Municipio de Huatabampo
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MANUAL DE VITICOS 2017 - 2018
I N D I C E
INTRODUCCIN OBJETIVO MARCO JURIDICO GLOSARIO DE TRMINOS POLTICAS GENERALES NORMAS DE OPERACIN
1. ASIGNACIN Y AUTORIZACIN 2. SOLICITUD Y TRMITE 3. EJERCICIO DEL GASTO 4. COMPROBACIN, REMANENTE
ANEXOS
1. FORMATO DE OFICIO DE COMISIN Y ASIGNACIN DE GASTOS DE VIAJE 2. TABULADOR DE VITICOS
INTRODUCCIN
En respuesta a la necesidad de regular las comisiones del personal del H Ayuntamiento
Constitucional de Huatabampo, Sonora para dar cumplimiento a los objetivos, acciones,
informacin, asesora, verificacin y otras que se requieran desarrollar, se presenta este
manual para comisiones, viticos y gastos de camino del personal del H. Ayuntamiento
Constitucional de Huatabampo
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El documento contiene el objetivo, marco jurdico, glosario de trminos, polticas
generales, procedimientos y anexos que deben seguirse en la tramitacin, asignacin y
control de las comisiones del personal.
I. OBJETIVO
INTRODUCCIN OBJETIVO MARCO JURIDICO GLOSARIO DE TRMINOS POLTICAS GENERALES NORMAS DE OPERACIN
5. ASIGNACIN Y AUTORIZACIN 6. SOLICITUD Y TRMITE 7. EJERCICIO DEL GASTO 8. COMPROBACIN, REMANENTE
ANEXOS
3. FORMATO DE OFICIO DE COMISIN Y ASIGNACIN DE GASTOS DE VIAJE 4. TABULADOR DE VITICOS 2017
INTRODUCCIN
En respuesta a la necesidad de regular las comisiones del personal del H Ayuntamiento
Constitucional de Huatabampo para dar cumplimiento a los objetivos, acciones, informacin,
asesora, verificacin y otras que se requieran desarrollar, se presenta este manual para
comisiones, viticos y gastos de camino del personal del H. Ayuntamiento Constitucional de
Huatabampo, Sonora.
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El documento contiene el objetivo, marco jurdico, glosario de trminos, polticas generales,
procedimientos y anexos que deben seguirse en la tramitacin, asignacin y control de las
comisiones del personal.
I. OBJETIVO
Regular las comisiones oficiales, la asignacin y eficiencia en el desarrollo de viticos y
pasajes nacionales e internacionales del personal (Funcionarios y empleados), que cumplen
con funciones o tareas dentro o fuera del pas, vinculadas con las responsabilidades que le
han sido delegadas en un lugar distinto al de su adscripcin.
II. MARCO JURDICO
Ley de Gobierno y Administracin Municipal.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Pblicos del Estado y Municipios.
Presupuesto de Egresos vigente publicado anualmente en el boletn oficial.
III GLOSARIO DE TRMINOS
Para efectos del presente Manual, deben entenderse los conceptos siguientes:
Adscripcin. Lugar en que se encuentra ubicada el rea administrativa o el centro de
trabajo, y cuyo mbito geogrfico delimita el desempeo de la funcin del personal docente
y administrativo.
Oficio de comisin. Es el documento oficial en el que se consigna el objetivo, funciones,
temporalidad y lugar de la comisin.
Comisin oficial. Se consideran comisiones los mandatos o delegaciones de trabajo que en
el ejercicio de sus funciones, realiza el personal en representacin del rea de adscripcin a
la cual pertenecen, cuyo propsito est relacionado con los objetivos del rea comitente.
Viticos. Los viticos son las asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de
alimentacin, hospedaje, tintorera, lavandera, propinas, llamadas telefnicas y cualquier
otro gasto similar o conexo, de los comisionados en el desempeo de comisiones
temporales dentro o fuera del pas en lugares distintos a los de su adscripcin.
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Viticos nacionales. Las asignaciones que se otorguen al personal en activo, por concepto
de viticos cuando en el cumplimiento de sus funciones o comisiones oficiales se deba
trasladar a una poblacin distinta a la de su adscripcin.
Viticos internacionales Las asignaciones que se otorguen al personal en activo, por
concepto de viticos cuando en el cumplimiento de sus funciones o comisiones oficiales se
deba trasladar de la repblica mexicana al extranjero y viceversa, o bien, de una ciudad a
otra en el extranjero.
Tabulador. Tablas que consignan la zonificacin y tarifa de los viticos autorizados.
rea administrativa. Es el elemento de la clave presupuestaria que identifica y clasifica el
gasto pblico por Dependencia.
