Los procesos vinculados al Los procesos vinculados al régimen paterno filialrégimen paterno filial
PATRICIA J. BELTRAN PACHECOPATRICIA J. BELTRAN PACHECO
PROCESOS RESPECTO A LA
PATRIA POTESTAD.
DEFINICIONDEFINICION
ES EL DERECHO Y EL DEBER QUE ES EL DERECHO Y EL DEBER QUE TIENEN LOS PADRES DE VELAR POR TIENEN LOS PADRES DE VELAR POR
EL DESARROLLO INTEGRAL EL DESARROLLO INTEGRAL
-PERSONAL Y PATRIMONIAL--PERSONAL Y PATRIMONIAL-
DE SUS HIJOS MENORES DE EDAD.DE SUS HIJOS MENORES DE EDAD.
ART.74 CNAART.74 CNADEBERES Y DERECHOSDEBERES Y DERECHOS
VELAR POR EL DESARROLLO INTEGRALVELAR POR EL DESARROLLO INTEGRAL PROVEER EL SOSTENIMIENTO Y EDUCACION.PROVEER EL SOSTENIMIENTO Y EDUCACION.
DIRIGIR SU PROCESO EDUCATIVO Y CAPACITACION DIRIGIR SU PROCESO EDUCATIVO Y CAPACITACION PARA EL TRABAJO CONFORME A SU VOCACION Y PARA EL TRABAJO CONFORME A SU VOCACION Y
APTITUDES.APTITUDES. DARLES BUENOS EJEMPLOS DE VIDA Y DARLES BUENOS EJEMPLOS DE VIDA Y
CORREGIRLOS MODERADAMENTE. CUANDO NO CORREGIRLOS MODERADAMENTE. CUANDO NO BASTARE SU PARTICIPACION PODRA RECURRIR A LA BASTARE SU PARTICIPACION PODRA RECURRIR A LA
AUTORIDAD COMPETENTE.AUTORIDAD COMPETENTE.
TENERLOS EN SU COMPAÑÍA Y RECURRIR A LA TENERLOS EN SU COMPAÑÍA Y RECURRIR A LA AUTORIDAD SI FUESE NECESARIO.AUTORIDAD SI FUESE NECESARIO.
REPRESENTARLOS EN LOS ACTOS DE LA VIDA CIVIL REPRESENTARLOS EN LOS ACTOS DE LA VIDA CIVIL MIENTRAS NO ADQUIERA LA CAPACIDAD DE MIENTRAS NO ADQUIERA LA CAPACIDAD DE
EJERCICIO Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL.EJERCICIO Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL. RECIBIR LA AYUDA DE ELLOS ATENDIENDO A SU RECIBIR LA AYUDA DE ELLOS ATENDIENDO A SU
EDAD Y CONDICION SIN PERJUDICARLOS.EDAD Y CONDICION SIN PERJUDICARLOS. ADMINISTRAR Y USUFRUCTUAR SUS BIENES ADMINISTRAR Y USUFRUCTUAR SUS BIENES
CUANDO LOS TUVIERA.CUANDO LOS TUVIERA.
SUSPENSION DE LA PATRIA SUSPENSION DE LA PATRIA POTESTADPOTESTAD
POR LA INTERDICCION DEL PADRE O LA MADRE POR LA INTERDICCION DEL PADRE O LA MADRE ORIGINADA POR CAUSAS DE NATURALEZA CIVIL.ORIGINADA POR CAUSAS DE NATURALEZA CIVIL.
POR AUSENCIA JUDICIALMENTE DECLARADA DEL POR AUSENCIA JUDICIALMENTE DECLARADA DEL PADRE O LA MADRE.PADRE O LA MADRE.
POR DARLES ORDENES, CONSEJOS O EJEMPLOS POR DARLES ORDENES, CONSEJOS O EJEMPLOS QUE LOS CORROMPAN.QUE LOS CORROMPAN.
POR PERMITIRLES LA VAGANCIA O DEDICARLOS A POR PERMITIRLES LA VAGANCIA O DEDICARLOS A LA MENDICIDADLA MENDICIDAD..
