PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES CORRESPONDIENTE AL CONTRATO 300/2012/00212
1ª. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS QUE HA DE REUNIR EL OBJETO DEL CONTRATO.
Este contrato tiene por objeto la prestación del servicio de soporte técnico especializado a la plataforma Microsoft (descrita en el Anexo I) que se emplea como infraestructura base de los sistemas y aplicaciones informáticas del Ayuntamiento de Madrid.
1.1. CONSIDERACIONES TÉCNICAS.
Este apartado recoge los requerimientos técnicos mínimos establecidos para esta contratación:
1.1.1. CONSIDERACIONES GENERALES: SERVICIOS
Este soporte se debe estructurar en los siguientes servicios:
o Servicio proactivo o asistencia de soporte para la prevención de problemas y la resolución de cuestiones de diseño, desarrollo e implantación de servicios y tecnología Microsoft.
Incluirá los siguientes tipos de servicios:
- Asistencia de Soporte de Infraestructuras : Esta asistencia consiste en proporcionar el asesoramiento, orientación y transferencia de conocimiento, para ayudar a implementar y administrar productos de tecnología de Microsoft de la manera más adecuada a fin de optimizar la configuración de los productos disminuyendo las probabilidades de fallo de los sistemas y la necesidad de soporte ante incidencias.
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- Soporte para Operaciones de TI : Orientados a conseguir la mejora en las operaciones de TI. Se desarrollarán revisiones de operaciones y procesos, evaluación de niveles de madurez operacional y se realizará la transferencia de conocimiento necesaria para la planificación e implantación de un programa de excelencia operacional.
- Evaluaciones de Riesgos y Revisiones de Salud : Ofrecen un análisis muy profundo de los componentes específicos y áreas de la tecnología de Microsoft. Se realizará el análisis personalizado y pormenorizado para facilitar la correcta implementación de tecnologías específicas en el entorno productivo de Informática del Ayuntamiento de Madrid (en adelante IAM), así como la evaluación de un sistema concreto, aplicación o arquitectura para atender cuestiones de diseño, desarrollo, despliegue y posibilidad de soporte en implementaciones actuales o futuras de tecnología Microsoft (revisión de soporte, de arquitectura tecnológica, de diseño de aplicaciones, de código y revisiones personalizadas).
Al concluir la revisión o evaluación se entregará un informe formal en el que se documente el resumen de la información recogida, nivel de riesgo de cada componente o área analizado, las conclusiones de la evaluación con las recomendaciones realizadas y el plan de implantación recomendado, así como las mejores prácticas adicionales todo ello con el objetivo de mostrar las áreas identificadas de mejora.
- Planes de remediación mediante los que se establecerán las acciones precisas de cada área de mejora identificada en las evaluaciones de riesgos y revisiones de salud.
- Revisiones de soporte consistirán en revisiones de diseño y/o solución para asegurar que se cumple con las mejores prácticas actuales de la plataforma Microsoft, con el objetivo de evitar dificultades y problemas en el mantenimiento y operación de los servicios o soluciones.
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La asignación de horas al servicio proactivo será de 120 horas anuales de uno o varios perfiles de técnico de sistemas, especializados en el soporte al entorno tecnológico descrito en el AnexoI.
o Servicio reactivo para la resolución de incidentes detectados en la plataforma de Microsoft.
Este servicio proporcionará la asistencia técnica a la resolución de los incidentes cuyos síntomas se manifiestan en un mal funcionamiento de las aplicaciones o los sistemas que emplean como infraestructura base los productos de Microsoft.
Deberá dar solución a todos los incidentes, sin que exista limitación en la dedicación en tiempo o en número de incidentes.
También ayudará a resolver y a determinar la causa de los incidentes en aquellos sistemas que utilicen productos Microsoft, incluyendo:
- Errores causados por la infraestructura de red, hardware, software que no sea Microsoft, procedimientos operativos, arquitectura, proceso de gestión de servicios informáticos, configuración del sistema o errores humanos.
