UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS
AMERICAS FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
ESCUELA DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
Tema : “Títulos Valores”
Docente : Edwin Gómez Chipana
Integrantes : Yudith Apaza Mamani
Sayda Córdova Allain
Tony Martell Espinoza
Wilder Cotrina Novoa
Eusebia Otero Aguirre
Ángela López Giraldez
Geraldine Arias León
Lima, Agosto del 2014
TÍTULOS VALORES
¿QUÉ ES UN TITULO VALOR?
Articulo 619 co.co. Los títulos valores son documentos necesarios para
legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se
incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación
y de tradición o representativo de mercancías.
Desde el punto de vista material el título valor es un documento escrito,
siempre firmado (unilateralmente) por el deudor; es además un pedazo de
papel que contiene diversas menciones En un segundo plano, se define al
título valor como un derecho en beneficio de una persona. El derecho
consignado en el documento, nace con la creación de éste. Tiene un valor en
la actividad económica en general y en los negocios mercantiles en especial,
por ello y para el desarrollo de la economía de un país, interesa que el titulo
como valor en sí mismo, pueda entrar en circulación económica como los
demás bienes.
Quien suscribe un título valor se obliga a una prestación frente al poseedor
del título, o quién resulte tal, y no subordina esa obligación a ninguna
aceptación, ni a ninguna contraprestación.
CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES
Según su derecho incorporado:
Títulos jurídico-obligacionales o cambiarios: Se definen como aquellos que
incorporan un derecho de crédito. Ej. Cheque, letra de cambio… etc.
Títulos jurídico-personales o de participación: Estos se definen como
aquellos que atribuyen a su titular una determinada posición en el ámbito
de una entidad organizada. Ej. Las acciones de una S.A.
Títulos jurídico-reales o de tradición: Vienen definidos como aquellos que
incorporan la posesión y en muchos casos la disponibilidad de unas
determinadas mercancías. Ej. Un resguardo de depósito en almacenes
generales.
Según la circulación:
Títulos nominativos: Se definen como aquellos que designan como titular a
una persona determinada, persona cuya titularidad se recoge en el propio
título valor. El ejemplo más claro lo constituye el cheque nominativo. Están
sometidos a un régimen de transmisión restrictivo ostentando un grado de
transmisibilidad de grado mínimo. La principal restricción operativa que se
impone a la transmisibilidad es la que se concreta en el deber de
comunicación de la transmisión ya que para que surta efectos deben
cumplirse ciertos deberes de comunicación.
Sí el título valor nominativo está emitido individualmente, la comunicación
debe dirigirse al deudor, sí no, este puede negarse a pagar al nuevo
acreedor. Sí por el contrario el título valor nominativo está emitido en serie,
la comunicación deberá emitirse al emisor.
CARACTERÍSTICAS DE UN TITULO VALOR
Formalismo: se deben cumplir los requisitos que señala la ley, la falta de
uno de ellos puede determinar la ineficacia del título.
Incorporación: quien posee un título valor, es dueño del derecho contenido
en él (se dice que el derecho se incorpora al título porque el título «es» el
derecho).
Legitimación: Únicamente el poseedor del título puede transmitir y exigir el
derecho documentado.
Literalidad: determina el alcance y modalidad de los derechos y
obligaciones consignadas a él.
Autonomía: el poseedor ejercita un derecho propio que no puede ser
restringido o destruido.
DEFINICIÓN
El título-valor es un documento en el que se transmite un
derecho literal
y autónomo en él mencionado.
DOCUMENTO DERECHO
DEFINICION
PRINCIPALES TITULOS VALORES
- Letra de cambio
- Cheque
- Pagaré
- Warrant
PRINCIPLES TITULOS
VALORES
LETRA DE CAMBIO
Es un documento de crédito que tiene por finalidad respaldar las
operaciones comerciales realizadas a plazo.
La letra de cambio es una orden de pago escrita, por la cual una
persona llamada deudor debe pagar a la fecha de vencimiento del
documento.
RESPALDA OPERACIONES
DE CRÉDITO
LETRA DE CAMBIO
Es abstracta, no expresa la causa que la origina
Es autónoma, el tenedor es titular de un derecho propio.
Es un título a la orden por excelencia, no existe letra al portador,
es transferible por endoso.
CARACTERÍSTICASCARACTERISTIC
AS
• Genera obligaciones solidarias de todos los que han intervenido
frente al tenedor.