POR MALTRATARLOS FISICA O MENTALMENTE.POR MALTRATARLOS FISICA O MENTALMENTE. POR NEGARSE A PRESTARLES ALIMENTOS.POR NEGARSE A PRESTARLES ALIMENTOS.
POR SEPARACION O DIVORCIO POR CAUSAL DE POR SEPARACION O DIVORCIO POR CAUSAL DE LOS PROGENITORES.LOS PROGENITORES.
POR INVALIDEZ DE MATRIMONIO.POR INVALIDEZ DE MATRIMONIO.
EXTINCION O PERDIDA DE LA EXTINCION O PERDIDA DE LA PATRIA POTESTADPATRIA POTESTAD
POR MUERTE DE LOS PADRES O DEL HIJO.POR MUERTE DE LOS PADRES O DEL HIJO. PORQUE EL HIJO ADQUIERE LA MAYORIA DE EDAD.PORQUE EL HIJO ADQUIERE LA MAYORIA DE EDAD.
POR DECLARACION JUDICIAL DE ABANDONO.POR DECLARACION JUDICIAL DE ABANDONO. POR CONDENA POR DELITO DOLOSO EN AGRAVIO POR CONDENA POR DELITO DOLOSO EN AGRAVIO
DE LOS HIJOS.DE LOS HIJOS. POR REINCIDIR EN LAS CAUSAS DE SUSPENSION DE POR REINCIDIR EN LAS CAUSAS DE SUSPENSION DE
LA P. P. 3, 4 Y 5 (ART.74 CNA)LA P. P. 3, 4 Y 5 (ART.74 CNA) POR CESAR LA INCAPACIDAD DEL HIJO POR CESAR LA INCAPACIDAD DEL HIJO
(ART.46 CC.) (ART.46 CC.)
RESTITUCION DE LA PATRIA RESTITUCION DE LA PATRIA POTESTADPOTESTAD
LOS PROGENITORES SUSPENDIDOS DE LA PATRIA LOS PROGENITORES SUSPENDIDOS DE LA PATRIA POTESTAD PUEDEN SOLICITAR LA RESTITUCION POTESTAD PUEDEN SOLICITAR LA RESTITUCION
CUANDO LA CAUSA QUE LA MOTIVO HAYA CESADO.CUANDO LA CAUSA QUE LA MOTIVO HAYA CESADO.
EL JUEZ EVALUA LA CONVENIENCIA DE DICHO EL JUEZ EVALUA LA CONVENIENCIA DE DICHO MANDATO ATENDIENDO AL INTERES SUPERIOR DEL MANDATO ATENDIENDO AL INTERES SUPERIOR DEL
NIÑO Y/O ADOLESCENTENIÑO Y/O ADOLESCENTE..
LEGITIMO INTERESLEGITIMO INTERES
PUEDEN PEDIR LA SUSPENSION O EXTINCION:PUEDEN PEDIR LA SUSPENSION O EXTINCION:
LOS PADRESLOS PADRES ASCENDIENTESASCENDIENTES
HERMANOSHERMANOS RESPONSABLES O TUTORES.RESPONSABLES O TUTORES.
CUALQUIER PERSONA CON LEGITIMO CUALQUIER PERSONA CON LEGITIMO INTERES.INTERES.
FACULTADES JURISDICCIONALESFACULTADES JURISDICCIONALES
DURANTE EL PROCESO: CON CONOCIMIENTO DURANTE EL PROCESO: CON CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO PUBLICO PODRA:DEL MINISTERIO PUBLICO PODRA:
COLOCAR AL MENOR EN PODER DE UN COLOCAR AL MENOR EN PODER DE UN MIEMBRO DE LA FAMILIA O TERCERA MIEMBRO DE LA FAMILIA O TERCERA
PERSONA IDONEA.PERSONA IDONEA.