- Problemas de interoperabilidad . A solicitud de IAM, el adjudicatario colaborará con terceros proveedores de software para ayudar a resolver cuestiones de interoperabilidad.
o Servicio de información: para proporcionar información técnica acerca de los productos y herramientas de soporte que facilitará la implementación y la operación de productos de Microsoft de una manera eficaz y eficiente a través del acceso a los siguientes servicios del fabricante, Microsoft:
- Servicio “Website Premier Online” : Se requiere el acceso a la web online de soporte oficial del fabricante con permisos de acceso a los siguientes servicios:
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Boletines de noticias de producto actualizadas que documentan la información clave de operaciones y soporte sobre los productos de Microsoft. IAM podrá suscribir la recepción automática de boletines a través del servicio de acceso web online.
Alertas a nte problemas críticos : Se notificará a IAM de manera anticipada la existencia de problemas detectados en los productos Microsoft que pudieran tener un alto impacto en el funcionamiento de sistemas y aplicaciones del Ayuntamiento de Madrid. IAM podrá suscribir la recepción automática de alertas a través del servicio de acceso web online.
Acceso a la Base de Datos de conocimientos de Microsoft : Se deberá proporcionar acceso a la colección oficial de artículos técnicos, herramientas de soporte y guías que emplean los ingenieros de soporte de Microsoft en el desarrollo de su trabajo. Por tanto, no debe ser un acceso limitado exclusivamente a información pública, sino que debe incluir información interna del fabricante.
- Servicio de soporte por teleconferencia, “Support Webcast” : Teleconferencias sobre áreas clave de las tecnologías de Microsoft planificadas regularmente y lideradas por el Gestor de Cuenta.
1.1.2. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS
1.1.2.1 – Características comunes
El acceso a los servicios de soporte, lo realizarán las personas autorizadas en IAM, en un mínimo de 10 (diez) mediante los siguientes canales dedicados para IAM, habilitados por el adjudicatario:
o vía telefónica
o vía correo electrónico
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La apertura de incidentes o consultas estará disponible en modo 24x7 (24 horas al día x 7 días a la semana).
Gestión y control de ejecución del contrato
Con carácter previo, Informática del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, IAM) designará un responsable técnico del contrato, cuyas funciones en relación con el objeto del presente pliego serán las de velar por el cumplimiento de los trabajos exigidos y ofertados.
Existirá un director del proyecto (gestor técnico de la cuenta) asignado sin coste adicional por parte de la empresa adjudicataria que tratará con el responsable del contrato de IAM y que realizará el seguimiento global del soporte; será también el encargado de coordinar los servicios contratados y quien centralice los contactos con IAM.
Entre las actividades que deberá cumplir se incluirá:
- Sesión de orientación y planificación : Al inicio del periodo contractual, se realizará una sesión de orientación y planificación, para identificar los objetivos conjuntos y definir el plan de servicios así como la prioridad de las acciones contenidas en dicho plan.
El plan de servicios servirá como guía para la utilización de los servicios contratados. Los componentes del plan de servicios deberán incluir: objetivos, resumen de los proyectos más importantes, principales factores y métricas de satisfacción, planificación de servicios, recursos necesarios para llevarlos a cabo y una agenda de las actividades planificadas.
- Reuniones e informes de seguimiento : Con periodicidad mensual, el gestor de cuenta preparará un informe de seguimiento que resumirá los servicios proporcionados durante el último periodo y evaluará el progreso realizado. Dicho
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informe recogerá además de los incidentes registrados, tanto cerrados como abiertos, y el estado de estos últimos. En las reuniones periódicas, que se mantendrán al menos una vez al trimestre, se analizará el informe de seguimiento, se actualizará el plan de servicios y se planificarán acciones para el siguiente período.
Lugar de prestación del servicio.
