Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
1 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Sistema de Información de las
Contrataciones Públicas
ELABORADO POR LOS FUNCIONARIOS DE LA
DIRECCIÓN DE NORMAS Y CONTROL
ASUNCIÓN, AGOSTO DEL 2013
MANUAL DE
PROCESOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
2 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Índice Índice ................................................................................................................................................................... 2
Prólogo ................................................................................................................................................................ 3
Objetivos Generales ............................................................................................................................................ 4
Introducción ........................................................................................................................................................ 5
Objeto y ámbito de aplicación de la Ley 2.051/03 y su Decreto Reglamentario 21.909/03 .............................. 6
Ciclo de Procesos de Contratación ...................................................................................................................... 7
Marco Legal ......................................................................................................................................................... 8
Programa Anual de Contrataciones (PAC) ........................................................................................................ 10
Códigos de Catálogo .......................................................................................................................................... 16
Contratación Directa (CD) ................................................................................................................................. 18
Locación de Inmuebles (LC) ............................................................................................................................... 21
Licitación por Concurso de Ofertas (CO) ........................................................................................................... 24
Licitación Pública (LP) ........................................................................................................................................ 27
Subasta a la Baja Electrónica (SBE) ................................................................................................................... 31
Documentaciones que comúnmente se exigen a los Oferentes en determinados tipos de llamados a
contratación. ..................................................................................................................................................... 35
Particularidades a ser tomadas en cuenta según el objeto del llamado .......................................................... 38
Adendas, aclaraciones, prórrogas, declaraciones desiertas y cancelaciones ................................................... 42
Adjudicaciones .................................................................................................................................................. 45
Procesos Especiales ........................................................................................................................................... 53
Unidades Ejecutoras de Proyectos .................................................................................................................... 56
Departamento de Atención a Municipios ......................................................................................................... 58
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES DEL ESTADO - SIPE ................................................................. 60
CONSIDERACIONES GENERALES ........................................................................................................................ 61
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
3 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Prólogo
Este Manual de Procesos de compras ha sido elaborado por funcionarios de la Dirección de Normas y
Control de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y es resultado de la recopilación de normativas
y procedimientos, así como del estudio sobre la casuística referente a temas relacionados con los procesos
de contratación pública.
Se trata por tanto de una herramienta dinámica, que si bien por su contenido requerirá de un trabajo
constante de actualización y revisión, pretende constituirse en un aporte práctico y útil al momento de la
planificación, ejecución de llamados y adjudicaciones a través del Sistema de Información de las
Contrataciones Públicas, por parte de los funcionarios encargados de las Unidades Operativas de
Contratación de las diferentes entidades del estado.
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4 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Objetivos Generales
Brindar una herramienta de trabajo clara y eficaz para orientar a las Unidades Operativas de
Contratación en la preparación y ejecución de cada etapa del proceso de contratación.
Abordar conceptos, tipos de documentos estándar, documentos que avalan las diferentes etapas
del proceso, normativa rectora, plazos, documentos que comúnmente se solicitan a los oferentes
para participar en los procesos licitatorios, etc.
Afianzar el sistema de información de contrataciones públicas y la función de la DNCP como ente
orientador en materia de compras públicas.
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5 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Introducción
Desde la vigencia de la Ley 2051/03 la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas ha tomado el gran
desafío de transparentar, efectivizar, simplificar y agilizar las Compras Públicas dentro de la República del
Paraguay. Con el fin de alcanzar estos objetivos, esta Dirección se ha abocado en la implementación de un
sistema basado enteramente en una plataforma electrónica, que acompañe la evolución de las compras
públicas en el país.
El Sistema de Información de las Contrataciones Públicas tiene como finalidad sistematizar la información
referente a la ejecución de las contrataciones, y proveer a la ciudadanía y a las unidades compradoras de
cada institución un sistema intuitivo, de normas claras, y por sobre todo, que incentive la libre participación
y a la transparencia de los procesos.
En afán de permanentemente ir modernizando y facilitando las tareas correspondientes a las Unidades
Operativas de Contrataciones, la DNCP ha detectado la necesidad de dotar a las distintas UOC de una
herramienta concisa y específica sobre los procedimientos a ser llevados a cabo en el marco de las compras
públicas y sus distintas modalidades. Esta herramienta a la cual denominamos “Manual de Procesos de
Contrataciones” posee informaciones básicas respecto a los conceptos de las distintas modalidades, las
referencias del marco legal que los apoyan, las pautas a tener en cuenta en la elaboración de los distintos
pliegos de bases y condiciones, así como las cartas de invitación, los documentos adicionales a ser
presentados según los distintos casos, entre otros puntos. Apunta a servir de información para funcionarios
de las UOC, funcionarios públicos en general, además de la ciudadanía y cualquier interesado en la materia.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
6 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Objeto y ámbito de aplicación de la Ley
2.051/03 y su Decreto Reglamentario 21.909/03
La Ley 201/03 “De Contrataciones Públicas” en su artículo primero establece el Sistema de Contrataciones
del Sector Público y dispone que el mismo tiene por objeto regular las acciones de planeamiento, ejecución,
erogación y control de las adquisiciones y locaciones de todo tipo de bienes, la contratación de servicios en
general, los de consultoría y de obras públicas y los servicios relacionados con las mismas, que realicen:
a) los organismos de la Administración Central del Estado,
b) los gobiernos departamentales; las universidades nacionales; los entes autónomos,
autárquicos, de regulación y de superintendencia; las entidades públicas de seguridad
social; las empresas públicas y las empresas mixtas; las sociedades anónimas en las que el
estado sea socio mayoritario; las entidades financieras oficiales; la Banca Central del
Estado, y las entidades de la Administración Pública Descentralizada; y,
c) las Municipalidades.
Los organismos, las entidades y las municipalidades se abstendrán de celebrar cualquier clase de acto
jurídico, independientemente del nombre con el que se lo identifique, que evada el cumplimiento de dicha
Ley.
PRINCIPIOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
Economía y Eficiencia
Igualdad y Libre Competencia
Transparencia y Publicidad
Simplificación y Modernización Administrativa
Desconcentración de Funciones
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7 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Ciclo de Procesos de Contratación
El proceso de contratación consiste en el conjunto de etapas cuya realización sucesiva tiene por objeto la
concreción de una contratación pública en los términos de la Ley N° 2051/03.
El procedimiento de contratación se entiende por cada una de las etapas que conforman el proceso de
contratación y que se realizan de conformidad a las disposiciones de la Ley N° 2051/03 y la reglamentación
establecida por la DNCP, abarcando las etapas de planificación, convocatoria o llamado, adjudicación y
suscripción de contrato.
“La Ley N° 2.051/2003 De Contrataciones Públicas” en su Artículo 64 establece la obligatoriedad de la
difusión electrónica de las contrataciones realizadas por el Estado, para lo cual se creó el “Sistema de
Información de Contrataciones Públicas (SICP)”, siendo el Portal de Contrataciones su principal herramienta
(www.contrataciones.gov.py)
Presupuesto
Institucional
PAC
Llamados Adjudicación
Código de
Contratación
Contratación
Verificación
Contractual
SICP
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8 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Es un Sistema Informático integral que permite difundir y sistematizar las distintas etapas de los procesos de
contratación, desde la programación hasta la adjudicación, y con el que se logra una completa trazabilidad
de la información relacionada al proceso de contratación en cada etapa.
Marco Legal Ley Nº 2051/03: “De Contrataciones Públicas”
Ley Nº 3439/07: que modifica la ley 2051 de contrataciones públicas
Ley Nº 4.558/11: Mecanismos de apoyo al empleo y la industria nacional
Ley 1535 de administración financiera.-
Leyes de presupuestos vigentes
Decreto Nº 21.909/03: “Que reglamenta la Ley 2.051/03 De Contrataciones Públicas”
Decreto Nº 5174/05: “ Por la cual se modifican los artículos 18, 19, 24, 25,26, 35, 44, 45, 47, 48, 49,
51, 53, 56, 62, 75, 78, 81, 83, 84, 92, 112, 118 y 125. Del Decreto 21909/2003 “Reglamento de la Ley
2051/03 DE CONTRATACIONES PUBLICAS”
Decreto Nº 6.225/10: Por el cual se establecen Mecanismos de Apoyo a la Producción y Empleo
Nacional, Márgenes de Preferencia y Criterios para la realización de los procesos de Contratación,
regidos por la Ley Nº 2051/03.
Decreto Nº 6674/11: Por el cual se modifica y amplía el decreto N° 6225/11 “Por el cual se
establecen mecanismos de apoyo a la producción y empleo nacional, márgenes de preferencia y
criterios para la realización de los procesos de contratación, regidos por la Ley 2051/03
Decretos que posean incidencia en casos de contrataciones vigentes
Resolución DNCP Nº 1.869/11: por la cual se establece condiciones para la aplicación de la
modalidad de contrato abierto en los procedimientos de contratación regidos por la Ley N°
2051/03.
Resolución DNCP N° 1.915/2011: “Por la cual se establecen formalidades de presentación física de
la constancia expedida por el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE) para ser
utilizados en los procedimientos de contratación regidos por la Ley N° 2.051/03”.
Resolución DNCP N° 948/10: “Por el cual se derogan las Resoluciones DNCP N° 738/09 y 317/10 y se
dispone la reducción de plazos de verificación de la Dirección de Normas y Control, en las distintas
etapas y modalidades de los procesos de contratación, a los efectos de la difusión en el Sistema de
Información de las Contrataciones Públicas (SICP)
Resolución DNCP N° 475/11: Por la cual se reglamenta el requisito de visita o inspección por parte
de los potenciales oferentes, indicados en los PBC y Carta de Invitación Estándar de los Procesos de
Contratación realizados por los Organismos, Entidades del Estado y Municipalidades.
Resolución 472/11: Por la cual se crea el registro obligatorio de firma de funcionarios encargados
de la suscripción de los certificados de disponibilidad Presupuestaria pertenecientes a los
organismos, entidades del estado y las municipalidades indicados en el artículo 1° de la Ley 2051/03
“De Contrataciones Públicas”
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
9 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Res 611/13 Aprobación del sistema de gestión de contratos
Circular 4/12: nuevas directrices a ser observadas acerca de la garantía de mantenimiento de
oferta.
Circular DNCP 7/12: Recomendación de inclusión de Normas técnicas de accesibilidad al medio
físico.
Circular DNCP 10/09: Circular que propone adoptar las recomendaciones a tener en cuenta para La
elaboración del Pliego de Bases y Condiciones de seguros.
Circular 27/11: Adoptar criterios de desempate en los llamados.
La Ley de Presupuesto General de la Nación del ejercicio correspondiente y su Decreto Reglamentario.
Demás resoluciones o circulares que se encuentren vigentes y que no se
encuentren en el presente listado.
LOCACION
Resolución DNCP Nº 458/12, donde se deroga la Resolución MH/SSEAF/UCNT Nº 59/07 y
reglamenta el proceso de Locación de Bienes Inmuebles y la Renovación de contratos de Locación.
Resolución DNCP N° 2035/12 art. 1 de fecha 12 de octubre de 2012
Circular DNCP Nº 06/12, comunicación de expedientes de renovación de contratos de Locación de
Inmuebles.
o CDIRECTA
Resolución DNCP Nº 805/09: “Por la cual se determina la obligatoriedad de realizar una prórroga de
fecha de apertura de ofertas en los procedimientos de Contratación Directa”.
Resolución DNCP N° 100/06: “ Reglamentación del artículo 34 de la Ley 2051/03”
SUBASTA A LA BAJA ELECTRÓNICA
Decreto 12.453/08 (14/07/2008): “Por el cual se establece el Procedimiento para la Subasta a la
Baja Electrónica, se crea la Unidad de Subasta a la Baja Electrónica encargada de llevar adelante el
procedimiento y se deroga la Sección V, Capitulo II, Titulo III, del Decreto N° 21.909/2003 “Por el
cual se reglamenta la Ley N° 2.051/2003 “De Contrataciones Públicas”.
Decreto 1.434/2009 (06/02/2009): Por el cual se reglamenta el Art. 7 de la Ley N° 2.051/2003 “De
Contrataciones Públicas”.
Decreto 5.517/2010 (25/11/2010): Por el cual se amplía el Decreto 12.453 del 14 de julio de 2008,
en cuanto al ámbito de aplicación de los procesos realizados a través de la Subasta a la Baja
Electrónica, incluyendo a las Contrataciones de Obras Publicas y Contratos de Consultoría y se
determina la obligatoriedad de la presentación de los documentos del adjudicatario en acto público.
Resolución DNCP N° 860/2008 (15/10/2008): “Por el cual se establecen los procedimientos del
Sistema de Subasta a la Baja Electrónica a realizarse para cualquiera de las modalidades de
contratación indicadas en la Ley de Contrataciones Públicas, Los/as oferentes/as o postores/as,
convocantes y DNCP, a través de sus funcionarios encargados”.
Resolución DNCP N° 1.540/2011 (02/08/2011): “Por la cual se deroga la Resolución DNCP N°
195/2009; y se establecen los valores del tope máximo para cada parámetro y del puntaje Mipyme
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
10 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
asignado a la Empresa, utilizados en las fórmulas para la definición y categorización de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas registradas en el Sistema de Información de Proveedores del
Estado (SIPE), prescriptas en el artículo 3° del Decreto N° 1434/09 “Por el cual se reglamenta el
artículo 7° de la Ley N° 2.051/2003 “De Contrataciones Públicas”.
Resolución DNCP N° 1.541/2011 (02/08/2011): “Por la cual se establecen normas complementarias
al procedimiento de inscripción de las personas físicas y jurídicas en el Sistema de Información de
Proveedores del Estado (SIPE) y la obligatoriedad de la actualización de las datos y documentos para
la categorización Mipyme de los proveedores inscriptos”.
Resolución DNCP N° 2.671/2011 (09/12/2011): “Par la que modifica el artículo 19 de la Resolución
DNCP N° 948/2010 respecto al plazo de difusión en el SICP de las Contrataciones Directas,
Contrataciones por Vía de la Excepción y las inferiores a doscientos jornales mínimos, realizadas a
través de Subasta a la Baja Electrónica.”
Resolución DNCP N° 402/2012 (02/03/12): “Por la cual se deroga la Resolución DNCP N° 936/09 y
se aprueban normas complementarias al procedimiento de Subasta a la Baja Electrónica.”
RESOLUCIÓN DNCP N° 657/12 (18/04/2012) "Por la cual se deroga la Resolución. DNCP N° 459/12 y
se establecen reglas con relación a la moneda de cotización de la oferta y pago en las Licitaciones
Públicas Internacionales realizadas a través de Subasta a la Baja Electrónica (SBE)".
MUNICIPIOS
Ley Orgánica Municipal Nº 3966 Título Octavo del Régimen de Contratación Municipal desde el Art. 209 hasta el Art. 219. (aprobación de planos)
SIPE
Resolución DNCP N° 1.915/11: “Por la cual se establecen Formalidades de Presentación Física de la Constancia Expedida por el SIPE, para ser utilizados en los procedimientos de Contratación Regidos por la Ley Nº 2051/03”.
Programa Anual de Contrataciones (PAC) El Programa Anual de Contrataciones (PAC), consiste en la planificación de las adquisiciones a realizar por
cada Entidad para satisfacer las necesidades de bienes, obras, servicios en general y consultoría, en función
al tope establecido en el Plan Financiero Institucional. (PFI)
Aunque no constituirá un compromiso de contratación, será obligatorio contar con el citado programa para
la ejecución del presupuesto de cada año, el cual solo por causas debidamente justificadas, podrá ser
adicionado, modificado, suspendido o cancelado.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
11 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
A más tardar el veinte y ocho de febrero de cada año, de acuerdo con el Presupuesto General de la Nación
o los Presupuestos Municipales vigentes, con los decretos y resoluciones reglamentarias y con los
delineamientos emitidos, los organismos, las entidades y las municipalidades elaborarán y aprobarán el
Programa Anual de Contrataciones, sujetándose a las previsiones establecidas en la Ley de Administración
Financiera y su Reglamento. La aprobación del mismo dependerá de la Máxima autoridad de la Institución
Convocante, vía resolución administrativa. Luego de la aprobación institucional se posee hasta un máximo
de 10 días corridos para la remisión del mismo a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
Elaboración del Programa Anual de Contrataciones
Para la formulación del PAC, cada dependencia administrativa deberá remitir a su respectiva UOC/UEP sus
necesidades de bienes, servicios en general, de consultoría y ejecución de obras, en función a sus
presupuestos y metas, señalando las prioridades y la programación respectiva.
