Gómez Navarredonda.
Sanidad MiMar
Comand:l.nte médico D. Manuel DOmlnguez Martín.
Capitán médico D. Inocencio,.GarcíJl. Montara.
Madrid, 17 de octubre de 1940.
VARÍ!LA
D. O. núm. 23-4
VACANTES DE DESTINO
Academias
De acue',do con 10 dete·rminadl} u e1 párrafo segundo del artículo 5egundo de la orden de 3 de julio de 1940 (D. O. núm. 148), se anunci~ para ser cubiuta Fo<r elección, elltre te:J.ientes .coroneles de Infantería, la vacante "de. J efe de Estudio~ de l¡ Academia del. Amn:a, en Guadala· jara. . .. , - La~ ;pa,peletas re'glamentarias u {["emitirán por los interesados a esll Ministerio (Direcci6n general de En· señania Militar) y h_an~ de tener ~n· trada e:l el m'ismo dentro del plazo de diez días, contados a partir de la fecha. de publicación de esta OTo
den en el DIARIO OFlCI.'.L. Se conce· den cinco días más para los destinados eI¡ Baleares, Canarias y Ma· rrueco~.
Madrid, 17 de octubre de 1940.
VAJtn..\ ........ Dirección generol Ide ~ Reclu
. tamiento 'y Pen'oDcl
CONCURSOS
. Ingenieros
Exi~tiendo una' vacante de comandante de· In¡lenieros en la Dirección Gener..I de Fortificaciones y Obra-s, se 80unCa a coocu:so 00II1' arreglo a1 aFtículv tercero de,-Ia arden de 3 de julio último (D. O. núm. 148).
Las instanc:as deberán tener entrada en este Ministerk .. en el ',plazo de diez días a pa,rtir de la fecha ~ la I>ub1i~ c:Óu de la presente arden. ' ,Maarid, 15 de octubre de 1940,
DESTINOS
Caballería
Pasan a' 5ervir los destin05 que se indican los oficiales moros del Arma de Caballería que a continuación se relaCiOnan:
Al grupo' ·dt, Regulares dí Caballería nÚ1Iler<J 1
Capitán moro Sidi AH B. Moh. La-· guari.
Oficial moro de primera Sidi' },{eheyut B. Lªrbi... .
Otro, Sidi Liamani B. Moh. Holt!. Oficial moro de segÚnda Sidi Moh. B.
Taieb Saharaui.' -
D. O. núm. =-34
Otro, Sidi Hamido B. Moh. Benisusen.
Otro, Sidi Layasi B. Kassen 1Ietiui. Otro, Sidi Abselán B. Yilali Che
rradi. Otro, Sidi Fata B. Selán Yey;¡;
Al grupo dt Regulares dt Caballt1'Ía número ~
Capitán moro Sidi Abselán B. Mohan. Oficial moro ge primera Sidi Mimún
B. El Marine. . , ,Oficial moro de segunda Sidi Amar B. ~lohamed.
Otro Sidi Mohamed B: Abse1án. Otro: Sidi' Mohamed B. Buzmán.' Otro, Sidi Amar B.' Mohatar. Otro, Sidi AbdelkaderB. AI-Lal. Otro, SidiMohamed B. Suast.
Al regimiento mixto de Caballería 11Iímero =-0
Oficial moro de' primera Sídi Mohamed TI. AI-Lal' Sedelik.
Oficial moro de segunda' Sidi Mesand B. Alí. .
Otro, Sidi AbdelkríÍ1 B. Si El Faddil. ·Otro, ,Sidi AI-Lal B. 110haméd Tus
lini. 1!adricl, 9 de octubre dé 1940.
y .... RELo\
Cumo resultado del concurso anunciado por orden de q de septiembre del corriente aiio (D. O: núm. 203), p:¡ra cubrir vacantes en los regimientos mecanizados de la' División ele Caballería, he de,ignado para las mismas a los si· lUientes suboftciales de' dicha Arma:
Rcgimicnto niÍm. 3
Bri¡;:1da D. Hilario Lahuerta Pérez.
. " Regimie¡¡to núm. 5
Brigada D. Teodoro ,Cabr;l1a López. gtro, D. Clemente ~fedina Espinosa. otro, D. Pedro Cerrón Rodríguez. _ tro, D. Emilio Garcinuño Garci·
nuno. B' ' .
Ga r~gada maestro de banda D Pedro rCla Cid. .
Sargento D. Manuel Gavilán Sotomayor.
Otro D C-" O ' O ' . aSlmlro rtega Fernandez.
Otro, D. José Bobi Juárez '
• 'ro D J . I m' ' , . uan R.Jdríguez de Guz'-~ ano . r •
Otro D JI" '\ .. Ot' . u Jan L panclO S'ánchez. Otro, D. Emilio Gómez López.
ro, D Prim't' P I'd B .. Otro D' 1 IVe: ,u 1 o ermc) o. Otro' D' Ca:-los Jlmenez ·Marquina. Otr ' D' LUlS Rodríguez García.
0, An" G d Otro D' .,0nlO rana os Muñoz. Otro' D' Mlguel Jover Cande!. Otro' D' Juan M?reno Castilla .. Otro: D' Juar; 1~arquez Aguilar. Otro, D: gonlfaclO C.abello Toledano. , . erardo Salz V;¡lderrama.
18 de 'octubre de 1940
Otro, D. Martín Peinador Castrillo. Otro, D. ROn1ualdó Muñoz Queren
cia. Otro, D. Juan LaraEspejo. Madrid, 9de octubre de 1940.
VAREI.A
h1Vñlidos
Pasan deetirrados a presta,r sus servicios al Museo Histórico l\Ii:itar de esta PI¡¡.za, el personal del extinguido Ouerpo de Inválidos, hoy Mutilados de' Guerra por la 'Patria, re-lacionados a continuación. ~ .
Brigada D. Eduardo Ba~tante Santos.
SargeClto primero D. A n ton. i ° Guerra 'Gue·rra.
Otro, 'D. Isidro Huidobro .'Berverana.
Sargento D. Antonio García Suá-rezo
Otro, D. Patricia. Martín López. Soldado D. Félix Anchia Lucas. Otro, D, Baudilio García García. Otro, D. Justo Zonilla Ranero. Otro, D. 'Mariano Casaca Ma-
chín. Madrid, I6 de octubre de 1940.
V·AR.V .. B
. Intendencia
, Se confirma en su actual dc.stino de libre -elección, como administrador pa~ador del DIARIO OFICIAL de este Mi:listerio,. pa'ra desempeñar.lo en plaza de ,inferior categoría, al comandan,te "de Intendencia don Eduardo García' RivNas, ascendido a dicho '€mr leo' por orden de 30 de septiembre último (D. O. núm. 223).
11adrid, I4 de o'ctubre de 1940. VAKI:L. ..
'Excmo. ~r. : A propuesta del Alto Comisario de Esraña en Marruecos, pasa -destinado, en comisión, con arreglo al artículo' segundo del decreto dé '23 de septiembre de 1939 (D. O. núm. 4), para cubrir vacantes de, su empleo en la Delegación del Gobierno Político-Militar, en la Zona Sur del Protectorado, el sargento ,provisional de Intendencia D. Amarant~ Benedi Frégola, procedente del grupo· de tmpas de Intendencia núm. S, con' efectos administr~tivos, a partk de 1 de noviembre próximo.
Madrid, 11 de octJubre de, 1940.
VARELA
Señor General Jefe del quinto Cuerpo de Ejército.
Seiiores Alto Comisar'io de España en MarrueCos e ~ntuventor General del Ej~rcito.
225
. Sanidad Militar
La orden de destinos de 29 de mayo, del presente año (D. O. núm. 124)., se entenderá rectificada, por lo gu<: 'Se refiere al comandante' médico D. Angel del Río. Pérez, ,en el sentido de que su destino es a la Clínica Militar del Hoslpital de Villa Sanjurjo. .
Madrid, 15 de octubre de 1940.
VARELA
DISPONIBLE.S
intendencia
Excmo. Sr:: Quedac en situá¡::ón de di''Ponible f0:rzo~o. en la primera región militar, el ca,pitán de Intendez¡cia don_ José Conde Pomposo,' hasta que. le co· rres'Ponda ser cokcado.
~Iadrid; 9 de 'octubre de 1940.
VAREL.~
Seiior Capitán General de la pr:imer'l rcgióil ..
-INGRESOS
Cuerpo de :Mutilauos
, CDn arrcglv al articulo 22 del regI::uncnto cld Cucr¡lo ele ~f'Utilr:·dr~13 de 5 de abril de 1938 (B. O. núm. 540), se cQ!1'ccd-e el ingreso en el llY~niO,.. con el título de .. Cab~llero ~lutilado Abso.luto" de Guürra poJr la Patria;-al personal relaciouJ.uo a continuac:ón; cvn la pensió'n anuJ.I que se indica, 'a-partir de la fech", que a cada uno se le se¡¡ala, que es)a de su mutilación, p¡;eda dcdllcción' de las cantidades percib;da~ desde la citada fecha, incremú1tadá en 500 pes'ctas anuales, halsta llegar al mixin1un que ~e consigna, por alluaEclade~ sticesivas, como. 'comj)rendido e,n el aj)a.rtado. el) del artículo. 16 de Cit;ldo' reglamento. gozando. del tratamiel1tD supe,ri\:'r al empleo qUe ostenten y de los derechos concedido:s en los a,rticu1o.s 71, 72, 74, 8.1 y 86, Con 1;;'5 ohlii;ac'onleSi qUe establece el citado alrtículo r6, debiendo percibir sus deven'gos por las Pag;¡,durías ~lilitares que se expresan:
Ca,bo de la Guardia Civil D. Felipe de Juan Sácz, con la pemión' anual de 7.000 poesda's, a .palrtir del 7 <le agosto! de 193
'7, hasta llegar ~I ll)áximun
de 13.000 pesctas, par la' Sub¡¿agaduría de Guada.Ja.jara.
Soldarlo D. Jo.sé An1cnio Puga Ca ... orrillo, con la J)Cnsión anual de 6.000 poe seta s , a partir: del =-~ de agosto. de 1938,' hasta llegar al máJx:imun de 12.000 pesetas, por la Subpagaduría d~ Cáce-res. . , Otro D. Juan de Haro jiménez, con la pensión anual de 6.000 pesetas, a partir del 14Í de-enero de 1939~ ha,t.
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, llegar ~a¡ m<'Íximun de -r2.~ pesetas, por' la Pagaduría de Sevilla.
Otr\) D. Luis Lópcz Yázquez. con la pensión anua,l de 6.000 veseta,s, a pa,rti,r del 4 de mayo de 1938, hasta llegar a.l máximun de 12.000 ~setas, por la Pagaduría de La: Coruña.', '
Otro D.~ran'l1el Gómez Gómez, C011
la pensión anual de 6.000 pe'seta", a ,partir del 2+ de mayo de 19,38, hasta
los mismos día y mes de 19.J9j 6.500 pese¡Zs desde esta fecha al 2--1- sk mayo de 1940, Y 7.000 pesda-s desde esta fedía a la de su fa,]Je-cim;ento, ccur.rido el .27 de junio del aiio en curso,-' pen': sión que previos trámites oportunos deberá ser percibida por los he r"de ros , descontánclo'eJe las cantidades satisfechas al. causante cksde el momento de s,u mutila-ciótl, debiendo pe~cibirJa por la Sl1bpagadurb ~riIitar de Huelva.
~radrid, 16 de octubre de 19Ao.
VAREU
18 de octubre de 1940
panda, rrevia la jprQPuesta reglamentaria.
.Madrid, I5 M octubre de 1940.
VA.l.EU
Artillería
Pa~a a la situación de· retirado, por haber Clumplido la edad 'Teglamenta,ria para ello el día 9 d·el 'actual, el teniente de Artillería don Germiniano Baldazo Abad, del re
.gimiento de Artillería núm. 3;:, de-biendo hacérseJ.e por el Consejo Supremo de Justicia Militar él señalamiento de haber pasivo que le corresponda; previa pro[luesta que 6~rá formulada ror el Centro o Un)-dad correspondiente. .
:\Iadrid, 16 de octubre de 1940.
VAULA
• ••• • BEEUPLAZO'
- Dirección General ..de T ransportes
Pasa a la sitJ;¡ación de reemplazo por· e:lfermo, con resideñcia en Sevilla, a partir del día 2I de septiem-
. bre último, en las condicione6 que determina el dec'reto de 23 de septiembre de I939(IJ'! O. núm.,4), por halla,r6e comprendido en las instrucciones aprobadas por real orden cireülar de 5 de junio de ¡90S (Colección Legislativa' núm. lOl), el teniente de Artillería D. José Pereira García, del regimiento de Artillería número 6r.
:\fad,rid, 'I5 de octubre de 1940.
VARELA
RETillOS
Pasa a la situación de retirado, por haber cumplido la edad reglamentariael día. 15 del 'actual, el coronel ,de Infantería perteneciente a la escala complementaria D. José Alvarez Chas, debiendo señalársele por el Consejo Supremo de JU6ticia Militar, el lÍaber pasivo que, le corres-
CONCURSOS
Varia~ Armas
Para cubrir una >"acante de co,malidandante en la segunda sección de l:t Dirección Generar de Transportes, se abre concurso entre. íos comaridantes de Artillería e Ingenieros que deseen ocupárla, con arreglo a lo dispuesto en la orden de 3 de julio de 1940 (D. O. núm. 148).
Las instancias, acompaiia'Clas de la documentación que ordena d;-cha. disposición, deberán dirigirse a la Pirec6ón General de Transportes (O'DoneIl núm0m 8, ~fadrjd), en el plazo imJ)fOrrOgable de ocho días, a partir de 1?, fecha de la pu:blica-ción de este con~urso len el DIARIO OnCIL\L.
':\fadrid, 1'1 de octubre de I940.
VARELA
Para cuhrir uno vac<lnte de capitán en el Se,rviciu de Au~orm)Yilismo del GrullO de Automóviles deil sexto C1Jerp¡oi de Ej érc,ito, se abre concurso entre los capitanes de las d¡,stintas Arm"s y CuerIXls qu~ deseen ücupa'rla, can a'rreglo a lO' dis1>uesto en la orden de 3 de julio de 1940 0D. O. núm. 148).
D. O. núm. ~34
La:s instancias, acornp~ñadas de la, do· cumentación ordenada en dicha <ij:;-¡xJsi, ción deberán dirigirse a la Dire\:ción Gen~r:ltl de Tramportes (O/Donell nú-, rnCTd 8, :\fadrid), en el pi:azo im'!}rorrogable de diez -¿ías, a partir' de la fecha de la publicación de este concurso en el Dl1-\RIO OFICIAL.
Ma-drid, 11 de octubre de 1940.
VAREtA
• le. •
Dirección general de la Guardia (ivi.1
ASCENSOS
Por existir Yacantes' de su c1Me se asciende al empleo inmediato superior, con la antigüedad de esta fecha, a los jefes y oficiales del Cuerpo de la Gua'rdia Civil que se re;acionan a continuación.
