NUEVA INSTITUCIONALIDAD CULTURAL CHILENA
LEY APROBADA POR CONGRESO NACIONAL
2003 (JUNIO)
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL
• Es administrado por Consejo Nacional de Cultura.
• Para financiar total o parcialmente, proyectos programas, actividades y medidas de fomento, ejecución, difusión y conservación de las artes y patrimonio cultural en sus diversas modalidades y manifestaciones, excluidas las consideradas en la Ley del Libro.
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL
• Tiene 6 líneas específicas de financiamiento (6 subfondos):
• Fomento de las Artes.• Desarrollo Cultural Regional.• Conservación y Difusión del Patrimonio
Cultural.• Desarrollo de las Culturas Indígenas.• Desarrollo de Infraestructura Cultural.• Becas y Pasantías.
SUBFONDO DESARROLLO CULTURAL REGIONAL
• Para financiar proyectos de difusión y formación artística, de rescate y difusión de manifestaciones culturales tradicionales y locales, de eventos y programas culturales.
• Pueden postular personas naturales y jurídicas, sean éstas de derecho privado o de derecho público.
• Concurso público de carácter regional.• Proyectos serán evaluados por Comités de
Especialistas.• Selección corresponderá a Jurados designados por
Consejo Regional.• Evaluadores y jurados son propuestos por Comité
Consultivo Regional.
SUBFONDO CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL• Para financiar proyectos de conservación,
recuperación y difusión de bienes patrimoniales intangibles y tangibles, muebles o inmuebles, protegidos por Ley 17.288 (Ley Monumentos Nacionales).
• Pueden postular personas naturales y jurídicas sean éstas de derecho privado o derecho público
• Proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas, designados por Directorio Nacional.
• Selección corresponderá a Jurados designados por el Directorio.
• Comité Consultivo Nacional propone evaluadores y jurados.
SUBFONDO DESARROLLO DE LAS CULTURAS INDIGENAS
• Destinado a la investigación, rescate, preservación y difusión de las distintas culturas originarias del país.
• "Recursos se asignarán mediante concursos públicos. Los proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas”, y sobre ello, seleccionarán Jurados.
• Reglamentación será acordada por el Directorio” oyendo previamente a la CONADI."
SUBFONDO FOMENTO DE LAS ARTES
• Para financiar proyectos de creación, producción y difusión artística en música, teatro, danza, artes visuales y otras disciplinas artísticas.
• Recursos se otorgarán en concurso público.
• Proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas, designados por Directorio, a propuesta de Comité Consultivo Nacional.
• Selección corresponderá a Jurados designados por el Directorio, a propuesta del Comité C. Nacional.
SUBFONDO DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL
• "Destinada a financiar proyectos de construcción , reparación , adecuación y equipamiento de infraestructura cultural. “
• Concurso público.
• Proyectos serán evaluados por Comités de Especialistas, designados por Directorio.
• Selección corresponderá a Jurados designados por Comité Consultivo Nacional, con acuerdo del Directorio.
SUBFONDO BECAS
• Financiará proyectos de personas naturales del ámbito de la cultura artística, creación artística, patrimonio cultural y gestión cultural.
• Para capacitar, perfeccionar o especializar a tales personas, en instituciones nacionales o extranjeras de reconocido prestigio.
• Concurso público de carácter nacional.
• Postulaciones son evaluados y seleccionadas por Comisión de Becas, designada por el Directorio.
NORMAS FONDO NACIONAL
• El Consejo debe buscar el desarrollo cultural equitativo y armónico entre las regiones.
• A lo menos, un 50% de los evaluadores y jurados de concursos deben ser personas de regiones distintas a la Metropolitana.
• Reglamento ( DS) determinará criterios y normas, fechas y plazos de convocatoria.
NORMAS REGLAMENTARIAS
DECRETO SUPREMO 065Febrero 2004
FOMENTO DE LAS ARTES
• Cuatro áreas: a) artes visuales, teatro, danza y artes integradas; b) Fotografía; c) Artes Audiovisuales; d) Artes Musicales.
• Proyectos de creación, producción, difusión.
DESARROLLO CULTURAL REGIONAL
• Eventos y programas culturales• Manifestaciones culturales tradicionales
o locales: iniciativas de difusión, formación artística, rescate y difusión de manifestaciones culturales tradicionales y locales.
CRITERIOS DE EVALUACION
• Calidad de la propuesta o postulación.
• Impacto y proyección artística y cultural del proyecto.
• Existencia y monto de aportes privados, cuando correspondiere.
• Escala de puntaje: 0 a 100.
REQUISITOS
• Postular de acuerdo a bases y en formularios.
• Viabilidad técnica y financiera.• Impacto social y cultural.• Respetar Ley de Propiedad
Intelectual.
ESPECIALISTAS Y JURADOS
• Proyectos son examinados por comités de especialistas: mínimo tres integrantes
• Selección corresponde a Jurado: mínimo tres y máximo 11 personas por Fondo.
• Son designados por DIRECTORIO, a propuesta del Consejo Consultivo Nacional o Consejo Consultivo Regional, según corresponda.
• Son pagados.• Duran 2 años en cargos, pudiendo ser
designados por un año más.• Tienen incompatibilidades.
INCOMPATIBILIDADES
• No pueden participar en discusión de asuntos en que ellos, su cónyuge, hijos adoptivos o parientes hasta 3º grado de consanguinidad o 2º de afinidad , tengan interés moral o pecuniario.
• Se abstienen de participar, pueden ser especialistas o jurados de lo demás; queda en Acta.
• En Becas: no pueden participar.
SELECCION
• Proyecto debe obtener un puntaje mínimo de 80 puntos para ser considerado por el Jurado.
• Evaluación la realiza Comité de Especialistas, el que elabora listado con todos los proyectos que alcancen ese puntaje.
• Jurado decide, según monto asignado para ese Fondo por parte del Directorio.
NORMAS ESPECIALES
• Becas: postulaciones acotadas a 2 años.
• Resuelve: Comisión Nacional de Becas, elegida por Directorio a propuesta Comité Consultivo Nacional. Mínimo 3 y máximo 7 integrantes.
• Sólo personas naturales.
NORMAS ESPECIALES
• Infraestructura: se contempla la posibilidad de licitación pública.
• Se valorará el cofinanciamiento.• Se evaluará viabilidad técnica y
financiera.• Impacto en generación de actividades
culturales.• Postulante debe asegurar destinación
exclusiva, mantención y operación futura de infraestructura.
CONVENIOS EJECUCION Y GARANTIAS.
• Plazo máximo para suscribir convenio: 30 días.
• Caución: letra de cambio firmada ante Notario Público, Vale Vista, Boleta de Garantía o Póliza de Seguro. Se exceptúan Municipios y Corporaciones Municipales.
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