RESOLUCION JURISDICCIONALRESOLUCION JURISDICCIONAL
EN LA SENTENCIA JUDICIAL PROCEDERA SE EN LA SENTENCIA JUDICIAL PROCEDERA SE FIJEN ALIMENTOS SIEMPRE QUE NO EXISTA FIJEN ALIMENTOS SIEMPRE QUE NO EXISTA UN PROCESO EN TRAMITE AL RESPECTO.UN PROCESO EN TRAMITE AL RESPECTO.
SI EL MENOR TIENE BIENES PROPIOS EL SI EL MENOR TIENE BIENES PROPIOS EL JUEZ PROCEDERA A NOMBRARLE UN JUEZ PROCEDERA A NOMBRARLE UN
CURADOR DE BIENES.CURADOR DE BIENES.
EL PROCESO DE TENENCIA
LA TENENCIALA TENENCIA
Es una institución familiar, que permite a los Es una institución familiar, que permite a los padres vivir conjuntamente con sus hijos padres vivir conjuntamente con sus hijos
menores de edad, por lo que de acuerdo a menores de edad, por lo que de acuerdo a las circunstancias puede ser definida como:las circunstancias puede ser definida como:
a.- Un atributo de la patria potestada.- Un atributo de la patria potestad
b.- Como institución propiamente dichab.- Como institución propiamente dicha
CLASES DE TENENCIACLASES DE TENENCIA
La tenencia exclusiva o monoparental La tenencia exclusiva o monoparental
La tenencia compartida o biparental.La tenencia compartida o biparental.
LA TENENCIA EXCLUSIVALA TENENCIA EXCLUSIVA
Se sostiene en la teoría de los cuidados Se sostiene en la teoría de los cuidados previos o preliminares del hijo, por lo que el previos o preliminares del hijo, por lo que el
niño, niña o adolescente residirá con el niño, niña o adolescente residirá con el progenitor que ejercicio su crianza más progenitor que ejercicio su crianza más
tiempo, siendo una excepción los casos de tiempo, siendo una excepción los casos de referidos a los niños menores de tres años, referidos a los niños menores de tres años, respecto a quienes se otorga preferencia a respecto a quienes se otorga preferencia a
la madre, en tanto, se presume que aún la madre, en tanto, se presume que aún existe un nexo de necesidad biológica.existe un nexo de necesidad biológica.
CLASES DE TENENCIA CLASES DE TENENCIA COMPARTIDACOMPARTIDA
Tenencia legal compartida.Tenencia legal compartida.
Tenencia física compartida.Tenencia física compartida.
TENENCIA LEGAL COMPARTIDATENENCIA LEGAL COMPARTIDA
En la cual los padres comparten el derecho En la cual los padres comparten el derecho de decisión, responsabilidad y la autoridad de decisión, responsabilidad y la autoridad
respecto a todas las cuestiones de respecto a todas las cuestiones de importancia que afronte el hijo, por lo que importancia que afronte el hijo, por lo que suele acompañarse de un régimen amplio suele acompañarse de un régimen amplio
de convivencia que varia según las de convivencia que varia según las necesidades del niño y adolescentenecesidades del niño y adolescente..
TENENCIA FISICA COMPÀRTIDATENENCIA FISICA COMPÀRTIDA
Implica que los padres comparten el tiempo Implica que los padres comparten el tiempo de residencia del niño, aunque los periodos de residencia del niño, aunque los periodos de convivencia no tengan forzosamente la de convivencia no tengan forzosamente la misma duración, misma duración,
por ejemplo la madre puede vivir con el niño por ejemplo la madre puede vivir con el niño el 75 por ciento mientras el padre el 35 por el 75 por ciento mientras el padre el 35 por
ciento, lo cual equivale a que todos los fines ciento, lo cual equivale a que todos los fines de semana pasaría a vivir con élde semana pasaría a vivir con él
LINEAMIENTOS PARA DETERMINAR LA LINEAMIENTOS PARA DETERMINAR LA TENENCIA COMPARTIDATENENCIA COMPARTIDA
La edad del niño o adolescente.La edad del niño o adolescente. Voluntad del niño o adolescente. Voluntad del niño o adolescente.
El lugar de residencia de los padres.El lugar de residencia de los padres. La actividad de los padres.La actividad de los padres.