Se deben tener en cuenta los siguientes puntos:
La calendarización de recursos presupuestarios, atendiendo a su efectiva disponibilidad, de acuerdo
con el Plan de Caja respectivo.
La consolidación del PAC será atendiendo a lo establecido en el Art. 15 del Decreto 21909/03, en el
que se establecen los criterios aplicables.
Determinar los requerimientos institucionales y las disponibilidades presupuestaria y financiera.
Determinar el costo de cada contratación, teniendo en cuenta aspectos tales como: la estimación
de precios unitarios por cantidad requerida, posibles reajustes de precios, la necesidad de servicios
conexos a la adquisición de bienes o viceversa (ej. Provisión de repuestos), posibles ampliaciones de
contrato, etc.
Determinar naturaleza específica del bien y/o servicio requerido.
Se deberá determinar si la contratación se realizará en un solo periodo o si abarcará más de uno
(plurianual).
Se deberá establecer si el llamado se realizará o no por Subasta a la Baja Electrónica.
Teniendo en cuenta principalmente que los proveedores, contratistas y la sociedad civil en general
no manejan los términos presupuestarios a los cuales se encuentra vinculado el Programa Anual de
Contrataciones (Ej: Tipo de Presupuesto, Programa, Subprograma, Objeto del Gasto, etc.) y
considerando la necesidad de vincular esta terminología a los bienes, obras y/o servicios que
necesitan los distintos Organismos y Entidades del Sector Público, en el PAC se establecen las
llamadas “Categorías” con el fin de facilitar la búsqueda de los llamados, de manera a que
proveedores de distintos rubros o cualquier persona común puedan ubicar con facilidad los
procesos de su interés.
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12 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Fraccionamiento de contratos sin intención de eludir los tipos de procedimientos de
contratación.
El fraccionamiento, para que sea considerado irregular o ilícito, debe haber sido realizado con la
intención de burlar el sistema clasificatorio de procedimientos de contratación fijado en el Artículo
16 de la Ley N° 2051/03. Tanto para la consolidación como para el fraccionamiento, la ley hace
mención del hecho de asegurar las mejores condiciones del Estado.
El artículo 18 de la Ley N° 2051/03, expresa claramente que no existe fraccionamiento cuando se
busca aumentar el número de oferentes, o sea necesario efectuar un procedimiento por etapas
debido a la complejidad o por el financiamiento necesario para ejecutar la totalidad de la
contratación.
Así tenemos:
1-Pasajes y Transportes
2-Servicios de Limpiezas, Mantenimientos y reparaciones menores y mayores de Instalaciones, Maquinarias y Vehículos 3-Adquisición y Locación de inmuebles. Alquiler de muebles 4-Capacitaciones y Adiestramientos 5-Consultorías, Asesorías e Investigaciones. Estudios y Proyectos de inversión 6-Seguros 7-Servicios Técnicos 8-Publicidad y Propaganda 9-Servicios de ceremonial, gastronómico y funerarios 10-Textiles, vestuarios y calzados 11-Utiles de oficina, Productos de papel y cartón e impresos 12-Elementos e insumos de limpieza 13-Utensilios de cocina y comedor, Productos de Porcelana, vidrio y loza 14-Productos Alimenticios 15-Combustibles y Lubricantes 16-Productos químicos 17-Equipos, Productos e instrumentales Médicos y de Laboratorio. Servicios asistenciales de salud 18-Materiales e insumos eléctricos, metálicos y no metálicos, Plásticos, cauchos. Repuestos, herramientas, cámaras y cubiertas. 19-Bienes e insumos agropecuario y forestal 20-Minerales 21-Construcción, Restauración, Reconstrucción o Remodelación y Reparación de Inmuebles 22-Maquinarias, Equipos y herramientas mayores - Equipos de transporte 23-Muebles y Enseres 24-Equipos, accesorios y programas computacionales, de oficina, educativos, de imprenta, de comunicación y señalamiento 25-Equipos Militares y de Seguridad. Servicio de Seguridad y Vigilancia
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13 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS APLICABLES A LA LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Objeto del Gasto Denominación
200 Servicios No Personales
300 Bienes de consumo e insumos
400 Bienes de cambio
500 Inversión Física
830 Transferencia al sector privado
848 Complemento Nutricional
Excepciones del Subgrupo Denominación
210 Servicios Básicos
232 Viáticos y movilidad
233 Gastos de traslado
239 Gastos de traslado
290 Servicios de Capacitación*
Documentos Necesarios para la remisión del PAC
Nota dirigida al Director Nacional, y en su caso, fundamentar las razones por las que se realizan varias contrataciones con el mismo objeto de modo a no considerarse un fraccionamiento en los términos del artículo 18 del Decreto N° 21909/03.
Resolución emitida por la máxima autoridad institucional.
OBSERVACION: Deberá además incluir los objetos del gasto 830 y 840, relacionados con el Sistema de Complemento Nutricional creado por Ley Nº 1.443/99. Las UOC elaborarán el PAC consolidado a nivel institucional, de conformidad al Anexo 02-02 – Programa Anual de Contrataciones. El mismo deberá ser presentado a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas de conformidad a los criterios y medios establecidos. Las contrataciones para capacitación de las entidades conectadas al SIAF, si bien es cierto no necesitan pasar por un proceso de PAC-Llamado-Adjudicación, deberán contar con un Código de Contrataciones para su posterior obligación y pago.
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14 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Plazos de verificación de PAC conforme a la normativa de la DNCP.
La Dirección Nacional de Contrataciones dispondrá del plazo de 3 días hábiles contados a partir del día
siguiente del ingreso de la documentación correspondiente, para llevar a cabo la verificación de los
expedientes de PAC Consolidados remitidos por las convocantes.
En los casos de modificaciones, reparos o cancelación de PAC, el plazo de verificación será de 1 (un) día
hábil contado a partir del día siguiente del ingreso de la solicitud, la cual deberá estar acompañada de la
correspondiente resolución de aprobación de la autoridad competente de la convocante.
Algunos casos en los que podrían realizarse modificaciones o reprogramaciones de PAC son los siguientes (a
modo de ejemplo):
• Por motivos presupuestarios: Debido a ampliaciones o recortes financieros en el presupuesto institucional.
• Modalidades: En el caso que se pretenda hacer un proceso distinto al programado, cuyas causas pueden ser varias (ejemplo: dos declaraciones desiertas de un llamado).
• Cambio de necesidades: Cuando la necesidad que motivó la programación de una contratación, requiere modificaciones para ajustarla a las necesidades presentes.
Las siguientes modificaciones estarán exentas de la obligatoriedad de contar con resolución de aprobación
de la máxima autoridad, sin embargo requerirán de aprobación por el responsable de la Unidad Operativa
de Contratación:
a) Las que tengan por objeto subsanar errores en la consignación de datos en la estructura
presupuestaria, como ser: el tipo, programa, sub programa, sub grupo de objeto de gasto, fuentes
de financiamiento, organismo financiador o departamento;
b) Cambios de modalidad cuando sea el producto de dos declaraciones desiertas, en cuyo caso se
acompañarán copias de las resoluciones de las Declaraciones Desiertas;
c) Cambios de denominación de la descripción del llamado, siempre que no se afecte sustancialmente
el objeto de la contratación
d) Cambios de fecha de inicio del llamado; y
e) Cambios en la imputación de códigos de catálogos a nivel 4.
Solicitud de Asociación de Categoría de Bien y/o Servicio y SGOG
Cuando los productos que se desean adquirir en un proceso de contratación no se encuentran
relacionados a la categoría y/o sub grupo de objeto de gasto, el procedimiento para solicitar la
asociación se puede realizar tanto por correo electrónico como por nota a través de la mesa entrada
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
15 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
manual. En dicha solicitud deben listarse los códigos de catálogo de Nivel 4, la categoría y el SGOG a
que deben ligarse, así como las fundamentaciones correspondientes que sustentan dicha solicitud.
En el caso que se necesite incluir a un proceso de contratación un Código de Catalogo que no
pertenezca a la Categoría utilizada, y dicho Código de Catalogo no corresponda a la mencionada
Categoría se deberá solicitar la asociación del Código directamente al ID del proceso, debiendo
incluir en dicho pedido el justificativo correspondiente (ej. Consolidación, procesos Llave en Mano,
etc). La solicitud podrá ser realizada según el procedimiento detallado en el párrafo anterior.
Casos Particulares
En el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP) sólo pueden modificarse
aquellos ID´s de PAC que no cuenten con llamados comunicados a la DNCP, excepto cuando
el proceso de convocatoria se encuentre en estado retenido.
La modificación de la modalidad de un ID de PAC no es habilitada cuando se ha creado un
llamado para ese ID, aunque el mismo se encuentre en estado Inactivo. Para realizar el
cambio de modalidad primero debe eliminarse el llamado creado.
Para modificar líneas presupuestarias debe asegurar que el mismo no se encuentre
“Previsionado” en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), si su entidad se
encuentra conectada a dicho sistema.
Si se incorporan nuevas líneas presupuestarias, producto de reprogramaciones
presupuestarias o ampliaciones, para que éstas sean incorporadas al SICP debe comunicarse
con la DNCP.
Los procesos realizados a finales de un ejercicio fiscal, Ad Referéndum del siguiente
ejercicio, deben ser cargados en el módulo correspondiente al año sobre el cual recae la
ejecución del presupuesto. El SICP habilita el módulo correspondiente al ejercicio siguiente
aproximadamente en octubre de cada período.
Los procesos llevados a cabo Ad Referéndum, cuyo presupuesto sea aprobado de manera
posterior a la publicación del llamado, tendrán una opción denominada “Carga de Líneas
Presupuestarias” en la lista de Acciones que posee cada ID de PAC, a fin de que los datos
presupuestarios puedan ser cargados a través del SICP, permitiendo el ajuste del monto
total, de los años, en el caso de los plurianuales, y de la carga de las líneas presupuestarias
correspondientes.
Los expedientes manuales se ingresarán únicamente cuando el ID de PAC que se desea reprogramar se
encuentra con llamado publicado.
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16 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Códigos de Catálogo
Definición de Código de Catálogo
Consiste en una serie numérica estandarizada en niveles de detalle, que clasifica los bienes y servicios que
adquiere o contrata el Estado Paraguayo y contiene una descripción genérica de los mismos.
El código de catálogo es utilizado en cada una de las etapas del proceso de contratación de las Entidades
con el cual el SICP obtiene información ordenada sobre los bienes y servicios planificados y contratados por
el estado, que permite establecer políticas y/o medidas para el mejor aprovechamiento de los recursos
financieros.
Uso del Catálogo
La búsqueda de un bien o servicio se puede realizar a través de:
• Buscadores Jerárquicos: Explorador del catálogo.
• Otros: buscadores de Nivel 4 y Nivel 5.
• Por múltiples palabras: En ésta opción de búsqueda solo se debe escribir el nombre del bien o
servicio combinados. El Sistema localiza automáticamente lo consultado con sus respectivos
sinónimos o palabras relacionadas en caso que los tuviere.
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17 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
En caso que el bien o servicio requerido no disponga de código de catálogo se debe solicitar la creación del
mismo.
Catalogación de bienes y servicios en el PAC
La elaboración del Plan Anual de Contrataciones exige especificar en nivel 4 los códigos de catálogo de los
bienes y servicios requeridos en base a las especificaciones técnicas y conforme a la base de datos de
códigos de catálogo de la DNCP.
Una vez identificado el bien y/o servicio a nivel 5, verificar que el código tenga asignadas (a nivel 4) la
categoría y el Objeto de Gasto del PAC en elaboración, en caso que no tenga asignado, se solicitará la
asignación con la justificación correspondiente vía correo electrónico, teniendo en cuenta lo establecido en
el clasificador presupuestario.
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18 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Catalogación de bienes y servicios en llamados y adjudicaciones
En la etapa de llamado y adjudicación de procesos de contratación, el SICP exige la catalogación de los
bienes o servicios al nivel 5 de detalle, en base a las especificaciones técnicas y a la base de datos de la
DNCP.
Código de catálogo nivel 4: contiene los 8 dígitos que identifican de manera genérica el bien/servicio a
adquirir. Ej.: 76111501 Servicios de limpieza de edificios.
Código de catálogo nivel 5: contiene ocho dígitos sumado a los tres dígitos seguidos del guion, que
permiten identificar de manera específica el servicio/producto a adquirir. Ej: 76111501-003 Servicio de
Limpieza de estacionamiento
Nivel 1- Rama
Tecnologías de Información, Telecomunicaciones y Radiodifusiones
Nivel 2- Familia
Equipos y Accesorios Computacionales
Nivel 3- Clase
Impresoras para Computadores
Nivel 4- Bien o servicio
Impresoras Láser
Nivel 5- Definición del producto
Impresoras Láser Blanco y Negro
Contratación Directa (CD)
Definición de Contratación Directa:
Un llamado correspondiente a la modalidad de Contratación Directa es aquél cuyo presupuesto previsto en
el Programa Anual de Contrataciones de la Entidad convocante para el llamado particular es inferior al
monto equivalente a los dos mil jornales mínimos, salvo los casos de excepciones previstos en el artículo 33
de la Ley 2.051/03.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
19 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Plazos del Proceso
Modalidad Plazos de Verificación de Llamado
Plazo de Verificación de los reparos
Publicación en el Portal
Publicación de las prórrogas
Publicación de las Aclaraciones antes de la apertura
Publicación de las adendas antes de la apertura
Contratación Directa
3 (DH) 2(DH) 5(DC) 5(DC) 1(DH) 2(DH)
Contratación Directa (inferior a 200 jornales)
3 (DH) 2 (DH) 3 (DC) 3 (DC) 1 (DH) 2 (DH)
DH: días hábiles
DC: días Corridos
Documentos a ser presentados por la convocante con el llamado:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando el llamado (firmada y escaneada).
Carta de Invitación donde se incluyan las bases y condiciones del llamado
CDP (escaneado y firmado en concordancia al registro de firmas remitido a la DNCP) o Constancia Ad referéndum (según corresponda)
Constancia de previsión de Plurianualidad (en caso de que el llamado sea ejecutado con cargo a más de un ejercicio fiscal)
Documentos disponibles para la modalidad de Contratación Directa:
Para descargar los documentos se debe ingresar al portal de la DNCP (www.dncp.gov.py), Marco Legal,
Estado: vigente, donde obran las siguientes herramientas relacionadas a esta modalidad:
Carta de Invitación Estándar- Bienes y Servicios - Convencional para Contratación Directa
aprobado por Resolución DNCP N° 872 de fecha 26 de abril de 2013
Carta de Invitación Estándar para la adquisición de Pasajes y Servicios Conexos aprobado
por Resolución DNCP N° 1971 de fecha 02 de diciembre de 2009
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
20 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Elaboración de la Carta de Invitación
Debido a que la Carta de Invitación es el documento primordial dentro de este tipo de proceso de
adquisiciones públicas, en el que se establecen los lineamientos, criterios de evaluación y especificaciones
técnicas, es importante tomar especial cuidado en la elaboración del mismo a fin de asegurar una
contratación exitosa.
Atendiendo al formato de la Carta de Invitación Estándar para la adquisición de Bienes y Servicios, el
documento se divide en cuatro anexos principales:
Anexo A Generalidades: Instrucciones para los oferentes
Anexo B Datos de la Contratación (DDLC): Datos del procedimiento de contratación directa.
Anexo C que contiene cláusulas relativas a la cantidad, descripción y especificaciones técnicas de los
bienes/servicios requeridos.
Anexo D: Formularios.
De acuerdo a la contratación específica deberán contemplarse los siguientes requisitos y condiciones:
La forma de adjudicación: (Ítem, Lote, total)
Si se aplicará o no la modalidad de contrato abierto, y su justificación en caso de aplicarlo
Indicar el plazo por el cual los oferentes deberán mantener vigentes sus ofertas
Las solicitudes de una garantía de mantenimiento de ofertas que tutele el mantenimiento de las
ofertas por el plazo que corresponda, por un lado, y la garantía de fiel cumplimiento del contrato
Plazos para la recepción y apertura de ofertas
Plazo tope de recepción de consultas por parte de la convocante
Indicar si se realizará o no una junta de aclaraciones
Criterios de Evaluación
Margen de Preferencia
Criterios de desempate
Especificaciones Técnicas
Plan de entregas
Forma de pago
Si se otorgarán o no anticipos
La vigencia contractual u orden de compra/servicio
Mecanismos para el cálculo de reajustes
Mecanismo de resolución de conflictos
Multas a ser aplicadas
Lista de precios
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
21 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Pro forma del contrato
Pro forma de Orden de Compra o Servicio
Formularios a ser aplicados a la contratación
Documentaciones a ser requeridas por la convocante
Locación de Inmuebles (LC)
Definiciones
Locaciones: Actos jurídicos en virtud de los cuales los organismos, las entidades y las municipalidades
obtienen el derecho al uso y goce temporal de bienes, incluyendo las operaciones de locación financiera, en
virtud de las cuales se pueda optar por la transmisión de la propiedad del bien.
