• VANEZA MIRELLY PACHECO NINA
NULIDAD DEL ACTO JURIDICO
Es una sanción legal ,la máxima sanción civil, cuando el acto jurídico ce celebra sin sus requisitos de validez, o cuando se celebra con perturbaciones o distorsiones , puesto que lo priva de su existencia, validez y eficacia,
ANTECEDENTES Y EVOLUCION DEL SISTREMA INCORPORADO A NUESTRA
CODIFICACION
código civil vigente es impredecible hacer referencia a
los antecedentes del derecho romano, así como la
sistematización de las nulidades receptadas del en el código de napoleón y los códigos con los que sean entroncado nuestra codificación hasta llegar ala
vigente.
BREVES ANTECEDENTES
HISTORICOS EN EL DERECHO ROMANO
Sin embargo, posteriormente sobrevino la nulidad pretoriana se ordenaba la restitución de lo recibido por dicho acto. Por ello se podría afirmar que entre los
romanos sí existió, aunque incipientemente, una teoría de
la nulidad.
El acto nulo se consideraba inexistente y no producía efecto alguno.
LA NULIDA
DSe conoce como nulidad a todo aquello que posee el carácter de nulo (tal como se define a algo que no posee valor). La nulidad, por lo tanto, puede entenderse como el vicio, la declaración o el defecto que minimiza o directamente anula la validez de una determinada cosa.
Hay nulidad absoluta en los actos o contratos: “Cuando falta algún requisito o formalidad que la ley exige para el valor de ciertos actos o contratos, en consideración a la naturaleza del acto o contrato y no a la calidad o estado de la persona que en ellos intervienen
Es aquella nulidad que en razón de afectar elementos no esenciales para la validez del acto, puede ser convalidada por confirmación o subsanada por el transcurso del tiempo
NULIDAD ABSOLUTA
NULIDAD RELATIVA
EL ACTO NULO
El acto jurídico nulo es aquello que se da por la falta de un elemento sustancial, está destituido de todo efecto jurídico; es inválido e ineficaz desde el inicio, salvo que el ordenamiento jurídico, ---------- excepcionalmente, le confiere algunos efectos.
CAUSALES DE NULIDAD ABSOLUTA
No existe acto sin voluntad del agente, en ese sentido dicha voluntad y declaración, requiere para su configuración de dos voluntades: la voluntad declarada, que es lo que aparece expresado en la conducta en que consiste la misma declaración, es decir, el contenido del [acto]; y la voluntad de declarar. Por lo tanto, resulta simple entender que al falta la manifestación de voluntad del agente, en cualquiera de los citados supuestos estaríamos hablando de una causal de nulidad del acto jurídico.
FALTA DE MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD DEL AGENTE
INCAPACIDAD ABSOLUTA
El tema versa sobre quienes no pueden desarrollar su derecho de ejercicio, mas no de goce. En el Art. 43º del CC se encuentran enumerados los supuestos de incapacidad absoluta, es decir, dichas personas se encuentran privadas de celebrar actos jurídicos por cuenta propia, en ese sentido, éstos deberán actuar con mediante algún representante, tutor, etc. según corresponda. Dicha privación no alcanza a los actos jurídicos que se celebren en su vida cotidiana tal como lo prescribe el Art. 1358 CC Comprar pan, pagar un boleto de bus.
LA IMPOSIBILIDAD FÍSICA O JURÍDICA DEL OBJETO O SU INDETERMINABILIDAD
Sobre este punto no cabe mayor aclaración, ya que el objeto (cosa sobre la cual recae la relación jurídica) para poder ejecutarse debe estar arreglado a ley y a la vez pueda ejecutarse sin contravenir las facultades humanas.
LA DECLARACION DE NULIDAD POR
LA LEY
El acto nulo de pleno derecho no puede ser objeto de convalidación ya que solo esto es para actos anulables
LA OPOSICION A LAS NORMAS DE ORDEN PUBLICO
El acto jurídico cuyo fundamento radica a la autonomía de la voluntad privada, es el instrumento con lo que cuentan los sujetos de derecho para la regulación como efecto jurídicos de sus intereses dentro de los límites de la ley, el orden público las buenas costumbres, la seguridad, la libertad, la dignidad humana y la solidaridad social, el acto que es contrario a normas imperativas, al orden público o a las buenas costumbres
CARACTERISTICAS DEL ACTO NULO
SE produce sin necesidad de impugnación previa y por eso el acto jurídico lo es de pleno derecho.
