PAGARE
LUGAR Y FECHA DE FIRMA: agosto 29 de 2011 PAGARÉ NÚMERO: 4589 VALOR: ($20.000.000)
INTERESES DURANTE EL PLAZO: 32.400% INTERESES DE MORA: MAXIMA LEGAL PERSONA A QUIEN DEBE HACERSE EL PAGO: Leidy Patricia Moreno
LUGAR DONDE SE EFECTUARA EL PAGO: Bnco de Bogota FECHA DE VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN: septiembre de 2013
DEUDORES: Julia Rodriguez y Mauricio Torres Nombre e identificación: Julia Rodriguez 569874587 Nombre e identificación: Mauricio Torres 51933060
Declaramos: PRIMERO – OBJETO: que por virtud del presente titulo valor pagaré (85963) incondicionalmente a la orden de Leidy Patricia Moreno o Julia Rodriguez a quien presente sus
derechos, en la ciudad de Bogota calle 18 45-‐12, en las fechas de amortización por cuotas señaladas en la clausula tercera de este pagare, la sumas de ($2056000) más intereses señalados en la clausula segunda de este documento. SEGUNDA.-‐ INTERESES: que sobre la
suma debida reconoceré (1000000) intereses equivalentes al Por ciento ( 33.00%)mensual, sobre el capital o su Saldo insoluto. En caso de mora reconoceré (29.555%) intereses a la tasa máxima legal autorizada. TERCERA.-‐PLAZO: Que pagaré (2056000)el capital indicado en la
clausula primera y sus intereses mediante cuotas mensuales y sucesivas correspondientes cada una a la cantidad de ($ 1282417). El primer pago lo efectuare el dia ( 29 ) del año ( 2011 ) del mes ( 8 ) y así sucesivamente en ese mismo día de cada mes. CUARTA.-‐CLAUSULA
ACELERATORIA: El tenedor podrá declarar vencidos la totalidad de los plazos de esta obligación o de las cuotas que constituyan el saldo de lo debido y exigir su pago inmediato ya sea judicial o extrajudicialmente, cuando el (los) deudor (res) entre (n) en mora o incumpla (n)
una cualquiera de las obligaciones derivadas del presente documento QUINTA.-‐ IMPUESTO DE TIMBRE: El impuesto de timbre de este documento si se causare será de cargo única y exclusivamente de el (los) deudor (es).
En constancia de lo anterior, se suscribe este documento el día ( 30 ), Del mes (8) del año (2011) OTORGANTES:
DEUDOR
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C.C o Nit. No.
CODEUDOR
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C.C o Nit. No.
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