La contratación de inmuebles en las que los cánones mensuales fueran inferiores a los 1.000 jornales
mínimos legales se clasifican en:
Locación de Inmueble determinado: Es el procedimiento de Locación de Inmuebles que podrá
realizarse cuando la Convocante haya determinado previamente la propiedad que pretende
alquilar, considerando su total adecuación a las necesidades de la Institución, sustentada en
informes técnicos previos.
Locación de Inmueble indeterminado: Es el procedimiento de Locación de Inmuebles que podrá
realizarse cuando la Convocante no haya determinado previamente la propiedad que pretende
alquilar y considere necesaria la presentación de una o más ofertas a ser evaluadas.
Deberá además, difundirse a través del Portal de Contrataciones Públicas (www.dncp.gov.py) durante por
lo menos tres días.
Renovación de Locación: La adjudicación de las renovaciones de contratos de locación se realizarán en un
sólo acto administrativo, independientemente de la adjudicación a más de un oferente.
Deberán ser comunicadas a la DNCP dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la suscripción del
contrato respectivo.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
22 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Plazos del Proceso
Modalidad Plazos de Verificación de Llamado
Plazo de Verificación de los reparos
Publicación en el Portal
Publicación de las Aclaraciones antes de la apertura
Publicación de las adendas antes de la apertura
Locación de Inmuebles
3 (DH) 2(DH) 3(DC) 1(DH) 2(DH)
Renovación de Locación
3(DH) 2 (DH) ------------- ------------- -------------
DH: días hábiles
DC: días Corridos
Documentos a ser presentados por la convocante con el llamado en los casos de Locación de Inmuebles
(determinados / indeterminados):
Nota dirigida al Director Nacional comunicando el llamado (firmada y escaneada).
Dictamen justificativo
Resolución firmada por la máxima autoridad, que autoriza el llamado al Llamado.
Carta de invitación estándar
CDP (firmado y escaneado) o Constancia Ad referéndum (según corresponda)
Constancia de previsión de plurianualidad (según corresponda)
Documentos a ser presentados por la convocante en los casos de Renovación de Contratos de Locación:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando de la renovación (mencionar el ID del ejercicio anterior).
Dictamen justificativo
Resolución firmada por la máxima autoridad, que autoriza la renovación
CDP (firmado y escaneado) o Constancia Ad referéndum (según corresponda)
Constancia de previsión de Plurianualidad (según corresponda)
Contrato firmado.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
23 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Para descargar los documentos estándar se debe ingresar al portal de la DNCP (www.dncp.gov.py), Marco
Legal, donde obran las siguientes herramientas relacionadas a esta modalidad:
Carta de Invitación Estándar para las Locaciones Determinados/Indeterminados, según Resolución DNCP N° 2035/12
Elaboración de la Carta de Invitación
La Carta de Invitación sólo se aplica para los casos de Locación de Inmuebles (determinado/indeterminado).
La elaboración de la Carta de Invitación es de suma importancia, debido a que en ella se establecen los
lineamientos, criterios de evaluación y especificaciones técnicas.
La forma de adjudicación: (Ítem, Lote y/o total)
Indicar el plazo por el cual los oferentes deberán mantener vigentes sus ofertas
Las solicitudes de una garantía de mantenimiento de ofertas que tutele el mantenimiento de las
ofertas por el plazo que corresponda, por un lado, y la garantía de fiel cumplimiento del
contrato
Plazos para la recepción y apertura de ofertas
Plazo tope de recepción de consultas por parte de la convocante
Indicar si se realizará o no una junta de aclaraciones
Criterios de Evaluación
Criterios de desempate (solo para los casos de Locaciones indeterminadas)
Especificaciones Técnicas
Plan de entregas
Forma de pago
Si se otorgarán o no anticipos
La vigencia contractual
Mecanismos para el cálculo de reajustes
Mecanismo de resolución de conflictos
Multas a ser aplicadas
Observación: Se debe tener en cuenta que solamente los llamados de Locación de Inmuebles determinados/indeterminados que se realicen por primera vez se publican en el SICP.
La Renovación de Locación no cuenta con publicación de llamado en el SICP, sino que directamente se emite el código de contratación y el mismo se verifica en el SICP en el módulo: “Procesos – búsqueda renovación”.
En ningún caso la Contratante podrá adelantar el pago del canon mensual contratado en concepto de anticipo, salvo la que corresponda en concepto de garantía, cuando su cotización haya sido requerida en la carta de invitación.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
24 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Lista de precios
Pro forma del contrato
Formularios a ser aplicados a la contratación
Documentaciones a ser requeridas por la convocante
Licitación por Concurso de Ofertas (CO)
Definición de Licitación por Concurso de Ofertas:
Es el procedimiento de selección del contratista realizado por la Administración Pública para las
adquisiciones y locaciones de todo tipo de bienes, servicios en general, consultorías y obras públicas, en
base a las condiciones fijadas en el pliego de requisitos, siempre y cuando la cuantía del objeto del contrato
no sea inferior a los dos mil jornales mínimos, y no supere los diez mil jornales mínimos.
Plazos del Proceso
Modalidad Plazos de Verificación de LLamado
Plazo de Verificación de los reparos
Publicación en el Portal
Publicación de las Aclaraciones antes de la apertura
Publicación de las adendas antes de la apertura
Licitación por Concurso de Ofertas
3 (DH) 2(DH) 10(DC) 2(DH) 3(DH)
DH: días hábiles
DC: días Corridos
Observación: Se debe tener en cuenta que los plazos de verificación de los Llamados son contados desde el día siguiente al ingreso del expediente.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
25 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Documentos a ser presentados por la convocante con el llamado:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando el llamado (firmada y escaneada).
Pliego de bases y condiciones atendiendo a la naturaleza del llamado, conforme al pliego
estándar vigente, aprobado por resolución DNCP.-
CDP (escaneado y firmado en concordancia al registro de firmas remitido a la DNCP) o Constancia
Ad referéndum (según corresponda)
Constancia de previsión de plurianualidad (en caso de que el llamado sea ejecutado con cargo a
más de un ejercicio fiscal)
Resolución que aprueba el pliego de bases y condiciones y que autoriza a realizar el llamado,
firmada por la Máxima Autoridad de la Convocante.
Proforma de carta de invitación
Documentos disponibles para la modalidad de Licitación por Concurso de Ofertas:
Para descargar los documentos estándares se debe ingresar al portal de la DNCP (www.dncp.gov.py), Marco
Legal, donde obran las siguientes herramientas relacionadas a esta modalidad:
Adquisición de bienes y/o servicios 4ta versión, aprobado por Resolución DNCP N° 611/13 de fecha 20 de marzo de 2013;
Complemento Nutricional en las Escuelas, aprobado por Resolución DNCP Nº 980/13 de fecha 09 de mayo de 2013;
Adquisición de Pasajes y Servicios Conexos, modificado por Resolución DNCP N° 1509 de fecha 29 de julio de 2011;
Contratación de Obras 2da Versión, aprobado por Resolución 1974/12 de fecha 04 de octubre 2012;
Contratación de Seguros, aprobado por Resolución DNCP N° 137 de fecha 27 de Enero de 2009;
Contratación de Servicios de Consultoría, aprobado por Resolución MH/SSEAF/UCNT N° 407 de fecha 17 de agosto de 2.007;
Servicios de Limpieza Integral, aprobado por Resolución DNCP N° 425/09 de fecha 19 de Marzo de 2.009;
Servicios de Seguridad y Vigilancia, aprobado por Resolución DNCP N° 2724/12 de fecha 28 de diciembre de 2012
Elaboración del Pliego de Bases y Condiciones
Los pliegos de bases y condiciones (pbc) son los documentos elaborados por los administrativos públicos,
en los que se consignan las reglas, los lineamientos, criterios de evaluación y especificaciones técnicas que
regirán el proceso de contratación por vía de la Licitación por Concurso de Ofertas y que se constituyen en
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
26 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
la base para la elaboración del Contrato. En los mismos se deben especificar los suministros, obra o servicio
que se licita.-
El Pliego de Bases y Condiciones es fundamentalmente un pedido de oferta unilateral de la administración,
en el cual se debe encontrar el justo equilibrio entre el detalle de la descripción de los bienes o servicios a
contratar y la necesidad que la Entidad desea revertir, a los efectos de posibilitar la mayor participación de
potenciales oferentes y lograr las mejores condiciones del contrato.
De acuerdo a la contratación específica deberán contemplarse los siguientes requisitos y condiciones:
La forma de adjudicación: (Ítem, Lote y/o total)
Si se aplicará o no el abastecimiento simultáneo, y su justificación en caso de aplicarlo
Si se aplicará o no la modalidad de contrato abierto, y su justificación en caso de aplicarlo
Indicar el plazo por el cual los oferentes deberán mantener vigentes sus ofertas
Las solicitudes de una garantía de mantenimiento de ofertas que tutele el mantenimiento de
las ofertas por el plazo que corresponda, por un lado, y la garantía de fiel cumplimiento del
contrato
Plazos para la recepción y apertura de ofertas
Plazo tope de recepción de consultas por parte de la convocante
Indicar si se realizará o no una junta de aclaraciones
Criterios de Evaluación
Margen de Preferencia
Criterios de desempate
Especificaciones Técnicas
Plan de entregas
Forma de pago
Si se otorgarán o no anticipos
La vigencia contractual
Mecanismos para el cálculo de reajustes
Mecanismo de resolución de conflictos
Multas a ser aplicadas
Lista de precios
Pro forma del contrato
Formularios a ser aplicados a la contratación
Documentaciones a ser requeridas por la convocante
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
27 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Licitación Pública (LP)
Definición de Licitación Pública:
Es el procedimiento de selección del contratista realizado por la Administración Pública para las
adquisiciones y locaciones de todo tipo de bienes, servicios en general, consultorías y obras públicas, en
base a las condiciones fijadas en el pliego de requisitos, siempre y cuando la cuantía del objeto del contrato
supere los diez mil jornales mínimos.
Licitación Pública Nacional (LPN):
Es el procedimiento en el cual, únicamente, pueden participar personas físicas o jurídicas domiciliadas en
el país.
Plazos del Proceso
Modalidad Plazos de Verificación de Llamado
Plazo de Verificación
de los reparos
Publicación en el Portal
Publicación de las Aclaraciones
antes de la apertura
Publicación de las adendas antes de la apertura
Licitación Pública
Nacional 3 (DH) 2(DH) 20(DC) 2(DH) 5(DH)
DH: días hábiles
DC: días Corridos
Observación: Se debe tener en cuenta que la publicación en los periódicos se debe realizar una vez publicado en el portal de la DNCP.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
28 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Documentos a ser presentados por la convocante con el llamado:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando el llamado (firmada y escaneada).
Pliego de bases y condiciones del llamado, conforme al pliego estándar
CDP (escaneado y firmado en concordancia al registro de firmas remitido a la DNCP)o Constancia
Ad referéndum (según corresponda)
Constancia de previsión de plurianualidad (en caso de que el llamado sea ejecutado con cargo a
más de un ejercicio fiscal)
Resolución que aprueba el pliego de bases y condiciones y que autoriza a realizar el llamado,
firmada por la Máxima Autoridad de la Convocante.
Documentos disponibles para la modalidad de Licitación Pública
Para descargar los documentos estándares se debe ingresar al portal de la DNCP (www.dncp.gov.py),
Marco Legal, donde obran las siguientes herramientas relacionadas a esta modalidad:
Adquisición de bienes y/o servicios 4ta versión, aprobado por Resolución DNCP N° 611/13 de fecha 20 de marzo de 2013;
Complemento Nutricional en las Escuelas, aprobado por Resolución DNCP Nº 980/13 de fecha 09 de mayo de 2013;
Adquisición de Pasajes y Servicios Conexos, modificado por Resolución DNCP N° 1509 de fecha 29 de julio de 2011;
Contratación de Obras 2da Versión, aprobado por Resolución 1974/12 de fecha 04 de octubre 2012;
Contratación de Seguros, aprobado por Resolución DNCP N° 137 de fecha 27 de Enero de 2009;
Contratación de Servicios de Consultoría, aprobado por Resolución MH/SSEAF/UCNT N° 407 de fecha 17 de agosto de 2.007;
Servicios de Limpieza Integral, aprobado por Resolución DNCP N° 425/09 de fecha 19 de Marzo de 2.009;
Servicios de Seguridad, aprobado por Resolución DNCP N° 2724/12 de fecha 28 de diciembre de 2012
Elaboración del Pliego de bases y condiciones
Debido a que el Pliego de bases y condiciones es el documento primordial dentro de este tipo de proceso de
adquisiciones públicas, en el que se establecen los lineamientos, criterios de evaluación y especificaciones
técnicas, es importante tomar especial cuidado en la elaboración del mismo a fin de asegurar una
prosecución exitosa de la contratación.
Atendiendo al formato del el Pliego de bases y condiciones estándar de bienes y/o servicios conexos, el
documento se divide en siete secciones principales:
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
29 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Sección I – Datos de la Licitación (DDL)
Sección II – Criterios de Evaluación y Calificación
Sección III – Suministros Requeridos
Sección IV – Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
Sección V – Modelo de Contrato
Sección VI – Formularios
Sección VII – Anexos
De acuerdo a la contratación específica deberán contemplarse los siguientes requisitos y condiciones:
La forma de adjudicación: (Ítem, Lote y/o total)
Si se aplicará o no el abastecimiento simultáneo, y su justificación en caso de aplicarlo
Si se aplicará o no la modalidad de contrato abierto, y su justificación en caso de aplicarlo
Indicar el plazo por el cual los oferentes deberán mantener vigentes sus ofertas
Las solicitudes de una garantía de mantenimiento de ofertas que tutele el mantenimiento de
las ofertas por el plazo que corresponda, por un lado, y la garantía de fiel cumplimiento del
contrato
Plazos para la recepción y apertura de ofertas
Plazo tope de recepción de consultas por parte de la convocante
Indicar si se realizará o no una junta de aclaraciones
Criterios de Evaluación
Margen de Preferencia
Criterios de desempate
Especificaciones Técnicas
Plan de entregas
Forma de pago
Si se otorgarán o no anticipos
La vigencia contractual
Mecanismos para el cálculo de reajustes
Mecanismo de resolución de conflictos
Multas a ser aplicadas
Lista de precios
Pro forma del contrato
Formularios a ser aplicados a la contratación
Observación: Se debe tener en cuenta que cada pliego estándar posee secciones diferentes, por lo cual la convocante deberá adecuarse a los pliegos estándares que correspondan para cada proceso.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
30 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Documentaciones a ser requeridas por la convocante
Licitación Pública Internacional (LPI):
Es el procedimiento en el cual pueden participar tanto personas físicas o jurídicas domiciliadas en el
país, como aquéllas que no lo estén.
Modalidad Plazos de Verificación de LLamado
Plazo de Verificación
de los reparos
Publicación en el Portal
Publicación de las Aclaraciones
antes de la apertura
Publicación de las adendas antes de la apertura
Licitación Pública
Internacional 3 (DH) 2 (DH) 40(DC) 2(DH) 5(DH)
DH: días hábiles
DC: días Corridos
Para iniciar un proceso de LPI se deberá remitir una justificación, en la cual deberán tener en cuenta lo establecido en el artículo 18° de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Se podrán llevar a cabo licitaciones internacionales, en los siguientes casos: 1) cuando resulte obligatorio conforme a lo establecido en los tratados internacionales de los que la
República del Paraguay sea parte; 2) cuando así se hubiera estipulado en los convenios de empréstito suscritos con organismos internacionales multilaterales; 3) cuando, previa investigación de mercado que realice la Unidad Operativa de Contratación (UOC), no exista oferta de proveedores o contratistas nacionales respecto a bienes, servicios u obras en cantidad o calidad requeridas, o sea conveniente en términos de precio; y 4) cuando, habiéndose realizado una licitación pública de carácter nacional, no se presente alguna propuesta o ninguna cumpla con los requisitos establecidos.
