Que son las Obras por Impuestos?
• Es una forma de pago de Impuesto a la Renta (IR) - Ley N° 29230.
• El IR no se paga en efectivo, sino a través de la ejecución de una Obra
Pública, sin que el Gobierno Regional (GR), Gobierno Local (GL) o
Universidad Pública (UP) disponga hoy fondos públicos.
• La Empresa Privada financia la obra hoy, con cargo al IR que deberá pagar el
año fiscal siguiente a la SUNAT hasta por un 50% del IR.
• Los GR, GL, y UP se financian hoy y empiezan a pagar al año siguiente de
terminada la obra, y hasta por diez años sin intereses, con cargo a sus
recursos del canon, sobre-canon, regalías, rentas de aduana y
participaciones.
Quienes pueden aplicar?
• Los GR, GL, como UP que reciban recursos provenientes del canon, sobre-
canon, regalías, rentas de aduana y participaciones.
Que proyectos se ejecutan?
• El mecanismo permite financiar «todo tipo de proyectos» de inversión pública,
siempre y de acuerdo con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional
y/o local.
• Cuenten con la Declaratoria de Viabilidad según el Sistema Nacional de
Inversión Pública (SNIP).
Cual es el proceso?
Empresa Privada
presenta Iniciativa al
GR Consejo Regional prioriza y
aprueba la ejecución de
la Obra
GR convoca el Proceso de Selección
GR otorga la Buena Pro y
Firma Contrato con la Empresa
Privada
Ejecución de la Obra
Culminación y Entrega de la Obra al GR
Emisión CIPRL por el MEF a la Empresa
Privada
Hasta que monto se financia?
• El MEF calcula todos los años el tope para emisión de los Certificados de
Inversión Publica Regional y Local – CIPRL, para todos los GR y GL que
reciben canon.
• El tope está compuesto por la suma de las transferencias de canon, sobre-
canon, regalías, rentas de aduanas y participaciones de los dos (02) años
anteriores al año del cálculo, más un (01) de proyección.
• En el caso de GR, GL y UP hayan firmado convenios con la Empresa
Privada para la ejecución de Obras por Impuestos; el tope sufre la
disminución en los montos de las obras que haya efectuado; y aumentará
en la medida que vaya cancelando los CIPRL emitidos.
Por qué hacer Obras por Impuestos?
Para GR
• Adelanta recursos financieros
• Simplifica procedimientos
• Acelera la ejecución de las obras
• Es un proceso mas rápido que el procedimiento clásico
o Tiempo del Proceso de OBRAS POR IMPUESTOS 25 DÍAS HÁBILES (37 DÍAS)
o Tiempo del Proceso de Clásico 90 días por cada etapa (son 3 etapas desde la
idea hasta la ejecución de la obra; Preinversión, Expediente Técnico, Obra).
TIEMPO TOTAL EN PROCESOS CLASICOS 270 DÍAS.
• Se pueden hacer obras mas complejas con menor riesgo
Para Empresa Privada
• Asocia el nombre de la empresa a proyectos de impacto social
• Optimiza sus programas de Responsabilidad Social
• Mejora su reputación en la sociedad
Para la Sociedad
• Adelanta el desarrollo socioeconómico
• Mejora la calidad de los servicios para la población
• Genera puestos de empleo directo e indirecto
Que empresas podrían participar?
Cualquier Empresa Privada, inscrita en
el territorio nacional, pueden financiar
la ejecución de las obras, con cargo al
IR que deberá pagar el año fiscal
siguiente a la SUNAT hasta por un
50% de su IR.
Que hace METRIC?
INTEGRACIÓN • Procesos
• Seguimiento y Control
FACILITACIÓN • Resolución de
problemas
• Asesoría Legal
EJECUCIÓN • Estudios SNIP
• Ingeniería
• Construcción
Cumplir el Objetivo
de Ejecutar el
Proyecto !!!
HACEMOS REALIDAD EL PROYECTO
PUENTE CHILINA - AREQUIPA
LA OBRA POR IMPUESTOS MAS IMPORTANTE
EJECUTADA HASTA EL MOMENTO
S/. 245 MILLONES DE INVERSIÓN
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