“Personas menores de edad ubicadas
con sus madres en Prisión”
María de los Ángeles Chaves Villalobos
Directora Centro Institucional Buen Pastor
Costa Rica
Módulo Casa Cuna
Antecedentes Históricos
y
Normativa Jurídica
Socialización del Menor en una
Institución Cerrada e Interés
Superior del Niño(a)
Infraestructura Actual
Intervención del Equipo Técnico y
Propuesta de un Modelo de
Atención Integral para las
Personas Menores de Edad
Conclusiones:
El módulo de Casa Cuna responde a una necesidad real de las mujeres privadas de libertad en estado de embarazo y con niños menores de 3 años.
En aras del Interés Superior del Niño, es imperativo que durante ese primer periodo de 0 a 3 años al menor se le garantice las mejores condiciones de vida.
Igualmente, en aras de ese mismo
interés, el proceso de socialización del
infante, después de los 3 años, no debe
darse en el contexto carcelario.
Los niños(as) que no cuentan con
recursos de apoyo familiares deben
tener la oportunidad de ser ubicados en
alberges especiales transitorios con
apoyo Estatal y bajo la rectoría de una
institución de protección de la niñez,
ejemplo: Hogar Santa María.
Se requiere de políticas institucionales especificas de atención integral a las familias de mujeres privadas de libertad con niños menores de edad.
Se requiere de atención especializada en estimulación temprana y pediatría de los menores ubicados en espacios de Casa Cuna.
Coordinaciones interinstitucionales para el manejo de situaciones de riesgo en estos espacios.
Un programa especializado que fomente
el ejercicio de la maternidad.
Convenios del sistema penitenciario, la
sociedad civil e instituciones de
bienestar social para la atención integral
de hijos(as) de privadas de libertad.
Muchas Gracias
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