Podrá negarse la participación a personas físicas o jurídicas no domiciliadas en el país en licitaciones
internacionales, cuando el país de su domicilio no conceda un trato recíproco a los proveedores o
contratistas, bienes o servicios paraguayos, de conformidad con lo que establezca el reglamento.
Observación: para realizar un pliego de Licitación Pública Internacional, podrá utilizar el Pliego de Bases y Condiciones borrador de fecha 30 de junio de 2004.-
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
31 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
En licitaciones internacionales, los proveedores o contratistas deberán manifestar ante la Unidad Operativa de Contratación (UOC) que los precios que presentan en su propuesta económica no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios o subsidios.
En cuanto al margen de preferencia, en los procedimientos de contratación de carácter
internacional, los organismos, las entidades y las municipalidades optarán, en igualdad de condiciones, por
el empleo de los recursos humanos del país y por la adquisición y locación de bienes producidos en la
República del Paraguay y que cuenten con el porcentaje de contenido nacional superior al cincuenta por
ciento, en la comparación económica de las propuestas, con un margen hasta del diez por ciento de
preferencia en el precio respecto de los bienes de importación, conforme a las normas de evaluación que
se establezcan en el reglamento.
Conforme al artículo 32 del Decreto Reglamentario N° 21909/03 de Contrataciones Públicas
establece que “…En las licitaciones públicas internacionales se considerará que el país del Oferente no
concede un trato recíproco a los proveedores, bienes o servicios paraguayos, cuando las leyes o decisiones
gubernamentales de ese país prohíban las relaciones comerciales con el Paraguay o viceversa. En estos
casos, la Convocante podrá negar la participación de la persona física o jurídica domiciliada en dicho país, de
conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley.”
Subasta a la Baja Electrónica (SBE)
Definición de Subasta a la Baja Electrónica:
La Subasta a la Baja Electrónica (SBE) es la modalidad de Contratación que permite la adquisición de Bienes,
Servicios, Obras y Consultoría, por medio de sesiones públicas virtuales realizadas con el soporte de un
Sistema Electrónico a través de la red Internet, proveído y administrado por la Dirección Nacional de
Contrataciones Públicas. A través de la SBE pueden realizarse las diversas modalidades de procedimientos
de contratación previstos en la legislación vigente en materia de Contrataciones Públicas.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
32 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Plazos del Proceso
Modalidad Plazos de Verificación de Llamado
Plazo de Verificación de los reparos
Publicación en el Portal
Plazo Tope de consultas antes del inicio de carga de propuestas
Plazo Tope de respuestas antes del inicio de carga de propuestas
Publicación de las adendas antes de la apertura
Licitación Pública Nacional
3 (DH)
2 (DH)
8 (DH)
5 (DH)
2 (DH)
5 (DH)
Licitación Pública Internacional
3 (DH)
2 (DH)
8 (DH)
5 (DH)
2 (DH)
5 (DH)
Licitación por Concurso de Ofertas
3 (DH)
2 (DH)
8 (DH)
5 (DH)
2 (DH)
3 (DH)
Vía de la Excepción
3 (DC)
2 (DH)
5 (DC)
2 (DH)
1 (DH)
2(DH)
Contratación Directa
3 (DH)
2 (DH)
3(DH)
2 (DH)
1 (DH)
2(DH)
Contratación Directa (inferior a 200 jornales)
3(DH)
2 (DH)
3 (DH)
2 (DH)
1 (DH)
2 (DH)
DH: días hábiles
DC: días Corridos
Documentos a ser presentados por la convocante con el llamado:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando el llamado (firmada y escaneada).
Carta de Invitación o Pliego donde se incluyan las bases y condiciones del llamado
CDP (escaneado y firmado en concordancia al registro de firmas remitido a la DNCP)
Constancia Ad referéndum (según corresponda)
Constancia de previsión de Plurianualidad (en caso de que el llamado sea ejecutado con cargo a
más de un ejercicio fiscal)
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
33 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Documentos disponibles para la Subasta a la Baja Electrónica (SBE)
Para descargar los documentos estándar se debe ingresar al portal de la DNCP (www.dncp.gov.py), Marco
Legal, Estado: vigente, donde obran las siguientes herramientas relacionadas a esta modalidad:
PBC Estándar Adquisición de Bienes y Servicios por SBE – 4ta. Versión, aprobado por
Resolución DNCP N° 611 de fecha 20 de marzo de 2013
PBC Estándar para Contratación de Obras por SBE – 1ra. Versión, aprobado por Resolución
DNCP N° 2.175 de fecha 30 de octubre de 2012;
PBC Estándar para Seguridad y Vigilancia por SBE – 1ra. Versión, aprobado por Resolución
DNCP N° 2.724 de fecha 28 de Diciembre de 2012;
Carta de Invitación Estandar para Contratación Directa SBE – 1ra. Versión, aprobado por
Resolución DNCP N° 872 de fecha 26 de abril de 2013;
Elaboración del Pliego de Bases y Condiciones
Debido a que el Pliego de Bases y Condiciones es el documento primordial dentro de este tipo de modalidad
de adquisiciones públicas, en el que se establecen los lineamientos, criterios de evaluación y
especificaciones técnicas, es importante tomar especial cuidado en la elaboración del mismo a fin de
asegurar una prosecución exitosa de la contratación.
Atendiendo al formato del PBC Estándar, el documento se divide en siete secciones principales:
Sección I: Calendario de Eventos
Sección II: Criterios de Evaluación y Calificación
Sección III: Suministros Requeridos
Sección IV: Condiciones Especiales del Contrato (CGC)
Sección V: Modelo de Contrato
Sección VI: Formularios
Sección VII: Anexos
Anexo I: Documentos que componen la oferta Anexo II: Documentos a presentar para la firma del contrato
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
34 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
De acuerdo a la contratación específica deberán contemplarse los siguientes requisitos y condiciones:
La forma de adjudicación (ítem, lote y total)
Si se aplicará o no contrato abierto (por cantidad o por montos)
Si se aplicará o no el abastecimiento simultáneo, y su justificación en caso de aplicarlo
Fecha y Hora Tope de Consultas
Fecha y Hora Tope de Respuestas
Fecha y Hora de Inicio de Recepción de Propuestas
Fecha y Hora de Cierre de Recepción de Propuestas
Fecha y Hora de Inicio de la Etapa de Competitiva
Fecha y Hora Tope de Recepción de Ofertas físicas
Hora de Apertura de Recepción de Ofertas Físicas
Criterios de Evaluación
Especificaciones Técnicas, si son o no limitativas
Indicar el plazo por el cual los oferentes deberán mantener vigentes sus ofertas
Las solicitudes de una garantía de mantenimiento de ofertas que tutele el mantenimiento de
las ofertas por el plazo que corresponda, por un lado, y la garantía de fiel cumplimiento del
contrato
Margen de Preferencia
Criterios de desempate
Plan de entregas
Forma de pago
Si se otorgarán o no anticipos
La vigencia contractual
Mecanismos para el cálculo de reajustes
Mecanismo de resolución de conflictos
Multas a ser aplicadas
Lista de precios
Pro forma del contrato
Formularios a ser aplicados a la contratación
Documentaciones a ser requeridas por la convocante
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
35 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Documentaciones que comúnmente se exigen a
los Oferentes en determinados tipos de
llamados a contratación.
Estos documentos no son taxativos ni limitativos.
Adquisición de combustible:
Documentos que acrediten el debido control que realiza el instituto nacional de tecnología y
normalización (INTN) sobre las bocas de expendio de propiedad de la firma.
Requerir la autorización Municipal o del MOPC, de si las instalaciones son comunales o rurales
respectivamente.
Solicitar una descripción detallada de las condiciones de seguridad, las cuales deberán incluir
necesariamente, equipamiento de seguridad para la prevención, control y extinción de incendio y
derrame de productos.
Solicitar la declaración de impacto ambiental o su equivalente, otorgado por la autoridad
competente, en aplicación de la ley de Impacto Ambiental.
Solicitar la habilitación para operar como empresa de estación de servicios, expedida por el
Ministerio de Industria y Comercio.
Adquisición de alimentos:
Certificado de Registro Sanitario del Alimento, expedido por el Instituto Nacional de Alimentación
y Nutrición INAN (Decreto No. 1635 del 12 de Enero de 1999).-
RSPA vigente
Certificado del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Decreto No. 15685/96 – Programa Nacional
de Control de Residuos de Carnes y Derivados). Solo para frigoríficos y mataderos.
Certificado Fitosanitario de Producción de la Dirección de Defensa Vegetal del Ministerio de
Agricultura y Ganadería (solo para importador y/o exportador de productos o sub-productos de
origen vegetal).-
Certificado de registro de firma y certificado de habilitación oficial del o los mataderos o
frigoríficos expedidos por la dirección general de calidad e inocuidad de productos de origen
animal dependiente del SENACSA.
Presentación de la certificación del INTN (Instituto Nacional de Tecnología y Normalización) por
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
36 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
cada uno de los ítems a ser ofertados de que los mismos son aptos para consumo humano y/o el
sello de certificación por cada muestra presentada es un requisito indispensable para la
evaluación de la oferta.
Servicios de transporte de caudales:
Resolución emitida por el Ministerio del Interior o por la Policía Nacional, que autoriza al oferente
a prestar servicios en los ramos de transporte de valores.
Certificado de estar inscripto en la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay,
que habilite al oferente a operar en los servicios de transporte de caudales.
Certificado de Póliza o Póliza de Seguros en los riesgos de Robo y Asalto en bóveda y/o caja
fuerte. Deberá indicarse la vigencia de la póliza, reasegurador y si contempla la cláusula de
reposición inmediata.
Certificado de Póliza o Póliza de Seguros en los riesgos Robo y Asalto de Valores en Tránsito y si
contempla la cláusula de reposición inmediata.
Póliza de Seguro por Responsabilidad Civil.
Adquisición de Medicamentos y dispositivos médicos:
Para Fabricantes de Medicamentos Nacionales:
Certificado de Habilitación, expedida por la DNVS
Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia
Sanitaria.
Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Estupefacientes y Drogas Peligrosas,
expedida por las oficinas regionales de la DNVS y la SENAD, conforme a la Ley 1340/88
Certificado de Registro Sanitario, otorgado por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (o
para los que se encuentren vencidos los Certificado otorgado por la DNVS que se encuentra en
trámite de renovación de Apertura)
Para Importadores, Representantes, de Medicamentos Importados, Empresas que oferten
medicamentos por autorización del fabricante y/o Empresa que oferte medicamentos por
autorización del Representante Legal (Distribuidores).
Certificado de Habilitación, vigente - expedida por la DNVS
Certificado de Registro Sanitario, otorgado por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (o
para los que se encuentren vencidos los Certificado otorgado por la DNVS que se encuentra en
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
37 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
trámite de renovación de Apertura)
Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento (deposito) expedido por la Dirección
Nacional de Vigilancia Sanitaria.
Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Estupefacientes y Drogas Peligrosas,
expedida por las oficinas regionales de la DNVS y la SENAD, conforme a la Ley 1340/88
Para Importadores, Representantes, Distribuidores y Empresas que oferten dispositivos
médicos:
Certificado de habilitación vigente, expedido por el MSPYBS
Certificado de comercialización vigente, expedido por el MSPYBS
Complemento Nutricional Documentaciones requeridas a los oferentes:
El establecimiento deberá contar con habilitación vigente otorgado por SENACSA y poseer
Registro de Establecimiento (RE) otorgado por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición
(INAN).
El producto deberá poseer Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) otorgado por el
Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), según Decreto MSP y BS Nº 1.635/99 que
Reglamenta el Art. 175 de la Ley Nº 836/80 “Código Sanitario”.
El producto deberá contar con certificación de análisis de la composición físico – químico y de las
especificaciones microbiológicas, expedido por el Instituto Nacional de Tecnología y
Normalización (INTN).
Según el objeto del llamado a contratación, se exige a las convocantes remitir los siguientes documentos
para iniciar el llamado.
Documentos requeridos para remisión del llamado de Bienes y servicios conexos:
Autorización del Equipo Económico - (adquisición de vehículos)
Permiso de la ERSSAN (adquisición de medidores)
Documentos requeridos para remisión del llamado de Obras:
Autorización de la SEAM
Autorización de la ERSSAN (pozos, alcantarillados)
Licencias y patentes municipales (Aprobación de Planos)
Permiso de la Dirección Recursos Hídricos (Obras hidráulicas)
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
38 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Particularidades a ser tomadas en cuenta según
el objeto del llamado Llamados de obras:
Planilla de computo métrico o lista de precios, todos los ítems indicados en el pliego de bases y
condiciones, deberán coincidir con la carga realizada en la web;
Cronograma de avance de obras, deberá ser expresado con claridad el avance de las obras, a fin
de aplicar multas en caso de atraso en las mismas.
Plazo de ejecución, deberá establecer el periodo de construcción de la obra.
Planos, para todos los casos de obras, deberán remitir dicho requerimiento y además con la
aprobación de la municipalidad sean nuevas las obras o no.
Permisos (SEAM. ERSSAN, etc)
Llamados para la contratación de servicios de seguros:
Criterios de evaluación: Tener en cuenta la Circular 10, Niveles de Solvencia que
seguidamente se detallan:
Primer nivel
En un primer grupo, los riesgos de Accidentes Personales, Enfermedad, Automóviles
(flotas de hasta 30 vehículos), Robo de Valores y otros riesgos de masa, podrían contar
con un coeficiente mínimo de 1 y las condiciones financieras mínimas.
Segundo Nivel
En un segundo grupo, los Grandes Riesgos tales como Incendio, Responsabilidad Civil,
Automóviles (flotas de hasta 100 vehículos), etc., podrían contar con un coeficiente
mínimo de 1.50 Y las condiciones financieras mínimas.
Tercer Nivel
En un tercer grupo estarían aquellos Riesgos Especiales que son propios de algunas
Instituciones tales como Todo Riesgo Operativo, Transportes, Caución, etc., y podrían
contar con un coeficiente mínimo de 1.80 y las condiciones financieras mínimas.
Observación: Cuando el llamado contemple riesgos de más de un nivel, se recomienda que los requisitos financieros y de solvencia correspondan al del mayor riesgo. En caso de que el llamado contemple riesgos de los tres niveles, que el coeficiente de Margen de Solvencia sea de 1.80 como mínimo, manteniéndose los requisitos financieros correspondientes al tercer nivel. Si bien el detalle de estos niveles están dispuestos a modo de recomendación, sirven de referencia para las instituciones al tiempo de elaborar los documentos para la contratación.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
39 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Formulario de carta oferta: Deberá ser expresado si el pago será a cuota o contado,
considerando que una sola forma de pago podrá ser cotizado, salvo que soliciten ofertas
alternativas.
EN LAS LPN/LPI
Precalificaciones (Obras y Consultoría):
Para realizar Obras:
Realización de obras de gran magnitud o de complejidad considerable;
Circunstancias en que el alto costo de la preparación de las ofertas detalladas pudiera desalentar
la competencia.
Para la contratación de servicios de consultoría:
La convocatoria para la contratación de firmas consultoras, cuyo monto estimado sea de diez mil (10.000)
jornales mínimos o más, deberá estar precedida de una precalificación de la cual se calificarán no menos de
tres y no más de seis de las mejores firmas puntuadas, bajo un sistema de puntuación que mida
objetivamente los requisitos de la precalificación.
La precalificación de firmas consultoras deberá basarse únicamente en la capacidad de los posibles
oferentes para ejecutar satisfactoriamente el contrato de que se trate, teniendo en cuenta: (i) la experiencia
de la firma y cumplimiento anteriores con respecto a contratos similares, y (ii) la capacidad del personal de
la firma.
Para llamados de contratación de servicios de consultoría:
Criterios de evaluación - Método de selección:
Calidad y costo, contendrá los criterios de evaluación técnicos y
financieros y los factores de ponderación;
Calidad será utilizada únicamente en servicios de consultoría de suma
complejidad y donde el valor precio es cero;
Precio será utilizada en consultorías simples que no requieran del
conocimiento de expertos y el valor del precio será determinante entre
los que reúnen los requisitos técnicos requeridos;
Presupuesto fijo será utilizada cuando el Oferente cuente con un
presupuesto fijo determinado, por lo que el proceso de selección se
limita a calificar solamente las condiciones técnico profesionales; y
Antecedentes del Consultor será utilizada para contrataciones de menor
cuantía, para la aplicación se utilizarán términos de referencia y la
selección se realizará por comparación de capacidad y experiencia en la
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
40 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
materia.