La estabilidad emocional de la familia.La estabilidad emocional de la familia. El cumplimiento cabal de los roles paternales.El cumplimiento cabal de los roles paternales.
El aseguramiento del bienestar del hijo.El aseguramiento del bienestar del hijo. Voluntad de ejercer la tenencia compartida.Voluntad de ejercer la tenencia compartida.
UN PROBLEMA PARA VIABILIZAR LA UN PROBLEMA PARA VIABILIZAR LA
TENENCIA: LA ALINEACIÓN PARENTALTENENCIA: LA ALINEACIÓN PARENTAL::
El SAP El SAP implica implica la adoctrinaciòn la adoctrinaciòn de uno de los de uno de los progenitoresprogenitorescontra el otro,contra el otro,con la finalidad con la finalidad de denigrar de denigrar la imagen del padre la imagen del padre alienado alienado ante los hijosante los hijos
ALGUNAS CONSECUENCIAS DE ALGUNAS CONSECUENCIAS DE LA ALIENACION PARENTALLA ALIENACION PARENTAL
Depresiones crónicas.Depresiones crónicas. Incapacidad de desarrollarse en un Incapacidad de desarrollarse en un
ambiente psicosocial normal.ambiente psicosocial normal. Transtornos de Identidad.Transtornos de Identidad. Transtornos de Imagen.Transtornos de Imagen.
Hostilidad, desesperación y aislamiento.Hostilidad, desesperación y aislamiento. SuicidioSuicidio
FASES DE LA ALIENACION FASES DE LA ALIENACION PARENTALPARENTAL
FASE LIGERAFASE LIGERA: : El hijo solo modifica su El hijo solo modifica su conducta ante el progenitor alienador.conducta ante el progenitor alienador.
FASE MEDIAFASE MEDIA: : El hijo identifica a un progenitor El hijo identifica a un progenitor bueno y al otro como malo.bueno y al otro como malo.
FASE GRAVEFASE GRAVE: : El hijo se perturba ante la El hijo se perturba ante la presencia del progenitor alienado, siente pánico, presencia del progenitor alienado, siente pánico,
busca destruir la relación parental sufre de busca destruir la relación parental sufre de alucinaciones y tiende a la autodestrucción.alucinaciones y tiende a la autodestrucción.
La mejor formula sobre la tenencia La mejor formula sobre la tenencia compartida serán las que adopten los compartida serán las que adopten los
padres de común acuerdo, por lo que sólo padres de común acuerdo, por lo que sólo están preparados aquellos padres que están preparados aquellos padres que
hayan aprendido a ejercer la paternidad y hayan aprendido a ejercer la paternidad y maternidad responsable en torno a sus maternidad responsable en torno a sus
hijos…por lo que ustedes se preguntaran hijos…por lo que ustedes se preguntaran ¿Pero es viable? ..y les podremos ¿Pero es viable? ..y les podremos
contestar: contestar: “solo depende de los padres, “solo depende de los padres, siempre que tomen conciencia que el siempre que tomen conciencia que el
mejor padre son ambos padres”mejor padre son ambos padres”
EL PROCESO DE FILIACION.
A LO LARGO DEL TIEMPO LOS A LO LARGO DEL TIEMPO LOS PROBLEMAS DE PATERNIDAD HAN PROBLEMAS DE PATERNIDAD HAN
IDO COMPLICANDOSE, Y SI BIEN LAS IDO COMPLICANDOSE, Y SI BIEN LAS PRESUNCIONES JURIDICAS PARA PRESUNCIONES JURIDICAS PARA
JUSTIFICAR UNA INVESTIGACION DE JUSTIFICAR UNA INVESTIGACION DE PATERNIDAD RESULTARON PATERNIDAD RESULTARON
PROVECHOSAS ESTAS FUERON SOLO PROVECHOSAS ESTAS FUERON SOLO UNA SERIE DE MEDIDAS BUENAS UNA SERIE DE MEDIDAS BUENAS PARA UNA EPOCA DETERMINADA.PARA UNA EPOCA DETERMINADA.
