La Ética del Psicólogo Jurídico en los informes periciales psicológicos
usados como criterio para la Imputabilidad de Delitos
Autoras
Jennifer Alexandra Suarez Colmenares
Paula Jimena González López
Universidad Santo Tomás - USTA
Facultad de Derecho
Especialización en Psicología Jurídica y Forense
Tunja, 2021
Resumen
El rol que desempeña el Psicólogo jurídico en los informes periciales como
perito o experto posee una magna responsabilidad dado que su principal función
es la de emitir un concepto sobre el estado de capacidad mental y conductual de
las personas implicadas en cuestiones de la administración de justicia para que a
través de los discernimientos psicológicos referenciados en los códigos penal, civil
o laboral, se establezca el nivel de responsabilidad; bajo este contexto surge el
objetivo principal de este artículo que es el de establecer la importancia que cobra
la Ética del Psicólogo Jurídico en los informes periciales psicológicos, como
criterio para la Imputabilidad de Delitos, partiendo del análisis de los principales
conceptos relacionados con este proceso, tales como psicología Jurídica, la ética
del psicólogo jurídico y el rol del psicólogo jurídico como perito en el ámbito
judicial, para ello se trabajó con una metodología de tipo narrativo bajo el diseño
de revisión Bibliográfica.
Palabras Clave: Código Deontológico, Ética, Informes periciales, Psicología
Jurídica; Rol del psicólogo Jurídico.
Abstract
The role played by the Legal Psychologist in the expert reports as an expert or
expert has a great responsibility as his main function is to issue a concept on the
state of mental and behavioral capacity of the persons involved in issues of
administration of justice so that through the psychological discernments referred to
in the penal codes, the level of responsibility is established; in this context the main
objective of this article is to establish the importance of the Ethics of the Legal
Psychologist in psychological expert reports, as a criterion for the imputability of
crimes, based on the analysis of the main concepts related to this process, such as
Legal psychology, the ethics of the legal psychologist and the role of the legal
psychologist as an expert in the judicial field, for this we worked with a
methodology of narrative type under the design of bibliographic review.
Key Word: Code of Ethics, Ethics, Expert Reports, Legal Psychology; Role of
the Legal Psychologist.
Introducción
El ejercicio de toda profesión trae consigo una serie de habilidades que no se
pueden reducir únicamente a competencias de tipo cognitivo, sino que deben estar
reforzadas por destrezas procedimentales y actitudinales, es a este último a las
cuales va dirigido el presente artículo que busca contextualizar la importancia de la
ética en la labor que desempeña el Psicólogo jurídico, específicamente en los
conceptos que emite con respecto a los informes periciales como mecanismo para
declarar imputable a una persona frente a un delito.
No es desconocido que en el desempeño de la psicología jurídica surjan
situaciones que demanden del profesional una serie de conocimiento, al igual que
puedan surgir conflictos o dilemas éticos que responden a preguntas tales como:
¿se puede emitir un informe pericial de una persona que se conoce y ha tenido
trato con antelación?, ¿todo lo que la persona en cuestión menciones se debe
guardar como secreto profesional?, ¿qué instrumento o técnica se debe utilizar en
cada caso?, ¿puede mi informe pericial ayudar a imputar a quien me contrató?. Es
realmente inocente o culpable la persona? Estos interrogantes y otros más pueden
surgir en el ejercicio de la labor de perito psicológico, encomendada por un juez,
por un tribunal o por una de las partes dentro de un proceso, de ahí la importancia
que el experto cuente con una formación axiológica, científica y legal relacionada
con la labor para la cual se demandaron sus servicios.
Es de tener en cuenta que al psicólogo jurídico como perito dentro de un
proceso no le es de su competencia dictaminar justicia o declara la imputabilidad,
a través de su informe pericial ya que esta responsabilidad le pertenece al juez o
tribunal, al psicólogo como experto le corresponden una serie de actitudes
derivadas de su ética no solo como profesional, sino de la ciencia específica a la
cual pertenece y su relación con el derecho, buscando siempre actuar con
imparcialidad, siendo siempre objetivo con sus conceptos, conociendo a
profundidad los contextos y los hechos objeto de análisis, reconocer que su
trabajo gira en torno a seres humanos y todo lo que ello implica, actuando siempre
de acuerdo a la ley y en consecuencia con su profesión a la cual representa.
Al psicólogo jurídico, visto integralmente, pero de manera especial desde la
ética, se le pide que su accionar este determinado por principios, tales como
libertad, la intención y la voluntad de las partes, que no se sientan coaccionados,
ni intimidados al realizárseles el respectivo peritaje; que tenga en cuenta como
parámetro las exigencias propias del secreto profesional; que la formación sea
permanente y actualizada, en cuanto que el ejercer como experto exige unos
conocimientos especializados para desarrollar y cumplir la tarea encomendada,
que sea consciente que sus servicios deben estar enfocados en los temas o
aspectos en los cuales él tenga real conocimiento, destreza y experiencia, que
actúe con base en la normatividad y con base en los códigos deontológicos
propios de su profesión especifica; y ser responsable que las partes que participan
del proceso tienen unos derechos de tal manera que estos deben ser respetados y
garantizados a todos por igual.
En el rol que desempeña el perito jurídico con respecto a los informes
periciales, la ética toma un valor especial, por el grado de responsabilidad y de
validez jurídica, técnica y científica de su concepto, así como en la determinación
que tome el juez sobre la inocencia o culpabilidad del sujeto investigado; a raíz de
ello a lo largo del artículo se evidencian diferentes investigaciones y/o artículos
que guardan relación directa con el tema, presentados a manera de resultados y
su conceptualización de acuerdo a las teorías relacionadas con el rol que
desempeñan los psicólogos jurídicos en los informes periciales, la importancia de
la ética o de los diferentes códigos (civil, penal y deontológico) en su labor como
perito, emanadas de diferentes autores y finiquita con las discusión y las
conclusiones pertinentes al tema bajo el criterio del objetivo general.
1. Problema de Investigación
1.1. Planteamiento del problema. La ética es un tema fundamental y trasversal
a todas las profesiones y trabajos que desempeña el ser humano, esta rama del
conocimiento indica no solo las normas de conducta a seguir, sino también los
contenidos cognitivos, procedimentales y actitudinales, es decir, qué se debe
pensar, qué se debe hacer, y cómo se debe actuar, criterios que se incluyen en los
diferentes programas de formación.
Por otro lado los informes periciales psicológicos tienen una gran relevancia y
pertinencia en los estrados judiciales en cuanto que se ha convertido en una
herramienta de apoyo al juez, pues le permite contemplar diferentes variables
tales como: el estado de salud mental, la personalidad, la cognición y la
evaluación clínica relacionada con la imputabilidad y responsabilidad del acusado
frente a los hechos (Escobar & Granada, 2017) de acuerdo a lo anterior el
psicólogo jurídico dentro de los procesos judiciales puede ayudar al juez a
comprender dentro de un contexto determinados las circunstancias, causas,
efectos de los hechos vistos desde la persona.
