Obligación. Concepto
relación jurídica sujeto activo –acreedor–
derecho subjetivo a exigir sujeto pasivo –deudor– cumplimiento de una determinada
prestación –de dar, hacer o no hacer– ante el incumplimiento,
la facultad de accionar jurídicamente
Fuentes. Concepto
Hechos, actos o disposiciones legales
en que tienen origen las obligaciones
que el ordenamiento jurídico declara aptos para generarlas
Enumeración* La Ley* Contratos
Actos lícitos * Cuasi contratos* Declaración unilateral de voluntad
* DelitosHechos o Actos Ilícitos * Cuasi delitos
* Enriquecimiento sin causa
Ley
Precepto dictado por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados
Diccionario de la Lengua Española
Contrato
"Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos."
Art. 1137 Código Civil
Cuasi Contrato
“Ciertos hechos voluntarios lícitos, que por efecto de la ley producen efectos análogos a los contratos, aunque no hay acuerdo de voluntades"
Borda
Declaración unilateral de la voluntad
“Es la manifestación por la cual una persona se obliga unilateralmente y en forma voluntaria a cumplir una promesa con un sujeto indeterminado”
Ghersi
Delito
“El acto ilícito ejecutado a sabiendas y con intención de dañar la persona o los derechos de otro, se llama en este Código delito”.
Art. 1072 Código Civil
Cuasi - Delito
Acto ilícito cometido por culpa.
“Consiste en la omisión de aquellas diligencias exigidas por la naturaleza de la obligación y que correspondiesen a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar”.
Aspectos de la Culpa Imprudencia
exceso en el actuar, un actuar más allá del límite que impone el deber de cuidado
Negligencia falta en el actuar, o actuar de menos
Impericia falta o gruesos errores en los
conocimientos básicos propios del arte o profesión
Enriquecimiento sin Causa
Transformación operada en el patrimonio de una persona que no reconoce una causa jurídicamente válida.
Aumento del patrimonio de una persona, en detrimento del perteneciente a otra, sin causa jurídica que lo justifique
Elementos Esenciales Sujetos
Activo Pasivo
capaces – determinados o determinables
Objeto = Prestación Requisitos: art. 953 Código Civil
Causa Fuente Fin
Elementos Accidentales Condición – Art. 528 Código Civil
Suspensiva Resolutoria
Plazo – Arts. 567 y 568 Código Civil Suspensivo Extintivo o Resolutorio
Cargo - Arts. 558 y 560 Código Civil
Efectos Consecuencias jurídicas derivadas
De las Obligaciones: conferirle el derecho de exigir el cumplimiento de la prestación y otorgarle posibilidad de accionar. Art. 505 Código Civil
De los Contratos: dar nacimiento, modificar, o extinguir obligaciones
Efectos Principales con relación al Acreedor – Art. 505 Código Civil
Efecto normal. Ejecución DirectaEjecución VoluntariaEjecución ForzadaEjecución por otro
Efecto anormal. Ejecución Indirecta Indemnización
daños y perjuicios
Efectos Auxiliares con relación al Acreedor Medidas Preventivas
Embargo preventivo Art. 209 Cód. Procesal Civil y Com. de la Nación
Prohibición de innovar Art. 230 Cód. Procesal Civil y Com. de la Nación)
Inhibición general de bienes Art. 228 Cód. Procesal Civil y Com. de la Nación)
Efectos Auxiliares con relación al Acreedor Medidas Reparadoras
Acción Revocatoria (art. 961 Cód. Civil)
Acción de simulación (art. 955 Cód. Civil)
Acción subrogatoria (art. 1196 Cód. Civil)
Efectos con relación al Deudor - Derechos previos al cumplimiento
- Derechos al tiempo de intentar cumplir
- Derechos al cumplir
- Derechos ulteriores al cumplimiento
A quienes alcanzan los efectosArts. 503 y 504 Código Civil
Partes Activa y pasiva
Sucesores - Art. 3262 Código Civil Entre vivos o mortis causa
Terceros – Art. 504 Código Civil
Cumplimiento de las Obligaciones: Ejecución Directa
Ejecución voluntaria
Ejecución forzada o compulsiva Artículo 505, inc. 1 Código Civil
Ejecución por otro a costa del deudor Art. 630 Código Civil
Cumplimiento de las Obligaciones: Ejecución Indirecta
indemnización de los daños y perjuicios
reemplazo de la prestación debida por su equivalente en dinero
Ejecución Indirecta Requisitos para su procedencia incumplimiento absoluto o relativo de la
obligación
Que el incumplimiento sea imputable al deudor a título subjetivo –dolo o culpa– u objetivo –riesgo, actividad–
Que el incumplimiento haya ocasionado daño al acreedor
Que exista un nexo de causalidad entre la conducta incumpliente y el daño causado.
Gracias
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