EN LOS PROCESOS DE FILIACION EN LOS PROCESOS DE FILIACION EXISTE UN CONFLICTO DE EXISTE UN CONFLICTO DE
INTERESES CON PRETENSIONES INTERESES CON PRETENSIONES ANTAGONICAS: ANTAGONICAS:
POR UN LADO EL INTERES DEL HIJO POR UN LADO EL INTERES DEL HIJO DIRIGIDO A CONOCER LA VERDAD DIRIGIDO A CONOCER LA VERDAD
BIOLOGICA RESPECTO A SU BIOLOGICA RESPECTO A SU FILIACION FILIACION
Y POR OTRA LA PRETENSION DEL Y POR OTRA LA PRETENSION DEL PRESUNTO PROGENITOR QUE NO SE PRESUNTO PROGENITOR QUE NO SE
CONSIDERA TAL Y POR ENDE NO CONSIDERA TAL Y POR ENDE NO ACCEDE VOLUNTARIAMENTE A UN ACCEDE VOLUNTARIAMENTE A UN
RECONOCIMIENTO DEL HIJO.RECONOCIMIENTO DEL HIJO.
ES ASI QUE LA INVESTIGACION DE LA ES ASI QUE LA INVESTIGACION DE LA FILIACION TIENE COMO FIN :FILIACION TIENE COMO FIN :
““EL ESTABLECIMIENTO DE UNA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA ADECUACION ENTRE LA VERDAD ADECUACION ENTRE LA VERDAD
E IDENTIDAD BIOLOGICA Y LA E IDENTIDAD BIOLOGICA Y LA RELACION JURIDICA PARENTAL”RELACION JURIDICA PARENTAL”
PARA LOGRARLO SE DEBE PARA LOGRARLO SE DEBE RECONOCER EL PRINCIPIO DE RECONOCER EL PRINCIPIO DE
“UNIDAD DE LAS FILIACIONES” Y POR “UNIDAD DE LAS FILIACIONES” Y POR ENDE EL PRINCIPIO DE “IGUALDAD DE ENDE EL PRINCIPIO DE “IGUALDAD DE
LOS HIJOS”.LOS HIJOS”.
IDEA INHERENTE A LA DIGNIDAD DE IDEA INHERENTE A LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS TAL COMO LO LAS PERSONAS TAL COMO LO
RECONOCE LA CORTE RECONOCE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS.HUMANOS.
LA CONVENCION SOBRE LOS LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, RATIFICADA Y DERECHOS DEL NIÑO, RATIFICADA Y
APROBADA POR EL PERU, APROBADA POR EL PERU,
EN SU ART.7 EN SU ART.7
PRESCRIBE :PRESCRIBE :
““ES DERECHO DE TODA PERSONA ES DERECHO DE TODA PERSONA
CONOCER A SUS PROGENITORES”CONOCER A SUS PROGENITORES”
POR LO EXPUESTO TODO MAGISTRADO AL POR LO EXPUESTO TODO MAGISTRADO AL MOMENTO DE RESOLVER LOS PROCESOS MOMENTO DE RESOLVER LOS PROCESOS
DE FILIACION, DEBE CONSIDERAR:DE FILIACION, DEBE CONSIDERAR:
QUE EL INTERES DE UN NIÑO DEBE SER TRATADO QUE EL INTERES DE UN NIÑO DEBE SER TRATADO COMO UN PROBLEMA HUMANO.COMO UN PROBLEMA HUMANO.
QUE AL BRINDAR TUTELA JURISDICCIONAL ESTA QUE AL BRINDAR TUTELA JURISDICCIONAL ESTA DEBE ORIENTARSE A LA PROTECCION DEL DEBE ORIENTARSE A LA PROTECCION DEL
INTERES SUPERIOR DEL NIÑO, POR SU INTERES SUPERIOR DEL NIÑO, POR SU VULNERABILIDAD Y DEPENDENCIA, VULNERABILIDAD Y DEPENDENCIA,
PERMITIENDOLES EL EJERCICIO IRRESTRICTO DE PERMITIENDOLES EL EJERCICIO IRRESTRICTO DE SUS DERECHOS (2DO. PRINCIPIO DE LA SUS DERECHOS (2DO. PRINCIPIO DE LA
DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO)DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO)
QUE SE CONSIDERE EL CRITERIO DE QUE SE CONSIDERE EL CRITERIO DE RAZONABILIDAD A FIN DE TUTELAR AL MISMO RAZONABILIDAD A FIN DE TUTELAR AL MISMO
TIEMPO LOS DERECHOS DEL PRESUNTO TIEMPO LOS DERECHOS DEL PRESUNTO PROGENITOR.PROGENITOR.