Adicional a ello, el (INMLCF, 2018) afirma que el desarrollo de actividades
periciales por parte del área de la psicología ha tenido un gran impacto y según
cifras registradas en el año 2015 se presentaron 2.877 casos de peritajes
psicológicos, para el año siguiente pues en 2016 se presentaron 3.400 casos con
un aumento del 15,4%, en 2017 se registraron 3.981 casos, con un aumento del
14,6%, caso contrario, pero no significativo para el año 2018 se registraron 3.173
casos representando un descenso del 20,3%. Estos datos demuestran la
importancia y el grado de relevancia judicial dado a los informes periciales de los
psicólogos jurídicos, aumentando la imperativa necesidad de enfatizar en la
formación ética del psicólogo para el ejercicio de su profesión.
De acuerdo a lo anterior surge la imperiosa necesidad de precisar cuál es la
importancia de la ética en una profesión concreta, como lo es la Psicología, y a la
par, qué significa pericia psicológica, teniendo claro estos dos elementos se puede
abordar o avanzar en una segunda intencionalidad que es el relacionar estos dos
conceptos en la práctica y el ejercicio profesional del Psicólogo Jurídico, y a partir
de allí hacer una puesta en escena de algunas conductas que pueden empañar la
profesión, situación que no es desconocida al revisar los diferentes fallos judiciales
donde algunos abogados defensores echan mano a problemas de tipo psicológico
para negar la imputabilidad de ciertos delitos.
Hay una relación estrecha que actúa en pro de la administración de justicia y es
el vínculo ley y psicología el cual sirve de base fundamental para ayudar al juez a
deliberar sobre el tema de imputabilidad a determinado sujeto con base en su
perfil social y psicológico; un informe pericial psicológico al ser acotejado como un
medio o prueba, debe basarse, al emitir sus conceptos, en diversos aspectos,
como el legal, psicológico y el ético, tema fundamental del presente artículo. Para
entender mejor esta trilogía y relación entre ética, pericia psicológica e
imputabilidad del delito, resulta valido entender en qué consiste un informe pericial
psicológico, al respecto Sierra expresa (2006) que es:
La realización de un documento preparado por el experto en psicología
forense al finalizar el proceso de evaluación y análisis exhaustivo de las
personas implicadas; este es realizado por un profesional cualificado, y estará
compuesto de los datos de identificación de la evaluación, métodos y
procedimientos utilizados por el experto, sus resultados y la discusión sobre el
mismo y, finalmente, por una breve conclusión. (p.28)
El informe pericial psicológico debe estar fundamentado por la ética del
psicólogo, éste tiene la validez de prueba, en el cotejamiento que de ellas hace el
juez, se convierte en evidencia de carácter científico; este documento tiene como
principal propósito: el análisis del comportamiento de la persona y/o personalidad
y todos aquellos factores cognitivos que entran en juego al momento de realizar
una acción, tales como La libertad, la voluntad, la intención entre otros; este
informe además de ser una prueba, es originalmente una valoración que se hace,
para con base en los contenidos de esta evaluación, se puedan formular algunos
juicios sobre la conducta de la persona involucrada; sin embargo este ejercicio se
torna desmotivante cuando, a pesar que el informe pericial tiene la connotación de
prueba indirecta, hay algunos jueces que no le dan la importancia que esta se
merece y por tal motivo no termina siendo contextualizada en el caso a juzgar. A
raíz de la situación planteada se hace necesario resolver el siguiente problema:
1.2. Formulación del problema. ¿Qué importancia cobra la Ética del Psicólogo
Jurídico al momento de realizar los informes periciales psicológicos como criterio
para la Imputabilidad de Delitos, partiendo del análisis de los principales conceptos
relacionados con este proceso, tales como: ética, informe pericial e imputabilidad?
2. Objetivos
2.1. General. Establecer la importancia de la Ética del Psicólogo Jurídico en los
informes periciales psicológicos, como criterio para la Imputabilidad de Delitos.
2.2. Específicos.
Contextualizar la importancia que tiene el informe pericial psicológico como
elemento material probatorio en un proceso de imputabilidad del delito.
Determinar la importancia e implicación que tiene la ética del psicólogo Jurídico
en los informes periciales psicológicos y los aspectos que en este intervienen
como criterio para la Imputabilidad de un delito.
3. Justificación
El ejercicio de todas las ocupaciones, demanda del profesional una serie de
habilidades integrales, conocidas en los diferentes sectores con distintos nombres,
pero que en últimas significan lo mismo: competencias; las competencias en el
ámbito laboral se han entendido como la capacidad para desarrollar con éxito un
trabajo específico; y esta capacidad exige unos conocimientos, entender lo que se
está haciendo; unas prácticas, que es la puesta en escena, el aplicar los
conocimientos adquiridos en un problema específico; y unas actitudes,
relacionadas con el comportamiento del profesional, con la manera de ejercer su
profesión de forma correcta de acuerdo a la consciencia y a la ley. (Levy-Leboyer,
1997).
Es a este tercer grupo de habilidades a las cuales se refiere la ética, entendida
no como algo independiente, sino como un conjunto de valores y normas que
transversan la vida y el ejercicio del profesional; capacidades que en ocasiones
por intereses particulares quedan supeditadas y relativizadas. Es este el tema que
se pretende abordar en este artículo, en el proceder de una profesión concreta
como lo es la del psicólogo Jurídico, en quien recae una gran responsabilidad
como lo es el peritaje psíquico y mental de las personas que han tenido
participación en un hecho o delito. Para seguir encontrando las razones que
argumentan la realización de este escrito es necesario entender a qué se refiere y
de que se encarga la Psicología jurídica y para ello resulta importante el concepto
de Morales & García (2010) quienes consideran que:
Es un área encargada de describir, explicar, predecir e intervenir sobre el
comportamiento humano que tiene lugar en el contexto jurídico, con la finalidad
de contribuir a la construcción y práctica de sistemas jurídicos objetivos y justos.
Su interés es el comportamiento de diversos actores como los delincuentes, las
víctimas, los administradores de justicia, y sociedad en general en el marco de
la ley y de los sistemas de justicia. (p. 239)
Es de recordar la importancia de la ética en la puesta en práctica de los
conocimientos, actitudes y aptitudes del psicólogo jurídico, en cuanto que sus
conceptos redundan en la protección y el cuidado de la comunidad y las mismas
víctimas. El proceso de inspección que realiza el profesional, es el medio por el
cual el psicólogo da su concepto, no personal, sino profesional, sobre el estado y
grado de capacidad mental y conductual de sujetos comprometidos en asuntos de
la administración de justicia, para que mediante los criterios psicológicos
considerados en los códigos (penal, civil o laboral) se contemple el grado de
responsabilidad de las partes en el delito.
La importancia de este artículo radica también en que el informe pericial del
psicólogo jurídico, fruto de sus conocimientos, de sus procedimiento y/o prácticas
y de sus actitudes influye de manera individual y social en las personas y sus
respectivos contextos, ya que muchas veces participa en la decisión de otorgar o
no una sentencia o la libertad, labor que no se limita a la emisión de un informe,
sino también a la responsabilidad dentro de su lugar de trabajo como supervisor
debiendo inspeccionar y controlar a otros profesionales que pueden llegar a estar
a su cargo, adicional a ello el saber asesorar a jueces y abogados cuando le sea
solicitado, dadas la gran responsabilidad que sobre el recae, todas las partes de
un proceso necesitan y es de obligatorio cumplimiento que puedan gozar con
todas las garantías de credibilidad frente a cualquier tipo de concepto o asesoría
que brinde para destrabar o entender el actuar de las personas implicadas. La
ética no es un apéndice al ejercicio de la profesión, hace parte esencial de su ser
profesional.