• Contiene la orden incondicional que una persona llamada girador
da a otra llamado girado de pagar una suma de dinero a un tercero
que se conoce como beneficiario, en tiempo y lugar determinados.
CARACTERÍSTICAS
Girador : o librador, es quien gira o emite la letra.
Beneficiario : o tomador, es la persona a favor de quien se emite la
letra y a quien debe efectuarse el pago (inicialmente el acreedor)
Girado : o librado, es la persona a cuyo cargo se gira la letra y quien
se obliga a pagarla (deudor o aceptante)
Garante : aval o fiador, es quien se obliga a garantizar el pago total o
parcial en caso que el girado no cumpliera con el mismo (es un
respaldo opcional a la operación crediticia)
EN UNA LETRA INTERVIENE…
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NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO
Día Mes Año
FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de……………………………………………………
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En el siguiente lugar de pago,
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Nombre / Denominación o Razón Social del GiradorD.O.I.
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Día Mes Año
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1232491 F-3265-A12 LIMA 04 / 06 / 07 16 / 07 / 07 US$ 4,000.00Distribuidora Dinamica S.A.
Cuatro mil y 00/100 dólares americanos -------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO
Día Mes Año
FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden
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------------------------------------------
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Día Mes Año
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Día Mes Año
FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden
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Nombre / Denominación o Razón Social del GiradorD.O.I.
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Nombre delRepresentante(s)
Distribuidora Dinámica S.A.
RUC 20010700269
César López Z. Luis Sánchez N.
César López Zapata Luis Sánchez Nestarez
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO
Día Mes Año
FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden
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Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios.
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
______________ _________________
Aceptante Aceptante
Nombre del Representante:
Agroindustrial Lima SACManuel Solis Jorge Muñoz P.Manuel Solis Pizarro Jorge Muñoz Pizarro
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO
Día Mes Año
FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE
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Nombre del Representante………………………………...…..
Nombre / Denominación o Razón Social del GiradorD.O.I.
_________________________ _________________________
Firma FirmaNombre delRepresentante(s)
BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C.
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1232491F-3265-A12 LIMA 04 / 06 / 07 16 / 07 / 07 US$ 4,000.00
Distribuidora Dinamica S.A.
Cuatro mil y 00/100 dólares americanos -------------------------------------------------
___________________________________________________
Agroindustrial Lima SAC ----------
-------------------------------------------
Av.Aviación 1518 – San LuisRUC 20100138795 4712325
-------------------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------- ------------
-----------------------------------------------------------------------
Distribuidora Dinámica S.A.RUC 20010700269
César López Z.Luis Sanchez N.César López Zapata Luis Sánchez Nestarez
H S B C
053 029 123-32-008452 17
LETRA DE CAMBIOLETRA DE CAMBIO
DE LA ACEPTACIÓN
Por la aceptación el girado se obliga a pagar la letra de cambio
al vencimiento, asumiendo la calidad de obligado principal.
La aceptación debe constar en la letra, y contener la firma del
girado.
La sola firma del girado, puesta en el anverso de la letra, significa su aceptación.
DE LA ACEPTACION
DEL ENDOSO
Toda letra de cambio es transmisible por endoso.
Salvo cláusula en contrario, el endosante responde de la aceptación yel pago.
DEL ENDOSO
Clientedel Banco
TRANSFIERE DOCUMENTOS
TransferenciaMediante el endoso de documentos
• EN PROPIEDAD (descuento)
• EN PROCURACION (cobranza)
• EN GARANTIA (respaldo de operaciones)
Distribuidora Dinámica S.A.RUC 20010700269
TIPOS DE ENDOSOTIPOS DE ENDOSO
Páguese a la orden del
Banco de HSBC Bank Perú S.ADISTRIBUIDORA DINAMICA SARUC 20010700269
Lima, 18 de Junio de 2007
VALOR EN DESCUENTO
César López Z.César López Zapata
Luis Sanchez N.Luis Sánchez Nestarez
Páguese a la orden del
Banco de HSBC Bank Perú S.ADISTRIBUIDORA DINAMICA SARUC 20010700269
Lima, 18 de Julio de 2007
VALOR EN COBRANZA
César López Z.
César López Zapata
Luis Sanchez N.
