República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del P.P. para la Educación Universitaria
Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño
Cabimas-Zulia
Realizado por:Luis Capielo
C.I. 15.850.658
Cabimas, Marzo de 2017
Introducción
Hoy en día, es necesario que las empresas aseguren la integridad física y
mental del trabajador y trabajadora que hace vida dentro e sus instalaciones.
Son notables los casos en los cuales las empresas hacen caso omiso de las
normas o actividades mínimas que buscan asegurar la integridad del
trabajador o trabajadora mientras desempeñan alguna actividad productiva,
solo primando los intereses del patrono, obligando al empleado a cumplir
jornadas extra, sin pagarle la debida remuneración por ello o al menos,
brindarle condiciones seguras para que ejecute su labor sin el temor de sufrir
algún daño físico o mental, producto de dicha labor.
Por lo tanto, a la luz de estos planteamientos, resulta necesario contar
con normas, lineamientos y postulados que brinden la seguridad al trabajador
y trabajadora en cuanto al cumplimiento normal y seguro de sus actividades
productivas, sin menoscabo alguno de su salud o sus capacidades físicas o
mentales, para que puedan desempeñarse en la labor que estipula su
contrato de trabajo y perciba el sueldo adecuado, pro el desarrollo de dichas
actividades productivas.
Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo
¿Cuál es la finalidad de la norma técnica?
Establecer los criterios, pautas y procedimientos fundamentales para el
diseño, elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de un
Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el fin de prevenir
accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en cada empresa,
establecimiento, unidad de explotación, faena, cooperativa u otras formas
asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, específico y
adecuado a sus procesos de trabajo, persigan o no fines de lucro, sean
públicas o privadas, de conformidad a lo establecido en la Lopcymat y su
Reglamento Parcial y el Reglamento de las Condiciones de Higiene y
Seguridad en el Trabajo.
Resumen argumentativo: la presente norma técnica pretende
establecer, normas, criterios y ,lineamientos básicos para la normal y
correcta ejecución de las labores por parte de trabajadores y trabajadoras
que hacen vida en empresas, cooperativas, asociaciones cooperativas, o
cualquier otro ente, de carácter publico o privado, sin importar si la actividad
propia del ente es de carácter lucrativo o si la misma es llevada a cabo sin
fines de lucro; para prevenir enfermedades ocupacionales, accidentes de
trabajo, condiciones o actos inseguros, o cualquier otro contratiempo que
pueda minar la capacidad productiva y salud ocupacional de las trabajadoras
y trabajadores.
¿Qué relación tiene con el programa de seguridad y salud en el trabajo?
El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo es el responsable de
elaborar la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo,
someterlo a la revisión y aprobación del Comité de Seguridad y Salud
Laboral o a la instancia de evaluación y control o por una instancia creada a
tal efecto, en el caso de las Cooperativas que no tienen trabajadoras ni
trabajadores bajo relación de dependencia. Asimismo, el Servicio de
Seguridad y Salud en el Trabajo es responsable de la promoción, ejecución,
supervisión y evaluación, con la participación efectiva de las trabajadoras y
los trabajadores, asociadas y asociados, de la propuesta de Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Resumen argumentativo: la norma técnica, al igual que el programa de
salud y seguridad en el trabajo, buscan promover la practica segura de las
actividades laborales, de parte de las trabajadoras y trabajadores
pertenecientes a empresas, cooperativas, asociaciones cooperativas, o
cualquier otro ente, de carácter publico o privado, sin importar si la actividad
propia del ente es de carácter lucrativo o si la misma es llevada a cabo sin
fines de lucro; previniendo la aparición de accidentes laborales, condiciones
y actos inseguros del trabajo, o cualquier otra situación que puede derivar en
una enfermedad para el trabajador, que lo limite de llevar a cabo sus
actividades diarias y con esto, reduzca su ingreso económico y su capacidad
productiva.
¿Cómo se debe usar?
Esta Norma Técnica establece los requisitos mínimos para diseñar,
elaborar, implementar y evaluar un Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo, el cual garantizará a las trabajadoras y los trabajadores de cualquier
centro de trabajo, con especial énfasis en aquellos más vulnerables a los
procesos peligrosos (embarazadas, personas con discapacidad, niños, niñas
y adolescentes trabajadores, personas con VIH o Sida, entre otros),
condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo
adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y
mentales.
Resumen argumentativo: se establece que la norma técnica debe ser
usada en aras de implementar un plan de seguridad en cuanto a la ejecución
segura y practica de actividades productivas que garantice la seguridad y
estabilidad e trabajadores y trabajadoras, sobretodo aquellos con
condiciones especiales (adolescentes, embarazadas, personas con VIH o
SIDA, o aquellos trabajadores que posean una discapacidad motriz o
intelectual) asegurándoles su integridad física y mental, para que puedan
llevar a cabo su actividad productiva normal y eficientemente.
¿Cuándo se debe usar?
Aplicable a todos los trabajos efectuados, bajo relación de dependencia,
por cuenta de una empleadora o empleador, cualesquiera sea su naturaleza,
el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro, sean públicas o
privadas y en general toda prestación de servicios personales, donde
haya empleadora o empleador, trabajadoras o trabajadores, sea cual fuere
la forma que adopte, dentro del territorio de la República Bolivariana de
Venezuela.
Resumen argumentativo: esta norma técnica debe ser aplicada en
aquellos casos donde se compruebe que existe un riesgo para la salud del
trabajador bien sea una condición o acto inseguro, o el trabajo mismo le
pueda significar al trabajador o trabajadora una enfermedad ocupacional en
el corto, mediano o largo plazo. Dicha aplicación se extiende a aquellas
empresas, asociaciones cooperativas, cooperativas, asociaciones
cooperativas, o cualquier otro ente, de carácter público o privado, sin
importar si la actividad propia del ente es de carácter lucrativo o si la misma
es llevada a cabo sin fines de lucro
¿Dónde recomendarías usarla?
Dicha normativa es recomendable usarla en empresas, cooperativas,
asociaciones productivas, contratistas, faenas de trabajo u otras similares,
donde se haya comprobado que existen condiciones y ocasiones inseguras
de trabajo, cuya ejecución le puede significar al trabajador un accidente de
trabajo o lesión, inclusive una enfermedad ocupacional en el corto, mediano
o a largo plazo. De igual forma, esta norma debe ser aplicada en empresas
públicas o privadas, sin importar si las actividades que hacen tienen una
remuneración directa o indirecta; es necesario garantizar la integridad y
estabilidad física y emocional de trabajadores y trabajadoras que se
desenvuelven en algún tipo de actividad productiva.
Conclusión
La norma técnica programa de salud y seguridad en el trabajo es un
instrumento de aseguramiento del trabajador y trabajadora, sumamente
importante para proporcionar condiciones seguras en cuanto al desarrollo de
trabajo en empresas, relación de dependencia, por cuenta de una
empleadora o empleador, cualesquiera sea su naturaleza, el lugar donde se
ejecute, persiga o no fines de lucro, sean públicas o privadas y en general, a
toda actividad productiva que signifique productividad.
Igualmente, la norma debe sr aplicada en casos en los cuales el ente
productivo cuenta con personas con condiciones especiales (adolescentes,
embarazadas, personas con VIH o SIDA, o aquellos trabajadores que
posean una discapacidad motriz o intelectual) para generarles seguridad y
estabilidad y de esta forma, gocen de una seguridad que les permita ejecutar
sus labores diarias eficientemente y el resultado se la ganancia de la
empresa o ente productivo y del trabajador mismo.
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