L'Üs ,expresados jef'es ,y oficiales, continuarán. ·en sus nuevos empleos en la situación de disponible foro zoso, siguiend,o a,fectos para docu· mentación yhaheres a los mismos Ter-cios y Comandancias en que €JI
la actualidad se encuentran. Teniente coronel D: Rafael López
1Jonti,jano. Otro D. Francisco ~fonterde Ber
nández. Otro, D. José Pastor ,Rodríguez. Otro, ,D. Arsenio Cabañas Fer·
nández d'e Ca silr O.
'Comandante D. Juan Acevedo Juárezo
Otro, D. Julio VaJIª"ino Couí· llanto
Ot:m, D. -Emilio López Carrillo. Ca¡pitán D. Angel Flo,res Conde .. Otro, D. Isaa-c ~fartínez Herreros. Otro, D. Vicente Debesa Cam;¡;08· Otro, D. Juan Lo,renz0' Arneo. o,tro, D. }uan Hernández ~omera, Otro, D. Arturo Torres QUlxanú. iÜtro, 'D. Alberto Blasco Alonso'
d Otro, D. Antonio Bermúdez t Castro Blanco. ,
Teniente D. Enr.ique Herrero 10-pez ,de Suso.
(Otr0' 'D. Ezequiel Rico ViJ1~de. moros ,:yrartínez.
Otro, D. ,Eduardo Córtés ,Gor~eña. Alférez D. José Salv"dor Beltran. Madrid, 25 d·e ~eptiembre de 1940
•
VARELA
D. O. núm. 234 lB de octubre de 1940
ANUNCIOS .JEF ATURA DE TRANSMI
SIONES
El día 30 de octubre, y a las diez horas, se celebrará en el local que ocupa la Jefatura de Transmisiones del Ejército, sita eh Amaniel, 39, de esta Plaza, el concurso con carácter urgente para adquisición de material que'a continuación se especifica y con arreglo a los siguientes pliegos de condiciones.
Pliego de condiciones 'técnicas que en unión de las legales y económicas correspondientes han de servIr de base para el concurso de adquisición de herramientas varias.
Pliego de condiciones técnicas que, en . unión dt .las, legales y económicas -corytif'ondie1ltes, han de servir -de base
_ para el C01lC1lrso de adquisición de herramiellta, con arreglo a Jas partidas ~, 3, 4 Y S, ambas i1lclusive, del" PresupueSto para la adquisición del material compleme1ltario de las dotaciones dt las disti1ltas Unidades del Ejér-' citaD, de cuyo docu1Ile/lto y de su aprobación por el Excmo. Sr. Ministro del Ejército, COll cargo al concepto de la agrupaciól1 cuarta del Presupuesto e.'I;traodinario, se acompañan copias. 1.0 Es objeto de este concurso la ad
quisición de las herramientas siguientes a los precios que se indican como lílIúte:
Cantidad HERRA~nÉNTAS Precio por unidad Importe-Total
1.S00 Trepadores ....................................... .. 40 36 60
40 40
35
60.000
7:1·000 2.000 Trepolines ......................................... . 2·400 Trócolas con cuerda y rana .......... ; .. .. 144·000
60.00Q -60.000
5~·SOO :1S·QOO :11.000
1·500 CazQs ., ............................................ .. 1·500 Bárras pisón ........................... ' .......... . 1·500 Barras mina ...................................... .
250 Devanaderas dobles .................... ;~ ...... . 300 Trepadorés de carril ......................... ~.
roo 70
~a5 Casas que acudan a'l concurso podran hacerlo por el total de las partidas o por, lotes.
2.° Características: Trepadores._De acero de buena cali
dad y .sin defectos que puedan disminuir .u ;eslstencia y duración. De la forma ~ dImensiones que se detallan en el ad
. l~nto dibujo (figura La) V muestra a dIsposición de los concursa;ltes.
De?erán ir- provistos de las correas necesanas para Sllj etarlos al pie.
Se someterán a la prueba práctica de trepa a postes de las. dimensiones corrient~s en Telefonía y Telegrafía, así como a -poste ligero militar.
. Trepoli¡¡cs._De acero de buena. calidad ~ forma y d' . . d' l d'b . ¡menSlOnes In Icadas en e dI ~IO (figura~.a) y muestra. Provistos ~ as correas para sujeción a pie y
PIerna.
t Se someterán a la prueba práctica de re~a a poste de madera.
Juego d' t ' l d e roca as y ranas.-Cada una e SUs dos t . 1 ' • tuíd par es ¡gua es estara const!-
Iím at por tres poleas de hierro de 40 mi-e ros de d" t
circular la:U,e ro y garganta semi-leas . de 9 mlhmetros. Estas tres poganc~~ra~ loca~ sobre un mismo eje. El nes s .glr.atono. La forma y dimensioben ee ~ndlean en dibujo adjunto y de-
e s r ,enteramente pulidas. On el lueO" d b ' -"o e eran traer 20 metros
Total ......................... 494·s0 0
de cuerda de 8 milímetros de diámetro, de cáüamo o similar, de buena calidad y dos ranas tensoras para hilos de 1 a 3,5 milímetros de aceró pulidas, de la forma y dimensiones también indicadas en la figura 3.a y muestra. . Cazos.-Mango de fresno'blanco o ma
dera similar de fibras largas y rectas, muy dura y tenaz, ligera y. elástica. Carecerá de carcomas, orificios producidOs por los insectos, nudos y otros ddecto& de construcción o conformidad que sean perjudiciales. Recto y de sección circuJar, sin deformaciones y superficie lisa, sin grietas ni astillas.
Cucha'ra de chapa de hierro comercial, constitllída por material elástico y homogéneo. Sin pulir.
La unión de cuchara y, mango, perfecta. La formá y dimensiones según dibujo (figura 4. a) Y muestra.
Barra? Pala-Pisón.-De hierro forjado tubo de hierro y acero de herramienta~ Martín-Siemens. La pala y el' pisón de hierro forjado, con superficies bien acabadas. El tubo de hierro no debe ser abierto y su unión a la pala y pisón será a rosca, asegurada con pasador remachado.
La boca de la pala se, calzará con acero de herramientas Martín-Siemens, templándola después al calor amarillo.
La forma y dimension'es según dibujo (figura S.a) y muestra .
Barras de mina.-De barra de acero octogonal Martín-Siemens, de buena calidad y sin defectos, empalmes o soldaduras.
Los extremos estarán templados en 10 centímetros. Forma y dimensiones según dibujo (figura 6.a) y muestra. - Dez'alladeras dob/es.-Sobre parihuelas
de madera de buena calidad, cosida con torni11$ y -tuerca y de la forma y dimensiones del dibujo (figura 7.a) y muestra.
Trepadores de carril.-Serán de acero de buena calidad y de dimensiones y construcción análogos a la muestra a disposición de los concursantes.
Las casas que se presenten al concurso acompañarán a su propuesta un ejem
-piar dé cada una de las herramientas que se citan, ejemplar que quedará- libremente a la disposición de esta J.efatura.
3.0 Plazos de entrega. El plazo máximo de entrega será de
dos meses a partir de la adjudicación del concurso, entregándose el 60 por roo del material objeto del mismo al terminar el primer mes, y el 40 por roo al terminar el. segundo.
4.° -, Lugar de entrega: Parque Central de Transmisiones de
El Pardo .(Madrid). , 5.° Reconocimiento del material:
En el Parque Central de Transmisiones de El Pardo (Madrid).
Pliego de. condiciones económico~legales, que han de servir de base en el concurso para la adquisición de herramIentas varias, con des-tino a las distintas Unidades del Ejército, que se redacta a la vis
'ta del Pliego de condiciones técnicas formulado por la Jefatura de Transmisiones e~ 7 de septiembre de 1940. .
·1. a :Las pro,posiciones se ,extenderán ,en papel sellado de la dasesexta y _ aparecerán sin 'enmiendas ni raspa¿'uras, a menos que Se salven ,co,n nueva firma y 'Se lSujetarán al mo,delo pubEcado en· 'el anuncío ...
2." ,Los autores de las proposlclOnes o sus ,T.epresentantes que concunan al acto, ,deberán acompañar su ,cédula ¡personal o pasaporte de extranjeTÍa o el _ último !Tecibo o .alta 'de la ,contribución industrial que correslponda satisfacer, se.gún el 'concepto ,en que los Jiótadores ,compaTez,can y en caso de estar exce,ptuados de ·la ~ontribudón, ¿ndustrial, con arreg.}o a la }ey de Utilidades, s,e justificará este -extremo. N o será ne,cesario -el cr-ecibo ,Q alta .de la c-ontribuci6n :iñ¿,ulstrial, cuando los proponentes res~d.an en las provincias Va5congadas y Navarra: y bastará que a.crediten su ,condición ,de indus-
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triales, según ~o dispuesto\en los preceptos que regulen e.1 concie-rto. económico ,con dichas provincias. Pero si el servicio hubiera' de. reali%arse en territrio no aforado o co~
'mún, al ser adjudica,dos al sujeto contri~ente de régimen '¿istin,to, deberá el adjudicatario matricularse conforme al 'reglamento a,plicable en el ¡'u'gar del servicio. Los apoderados o, representantes deberán, también, exhibir el poder notarial otorgado a su favor.
Presentará también .la certificación a que hace referencia el decreto de 3 de diciembre de 1926 y reglamento para su aplie a.ción, así como también declararán en sus proposiciones q'ue los obreros empleados e,n la construcción del mnterial estarán 'sometidos a 'condiciones no
'inferiores a las e6ta,b:,ecidas con carácter general por la legislac'ión vigente; declarando también su sumisión expresa a los p,e,ceptos del decr,eto de 6 de marzo de 1929, que establece determinados límites para los periodos de }iquidaciónde sala,rios y de imposición de multas y ,para la garantía de los créditos !por jornales. -
También acompañarán. los licitadores el boletín, recibo o alt:orización, que justifique ,el i,ngreso de la cuota, obligatoria del retiro' obrero corespondiente al' me's anterior, según 'dispone la orden de 30de julio de 1921 (e.. L. núm. 312) ; Y las empresas y sociedades·una certificación expedida por su diredor o gerente q'l"e acredite no formar parte de la misma ninguna de las peTsonascomprendidas en ]o's artículos 1.0 y 2° de 12 -' de octubre ,der923' (C. L. núme.ro 554), y decreto de 24 de diciembre de 1928 (D. O: núm. 284). .
To,dos ,los documentos presentados por los 1i.citadores en el' a,cto del 'concurso, si están expedidos en el -extranjero y en idioma distinto del eso, pañol, deberán estar traducidos por la interpretaci.Ón de lenguas del Ministerio, de Estado' y estarán, además, legalizados y vis~das sus firmas por dicho Ministe,rio.
,Así mismo estarán estarán reintegrados "conforme a la ley de:! Timbre, ex,ceptuándose los pasaportes de extranjería. ' ,
3.& N o serán adm.itidas las 'propo_ siciones que no reúnan los requisito's exi,gidos'en los pliegos de condiciones, /haciéndoseconstar en ellas que eJ pwponente está conforme con cuanto ,en las mismas se estipula. Tam;poC'O se admiti-rán las que no se ajusten al modelo .pubHcado en :10'5 an'uncios.
4.& Par,a 'tomar ¡parte. en el con_ curso, es condición indispensable que los licitadores a,compañen ,a su~ respectivas proposiciones las xartas de pago que justifiquen haber impyesto eill Ja <Caja general de DepóSltO~ o en sus sucursales, .]a' sumá equwalenote al 5 por 100 del impor-
18 de octubre dé 1940
te de las ofertas, calculado sobre el precio límite. .
La citada garantía podrá consignarse en metálico, o en títulos de la Deuda Publica, que se valuará al premio medio de cotización 'en Bolsa últim.amente publicado, a no ser q'u,e esté prevellido se admita por su valor nominal. El secretario del Tiibunal ,comprobará el precio medi.o lcon el Boletín Oficial del Estarlo.
Este depósito se ,constituirá haciendo constar expresamente en el resguardo, que tal depósito se ha efectuado para a~cudir al ~concurso de.! que se trata. .
5.& La eX}l'Tesada fianza no servirá más que para la proposición a la cual vaya unida, aunque el licitador á cuyo' favor estuv,iese extendido el talón de depósito, presente distintas pwposiciones. '
6." No se admitirá para tomar parte en el COll:curso ni para garantizar el -servicio, la carta de pago que se refiera a imposiciones hechas para afianzar otros servicios, por más que sea notoria la terminción satisfaci:'oria de :los mism.os, si no se j,ustifica este extremo por medio de la corr,espondie:¡te certificación" haciéndose en este caso 'la transferencia de la garantía para responder al nuevo contrato. "
7·&' El précio que se consigne en las proposiciones se ,expresará en fetras,por pesetas y céntimos, de dicha unidad monetaria, no .admiti6ndos e más fracción .que la del ,céntimo en la inteligencia que si se -consignasen más cifras dec:males no serán apreciadas, quedando a favor del Estado las fracciones que no lleguen a un céntimo.
s.a La licitación se verificará precisamente en día laborable en la plaza', local, día y hora qu~ sé fije en los anuncios, constituyéndose el tribunal ,en la forma que establecen los artículos 32, 33, 34 y 40 de ~.ste reglamento,' dando principio el' acto ,con la :Iectura del anuncio y pli-ego de condiciones. .
9.& Las proposiciones se recibirán en. la Pagaduría de la Je.fat'ura -de Transmisiones,' dirigidas al :coronel jefe de la misma, a partir d~l día que se fije en los anuncios y en el plazo que éstos ind.iquen.
10. Si se hubiera recibido oferta que se ajuste a Jas bases aprobadas, redactará el Secretario presupuesto por, el imfo,rte del servoicio cuya cuanHa será la oferta más ben,eficiosa a los tÍntereses del E:stado.
1;1. Una v·ez [terminada la lea.' tura .de las proposiciones ¡presentadas se formará por el secretario del tribunal ,del concurso 'un estado
,comparativo de las mismas, que firmará 'dicho secretario y el interventor,estam¡pando 'el presidente el vis-to bueno. '
Si de este estado .resultasen dos o más !proposiciones iguales y fuesen las máS" ventajosas, deberá prevenir '. el anuncio que -el presidente
D. O. núm. 23.
del tribunal 'del concurso invitará a una licitación por'pujas a la lla. na, durante el término de quinc~ minutos, a los autores de aqúellal proposiciones y - si terminado di. cho ¡plazo subsistiese ,la igualdad se decidirá po;, medio de sorteo I~ adjudicación.
1'2. Una vez cerrada la licita. ción, el presidénte declarará acepo ta-da, a reserva de la aprobación su. perior, la ¡proposición más ventajo. sa, haciendo' a su favor la adjudica. ción del remate, la cual tendrá siem. pre el carácter ¡provisional, dándose ¡por ello por terminado el acto y pro· : cediéndose seguidamente a extender el acta, que autorizarán todos lo! componentes del tribunal y firma·, rá el rematante o su' apoderado.