La Ética es un factor determinante en los campos de acción del psicólogo
Jurídico, motivo por el cual debe transversalizar cada uno de los campos en los
cuales toma parte activa el profesional y no se puede rezagar supeditándola a otro
tipo de intereses; el actuar ético del profesional debe ser visible en lo penal: en
cuanto que existen importantes fundamentos psicológicos que se consideran
como eximentes, atenuantes o agravantes de sentencia; en lo civil: por lo
correspondiente a la responsabilidad por incapacidad mental, adopción de
menores, litigios por divorcio y otros en los que se requieren exámenes
conductuales y de facultades mentales; en lo laboral: porque se requiere el
pronunciamiento de peritos psicólogos sobre la salud psíquica de los
comprometidos en litigios laborales; y en lo penitenciario: cuando se requiere
evaluación psicológica de algún sentenciado para hacerse merecedor de
beneficios acordes a ley o conmutación de la pena, de ahí la gran de la relación
entre la ética y la psicología jurídica.
4. Marco Teórico
Para dar respuesta al objetivo general propuesto en el presente artículo resulta
necesario determinar el significado de algunos conceptos claves y teorías
pertinentes y relacionadas con el tema en cuestión, abordadas desde la óptica de
algunos autores.
Psicología Jurídica. Antes de hablar de psicología jurídica es necesario
exponer la relación existente entre la misma psicología como rama del saber y el
derecho, hay que partir diciendo que las dos ciencias estudian la conducta
humana, se puede observar a continuación las diferentes relaciones que
establecen algunos autores entre estas dos disciplinas: la psicología pretende dar
cuenta del comportamiento humano, el derecho se ve en la obligación de
controlarlo. (Sobral , Arce, & Prieto, 1998); tanto a la psicología como al derecho
les preocupa la comprensión y la regulación de la conducta de las personas, las
dos ramas del saber parten, para el análisis de la responsabilidad, del sujeto tanto
de sus acciones como de su conducta, de su libertad, voluntad y capacidad para
modificar sus actos (Ellison & Buckhout, 1991); para aclarar más esta relación
existente es necesario definir psicología y ésta es entendida según (Urra J. , 2010)
como “la ciencia que estudia el comportamiento humano en el más basto sentido,
abarca todas las actividades, sentimientos y razones de las personas” ( p. 48),
Se puede establecer que la psicología se encarga de estudiar las
características que integran la conducta humana, mientras que el derecho, por
medio de la ley y su normatividad, regula esta conducta.
Un grupo de docentes de posgrado en Psicología Jurídica de la Universidad
Santo Tomás, con respecto a esta rama del saber da la siguiente definición:
La Psicología Jurídica es un área especializada, básica y aplicada de la
Psicología Científica, que investiga e interviene sobre el comportamiento
humano que alcanza implicaciones Jurídicas. Esta área propende por la
defensa de los Derechos Humanos, la salud mental y el impacto de éstas en la
sociedad, con el fin de alcanzar y humanizar la justicia. (Gutiérrez, 2010, p. 233)
De la anterior idea se establece que el papel del psicólogo jurídico conlleva
cierto grado de responsabilidad y compromiso, en cuanto que en su obrar puede
incidir en faltas que afecten al colectivo social.Morales & García (2010)
manifiestan que la Psicología Jurídica
Es la encargada de describir, explicar, predecir e intervenir sobre el
comportamiento humano que tiene lugar en el contexto jurídico, con la finalidad
de contribuir a la construcción y práctica de sistemas jurídicos; el
comportamiento humano se concibe como un conjunto que incluye no sólo la
conducta observable, sino también los procesos cognoscitivos y emocionales,
las creencias y actitudes de las personas. En ella importa el comportamiento de
diversos actores como los delincuentes, las víctimas, los administradores de
justicia, demandantes, demandados, testigos, guardias, policías y sociedad en
general en el marco de la ley y de los sistemas de justicia. (p. 239).
Rol del psicólogo jurídico como perito en el ámbito judicial. Siguiendo con
la intencionalidad del artículo, “Los peritos son testigos especiales, su testimonio
pericial tiene como objeto cosas que para ser percibidas requieren una especial
capacidad (…) es un testimonio acerca de hechos científicos y técnicos, de sus
relaciones y consecuencias” (Rodriguez Cely, 2008).
Teniendo como base la importancia de la profesión del psicólogo en el ámbito
jurídico y la responsabilidad que su ejercicio conlleva, es importante ahora definir
el papel que el psicólogo desempeña; Según lo indica (Carpintero, 1995) a través
del informe pericial, el psicólogo se expresa sobre el estado de capacidad mental y
conductual de las personas implicados en cuestiones de la administración de
justicia para que a través de los discernimientos psicológicos referenciados en los
códigos (penal, civil o laboral) se establezca el nivel de responsabilidad.
Antes de examinar los diferentes roles que tiene el psicólogo jurídico resulta
pertinente aclarar el significado de perito; esta práctica es determinada como el
experto que opera a modo de ayudante de los procesos judiciales, y que colabora
con el esclarecimiento de situaciones específicas que demandan conocimientos
especializados sobre el tema en cuestión. El perito, se establece en: la actividad
de personas que de manera especial son valoradas y calificadas y tenidas en
cuenta de acuerdo a su bagaje o experiencia o por sus conocimientos
técnicos,(…) en relación a hechos que demandan un trato especial y una mirada
especializada, que exigen del experto una capacidad específica para su apropiada
percepción y para una correcta verificación de sus relaciones con otros hechos
(…), o simplemente, para su valoración o interpretación” (De Santo, 1997, p. 36).
En el contexto de la piscología jurídica, el significado de perito se refiere a “la
exploración, evaluación y diagnóstico de las relaciones y pautas de interacción,
aspectos de la personalidad, inteligencia, aptitudes y actitudes y otros de las
personas implicadas en los procesos judiciales de quien se solicite el
correspondiente informe psicológico”. (Esbec, 2000, p. 34). El informe pericial
dado por un psicólogo jurídico busca hacer un diagnóstico y una evaluación de la
personalidad y el comportamiento de los sujetos que intervienen en los procesos
jurídicos a solicitud de la autoridad competente.
Son diferentes los campos de acción en los que puede laborar el Psicólogo
jurídico en su rol como perito, dentro de estos de acuerdo a lo que establecen
Prybysz & Barrenechea (2012), se pueden resaltar de manera especial cuatro: 1.
Perito oficial: entendido como el profesional que labora en concordancia y
subordinación con la justicia, como asesor pericial o consultor de un juzgado. 2.
Perito de oficio: su trabajo es estar a disposición de un juez para que de acuerdo a
sus especialidades actúe y emita su concepto sobre determinado juicio, delito o
hecho específico. 3. Perito de parte: es escogido por el juez por solicitud de una
de las partes, mantiene su rol pericial con sus respectivas obligaciones. 4.
Consultor técnico: es facultado por el juez a solicitud de una de las partes, se
busca que actúe como veedor de la pericia, no está obligado a aceptar la
responsabilidad ni a presentar informe.