IV. POLTICAS GENERALES
1. Los importes a otorgar por concepto de gastos de viaje o viticos, se otorgaran nica
y exclusivamente al personal adscrito al H. Ayuntamiento Constitucional de
Huatabampo de acuerdo con el tabulador autorizado y no sern otorgados por
conceptos distintos a la propia operacin del Ayuntamiento.
2. En ningn caso se ejercern partidas de pasajes o viticos para complementar las
remuneraciones del personal.
3. El ejercicio de las partidas de pasajes debe ser correlativo con la de viticos, por lo
que no se pueden autorizar pasajes nacionales o internacionales sin el
correspondiente oficio de comisin que consigne el perodo efectivo de la tarea
conferida.
4. Por ningn motivo se debe comisionar, ni otorgar viticos a personal que disfrute
perodo vacacional o cualquier tipo de licencia, como tampoco en calidad de cortesa.
5. En caso de que el personal deje de prestar sus servicios en el H. Ayuntamiento de
Huatabampo y cuente con pendientes de soportar en solicitudes anteriores de
viticos, stos le sern deducidos de su finiquito y/o liquidacin laboral.
6. Se podrn otorgar viticos a personas ajenas al Ayuntamiento, siempre y cuando el
fin que persigue sea el de apoyo en gestin complementaria, para tales fines se
requiere un oficio detallado por parte de la dependencia relacionada, sujetndose a
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los montos establecidos para personal administrativo, en estos casos debe estar
debidamente aprobados por el C. Presidente Municipal.
7. Cuando sea posible, la comisin ha de estar prevista e identificarse con un programa
de trabajo prioritario, salvo casos imprevistos y plenamente justificados, as como
contribuir al mejoramiento de la operacin y productividad de nuestra institucin.
V. NORMAS DE OPERACIN
5.1. Asignacin y autorizacin
1. La asignacin de gastos de viaje deber estar considerada en el programa
presupuesto anual autorizado para cada Dependencia (unidad responsable).
2. La asignacin de gastos de viaje se asignar de acuerdo con al tabulador autorizado
en cuyo caso se requiere, adems de observar lo establecido en las normas
anteriores, el oficio de comisin y asignacin de gastos de viaje debidamente
autorizados, en el caso de viticos en contingente para efectos de evaluacin,
capacitacin y diversos, previa solicitud del rea correspondiente, es facultad de la
Direccin de Egresos, realizar los clculos de manera analtica por concepto a fin de
realizar un pago ms ptimo de viticos, sin que en ningn momento rebase el monto
por individuo que determina el tabulador correspondiente, la comprobacin del gasto
ser mediante los formatos oficiales de trmite de viticos y recibo oficial.
3. La persona facultada para autorizar comisiones de trabajo dentro del Estado de
Sonora es, el presidente Municipal y en ausencia de ste el Tesorero Municipal.
4. Las comisiones asignadas fuera del estado de sonora nicamente sern autorizadas
por el Presidente Municipal.
5. No se autorizarn comisiones en los supuestos siguientes:
Para desempear servicios en alguna organizacin, institucin, partido poltico o
empresa privada.
Para desempear comisiones propias de instituciones o reas administrativas
diferentes a la de su adscripcin, salvo en casos especficos que por concurrencia de
programas el Presidente Municipal pueda apoyar a otra rea o entidad.
6. Las personas responsables de la autorizacin de viticos, deben abstenerse de
asignar a una misma persona varias comisiones para desempearlas
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simultneamente, as como asignar una comisin cuyo propsito sea distinto a las
funciones propias del H. Ayuntamiento de Huatabampo, o bien que las funciones del
comisionado no correspondan al objetivo y actividades a realizar durante la comisin
autorizada.
7. La tarifa para viticos nacionales e internacionales que se incluye en estos
lineamientos se pagar en moneda nacional y en dlares americanos,
respectivamente, y constituye el tope diario mximo que se debe cubrir al personal
para el desempeo de su comisin, por la naturaleza del vitico, se asume que los
montos otorgados debidamente sern comprobados en su ejercicio mediante
formato oficial de viticos y recibo oficial firmado ante el departamento de
Tesorera municipal, debiendo en su caso anexar los documentacin mnima de
invitacin, gestin o representacin.
8. El pago de viticos se regir conforme a las tarifas vigentes y contempladas en el
presupuesto de egresos y autorizadas por el H. Ayuntamiento Constitucional. Estos
no podrn exceder de cinco das mensuales por persona comisionada exceptundose
de ste medida el Presidente Municipal y Tesorero municipal.