113. Los resguardos de depósito!' correspondienteS a las proposicion€! que no fuesen aceptadas ni fuesen. objeto de protesta,. se-dévolverán, después de terminado el acto de la subasta, a los interesados, los que firmarán el retiré de 105 mismos al pie de sus respectivas ofertas, que· dando éstas unidas aLexpediente del concurso, e igualmente se devolve· rán los demás docúmentos que acom· pañen 'a sus proposiciones.
14. La - garantía provisional se perderá, quedando su importe a be· neficio del Tesoro, cuando el autor de las proposiciones que resulten más ventajosas dejen de suscribir el acta de concurso aceptando su como ¡promiso.
15. Al declarar aceptada una pro· posición se entiende que en la ac:~' tación va envuelta la responsabl!l. ,dad del rematarite, hasta que sea Gnrobada por el ~finisterio del.Ejér. cito, sin cuyo rcquistio no empezad a causar efecto, a menos que la uro Rencia del servicio exija se ejecute, des-de luego.
16. Una vez recaída: la adjudica· ción provisional, s,i la urgencia del servicio lo exigiera, entregará ¡part,! ,del material 'obieto del concurso, VI' niendo el licitado,r obligado a ha· cerlo asÍ.
Si deSF1,lés el contratista' favoreci' do con la adjudicaci6n ,provisional no ob!tIviera la definitiva, sólo ten' drá derecho a que se le liquidt Y abone al precio de su proposición. el material :entregado, sin derecho a In· demnización alguna. ,. 17. Aprobado el remate por,quien corresponda, el adiudicatario te?~rl obligación de constituir a disPoslC:r del . presid.e~t~ del. tr:ibunal un tí p6slto defln1tIvo del, 10 ¡por 1100 d~ importe de su a-djudicación, cons:l-tuyéndose este depósito en la? .I?I!í mas formas que para el p'rovlslon3 Pteceptúa la condición cuarta. á
El depósito definitivo se i!llPo~dr. d'entro del plazo máximo de qUI~fi, días, cO:J.tados desde que se n~t. que dicha a,probación al contrausf: y servirá' ¡para garantir el, cuIllP ~ miento del contrato, haéiéndose eoll'.
D. O. núm. 234
~r así expr.esamente en e'l documento aoreditativo . de la; constitución del depósito, telllendo presente, .cuando corresponda, lo que d,etermma el artículo nov;eno.
18. El contratista' tendrá obligación de formalizar escritura y de entregar al présidente del tribunal de subasta para el curso a su' destino el número de ejemiPlares ,reglamen~ tarios que estab'lece el artículo 55, en el término de un mes, a contar desde el día que se le notifique la adjud,icación definitiva del remate.
19. El contratista queda obligado a presentaren la oficina liquidadora de derechos-r,eales la escritura o convenio qUe otorgue, siendo de su cuenta el abono del imé[luesto que IIHOCeda y demás gastos qu,e -como consecuencia pudieran originarse.
'20. Serán de cuenta del adjudicatario to,dos' los gastos que ocasionen los anuncios y el otorgamiento de la escritura, en ia forma y número de ejemplar,es que. determina el artículo 55, y el acta de subasta, ,exiRiéndose 'al r,ematante que acredite haber' s<l'tisJecho los derechos, de insección de los a~uncios. Los r,ematantes de segunda subasta no estarán oMigados al pago de los anuncios de j¡¡ primera. '
21. También serán de cuenta del contratista todos los gastos' de transp~rtes, acarreos y derechos o arbitnos que pu,diera tener l,a m'ercancía, PU~sto que el pT'ecio porque haga la [)f~r:a, se entenderá qlU,e ,es 'colo'cado aouella al 'Pie de los almacenes del estahJ.ecimiento a Que sé destinen o lugar dónde haya de emiPlears~. Esto, no obstante si el 'ramo del EJ' ér-Clto t· ,
. UVlera med10s de transiPort'e proplOS, se los faciEtárá al contratista, siempre que no los necesit-e parad su servicio, prestándnle, además, ¡~ o 'el .apoyo que su carácter oficial 1 ~ermJta, siendo de cuenta de aquél ~h pago de todos los gastos que dica aUX1ilio 'irrogase.
in~!~ ~ o '. ~e accederá .a 5a,tisfacer d nlzaclOU a1e-una llltereses de emora' ~, _ el e t' 1).1 a pagar mayor ¡preno que Vos S;lpulado por la er,eación de nuede f~~puestos, ;Portazgos, ,derechos La de ;; puerto, prac.ticaj es, ca:-esde lo f ereados 'O sub1,da de tanfas C,) el
s E~rocarr:i'es, así como tamlloretribu " tado llltentará mermar -la Drima c~on ~Co~venida llorque s,e suPUe,tos o dlsm.llluya los citados imtratars 1 tanfasexistentes al con-
2 e e compromiso., 3. El eOnt t'
a sati<f ra lSta queda' obligado ~l de 'paaeer el impuesto del timbre " , '!os dIE ' "(-mas y 103 e. .stado y. to~os ',los municipales arbltnoos provlllclales y dos o < qUe se hallen establecic'~ dura'~, establezcan en el período , Can del .entes al . Contrato y sean inhe_ ml,mo -¡,24. La e~tre~ d 1 .atados < . :-~e ' os dectos 'con-e ~ , .e venf . ' ·:)tral d T lcara en el -ParQue d e ra " o ·OIadrid) . nsmlSlones de El Par-
, la recepción de, los
18 de octubre de, 1940 '
mismos se efectuará por la Comisión de Comlpras, que levantará acta, en la que deberá figurar d precio por "mi dad yel valor total del lote entI'egado. De cada lote de material se redactará tri:plicada acta de y,e
cepción, uno de cuyos ejemplares se otorgará -al contratista, otro se remitirá a la respectiva sección del Minist'erio y el temen> se archivará en la Comisión.
'La recepción definitiva habrá detener lugar~el ,60 por 100 del materi<Ll, dentro del mes primero-a partir de la adjudicación del concurso, y el 40 ¡por IlOO restante; al 'terminarel segundo, salvo que se hubiese dado cumplimiento al artícuILo 13 d'e este Reglamento" en cuyo caso las entregas y su recepción se sujetarán a los crédit05 consignados en cada presupuesto, -con arreglo a lo que estaMece .el ar.tícu~o 12.
25· La casa ti,ene la obliga~ión de reponer por su cuenta todas aquellas herramientas que en el transcuroso del plaz,o que se fiJe, se inutilicen For noto,rio defecto, de cons-trucci6n o de ealidadd,el material, y por -ello debru-á convenirse que del total del pago se 'retendrá un la por lOO, que se satisfará tran;3currido el plaz.o antes aludido.,
26. El. pago se hará dentro de los créditos dispor¡ibles, cluya, exi5-tencia se juostificará en la, forma que establece la ley de 19 de marzo de 1912 po,r :a Pagaduría de la Jefatura de TranSJliisiones, que se hará cargo del material o efectos adqui" ridos, que debe ha.<:-ers,e cons~ar ~xpresamente en el pliego de condicione5, -debiendo Qcreditar, ,preci5amente -el contratista que ha satisfed1Q ,la 'C()l1,üiihuc;ém lÍnd\lJsltrial que le corresponda, las cuotas del !retiro obrero y- 10;3 gastos, impuestos, y arbitrios que enu'meran las condiciones 19 a 23. Los pagos se harán una vez recibidos y admitidos los. artículos, -efectos o materia.! 'contratado, ve,rificándose en efectivo al pie de Caja hasta 2.500 pesetts inc;u;¡ive y las ¡;u:¡;eriores a dicha cantidad por me,dio de libramientos e~pedidos aJ contrati5ta. '
27· Si el contr~ti6ta o su representan,te, da~o a CO:lOcer al Jefe del Centro o 'Establecimiento receptor se ausentara sin previo aviso ~ o autci,rización de :a plaza donde se verifique el servicio, las órde,nes .relativas al mi~mo que fuera necesario comuni,carle, se considerarán como si las hubiera recibi1do, y de nó cumplimentarl~6, se efectuará dicho servicio en la forma que más CO'1-ve~ga a costa y riesgo del citado contratista. . ,
,28. El contratista, queda ohligado a~ o:lIDIplimiento de 'los preceptos relativos al- cont,rato de trabajo, accidentes, trabajo de mujeres y. niños etc establecid05 para los patrO~05 ed el Código de Tra,bajo. Que
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así 'mismo se ajustarán a las obliga. ciones señaladas para los patrono:; en todas las disposiciones de carácter social que se encuentran vigen--tes. .
29· Terminado el plazo del contrato completa y fielmente por parte de los contratantes, el Plresidente del Tlribunal a cuyo disposición está constituícla la fianza" acordará su devolución, si bien exígiéndoJes_ previamente que acrediter¡ !:laber sati5fecho todos los gastos. a que se refiere la condición' 26 de este artkulo y que- se ha dado cumplimiento -a las condiciones regmladoras del im:puesto de derechos reales.
30. Cuando el rematante no cumpliese las condiciones que 'debe lle~ nar paa:a la ce~ebracióll del conta:at.o, se anulará el remate a su costá. Los e.fectos de esta declaración serán ;-
.1.' La pérdida de' la garantía o depósito del concurso que desde Juego se adjudicará al Estadq como' indemnización del perjuicio ocasionado por la demora del servido. .
2.' La celebración 'de nuevo remate bajo ,;,as mismas condiciones,. pagando el primer rematante, la difer~ncia del primero al segundo.
3·' N o presentándose iPTQ¡:¡;osici6n admisible en el nuevo, la administración ejecutará el servicio por SlU
cuenta o por contratación directa,' rel5pondiendo el' remataJlte del ma~ yor gasto que ocasiOne con respecto, a su~ proposición'.
Las a:esponsabilidad,es a qu~ se -contraen 105 dos párrafos antenores, se exigirán' en ,;,a forms, que establece la condición 31.
31. En todos los caS06. de ,incum-' p1imiento, el contratista será u:equerido al abono que prooeda, y de no verificarlo en el plazo que se fije, si la' finanza presentada () lo-s pagos que 6Stuvieran !pendientes dé satisfacerlos no se consideran suficientes, se 'ex,pedirá certificado <le débi" to por el Comisario de, Guerra, interventor del Tribunal del conourso, con ex~r~sió~ de,¡ capítulo, ar
'tículo, s,eCCló:¡ y presupuesto a que afecte~
Este 'certificado será cursado po,r el Presidente del Tribunal del conCUTSO al Delegado de Hacienda de ~a provincia d;pnde tenga su re51-dencia el contratista, para que con arreglo a 10 que establece el artículo 61 de "Ja,ley de COl1tabiEdad y administracíó~ de l,a Hacienda Públi,ca, se p!O'ce:1a a la ej-ecución y :,enta de los bIenes que sean preCISOS, en la forma establecida para, la re-, c'a,udación de cont,ribuciones., rentas y créditos de la. Hacienda Pública, ingresándose elimpoTte del débito una vez hecho efectivo, con aplicación- al capítulo, artículo, secci6n y pre~upue~to e:¡ que' resultó el deoscubierto y cursando el Delegado de Hacienda a la autoridad que le re-
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mitió el certificado, la carta de pago . que justifique el restablecimien-. to del crédito en el servicio <le referencia. . 32. Las diSiPosiciones gubemati~ vas. q;ue en estos contra.tos se ado:¡:ten por la administración, 'tendrá carácter ejecutivo, quedando. a salvo.
. el derecho del contratista para dirigir sus reclamaciones per la vía contencioso-administrativa.
Las cuestiones a que estos cont,ratos den origen, que no se puedan resolveor por las disposiciones especiales sobre conttatación admini5trativa,. se resólverán por las reglas del derecho cemún.
33. Estos contratos no pueden someterse a juicio arbitral y cuantas dudas 5e susciten sobre su inteligencia, rescisión y efectCis, se re· solverán en la. forma que determina la condición anterior.. .
34. Encaso de mlUerte ° quiebra del centrati6ta, qu·edará rescindido y terminado el contrato, a no.' ser que los herederos o síndicos de la quiebra se ofretcan a llevarlo a cabo bajo las condiciones e.stlpuladas en el mismo..
El Ramo del Ejército, entonces, quedará en libertad de admitir o desecha.r el ofrecimiento, según ccnvenga, sin que en este último ca60 ten~an aquéllos derecho a indemnización, sino únicamente, a que se hag-a la liquidación de los devengos del. contratista.
35. Por el Ramo del Eiército pcdrá ser lI'esdndido el contrato si se suprimiese el servicio a que éste se refi.era ° dejara de con6ig-nars,e en presupuestos el crédito .necesario para e1 mismo, y qlue i¡;ualmente se'l'á causa de resci5ión el establecimiento d·e un mono,polio sobre 10s ·efectos o mat.eria.l~s, efecto". del contrato.
36. Todo cuanto no a ¡:- a r e zca 'co1'1,signado o previsto especiaIme'1-te en el plieflO de condiciones le¡ral.es, se regirá por los preceptos de este reglamento. y en 6U de.fecto, por la6 reglas del· derecho común.
18 de octubre de 1940
1 Se incluyen los siguiente·s docu-
mento's: A) . Carta de pago núm ....... por
pesetas ......... que justifica,rá' el derósito del 5 por 100 según la condición del pliego de condiciones lega-les (Art. 4.°). .
E) Cédula personal o pasaporte de extranjería.
C) Lo.s demá~ d,ocumento's relacionados con la,s condiciones lega!es del pliego.
El que silscribe hace d·eclaración expresa. de sumisión a las normas de trabajo establecidas y demás obligaciones de carácter sodal que se -en-cue:¡tren en vigor. .
También indicará el po:stor los es.tablecimientos nacionales de que ¡procedan sus productos.
Madrid, 16 de octubre de 1940.
P. 1--'1
JEFATURA DE TRANSMISIONES
D, O.· núm. 234
---Ejército, sita en Amaniel, 39, de es:; Plaza, el concurso, con carácter urger.:: para adquisición de material que a cc":
-tinuación se especifica y c;n arreglo", los siguientes pliegos de condiciones.
Pliego de condiciones técnicas Ij'l:,
en unión de las !egales y econ~ I micas. correspondientes han de Ser. ! vir de base para el concurso di adquisición de herramientas varia!.
Pliego áe condiciones técnicas que, l'
un·ión d,e las legalés y económicas [rréspondicntes, hG1~ de servjr de ha,1 para el concurso de adquisición de ¡l· rrarnienta, COlt arreglo a las partid;: 1 a 6, ambas'inclusive, del" PresuPII!!to para la adquisición del nroterial CClt.·
plementario de las dotaciones de la: distintas. Unidades del Ejército", 1, C1tyo dOC1l11lento y de su aprobació" te' el Excmo. Sr. Ministro del Ejérci:, con cargo al concepto de la agrut;· cióII Cltarta del Presupuesto extraordi· nario, se acompañan copias.