El papel del psicólogo jurídico es concluir sobre la imputabilidad como
capacidad que tiene el “inculpado” de comprender y de querer, de actuar con
inteligencia, libre y voluntariamente, para que el juez pueda imputar, marcando la
responsabilidad del sujeto que se le atribuye el delito. Así mismo, establecer si
existe en el sujeto inimputabilidad plena o parcial por transformaciones sufridas en
el momento que se cometió el hecho; buscando con ello que el “inculpado” goce
del concepto jurídico, bien sea de irresponsabilidad o de responsabilidad mitigada.
(Carpintero, 1995)
El rol del Psicólogo Jurídico no se limita al momento de dictaminar sentencia o
imputar un delito, va más allá, después de su apoyo al juez pasa a un segundo
contexto que es el entorno carcelario y penitenciario, con tres funciones: realizar
un diagnóstico del estado emocional, psicológico y social del interno al momento
de ingresar al centro penitenciario; responsabilizarse de hacer seguimiento al
progreso que lleva a cabo el recluso para definir su libertad condicional, y demás
concesiones; e implementar intervenciones de acuerdo al estado en el cual
ingreso el interno, que pueden ser de forma individual o grupal (De la Peña, 2000).
A manera de conclusión de este apartado que hace mención al rol que
desempeña el Psicólogo jurídico en el contexto judicial es de resaltar la posición
de Bull, et al (2006), quienes sugieren cuatro roles que éste desempeña al estar
sumergido en procesos legales, el primero es el Clínico, en donde el psicólogo
participa en la evaluación de los sujetos con miras a un juicio de tipo clínico, en
donde emplea instrumentos evaluativos o pruebas psicométricas, respondiendo a
los requerimientos de los tribunales, con respecto al funcionamiento psicológico
del sujeto. El segundo es el experimental, en este rol el psicólogo ejecuta pruebas
que buscan elementos que sirvan de información a los tribunales, con el objetivo
de determinar la relación existente entre objetos afines con el delito y los sujetos
relacionados. El tercero es el Actuarial, en el que el psicólogo a través de
procesos estadísticos busca presentar la probabilidad de que un caso
desencadene en determinado comportamiento ante los respectivos estamentos
judiciales. Y por último, el asesoramiento, en este papel el psicólogo gracias a su
experiencia como asesor de las instancias judiciales o policiales establecer
estrategias de cómo se debería proceder en determinada investigación como
proceder con una investigación, de manera especial sobre la manera como se
deberían llevar a cabo los contrainterrogatorios de un testigo o de un testigo.
Ética del Psicólogo Jurídico. Todo profesional en el ejercicio de sus
actividades debe conocer y aplicar los principios éticos generales y los propios de
sus funciones, sin embargo a pesar de que se considera obvio que se conozcan y
se apliquen, resulta válido entender la conceptualización sobre ética planteada por
Connock & Johns (1995) quien establece que hablar de ética es hablar de justicia,
es decir, entre lo que está bien y lo que está mal, es definir cómo aplicar reglas
que fomenten un comportamiento responsable tanto individual como en grupo; es
la esencia de cada persona y se encuentra en la práctica de los valores los cuales
afectan sus decisiones. De esta definición se resalta la ética como función de
estabilidad social, como reguladora de lo correcto, lo incorrecto y de la justicia y su
destino de obedecer reglas y leyes para evitar castigos o infracciones.
El Psicólogo dentro del campo jurídico es instituido a partir de la Ley y lo social,
para ser auxiliar de la justicia en cuanto que su labor se ajusta a los
requerimientos específicos de ésta, realizando lo que le es propio de su profesión,
sin olvidar el compromiso ético que debe conservar con la persona intervenida.
Por esta razón el psicólogo jurídico continuamente está subordinado a juicio, como
diría (Braunstein, citado por Salomone, 2008, p. 1), por medio “de una instancia
crítica que lo sostiene dentro de la ley y de una instancia social y represiva que lo
castiga cuando se sale de ella”.
La Ética Profesional tiene en cuenta dos dimensiones: el campo normativo que
respalda los requerimientos legales, sociales, y deontológicos de la profesión
como tal (códigos de ética, deberes profesionales), y las exigencias que la
dimensión clínica trae consigo; El primero se determina por centralizar su práctica
en la persona como sujeto de derechos, mientras que la segunda, es decir, la
dimensión clínica, reflexiona en torno al sufrimiento psíquico de éste. Un
profesional que actúe éticamente debe basar su práctica en la toma de decisiones
que tengan en cuenta las dos dimensiones (Salomone, 2006, p. 6).
Teniendo en cuenta la idea anterior el Psicólogo Jurídico se ve enfrentado a
tres problemas éticos, que según (Flores, 2017) son: 1- La imparcialidad en la
elección de los medios que se utilizaran para recoger la información que será
presentada como soporte en el informe. 2- La honestidad como criterio general
con el que se elabora el informe, teniendo en cuenta su ética, la ley, los
conocimientos específicos de su profesión y el receptor del informe. 3- La
confidencialidad, que se ha convertido en el criterio general de acción del
psicólogo frente a cualquier caso, ésta está condicionada por el motivo por el cual
se acude a él como experto.
Principios éticos del psicólogo Jurídico. Antes de entrar de manera concreta
a los principios éticos que regulan la práctica del psicólogo que labora en el
contexto jurídico, vale la pena revisar algunos de los elementos que constituyen
las buenas prácticas que deben regir su conducta: Respeto a la persona: guiar su
práctica teniendo en cuenta la protección de los derechos humanos, buscando
garantizar la honra de la persona y una práctica responsable, honesta y sincera
atendiendo a los principios éticos universales y sin trasgredir la dignidad humana.
(American Psychological Association, 2013) Responsabilidad: cumplir con los
requisitos de integridad, objetividad, imparcialidad y rechazo de los conflictos de
intereses en que pudieran incurrir, debería evadir realizar servicios que pudieran
ser mal utilizados. Competencia: deberá estar capacitado para la ejecución de las
tareas que vaya a desempeñar, actualizar su formación teórica y práctica, tanto de
la Psicología como de las disciplinas afines a su contexto laboral. (Bermejo, 2004).
Junto a los anteriores principios aparecen otros que enfatizan en su ética, tales
como Relaciones previas: buscando evadir circunstancias ambiguas en la que su
rol pueda dar lugar a equivocación, es necesario evitar intervenciones con
personas con las que se haya tenido algún tipo de relación personal o profesional.
Por otro lado aparece lo relacionado con Métodos y procedimientos: garantizar la
rigurosidad tanto en el diseño de los instrumentos con los cuales se obtendrá la
información, como su aplicación, así como de los procedimientos de intervención
profesional (American Psychological Association, 2013) Confidencialidad, secreto
profesional y consentimiento informado: informar continuamente a las partes del
procedimiento y el objetivo a seguir en la intervención, el problema abordar, los
objetivos y métodos utilizados. En el ámbito jurídico es necesario informar de la
exención del secreto profesional de cualquier cuestión vinculada al proceso objeto
de pericia. (Velasco, 2014).
Para complementar los apartes anteriores se presentan algunos principios que
tiene en cuenta la Asociación Americana de Psicología, en donde establece unas
bases para el actuar profesional del psicólogo que ellos mismos denominan la
mala praxis, estos aportes son presentados por, (EFPA, 2001): Principio de
beneficencia y no-maleficencia: hace referencia a dos criterios básicos: que el
psicólogo jurídico busque causar los más grandes beneficios e impida o busque
reducir los daños fruto por conductas de comisión u omisión en el ejercicio
profesional; y que cuando existan conflictos entre sus obligaciones o
compromisos, busque resolverlos impidiendo o reduciendo el daño.
