INTEGRANTES
Gilberto de Jesús Giraldo Gómez
Kellys Rodríguez Escobar
William Hernando Rocha Jácome
?
es un proyecto internacional que tiene
como propósito a creadores para que
sean quienes definan los términos en que sus obras
, qué derechos desean
entregar y en qué condiciones lo harán.
¿Cual es la diferencia entre y
el sistema “tradicional de derechos de
autor”?
La principal diferencia radica en que el paradigma del sistema
tradicional del derecho de autor es
, para las licencias es
. Si en el sistema del derecho de
autor el principio es que toda utilización de una obra debe tener un
permiso expreso del titular de los derechos de autor, para las licencias
basadas bajo el marco de las el principio es el de la libertad
creativa.
Las Licencias
Son aceptadas en
?
Colombia se incorporó a el 22 de agosto de
2006 en un evento que contó con la presencia de Lawrence
Lessig, fundador de la organización. Desde entonces el
equipo de líderes de Colombia ha realizado
una labor de promoción y difusión de las licencias en
diferentes escenarios del país y del mundo.
Cuales son las condiciones que
ofrecen las
Ofrecer sus obras bajo una licencia no
significa que estas no tengan derecho de autor. Este tipo de
licencias ofrecen algunos derechos a terceras personas bajo
ciertas condiciones.
Cada creador elije las condiciones con las que desea permitir
que otros accedan y usen su obra. Dichas
se detallan a continuación:
Atribución: Esta opción permite a otros copiar,
distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo patentado y
todos los derivados del mismo. Pero dando
siempre testimonio de la autoría del mismo.
Ejemplo: Josué publica su fotografía con Licencia
de Atribución, porque desea que el mundo emplee
su fotografía, dejando constancia que es suya.
Vero encuentra esta fotografía en Internet y desea
incorporarla a la página de inicio de su web. Vero
coloca esta fotografía y claramente indica que
Josué es la propietaria.
Tomado de: http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/
No Comercial: Esta opción permite a otros copiar,
distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo patentado y
todos los derivados del mismo, pero únicamente
con propósitos no comerciales.
Ejemplo: Vero publica su fotografía con licencia No
comercial. Josué incorpora una parte de la
fotografía de Vero en parte de un póster. Josué no
estaría autorizado a vender ese póster sin la
autorización de Vero.
Tomado de: http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/
Sin derivar: Esta opción permite a otros copiar,
distribuir, mostrar y ejecutar solo copias
literales del trabajo patentado, no estando
autorizado ningún tercero a realizar trabajos
derivados del mismo.
Ejemplo: Josué graba su canción con una Licencia
de No derivación del trabajo. Diego No podría
tomar parte de esta obra para incorporarla a otra
suya o realizar modificaciones sobre la misma, sin
la autorización de Josué.
Tomado de: http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/
Compartir igual: Esta licencia permite a otros realizar
trabajos derivados pero únicamente bajo una licencia
idéntica. Este tipo de licencia, únicamente aplica a
obras derivadas. NOTA: Si se presta atención, se
observa que esta licencia es excluyente de la de No
derivación de trabajos, es decir, no se pueden elegir
ambas a la vez.
Ejemplo: Vero coloca una fotografía suya en Internet
bajo licencia No comercial e Igualmente compartido.
Josué es un artista amateur y arma un collage en el que
pone parte de la foto de Vero. En este caso Josué debe
hacer uso No comercial de su collage y especificar
claramente su licencia de Igualmente compartido, con lo
que estaría distribuyendo su trabajo bajo los mismos
términos que Vero. Tomado de: http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/
Las cuatro licencias presentadas se
pueden , generando seis
licencias que el de una obra
puede .
Tomado de: http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/
Tomado de: http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/
Atribución: El material creado por usted puede
ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se
muestra en los créditos.
Atribución – Sin Derivar: El material creado
por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido
por terceros si se muestra en los créditos. No se
pueden realizar obras derivadas.
Tomado de: http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/
Atribución – No comercial: El material creado por
usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por
terceros si se muestra en los créditos. No se puede
obtener ningún beneficio comercial.
Atribución – Sin Derivar – No comercial: El
material creado por usted puede ser distribuido,
copiado y exhibido por terceros si se muestra en los
créditos. No se puede obtener ningún beneficio
comercial. No se pueden realizar obras derivadas.
Tomado de: http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/
Atribución – No comercial – Compartir
igual: El material creado por usted puede ser
distribuido, copiado y exhibido por terceros si se
muestra en los créditos. No se puede obtener
ningún beneficio comercial y las obras derivadas
tienen que estar bajo los mismos términos de
licencia que el trabajo original.
Atribución – Compartir igual: El material creado
por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido
por terceros si se muestra en los créditos. Las obras
derivadas tienen que estar bajo los mismos términos
de licencia que el trabajo original.
MUCHAS GRACIAS… MUCHAS GRACIAS…
MUCHAS GRACIAS…
MUCHAS GRACIAS… MUCHAS GRACIAS…
http://www.youtube.com/watch?v=Lg6znYkNuUQ
http://www.lavanguardia.es/internet-y-tecnologia/noticias/20100412/53904657000/ignasi-
labastida-creative-commons-no-es-sinonimo-de-barra-libre-estados-unidos-generalitat-planeta-
s.html
http://es.wikipedia.org/wiki/Creative_Commons
http://www.youtube.com/watch?v=io3BrAQl3so&feature=related
http://co.creativecommons.org/que-es-creative-commons/
http://www.fayerwayer.com/2010/07/vimeo-anade-licencias-creative-commons-a-su-servicio/
http://vimeo.com/blog:321
http://creativecommons.org/choose/
BIBLIOGRAFÍA