Términos de referencia: Todo aquello que la convocante proponga para mejorar el
desempeño en la ejecución del contrato (agregar otras actividades, o proponer
diferentes etapas de las actividades). Las sugerencias deberán ser concisas y puntuales,
y estar incorporadas en su propuesta.
Descripción del enfoque, metodología, plan de actividades para la ejecución del
trabajo: Estos son los puntos mínimos que debe contener toda descripción del trabajo a
ser realizado por el consultor o firma consultora.
Enfoque técnico y metodología. El Consultor deberá explicar su comprensión de los objetivos del trabajo, enfoque de los servicios, metodología para llevar a cabo las actividades y obtener el producto esperado, y el grado de detalle de dicho producto. Deberá destacar los problemas que se están tratando y su importancia, y explicar el enfoque técnico que usted adoptaría para tratarlos. El Consultor deberá explicar la metodología que propone adoptar y resaltar la compatibilidad de esa metodología con el enfoque propuesto.
Plan de Trabajo. En este capítulo deberá proponer las actividades principales del trabajo, su contenido y duración, fases y relaciones entre sí, etapas (incluyendo las aprobaciones provisionales del Contratante), y las fechas de entrega de los informes. El plan de trabajo propuesto deberá ser consistente con el enfoque técnico y la metodología, demostrando una compresión de los TDR y habilidad para traducirlos en un plan de trabajo factible. Aquí se deberá incluir una lista de los documentos finales, incluyendo informes, planos y tablas que deberán ser presentadas como producto final. El plan de trabajo deberá ser consistente con el Programa de Trabajo en el Formulario TEC-8.
Organización y Dotación de Personal. En este capítulo deberá proponer la estructura y composición de su equipo. Deberá detallar las disciplinas principales del trabajo, el especialista clave responsable, y el personal técnico y de apoyo designado.]
El Seguro de Responsabilidad Profesional deberá ser requerido a los oferentes;
conforme lo establece el Artículo 166 de la Ley de Presupuesto N° 4848/13 en el cual se
indica que dicho documento se otorgará entre el 5 al 10 % del monto del contrato de
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
41 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
consultoría. Y debe presentarse a través de una póliza de seguros, debido a que el
artículo 53 de la Ley Nº 2.051/03, dispone que en materia de responsabilidad
profesional, deberá garantizarse por medio de un seguro.
En cuanto a la garantía de mantenimiento de oferta en materia de consultorías, el
Artículo 299 del Decreto N° 10.480/13 que reglamenta la Ley de Presupuesto, establece
“…En los procesos que tengan por objeto la contratación de consultorías los oferentes
deberán garantizar sus propuestas mediante declaración jurada”, por lo cual en tanto
esta misma disposición sea incorporada en las sucesivas legislaciones que regulan la
ejecución presupuestario de cada ejercicio fiscal, deberá exigirse en las bases de la
convocatoria la presentación de dicha declaración jurada como medio para garantizar la
seriedad de las propuestas.
Servicios de Limpieza Integral:
Planillas auxiliares, deben ser indicadas en el PBC, tal como lo indica el pliego estándar
de limpieza Integral. Las planillas auxiliares forman parte de la estructura de costo de la
oferta, las mismas deberán ser incluidas al momento de la presentación de la oferta,
conforme lo establece la Resolución DNCP Nº 2118/11.
Servicios de Seguridad y Vigilancia:
Planilla Auxiliar de Costos, comprende la composición de los precios unitarios de la planilla de precios. En la misma se indica salario, pago por hora excedente, pago por trabajo nocturno, pago por horario mixto, pago por días feriados.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
42 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Adendas, aclaraciones, prórrogas, declaraciones
desiertas y cancelaciones
Adendas
Si bien se han indicado las bases y condiciones que configuran el reglamento a ser adoptado para cada
llamado en particular en la carta de invitación, es posible que por parte de la Convocante surja la necesidad
de realizar modificaciones –antes de la apertura— al pliego ya difundido en el SICP. Estas modificaciones
podrán realizarse toda vez que por ello no tenga por objeto limitar el número de participantes.
Las enmiendas que realicen las Convocantes deberán realizarse mediante una adenda numerada que
formará parte íntegra de la carta de invitación. “Las enmiendas que realicen las Convocantes deberán
realizarse mediante una adenda numerada y firmada que formará parte íntegra de la carta de invitación
y/o pliego de bases y condiciones”.-
Esta enmienda deberá ser notificada por escrito a todos los oferentes invitados, además de difundirla en el
SICP a fin de dar a conocer las modificaciones planteadas a todos los interesados. Se podrá, además,
modificar las fechas de presentación y apertura de ofertas a fin de dar un plazo mayor a los oferentes para
tomar conocimiento de la enmienda.
Las adendas deberán detallar qué modificaciones se plantean en el Pliego de Bases y Condiciones y deberán
estar difundidas de acuerdo a los plazos establecidos para cada modalidad.
Además, la DNCP contará con un plazo de un día hábil para la verificación y difusión de la adenda en el SICP,
contado a partir del día siguiente de ingreso del expediente.
“Además, la DNCP contará con el plazo de un día hábil para la verificación y difusión de la adenda
aclaración) en el SICP, contado a partir del día siguiente de ingreso del expediente”, además creo que se
debe hacer una observación en donde se le dice a la convocante que el Tipo de Documento Aclaración solo
sirve para responder a las Consultas efectuadas por los Potenciales Oferentes, y no para modificar algún
punto del PBC o de las Especificaciones Técnicas.-
Aclaraciones
Todo potencial oferente que necesite alguna aclaración referente al pliego de bases y condiciones o carta de
invitación, podrá solicitarla a la Convocante por medio de una nota, correo electrónico, o fax enviado a la
dirección indicada por la Convocante en el pliego de bases y condiciones o carta de invitación. La
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
43 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Convocante responderá a toda solicitud de aclaración que reciba dentro del plazo establecido en el mismo
pliego.
La Convocante deberá remitir una copia de las respuestas, incluida una explicación de la consulta pero sin
identificar su procedencia, en un documento que deberá estar difundido de acuerdo a los plazos
establecidos para cada modalidad. Además, la DNCP contará con el plazo de un día hábil para la verificación
y difusión de la adenda en el SICP, contado a partir del día siguiente de ingreso del expediente.
Prórrogas
En el caso de las Contrataciones Directas en las cuales no se contare con un mínimo de tres ofertas al
momento del vencimiento del plazo de entrega de ofertas, las convocantes deberán prorrogar las fechas de
presentación y apertura de ofertas. Los sobres no deberán ser abiertos, y podrán ser devueltos a los
oferentes a su requerimiento en las mismas condiciones, o quedarán en resguardo en las oficinas de la
convocante.
La nueva fecha de entrega y apertura de ofertas deberá difundirse en el SICP por un mínimo de cinco días
corridos. La prórroga deberá ser instrumentada mediante una adenda, la cual deberá remitirse junto con el
acta de prorroga en la cual se haya hecho constar la falta de tres ofertas susceptibles de ser analizadas
técnica y económicamente.
A fin de permitir la utilización de los documentos presentados en la primera fecha de apertura, la
Convocante podrá reducir los plazos de validez de la oferta y de su correspondiente garantía considerando
la cantidad de días prorrogados.
Declaraciones Desiertas
Un llamado de la modalidad de Contratación Directa se declarará desierto mediante una resolución de la
máxima autoridad institucional, en alguno de los siguientes casos:
Que no se hubiera presentado oferta alguna;
Que ninguna de las ofertas reúna las condiciones exigidas en las bases de la licitación o se
apartara sustancialmente de ellas; o
Que los precios resulten inaceptables, por variar sustancialmente de la estimación del
contrato, o bien, por superar las previsiones presupuestarias de la Convocante.
Observación: El mecanismo de las prórrogas es aplicable solamente a los llamados de la modalidad de
Contratación Directa.
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44 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
A fin de solicitar la declaración desierta del llamado, se deberán remitir los siguientes documentos (según la
Resolución DNCP Nº 948/10):
Formulario de Declaración Desierta
Resolución de la Máxima Autoridad Institucional declarando desierto el llamado;
El acta de apertura del llamado correspondiente y
El informe de evaluación (si se hubiese confeccionado).
Cancelaciones
Las Convocantes podrán cancelar un llamado por caso fortuito o fuerza mayor. De igual manera, podrá
cancelarlo cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la
necesidad de adquirir o arrendar los bienes, contratar los servicios, o que de continuarse con el
procedimiento pudiera ocasionarse un perjuicio a la Convocante.
A fin de solicitar la cancelación del llamado, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. En el caso de cancelación antes de la apertura de ofertas, se deberá adjuntar en el SICP los siguientes documentos en forma obligatoria:
Formulario de Cancelación;
Resolución de la Máxima Autoridad Institucional cancelando el llamado;
Dictamen Justificativo de la Cancelación, en el cual se expongan los motivos que
justifiquen la necesidad de cancelar el llamado.
2. En el caso de solicitar cancelación posterior a la apertura de ofertas, se deberán remitir los siguientes documentos en forma obligatoria:
Formulario de Cancelación;
Resolución de la Máxima Autoridad Institucional cancelando el llamado;
Dictamen Justificativo de la Cancelación, en el cual se expongan los motivos que justifiquen
la necesidad de cancelar el llamado.
Acta de apertura
Informe de evaluación
Notificación a los oferentes
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
45 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Adjudicaciones
Definición:
Es el resultado de las convocatorias realizadas por las instituciones del estado para la adquisición de bienes,
prestación de servicios y obras en general, en el cual, conforme a los criterios de evaluación previstos en las
bases del llamado se adjudica al participante cuya oferta solvente cumpla con todos los requisitos
establecidos para la contratación.
Las adjudicaciones son comunicadas a la DNCP en dos etapas; en la primera se remiten los documentos que
guardan relación con la evaluación, la adjudicación y la notificación a los oferentes del resultado de la
contratación; la segunda etapa corresponde a la remisión del contrato firmado por las partes o la orden de
compra/servicio, según corresponda, y que será posterior a 10 días hábiles.
Esta división en la comunicación de las adjudicaciones fue prevista teniendo en cuenta el tiempo que
poseen los interesados para protestar el procedimiento, que según lo establecido en el Art. 79 de la Ley
2051/03, es de 10 días hábiles siguientes al acto.
Observación:
En caso de que el llamado se encuentre en estado “retenido”, y la convocante requiera realizar cambio de modalidad, podrá hacerlo a través de una solicitud de cancelación interna, para lo cual deberá remitir los siguientes documentos:
Resolución de la máxima autoridad (salvo los llamados por contratación directa en los que podrá ser remitida la Nota de Comunicación o Resolución, según corresponda).
Formulario de cancelación interna
Aprobado por Resolución DNCP N° 915/2013 por la cual se reglamenta la cancelación interna por
cambios de modalidad ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.-
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46 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Plazos del Proceso
Modalidad Plazos de Verificación de Adjudicaciones y Contratos
Plazo de Verificación de los reparos
Adjudicación (Primera Etapa)
3 (DH) 2(DH)
Contratos (2da Etapa)
3(DH) 2 (DH)
DH: días hábiles
Documentos a ser presentados por la convocante con la adjudicación:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando la adjudicación (firmada y escaneada).
Acta de Apertura de Ofertas
Informe de Evaluación
Resolución de Adjudicación
Notificación al Oferente
Cuadro comparativo de ofertas
Primera Etapa
En la primera etapa son remitidos los documentos que conforman el proceso de recepción, evaluación y
adjudicación de la convocatoria, a continuación se detallan los documentos y una breve reseña de los datos
que deben contener los mismos.
Elaboración del Acta de Apertura
Conforme al Art. 54 del Decreto 21909/03, en el acta labrada en el acto de apertura de los sobres que
contienen las ofertas, se hará constar como mínimo:
Fecha, lugar y hora que se llevó a cabo dicha etapa (conforme a lo establecido en el pliego de bases y condiciones o carta de invitación);
Nombre del funcionario público encargado de presidir el acto y de los otros funcionarios públicos responsables que se encuentren presentes;
Nombre de los oferentes cuyas ofertas fueron abiertas en el acto. Nombre de los oferentes cuyas ofertas fueron desechadas por presentación tardía.
Observación: La expedición del Código de Contratación se realiza una vez que sea publicado el contrato u orden de compra/servicio.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
47 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Los precios totales de las ofertas. Los descuentos y ofertas alternativas si se hubieses permitido en el pliego de bases y
condiciones. La existencia o falta de una garantía de mantenimiento de oferta. Constancia de la presentación de formulario debidamente firmado. Constancia de las omisiones detectadas en la verificación cuantitativa Toda la información dada a conocer a los o por los asistentes al acto.
El acta deberá estar firmada por los funcionarios encargados del acto y por los representantes de los
oferentes que estén presentes, sin embargo, la omisión de la firma por parte de un oferente no invalidará el
contenido y efecto del acta.
Elaboración del Informe de Evaluación
Una vez constituido el comité de evaluación, este emitirá un dictamen que servirá como base para la
adjudicación, dictamen en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento, el
análisis de las ofertas y las razones para admitirlas o desecharlas.
La evaluación de las ofertas se llevará a cabo conforme a la metodología y parámetros establecidos en las
bases de la contratación, la Ley 2051/03 y sus reglamentos.
El informe de evaluación debe contener (Art. 64, Decreto 21909/03):
El acta de apertura. Copia de solicitudes de aclaración de ofertas y las correspondientes respuestas a los oferentes. Tabla comparativa de las ofertas en relación a los requisitos básicos y su cumplimiento, la que
deberá contener explicaciones respecto al incumplimiento de cada oferta, respecto a dichos requisitos.
Tabla comparativa de precios de las ofertas ajustada por errores aritméticos. Análisis comparativo del cumplimiento de la o las ofertas respecto a las especificaciones técnicas y
otros requerimientos; Recomendación de adjudicación con las justificaciones que sean pertinentes. La fecha y lugar de elaboración, y Nombre, firma y cargo de los miembros del Comité de Evaluación.
Si dos o más ofertas son solventes porque han cumplido la totalidad de los requisitos, el contrato se
adjudicará a quien presente el precio más bajo (Art. 28 de la Ley 2051/03).
Observación: Tener en cuenta para llevar acabo la apertura de ofertas lo establecido en el Art. 24 de la Ley 2051/03, Presentación y Apertura de Ofertas.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
48 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Resolución de Adjudicación
La máxima autoridad de la convocante, con base en el informe de evaluación, será quien resuelva sobre la
adjudicación, que será para aquel participante que presente la oferta solvente que cumpla con las
condiciones legales y técnicas estipuladas en los requisitos de la convocatoria y que tenga las calificaciones y
la capacidad necesaria para ejecutar el contrato.
La resolución de adjudicación debe realizarse dentro de un plazo que no excederá los 20 días calendario
desde la fecha de apertura de ofertas, pudiendo diferirlo hasta por otros 20 días calendario.
En dicho documento debe constar el o los proveedores adjudicados, el monto que corresponde a cada uno
de ellos; de ser un contrato abierto, el monto mínimo y máximo adjudicado.
En las contrataciones directas, cuando la adjudicación se realice amparada el Art. 34, inciso “C”, por no
contar con el número indicado de ofertas, y la máxima autoridad bajo su responsabilidad realiza la
contratación, debe indicarse expresamente en la resolución el artículo e inciso mencionado antes.
Notificación a los oferentes
Una vez adjudicado el proceso de contratación la convocante dará a conocer la adjudicación en un acto
público, debiendo constar dicha adjudicación en un acta que acta que firmarán los asistentes que lo deseen.
En sustitución de dicho acto público, se podrá optar por notificar la adjudicación por escrito a cada uno de
los participantes, dentro de los 5 días calendarios siguientes a la emisión de la resolución.
La notificación remitida a los participantes del llamado deberán ser remitidos a la DNCP con el acuse de
recibo de los oferentes.
Observación: Al momento de conformar el comité evaluador y la evaluación de las ofertas se deberá cumplir con lo establecido en los Art. 26 Evaluación de las ofertas y 27 Comités de Evaluación, de la Ley 2051/03 y los Art. 58 Conformidad de la oferta con el PBC, 59 Disconformidades, errores y omisiones, 60 Análisis para determinar si las ofertas se ajustan sustancialmente al PBC, 61 Método de evaluación, 11 Constitución del Comité, 56 Confidencialidad, del Decreto Reglamentario 21909/03.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
49 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Cuadro Comparativo de ofertas
En este documento deben constar los precios unitarios y totales de cada una de las ofertas presentadas
para el proceso de contratación.