Principio de fidelidad y responsabilidad: hace mención a la creación de
relaciones de lealtad y confianza con las personas con las que se labora, el tener
en cuenta sus responsabilidades profesionales con respecto a quienes lo
contrataron, y a la sociedad en general. Principio de integridad: se busca que los
psicologos actúen con precisión, honestidad y veracidad, no teniendo relación
alguna con fraudes, falsedades o evasivas de forma deliberada.
Principio de justicia e igualdad: plantea que a todas las personas, independiente
de sus condiciones sociales deben ser atendidas con la misma calidad, prontitud y
demás valores de parte de la psicología; deben tomar todas las precauciones para
que no actúen con sesgo, ni prejuicios que los lleve a condicionar sus prácticas.
Principio de respeto de los derechos y dignidad de las personas: se pretende el
respeto de los derechos de las personas, tales como: la privacidad, la
confidencialidad, la autodeterminación y la autonomía que vayan en concordancia
con el resto de deberes profesionales de los psicólogos y con la ley.
5. Marco Normativo
Frente al tema de la ética y la práctica del psicólogo Jurídico como perito
existen varias leyes y normas que regulan el ejercicio profesional, inicialmente
aparece la Ley 600/2000, el peritaje esta acogido como un medio de prueba en el
artículo 233, menciona que “cuando se requiera la práctica de pruebas técnico-
científicas, el Funcionario Judicial decretará la prueba pericial y designará peritos
oficiales quienes no necesitaran nuevo juramento ni posesión”. La Ley 1090/2006
reglamenta el ejercicio de la profesión de psicología, específicamente con los
artículos 14, 23, 24, 25 estipulados en el capítulo I del título VII del código
deontológico y bioético para el ejercicio de la profesión de Psicología, y el artículo
45 contenido en el capítulo VI del mismo título y Código de Conducta de la
American Pshycological Association.
Por otra parte el código de ética del Psicólogo en Colombia en varios de sus
capítulos reglamenta las prácticas del psicólogo relacionadas con su ejercicio que
en sentido amplio pueden ser tomadas en la psicología Jurídica, sobre todo en lo
que tienen que ver con el secreto profesional, delegación y supervisión,
Evaluación y diagnóstico, y el régimen disciplinario contemplado en el capítulo XX.
6. Metodología y Técnicas de Recolección de la Información
Metodología. El presente artículo de revisión bibliográfica se elaboró bajo la
metodología de tipo narrativo, en cuanto esta forma permite como lo establece
(Sampieri, 2018) abrigar una extensa variedad de enfoques con diferentes rangos
de exhaustividad sobre el tema, su principal característica es que se examina la
literatura publicada, y ello involucra que los textos referenciados tienen una alta
permanencia y actualidad, su objetivo radica en identificar, analizar, valorar e
interpretar el cumulo de investigaciones y textos sobre un tema específico.
Diseño. Se trabajó bajo el diseño metodológico de revisión documental;
permitiendo estructurar resultados en donde se describieron y analizaron los
diferentes enfoques existentes, de acuerdo a las teorías de algunos autores
representativos, de los códigos de ética y deontológicos y desde la misma
normatividad existente para el ejercicio de la profesión. El itinerario metodológico
que se utilizó está estructurado en tres momentos específicos: la exploración del
sinnúmero de textos e investigaciones sobre el tema, la focalización de aquellos
textos que guardaban una gran pertinencia con el objetivo del presente artículo y
la profundización extrayendo de los textos elegidos aquel contenido que tenía
relación directa con las categorías conceptuales utilizadas. (Bobenrieth, 2002).
Estrategias de Búsqueda. En el artículo se contextualizan los resultados de la
revisión bibliográfica en dos momentos: en el primero se significan los conceptos y
teorías en torno a la psicología Jurídica, la ética del psicólogo jurídico y su rol
como perito en el ámbito judicial; en el segundo se presentan investigaciones
realizadas sobre el tema, identificando la literatura con base en artículos
publicados entre 2010 y 2019 en revistas indexadas, para el desarrollo de los dos
momentos se consultaron las bases de datos tales como: Scielo, E-libro, Ibecs,
Medline, y Library.
Extracción de datos. En la búsqueda que inicialmente se realizó se encontraron
alrededor de 180 publicaciones, y de estos se excluyeron alrededor de 130 que no
se consideraron relevantes por la fuente, porque no eran de revistas indexadas o
porque no tenían pertinencia con el objetivo del artículo. De las 50 publicaciones
que quedaron se seleccionaron 10 artículos cuyas publicaciones se dieron entre
los años 2010 y el 2020, y los demás textos como base teórica de los diferentes
ítems que soportaron el marco teórico.
Técnicas de recolección. Para la organización de los documentos se utilizó el
programa de Excel donde se organizó la información teniendo como base los
siguientes campos: título del artículo, autor, año, fuente bibliográfica, (revista,
Universidad, o Editorial) objetivo del articulo o investigación, principales
resultados. Una vez tabulada la información se agruparon los textos para el marco
teórico en torno a 3 núcleos temáticos: Psicología jurídica, Ética del psicólogo
jurídico, y rol del perito psicológico en el ámbito judicial.
Posterior a ello se extrajo la información pertinente con cada núcleo temático a
través de las citas textuales y contextuales que se referenciaron, dándoles un
orden de acuerdo a la importancia dentro del texto y la identificación del grado de
concordancia entre una cita y otra, gracias a un análisis global y detallado. De
acuerdo a la información presentada en los resultados, en el marco teórico y con
base en los objetivos propuestos tanto generales como específicos se procedió a
extraer las respectivas conclusiones fruto del proceso de revisión bibliográfica,
plasmándolas en el informe, es de tener en cuenta que toda la información
extraída se encuentra referenciada en la bibliografía.
7. Resultados
Inspeccionando las investigaciones publicadas se constató que es un tema
actual, crítico y polémico sobre todo, por la importancia del concepto que emite el
Perito que redundan en la protección y el cuidado de la comunidad y de las
víctimas, sobre el estado y grado de capacidad mental y conductual de los sujetos
comprometidos en asuntos de la administración de justicia.
Tabla 1. Resultados.
Nombre del documento
Autor y Fecha de
publicación
Tipo de documento
Objetivo General Metodología Propuesta
Principales Resultados
Criterios Éticos
para Psicólogos
Jurídicos
(Urra J. ,
2010)
Artículo de
Investigación
Científica
Describir el desempeño profesional
de los Psicólogos Jurídicos en su
práctica diaria, analizando los
temas o situaciones presentados
en el ejercicio de su profesión que
les generaron grandes dilemas y
las respuestas que ellos dieron a
éstos.
Cuantitativa
bajo el diseño
Cuasi-
experimental
Se determinó que la mayoría de los
psicólogos no se habían tenido que
enfrentar a situaciones complejas de
dilemas éticos que aparecían en el listado
aplicado en el cuestionario y que quienes
se habían encontrado con un dilema en el
ejercicio de su práctica terminaban siendo
más comprensivos con las dudas y
aceptación de las dificultades de quien se
ve implicado en esa situación.