Luis Sánchez Nestarez
25
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN
EL PAGO POR PARTE DEL
ACEPTANTE SE PROCEDERÁ A
PROTESTAR LA LETRA ANTE
NOTARIO PÚBLICO (a partir del
9no. día de vencida)
PROTESTO DE LETRA
Páguese a la orden del
Banco de HSBC Bank Perú S.ADISTRIBUIDORA DINAMICA SARUC 20010700269
Lima, 18 de Junio de 2007
VALOR EN DESCUENTO
César López Z.
César López Zapata
Luis Sanchez N.
Luis Sánchez Nestarez
DOCUMENTOPROTESTADONOTARIO PUBLICOGustavo Correa
Dr. Gustavo Correa M.Aviso notarial del 20 de julio 2007
Lima, 23 de Julio de 2007Rosa Vega MorzanSecretaria
La empresa Comercial JG & Cía. con RUC 20212454684, cuyo
representante legal es el Sr. Jorge Martínez le vendió mercaderías
a la empresa El Túnel SA con RUC 20124654823 domiciliado en la Av.
Constructores 1524 y cuyo representante legal es el Sr. Álvaro Díaz
por
un valor de US$ 23,400.50 con fecha 07/11.
La condición de la venta fue crédito 30 días, por lo que Comercial JG
& Cía. le giró una letra por el importe de la factura más un 5% de
interés. No se
exigió la presencia de un garante para esta operación.
EJERCICIO 1EJERCICIO 1
2) La empresa Damarafa SAC con RUC 20132158221, cuyo
representante
legal es el Sr. David Rodríguez Ortiz le vendió insumos al Sr. Pedro Salas
García con DNI 08698212 domiciliado en el Jr. Puno 645 Cercado de
Lima
por un valor de S/. 26,200.30 con fecha 10/10.
La condición de la venta fue crédito 60 días, por lo que Damarafa SAC
le giró
la respectiva letra por el valor de la factura más un 10% de interés. Para
esta
operación, El Sr. Pedro Salas puso como aval a su padre, don Nicolás
Salas
Paredes, identificado con DNI 02569845 domiciliado en Jr. Pachitea 254
Cercado de Lima, telf. 4256325
EJERCICIO 2
3) El 14/11 la empresa La Perla SAC con RUC 20651254842, cuyo
representante legal es la Sra. Inés Prado García le vendió una maquinaria
a la empresa Avan SRL con RUC 20782581253 domiciliado en la Av.
Canta 856 - Ate y cuyo representante legal es el Sr. Alex Urbina
Cárdenas, a un precio de venta de S/. 19,400.50, extendiéndole una letra
a 90 días por el valor de la maquinaria, más un 3% de interés.
Como respaldo a esta operación, Avan SRL presentó como Fiador a la
empresa El Próspero EIRL, con RUC 20648921542 cuyo representante
legal es el Sr. Javier Soto Zevallos domiciliado en Jr. Cangallo 684 –
Breña y cuyo teléfono es el 4113581
EJERCICIO 3
A RT S . 1 7 2 A L 2 1 6 : L E Y D E T Í T U LO S VA LO R E S
El CHEQUE
El cheque es uno de los principales y más utilizados
medios de pago en las operaciones comerciales,
siendo esa una de las razones por la cual existan
diversas modalidades las cuales requieren adecuarse
a todas y cada una en especial de las necesidades
del mercado usuario
INTRODUCCIÓN
CONCEPTO
El Cheque es un Título Valor abstracto que contiene una orden de pago emitida por el titular de una cuenta corriente bancaria a favor de una persona beneficiaria…
CONCEPTO
Quien cobrará su importe dirigiéndose a un banco
del sistema financiero nacional especialmente
autorizado para ello.
¿QUIENES
INTERVIENEN?
El emisor o girador:
Es la persona q gira el cheque, debiendo ser titular de una cuenta
corriente bancaria que cuente con fondos suficientes para cubrir
el importe señalado en el titulo valor.
El Girado:
Es el Banco que deberá hacer efectivo el pago,
descontando los fondos constituidos en la cuenta corriente
del titular o emisor.
El tenedor, beneficiario o titular: Es la persona a favor de
quien se emite el cheque, él se dirigirá al banco para cobrar
el importe señalado en el titulo valor.
1. Serán emitidos solo a cargo de Bancos
2. Se emitirán en formularios impresos, desglosables de talonarios numerados en serie o con claves u otros signos de identificación o seguridad.