LEY 28457LEY 28457
ES UNA LEY ESPECIAL QUE DETERMINA ES UNA LEY ESPECIAL QUE DETERMINA LA COMPETENCIA Y LA VIA LA COMPETENCIA Y LA VIA
PROCEDIMENTAL SOLO EN LA PROCEDIMENTAL SOLO EN LA PRETENSIONES DE FILIACION PRETENSIONES DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL QUE SE EXTRAMATRIMONIAL QUE SE
SUSTENTE EN EL INCISO 6 DEL ART.402 SUSTENTE EN EL INCISO 6 DEL ART.402 DEL CODIGO CIVIL – ADN (1984)DEL CODIGO CIVIL – ADN (1984)
SIENDO UNA INICIATIVA QUE NACE DEL SIENDO UNA INICIATIVA QUE NACE DEL CERIAJUS.CERIAJUS.
LOS PROCESOS DE ALIMENTOS.
El 28 de Diciembre del año 2004
se promulgó y publicó en el Diario Oficial
"El Peruano" la Ley No. 28439, que Simplificó las Reglas del Proceso de Alimentos
¿Qué se buscó?¿Qué se buscó?
El uso de demandas formato, a fin de viabilizar el acceso al servicio de justicia
y el fortalecimiento de la Justicia de Paz.
CompetenciaCompetencia
Los juzgados de paz Letrados se convierten en el único órgano jurisdiccional competente
para conocer de la demanda en los procesos de fijación (Alimentos), aumento,
reducción, extinción o prorrateo de alimentos, sin perjuicio de la cuantía de la
pensión, la edad o la prueba sobre el vínculo familiar.
Excepcion respecto a la Excepcion respecto a la competencia jurisdiccional.competencia jurisdiccional.
La excepción es cuando la pretensión alimentaría se proponga accesoriamente a otras pretensiones, como puede ser el caso
de un Divorcio, Separación de Hecho, Separación Convencional, Tenencia,
Régimen de Visitas u otras pretensiones.
Otra excepción.Otra excepción.
La encontramos el art. 415 Código Civil, por el que se adiciona que podrá accionarse ante el mismo Juzgado que conoció del proceso
de Alimentos el cese de la obligación alimentaría si se comprueba a través de una prueba genética u otra de validez científica con igual o mayor grado de certeza que el
demandado no es el padre.
La modificación hecha al artículo 566 del Código Procesal Civil, en cuanto a ordenarse al demandado aperturar una cuenta de ahorros a favor del demandante en cualquier
institución del sistema financiero, por cuanto que, como es bastante conocido, para la apertura de cualquier cuenta en
el sistema financiero necesariamente se requiere de la concurrencia de la titular a dicho acto, la practica judicial a la fecha nos viene demostrando que la apertura de dicha cuenta de biene simplemente en imposible, por lo que,
Jueces con visión creativa a efecto de una mejor adeucación a la norma vienen ordenando la apertura de la
indicada cuenta a cargo de la parte demandante, quién debe de comunicar al órgano jurisdiccional el número
asignado, creo muy modestamente que esta parte debe de ser materia de una modificación, es asimismo de destacar
en éste extremo que dichas cuentas se encuentran exoneradas de cualquier impuesto..
Para iniciar el proceso de alimentos se requiere contar con la partida de nacimiento del niño o del adolescente, su constancia de estudios en caso
de que se encuentre cursando estudios, boletas o recibos de pago que corresponden a gastos que generan la subsistencia del alimentista, copia de su Documento Nacional de Identidad y conocer el domicilio donde va ser notificado el demandado u en su defecto la direccion de su centro de labores.