Ética,
Deontología y
Psicología
Jurídica
(Rodriguez
Taboada,
2010)
Artículo de
Revisión
Bibliográfica
Presentar una revisión bibliográfica
y una reflexión sobre los
conceptos: Ética, Deontología,
informe pericial y Psicología
Jurídica que ayuden a resolver
dilemas éticos a los cuales
probablemente todo psicólogo
enfrenta diversos principios.
Revisión de la
Literatura
Análisis
Bibliográfico
Los psicólogos se encuentran ante dilemas
éticos, situaciones en las que la mejor
actuación profesional debe estar bien
clara. La ética ofrece consideraciones que
ayudan a determinar cómo actuar en estas
circunstancias. Por tanto, la psicología ha
adoptado principios éticos y ha establecido
códigos deontológicos, con finalidad de
ayudar a decidir y actuar de modo racional
acordes a mejores prácticas de la
profesión.
Abordaje Teórico
del Rol Pericial
(Prybysz &
Barrenechea,
2012)
Artículo de
Revisión
Bibliográfica
Realizar una distinción conceptual
que, como hilo conductor, está
presente en la labor profesional, se
trata de la diferencia entre el rol y la
función del psicólogo que en
diversas ocasiones no coinciden,
conduciendo a dilemas éticos.[
Revisión de la
Literatura
Análisis
Bibliográfico
Si bien el psicólogo debe cumplir con el rol
al que el juez lo convoca, ya sea como
perito, como mediador o en tareas de
asistencia, no debe alejarse de su función,
en cuanto quedaría rezagado de la labor
clínica, no solamente cumplir con lo que el
juez solicita sino también ejercer la función
como psicólogos y actuar desde el ámbito
clínico, teniendo en cuenta cada caso.
Aspectos éticos
en las
evaluaciones
forenses.
(Torres
Pérez, 2012)
Artículo de
Revisión
Bibliográfica
Exponer los aspectos relativos a la
legislación actual española en
referencia a la actuación del
psicólogo como perito, sobre su
proceder, desde la designación, las
evaluaciones psicológicas forenses
y la exposición del dictamen
pericial y sus principales funciones
dentro de un marco ético.
Revisión de la
Literatura
Análisis
Bibliográfico
Se analizaron las normas deontológicas
aplicables en este contexto y los Principios
Éticos generales teniendo en cuenta las
principales directrices nacionales e
internacionales y las posibles
consecuencias desde el punto de vista
profesional y/o legal de una actuación no
ética del psicólogo forense.
Peritajes
psicológicos
forenses en
decisiones
judiciales de
primera instancia
en delitos
sexuales
(Rudas,
Baena, &
Pérez, 2016)
Artículo de
Investigación
Determinar la importancia de los
informes psicológicos forenses en
la toma de decisiones judiciales de
primera instancia en delitos
sexuales en la ciudad de
Barranquilla (Colombia)
Enfoque
cuantitativo de
alcance
descriptivo
El 80 % de las sentencias hubo mención a
la pericial por el juez al fundamentar su
decisión; al igual de casos en el que el juez
tomó la decisión con base en los
resultados del informe psicológico.
Para la Administración de Justicia se
requiere personal auxiliar especializado y
que el psicólogo jurídico en función forense
funge como fuente directa de
conocimiento, y se constituye en un medio
de convicción apreciable.
El rol del
psicólogo en la
Psicología
Jurídica
(Flores,
2017) Monografía
Describir el contexto actual de la
Psicología Jurídica en los países
hispánicos por medio de una
aproximación a los principales
acontecimientos que contribuyeron
a las diferentes definiciones, al
desarrollo histórico, a los diversos
conflictos éticos que se
presentaron en la práctica.
Revisión
Histórica de la
Literatura
El campo de la Psicología jurídica y
forense es poco conocido en Uruguay ya
que por parte de los estrados judiciales ha
venido poco a poco tomando consciencia
sobre la importancia de analizar la
conducta y el estado mental de los
imputados, y es escasa la bibliografía que
se encuentra sobre el tema.
Manual del perfil
disciplinar del
psicólogo jurídico
en contextos
psicosociales y
servicios
psicológicos
universitarios
(Ome,
Sánchez, &
Flórez, 2017)
Tesis de
grado
Diseñar un manual que permita
establecer el perfil disciplinar del
psicólogo jurídico en contextos
psicosociales y servicios
psicológicos universitarios por
subcampo de aplicación.
Cuantitativa
bajo un diseño
descriptivo
Es necesario contar con un producto como
LEPSYCOUS, ya que este permite que el
psicólogo jurídico desarrolle unas
habilidades específicas a partir del
conocimiento en el área beneficiando con
esto a los usuarios que hacen parte de los
contextos psicosociales y de las unidades
de servicios psicológicos universitarios.
Rol del perito
psicólogo en el
ámbito judicial.
(Natenson,
2017)
Artículo de
Revisión
Bibliográfica
Describir el actual panorama del
desempeño profesional de los
peritos psicólogos y proponer ejes
de investigación para que su
práctica sea consecuente a una
metodología científica.
Revisión de la
Literatura
Análisis
Bibliográfico
Existen diferentes aspectos psicológicos
que se diagnostican en las pericias, que
son necesarios tener en cuenta para
delimitar, sistematizar y redefinir el
concepto de Daño Psíquico causado en la
victima o el victimario; para estimar los
indicadores del mismo y construir con la
metodología adecuada, nuevos baremos
que posibiliten establecer el porcentaje del
daño.
Guía ética y de
buenas prácticas
en psicología
forense y jurídica
aplicada al
ámbito penal
(Garrido,
Lovelle, &
Otros, 2019)
Documento
oficial sobre
la práctica de
la psicología
forense y
jurídica
Facilitar el desarrollo metódico de
la Psicología Forense Aplicada al
Ámbito Penal, a través de la
homogenización de los parámetros
éticos y buenas prácticas de acción
forense y judicial en el ámbito
penal.
Investigación
Mixta
Revisión
Bibliográfica
El informe psicológico jurídico o pericial se
establece como medio de prueba en
cuanto que en la realización de éste se
tienen en cuenta un cumulo de
conocimientos técnicos y científicos para
dar respuesta a interrogantes que busquen
dar respuesta para servir como soporte y
fundamento a la instancia que haya
demandado sus servicios profesionales.
Buenas prácticas,
tensiones y
desafíos ético-
deontológicos en
la evaluación
psicológica
forense del
maltrato y abuso
sexual infantil
(Juárez &
Lira, 2020)
Artículo de
Revisión
Bibliográfica
Explorar las principales tensiones y
desafíos para los psicólogos que
realizan evaluaciones forenses
sobre el maltrato y el abuso sexual
infantil y cómo los principios
rectores de la bioética se adaptan a
la realidad de las evaluaciones
forenses que permiten orientar el
desarrollo de buenas prácticas en
el área.
Revisión de la
Literatura
Análisis
Bibliográfico
No es posible enfrentarse a la evaluación
psicológica de niños y adolescentes que
han sido objeto de abuso sexual o
maltrato, sin contemplar, conocer y trabajar
las diferentes tensiones y dilemas éticos
inherentes a esta práctica.
Los Niños y adolescentes sólo podrán
actuar con libertad en el proceso judicial,
cuando sea perfectamente advertido,
respetado y orientado sobre cualquier
duda, dificultad y/o incomprensión que le
pueda condicionar, sugerir o inducir.
