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Page 1: La Soberanía

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”VICE-RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA “SAIA”LAPSO ACADÉMICO 2016/B

LA SOBERANÍA

Estudiante: Castillo, Yohanna

Facilitadora:

Abgda. Marcia TorrealbaParticipación Ciudadana y Gestión Local

Sección: SAIA H

BARQUISIMETO - EDO LARA

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Tipos

LA

SO BE

RA

NÍA

Art. 1 (…) Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

Art. 5 (…) reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

CRBV

Del latín “super amus”, haciendo referencia a señor supremo

Proviene

Se define como

La voluntad política que posee un Pueblo con derecho a tomar decisiones para determinarse, manifestarse, y tomar decisiones con independencia de poderes externos.

Cara

cter

ística

s - Es un poder ilimitado, ya que no admite otro poder sobre si ya que representa la máxima figura en la política.- Es un poder originario, y de él se desprenden los otros poderes que existen en el Estado.- Es un poder jurídico que tiene sus bases en el derecho, establece la independencia del poder estatal frente a cualquier otro.- Es intransferible, es decir, no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución.- Es ejercida o su titularidad está en manos del pueblo.- Concede la legalidad al Poder del Estado, por medio del reconocimiento o aceptación del mismo.- Es un poder autónomo, con su propia organización, su propio régimen jurídico fundamentado en la constitución.- Presenta los siguientes Atributos: la Exclusividad (sólo la autoridad que se ha erigido en un espacio), la Plenitud, implica que esta autoridad es Total y la Autonomía, se refiere a que esta autoridad no está sometida a ningún otro poder.

- En Venezuela la soberanía está en manos del pueblo, y éste puede ejercerla por medio de sus órganos o poderes: el legislativo, el ejecutivo, el judicial, el ciudadano o moral, y el electoral.- Está enmarcada en nuestra constitución, esto le permite al país ser un territorio independiente e inviolable.- Es un derecho de todos los venezolanos tener soberanía y una identidad

Imp

ort

anc

ia

Popular Política Nacional Alimentaria Territorial

Económica Espacial Jurídica Petrolera

Principio teórico en el que se basa la noción de la democracia con aceptación prácticamente universal como fuente de todo poder y autoridad

Facultad de ser reconocido como la institución de mayor prestigio y poder en un territorio determinado.

Derecho exclusivo y universal del Estado a promulgar en su territorio normas jurídicas que vinculan a sus nacionales (personas y territorio) y en las relaciones exteriores la no sumisión a otros Estados

Facultad del Estado para definir sus propias políticas agrarias y alimentarias de acuerdo a objetivos de desarrollo sostenible y seguridad alimentaria

Conjunto de los poderes que el Estado ejerce sobre su propio territorio.

Capacidad que tiene el Estado para determinar por sí mismo la Política Económica

Capacidad que tiene el Estado para determinar por sí mismo la Política Económica

La sumisión del Estado al derecho viene no de su decisión voluntaria de acatarlo, si no que deriva de la realidad misma

El pueblo soberano ejerce su control sobre determinado territorio nacional, con todos sus componentes entre los que destaca minerales y por ende, el petróleo

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Al respecto, la jurisprudencia patria bajo Exp. N° 03-0017, señala

Más adelante

DEMOCRACIA PARTICIPATIVACRBV. Art. 6. Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

(…) la institución, de democracia participativa, lo que persigue es materializar el principio y derecho de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, específicamente en el iter legislativo, con el objeto de que aquellos anteproyectos de leyes de iniciativa popular sean tomados en cuenta por la Asamblea Nacional, órgano titular de la función legislativa.

(…) En consecuencia, con fundamento en los razonamientos precedentes, esta Sala considera que el resultado del referéndum consultivo previsto en el artículo 71 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela no tiene carácter vinculante en términos jurídicos, respecto de las autoridades legítima y legalmente constituidas, por ser éste un mecanismo de democracia participativa cuya finalidad no es la toma de decisiones por parte del electorado en materias de especial trascendencia nacional, sino su participación en el dictamen destinado a quienes han de decidir lo relacionado con tales materias.      

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Referencias Consultadas

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.860 del 30 de Diciembre de 1999.

Romero, Y. (2012). La Soberanía en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Disponible en: https://yahirromeroestudiosjuridicos.wordpress.com/2012/03/29/hello-world/ [Consultado: 07/12/2016].

Tribunal Supremo de Justicia. Sala Constitucional. Exp. N° 03-0017. Caracas, 22 de enero de 2003. Decisión disponible en: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/enero/03-0017.htm [Consultado: 07/12/2016].