L° . Es objeto de este concurso la ¡¿." El día 30 de octubre, y a las diez
horas, se celebrará en el local que ocu- quisicíón de las herramientas siguief.!"' pa la Jefatura; de Transmisiones del a los precios que se i~dican como lím:lt¡
Cantidad IIERRAMIENTAS ~ Precio por unidad
-' Importe' Total
7.000 Alkatesurl,iversales ..................... 5,50 '38.500,00
250 AJicate5 de corte .................•......... 8,50 2.125,00 350 AEcates de punta larga ............ ~..... 4,50 ,1.575·~ 100 Aliéafes de. punta redonda ........ ,...3,60 360,00 : 100 Alicates de media caña .. :............ 4,50 450,00 !
7.500 Martillos de 300 gramos ............... 3,50 26.256,00 400 Martillos de 500 gramos ............ ~.. 4,50 11.800,oe 400 Tenazas ........................................ 6,60 2.400,00
7.500 Oorta-a:lambres ..... ......................... : 8,50 . 63-750.0':
·,150 Corta-alambres de 180 milímefTos.... 20,00 . S;oOO,OI 300 Mordazas ................. ó .. ;.................. 12,50 3·750,oe,
500 T d m 1m d r 23,00 IJ.$°o.o: enazas e e ;pa. a o ................ 7'fJÓ:": 650 Afmadenas .................................... 12,25 • 650 Llaves ing},esa5 .............................. JI ,00 7.15°,1'
. 1 ~ 7 700,01 100 Llaves mg, esas pequenas' ............... ,00 oc
O 1 ION fi · I.Z00," MODELO DE PR POS e 100 Jue.gosllaves Jas .................. ;.:.... - 12,00 8.400,<:" 350 Juegos llaves tubo ........................ 24,bo
D ... , ... ' ..... , .. , ............... , p.'150 Destornilladores ............................. 2,25 15.682,': domiciliado en ....................... , con 550 Destornillador.esrelojero ................ 3,00 1.6íO.~
d l . l dI' d • H5°" cé u a q:¡eI1sona' e ......... c ase, nu- 500 Des,tornilladores e carraca .... ;....... 7,50 [e d d I' 1 d 15.000: . mero ......... , entera o e an,unoo 5.000 Cuchillete-s de empa, ma, or ............ 3,00 2.4
00,0.
iMerto en el Boletín Oficial del Es- 100 Tuegos de limas ............................ 24,00 t! tado DIARIO OFICIAL del Ministerio 300 Limas triangubres y redondas........ 2,50 75~'c:
. l ' Of" l d 1 3·37" : del Eiército v Eo etm. ICta e a 150 Jluegos de barrena ........................ 22,50 6~o,c. ·Provindil. Y en 165 periódicos Ya e 200 Kilos d·e alcayatas' .. ~..................... 3,25 5;"0: Informaci01ies de esta localidad, ]);1- . 150 Kilos- de grapas ........ .................... 3,50 , 500,·: rra la adquisición por concurso de 200 Kilos de clavos de hi.erro ............... 2,50 8.500::: • herramientas varias- v diversas cla- 100 Tornillos de ban.co ............. :.......... 85,00 "
. se·s ·de rnater¡'al de T-ran·smisl-ones v L' d Id 45 00 'I1.~'o:': 250 amparas e so ar ....... ................, 2.50o,~: 'd,e I!OS p:lieg-os de ,co'1.didones. se Z50 Soldadores ...................... _.............. 110,00 7.000,°: ~ompromeote y oD1iva, con· su;eción 500 Kilos de estaño pore¡parado ............. 14,00 3:75°.0. a las cHusulas oe los citados plie- 150 Kilos 'de pasta de soldar ............... 25,00 ~ g.os, a su más exacto cumplimiento S ~:,0: .
S t t l 2S .1.. a sumini5trar a' los sigu.ientes pre- uma o a . ..................... ~ clQS "".,." .. """, por cada unida:d, ~ ____________ :...-________ -
D. O. núm. 234
Las Casas que acudan al concurso podrán hacerlo por el total de 'las partidas o por los lotes.
l.o Características: Alicates universales.-Serán de acero
templado, negro, con bocas pulidas planas. Longitud, :ll centímetros. Peso aproximado, 380 gramos.
Alicates ,de corte.-Serán de acero negro, con bocas, pulidas. Longitud, 14 centímetros. Peso aproximado, 220 gramos.
Alieates de punta larga.-Serán de acero 'pulido" con bocas planas. Longitud, 16 centímetros. Peso aproximado, 120 gramos.
Alicates' de punta redonda.-Serán de acero pulido, con bocas redondas 'de unos 35 milímetros de longitud. Longitud total, 14 'centímetros. Peso aproximado, IDO gramos.
Alicates de media caña.-Serán de acero pulido. Longitud, 14 centímetros. Pe~ so aproximado; 100 gramos.
Martillo de 300 gramos.-Serán de acero. Boca 2:l por' 25 milímetros. Peso, ~oo gramos, sin mango. Mimgo de madera de fresno de 25 centímetros de longitud.
Martillos de 500 gra1(1os.-Serán de acero. Boca, :lS por 28 milímetros. Peso, 500 gramos, sin mango. Mango de madera de fresno de 25 centímetros de longitud.
Te!la.:'as.-Serári de acero, negras, con cabeza pulida. Longitud, 21 centímetro,. Peso aproximado, 400 gramos.
Corta-ala11lbres.-Serán todos de acero negro. Podrá,(¡ cortar alambre templado. Longitud, 13 centímetros. Peso aproximado, 220 gramos .. ,Corta-alambres de 180 11Iilímetros.-Se-
ran .articulados, con mangos de hierro fundIdo y bocas de acero pulido, capaces de cortar alambre de hierro de 5 milímetros de diámetro. La's cuchillas serán recambiables. Longitud .total,' 18 centÍ-m~tros. .
, b M ordazas.-Serán de acero, negras, con Locas. templadas y pulidas y con anillo.
ongItud, 12 centímetros. Peso aproxi-mado, 410 gramos., '
Ten.azas de em¡JaI11lador.~Serán' de a~ero, negras, con bocas pulidas. La lonfltud de las bocas será de 85 milíme;05 y 1.I:vará cinco hileras de 3,,4, 5, 6, t 7 rnlhmetros de diámetro. Longitud otal, 27 centímetros: "
Almadenas.-Mazade 4 kilogramos Con a . , m'r gUJero redondo. Boca de 55 por 55 d I kmetros. Mango de madera de fresno e o centímetros de longitud. Llaves . 1 '
23 tng esas.-Seran de acero de ce r ' ap ~ Irnetros de longitud y/ un peso
roxlrnado de 500 gramos. ' Llave . l ace.ro . s Ing esas ,pequeñas.-S,erán de
Un ,de 12 centímetros de 10nO'itud v PesO' b. J aprOXImado de 200 gramos. de lI
epas de llaveS ¡ijas.-Se compondrán de ~els .Ilaves, negras, con bocas pulidas 12 Por 6 milímetros 8 por lO Ú por '14 p , ,
JUe or 15, y 16 por 17. drán ~~s d; llaves de tubo.-Se componde S 8 seIS naves, negras, para tuercas
, ,¡2, 14,5 ~ 16 . milímetros,
18 de octubre de 1940
Destornilladores·-SASO con mango pulido, negro, hoja de acero remachado,
,pasando el mango en toda su longitud. Largo de hoja, 75 milímetros. Longitud total, 15 centímetros. Peso aproximado, 70 gramos.
, lOO', con mango pulido, negro, boj a de acero remachado, 'pasando el mango en toda su longitud. Largo de hoja, 125 mi.: Jímetros. Longitud total, 25 centímetros. Peso aproximado, lOO gramos.
150 de acero, con cachas de madera remachados. Longitud total, 24 centímetros. Peso aproximado"350 gramos.
150 de acero, con cachas de madera remachadas. e Longitud, 20 centímetros. Peso aproximado, 120' gramos.
ISO de acero, con cachas de madera remachadas. Longitud; 17,5 centímetros. Peso aproximado, 100 gramos.
ISO de acero, con éachas de 'madera remachadas. Longitud, 15 centímetros. F'eso aproximado, 80 gramos.
100 de relojer(), de latón niquelado. con hoja de' acero:- Longitud, 9 centímetros.
lOO de relojero, de latón niquelado,con hoja de acero. Longitud, II centímetros.
350 de relojero, de latón niquelado, con hoja de acero. Longitud, 13 centímetros.
250 de carraca, hoja de acero, mango de madera pulida. Longitud, 12 centímetros. Peso aproximado, 125 gramos:
250 de, carraca, hoja de acero, mango de madera pulida. Longitud, 15 centímetros. ,Peso aproximado, '130 gramos.
Cnchilletes empalmador.-Hoja de acero de 7 centímetros de longitud. Mango de madera pulida. Longitud total, 15 cen-tímetros. '
J!legos de ¡¡mas.-Compuestos de dos limas planas, dos triangulares y dos de media caña, finas, de 13 centímetros de longitud.
Limas triaJÍgulares.-Bastardas, de 20 centímetros de longitud.
Limas redondas.-Bastardas', de 20 centímetros de longitud.
Juegos de barrenas.-Compuestos de seis barrenas para madera, de acero, con mango de madera pulida. Diámetros, 3, 6, 7, 10, 12 Y 16 milímetros.
Tornillos de. banco.-Serán de fundición maleable, 'con guías y bocas de acero moldeado. Guías 'cuadradas. Ancho de boca; 100 milímetros. Peso, 10,5 kilograc
mos, aproximadamente. Lámparas de soldar.-Pa'ra gasolina,
con bomba. Cabida, 0,35 litros. Cuérpo de latón pulido, Peso, aproximadamente)
'23I
el primer mes, y el 40 por 100 al terminar el segundo.
4.° Lugar' de entrega: Parque Central de Transmisiones de
El Pardo' (Madrid). 5.° Reconocimiento del material: &
el, Parque Central de T'ransmi'siones de El Pardo.
Pliego de condiciones econ6mico-ltrgales, que han de servir de base para el concurso de adquisici6n de herramientas y IIUlterial complementarío de las dotaciones de las distintas Uni-dades del Ejército. .
La Las proposiciones se extenderán en papel sellado de la clase sexta y aparecerán sin enmienda's ni raspaduras, a menos' que se s¡tlven con nueva firma y se sujetarán al modelo publicado, en el 'anuncio:
2.a Los autores de las' proposiciones o sus representantes que concurran al acto. deberán acompañar. su cédula personal o pasaporte de extranjería y el último recibo o alta de la contribución industrial que corresponda. satisfacer, según el concepto en que los solicitantes comparezcan y en caso de estar exceptuados' de la contribúción industrial. con arreglo a la Ley de Utilidades. se justificará este eXtremo. No será necesario el recibo o alta de contribución industrial cuando los proponentes residan en las provincias Vascongadas y Navarra y bastará que acrediten su condición de industriales, según ,lo dispuesto en los preceptos que rpQ'ulen el concierto económicO' con diChClS provincias. Pero si el servicio hubifra de realizarse en territorio no afo,rada o común, 'al ser adjudicados- a1 sujeto contribuyente del. régimen distinto. deberá el adiudicatariomatricurane ,conforme al Reglamento a¡plicabll' en el lugar del servido. Lo,s, ar¡íoderad0" o re¡prcsentantes, deberán :tarnlb;6n exh.ibir el ¡pode'r notarial otorgado a su favor.
Presentará también la certificación a que h1ce referencia el Decreto de 3 de diciembre de 1926 y Reglamento para su aplicación, así como también decla'rarán en sus proposiciones que los obreros empleados en la construcción del m;:ttcrial . estarán sometidos a condiciones no inferior·es a las establecidas con carácter genera,l por la legis,lación vigente; declarando también su sumisión expresa ~ los pre{:e<p1olS' dcl Decreto de 6 de marzo de 1929; que establece determinados límites para los períodos de 700 gramos. J
Soldadores.-De cobre pulido, con man- i}iquidalCÍón de sala'rios y de impo ición de multas y pa,ra' la garantía de los go de madera pulida. créditos por jornales.
Las Casas que se presenten al con- Tamlbién acom~añarán los licitadores curso ácompañarán a su propuesta un el boletín o recibo o autorización que
·ejemplar de cada una de las herramien- justifique el ingreso de la cuota' obligatas que se citan, ejemplar que quedará torÍao del retirO' obrero eórr ~:spondieTIlte iibremente a la disposición de esta Je: al mes anterior, según dispone la or-fatura". den de 30 de julio de 1921 (C. L. nú-
3.° Plazos de entrega: mero 312): y las empresas y socie-El plazo máximo de entrega será dos dades. una certificación expedida por
meses a partir de la adjudicación del su Director o Gerente· que acredite no concurso, entregándose el 60 por 100 del formar parte de la misma ninguna de material objeto del mismo al terminar 1 las perSQI1a,s comprendidas en los ar.
18 de octubre de 1940 D. O. núm. 234
tículos 1.° Y Q,o de 12 de octubre d~ í anu~cios, constituyéndose el tribunal en rial objeto del' concurso, viniendo el li. 1923 (e. L. núm. 554) y decreto de la. forma que establecen lós artículos citador obligado a hacerlo así. 24 de diciembre de 1928 (D. O. nú- 32, 33, 34 Y 40 de este Reglamento, Si después el contratista, favorecido mero 284). dando principio el acto con la lectura con la adjudicación provisional, no ob.