Fuente: Elaboración Propia
8. Discusión
Teniendo en cuenta los dos objetivos específicos planteados alrededor de este
artículo de revisión bibliográfica y teniendo en cuenta las diversas investigaciones
que soportaron el marco teórico y los resultados, se puede establecer que el
Psicólogo jurídico en el ejercicio de su práctica debe tener en cuenta que su
orientación no solo debe darse por los contenidos de su disciplina, sino además
por los códigos de ética y las leyes que rigen su profesión específica, debe
reconocer que el vulnerar estos criterios de acción puede convertirse en un delito,
de ahí la importancia de llevar a la practica en el momento de emitir el informe
pericial los diferentes principios éticos, tales como: el respeto a la persona, la
responsabilidad que conlleva su rol, el tener los conocimientos, experiencia y la
idoneidad suficiente, utilizar los métodos y procedimientos que sean pertinentes y
relevantes para el caso, al igual que la confidencialidad, secreto profesional y
consentimiento informado de la información suministrada y de las personas que
intervienen en este proceso, buscando no generar daños colaterales y siendo
consciente que en cualquier momento su dictamen puede ser impugnado por
personas que se consideren afectadas por el dictamen, la intervención o el informe
pericial, de ahí la importancia de estar lo suficientemente argumentado con todo
tipo de evidencias.
Dentro de las implicaciones que se pueden desprender de la desvinculación de
la ética general y especifica del psicólogo con respecto a los informes periciales,
está el que las personas afectadas pueden reclamar o demandar la
responsabilidad de este, solicitando reparación por daños y perjuicios; al igual que
la psicología jurídica y su propia profesión, pierdan valor social y jurídico ante los
tribunales y la misma sociedad, y que decir de las consecuencias generadas por
un mal o distorsionado y poco fundamentado informe con la imputabilidad de un
inocente o la inimputabilidad de un culpable.
Es de recordar que el informe pericial adquiere una gran relevancia en un
proceso jurídico, en esta línea el Colegio Oficial de Psicología de Catalunya (2014)
expresa que un auténtico informe pericial sujeto a la ética se da cuando cumplen
básicamente dos condiciones elementales: por un lado se presenta una opinión
especializada ante un juez, con suficientes soportes científicos (instrumentos) y
contextualizada no solo por los hechos descritos, sino por los conceptos y teorías
científicas desde la psicología; y en segundo lugar la información recogida a través
de los diferentes instrumentos científicos y estandarizados los cuales sirven como
soportes para expresar la conclusión han sido aplicados y analizados de acuerdo
a los parámetros éticos y legales y bajo los respectivos controles aceptados por la
comunidad científica y legal.
Hay un elemento que hay que tener en cuenta en la relación del psicólogo jurídico
como perito y su relación con el derecho y más específicamente con el tema de la
imputabilidad y es que el concepto jurídico de trastorno mental se diferencia del
significado médico o psicológico, ya que en un informe pericial sobre si el acusado
es imputable o no, no se tienen en cuenta todos los aspectos o parámetros
clínicos, sino el hecho de identificar si el acusado padece algún tipo de trastorno o
afectación en el momento que cometido el ilícito (Gaviria, 2006). Situación que
solo se puede percibir real y eficientemente cuando el psicólogo como perito pone
en juego todos los principios éticos establecidos para su correcto actuar.
Adicional a lo mencionado, el informe pericial adquiere gran relevancia al
convertirse en material probatorio, material que puede sustentar la imputabilidad
del acusado con respecto a un delito cuando responde a interrogantes básicos
como : sobre si era consciente?, si hubo premeditación? si estaba coaccionado? si
estaba en uso total de sus facultades, entre otros; según lo indica (Carpintero,
1995) a través del informe pericial, el psicólogo se expresa sobre el estado de
capacidad mental y conductual de las personas implicados en cuestiones de la
administración de justicia para que a través de los discernimientos psicológicos
referenciados en los códigos (penal, civil o laboral) se establezca el nivel de
responsabilidad.
De este modo hay que tener en cuenta que “Los peritos son testigos especiales,
su testimonio pericial tiene como objeto cosas que para ser percibidas requieren
una especial capacidad (…) es un testimonio acerca de hechos científicos y
técnicos, de sus relaciones y consecuencias” (Rodriguez Cely, 2008).
Para que el informe pericial, fruto de un proceso de indagación y cotejamiento
de información se pueda utilizar o establecer como material probatorio debe
cumplir con una serie de condiciones, entre las que sobresalen las expuestas por
De la Peña (2000) quien expresa que para poder construir una apropiada pericia
psicológica hay que tener en cuenta tres etapas fundamentales: en primer lugar
hay que examinar el expediente con el objetivo de encontrar todos los detalles
posibles del delito y del contexto en el que este se desarrolló. Como segundo paso
hay que analizar y verificar todos los datos obtenidos a través de la realización de
entrevistas cuyo fin es valorar y corroborar por un lado si las dos fuentes de
información corresponden entre sí, o si hay que implementar alguna técnica
adicional, para verificar la información y adicionalmente establecer cuál sería el
instrumento más adecuado. Y como último paso está el elaborar el respectivo
informe, en el cual se presenta solo lo que se pudo comprobar, sin
interpretaciones subjetivas y con la única información que sea pertinente a la
situación o delito analizado.
El Colegio Oficial de Psicología de Catalunya (2014) expresa que se ha
cumplido con la elaboración de un informe pericial cuando se cumplen dos
condiciones elementales: por un lado se presenta una opinión especializada ante
un juez, con suficientes soportes científicos (instrumentos) y contextualizada no
solo por los hechos descritos, sino por los conceptos y teorías científicas desde la
psicología; y en segundo lugar la información recogida a raves de los diferentes
instrumentos científicos y estandarizados los cuales sirven como soportes para
expresar la conclusión han sido aplicados y analizados de acuerdo a los
parámetros éticos y legales y bajo los respectivos controles aceptados por la
comunidad científica y legal.
9. Conclusiones.
Los informes periciales son conceptos científicos presentados por especialistas
en el ejercicio de sus funciones, son recomendaciones dadas por solicitud del
juez, algún tribunal o alguna de las partes que integran el proceso; los contenidos
del informe no obligan al juez a dictaminar sentencia, pero si son base e insumo
importante para ésta; por tal motivo el profesional está comprometido en el elegir,
utilizar e interpretar los instrumentos científicos idóneos , buscando que el proceso
siempre este acompañado por criterios objetivos, privado de sesgos, ideologías u
opiniones.
El ejercicio no responsable por parte del psicólogo jurídico, puede incidir
conducir a dificultades disciplinarias así como en los ámbitos penal y civil
justamente porque el profesional trabaja con componentes que son muy
susceptibles, entre ellos la vida, la integridad y la libertad de las personas que
hacen parte de este procedimiento judicial.
El informe pericial hace referencia al conocimiento científico, o de experto, que
expresa un profesional conocedor del tema sobre los acontecimientos cuando es
requerido su concepto para aprobar o refutar una hipótesis. Hace parte de un
proceso judicial que demanda la intervención de sujetos calificados y valorados
por sus conocimientos y habilidades profesionales y específicas, con el objetivo de
proporcionar argumentos válidos al juez y por consiguiente al mismo proceso,
sobre los sujetos implicados, los acontecimientos buscando verificarlos y
estableciendo sus causas, efectos y características.