Debe estar escaneado y firmado por los miembros del comité evaluador o el responsable de la unidad
operativa de contrataciones.
Segunda Etapa
La segunda etapa de la adjudicación consiste en la remisión del contrato u orden de compra/servicio, y es
en esta etapa en la que los códigos de contratación son expedidos.
La formalización de los contratos será dentro de los 20 días hábiles siguientes al de la notificación de la
adjudicación
Los contratos serán suscritos por la autoridad administrativa que cuente con las atribuciones para ello,
conforme a las respectivas normas de cada contratante y por el oferente adjudicado o su representante
debidamente autorizado.
Los contratos contendrán como mínimo (Art. 37 de la Ley 2051/03):
Identificación del crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del contrato;
Procedimiento conforme al cual se llevó a cabo la adjudicación del contrato;
Precio unitario y el importe total a pagar por los bienes, servicios u obras;
Plazo, lugar y condiciones de entrega, prestación del servicio o ejecución de la obra;
Programa de ejecución de las obras;
Porcentaje, número y fechas de entrega de los anticipos;
Forma y términos para garantizar los anticipos y el cumplimiento del contrato;
Garantía para el funcionamiento y operación de los bienes y para el suministro de partes, refacciones, transferencia de tecnología y capacitación, en su caso;
Penas convencionales por atraso en al entrega de los bienes, servicios u obras objeto del contrato, por causas imputables a los proveedores o contratistas;
Descripción pormenorizada de los bienes, servicios u obras objeto del contrato, incluyendo en su caso, marca y modelo;
Causales y procedimientos para suspender temporalmente, dar por terminado anticipadamente o rescindir el contrato; y
Mecanismos de solución de controversias
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
50 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Son partes integrantes del contrato el pliego de bases y condiciones o carta de invitación y sus anexos y la
oferta adjudicada.
En las contrataciones directas, bastará que el contrato se formalice mediante una orden de compra o de
servicios, salvo los casos de obras y consultoría, en los que deberá suscribirse el respectivo contrato.
Para la emisión de los códigos de contratación los proveedores adjudicados deben estar inscriptos y
activos en el Sistema de Información de Proveedores del Estado. Para los casos de locación de inmuebles
(cuando el canon mensual no supere el salario mínimo vigente) y para proveedores internacionales podrá
expedirse el correspondiente código de contratación con el IDAP (Identificador de Acreedor
Presupuestario)
Documentos Adicionales que deben ser presentados por los oferentes según los casos particulares (este
listado es meramente enunciativo y podrá sufrir modificaciones con el trascurso del tiempo)
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria para los procesos realizados Ad Referéndum.
Traducción oficial realizado por traductor matriculado de los contratos que sean celebrados en
lengua extranjera.
Sistema de Gestión de Contratos (SGC)
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, mediante la Resolución DNCP N° 611/2013, ha puesto en
marcha la primera fase de un proyecto de implementación de una herramienta informática que tiene el fin
de facilitar la suscripción y gestión de los contratos resultantes de los procesos de contratación llevados a
cabo en las diversas unidades operativas de contratación. Esta herramienta permitirá la generación
electrónica de los contratos, utilizando plantillas predeterminadas e incluyendo datos de la contratación
que ya se encuentran cargados en el SICP.
La DNCP ha establecido la obligatoriedad de uso de forma piloto de esta herramienta para ocho unidades
operativas de contratación, de acuerdo a la siguiente nómina:
Observación: Además deberán considerarse los artículos 36 y 38 de la Ley 2051/03, referentes al plazo para formalización del contrato - en el que se prevén además los mecanismos en los casos en que el proveedor no firmase el contrato por causas imputables al mismo - y a las subcontrataciones. El Art. 78 del Decreto 21909/03, del cómputo de los plazos de los contratos.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
51 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Entidad Código SICP
Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) 1006
Ministerio de Educación y Cultura (MEC) 1031
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) 1451
Banco Central del Paraguay (BCP) 1272
Instituto de Previsión Social (IPS) 1321
Administración Nacional de Electricidad (ANDE) 1334
Petróleos Paraguayos S.A. (PETROPAR) 1338
Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) 1640
Esta herramienta será utilizada para generar electrónicamente los contratos resultantes de procesos de
adquisición de bienes, quedando la Dirección abocada a generar e implementar futuramente plantillas
electrónicas de contratos de diversos objetos (obras, servicios, consultoría, etc).
Convenios Modificatorios
Bienes, locaciones y servicios
Las unidades operativas de contratación podrán acordar el incremento en la cantidad de bienes solicitados
mediante modificaciones a sus contratos, los cuales deben estar vigentes, dentro de los 12 meses
posteriores a su firma, siempre que cuenten con el presupuesto disponible, que existan razones fundadas, y
que el monto total de la modificación no rebase, en conjunto, el 20% del monto o cantidad de los conceptos
y volúmenes establecidos originalmente y el precio unitario sea igual al pactado en principio.
El Art. 63 de la Ley 2051/03 prohíbe estrictamente realizar modificaciones contractuales que se refieran a
precios, anticipos, pagos progresivos y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más
ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.
Estos convenios modificatorios no podrán realizarse cuando el monto total supere los umbrales fijados para
el llamado a licitación pública.
Documentos a ser presentados por la convocante con la ampliación:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando la adjudicación (firmada y escaneada).
Resolución de Aprobación
Adenda del contrato
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
52 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Obras Públicas
La contratante podrá celebrar convenios modificatorios cuando por causas imprevistas o técnicas
presentadas durante la ejecución de una obra determinada fuera necesario ampliar, modificar o
complementar dicha obra, para ello se debe mantener los precios unitarios del contrato original; y para los
casos de trabajos complementarios no previstos, estos sean acordados entre las partes previa firma del
convenio.
Estos convenios modificatorios no pueden exceder el 20% del monto y plazo originalmente pactados y que
no tengan por objeto otorgar al contratista condiciones más favorables respecto a las señaladas en las bases
y el contrato.
Previa a la celebración del convenio modificatorio, la Auditoría Interna debe emitir un informe favorable
respecto al mismo, el cual, puede suplirse con un dictamen legal, en aquellos casos de contratantes que no
cuenten con auditoría interna.
Documentos a ser presentados por la convocante con la ampliación:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando la adjudicación (firmada y escaneada).
Resolución de Aprobación
Adenda del contrato (con el detalle de los trabajos a ser realizados en virtud de la ampliación)
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria
Informe de la Auditoría Interna o Dictamen Legal
Reajustes
Los contratos podrán ser reajustados en la medida en que esté previsto en el contrato o las bases de la
contratación, o cuando exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y esta se vea
reflejada en el índice de precios de consumo publicado por el BCP, en un valor igual o mayor al 15% sobre la
inflación oficial esperada para el mismo periodo.
Documentos a ser presentados por la convocante con la adjudicación:
Nota dirigida al Director Nacional comunicando la adjudicación (firmada y escaneada).
Resolución de Aprobación
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria
Dictamen con los detalles de las causas del reajuste, el desglose y la aplicación de la fórmula para
el reajuste, junto con el detalle de los ítems que son reajustados.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
53 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Otras modificaciones al contrato
Los artículos 62 y 63 de la Ley 2.051 otorgan a la convocante la competencia de celebrar convenios
modificatorios a los contratos, con las salvedades que en dichos artículos indican.
En cuanto a los convenios modificatorios en obras públicas, la convocante posee la potestad de realizar
modificaciones a los contratos en la medida que respeten las previsiones ya mencionadas respecto al plazo
y monto, y no tengan por objeto otorgar al contratista condiciones más favorables con respecto a las
señaladas originalmente en las bases y el contrato.
Asimismo, se prevé la posibilidad de generar convenios modificatorios de los contratos de adquisiciones de
bienes, locaciones y servicios, quedando prohibido realizar modificaciones contractuales que se refieran a
precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones, y, en general, cualquier cambio que implique otorgar
condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.
Procesos Especiales
El departamento de Procesos Especiales es el encargado de realizar los siguientes procesos:
Expedición de Códigos de Contrataciones para las contrataciones que se encuentran excluidas de la aplicación de la ley 2051/03.
Publicación de llamados de procesos no regidos por la ley 2051/03 y respectiva adjudicación.
Realización de los procedimientos necesarios para las cancelaciones de los compromisos asumidos en ejercicios fiscales anteriores.
Modificaciones de líneas presupuestarias de códigos de contrataciones.
Expedición de CC´s para las contrataciones excluidas
Se refiere a las contrataciones de bienes y/o servicios que se encuentran excluidas de la aplicación
de la Ley 2051/03 y sus respectivas reglamentaciones, donde objetos de gastos afectados a dicha
contratación se encuentran regidos por la misma ley, y por lo tanto, necesitan de un CC para el registro de
las obligaciones en sus respectivos sistemas.
La emisión de CC se solicita sin necesidad de realizar un llamado y por consecuencia, no deben ser
incluidos dentro del Programa Anual de Contrataciones (PAC).
La DNCP podrá requerir además de las documentaciones exigidas en cada caso, informes adicionales
que considere necesarios tales como Informe de Auditoría Interna, Informe del Síndico u otros provenientes
de las instancias internas de control de la Entidad solicitante del Código de Contratación.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
54 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Igualmente, la DNCP podrá recurrir al dictamen o parecer de especialistas y peritos a efectos de
expedir el código y podrá comunicar a las instancias que considere pertinentes.
Plazos para la emisión de códigos de contrataciones excluidas, modificaciones de códigos de contratación,
cancelaciones de compromisos asumidos en ejercicios anteriores, publicación de llamados de procesos no
regidos por la Ley 2.051/03:
Plazos de Verificación de expedientes nuevos
Plazo de Verificación de los reparos
Procesos Especiales 3 (DH) 3(DH)
DH: días hábiles
Solicitud de CC´s para contrataciones excluidas
Se identifican los siguientes Tipos de Procesos de contrataciones excluidas:
Entre Entidades: Se refiere a los actos, convenios y contratos objetos de esta ley, celebrados
entre los organismos, entidades y municipalidades, o éstos entre sí. Esta excepción no rige
cuando el organismo, entidad o municipalidad obligado a entregar o arrendar bienes, prestar los
servicios o ejecutar las obras, lo haga a través de un tercero particular;
Documentaciones requeridas:
Nota dirigida al Director Nacional solicitando la emisión del CC.
Resolución de la máxima autoridad institucional que autoriza la solicitud del código de contratación respectivo
Factura, contrato, convenio u otra documentación relativa a la contratación.
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) emitido por el monto exacto de monto a aplicar durante el ejercicio fiscal vigente.
Nota: Para las entidades conectadas al SIAF el CDP a utilizar es el de Cumplimiento emitidos
directamente desde el SIAF. Otros documentos que constituyan antecedentes de la
contratación y sean pertinentes a la solicitud del código de contratación.
Contrataciones Excluidas: Se refiere a las demás contrataciones que se encuentren dentro del art 2 de la ley 2051/03 y que por los OG necesitan de un CC para el registro de las obligaciones.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
55 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Documentaciones requeridas:
Nota dirigida al Director Nacional solicitando la emisión del CC.
Resolución de la máxima autoridad institucional que autoriza la solicitud del código de contratación respectivo
Factura, contrato, convenio u otra documentación relativa a la contratación.
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) emitido por el monto exacto de monto a aplicar durante el ejercicio fiscal vigente.
Otros documentos que constituyan antecedentes de la contratación y sean pertinentes a la solicitud del código de contratación.
Nota: Para las entidades conectadas al SIAF el CDP a utilizar es el de Cumplimiento emitidos
directamente desde el SIAF. -
Expensas Comunes Co-propietarios: Son los gastos que se deben realizar en concepto de pago por expensas comunes cuando corresponda por ser la Contratante copropietaria del inmueble. Documentaciones requeridas:
Nota dirigida al Director Nacional solicitando la emisión del CC.
Resolución de la máxima autoridad institucional que autoriza la solicitud del código de contratación respectivo.
Factura, contrato, convenio u otra documentación relativa a la contratación.
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) emitido por el monto exacto de monto a aplicar durante el ejercicio fiscal vigente. Nota: Para las entidades conectadas al SIAF el CDP a utilizar es el de Cumplimiento emitidos
directamente desde el SIAF. Otros documentos que constituyan antecedentes de la
contratación y sean pertinentes a la solicitud del código de contratación.
Gastos en el Exterior: Gastos realizados por entidades que cuentan con representaciones, sedes, o presten servicios dirigidos a los connacionales en el exterior del país y para los cuales sea necesaria la expedición de códigos de contratación Documentaciones requeridas:
Nota dirigida al Director Nacional solicitando la emisión del CC.
Resolución de la máxima autoridad institucional que autoriza la solicitud del código de contratación respectivo
Factura, contrato, convenio u otra documentación relativa a la contratación.
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) emitido por el monto exacto de monto a aplicar durante el ejercicio fiscal vigente.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
56 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Nota: Para las entidades conectadas al SIAF el CDP a utilizar es el de Cumplimiento emitidos
directamente desde el SIAF. Otros documentos que constituyan antecedentes de la
contratación y sean pertinentes a la solicitud del código de contratación.
Declaraciones Juradas de los compromisos de contratación emitidos y no cancelados:
Estas declaraciones juradas deberán presentarse a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas
en el plazo previsto en el Decreto Reglamentario del ejercicio fiscal correspondiente, y tiene dos
fines:
a) La reactivación de códigos de contratación que no hayan sido completamente obligados en el ejercicio fiscal anterior, a fin de que se pueda proseguir obligándolos con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal en el cual estos se reactiven, y
b) La “activación” de las partidas presupuestarias correspondientes al presupuesto del ejercicio fiscal en el cual se realicen las activaciones, para aquellos códigos plurianuales, de acuerdo al detalle de la Plurianualidad y la forma de pago indicada en el contrato y el llamado. (Ejemplo: Un código fue emitido por un total de 100.000.000, con 50.000.000 para el año 2013. A fin de activar los 50.000.000 restantes para el 2014, se deberán remitir las documentaciones correspondientes a la DNCP).
Documentaciones a ser remitidas:
- Declaración Jurada de compromisos de contratación emitidos y no cancelados (Anexo B 02-01 A)
- CDP de saldos (para el primer caso) o plurianual (para el segundo) - Documentaciones adicionales que se indiquen en el Decreto Reglamentario de cada
ejercicio fiscal
Unidades Ejecutoras de Proyectos
Las Unidades Ejecutoras de Proyectos se encuentran enmarcadas lo que reza el art. 2 de la Ley 2051/03 en
su inc. “c”:
“Las que se efectúen en ejecución de lo establecido en los tratados internacionales de los que
la República del Paraguay sea parte y las que se financien con fondos provenientes de organismos
multilaterales de crédito de los cuales Paraguay sea miembro, en las que se observará lo acordado
en los respectivos convenios, sin perjuicio de las aplicaciones e las disposiciones de la presente ley en
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
57 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
forma supletoria, cuando ello así se estipule expresamente o cuando se establezca expresamente un
régimen especial;”
Basados en este artículo podemos resumir que las Unidades Ejecutoras de Proyecto se regirán según lo
establecido en sus respectivos convenios de préstamos. Por ejemplo, los proyectos financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo utilizarán las políticas que posee dicho ente para sus adquisiciones, siempre
que la misma sea establecida los convenios. Por otra parte se menciona la utilización supletoria de esta Ley,
la misma será utilizada cuando en el documento de creación se mencione que se utilizará la normativa
nacional para regular las adquisiciones.
Sin embargo, dicha exclusión en la utilización de las normativas establecidas por la Ley 2051/03 no significa
que los procesos de adquisiciones realizadas por las UEP no tengan que pasar por la Dirección Nacional de
Contrataciones Públicas. Es nuestro menester mencionar algunos artículos del Decreto que reglamenta el
Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2013 Nº 10480/13.
Art. 265 Vías para comunicar procesos de contratación a la DNCP: Los OEE Y Municipalidades, a
través de sus UOCs y/o UEPs deberán enviar la documentación inherente a los
procedimientos de contratación que lleven a cabo, para su difusión en el Portal), a través del
Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), para lo cual preverán las
herramientas necesarias para su implementación.
Art. 272 Apartado inciso b.15)
La DNCP expedirá el Código de Contratación (CC) de acuerdo al siguiente procedimiento:
Para los distintos procesos ejecutados por las Unidades Ejecutoras de Proyectos cuyas
contrataciones precisan de la emisión de código de contratación con la siguiente
denominación:
CV- Selección basada en la comparación de calificaciones.