Los servicios reactivo, de información y de gestión técnica de la cuenta podrán en primera instancia realizarse en las dependencias del adjudicatario; no obstante, aquellos incidentes cuyo tratamiento y reuniones de seguimiento que así lo requieran, implicarán el desplazamiento de recursos del adjudicatario a las dependencias del Ayuntamiento de Madrid.
El servicio proactivo se prestará directamente en las dependencias del Ayuntamiento de Madrid, bajo la supervisión técnica del responsable del proyecto de la empresa adjudicataria.
Horario laboral.
A efecto de los servicios de soporte proactivo se entiende como horario laboral:
De lunes a viernes (no festivos): de 08:00 a 18:00 horas.
1.1.2.2 – Características particulares del servicio reactivo
El responsable técnico del contrato de IAM establecerá el nivel de severidad de los incidentes y consultas, a partir del impacto en el servicio que presente la situación detectada. El nivel de respuesta por parte del adjudicatario se ajustará según estos niveles de severidad.
En la tabla adjunta se detallan los niveles de severidad y el impacto en el servicio, así como el nivel de respuesta requerida para cada uno de ellos por parte del adjudicatario.
CLASIFICACIÓN DE LOS INCIDENTES
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Severidad Impacto en el servicio Nivel de respuesta del adjudicatario
1 o Impacto catastrófico en el servicio.
o Pérdida completa de un proceso del núcleo del servicio (misión crítica) y el trabajo no puede continuar de forma razonable.
o Tiempo de respuesta1 inferior a 1 (una)
hora.
o Tiempo de resolución2 inferior a 1 (un) día.
o Posibilidad de escalación inmediata a los
equipos de soporte y desarrollo de producto del fabricante.
o Dedicación del personal del adjudicatario
o del fabricante, según corresponda, con horario 24x7.
o Desplazamiento de los recursos del
adjudicatario o del fabricante, según corresponda, a las instalaciones de IAM en caso necesario para proseguir el tratamiento de la incidencia.
2 o Impacto crítico en el servicio.
o Pérdida o degradación significativa en los servicios.
o Tiempo de respuesta inferior a 1 (una) hora.
o Tiempo de resolución inferior a
2 (dos) días.
o Posibilidad de escalación
inmediata a los equipos de soporte y desarrollo de producto del fabricante.
o Dedicación del personal del
adjudicatario o del fabricante, según corresponda, con horario 24x7.
o Desplazamiento de los
recursos del adjudicatario o del fabricante, según corresponda, a las instalaciones de IAM en caso necesario para proseguir el tratamiento de la incidencia.
1 Tiempo de respuesta: Tiempo trascurrido desde la comunicación de la incidencia al equipo de soporte del adjudicatario y el inicio de las actividades encaminadas a su resolución.2 Tiempo de resolución: Tiempo transcurrido desde la comunicación de la incidencia hasta su completa resolución.
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Firmado por: EUGENIO VALLEJO ARBEFecha: 12-09-2012 12:42:01 Autor
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3 o Impacto moderado en el servicio.
o Pérdida o degradación moderada en los servicios y, aunque el trabajo se vea afectado, puede continuar razonablemente.
o Tiempo de respuesta inferior a 2 (dos) horas.
o Tiempo de resolución inferior a
4 (cuatro) días.
o Dedicación del personal del
adjudicatario o del fabricante, según corresponda, con horario 24x7.
4 o Impacto mínimo en el servicio.
o Funcionamiento sustancial con impedimentos menores (o sin impedimentos) en los servicios.
o Tiempo de respuesta inferior a
4 (cuatro) horas.
o Tiempo de resolución inferior a
4 (cuatro) días laborables (lunes a viernes de 8:00 h a 18:00h).
o Dedicación del personal del
adjudicatario o del fabricante según corresponda, durante horario laboral.
Tiempo de respuesta: Tiempo trascurrido desde la comunicación de la incidencia al equipo de soporte del adjudicatario y el inicio de las actividades encaminadas a su resolución. Tiempo de resolución: Tiempo transcurrido desde la comunicación de la incidencia hasta su completa resolución.