TramitaciónTramitación
El Juez al recibir la demanda, deberá admitirla y notificar al demandado para que dentro del plazo
de cinco dias cumpla con contestar la bajo apercibimiento de seguirsele el proceso en
rebeldia, transcurridos los cinco dias sin que el demandado haya contestado el juez tiene la obligacion al cumplirse dicho trámite resolver
haciendo efectivo el apercibimiento es decir dar por contestada la demanda en rebeldia y citar a la
audiencia deconciliacion pruebas y sentencia, luego de la cual debera emitir su fallo.
En caso que el demandado haya contestado la demanda en el plazo senalado el juez debera tener en cuenta que dicha
contestacion para admitirse debe adjuntarse a esta la declaracion de ingresos economicos del demandado sin la
cual no podra admitirse el escrito de contestacion del demandado dandosele un plazo de tres dias para que
subsane tal error, y una vez hecho o vencido el plazo se declara la rebeldia del demandado y señala fecha para la
audiencia de saneamiento conciliacion, pruebas y sentencia; iniciada la audiencia el demandado puede
promover tachas excepciones, o defensas previas,que seran absueltas por el demandante en el mismo acto de
audiencia, seguidamente se actuaran los medios probatorios
RecuerdaRecuerda
No se admitirá reconvención.
Concluida su actuacion si el juez encuentra infundadas las excepciones o defensas previas declarara saneado el
proceso y seguidamente invocara a las partes a resolver la situacion del nino o adolescente conciliadoramente. Si hay conciliacion y esta no lesiona los intereses del nino o del
adolescente se dejara constancia en el acta.
Esta tendrá el mismo efecto de sentencia
Si durante la audiencia unica el demandado aceptara la paternidad, el juez tendra por
reconocido al hijo y enviara a la municipalidad que corresponda copia certificada de la pieza judicial
respectiva, ordenando la inscripcion del reconocimiento en la partida correspondiente, sin
perjuicio de la continuacion del proceso .
Si el demandado no concurre a la audiencia unica a pesar de haber sido debidamente emplazado el juez debe sentenciar en el mismo acto atendiendo
a las pruebas actuadas.
Otro punto interesante de la Ley 28439 es Otro punto interesante de la Ley 28439 es que si el obligado luego de haber sido que si el obligado luego de haber sido
notificado para la ejecucion de la sentencia notificado para la ejecucion de la sentencia firme no cumple con el pago de los firme no cumple con el pago de los
alimentos, el juez a pedido de parte y previo alimentos, el juez a pedido de parte y previo requerimiento a la parte demandada bajo requerimiento a la parte demandada bajo
apercibimiento expreso, remitira copia apercibimiento expreso, remitira copia certificada de la liquidacion de las certificada de la liquidacion de las pensiones devengadas y de las pensiones devengadas y de las
resoluciones respectivas al fiscal provincial resoluciones respectivas al fiscal provincial de turno a fin de que proceda conforme a de turno a fin de que proceda conforme a
sus atribuciones sus atribuciones
Esta modificación permite que las sentencias de Esta modificación permite que las sentencias de alimentos, sustituya al tramite de interposicion de alimentos, sustituya al tramite de interposicion de
denuncia penal por el delito de Omision a la denuncia penal por el delito de Omision a la Asistencia Familiar. Ahora solo es necesario que Asistencia Familiar. Ahora solo es necesario que se solicite al juzgador que ha tenido conocimiento se solicite al juzgador que ha tenido conocimiento y sentenciado el proceso de alimentos que cumpla y sentenciado el proceso de alimentos que cumpla
con lo ordenado por ley es decir de oficio remitir con lo ordenado por ley es decir de oficio remitir copia certificada de la liquidacion de las pensiones copia certificada de la liquidacion de las pensiones al Fiscal de turno quien formulara la denuncia por al Fiscal de turno quien formulara la denuncia por
ante el Juez Penal de Turno.ante el Juez Penal de Turno.
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