CM- Compra Mercosur.
LM- Licitación Mercosur
BC- Selección Basada en calidad
SC- Selección Basada en Calidad y Costo
MC- Selección Basada en el Menor Costo.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
58 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
PF- Selección cuando el Presupuesto es Fijo
CA- Selección Basada en la calificación de los Consultores
SF- Selección basada en una sola fuente
Para establecer las modalidades a ser utilizadas para las contrataciones, las UEP podrán utilizar las
denominaciones establecidas por las políticas de los organismos financiadores del proyecto, teniendo en
cuenta los topes establecidos por la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas” al momento de comunicar
los mismos.
Con estas regulaciones claramente podemos observar que las normativas y procedimientos establecidos en
la Ley 2051/03 no serán exigidos a las Unidades Ejecutoras de Proyectos, siempre que en los convenios de
creación se establezca el régimen de adquisición; sin embargo la difusión es obligatoria para todos los
procesos de contrataciones a fin de poder obtener los códigos de contrataciones necesarios para la
rendición de gastos.
Departamento de Atención a Municipios
Definición del Departamento:
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) cuenta con un Departamento de Atención a
Municipios.
Dicho Departamento pretende crear un canal de comunicación directo, focalizado a las Municipalidades del
país; además de proporcionar a las mismas asistencia vía digital o personal para orientar en aspectos
relacionados con las contrataciones públicas en lo referente a procesos de Contratación Directa, Licitación
por Concurso de Ofertas y Licitación Pública Nacional, y la adjudicación de los mismos, sumando a estos la
adjudicación de los procesos de locación, subasta y excepción, todo de la forma más rápida y eficaz,
mientras se contribuye a mejorar el desempeño de las Unidades Operativas de Contratación y el
elevamiento del nivel de ejecución del Plan Anual de Contrataciones.
Para satisfacer las citadas necesidades, es necesario realizar contrataciones de bienes, servicios y obras
públicas, y para ello, atendiendo a las disposiciones de la Ley Nº 3.966/10 –“Orgánica Municipal”-, resulta
indispensable dar cumplimiento a los requerimientos y procesos de la Ley Nº 2.051/03 de “Contrataciones
Públicas”, o la que la sustituya.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
59 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Es importante destacar, que la citada Ley de Contrataciones Públicas, crea el Sistema de Información de las
Contrataciones Públicas (SICP), cuya principal herramienta es el Portal de Contrataciones Públicas
administrado por esta Dirección Nacional, y que permite a todos los Organismos, Entidades y
Municipalidades, difundir sus procesos de contrataciones, de modo que los potenciales oferentes, la
ciudadanía toda y cualquier interesado en las contrataciones del estado, tenga acceso a dicha información y
la posibilidad de participar libremente y sin restricciones, en las contrataciones que realiza la Administración
Pública, propiciando así la Publicidad y Transparencia de la gestión pública.
Resulta pertinente resaltar la importancia que la buena gestión municipal representa para el país; por lo
cual el logro de los resultados esperados para la satisfacción de las necesidades comunales es un objetivo
común que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas comparte con las administraciones
municipales.
a) Marco Legal:
Ley Orgánica Municipal Nº 3966 Título Octavo del Régimen de Contratación Municipal desde el Art.
209 hasta el Art. 219.
b) Particularidades de Municipalidades.
Las contrataciones a ser realicen las municipalidades se regirán por las disposición de la Ley 2051/03
o la que le sustituya o las normas establecidas en esta Ley Art. 209 Ley Orgánica Municipal
3966/10.
Las informaciones que suministren las municipalidades al SICP serán al solo efecto de garantizar la
transparencia y acceso al público a la información y no implicaran la sujeción de las contrataciones
públicas a autorizaciones o aprobaciones de la DNCP. Si se detecta alguna irregularidad se deberá
comunicar a la Contraloría General de la Republica y a la Junta Municipal Art. 210 L.O.M. 3966/10.
El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) se remiten generalmente en formato de
declaración jurada considerando que las municipalidades no están conectadas al Sistema Integrado
de Administración Financiera (SIAF).
Para la publicación de LPN y LCO las municipalidades deben remitir la resolución de autorización de
la Junta Municipal Art. 212 L.O.M. 3966/10.
La Junta Municipal tiene un plazo de treinta días para aprobar, modificar o rechazar el PBC Art. 213 L.O.M. 3966, el silencio de la Junta Municipal durante el plazo señalado será considerado como una aprobación automática Art. 214 L.O.M. 3966/10.
La adjudicación corresponde a la Intendencia Municipal Art. 215 L.O.M. 3966/10.
Corresponde a la Junta Municipal aprobar la adjudicación de las licitaciones públicas y de las licitaciones por concursos de ofertas. Si no se expidiere en el plazo de 20 días computados desde la recepción de los antecedentes del caso, se considerara que ha habido una aprobación automática Art. 216 L.O.M. 3966/10.
Aprobada la adjudicación, la Intendencia Municipal procederá a suscribir el contrato respectivo, previo otorgamiento por parte del interesado de la correspondiente garantía de fiel cumplimiento de contrato Art. 217 L.O.M. 3966/10.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
60 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Tanto la Junta como el Intendente Municipal deberán requerir el dictamen del Director Jurídico antes de aceptar, suscribir o rescindir cualquier contrato Art. 218 L.O.M. 3966/10.
Las municipalidades están exceptuadas de la obligación de retener la contribución sobre contratos suscriptos prevista en el Art. 41 de la Ley 2051/03 Art. 219 L.O.M. 3966/10.
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES
DEL ESTADO - SIPE El Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), es un sistema que focaliza el manejo de los Proveedores y todas sus informaciones y documentaciones relevantes desde una única base de datos disponible para todas las Instituciones compradoras. Al estar registrado en el SIPE el Proveedor tendrá la comodidad y ventaja de emitir una constancia desde el Sistema que detallará el estado de sus documentaciones, y así evitará preparar la mayoría de los documentos que se requieren comúnmente con la presentación de las ofertas, centrándose más que nada en su propuesta económica. Es una herramienta de ahorro que facilita a los Oferentes y Proveedores del Estado contar con las documentaciones relevantes en una contratación de forma actualizada, segura y disponible para las Entidades compradoras. Formar parte del Registro de Proveedores del Estado administrado por el SIPE es gratuito y no constituye una obligación previa para presentarse y competir en las contrataciones del Estado, excepto en contrataciones que se ejecuten por la modalidad de Subasta a la Baja Electrónica, para cuyo caso es necesaria la previa inscripción del potencial Oferente para acceder al usuario y contraseña que le permitirá acceder al SICP y participar de la sesión pública virtual de puja de precios.
Requisito de inscripción al SIPE de proveedores adjudicados.
La inscripción al SIPE es obligatoria para toda persona física o jurídica que haya resultado adjudicada en un proceso de contratación realizada conforme a la Ley N° 2051/03, y es requisito indispensable para la emisión del Código de Contratación.
Constancia del SIPE.
La Constancia del SIPE es el documento generado por el Sistema que contiene un listado de los documentos que el Proveedor ha incorporado al SIPE con indicación expresa del estado y vencimiento de los mismos y la fecha de emisión de la constancia. La misma podrá ser generada e impresa por los Proveedores inscriptos en el SIPE a través de su cuenta.
Seguridad. La Constancia del SIPE impresa por el Proveedor contará con un código ubicado en el ángulo superior derecho que constituye el identificador electrónico con numeración única e irrepetible (Hash) otorgado por el Sistema a cada Constancia.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
61 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Uso. En el marco de cada proceso de contratación regido por la Ley N° 2051/03, el Proveedor inscripto en el SIPE podrá presentar junto con su oferta la Constancia del SIPE en sustitución de los documentos que figuren en estado “Activo” en la Constancia y en el Sistema al momento de la apertura de ofertas.
El documento que no figure en la Constancia y en el Sistema en estado “Activo”, no podrá reemplazar la omisión del mismo en la oferta. En este caso, el Proveedor podrá presentar el documento físico pertinente con su oferta.
Requisitos de validez. La presentación de la Constancia deberá ser en formato original, debidamente firmada por el Oferente o su Representante Legal. La omisión o falta de firma del Oferente o su Representante Legal en la Constancia no será subsanable con posterioridad al acto de presentación y apertura de ofertas, considerándose una omisión de carácter sustancial.
Verificación. Al momento de la evaluación de ofertas, es obligación de la Convocante verificar el contenido de la Constancia a través del Sistema y constatar si los documentos que figuran en estado “Activo” dan o no cumplimiento a los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones o carta de invitación.
El informe de evaluación deberá mencionar expresamente el análisis de los documentos contenidos en la Constancia del SIPE.
Adulteración del contenido de la Constancia. De constatarse que en el marco de la realización de un proceso de contratación fueron adulterados los datos consignados en la constancia expedida por el SIPE, el Proveedor será pasible de las sanciones previstas en el artículo 72 de la Ley N° 2.051/03.
La Unidad Operativa de Contrataciones deberá comunicar dicha circunstancia a la DNCP a los efectos de iniciar el procedimiento de sumario correspondiente.
CONSIDERACIONES GENERALES
La forma de adjudicación: mediante la cual se establece el sistema de adjudicación que tendrá el
proceso, pudiendo optarse por el total (cuando la totalidad de los ítems se adjudicarán a un solo
oferente), por lote (cuando se adjudicarán de manera independiente cada lote), o por ítem (cuando
se adjudicarán de manera independiente cada ítem). El sistema Combinado no es una forma de
adjudicación propiamente dicha, sin embargo esta condición puede ser indicada en el SICP al
momento de la carga del llamado, de manera a resaltar que se está utilizando más de un sistema de
adjudicación en el llamado. A modo de ejemplo indicamos: La Convocante solicita que el Lote N° 1 y
Lote N° 2 sean adjudicados por Lote y que el Lote N° 3 sea adjudicado por ítems. Se indica de la
siguiente manera a fin de poder adjudicar el Lote N° 3 a más de un proveedor.
Abastecimiento simultáneo: es aquel que contempla el suministro de bienes y/o servicios por más
de un proveedor o contratista como resultado de una misma licitación. Este sistema será aplicable
cuando sea conveniente por razones de economía y eficiencia o cuando se prevé, por razones de
capacidad, que ningún oferente podrá proveer la totalidad de los bienes. El mismo debe ser
establecido en forma específica en las bases, y se deberá indicar en las mismas el porcentaje de
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
62 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
participación en el contrato de los proveedores adjudicados, salvo circunstancias debidamente
justificadas ;
¿Cómo se aplica el abastecimiento simultáneo? Se adjudicará la mayor cantidad posible a aquel oferente que presente la oferta evaluada como la más baja, y las restantes cantidades a los siguientes oferentes en orden de evaluación, siempre que estos oferentes acepten adecuar sus precios a los de la oferta evaluada como la más baja.
En LPN/LPI y LCO: Para los casos de adquisición de pasajes, en la Licitación por Concurso de Ofertas, la convocante podrá optar por el Sistema de Abastecimiento conforme a las reglas indicadas en la IAO 35.3. En la Licitación Pública Nacional, la adopción de este mecanismo es obligatoria.
Contrato abierto: La modalidad de contrato abierto solo será aplicable a los contratos cuyo objeto
sea la provisión de bienes o prestación de servicios, en los que la Convocante no pueda definir con
exactitud la cantidad y amplitud de los bienes y/o servicios que requerirá durante el plazo de
duración del contrato. En ningún caso, podrá ser aplicada la modalidad de contrato abierto a los
procesos de contratación cuyo objeto consista en la ejecución de obras de conformidad a lo
establecido en el clasificador presupuestario vigente al tiempo de la realización del llamado.
En todos los casos y como regla general, se deberán determinar cantidades máximas y mínimas de
bienes y servicios, las que serán establecidas de acuerdo al análisis histórico y datos estadísticos de
adquisiciones anteriores. La cantidad mínima no podrá ser inferior al 50% de la cantidad máxima
pactada. Excepcionalmente se podrá establecer un porcentaje inferior al límite mencionado debido a
las características particulares del objeto del contrato, debiendo a tal efecto las Convocantes remitir la
debida justificación, que será analizada en cada caso por la DNCP para determinar la procedencia de lo
requerido.
La convocante podrá consignar montos máximos y mínimos únicamente en los contratos abiertos
realizados en el marco de los procesos indicados en la Resolución DNCP 1869/11.
En los casos de la aplicación de la modalidad de contrato abierto por montos mínimos y máximos, la
cotización se deberá realizar por el precio unitario, no pudiéndose consignar cantidades distintas a 1
(uno) en la Carta de Invitación.
Es importante recordar que el porcentaje de la garantía de mantenimiento de ofertas deberá ser
extendida sobre el monto equivalente a las cantidades máximas, o el monto máximo determinado por
la convocante, según corresponda.
La DNCP podrá solicitar la fundamentación de la aplicación del contrato abierto en caso que lo
considere necesario.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
63 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Casos particulares de los contratos abiertos: En un mismo llamado podrán utilizar
cantidades mínimas y máximas y montos mínimos y máximos, según necesidad de la
convocante. En ambos casos deberán acompañar la debida justificación requerida conforme
lo establece la Resolución DNCP N° 1869/2011.-
A modo de ejemplo indicamos: En caso de aplicar contrato abierto por cantidades.
Lote N°1 Fecha:____________________
LPN No:__________________
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
Item
*
Código
Catalogo
*
Descripció
n del Bien
*
Marca*
*
Procedencia*
*
Unidad
de
Medida
*
Presentación* Cantida
d
mínima*
Cantidad
máxima
*
Precio
unitario
(IVA
incluido)*
*
Precio Total
Máximo
(IVA
incluido)**
(indicar el
código de
catálogo)
[indicar la
descripción
de los
Bienes]
[indicar
la marca
de los
Bienes]
[indicar la
procedencia
de los Bienes]
[indicar
la
unidad
de
medida
de los
Bienes]
[Indicar la
forma de
presentación
de los Bienes]
[La
Convocante
deberá
consignar
presentacione
s que no
limiten o
restrinjan la
participación
en igualdad de
condiciones, y
en caso
necesario
establecer
parámetros
mínimos y
máximos]
[indicar
la
cantidad
mínima
de los
Bienes]
[indicar
la
cantidad
máxima
de los
Bienes]
[indicar el
precio
unitario
por item]
[indicar el
precio total
por las
cantidades
máximas.][E
l precio total
es el
obtenido de
multiplicar
el precio
unitario por
las
cantidades
máximas
solicitadas]
1-
2-
**Precio Total:
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
64 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
A modo de ejemplo indicamos: En caso de aplicar contrato abierto por montos, la cantidad de servicio
siempre deberá ser 1, considerando que se cotiza el precio unitario del servicio requerido.-
Lista de Precios – Contrato Abierto con montos mínimos y máximos
1 2 3 6 7 8 9
N°
Item*
Código
Catalogo*
Descripción del
Servicio*
Unidad de
Medida*
Cantidad* Presentación* Precio unitario
(IVA incluido)**
(indicar el
código de
catálogo)
[indicar la descripción
de los Servicios]
[indicar la
unidad de
medida de
los Servicios]
[indicar la
cantidad de
los Servicios]
[Indicar la
forma de
presentación
de los
Servicios]
[indicar el precio
unitario por item]
1. 1
2. 1
**Precio total:
*Monto mínimo …………………….. Gs.
*Monto máximo …………………….. Gs.
*Campo a ser completado por el Convocante
**Campo a ser completado por el Oferente
Garantía de Mantenimiento de Oferta: La Convocante deberá indicar el plazo de validez por el cual
el oferente deberá mantener vigente su oferta en la Carta de Invitación. A fin de garantizar esta
validez, se deberá presentar una garantía de mantenimiento de oferta. La Convocante deberá
indicar el porcentaje por el cual se deberá extender la garantía, que no podrá ser inferior al 3% ni
superior al 5% del monto total ofertado, además de indicar el plazo por el cual se deberá extender
la misma, que no podrá ser inferior al plazo de validez de la oferta. Esta garantía podrá tomar
cualquiera de las siguientes formas:
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
65 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Garantía bancaria emitida por un banco establecido en la República del Paraguay que
cuente con autorización del Banco Central;
Póliza de seguro emitida por una compañía autorizada a operar y emitir pólizas de
seguro de caución en la República del Paraguay y que cuente con suficiente margen de
solvencia.