Será responsabilidad del adjudicatario la gestión del escalado de aquellos incidentes que requieran el soporte de los recursos técnicos del fabricante, en cuyo caso deberán estar estrechamente gestionados por el gestor de cuenta con el objetivo de acelerar su resolución.
El adjudicatario facilitará los mecanismos de escalado de los incidentes al fabricante y asegurará la disponibilidad de los medios de acceso al código fuente de los productos soportados, así como a la modificación del mismo a fin de resolver el incidente, proporcionando la siguiente modalidad de soporte de Ingenieros de Desarrollo del fabricante:
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o Quick Fixing Engineering / Creación de ‘Hotfixes’: en respuesta a solicitudes de soporte asistido por parte de IAM, se proporcionarán modificaciones del código de un producto Microsoft para atender incidentes conocidos o detectados, catalogados como mal funcionamiento del producto (“bugs”). Por tanto estarán diseñados para atender incidentes específicos concretos.
IAM podrá requerir el cumplimiento de los tiempos de resolución establecidos en aquellos casos en que las soluciones aplicables estén basadas en el empleo de código oficialmente facilitado por el fabricante Microsoft y estén recogidas en su base de datos de conocimiento oficial. En otros casos, se requerirá el compromiso de Microsoft de realizar el escalado interno de la incidencia para su análisis y desarrollo de solución.
Simultáneamente el adjudicatario deberá proponer alternativas que permitan la solución temporal (‘workarounds’) del incidente a fin de poder mantener los niveles de servicio; en todo caso, su implantación será responsabilidad del gestor técnico designado por IAM.
Con el objetivo de agilizar la solución y siempre bajo autorización de IAM, los ingenieros de soporte del adjudicatario o del fabricante, Microsoft, se podrán conectar a nuestras instalaciones para realizar un diagnóstico en remoto y trabajar en la resolución de un incidente sobre los sistemas afectados.
1.1.2.3– Características particulares del servicio proactivo
Equipo de trabajo
Los licitantes deberán concretar, en memoria que acompañe a sus respectivas ofertas, el equipo técnico ofrecido que, ajustándose a lo solicitado en el apartado de servicio proactivo en este pliego, se considere idóneo para atender las necesidades en éste especificadas. De este modo, las compañías licitantes deberán dirigir sus proposiciones técnicas hacia un enfoque orientado al servicio y no a los recursos.
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Firmado por: EUGENIO VALLEJO ARBEFecha: 12-09-2012 12:42:01 Autor
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En la proposición correspondiente, el licitador presentará un equipo de trabajo integrado por uno o más técnicos de sistemas que cubra el servicio proactivo (definido en el apartado 1.1.1 del PPTP), especificando por cada categoría profesional y año, las horas de servicio que figuran en la tabla siguiente. Se introducirán tantas líneas como perfiles ofertados.
Soporte técnico especializado a la plataforma Microsoft
Servicio proactivo
Número de horas (oferta).
Categoría Especialidad 2012 2013 TOTAL
Técnico de Sistemas 1
(ej: especialista en Sistemas Operativos
Microsft)
Técnico de Sistemas 2
(ej: especialista en Ofimática y Herramientas
de Gestión)
…… ……
Técnico de Sistemas (n)Indicar el entorno de
especialidad
TOTAL (oferta)
TOTAL (mínimo requerido) 50 70 120
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Firmado por: EUGENIO VALLEJO ARBEFecha: 12-09-2012 12:42:01 Autor
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Con los miembros del equipo se ha de cubrir al completo el alcance definido y los entornos tecnológicos Microsoft recogidos en el Anexo I (sistemas operativos, bases de datos, correo electrónico, sistemas de seguridad, herramientas de gestión y ofimática). Para ello, se solicitará:
Que cada uno de los técnicos de sistemas ofertados dispongan de acreditación técnica oficial expedida por el fabricante (MCSE Microsoft Certified Systems Engineer o similar) que permitan cubrir el o los entornos tecnológicos Microsoft al que o a los que esté asignado.