Todos los documentos presentados del anuncio y pliegos de' condiciones. . tuviera la definitiva, sólo tendrá dere· por lo's licitadores en el acto del con- 9·a Las proposiciones se recibirán en cho a que se le liquide y abone al pre·
. la Pagaduría de la/Jefatura de Trans- cio de su proposición' el material en. curso, si están expedidos en el extra n- ~ jero' y en idioma distinto del español. misiones, dirigidas al señor coronel jefe tregado, sin derecho a indemnización deberán' estar traducidos por la inter- de la misma, a llartir del día que se alguna. . pretación de lenguas del Ministerio de fije en los anuncios y en el plazo que 17· Aprobado el remate por quien Estado y' estarán, además, "legalizadas estos indiquen. corresponda, el adjudicatario tendrá obli· y visadas sus firmas por dicho ~Iiniste" ro. Si ·se hubiera recibido oferta' que gación de constituir, a disposición del rio. Asimismo, estarán reintegrados .se ajuste a las bases aprobadas, redac- Presidente del Tribunal, un depósito conforme a la Ley del Timbre, excep- tará el Secretario .presupuesto con el definitivo del la por 100 del importe tuándose los pasaportes de extranjería. importe del servicio, cuya cuantía será de su adjudicación, constituyéndose este
la oferta más beneficiosa a los intere- depósito. en las mismas formas que para 3.
a No serán admitidas las propo- el provisional preceptúa la condición
siciones que no reúnan los requisitos ses del Estado. cuarta. exi¡¡:-idos .en los pliegos de condiciones, Ir. Una vez terminada la lectura de El depósito definitivo se impodrá den. haciéndose constar en ellas que el pro- las 'proposiciones', pr.esentadas, se for- tro del plazo máximo de quince tiías, ponente está conforme con cuanto en mará por el Secretario del Tribuna) del contados desde que se notifique dicha las mismas se estipula.' Tampoco se concurso,. un estado comparativo de las aprobación al contratista, y servirá para admitirán las que no se ajusten al mo- mismas, qUe firmará dicho Secretario garalitir el cumplimiento del contrato, delo publicado en ros anuncios. y el Interventor, estampando el Presi- haciéndose constar así expresamente en
4.a Para tomar parte en el concurso, dente. el visto bueno. ' el documento 'acreditativo de la cons. es condición indispensable que ,los lici- I ,Si de es~e. esta~o resultasen dos o ¡itución de1 depósito, teniendo presente, tOldares acompaflen a sus respectivas mas propOSICIOnes Iguales y' fuesen las cuando corresponda, lo .que determina el proposiciones, las cartas de pago que más ventajosas, debér:i prevenir el artículo. noveno. justifiquen haber impuesto en la Caja anuncio que' el Fresidente del Tribunal IS. El contratista tendrá obligación Gll(1e r;' 1 de depósitos o en sus sucursa- del concurso invitará a una licitación de formalizar escritura _ yde entregar l~ la suma equivalente al 5 por IOO por pujas a la llama durante el tér- al Presidente del Tribunal de subasta. del importe de las ofertas cal:cubdo mino {le quince minutos a los autores para el curso a. su destino, el número sobre el precio .límite. de aquellas proposiciones, y SI termi- de ejemplares reglamentarios que esta·
La citada garantía p¿drá consignarse nado dicho plazo subsistiese la igual- blece el artículo 55, elj el término 'de un en metálico oen títulos de la Deuda dad, se decidirá por medio de' sorteo mes; a contar desde el día que se le Pública, qúe se valuarán al precio me- la adjudicación. _ notifique la adjudicación definitiva del dio de cotización en bolsa .últimamente 12. Una vez cerrada la licitación, el remate : publicado, a no ser que esté prevenido Fr":sidente declarará aceptada. a reser- H). El contratista queda obligado a 5~ admita por su. valor nominal. El n de la .. aprobación superior, la pro- presentar en la Dficina liquidadora de Secretar'io del Tribunal comprobará el posíción más ventaj osa. haciendo a su derechos reales, la escritura o convcnio ,recio medio con el Boletíll Oficial del fa\'or la adjudicación del' remate, la '-lue otorgue, siendo de su cuenta el aOo· Estada. '. cual tendrá siempre el carácter provi- no del impuesto que- proceda )~ demás
Este' depósito se constituirá hacíen- sional, dándose, con ello, por terminado ga.st?S que como cO!lsecuencia pudi5ran clo constar expresamente en el resguar- el acto y procediéndos'e seguid:lInente a orrglllarse. -clóque tal depósito se ha efectuado para extender el acta, que autorizarán todos 2.0. Serán de cuenta del adjudicatario acúdir al concurso del que se trata. los eomponéntes del Trib,í:i3.1 y firmara todos los gastos que ocasionen los anun' ,. ·s.a La' expresada fianza no servirá el rematante o su ap::lllerado, cios y el otorgamiento de la escritura. m/ls (¡ue para la proposiéión a la' cual 13. Lós rcesguardos de d~pósitos e0· en la forma y número de ejempla~es Vólya . unida., aunque el licitador a cuyo I rres~ondientes a. lJ.s . pr.oposieiones .CJt]c que determina el artículo 55 y el acta { .. vor estúviese extendido el talón de no iuesen aceptadas, 111 fuesen objete de subasta; exigiéndose al rematante la de~ósit6 presente distintas prOl?osicio-, de protesta. se d'evoh'erán :1espués de presentación de -los recibos que acret!:· nes. t,rminadó el acto de la suba,'a a los ten haber sÍltisfecho los derechos de in·
6.á N o se admiti~á p~ra tomar par. interesad~s, los qu~ firnnrán el re.tiré i serción de los anuncios. t~ ,en ~I. concurso ni 'para garantizar. de los mIsmos al 1~le" ele S~l: respec,t:va" I -Lo~ rema.tantes de segunda subasta .11: ' el serVI~lO las cartas de pago que se ofertas, quedando est~~ undas al. CXllC- estaran obltgados al pago de los alll,ll
reíi~ran a imposiciones hechas para diente ,.del concurso, e Igualmmte se de- I cios de la' primera. ' - afianzar otros servicios, por 'núís. que volveran los demas documentos qUé ;2I. También ~eráñ 'de cuenta del COI1'
sel!. notoria .Ia terminación satisfacto- acompañen a su.s proposiciones. tratista todos los gastos de transportes, ria de los mismos, si no se justifica este 14· La garantía provisional ,se per- acarr.eos y derechos o arbitrios que pU'
1 extremo por' medio de la correspon- d.erá, quedando su importe a beneficio diera tener la mercancía, puesto que e ,diente certificación,' haciéndose, en este del Tesoro cuando el autor de las pro- precio por que haga la oferta se .enten·
casa', la'transferencia de la, garantía posiciones que resulten más beneficiosas derá que es colocada aquélla al pie de para responde ral nuc\'o contrato. deje de suscribir el acta de concurso' los almacenes del establecimiento a que
7.a El precio que se consigne en las aceptando su compromiso. . se destinen o lugar donde haya de elJl' proposiciones se' expresará en letra, por 15. Al declarar aceptada 'una propo- plearse. pesetas y céntimos de -dicha unidad mo- sición se entiende que en la aceptación Esto. no obstante', s.Í el ra1no del Ejér' netaria, )10 admitiéndose más fracció1, va en\'uelta la resjloll'a'-I'll'dad elel re· prú'
. - IJ cito tuviera medios de transporte . que fa del céntimo, en la inteligenciá mata¡;¡.(chasta que sea aprobada por el pios, se los faditará al 'contratrsta: que si' se consignasen más cifras' deci- ':'finisterio del EJ' ército, sili CU)'O re(lu!.-· '1 5'" . sIempre que no os necesite para "'¡ males no serán aprecia~as, quedando a sito no empezará a callSarefecto,'- a servicios, prestándole además todo' favor del Estado las fracciones -quena menos que la urgencia e1el s~:·\-jcio exija apoyo que su carácter oficial le pcnn:' lle."'uen a' un céntimo. - . t d 1 1 . oC " ,e eJ ecu e ese e uego: ta, sicndn de cuenta de aquél el par_
s.a La. licitac¡ón. se verificará pr'e- IÓ, Una vez recaída h adjudicación de todos los gastos. que dic\lo au:Xl :l
c!samente en día laborable, en la plaza, prO\·;s;onal. si fa urgencia del sef\'ici" irrogase. ir: !oc;t1, día y hora' que se fije en los 110 exigiera, entregará parte elel mate- 22. No se accederá a satis'facer
D. O. núm. 234
¿emniración alguna, intereses de demora ni a pagar mayor precio que el esti~ulado, por la creación de nuevos impuestos, portazgos, _ derechos de faro y puerto, practicaj es, carestía de los· mercados o sublda de tarifas de' los ferrocarriles; así- como tampoco el Estado intentará mermar la retribución convenida porque se supriman o disminuyan los citados impuestos o tarifas existentes al contratarse el compromiso.
~3. E! contratista queda obligado a satisfacer el impuesto del Timbre,- el de pagos de! Estado y todos los demás arbitrios' provinciales y municipales que se hallen: establecidos_ o se -establezcan en el período de duraci ón del contrato y sean inherentes al mismo. ·24· La entrega de los efectos con
tratados. se verificará en el Parque Centra! de Transmisiones de El Pardo (Madrid); la recepción de los mismos se efectuará por la Comisión· de campras, que levantará acta, en la que deberá figurar el precio por unidad y el valor total del lote entregado. De cada lote de material se redactará triplicada acta de recepción, uno de cuyos ej emplares se entregará al contratista otro se remitirá a la respectiva sec~ión del Ministerio y el tercero se archh'ará en ia Comisión.
La rec~pción definitiva habrá de tener l\\gar: el 60 por roo del material dentro del primer mes, a partir de la adjudlcación del concurso, y el 40 por 100
restante al terminar el segundo, sal va (jlie. se hubiese dado cumnlimiento al artlculo 13, de este reg!ame;llb, en cuyo q,,,) .las entregas y su recepción ~e sujt,aran a los créditos consirrnadbS en cada presupl\esto, con arrcrrl¿'" a 10 que ctabkce' ~l artículo 12. ".
:/S. 'La casa tiene la ~blicCaci611 de r~pon,~r por su cuenta toñas a~uellas her;amlentas ql1e en el transcurso del p;aZQ que se fije se inutilicen por l~otO~ r,~ defecto d .,. d' al'd d u L . e construcClOn o. e c 1 a ~ maknal, y por ello de~rá conv'e-
~lrse qu dI' . 1 e e total del parro se retendrá :1 lO " cunido PO[ 100, que se satisfará trans-. r. e plazo antes aludido.
cr~,í¡to~l .~ago. se hará, den~ro. d~ los j''''t:r ?l,pol11bles, cuya eXIstencIa se ". d1cara 1 f
ley "u~ 1 den a orma que establece la "," ' 9 e marzo de 191:;l por la Pa-'"'lUrJa dI' . res n e a Jefatura de Transmisio-, ·,Ue se h ' tiectos ad .a,:a cargo det material o cc,rstar qumdos, que debe hacerse Cf.r(1icion:~presa:nente en el pliego .de ~r."te 1 ,debIendo acreditar precisa-
'-q e Cont . , la %ntribuCÍ' ra.hsta, que ha satisfecho ;r;rr!a la on 111dustrial que le correshs ,,~'t s ~uotas del retiro' obrero y ~n:.:rne:" °ns'l Impuestos y arbitrios que
'q as d' . ¡a,os se h • con IClones 19 a 23. Los :r.:t;r!os losaran. una vez recibidos y adc:,rtratado ~rtl.cul?s, efectos o material ¡;:e de r'a' ' h' enficandose en' efectivo al , - la asta:;l - '. ·as ;U:llr;or .;,00 pesetas Il1c1USIve y de lib~am'l' ets a dicha cantidad por medio
en os ex. d'd ~7. S· pe I Os al contratista. 1- 1 el Cont . <rote, dan ratlsta o su represen-\ro o E¡~~bfe ~o~oceral jefe del Cenr-
CImIento receptor. s~au-
18. de octuhre de 1940
sentara sin previo_aviso ni autorización de la plaza donde se verifique.el servicio, las órdenes relativas al mismo que fuera necesario comunicarle se considerarán como si las hubiera recibido, y. de no cumplimentarlas, se efectuará dicho strvicio, en la forma que más convenga, a costa' y riesgo del. citado contratista.
:;l8. El contratista queda obligado til cumplimiento de' los preceptos relativo~
<11 contrato 'de trabajo, accidentes, trabajo de mujeres y niños, etc., establecidos para los patroúos en el Código del Trabajo. Que .s¡mismo se ajustarán a las obligaciones señaladas para los ·patronos en todas las disposicioñes de carácter social que se encuentran vigentes.
Terminado el contrato cO!l1pleta y 'fielmente por parte de los contratantes, el Presidente del Tribunal a cuya disposición está constituída la fianza aéordará su aevolución,. si bien exigíéndoles previamente que acrediten haber satisfecho todos los gastos a que ,e refiere la condición 26 de este artículo y que s~ ha dado cumplimiento -a las disposicionesrcgulac1oras del impuesto de derechos reales.
30, Cuando el rematante 110 cumpliese las condiciones que debe llenar para la celebrúción del contrato, se anulará el remate a su costa. .
Los ckctos de esta dcdaración serán:
LO La pérdida: de la gar.:ll1tía Co depósito del concurso que d'cscle ;u-t:'go se
233
re'caudación de contribuciones.' reptas J créditos' de la, Haciend;¡; Pública, ingresándose d importe del débito, una vez hecho efectivo·, con <IJlli'caciónl al capítulo, al!1tículo, sección y presupuesto en que resultó el descubierto y -cursando el De,legado de Hacienda a la autoridad que le remitió el cértificado, la' carta de pago que justifique el restablecimiento del crédito en el servicio"de referencia'.
32. Las disposicÍ(¡(1oe~ gubeni.a~iva8 que en estos contratOoS :le adopten por la Administración, 'tendrán carácter ejecutivo, quedando a sa·lvo el derecho del contratista paTa dirigir sus rec1amáciones por, 'la vía cO!1Jtehcioso-administrativa.
Lás cuestiones que á es,tos contrartoe den origen, que no se puedan resolver den orgen, que no se puedan resolver [lor la~ dislposl:!<:iones; CSlpcr:i,ales whre' contratación administrati,v3:, se resolverán por las ~eglas del dered10,.común.
313. Estos contratos no pueden someterse a juicio árbitral,' y cuántas duda·" se s¡;s'cikn sohre su inteligencia, rescisión y efectos se resolverán en la (orma que determina 12.' condición ante· rior.