3. Los talonarios serán entregados bajo recibo por los Bancos
FORMALIDADES PARA SU EMISION: ART 172
4. Las dimensiones, formatos, medidas de seguridad y otras
características podrán ser establecidas por cada Banco o por
convenio entre estos o por disposición del BCR.
FORMALIDADES PARA SU EMISION: ART 172
CONDICION PARA EMITIR EL CHEQUE
Ley Nro. 27287 Art. 173
Que el girador cuente con fondos disponibles
Tener autorización para el sobregiro
El cheque es una orden de pago
COTENIDO
El cheque debe contener:
1. Numero o Código de identificación
2. La indicación del lugar y de la fecha de su emisión
3. La orden pura y simple de pagar una cantidad determinada de dinero, expresada en letras o números, o ambas.
4. El nombre del beneficiario o en su caso la indicación que se hace al portador
5. Nombre y dirección del banco que se emite
6. La indicación del lugar de pago
7. El nombre y firma del emitente
CONTENIDO
Modelo de cheque girado
CHEQUES ESPECIALES
1. CHEQUE CRUZADO
Es el titulo valor a la orden que presenta en el anverso dos líneas paralelas, que pueden ir de arriba abajo o en forma oblicua.
Tiene por finalidad asegurar el cobro o depósito del cheque por parte del beneficiario en una institución financiera
- Cruzamiento General
- Cruzamiento Especial
CHEQUES ESPECIALES
PIZARRO MUÑOZ ELVIA
DNI 10253565
___/___/___Día Mes Año
N° 12345678 9 009 122 1221062902 93
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
Firma
12345678 009 122 1221062902
Lima, 25 01 2010 12,500.00
LA COMERCIAL IMPORTADORA S.A. ----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Elvia Pizarro M.
Banco Wiese Sudameris
CHEQUES ESPECIALES
PIZARRO MUÑOZ ELVIA
DNI 10253565
___/___/___Día Mes Año
N° 12345678 9 009 122 1221062902 93
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
Firma
12345678 009 122 1221062902
Lima, 25 01 2010 12,500.00
LA COMERCIAL IMPORTADORA S.A. ----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Elvia Pizarro M.
Banco Wiese Sudameris
CHEQUES ESPECIALES
CHEQUES ESPECIALES
2. CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA
Es aquel que lleva la cláusula “para abono en cuenta” “para acreditar
en cuenta” u otra similar, la misma que deberá ponerse en el
anverso.
Evita el pago del dinero en efectivo, requiere la actuación de un
banco y que el beneficiario tenga cuenta corriente.
PIZARRO MUÑOZ ELVIA
DNI 10253565
___/___/___Día Mes Año
N° 12345678 9 009 122 1221062902 93
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
Firma
12345678 009 122 1221062902
Lima, 25 01 2010 12,500.00
LA COMERCIAL IMPORTADORA S.A. ----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Elvia Pizarro M.
Banco Wiese Sudameris
CHEQUES ESPECIALES
CHEQUES ESPECIALES
3. CHEQUE INTRANSFERIBLE
Es aquel cheque al cual se le incluye la cláusula “intransferible”, “no
negociable”, “no a la orden” u otra equivalente, la cual prohíbe la
transferencia del cheque a terceros.
La cláusula tiene carácter irrevocable
PIZARRO MUÑOZ ELVIA
DNI 10253565
___/___/___Día Mes Año
N° 12345678 9 009 122 1221062902 93
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
Firma
12345678 009 122 1221062902
Lima, 25 01 2010 12,500.00
LA COMERCIAL IMPORTADORA S.A. ----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Elvia Pizarro M.
Banco Wiese Sudameris
CHEQUES ESPECIALES
CHEQUES ESPECIALES
4.CHEQUE CERTIFICADO:
Es aquel cheque en el cual existe una certificación bancaria, la cual
consiste en la declaración del banco girado que señala la existencia
de fondos con la que se hará efectivo el pago, siempre que se
presente dentro de la vigencia de la certificación.
PIZARRO MUÑOZ ELVIA
DNI 10253565
N° 12345678 9 009 001 110010629402 93
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
Firma
12345678 009 001 110010629402
___/___/___Día Mes Año
Lima , 12,500.00
BANCO DE LA NACION ------------------ -----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Elvia Pizarro M.
25 01 2010
CHEQUE CERTIFICADO
CERTIFICACION
AL DORSO
Banco Wiese Sudameris
CHEQUES ESPECIALES
CHEQUES ESPECIALES
5. CHEQUE DE GERENCIA:
Es el cheque emitido por un Banco a su propio cargo, esto es el
girador y el girado son el mismo banco.