9. Lo no previsto en el presente manual, as como la interpretacin del mismo se
sujetar a lo dispuesto por la Direccin de Planeacin y finanzas de Tesorera
municipal.
V.2. Solicitud y trmite
1. Con la finalidad de requisitar adecuadamente el oficio de comisin y asignacin de
gastos de viaje, se observar lo siguiente:
Considerar la tarifa al nivel jerrquico del puesto y la poblacin a visitar.
Las tarifas previstas en el tabulador correspondiente constituyen los topes
mximos autorizados, por lo que no pueden cubrirse cuotas mayores ya que
en estricto apego a la poltica de austeridad, racionalidad y disciplina
presupuestal, no se autorizar ninguna ampliacin lquida para cubrir este
concepto, sin embargo se podrn otorgar cantidades menores a lo establecido
en el tabulador cuando las condiciones de la solicitud y a criterio de la
Direccin de Egresos de Tesorera municipal as convenga.
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Por ningn motivo se debe comisionar, ni otorgar viticos a personal que
disfrute su perodo vacacional o cualquier tipo de licencia, como tampoco en
calidad de cortesa.
2. Considerar das requeridos para el desempeo de la comisin, conforme a lo
siguiente:
a) En caso de que la comisin se efecte en varias ciudades en un mismo da, la
asignacin se dar de acuerdo con el lugar donde se pernocte.
b) No se podrn adquirir pasajes areos de primera clase, sin importar el nivel
jerrquico de los servidores pblicos, ni la distancia del viaje.
c) Cuando por alguna circunstancia no se utilice el boleto de avin, el
comisionado deber regresarlo en forma inmediata a la tesorera municipal a
efecto de que se tramite su cancelacin.
d) Ser responsabilidad del comisionado, en su caso, la cancelacin oportuna de
los pasajes de avin. Las sanciones por falta de cancelacin sern con cargo
al comisionado.
3. El trmite del oficio de comisin y asignacin de gastos de viaje, se realizar con dos
das hbiles de anticipacin cuando menos.
4. En caso que por alguna circunstancia no se tramiten los gastos de viaje antes de
efectuar la comisin, stos podrn solicitarse al trmino de la misma, a travs del
oficio de comisin autorizado.
V.4. FORMATO DE SOLICITUD
a). El personal responsable de la autorizacin solicitar mediante escrito dirigido a la
Tesorera Municipal, mediante el formato de asignacin de viticos el monto que requiera
a favor del personal comisionado, justificando dicha solicitud y debiendo recabar la firma
de recibido de los recursos, por parte del comisionado al trmino de su comisin.
V.4. Comprobacin, remanentes y cancelacin
1. El comisionado debe requisitar el formato comprobacin de gastos de viaje y viticos
en donde se incluya la leyenda declaro bajo protesta decir verdad, que los datos
contenidos en este informe son verdicos y manifiesto tener conocimiento de las
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sanciones que se aplicaran en caso contrario, as como la fecha de elaboracin y
firmas autgrafas tanto del comisionado como del jefe inmediato que autoriz la
comisin.
La comprobacin de gastos de viaje deber realizarse cinco das despus de efectuada
la comisin y se sujetar a los montos establecidos en el tabulador vigente, utilizando el
formato comprobacin de gastos de viaje y viticos quedando exentos de
comprobacin los gastos de alimentacin por considerarse servicios bsicos; este
formato estar firmado por el funcionario que autoriz la comisin.
En los casos en que se hayan asignado recursos por concepto de transportacin
terrestre fornea stos invariablemente, se comprobarn con facturas que renan
requisitos fiscales.
Todas las facturas que se anexen al formato comprobacin de gastos de viaje y
viticos, debern ser firmadas por el comisionado.
Los importes asignados para viticos, gastos de transporte, peaje y gasolina que no
hayan sido utilizados para ese fin, debern reintegrarse a la Caja General, anexando el
recibo de la devolucin a la comprobacin respectiva.
El reembolso de cualquier gasto extra diferente a los conceptos que cubren los viticos y
los gastos de transportacin, deber solicitarse con un oficio de justificacin del Titular
del rea dirigido a la Presidencia Municipal, anexndolo al formato de comprobacin.
2. Los montos asignados para cada comisin, debern comprobarse correctamente por
separado, a mas tardar 5 das hbiles despus del trmino de la comisin, de no
hacerlo se descontar va nmina la cantidad recibida, dentro de los lmites de
descuento establecidos por Ley.
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Las comprobaciones no slo por el hecho de presentarse en el trmino establecido, no le
exime al comisionado del descuento va nmina, si la comprobacin es incorrecta.