Que, en su conjunto, el equipo disponga de acreditaciones técnicas oficiales expedidas por el fabricante en todos los entornos tecnológicos Microsoft objeto del soporte objeto de este contrato.
El equipo técnico que se incorporará tras la formalización del contrato, para la prestación del servicio objeto del mismo, deberá estar formado por los componentes relacionados en la oferta, salvo causa de fuerza mayor. El contratista se compromete a cubrir la totalidad del alcance técnico indicado en el presente documento con el equipo propuesto.
Corresponderá al gestor técnico de la cuenta llevar a cabo el control y seguimiento de las actuaciones desarrolladas, incluyendo el control del personal asignado al servicio proactivo.
La introducción de cambios puntuales en la composición del equipo de trabajo habrá de solicitarse previamente a IAM y requerirá el cumplimiento de las siguientes condiciones para ser aceptado en su caso:
Justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio, con al menos un mes de antelación.
Presentación de perfiles de cualificación técnica igual o superior al que se pretende sustituir.
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La aceptación del cambio requerirá de las mismas condiciones exigidas en la constitución del equipo inicial, siendo en todo caso, a costa del adjudicatario el tiempo de solapamiento entre el personal saliente y el entrante requerido para la adquisición de conocimiento del nuevo miembro del equipo.
Disponibilidad de medios
Las tareas del servicio proactivo deberán llevarse a efecto dentro del rango horario definido (8:00 a las 18:00 horas). A petición expresa del Ayuntamiento de Madrid se podrá exigir, sin coste adicional. la prestación del 5% de este horario fuera de la jornada establecida en el Ayuntamiento.
La empresa aportará los medios materiales precisos para el desempeño de las tareas objeto del contrato.
La presente contratación no creará vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el IAM. Dicho personal estará expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo por tanto ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables.
A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Madrid y/o del IAM.
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2ª PRECIO DE CADA UNA DE LAS UNIDADES EN QUE SE DESCOMPONE EL PRESUPUESTO Y NÚMERO ESTIMADO DE UNIDADES A CONTRATAR.
El importe para esta contratación asciende a la cantidad de 90.145,00 Euros IVA incluido (21%), según el siguiente desglose:
SERVICIO DETALLES DEL SERVICIO TIEMPO DESERVICIO REQUERIDO.
PRECIO SINIVA
2012 2013 2012 2013
Soporte para Operacionesde TI.
Evaluaciones de Riesgos yRevisiones de Salud.
Revisiones.
Servicio reactivo
Asistencia técnica a la resolución de incidentes y problemas detectados en la plataforma de Microsoft.
Sin limitaciónen tiempo, ninúmero incidentes.
Servicio "Website PremierOnline".
Servicio de soporte porteleconferencia, "SupportWebcast".
Sesión de orientación yplanificación.
Al inicio.
Reuniones de seguimiento. Trimestrales
Informes de seguimiento. Mensuales
74.500,00 € 23.679,17 € 50.820,83 €90.145,00 € 28.651,80 € 61.493,20 €
TOTAL ANUAL (SIN IVA)TIPO IMPOSITIVO 21%
Asistencia de Soporte deInfraestructuras.
DISTRIBUCIÓN DE HORASPOR ANUALIDADES
50 h. 70 h.
DISTRIBUCIÓN PRECIOPOR ANUALIDADES
Servicio proactivo
50 h.120 horas 15.600,00 € 70 h. 6.500,00 €
Servicio de información
Gestión técnica de la cuenta
58.900,00 €
Sin limitación.
9.100,00 €
17.179,17 € 41.720,83 €
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3ª PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
3.1. Confidencialidad, Protección de Datos Personales y Seguridad de la Información.
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la legra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta de Informática Ayuntamiento de Madrid (IAM), al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
3.2. La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (Art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP), incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (Art 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este PPTP y también la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuántos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
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2) La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que IAM le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán los datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Título VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas (Artículo 9.2. LODP).