Otorga plena seguridad sobre el pago al beneficiario
N° 12345678 9
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
12345678 009 001 2111040000
___/___/___Día Mes Año
Lima , 12,500.00
PEDRO ANTONIO MORALES SUAREZ -----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
25 01 2010
CHEQUE DE GERENCIARUC 203065938741 Firma
Funcionario(s) autorizado(s)
Banco Wiese Sudameris
CHEQUES ESPECIALES
CHEQUES ESPECIALES
6. CHEQUE GIRO
El cheque de giro es un titulo valor emitido a favor de una persona determinada y que lleva la cláusula “cheque de giro” o “giro bancario”.
Su utilización permite facilitar el pago a personas que se encuentran ubicadas en plazas o localidades distintas.
Solo los emite empresas del Sistema Financiero Nacional autorizadas.
___/___/___Día Mes Año
N° 12345678 9
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
12345678 009 122 2111070100
Lima, 25 01 2010 12,500.00
JOSE LUIS GUTIERREZ ENCISO ----------------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Firma
Funcionario(s) autorizado(s)GIRO EN MONEDA NACIONALPAGADERO EN CUALQUIER
OFICINA DEL BANCO
Banco Wiese Sudameris
CHEQUES ESPECIALES
9. CHEQUE DE PAGO DIFERIDO
Titulo valor a la orden que es emitido condicionando su pago al
transcurso de un plazo de tiempo, que no podrá ser mayor a 30 días
desde su emisión.
CHEQUES ESPECIALES
PIZARRO MUÑOZ ELVIA
DNI 09529786
N° 12345678 9 009 001 110010629402 93
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
Firma
12345678 009 001 110010629402
___/___/___Lima ,
12,500.00
PEDRO ANTONIO MORALES SUAREZ -----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Elvia Pizarro M.
25 01 2010
Lugar y Fecha de giro Paguese desde el
___/___/___24 02 2010
Cheque de pago diferido
Banco Wiese Sudameris
CHEQUES ESPECIALES
ART 34 LEY 27287
MECANISMO DE TRANSMISION DE LOS
TITULOS VALORES. DEBE CONSTAR EN
EL REVERSO DEL TITULO
REQUISITOS
NOMBRE DEL ENDOSANTE
NUMERO DE D.O.I.
FIRMA DEL ENDOSANTE
INEFICACIA DEL
ENDOSO
EL ENDOSOEL ENDOSO
RODRIGUEZ TORRES DIEGO
DNI 09529786
N° 12345678 9 009 001 110010629402 93
S/.
Pague a
la orden de
Nuevos Soles
Firma
12345678 009 001 110010629402
___/___/___Día Mes Año
Lima ,
Plaza12,500.00
PEDRO UGARTE CHAVEZ-------------------------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Diego Rodríguez
28 05 2010
Banco Wiese Sudameris
ENDOSOS
Pedro Ugarte Ch.
Pedro Ugarte Chavez
DNI 08592867 ENDOSANTE
Paguese a la orden
de
Pedro Ugarte Ch.
Pedro Ugarte Chàvez
DNI 08592867
Paguese a la orden de Juan Gutierrez Ch.
Juan Gutierrez Chavez
DNI 08324867
Paguese a la orden de José Flores M.
José Flores Martinez
DNI 08687867
1er Endoso
2do Endoso
3er Endoso
Juan Farías Ch.
Juan Farías Charún
DNI 07624967
PAGO DEL CHEQUE
- El cheque es pagadero a la vista al día de su presentación.
- ¿En que moneda se debe pagar?
- ¿Si existe divergencia entre lo expresado en números y letras?
- Personas Naturales/PP.JJ
- Uso de “y”, “o”, “y/o”
- Plazo de presentación/Efectos
- Pago Parcial
PAGO DEL CHEQUE
CAUSALES DE NO PAGO:
1. No existen fondos
2. Cuando el cheque ha sido raspado, adulterado, borrado o falsificado
3. Presentado fuera del plazo de ley
4. Se solicitó la suspensión
5. Siendo cheque a la orden y el titular no estuviera legitimado con una serie regular de endosos
6. Siendo un cheque intransferible lo pretenda cobrar un tercero.
CAUSALES DE NO PAGO:
CAUSALES DE NO PAGO:
7. Que siendo cheque al portador quien exige su pago no se identifique
y firme en constancia de su cancelación total o parcial.