34. En caso de muerte o quiebra' del r.:ontratis·ta; qued.ará rescinoc};do_ y termin:ldo el cO!1trato, a no ser .que 1o~ herederc-s o síndiCü.s de la qui"bra se ofrez'can a llevarlo a cabo b:¡jo bs condiciones estipuladas en el 'mismo. . El R;;mo dd Ejercito, wtonce5, quedará en J:bertad de admitir o. de'11echar
adjud.icará ,al Estado como indemniza- elofrecimie:Jto, según ccnvcnga, sin ¡ue, ción del perjuicio ocasionado . por. :a' de- en este 'último ClSO te!1-g;ll1 aq¡;él:os éle- -:rüora del servicio: recho a' indemnización, ~'inQ únicamente
2.° La cekbradón de nuevo remate a que se haga la liquida'ción de los d<:-bajo- las mismas cor,dic:o'nes, pagando vengas del contratista. ,,' . el prinler ,rematante b dikrencia del 35. Por el ramo del Ejército podrá primero al segundo. ser rcsc\tvJ'do el contrato si s'es,upd-
3.° No. presentálldose 1XOp.osiciól1 ad~ mie,e el servicio ,a que éste se refiera misibleen el nuevo,b administración o d"jara de cons,jgnarse en prescl;puestos ejecutará el servicio pár Sil cu;:ntao el crédito necesario pam: el mismo,' y por c9JlCtr.ata,ción directa, respondiendo el que igualmente ,será caUS3J de rescisión rematante del mayor. gasto qUe ocasio· el eltahlccimiento de un monopolio scbre ne con res~ecto a su :proposició,.. Las los eicctos o materias efectos del conre$onsabilidades a que se cont-rae11 los tratO'. dO's pánrafos anteriores se exigirán en 36. Todo cuantQ 'no aparezca cons;g-la forma que establece la oondición ;311. nado o .previsto espeóalmente en el .pEe-
311. ,En todos los casos· de' incum- go de oondiciones legales, se regi'rá po.r [)Emiento el contratista será requeridO' los prece'!ltosI de éste' reg-lamentu y, en 'al abono' que proceda, y de no verifi- su defecto, por las reglas del derecho carla en <:l plazo ,que se fije, si I~ fian- común. za presentada o 1005 pagos que es1tuvie-ran pendientes. de satisfa.cerlosnO' se con- MODELO DE- LA PROPOSICION sideran suficientes; se '~"'IJCdirá certifi-cadO' de débito por el ComisariO' de Gue- -, 1D0n .. ....... (nombre y ;¡¡pellidos del rra, Interventor del Tribunal de. Con- concursante), domiciliado en .......... con curso, con ~presión del cap:tu'¡o, sec- oédula. personal de ...... clacse. núm. .. .• ción y presupuesto a que a:fecte. enteradO' dd anunciO' inserto ·en el Bo-
. E,jte c~rtificado será cursadO' por el l!tin Oficial del Estado, DIARIO OFICIAL Presidente del Tribuna~ del COI1Cillr'SO del Ministerio del Ejérdto y Boletín al Delegado de Hacienda de J.a pwvin- Oficia!" de la Provincia y ro los periócia donde tenga su residencia el con- dicos Ya e I1lfo1'maciones de esta locatra:tistac paral. que, con arreglo a lO' que Iidad, 1klra la adquÍ sición por COJ1Curso esta!blece el artículo 61 '<le la ley de de herramientas varias y diversas c1as6 Contabilidad y Administración de la Ha- de material de Transmisiones y de lo!i cienda Pública. se proceda: a la: ejecu- llliegoo de condiciones, se· compromete ción y venta de 10'5 bien!"s q~e seanpre-I y obliga: con s\~jeción a las ,cláusula~ ci~. en' la fOIllliL establecl~ par;¡ la de los CltadOO ,p!Jegos', a Ml ma~ exacto.
~l:im1enlto 2l suministrar a 100 s~guien1es, precios ......... .... ..... poi!' oda unidad.
Se ineluyffio los s~guientes' docu)meu.. tos: '..
A) Carr,ta de pa'go núm. ..._ .. por ,pe-setas ......... que justificarán el depósito del 5 por 100, según la condición del
. pliego de condiciones. lega1es (a'rt 4.°)· B) Cédula personal' o pasaporte de
e.'Ctranj eria. C) Los demáS do<:umen~os .relacio
nados con las condiciones. J.egales. del pliego.
El' que s'1.lScribe hace <1<',t!a'ración e,'Cpresa de sumisión a la's nonnas de tra
,ba,jo establec:das y' demás obJiga:cjones de carácter s\Jcial que se encuentren en vigo". Tambj~n indicará el postor los· esta
b1e<:imientü:; 'na'cionales de que proéedan sus productos.
Madrid, 16 de. octubre de 1940. El interesado,
P 1-1
I~4 JEFATURA DE TRANSMI
SIONES
. El día 31 de octubre, y a las diez h9-ras, se celebrará en el local que .ocupa la Jefatura de. Transmisiones del Ejército, sita en Amaniel, 39, de esta Plaza, el concurso, CCn carácter urgente, para adquisición de material que a continuación se especifica y con arreglo a los siguientes pliegos de condiciones.
18 de octubre de 1940
sobre un fondo rectangular de 80 por 60 centímetros, de igual color que el forro de las mismas. Los cantos . libres de las tiras van unidos entre sí por cuatro cintas su] etas al fondo de la persiana; directamente por uno de los extremos y por intermedio de un resorte en el .opuesto, de forma que en posición de reposo manÚ:pgan los resortes doblada.s las tiras para !lue presenten a la vista el forro, apareciendo la persiana totillmente en color rojo, y al estirar los muelles se désdob1en las tiras, formando un cuadro blanco 00-
bre el fondo rojo de la [lersiana. Lona de algodón tIe buena calidad y
los muelles con elasticidad suficiente para recuperar rápidamente.
Con cada persiana se servirá un juego de muelles de repuesto. ,
El ro' por IDO de las persianas serán sobre fondo blanco.
Los concursantes podrán presentar su, proposiciones por el total o parte del mismo.
Las Casas que se presenten al concurso acompaüarin a su liropuesta un ejemplar de cada una de las herramientas que se citan, ej emplar que quedará libremente a la disposici&n de esta Jefatura.
3.° Plazos de entrega: El plazo máximo de entrega será dos
meses a partir de la adjudicación del concurso, entregándose el 60- por roo del materiaLobjeto del mismo al terminar el primer mes, y el 4(} por 100 al terminar el segundo.
4.°, Lugar de entrega:
. Parque Central de Transmisiones de El Pardo (.~Iadrid).
5.0 Reconocimiento del material: En el Parque Central de Transmisio
nes de El Pardo (Madrid).'
Pliego de condiciones I'Cconómico-legates que :ha de serv:r .¡t,e 'base
D. O. núm. 234 --gadas y N'avarra y bastará que acre. diten su condición de in,dustriales ,~ .gún lo ,dispuesto en los pre(e~;j, que regulen -el concierto ec{)nóm:c: 'con dichas provincias .. Pero 5i e: servicio hubiera de realizarse en k rritorio no aforado o común al ". ,adjudicadas a su i eto contribuye~;; de rég.imen distinto, deberá el ai. i
judicatario matriculars,e conforme ~ r'eglamento aplicable en el.1ugar ¿o: 'servicio. .Los apodem.dos- o repre. sentantes. deberán también exhibir e: poder notarial otorgado a su fayo: I
Presentará también la e·ertifica· ción a' que hace referencia el dee: to de 3 de dioiemb-¡:e de 1926 y re' glamento para su aplicación, así C~· mo también declarará::! en sus pr" posiciones que Jos obreros empler· dos en la construcción del mateú: 'es.tarán sometidos a condiciones n' inferiores a las establecidas con C2
rácter general por la legislación ,,:, gente, de'elara·nao también su sum:· sión expresa a 105 preceptos del de creta de 6 de marzo de 11929 q':' e.stablece determinados. límites pIra los períodos de liquidación de sd larios y de imposi.ción de multas \ 1 para la garantía de los créditos pe I jornales. También acompañarán le', lioitadores el boletín, recibo o 3U::'
riza.ción que justifique el ingreso ¡. la cuota obliga torra del retiro obr'! ro ·correspondiente al mes anter:cr! según dispone la orden de 30 de F' lio de 192.1 (C. L. núm. 3I2) Y b em:presas y so·ciedades una certi!:" ción eX!pedida. po·r su director o ¡~ rente que ac.redite no _ forma.r par::. de la misma ninguna de Jas pe"':' nas ·comprendidas en los arlícul:' primero y segundo de 12 de ocluIr! de 1923 (C. L. núm; 554) y decreTe de 24 de die i ,e m b r 'e de 19;:
Pliego de condiciones' técnicas que en unión de. las legales y econócas correspondientes han de servir de base para el. concurso de adquisición de ocho mil quinientas persianas. de sefiales;
Plieg(i de condiciones técnic~s que, ell unión de las legales y económicas correspondientes, han de servir de' base para el concurso de adquisición de her-ramientas con arreglo a la partida 9 del "Presupuesto para la. adquisición de material complemeittario de las dotaci~nl's de las distintas Unidades del Ejército ", de C!l}'O documento y de S1l
aprobación por el Excmo. Sr. Ministro iel Ejército, COII cargo al concepto ,de fa Agrupación cuarta del Presupuesto extraordinaria se acompañan copias.
en el concurso para (ldquisción de ocho mil lJUinientas (8.500) persianas de s-er'íales, con destino a las distintas unidades del Ejército, formulado a la vista del pliego de condiciones técnicas) formulado por la Jefatura de Transmisiones,. en 9 de' sePtiembre tie 1940. . ,
(D. O. núm. 284). ¿,: 'Todos los. do'cumentos presentl di
por los Ecitalores en ·el acto :concurso si están eXiPedido6 en,': extranje;o :y en idioma distinto :~;. españül, deberán estar traduC'd': rpor la interpretación de len~a~ al" Ministerio de E,stado y estara~. "," más legalizados y visadas sus lr~-
1.0 Es objeto de este concurso la adquisición de 8.500 persianas de seüales, al precio que se indica como límite: .
Cantidad, 8.500 persianas de señales; precio por_unidad, So pesetas; importe total,. 425.000.
Las Casas que acudan al concurso podrán h¡>cerlo por todo o parte del lote.
':l.o Características: .
I.a Las proposiciones se extenderán en papel 'sellado a la clase sexta y aparecerán sin enmiendas· ni raspaduras, <l menos que se salVen con nueva firma y se sujetarán a:l modelo publicado en el anuncio.
por dicho Ministerio. L' Asimismo es t a r á n reinlegr~"¡.
conforme ¡t la Vey del Timbre ':1 cepiuándose ¡los pas3Jportes. de tran i ería. ',.'
3 a N O serán admitidas las ~: .. p.osicion.es. que no reún~n lo¿:e;;: sitos 'exlgl'¿os en los plIegqs {;. i dicione" haciéndose constar. en e:': -, f rJIle que el proponente. está con °est:P';:;, cuanto en 'las l::l1.s~as se ue nO: Tampo'co se admJtI,ran l~6 \ en ,;' ajusten al modelo publIcad anuncios. . 1 ce:
Persianas de señales.-Formada por 9 tiras de 7 por 48 centímetros, de lona blanca, forradas de rojo, las cuales, en 1 centímetros de su anchura, van cosida~
2.& Los autor'es de las proposicio,nes o sus repr'es'entantes que c-ancurran al acto, deberán acompañar su cédula personal o pasaporte de extranjería yel ~ltimo recibo o alta de la contribución. industnal que corresponda satisfacer, según el concepto eI! que los licitadores cQmparezan y en caso de 'estar exceptuados de la contribución industrial con arreglo á la ley de Utilidades, se justificará este extremo. N o será neoesario el recibo o alta de contribución industr1ial, cuando los proponent·es residan en las provincias vascon-
-4.a·P,ara t~n:~r [par.te ensa~le ( curso es con'¿loon lllrl'¡Spen 11' ¡;,. los licitador.es acompañen a Srt;! !~ ¡pectivas proposiciones lat ca 'a::':! pago que justifiquen' ha de! Drí''' cho en la Caja General e
D. O. núm. 234' I
n sús sucursales la suma e.quitos
l o te a.l 5 por 100 del importe de
va en e b 1 . las ofertas calcUllado so re e ¡preCJo
limite. '. L cita.da .garantía podrá consIg-
a en metálico o en títulos de la narse 1 ' 1 Deuda Pública, que. se. ya uaran a preoio medio de cotlzaclOn en bolsa últimamente ¡publicado~ a no ser que
, esté iP.revenido se admllta. por su v~l(ir nominal. El secretarloO del Tr.lbunal comp.robará .,e.!. precio medlO con el Boletín Oflczal del Eostado. Este d,epósito se constituirá haciendo constar ·ex:preosam.ente en el r·el5guardo que tal depósito se ha efectuado para acudir al concurso, del que se trata.
5.' La expres"da fianza n? .s,ervirá más que 1Jara la proposlClon .. a la eua,1 vava unida, aunque el ¡¡CItador a cuyo favor estuvies.e extendido el talón de depósito presente distintas Proiposic~ones.
6," N o s,e admitirá para tomar parte en el concurso ni para garantizar el servicio las cartas de pago que se l'ef.ieran a, imposiciones hechas 'pam afianzar otros servicios, por más que sea notoria la terminación satisfactoria de los mismos, si no se justifica este extremo p~or me
'dio de la correspondiente certifica-ción haciéndose en leste caso la transferencia de la garantía ¡para respon-der al nuevo contrato. '
7·" El ¡precio qu~ se consigne en las proposiciones se expresará en letra, por pesetas y céntimos de dicha uTdad monetaria, no admitiéndose ro s. fra~ción que la del céntimo, en la Intehgencia que si se consignasen' más cahas decimales no serán apreciadas, quedando a favor del Estado las fracciones que no lleguen a un céntimo '
,8." La lici~ación se verificará prec~samente en día labo'rable en la paza, local, día y hora qu~ se fije en los an' " T 'b unclOs, conshtuyendose el lor,1 un~1 en la forma que establecen re' l~rtJculos 32 , 33, 34 Y 40 de este roi': ~mento, dando princi¡pio al acto d n a I.e~tura del anuncio y (pliego
e C()udlclones.
<'n'J';a ~ai proposiciones se recibirán Tr . a.gaduría de.la }efatura de
ansm1Slone d"'d ¡efe de' I s.' mgl as al coronel qUe <e f:t mIsma, a partir deL día plazo' IJe ,en los anuncios y en el
qUe estos indiquen. ' 10. SI <e h b' ,..'
~ue se . - u lera reCIbIdo oferta redact a~uste a las ba€e.s aprobadas
ara el s t' . , ':0n el' ecre arw presupuesto rU;Jntía I~P?rrte del servicio, .cuya c:osa a (ra. la oferta más benefi-
()S llltereses del Estado. 11. Una
de las . ro ve.z . terminada la lectura formarl POSICIones presentadas, se nal del ~~r el secretario del tribur~tivo de ~~~rso. un estado compad:cho secretari m¡sma~, que firmará ta:::nPando I o y e~ Interventor, es-bueno. e preSIdente el visto
18 de octubre,de 1940
Si, de este estado resuJ1tasen dos .o más proposiciones iguales _y fuese.n Ilas más ventajosas, deberá pr,ev,emr 'el anu'ncio que el 'presidente dd tribumal del concurso inv,itaIá a una licita1ción [1or 'Pujas a la llana durante el término de quince minutos a los autores de ·aqu.ellas ¡pro!pos'ioiones, Y si terminaoo dicho plazo subs.istiese Ila igualdad se decidirá por m{!dio de sorteo la adjudicaci6n.
112. Una vez cenada la lkitaciócn, -el presidente dec1arará aceptada, a ·reserva de la aprobación superior, la pr.oposición más ventaj osa, llaciendo a su favor la adjudi.cación delr,emate, la cual tendrá siempre el carácter Iprovisional, dándose con ello !por terminado el acto y ¡procediéndose seguidamente a extender el acta que autorizarán todos los componentes' del tribunal y firmará el rematante o su apoderado. ,
13. Los resguardos de depósito correspondientes a las propOSICJ.Ones que no fuesen' aceptadas ni fuesen objeto de protesta, se devolverán después de terminado el acto' de la subasta, a los ,interesado€, los quo firmarán .el reüré de los mi-smos al pie .de sus respectivas _ofertas, quedando éstas' Unidas al expediente del concurso e igualmente se devolverán los demás doc~~entos que acompañen a sus prO,pOS1ClOnes.