EL ACTO NULO ES DE PLENO DERECHO
La nulidad absoluta del acto puede ser alegada por quienes tengan interés o por el ministerio publico
• La acción de nulidad absoluta ,o simplemente de nulidad ,para diferenciar la de la acción de anulabilidad o anulatoria que corresponde a la nulidad relativa ,viene a ser una acción que puede incoarla cualquiera que tenga un interés que obviamente ha de ser legitimo para que pueda ser invocado por las partes ,los terceros y el ministerio
• La nulidad adsoluta puede ser declarada de oficio• No reqiere de una sentencia judicial que lo declare ,de que el juez que conoce de
una litis si consta dla exsistencia de una causal de nulidad adsoluta puede ser de oficio
• El acto nulo no pude ser confirmado • La nulidad adsoluta es insubsanable y por eso el acto nulo no pude convalidarse
mediante la figura de la confirmacion • Efectos ulteriores del acto nulo • Se trata de los efectos ultriores interpartes y de los efectos ulteriores frente a los
terceros • L0s efectos ulteriores interpartes • Los derechos ,como los deberes u obligaciones • Los efectos ulteriores frente a terceros• El acto nulo al desarrollo que venimos haciendo ,tanpoco surte efectos en contra ni a
favor de terceros ,indeprndientes de la buena o mala fe de los celebrantes del acto
PRESCRIPTIBILIDAD DE LA ACCION DE
NULIDADEl acto nulo ha sido siempre objeto de un tratamiento especial respecto a la extinción de sus efectos ulteriores, pues no siempre se ha reconocido la aptitud de la prescripción frente al acto nulo.
El Derecho Romano: El acto nulo no adquiere validez con el transcurso del tiempo lo que por derecho no susbsiste desde el comienzo, se sostuvo la perpetuidad de la nulidad y con ella, la imprescriptibilidad de la acción.
CONVERSION DEL ACTO NULO
La figura de la conversión ha sido legislada por los Códigos Alemán e Italiano y que consiste en la transformación de un acto nulo en otro acto, al que se le reconoce validez , teniendo e n consideración la finalidad que fue perseguida por las partes y siempre que el acto convertido contenga los requisitos de sustancia y de forma.
Para Messineo la conversión es una integración legal de los efectos del negocio sobre el fundamento de una presumible, y por consiguiente, hipotética voluntad del sujeto de los sujetos en verdad enfatiza lo que importa es el resultado práctico , no el medio jurídico elegido.
León Barandiaran la menciona en sus comentarios y advirtió que no debe confundirse la conversión, que es una consecuencia legal que concierne a la tipificación del negocio con el simple error.
El acto nulo se convierte en un acto distinto , como en el caso de una donación de bien inmueble que, según el artículo 1625 (Formalidad de la donación ) requiere de escritura pública , y que por inobservancia de la forma puede convertirse en comodato (Ar. 1728), pues este que es un acto distinto se asemeja al fin práctico perseguido por las partes.
EL MATRIMONIO NULO
La nulidad matrimonial es una causa de ineficacia del matrimonio
y tiene como consecuencia la invalidación del matrimonio en
razón de un vicio o defecto esencial para su celebración.
• La nulidad de matrimonio solo procede en los casos que el matrimonio sea de un :
• 1.-Enfermo mental.• 2.-Sordomudo, Ciego sordo, Ciego mudo.• 3.-Casado (a).• 4.-De familiares consanguíneos en línea recta (padres, hijos, tíos,
medios hermanos, primo hermanos.)• 5.- de los consanguíneos en segundo y tercer grado de línea
colateral• 6.- de los afines en segundo grado de la línea colateral( de
cuñados)• 7.- del condenado por homicidio doloso• 8.-de los quienes celebran con prescindencia de los tramites• 9.- Los que lo celebran sin seguir el trámite correcto y de mala fe..
O ante funcionario no competente.
EL ACTO TESTAMENTARIO NULO
Cuando falta la manifestación de voluntad del testador, el acto
testamentario, como todo acto jurídico, que en el caso del
testamento, debe ser la expresión directa de la voluntad
del testador, la de ‘’ su ultima voluntad’’
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