Garantía de fiel cumplimiento de contrato: es la garantía que deberá suscribir el oferente
adjudicado para asegurar el cumplimiento del contrato. Esta garantía deberá oscilar entre el cinco y
el diez por ciento del monto total del contrato, y el porcentaje exacto será indicado por la
convocante en la Carta de Invitación. Podrá instrumentarse mediante una garantía bancaria o una
póliza de seguros.
De acuerdo a lo reglamentado por el Decreto 6.225/10, las garantías de mantenimiento de ofertas y
de fiel cumplimiento de contrato en las Contrataciones Directas, podrán instrumentarse mediante
una declaración jurada simple, en reemplazo de la garantía bancaria y póliza de seguros. En lo que
respecta a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, esta reglamentación no aplicará en los
casos de contrataciones de obras y consultorías.
Plazos de recepción y apertura de ofertas: Se deberá indicar la fecha y hora tope de recepción de
ofertas, así como la fecha y hora en que se realizará la apertura de ofertas. La apertura deberá
realizarse inmediatamente luego del vencimiento del plazo previsto para la presentación de
ofertas.
En los casos de contratación de servicios de consultoría, de acuerdo al método de selección
elegido, se deberá indicar que la apertura de las ofertas técnicas y económicas se realizará en actos
distintos.
Plazo tope de consultas: fecha hasta la cual la convocante recepcionará consultas respecto a las
bases y condiciones del pliego. Las respectivas aclaraciones serán publicadas en el portal de la
DNCP.
Junta de Aclaraciones: Las Convocantes podrán celebrar juntas, en las cuales podrán formular
aclaraciones respecto a las bases y condiciones de la carta de invitación a los oferentes interesados.
En caso de realizarse, la Convocante deberá indicar la fecha, hora y lugar de realización en la Carta
de Invitación.
Criterios de evaluación: se deberán indicar condiciones a ser cumplidas por los oferentes con el fin
de determinar la capacidad que estos posean de cumplir con el contrato resultante del llamado.
Estos criterios serán establecidos tomando en consideración las particularidades de cada llamado, y
cuidando que las exigencias establecidas no limiten de manera innecesaria la participación de
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
66 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
ningún oferente. Podrán incluir factores como la capacidad técnica, financiera, experiencia en el
rubro, entre otros. Al momento de evaluar las ofertas se utilizará el sistema cumple / no cumple o
pasa / no pasa, y en casos excepcionales previstos en la Ley 2051/03 podrá ser utilizado el sistema
de puntuación (Art. 26 último párrafo).
Margen de preferencia: de acuerdo a la naturaleza del bien y en
todas las contrataciones de servicios, conforme lo establece la Ley
4558/11 de fecha 14 de diciembre de 2011; el Decreto Nº 6674/11 de
fecha 30 de mayo de 2011; y el Decreto 6225/11 de fecha 04 de marzo
de 2011, según corresponda serán aplicados márgenes de preferencia a
favor de la producción y empleo nacional.
Criterios de desempate: deberá preverse un mecanismo de
desempate, conforme a lo establecido por la Circular Nº 27/11 de fecha
01 de noviembre de 2011. Estos criterios deben ser objetivos y
únicamente se podrán aplicar los requisitos establecidos por la
convocante en las bases para la evaluación de las ofertas.
Plan de entregas: se deberá indicar un plazo dentro del cual serán realizadas las entregas de los
bienes o la prestación de los servicios por parte del proveedor. Debe ser claro y detallado, ya sea
en forma semanal, quincenal, mensual, trimestral, semestral, etc., según la necesidad de la
convocante.
Anticipo: la Convocante deberá indicar si otorgará o no un anticipo de pago, en cuyo caso deberá
establecer qué porcentaje del monto total contratado será otorgado en tal carácter, el cual no
deberá exceder el 50% del monto total del contrato. En caso que el anticipo esté previsto, se
deberá solicitar una garantía de anticipo a ser constituida por el monto total del o los anticipos, y
se podrá instrumentar mediante una garantía bancaria o póliza de seguro, en las condiciones
indicadas anteriormente para la garantía de mantenimiento de ofertas.
Especificaciones técnicas: Deberán ser establecidas conforme al art. 20, penúltimo párrafo de la
Ley 2051/03”De Contrataciones Públicas”. Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias,
porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos
de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza
específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo,
deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente
a algún participante.
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
67 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Para los casos de contrataciones de servicios de seguridad y vigilancia, se deberán expresar los
servicios a ser realizados, detallando el horario requerido, así como la cantidad de personas que
deberán realizar la tarea asignada. Deberá prestarse especial atención de manera a brindar a los
oferentes todos los detalles que puedan influir en la cotización de las ofertas.
Para los casos de adquisición de pasajes aéreos se deberán indicar criterios económicos de
experiencia y capacidad. En lo que se refiera a los criterios de desempate, los mismos deberán estar
establecidos en la carta de invitación, donde deberá indicarse su orden de prelación.
Para los casos de seguridad y vigilancia expresar los servicios a ser realizados, detallando el horario,
la cantidad de personas que deberán realizar la tarea asignada. Deberán brindar todos los detalles
que puedan influir en la cotización de las ofertas
Para los casos de Adquisición de pasajes: Deberán indicar los servicios adicionales sin costo. Se
aclara que no podrán indicar servicios adicionales con costos, ejemplo: pago de hotel para
funcionarios de la Institución teniendo en cuenta que los mismos poseen viáticos asignados para el
efecto. Consultar el clasificador presupuestario vigente.
Para los casos de Complemento Nutricional: Con respecto a la leche, dichas EETT deberán
adecuarse estrictamente a las establecidas en el pliego estándar de complemento nutricional.-
Lista de precios, la unidad de medida expresada debe guardar congruencia con las cantidades
requeridas (Ej: UM – kilos de azúcar/ Cantidad – 220, de esa manera se expresa que lo requerido es
220 kilos de azúcar)
Para los casos de complemento nutricional
Lista de precios, tener en cuenta que la unidad de medida expresada debe guardar
congruencia con el alimento solicitado. A modo de ejemplo indicamos:
Item Cod. de
catálogo
Descripción U.M. Cantidad P.U. Precio
total
1
50131702-
011
Leche
Litros
2000
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
68 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Con este cuadro se refleja que la U.M. es litros y que será cotizado el litro de leche, no la
ración por niño a ser distribuida en las diferentes escuelas (esa distribución deberá
indicarse en el plan de entrega). Por esta razón, deberán realizar un control más estricto
en las cantidades indicadas en SICP, teniendo en cuenta que deben coincidir,
plenamente con lo establecido en el pliego de bases y condiciones.-
Lista de precios para los llamados de Locación de Inmuebles: La lista debe guardar
congruencia con los meses solicitados.
1 2 3 4 5 6 7 8 9
Ítem Código de
catalogo
Descripció
n
Finca Nº/
Cuenta
Corriente
catastral Nº
Domicilio/
Distrito /
Localidad
Cantidad Unidad
de
Medida
Costo
unitario
(IVA
incluido
)
Costo total
(IVA
incluido)
1
[A
completar
por la
Convocant
e]
[A
completar
por la
Convocant
e]
[A completar
por la
Convocante]
[A
completar
por la
Convocante]
[A
completar
por la
Convocant
e]
[Ej.:
meses/dí
as]
2 80161504-
002
Expensas
comunes*
N/A N/A
[A
completar
por la
Convocant
e]
[A
completa
r por la
Convocan
te]
3 80161504-
998 Garantías
* N/A N/A
[A
completar
por la
Convocant
e]
[A
completa
r por la
Convocan
te]
Precio Total (IVA incluido)
*Cuando corresponda el pago por expensas y garantías, deberán indicarse en los ítems correspondientes.
Proforma del contrato: En las LPN/LPI, LCO, VEX y Locaciones se deberá remitir el modelo del
contrato a ser suscrito posteriormente. En las Contrataciones Directas este requisito es obligatorio
solamente en las contrataciones de servicios de consultoría y de obras.
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69 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Forma de pago, la cual podrá ser:
Contra entrega de los bienes o servicios;
Mensual (en servicios que tengan pagos programados, como los de telefonía
celular, servicios de internet y similares);
Anual;
Contra certificado (para llamados de contrataciones de obras, en las cuales los
desembolsos se realicen según certificados de obra) y
A plazos (como en llamados de servicios de consultoría en los cuales se indican
pagos que se realizarán en plazos pre establecidos).
Vigencia del contrato: Cómputo del plazo de duración del contrato. Los plazos de vigencia de los
contratos se computan en días corridos, generalmente desde el día siguiente de su suscripción o
desde el día siguiente de cumplirse las condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y
Condiciones o en el propio contrato. Los plazos referidos a la ejecución de los contratos y al
cumplimiento de determinadas obligaciones o prestaciones se computan también por días
corridos, salvo disposición expresa en contrario en la Ley o en el Reglamento o en el contrato.
En concordancia a lo establecido en la carta de invitación en cuanto a condiciones de pago y
entrega de bienes, servicios u obras en las Contrataciones Directas, se podrá hacer la salvedad que
el vínculo contractual en cuestión será formalizado por una orden de compra o servicio en lugar del
contrato, excepto para los casos de obras y consultorías.
Métodos para el cálculo de reajustes: Los contratos de adquisición de bienes, de prestación de
servicios o de ejecución de obras, están sujetos a reajuste de precios, en la medida en que esté
previsto en el contrato o que durante su ejecución exista una variación sustancial de precios en la
economía nacional y ésta se vea reflejada en el índice de precios de consumo publicado por el
Banco Central del Paraguay, en un valor igual o mayor al quince por ciento sobre la inflación oficial
esperada para el mismo periodo.
Formularios, en caso de que algún formulario no sea aplicable a la contratación deberán indicar
claramente “NO APLICA”. Se debe deben expresar las abreviaturas LPN/LPI, LCO, CD, CE, LC y RL
según la modalidad a ser utilizada. En los casos de Subasta a la Baja Electrónica, se deberán indicar
la abreviatura de la modalidad, seguido de las siglas SBE.
Locaciones: Actos jurídicos en virtud de los cuales los organismos, las entidades y las
municipalidades obtienen el derecho al uso y goce temporal de bienes, incluyendo las operaciones
de locación financiera, en virtud de las cuales se pueda optar por la transmisión de la propiedad del
bien.
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70 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Establecer que la contratación de inmuebles en las que los cánones mensuales fueran inferiores a
los 1.000 jornales mínimos legales se clasificarán en:
Locación de Inmueble determinado: Es el procedimiento de Locación de Inmuebles que podrá
realizarse cuando la Convocante haya determinado previamente la propiedad que pretende
alquilar, considerando su total adecuación a las necesidades de la Institución, sustentada en
informes técnicos previos.
Locación de Inmueble indeterminado: Es el procedimiento de Locación de Inmuebles que podrá
realizarse cuando la Convocante no haya determinado previamente la propiedad que pretende
alquilar y considere necesaria la presentación de una o más ofertas a ser evaluadas.
Renovación de Locación: La adjudicación de las renovaciones de contratos de locación se
realizarán en un sólo acto administrativo, independientemente de la adjudicación a más de un
oferente.
CDP: El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) es un documento mediante el cual la
Convocante certifica que posee los fondos correspondientes para el llamado a realizarse, y que los
mismos serán previsionados, y no podrán ser utilizados para otros fines hasta tanto el
procedimiento sea adjudicado. Los datos que contiene el CDP son un reflejo fiel de lo indicado en el
PAC en cuánto a la ejecución presupuestaria. En el mismo se observa la linea presupuestaria, así
como el monto previsto, el cual es el equivalente a lo indicado en el PAC para el monto a ser
ejecutado en el ejercicio fiscal corriente. Esto significa que generalmente los montos del PAC y CDP
coincidirán, con la excepción de los casos de llamados plurianuales. Los llamados plurianuales son
aquellos cuya ejecución presupuestaria se realizará en más de un ejercicio fiscal. En estos casos, el
monto del CDP será equivalente al monto indicado en el PAC para la ejecución del ejercicio fiscal
correspondiente, y no así equivalente al monto total del PAC. Además, se deberá tomar en cuenta
que para los llamados de ejecución plurianual, deberá remitirse la constancia de previsión
plurianual (Decreto 8.105/11). El formato que deberá tomar el CDP será igual a lo establecido en el
Decreto Reglamentario de la Ley de Presupuesto del correspondiente ejercicio fiscal.
Formulario de Carta/Oferta: Este documento cumple la doble función de ser la planilla de precios,
instrumento mediante el cual el oferente hará presentación de su oferta, y además de ser la
garantía de mantenimiento de ofertas.
Bienes: Los considerados por el Código Civil como muebles e inmuebles por naturaleza, por destino
o por disposición legal, incluyendo, de manera enunciativa y no limitativa, los objetos de cualquier
índole, tales como bienes de consumo, bienes fungibles y no fungibles, corpóreos o incorpóreos,
bienes de cambio, materias primas, productos terminados o semi-terminados, maquinarias,
Manual de Procesos de Contrataciones Públicas – Año 2013
71 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
herramientas, refacciones y equipos; otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso; la energía
eléctrica, así como los, accesorios al suministro de éstos, siempre que el valor de los servicios no
exceda al de los propios bienes.
Convocante: Cualquiera de los organismos, entidades y municipalidades que inicie o realice alguno
de los procedimientos para la adquisición o locación de bienes, la contratación de servicios o para
la ejecución de obras públicas previstos en esta ley
Unidades Operativas de Contratación (UOC): Son las unidades administrativas que en cada
organismo, entidad y municipalidad se encargan de ejecutar los procedimientos de planeamiento,
programación, presupuesto y contratación de las materias reguladas en esta ley.
Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP): Es el sistema informático que
permite automatizar las distintas etapas de los procesos de contrataciones, desde la difusión de los
requerimientos de bienes, locación, servicios u obras públicas hasta el cumplimiento total de las
obligaciones contractuales y de la elaboración de datos estadísticos; la generación de información y
su transmisión a través del uso de los medios remotos de comunicación electrónica de uso general,
mediante la interconexión de computadoras y redes de datos, por medio del cual los organismos,
las entidades y las municipalidades ponen a disposición de los proveedores y contratistas la
información y el servicio de transmisión de documentación y la rendición de cuentas de los
funcionarios y empleados públicos ante los organismos de control y la sociedad civil.
Código de Contratación: El instrumento mediante el cual se certifica que el proceso de contratación
ha pasado por todas las etapas descritas en la Ley de Contrataciones Públicas.
Ad Referéndum: Existe la posibilidad de realizar llamados “Ad Referéndum” sin contar con el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, en los casos en que la partida presupuestaria correspondiente al llamado se encuentra supeditada a la aprobación de una ampliación o reprogramación presupuestaria, o a la aprobación del Presupuesto General de la Nación. En estos casos, se deberá acreditar la situación descrita anteriormente, con la presentación de la documentación que avale la solicitud de reprogramación, ampliación, o la presentación del detalle del proyecto de presupuesto a ser aprobado.
Conceptos del Calendario de Eventos de la SBE
Consultas: Desde el primer día hábil de publicación virtual, los/as oferentes o postores/as, podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones referentes al manejo del Sistema de SBE o al Pliego de Bases y Condiciones, solo a través del Sistema de SBE. El plazo previsto para el efecto será en contenido en el Calendario de Eventos del Pliego de Bases y Condiciones.
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72 DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Respuestas o Aclaraciones: Conforme al orden de ingreso de las consultas o solicitudes de aclaraciones, las mismas se responderán o aclararán solo a través del Sistema de SBE hasta la fecha y hora topes establecidas en el Calendario de Eventos. Las consultas relativas al Pliego de Bases y Condiciones serán respondidas o aclaradas por la Convocante, las relativas al manejo del Sistema de SBE serán respondidas o aclaradas por el/a Subastador/a.
Plazo de Presentación de los documentos de la Oferta: La Convocante deberá fijar un lugar, fecha y hora límites con posterioridad al cierre del proceso de Subasta, sea cual fuere la modalidad de contratación realizada, en el que las ofertas que hayan resultado ganadoras, por haber cotizado al precio más bajo, presentaran en un acto formal y publico los documentos que componen su oferta. Si el oferente no presentare la documentación que compone su oferta, a más tardar el día y hora señalados por la Convocante, se tendrá por desistida la oferta y se ejecutara la Garantía de Mantenimiento de Ofertas. El plazo que deberá ser establecido, no podrá ser menor a veinte y cuatro (24) horas ni mayor a tres días hábiles, contados desde el cierre da la Subasta.