14. La gal'antÍa ¡provisional se perderá, qudando su importe a be'neficio del T,esoro, cuando el aTItor ,de las ¡proposiciones que resulte más ventajosas deie de suscri1:íir -el acta .de concurso aceptando su compromiso.
15· Al .dedar,ar ace,ptada' una ¡pro:posición se entiende que en la a{:eptación va envuelta la responsabilidad del rematante hasta que sea aprobada por el Ministeriio del Ejército, :s,in cuyo requis.ito no emlpezaTá a causar decto a menos qu,e la urgen,cai del serv.icio exija se ejecute desde luego.
¡16. Una vez recaída la adjudiación ¡provisional, si la ur'gencia del servicio lo exigiera, entregará parte del materia:l.objeto del concurso, viniendo d licitador obligado a ha,ceiplo así.
-Si, después 'el contratista fayorecido 'con la adjudicación provisional no obtuviera la definitiva, sólb ten,dría derecho a que se le liquide y :abone al precio de su proposición el mater.ial entregado, sin derecho a i,n,demnización a'lguna.
17. Aprobado el remate por quien corresponda, el adjudicatario tendrá obligación de constituir a disposición del ¡presidente de1 tribuna:l un depósito definitivo del 110 por 100 del importe de su adjudkación, constituyéndose este depósito en la misma forma que para el provis,ional preceptúa la condición cuarta.
El depósito definitivo se impondrá dentro del rplazomáximo de quince días contados desde' que se notifique
235
dicha apr-obaciÓIl ail contratista? y servirá ¡paJra garantir el cumplimIento del contrato, haciénd.ose c{jnstar así expresamente eJl eil document.o acredi ta ti va de la . consti tución del aepósito, t.eni.endo presente cuando conesponda, lo que 4etermina el artícull-o noveno.
IS. El contratista tend'Iá obliga-o ci6n de formalizar escritura y de entregar al presidente del tribunal de subasta para el curs'o a su destino, el número de ei em:plares reglamentarioos que establece el artículo 55, en el término de un mes a contar desde :el día que se le notifique la adjlldicac~ón definitiva del remate.
19. El contratista queda obligado a ¡presentar en la oficina liquidadora de derechós rea:les, la escritu.ra o convenio que otorgue, siendo de su cuenta el abono del impuesto que pro{:eda y demás gastos que, como consecuencia ¡pudieran originars,e.
20. Serán de cuenta dé:! adjudicatario ,todos los gastos que ocasionen lo anuncios y el otorgamiento de la ,escrrituira en 'la forma y número de ej emplares que determina el artículo 55 y eil acta de subasta, exigiéndose al -rematante que acr!edite haber sa tisfecho los derechos de inserción de los anuncios. Los rematantes de segunda subasta no estarán obligado~ al pago de los anuncios de la primera.
121. T'ambién serán de cuenta del contratista todos los gastos de trans-, porte, acarreos, derechos o arbitrios que pudiera tener la mercancía, ¡puesto que el precio ¡pol'que se' haga la .oferta se ·entenderá, que ,es colocada aquélla al pie de los almacenes del establecimiento a que s,e. destine o lugar don,de haya de emplearse.
,Ésto no obstant~, si el ramo del Ejérci:to tuviera medios de transpor-, te ¡propios se los .faci:litará al contratista, slÍempie que no los necesite para sus servicios, prestándo,le además todo el. apoyo que su carácter oficial le permita, siendo de cuenta de aquél el pago de todos' los gastos que dIcho auxi1io irrogase.
22. N o se accederá a satisfacer indemnización alguna, intereses de demolra ni, a pagar mayor precio que el estipulado po-r la creación de nuevos impuestos, portazgos, derechos de faro y puerto, practicajes, carestía de mercados o subida de tarifa de los ferrocarriles. Así como tampoco el Esta,do intentará mermar .la retribución conv,enida porque se suI!)f~ma o disminuya los citadosirr.¡puestos o .tarifas existentes al ~ontratarse el compromis,o.
23. El contratista que-da obligado a satisfacer el impuesto del Timbre, el de' pagos del Estado y todos los demás y los arbitrios provinciales y muniópa1es que se hallen estableci-dos o se establezcan en el período ,de duración del contrato y sean ir.-herentes al mismo. "
2-4. La entreg~ d~ lo! efect~ con-
236 18 de octubre de 1940 D. O. núm. 234 . ,~~------~·------~--~--------~--------~--~-I
tratados se verificará en el Parque Central de Transmisiones de El POlrdo (Madrid); la recepéi-ón de' los mismos se efectuará :por la comisión de compras,' que levantará acta en la que deberá figurar el precio por unidad y el valor total del !::lte en· tregado'. De. cada lote de matPJrial se redactará triplicada acta de r·ecepción, uno de cuyos ejemplares se entregará al contratista, otro se remitirá a la respectíva 'sección del Ministerio y el tercero se archival":í en la comisión.
La' recepción ~efinitiva habra dE tener ¡úgar: el 60 por Íoo del material dentro del mes· primero, a partir de la adjudicación del concurso y el 40 por 100 restante al terminar el segundo, salvo qae se hubiese dado cumplimiento al artICulo ,13 de este reglamento, en cuyo caso las entregas. y su recepción 3e sujetarán a los créditos consignados "n c'ada presupuesto, con arrge10 a io que tStablece el artículo 12.,
,'25. La casa tiene la obligación de reponer ¡por su cuenta todas aquellas herramientas que en el tránscu S:J del plazo que se fije se inuúlicen .po' notori'o defecto de construcción o de calidad del material y por ello deberá convenirse que del total del :)3.
go se retendTá un 10 ¡por 100 que se satisfará transcurrido el ¡plazo ant;~s aludido.
26. E,l pago se hará dentm de los créditos dispon.ibles cuya existencia se justificará en la forma que establece la ley de 19 de marzo de 1912 por la Pagaduría de la Jefatura de Transmisiones, que se hará cargo del material ° efectos adquiridos, que debe hacerse comitar expresamente en el .pliego dé condiciones, debiendo acreditar, prcisamente el contratista, que ha satisfe.cho la contribuciócn industrial que le c,Slrresponda, las cuotas del retiro obr·ero y los gastos, impuestos, y arbitrios que enumeran las condiciones '19 a 23.
Los pagos se- harán U.na vez recibidos - y admitidos los. artículos, efectos o material contratado, verificandose en efectivo al pie de Caja hasta 2.500 pesetas .inclusive y las superiores a dicha cantidad por medio de libramientos expedidos al contratista.
-27. Si el contratista o' su r.epre~entante dado a conooer al jefe del 'Centro o establecimi·ento recept9r se ausentara sin previo aviso o autorización de la plaza donde se ve.rifique el servkio, las órdenes relativas al'
'mismo que fuera necesar.io comuni, carIe se considerarán como si lás' " hubiera recibido y de no cumpli-
mentarlas se efeotua.rá dicho servido en la forma que más convenga a cos.ta y ries.go del citado coritra-tista. '
o;¡8. El contrati.sta queda obligado 10:1 cumplimiento de Jos preceptos relativos al contrato dd' trabajo, accidentes, trabajo de mui~res y niños,
. etcétera, establecidolt para los patro-
nos en el Código del Trabajo. Que miento del crédito en el servicio é, así mismo se ajustará a, .las obliga- referencia. ciones señaladas para los ¡patronos en 3.2. Las di spo s.ioi'on es guber:;,', tod·as las dis.posicionés de carácter vas que en estos contratos se ado:,' social que se encuentren vig.entes. por la administración, tendrán'
29. Terminado el - contrato ca m- rácbú ejeoutivo, quedando a ¡,:" ¡pIeta y _fie'lmente por parte de los el derecho del contratista par¡: contratantes, el presidente del' tri- rigir sus reclamaciones por la '. buna! a cuya dis,posición ~stá consti- contenciosoadministrativa. .. tuída la fianza acordará su devolu- Las cuestiones a que estos co:," 'ión, si bien exigiéndoles previamen- tOG ,den origen que no Se p~e: te' acrediten haber sat.isfecho todos re!Solvérpor las dis.posi,cio'lm Jos gastos a que se refiere la con- ciale,s sobrecontratacióñ adminr,:': dición 26 de este artículo y que se tiva se' resol verá por las [eg;as (, Ha dado' cumplimiento a las dis¡po- derecho común. siciones reguladoras, del impuesto de 33. Estos co:J.tratos no puede" derechos reaJes. meter6e a fu,icio arbitra.l, y, cua;"
30. Cuando el rematante' no cum- dudas se susCiten sobre su inteL, pliese las' condiciones que debe lIe- cia, rescisión y efectos se res;:' n~r para la celebración del cont,rato rán en la forma que determina, se anulará el remate a su costa. Los condición anterior. efectos de esta: decla,ración serán: 34. En ca60 de muerte o (C"
1.0 La ,pérdida d·e Ja garantía o b~a del co:¡~ratista: q:uedará m::\ depósito del concurso que desde lue-' d1do y. term.111ado el 'contrato, a:¡ go se adjudicará al Esado como ,i:1- ser que los herede,ros o síndico;: ¡ demnización del periuicio ocasionado la quiebra se 'ofrezcm a l)erar::i por 'la demora del servicio. cabo bajo las condiciones, esti¡n!c' ¡
2.0 La celehración de nuevo re- en el mismo. El Ramo del Lji::" mate - bajo .las mismas condiciones e,ntElÍ1ces, que.dará en libertad de:
d mitir o desechar el ofrccinún~o, ¡pasan' o,por el primer rematante la diferencia del primerQ al segundo. gún con.ve:lga, sin que en este,
so tengan aquéllos 'derecho a ;~:' 3.0 No presentándose' proposición, " ' , n1zacién, S1110 Ul1lCómente a q?
admisible en' el rruevo,la adminis- haga la liquidación de :05 Ce, tración ejecutará el servicio por su gas del ,ontratista. , cuenta ,0 por contratación directa, 35. Por el Ramo del Ejé:dJ'. res,pondrendo e~ rematante del mayor drá ser rescindido el contrat') ':', gasto que ocaSlOne con rconecto a .su ., 1'" a q;," 60" • .. , L ' ~ 1 "l'd d su,pr:m:ese e serV.1ClO dv .... :
- 1 - d ,'f renere o ,epra e con"e .. , ':' i rpTOpos1clOn. as responsa l1,1 a es a I ~ d" d -;rroa",' í,
Que se contrae,TI o, os parra os an- '1 'd't ,pq"" I
t· , . . , I f' presuDue s to5 e cre 1 o neceo' "., enores se exq:;lfan en a orma que " l' ," "meofo ",1 ~t 11 1 . d"''; .., TJ e rnlsmo, y que 1~n2.d' Jj_~: \
e, a :.ece a con IC10n ,:,I. ca::Jsá de 'rescisióu d"e,tablec:::: \ 31. En todos los casos de .;ncum-to de un mOIJono:io sc]yre les t'e
plimiento, el, contrtista será r,eque- o materias af;ctas dei contrato" ,rido 3.1 abono que. !próc<:da, y ~e 36. Téldo cuanto no ap~~ezc~: no venficarlo en el pbzo que se Tl- ; do o pr' e"i-to cs.DeClailller. .. . '1 fi 'd l' s,gna ,,o" 1 '" le, Sl a anzapresenta, a ,o .os 1 l' o de cond¡'cíon,es lega:" . - d' e· p leg " ' pagos qu.e estuv¡·eran Fe!l ¡en.tes de rerTirá por lo~ pre.ceptos de h.:, satlsfacer:los ,no
d. ~ c0l1
fis1de
d'fan
d sUd~- gl~.mento, v en su defcc\~ pe,
oentes se expe 1.ra ~Ntl ca o e e- Teg:1as Ide( derecho COIIll~. bIta ,por el Comlsano de Guerra In- ' terventor del Tribunal del concurso, con expresión del capít1Ulo, artículo, sección y presupuesto a que afecte. " '
",
,,1QDELO DE PROPOSICIO:: ~ i
.0- .,' D., :.: ... , ...... ,.. 011
,E'ste certificado será curtiado por dOID¡clhado en .' ....... ,' ... , ,c ero " el P,re6ide'nt~ del Tr¡'bunal del con- personal de ...... clase, .nullltO ,:' curso al Delegado de Hacienda de enterado del anunc,io 11151'r v:' :a provincia donde tenga su re.si- Boletín Oficial del EsttldOJ,;;c' dencia el contra,tista para que, con OFICL .... i del Ministerio del E\ \' arreg,lo a lo que establec~ el artícu- Bol'f'!tín Oficial de ia profvln~'J:i' lo 6! de la ley de Contabilidad y los periód.i'cos Ya e In r' a¿=> Administradón de la Hacienda pú- de esa localidad" para a ~::::;: blica, se 'p.roceda a. la ejecución y ción por c?n·curso lde h~~r ¡tf ' venta de los bie:¡es que sean pre- . varias y diversas e ases 1 s p> cisos en la forma establecida para de Transmisiones y de {) ",,'~ la recaudación de contribucione'S, de condiciones, se COJIlprolá>' Ifentas ycr~ditos de la Ha.cienda, PÚ- abriga, con sujeci~n a las C5~ :
blica, ingresándose el im¡porte del de los citados phegc6 " a :J!:~> débito lUna vez hecho efectivo, con exacto cumplimiento a SU
aplicación al capítulo, artículo, secr a los siguientes preci05.d·X'·
ción y presupue'sto en que resu.ltó e~ ......... : ..... por cada .un 1, \;,; ¿: descubierto, y cursando el Delega- Se induyen los Slgu1 en . do de Hacienda a la áutoridad que mentas:' o ' le remitió el certificado,-- la cana de A) Carta de pago n~erj'J5:;:: pago que justifique eJ restableci- por pesetas o ...... · .....
D, O, núm, 234
án el depósito d-el cinco por ciento :egún la K:ondióón ,d~l, 'Pliego de condiciones legales (artlculo cuarto),
B) Cédula pe\l"6onal o pasaporte de extran j e,ría. '
el Los demás documentos relacionadps con las condiciones legales del pliego.
,El que 6uscribe hace declaración expresa de 6umi6i~n a la,s norm~s de trabajo estableCIdas y, ?emás obhgaCiones de ca,rácter socaal que s-e encuentren, en vigor.
También indicará el postor los establecimientos nacionales 'de q1u-e pmcedan sus produ,ctos.
El interesado, Madrid, 16 de octubre de 1940.
P. l-J
18 de octubre de 1940
dento del importe de lo que concur- Los, efe<:tos ,q'ue se desean. adquisen, elevándose este. depósits al diez rir serán entregados en el almacén por ciento, a la adjudiclLci6n defini- del Cuerpo li,bre de todo gasto, en tiva. un plazo de treinta días, a partir de
Si las prendas ,entregadas 110 se aquél en' que le sea notificada la. ad-ajustasen_al modelo, bien en, su too, judicación. ' , talida,d, o -en parte, será objeto de LlL Junta se reserva el dereCho de la pérdida de la fianza, previo 1ieclaniT desierto el concursq, acuerdo de la Junta' Económica.