Todo profesional debe tener especial cuidado en el desarrollo de los informes
periciales dado que se podrían generarse algunos conflictos de tipo ético: que el
perito esté influenciado por interese particulares o de la instancia que demanda
sus servicios, que al informe no se le da el suficiente soporte científico o su
explicación sea muy superficial, quebrantar los principios de confidencialidad,
beneficencia, respecto a la dignidad con los que se opera la información
recolectada y los instrumentos utilizados.
Referencias
American Psychological Association. (2013). Guías de Especialidad para Psicología
Forense. American Psychological Association Vol. 68, No. 1. DOI:
10.1037/a0029889, 7-19. Obtenido de
www.apa.org/pubs/journals/features/forensic-psychology.pdf
Bermejo, V. (2004). Vulneración y no vulneración en informes psicológicos sobre abusos
sexuales. . Madrid, España: Colegio Oficial de Psicólogos. Secretaría Estatal. Ética
y Deontología para Psicólogos.
Bobenrieth, M. (2002). Normas para revisión de artículos originales en Ciencias de la
Salud. Revista Internacional de Psicología Clínica y de la Salud/International
Journal of Clinical and Health Psychology, 2, 509-523.
Bull, R., Cooke, C., Woodhams, J., & Bilby, C. (2006). Psicología criminal: una guía para
principiantes. Oxford: Oneworld.
Carpintero, H. (1995). La Psicología Jurídica en España. Su evolución. Madrid: España:
Pirámide.
Collegi Oficial de Psicología de Catalunya. (2014). Guía de buenas Practicas para la
evaluación Psicologica Forense y la Practica pericial. Cataluña: España: Colegio
Oficial de Psicologia de Catalunya.
Connock, S., & Johns, T. (1995). Liderazgo Ético. Londres: Institut de Desarrollo Personal.
De la Peña, e. a. (2000). El psicólogo en la justicia Uruguaya. En Torraca, L. (Ed). Temas
de Psicología Jurídica. Rio de Janeiro: Relume Dumará.
De Santo, V. (1997). La prueba pericial. Buenos Aires: Argentina: Ed. Universal.
EFPA. (2001). El psicólogo europeo en el trabajo forense y como testigo experto.
Recomendaciones para una práctica ética. Obtenido de Fundación europea de
psicólogos y analistas: http://www.efpa.be/ethics.htm
Ellison, K., & Buckhout, R. (1991). Psicología y Justicia Criminal. Nueva York: Harper
&Row.
Esbec, E. (2000). El psicólogo forense y la prueba pericial psicológica. En E. Esbec, & G.
Gomez-Jarabo, Psicología forense y tratamiento jurídico – legal de la discapacidad
(págs. 23-67). Madrid: España: Edisofer.
Escobar, & Granada. (2017). La incidencia del peritaje psicológico en la decisión judicial .
JSR Funlam J. Students’Res, (2), 137-145.
Flores, O. (2017). El rol del psicólogo en la Psicología Jurídica. Montevideo, Uruguay:
Universidad de la República.
França, T. (2003). Responsabilidad ética ante la ley. Obtenido de Etica para Psicólogos:
https://bit.ly/2QQf5oS
Garrido, E., Lovelle, M., & Otros. (2019). Guía ética y de buenas prácticas en psicología
forense y jurídica aplicada al ámbito penal. Barcelona: España: Grup de Treball en
Psicologia Jurídica Aplicada a l’Àmbit Penal. Colegio Oficial de Psicología de
Cataluña.
Juárez, J., & Lira, G. (2020). Buenas prácticas, tensiones y desafíos ético-deontológicos en
la evaluación psicológica forense del maltrato y abuso sexual infantil. Rev. Bioética
y Derecho no.49 Barcelona 2020 Epub 19-Oct-2020, 42-58.
Levy-Leboyer, C. (1997). Gestión de las competencias [Management of competences].
Barcelona: Ediciones Gestión 2000.
Morales, L., & García, E. (2010). Psicología Jurídica: quehacer y desarrollo. Revista
Diversitas –Perspectivas en Psicología, 6 (2)., 237-256.
Morales, L., & García, E. (2010). Psicología Jurídica: quehacer y desarrollo. Revista
Diversitas – Perspectivas en Psicología, 6 (2), México, 237-256.
Natenson, S. (2017). Rol del perito psicólogo en el ámbito judicial. Psicología, Cultura y
Sociedad, 79-86.
Ome, Sánchez, & Flórez. (2017). Manual del perfil disciplinar del psicólogo jurídico en
contextos psicosociales y servicios psicológicos universitarios. Bogotá: Universidad
Católica de Colombia.
Prybysz, L., & Barrenechea, R. (2012). Abordaje Teórico del Rol Pericial. Buenos Aires:
Argentina: UBACyT, Secretaria de Ciencia y Técnica Universidad de Buenos Aires.
Rodriguez Cely, L. (2008). Incidencia de los informes psicológicos forenses en el nuevo
sistema penal acusatorio Colombiano. aipjpsicologiajuridica.org, 31-43.
Rodriguez Taboada, A. (2010). Ética, Deontología y Psicología Jurídica. Revista de
Psicología: ISSN: 1817-0288, 45-69.
Rudas, M., Baena, S., & Pérez, I. (2016). Peritajes psicológicos forenses en decisiones
judiciales de primera instancia en delitos sexuales. Revista de Derecho. Universidad
del Norte. N.º 46, Barranquilla, ISSN: 0121-8697 (impreso), 200-224.
Salomone, G. (2006). Responsabilidad profesional: las perspectivas deontológicas,
jurídicas y clínicas. Práctica de Investigación: La Psicología en el ámbito jurídico.
Reflexiones ético-clínicas a través de un estudio cualitativo de casos. Buenos
Arires: Argentina: Facultad de Psicología, Universidad de Buenos Aires.
Salomone, G. (2008). El sujeto y la ley. Algunos comentarios sobre la función psi. Práctica
de Investigación: La Psicología en el ámbito jurídico. Reflexiones ético-clínicas a
través de un estudio cualitativo de casos. Facultad de Psicología . Buenos Aires
Argentina.: Universidad de Buenos Aires.
Sampieri, H. (2018). Metodología de la Investigación: Las rutas Cuantitativa Cualitativa y
Mixta. México: MAC Graw Hill.
Sierra, J. (2006). Psicología forense: Manual de técnicas y aplicaciones. Madrid: Rogar,
S.A.
Sobral , J., Arce, R., & Prieto, A. (1998). Manual de Psicología Juridica. Buenos : Paidos.
Torres Pérez, I. (2012). Aspectos éticos en las evaluaciones forenses. Revista de
Psicología: Universitas Tarraconensis: Vol. XXIV, 58-93.
Urra, J. (2002). La ética en los distintos momentos del procedimiento judicial, incluida la
“ziskinizacion”. En J. Urra, & B. Vazquez, Tratado de Psicología forense (págs. pp.
611-620). Madrid: Siglo Veintiuno.
Urra, J. (2010). Criterios Éticos para Psicólogos Jurídicos. Anuario de Psicología Jurídica,
vol. 20. Madrid: España, 93-104.
Velasco, C. (2014). La psicología aplicada a la investigación criminal. Revista Electrónica
de Ciencia Penal y Criminología, 16(2), 1-41.
Top Related