8. Que siendo un cheque especial no se cobrase de acuerdo a sus
características: cruzado, abono en cuenta o de pago diferido.
OTROS TITULOS VALORES….
EL PAGARÉ
• Es un título valor utilizado
frecuentemente en las operaciones
de crédito, dentro del sistema
financiero, donde una persona
(denominada emitente o librador),
se obliga a pagar a otra persona
(tomador o beneficiario) una
cantidad de dinero en una o unas
fechas determinadas.
• El emitente del pagaré es quien
asume la condición de obligado
principal, es decir quien debe pagar
el importe.
El PagaréEL PAGARÉ
¿QUIENES INTERVIENEN?
1. El emitente, librador o
girador, quien asume la
calidad de obligado
principal.
2. El beneficiario o tenedor, que
es la persona que podrá exigir la
prestación contenida en el título
valor.
3. Opcionalmente, un garante,
que es cualquier persona, que
garantiza en todo o parte el
pago del pagaré.
QUIENES INTERVIENEN
¿POR QUÉ SE GENERA?
OTORGA UNCREDITO
S/. Ó US$
CLIENTE DEUDOR
SUSCRIBE OBLIGACION
¿POR QUÉ SE GENERA?
REQUISITOS FORMALES
a.- Denominación de Pagaré.
b.- Lugar y Fecha de emisión.
c.- La promesa incondicional de pago
d.- El nombre del beneficiario.
e.- La indicación del vencimiento.
f.- Nombre completo, N° de documento de identidad del emitente.
g.-Formas de Pago: Al contado o en cuotas.
REQUISITOS FORMALES:
71
S/. Ó US$PRESTAMO PAGARE
Documento con
vencimiento a
futuro
Valor actual o
financiamiento
presente
N días0
Interés
adelantadoDescuento
PRESTAMO = VALOR PAGARE - Int. ADELANTADO
DESCUENTO DEL PAGARÉDESCUENTO DE
PAGARÉ
72
Determinar el préstamo a otorgarse el día 14 de Noviembre del2011 por el descuento de un pagaré de valor nominal de US$ 15,000cuyo vencimiento se fijó el 14 de diciembre del 2011, si se aplica unaTEA de 32%.
• Valor nominal = US$ 15,000
• Plazo = 30 días
• TEA = 32 % = 0.32
EJEMPLO
73
Cálculo
Descuento = 15,000 * 0.32 * 30 = 400
360
Préstamo = 15,000 – 400 = 14,600
Descuento = k x d x t /360
EJEMPLO
74
El banco HSBC le otorga un préstamo a su cliente El Rápido SAC el
14 de Junio del 2011 quien emite un pagaré a favor del Banco HSBC
por un valor nominal de S/. 54,000 y cuyo vencimiento se fijó el 13
de agosto del 2011.
Si se aplica una TEA de 25%, ¿cuál será el monto depositado en la
cuenta corriente del cliente?
EL WARRANT
Es un Título valor relacionado
con las operaciones de
guarda y conservación de
mercaderías que se practican
dentro del régimen
correspondiente a los
almacenes generales de
depósito.
DEFINICIÓNDEFINICION:
Las sociedades anónimas
constituidas como Almacén
General de Depósito, están
facultadas a emitir el Warrant a
la orden del depositante contra
el recibo de mercaderías en
depósito.
EMISIÓNEMISIÓN:
CARACTERÍSITICAS
• El Warrant es emitido por el Almacén
General de Depósito.
• Para emitir un Warrant, las
mercaderías deben tener un valor
superior a 5 UIT.
• Los productos o mercaderías deben
estar bien conservados.
• El plazo de un warrant es de un año
(90 días para productos perecibles),
salvo acuerdo entre las partes y se
pueda renovar el plazo.
• El Warrant se puede endosar “en
propiedad” y “en procuración”.
CARACTERISTICAS:
El warrant es un título valor que
posibilita la incorporación de un
crédito prendario sobre las
mercaderías amparadas en el
certificado de depósito y
confiere por su endoso los
derechos y privilegios inherentes
a la pignoración, por lo que el
solo hecho de solicitarlo lleva a
presumir la intención del
depositante de negociarlo con
miras a obtener un crédito que
será garantizado por las
mercaderías depositadas.
CONCLUSIÓNCONCLUSIÓN:
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