Invariablemente la fecha de los boletos de viaje deber coincidir con el periodo de las
funciones o comisin que motivan el traslado.
3. Cuando por causa justificada el comisionado requiera recursos adicionales en el lugar
de la comisin, deber solicitar al responsable de rea que lo comision la
ampliacin, conforme a lo siguiente:
a). El personal responsable de la autorizacin solicitar mediante escrito dirigido a la
Presidencia Municipal, mediante el formato de asignacin de gastos de viaje y viticos el
monto que requiera a favor del personal comisionado, justificando dicha ampliacin y
debiendo recabar la firma de recibido de los recursos, por parte del comisionado al
trmino de su comisin.
4. En caso de existir remanentes despus de efectuada la comisin, se reintegrar a la
Caja General, expidindose el recibo en el que se anotar el importe, nombre y
nmero de expediente del comisionado, as como el nmero de folio del oficio de
comisin y asignacin de gastos de viaje y se anexar copia del recibo en la
comprobacin.
5. En caso de cancelacin de la comisin, se debern reintegrar inmediatamente a la
Caja General los viticos previamente asignados, notificando su cancelacin a la
Secretara de Programacin del Gasto Pblico o a Tesorera Municipal, mediante el
formato de comprobacin de viticos anexando copia del oficio de comisin y copia
del recibo de caja correspondiente para proceder a darlos de baja en el sistema de
adeudos, as como en el de control presupuestal.
6. En caso de que los viticos no sean comprobados conforme a lo establecido en el
presente manual, el personal comisionado deber reembolsar los recursos
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correspondientes en los plazos en que dichas erogaciones debieron ser
comprobadas.
7. Las acciones para que las personas comisionadas puedan exigir el pago de viticos
devengados, prescribirn en un ao contado a partir de la fecha en que se haya
efectuado la comisin.
8. Los responsables de autorizar el desempeo de comisiones y otorgamiento de
viticos, as como quienes tienen el carcter de comisionados, son responsables de
las irregularidades en que incurran por inobservar o contravenir las presentes normas,
hacindose acreedores a las sanciones previstas en la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Pblicos del Estado y Municipios, sin perjuicio de aplicar las
disposiciones del Cdigo Penal correspondiente.
9. La comprobacin de viticos internacionales se deber efectuar al 100% mediante
documentacin original que rena los requisitos fiscales del Pas de que se trate.
Cuando por alguna razn justificada no se posible comprobar el importe total, ser
necesario que el personal comisionado presente el desglose pormenorizado de los
gastos de los cuales no se obtuvo comprobante, elaborando para tal fin una relacin
detallada con la leyenda sealada bajo protesta de decir verdad y bajo mi
responsabilidad, conforme lo establecido por la Ley de Responsabilidades de los
servidores Pblicos del Estado y Municipios, presento los gastos y motivos de la falta
de documentacin comprobatoria.
10. En los casos de que por necesidades de la propia comisin sea indispensable
modificar el itinerario inicial y esto provoque que el comisionado erogue alguna
cantidad extra, la diferencia que pudiera resultar a su favor en el finiquito de viticos,
le ser reembolsada mediante una nueva solicitud de ministracin de viticos y
pasaje, la cual deber ser firmada por el encargado del rea que autoriz la comisin
original.
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FORMATO DE SOLICITUD:
A n e x o 1
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Nombre:
Puesto:
Nombres de los Acompaantes: (agregar puesto) Lugar de visita:
Firma del Solicitante Firma del jefe de Dependencia
0 Nombre
0 0,00
Solicitud de Viticos Oficial
No. de das de Comisin:
MEDIO DE TRANSPORTE :
MOTIVO DE LA SOLICITUD : ( De forma detallada ) Fecha de Salida:
DD/MM/AA
DEPENDENCIA:
DATOS DEL SOLICITANTE(s) :- FECHA :No. FOLIO
NO
consecutivoDD/MM/AA
Importe de Viticos :- Determinado s/tabulador aprobado
FIRMAS DE AUTORIZACIN :
Firma de Autorizacin vo.bo
C. ANGEL MARIO CANT SANCHEZ CP LUIS ENRIQUE VALENZUELA ESQUER
C. Tesorero Municipal C. Director de Planeacion y finanzas
Me comprometo a que un plazo no mayor de 3 das despus de terminada la comisin,
remitir Informe correspondiente ante el departamento de Tesorera Municipal,
sometiendome a las sanciones correspondientes a que diera lugar el no hacerlo en tiempo y
forma.