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6) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que contengan su propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (Art. 12.4 LOPD).
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11) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante (IAM) antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la personal que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
12) A fin de garantizar la responsabilidad empresarial, a que se refiere el art. 42 del Estatuto de los Trabajadores y a tenor del párrafo 1º de dicho artículo, el adjudicatario deberá estar al corriente, durante la vigencia de este contrato, en el pago de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores por él contratados para el presente servicio, cuyas obligaciones de contratación y su cumplimiento son única y exclusivamente responsabilidad del mismo; teniendo en cuenta que, en ningún caso, IAM, tendrá ningún tipo de vinculación jurídicolaboral con dichos trabajadores, con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan; en concreto, IAM podrá requerir al contratista la documentación a que hace referencia el mencionado art. 42 del Estatuto de los Trabajadores en materia de Seguridad Social.
4ª ENTORNO TECNOLÓGICO Y METODOLÓGICO
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El documento “Guía de Estándares” (publicada en www.madrid.es), vigente a fecha de publicación de las condiciones del presente pliego, describe en detalle el hardware, software y arquitectura utilizado por IAM tanto a nivel de puesto de trabajo como a nivel de servidores de datos y aplicaciones.
En caso de realizarse desarrollos o mantenimientos de Aplicaciones o Sistemas de Información, la planificación, análisis, diseño, construcción e implantación también se ajustarán al contenido de la “Guía de Estándares” facilitada por IAM. En caso de tratarse de prestación de servicios, se definirán las características del servicio de acuerdo a la metodología IAM (capacidad, disponibilidad, Acuerdo de Nivel de Servicio, etcétera). En todo caso, las labores de gestión de proyectos deberán ser realizadas de acuerdo a los criterios indicados, debiéndose proporcionar la planificación como primer entregable.
La Guía de Estándares se publica junto con un conjunto de Anexos técnicos y plantillas de entregables, también de obligado cumplimiento. El adjudicatario deberá velar por que los trabajos realizados se adapten a las herramientas y metodologías utilizadas en IAM.
5ª ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD
IAM se reserva el derecho a auditar el nivel de cumplimiento de los estándares aplicables a cada proyecto. Estas revisiones incluyen la comprobación de la calidad del producto entregado y la comprobación de los formatos y herramientas establecidos en la metodología corporativa. En caso de llevar a cabo dicho control, IAM se encargará de reportar al adjudicatario un informe con las deficiencias detectadas en el entregable, que deberán ser subsanadas antes de la finalización de los trabajos.
6 ª REQUISITOS, MODALIDADES Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS VARIANTES No procede.
7 ª OTRAS CONSIDERACIONES
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ANEXO I – PLATAFORMA MICROSOFT EN AYUNTAMIENTO DE MADRID
A continuación se detalla la plataforma Microsoft con fecha actual. Podrá sufrir un incremento de 10% en el periodo de ejecución del contrato.
Servidores Puestos cliente
Producto Cantidad Producto Cantidad
Sistemas operativos Windows Server 2003 R2 SP2 650 Microsoft XP, SP33 16.000
Windows Server 2008 R2 30
Bases de datos Microsoft SQL Server 2005 EE x64 SP2
30 instancias
250 BB.DD.
NA4 NA
Correo electrónico Microsoft Exchange Server 2003 EE SP25
3 Microsoft Outlook 2003
16.000
Seguridad Proxy ISA Server 2004 EE SP36 3 NA NA
Herramienta de gestión
SCCM 2007 R2 400 SCCM 2007 R2 16.000
Ofimática NA NA Microsoft Office 2003 SP1
16.000
3 Previsto el comienzo de la migración a Windows 7 a lo largo de 20124 NA, No Aplica
5 En proceso de migración a Exchange 2010
6 En proceso de migración a Microsoft Forefront Threat Management Gateway 2010
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