Las prendas serán entregadas Ji- UXCTOS Otm S. CITAR bre de todo gasto, en el almacén de este "rupo, en Villa ~'anjurjo.
PItJ:NDAS y U'ECTOS QU. sit CITAN
50 mO'Ilo!J az'Uiles. 60 perolas de I:l plaza, d, hierro
estañado. ,60 besugu-er:a de 112 lPlaza~, ¡¿.
ALpargata~ ........................ 115.000 hIerro estañado. Camisas kaki, con emble- 100 cazos de media p!laza, de hie.-
mas ............................... 1.300 rro estañada. Camisas p a (' a oficiales y ,25 caz~ ,de una plaza, '¡ie hienro
!5uboficiales ..................... SOO estañado. Calzoncillos lndígenas ....... 1.500 .25 espumadera" a. hieno ;es;a.-,
( .. : .. :.~: •• : •• : .. : •• : •• : •• :+{++:.+: •• :++: .. +: •• ; ... : ... :.+:+.:."r:~:-:-:. Guer!TeTra! kaki c,on emb~e.. ' ñado. m¡¡ metálico ................... j.OOO Cinco cazo~ reparto (gran.de)" de
REGIUIENTO DE, ARTILLERIA Zaragüelle~ ....................... ,1.500 hierro estañado. \ DIVISIONARIA NUU.' i3 Tarbu6 .............................. 3·000100 jarros, de hierro estañado. '
Hallándose vacante el servicio d, ~~~1l~5 ··k:·k:· .. · ........ ~ .... · .. · 2.000 60 cafeteras, de hierro estañado. cantina de ~ste regimiento, se saca I a as al................... 1.000 25 cubo's para limpi,eza.
Cadenas de ganado ." ...... ;. 1100, 1.500 platos de loza (hondos). a concu'rso por el presente p.ra que Monal~ pienso ........... ;.... IS0 1.5°0 , platos de loza (¡planos).' pueda 50licitarse por el que de.ee Sacas p¡¡ra ropa. ca;} refn¡eT~ r .500 Tasos cristal, de medio 1Ii,t:l)íJ. rrestar:o, COn arreglo al pliego de zos de cuer.o y cierre de ' 100 monda-patatas. tCordiclioned3; que 'Podrá confiiultarse ,candado ......................... 50 ISO bruzas.
Oc Os os las de 3 a 13 horas en la 'Melilla, 27 de "eptiem,brede 19-40'1 ISO almohazas. ~~aYeO~ía del e,itado regimiento, sien- - P. 5-5 ISO mantas de ganado.
, s e anuncIo de cuenta del adju- ' 1.000, cha"as para cintos. dlrat:rii~·stancias se aumitiráll' h.6ta "J,.-:.':-:.':.':.':-H":.':.':":":":-:":":":":-': •• : •• : •• : .. :.. 1.000 bol;as de aseo" compuesta6
las veinte horas del día 30 de octu- REGWIENTO DE INFANTERIA de cepillo de cabezaJ de ropa. y' breo ' ", ' I , NUM. n peine.
100 metros' galones pá,lra. caPo. Get¡¡Je, 9 d& octubce de 19-40.
P. -4-<4-.... ~t............ .... .. _ ' .. .. .. .. .............. +": ...... : • .: ... : •• r,,:··: .... : •• : •• : ... : •• : • ..: •• : ... : •• : .. GRUPO DE FUERZAS REGULARES DE INFANTERIA NUM. :lO
la~ e~esitando aqquirir este . Cuerpo ." pendas y efectos que a continua'm,on
d, se expresan, se 'anuncia por
e la del . co~s. pre,sento, para que los I~;' ~uctores que lo deseen presen-15 d odelos y proposiciones hasta el
c~rr¡¡do octub~e, I?róximo, bajo sobre !::lo" y dlrlgH:!O al coma'lldante
",or de e t .. (~'m - s e grupo, a las que ~:~)~ ~~n~:án tam~'JÍén, el último re-
D h ContnbuClón Industrial le as pro " . P:ecio de pOSICIOnes, arlemás del. t;" que la~ada, prenda, harán consc:Gn " ' mIsmas son de produc-
1 "anonal c ' , fJ,azo má' , omo' aSImIsmo el ¿o'de I fXlmho de entrega a co~tar
a ec a en '1 C;,'~e la ad' , 9~e se es comuni-C~enta J~dlcaclOn, 'teniendo en r'sr .. dque esta no ha de ser !llne-j, os meses l' -y .¡, y tres para as alparga->--:'¿o me5es para el resto del
,El i~port~ d L';;¡r;l. a e este anuncio se sa-" qu:enesprorr~teo entre los señores ,A la pre:~ a?"~ la adjudicación.
e,SOles y m ntaclOn de las, proposíe.ia de es~delos, depositarán en la
e Cuerpo, el cinco por
, Necesitando adquirir y recompolleY este Cuerpo los efectos que' a contirnuación se expresan, ie saca a concurso, por el presente anunclO, para que. los constructores que lo 'deseen, ¡presenten modelos, y proposiciones parciales o tota.les, en pliegos cerrados, dirigidos al comandanCe mayor del' mismo antes de las doce horas del día 10 de noviembre pr6ximo.
(veIlde) • 20 faroles belgas. IS0 bolsas de 'trástes. Material de cocina a recompon~,
cuya relación está en la Mayoría ,de este Cuerpo a disposición de lo. concursan tes.
Ceuta,9 de octubre de 19-40 •
P,lo-;¡
,Las materia3' que ¡¡e ell1\Pleen en la, construccióri serán exclusivamen- ~_ ....... _~', ~~~ te de producci6n nacional. LIDRERIA y C,ASA EDITORIAL
El importe de los anuncios 10 satisfarán a promateo los adjooicatarios . , Todas las fa.cturas quedarán sujetas al impuetso del, 1,30' ¡por, ciento ¡por ¡pago del Estado. ,
HERNANDO, S .. A.
!mpr~cu-es y libreros de}:a "'a.dem~· , Española ' En conce[lto de fianza 'los adjudi
catarios depositarán en la Caja del Cuerpo dentro de los ocho días si- Arenal, H.-:-Tal61onos iG~OS "1 UI50 g-uiente~ a la adjudicaci6n en cantidad igual al 10 por 100 del importe de lo adjudicado, cantidad que le 5erá devuelta una vez cumplido al
Apartad!) Dá:m. 1.60~,-T'~legnmas ~ .
Ghel1Ulndo.-M~drid
satisfacer su ·compromiso. ..._ .. -_ •• - .... - ...... -_ ...
í~~~~~~~ ~~I@~i;.ift.~~~1il~t~~A~1" '(UJON I ,"RA~ADA : HUELVA : LEON : MURCIA I OVIEl>O : PAMPLONA SAN SEilASTlAN 1 SltVILLA • VALENCIA • VICO 1 ZAllA~OZA ,
.. ___ ..................... 0 ........... _ ........... _ ........... ' ..
18 de odubr~. de 1940 D. O. núm. 234 --.........
~E'.Irlrr.IDElllaIlDcmaal!lllaDIIU!lDliIgllll2ll1crDDElalll'llaDmEnlalnIDElaL1E1DI!IIIlDIUUlfJIIU.
: CASA PAJ AR·ES 1/ SASTRERIA! : ESFECiALlDAD I!N UNIFORMEC MIU'fArt:i ::
: Príncipe, nár:::rr1. 10 [VI Ap R I e Tel~fono 16447: I
ra ti e El e DEl D ti es t'! ti e tll:H'J EHl m e s &Hll e D t'l [J Ll IOHl1!l131il El El e m~ ~n:n.n:;l e e e o !:! ¡;:U:ll:na:U:H:m:U¡a1
PRIMERA LEGION DE TROPAS DE AVIACION
CUATRO. VIENTOS (Madrid)
N ece~it~ndo' adquirir este Cuerpo los artículos que a. continuación lie expre S<Ln, se S<LC3, ... CcnCUT so par el ¡presente ",nundo, :para. que los indrJ6triale.s. que deseen, coucurrir, remitan sus pr01X>siciones en 60bre cerrado, dirigido al teniente coronel mayor del mismo, antes de las doce horas del' día JO del corriente mes.
.Lc .. efectos que se' desean adquirir serán entregados en, el a~macén del Cuerpo libre de todo .gasto, en un plazo de veinte día", a ¡partir de aquél en que le ¡¡ea, notificada.. la aajudicación.
El importe de los anuncios ,lo satisfarán. a ¡¡:rorrateolQs adjudic;¡,ta-dos. /
Lo!'! .industria:les que [lTesenten prütposiciones sobre el material necesario ,para. el comedor, enviarán una ·mlUestra de,loi mi6mos;
'1#.1 ; i 4*( * ::=
aFECTOS .QUlI:"sm CITAN
M aurial para el comeior
.2.500 platos de loza o metal, tipo &op.t!ro.
1.500 VaSO! de cristal, para. ;¡.gua.. 100 j~nas 'de dos' litros, de cristal. 500 'cazos dé una plaza, par~ dis-
tribuir.
M aterial par~ la cocin/J
Cuatro paeIler~:¡ d~ 500 pfaz~G, de 93 centíin~tros y medio de dioímetro pOr z8 cwtlrnetros de :<Jltura.
10 espumadera •. Fequeñ~¡¡. 10 espumaderas grandes. Un cazo grande de a~~m.bre. 50 perola! de· 25 ¡pl;lzas, de ['opar
tir. Cuatro tormoi de 30 plazas, :pan
conducción de rancho. Cuatro Vientos, '10 d. octubr" de
19,(0.
P.3-2
ere Fi ¿"'iS f5tSf WWi·e(5#~
FABRICACION DE TODA CLASE
DE ARTICULOS MILIT ARE S
W fin.
Preciados, 15 reléf. 13476
MADRID
- --+ .......... _~ ....... ' .. -.. _-.~ ...... _ ........ _ ... ~
REGIlHENTO UIXTO DE ~ ¡ GENIEROS NUM. I I
i Cuerpo Ejército llarroquf ¡
Necesitando adqui.rir este re:. \ miento los efectos que a cont1~;¡ t ción ie relacionan, 6e anuncia a ,,,.\ curs.o, al que podrán acudir los COé!' .
tructores nacionales que 10 desee: debiendo remitirse las proposíC:O:~, por escrito a la Mayoría del mis:r: antes del día 31 del pre6ente lW
en las que se harán ,constar que le! materiales' empleA·dos son de prw, dencia nacional, plazo de entrega: precio de uniditd.
Est'os ,efectos deberán entrega;¡~ en el almacén del' ['egimiento (T~ tuán, M¡¡,rruecos), libres de t<>do ga~ , to, siendo' el importe de este anu:' cio ¡¡:.or cuenta del adjudiut.no r descontad:l¡¡ las facturas es t¡ IJ: por ciento como .P¡¡'~c, l.l E¡tJ.Co
EFECTOS
Ollai 200 plazas .................... . ldem 100 ídem .................... . Idem 50 ídem .... .... ............... ti I.dem 25, ídem ............... : ..... . P~ellera.s 500 plaz~s ............. .. 'ldem. 200 ídem .................... . l.clem 150 ídem ................... .. ldem 75 ídem ..................... .. r·dem 50 ídem ........... ........... ! Perolas medianas .................. 1)
ldem ¡pequeñas ....... .............. 11 Barreñ03 medianos ........... ;.... 1; Cazos media rp~aza ............. .. Sa.rtenei .:.... ...... ......... ........... 'J, Calderetas 20 pla.z~¡¡ .-........... :.
;0 Cuchill.os ..... ........... ............... 11
Trévodes .. ...... ..... ....... ........... 1)
Molinos café ..... .................... 50 Cubo,s agua .............. ........ ..... 1)
-Cubos dne ....... / ............ "..... 10
Pairrillas ................................ él C~lderetas 10 plazas .............. li
Cucharones .... ........................ 1i Calderas 100 plazas ........ ~..... i Bandejas pescado (de lata) ... . Báscula!'! ....................... ,t ..... . Fuentes estañadas .................. . ·E·mhudos , ............................. .. M.áquinas. ¡picarr carne .......... .. Fuen tespos'cado' .................... . Medidas cinco litros ¡¡eeito .. .
Tetuán, 10 lo octubre de 19~o.
P. 3-z
D.' O. núm. 3.34 18 de octubre de 1940239
l!a ••• ==aaDB.m •••••••••••• mmm aa.aama.Baaaaa ••••••••••••••• - • a a • ' 11. 11 • B a m : Antonio Gonzálei García :: Adrián Ruiz .Art'eaga : I • D, B I • D a I ,m I!I Il a o m. • !'!I D ' m I e !'!la I '13m El
:' Comercio ~. g :. • 2 El a ~ D a a El Il! !l 11 D m Constructor ,en hierro El I e IJ ti I El II D a ~ e D I -- rl e a : 1.10 ¡:] I [;J e e I me ['! a t1 lJ (']
: g ~ Pascual Reinar, 12 (Ventas) ~ , a Sevilla, 19 Teléf. 8 m rI D a IJ ' El Teléfono 53041 e I e a El
• ~ e D I 1!1 El a I N CI .c : ESTEPONA(lYIálaga) ,~g : 11 fl El MADRID El a I!l a Il n Ele, g amaaDDl!laDEDE1~m9~~mmmmcmmmCDm~ DDgDC~CD~mmE1~c~mE1maE1mCCCCaClJm,
lamaDaCE1amB=a=GammaDa~cmmmmaD I . a 11 a I El
: MOLINO DÉ PICó , Teléf. 14263 ~ · ,~ 1'=' 1 -. I a • El : Viuda de José Segura : I D I El 10
• a • a : FABRICA DiE HARINAS A OILlNDROS :
: SISTEMA DAVERIO " : I a 1 m • a • a • • • m • - a : Vara de Cuarte, Traste, 3.° n.c1 76 ~ • a I • I m I I!I I m I VALENCIA a I a I D lllllbaD ' " :
. aa=ma=aammaaaaaamaaaaaa
~D~DeaCBm~Dem~aaaCDaQCCGammam o m a a a El m D
: Hijos de, J. Barreras, .S. A. : B ~ m a m a B D a a B a D' a a ,Pesquerías Viguesas m D g a a m m a m D m m m D ~, El a El a B • D m o a El
: Segi~mundo Moret, 3 = a a a El a G D B a B a a m, ALGECIRAS I!I u e a B Da a B aaaaaBaaaaaa.aaaaaaa •• aaaBmaa
240 _ . • 18 de octubre de 1940 - _ . D. O. nitnt l~
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Cifue~tes, 45' -e Dirección' T elegráfíca: V ALLARMESTO G-I J ó N
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~:' " I San Bernardo, 93 - Menénde¡ Val- I
- I dé s, 2 ~ Apartado 22 I
GIJÓN
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