H. Ayuntamiento de Huatabampo
C O M E N T A R I O S : -
CONTINGENTE TOTAL QUE SOLICITA:
V-01
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FORMATO DE INFORME DE COMISIN:
Nombre:
No. De Pliza:
Fecha de la pliza
0
INFORME DE COMISIN
H. AYUNTAMIENTO DE HUATABAMPO
Datos del Pago :
Departamento
0.00
Nombre y Firma
DEPENDENCIA: 0.00
DATOS DEL SOLICITANTE(s) :-FECHA : sbado, 14 de febrero de 2015
V-02
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11. En caso de cancelacin de la comisin, se debern reintegrar inmediatamente a la
Caja General los viticos previamente asignados, notificando su cancelacin a
Tesorera Municipal.
12. Los responsables de autorizar el desempeo de comisiones y otorgamiento de
viticos, as como quienes tienen el carcter de comisionados, son responsables de
las irregularidades en que incurran por inobservar o contravenir las presentes normas,
hacindose acreedores a las sanciones previstas en la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Pblicos del Estado y Municipios, sin perjuicio de aplicar las
disposiciones del Cdigo Penal correspondiente.
13. En los casos de que por necesidades de la propia comisin sea indispensable
modificar el itinerario inicial y esto provoque que el comisionado erogue alguna
cantidad extra, la diferencia que pudiera resultar a su favor en el finiquito de viticos,
le ser reembolsada mediante una nueva solicitud de ministracin de viticos y
pasaje, la cual deber ser firmada por el encargado del rea que autoriz la comisin
original.
Tarifas derivadas de los lineamientos normativos para la aplicacin de las mismas, aprobadas para la afectacin de las partidas de viticos
Z o n a 1 SAN LUIS RIO COLORADO, PUERTO PEASCO, GRAL. PLUTARCO ELIAS CALLES,
NACO, AGUA PRIETA, CABORCA, ALTAR, SARIC, NOGALES, SANTA CRUZ, CANANEA, IMURIS, MAGDALENA, TUBUTAMA, ATIL, OQUITOA, PITIQUITO, TRINCHERAS, BENJAMIN HILL, SANTA ANA, CUCURPE, ARIZPE, BACOACHI, BANAMICHI, HUEPAC, ACONCHI, BAVIACORA, SAN FELIPE DE JESUS, URES, OPODEPE, CARBO, RAYON, SAN MIGUEL DE HORCASITAS.
Z o n a 2
QUIRIEGO, HERMOSILLO, VILLA PESQUEIRA, MAZATAN, LA COLORADA, GUAYMAS, SUAQUI GRANDE, BACUM, SAN IGNACIO RIO MUERTO, FRONTERAS, BAVISPE, NACOZARI DE GARCIA, BACERAR, VILLA HIDALGO, CUMPAS, MOCTEZUMA. HUASABAS, HUACHINERA, BACADEHUACHI, GRANADOS, NACORI CHICO, TEPACHE, SAN PEDRO DE LA CUEVA, SAHUARIPA, BACANORA, ARIVECHI, DIVISADEROS, SOYOPA, SAN JAVIER, ONAVAS, YECORA Y ROSARIO DE TESOPACO.
Z o n a 3 ETCHOJOA, NAVOJOA, EMPALME, ALAMOS Y BENITO JUAREZ, CAJEME.
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A n e x o 2
Tarifas topes derivadas de los lineamientos normativos para la aplicacin de las mismas, aprobadas para la afectacin de las partidas de viticos.
P u e s t o s
Tarifa estatal (Vitico y gastos de
camino)
Tarifa Nacional Vitico
Tarifa Extranjera
Vitico
Presidente Municipal
Zona 1:- $ 3,000.00 Zona 2:- 2,000.00 Zona 3:- 1,500.00
$ 4,000.00
500 dlares
Sndico, Regidores, Secretario del Ayuntamiento Directores General Contralor Interno
Zona 1:- $ 3,000.00 Zona 2:- 1,800.00 Zona 3:- 1,300.00
$ 3,000.00
400 dlares
Personal administrativo, jefes de rea, elementos de seguridad pblica y servicios generales.
Zona 1:- $ 1,500.00 Zona 2:- 1,000.00 Zona 3:- 1,000.00
$ 2,200.00
190 dlares
Se podrn determinar importes diferentes en los casos especiales de otorgamiento de viticos, por los siguientes casos:
- Por contingente, en cuyos casos de realizar desglose analtico de importes de cada concepto.
- Por medidas de austeridad se podrn afectar estos importes, sin embargo en ninguno de los casos el monto asignado rebasar el monto de vitico individual sealado en la tabla anterior, esta funcin estar a cargo de la Tesorera Municipal.
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