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REPBLICADEPANAM
PROCESO
DEL
DR.ARNULFOARIAS M
LA ASAMBLEA NACIONAL
EN FUNCIONES JUDICIALES
1951
(EDICIN OFICIAL)
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El Lic. Elas Ramos M., presenta acu-
sacin contra el Presidente de la
Re
pblica Dr. Arnulfo Arias por
extra-
limitacin de funciones.
Seor
Presidente de la Asamblea Nacional,
Presente.
Yo, Elas Ramos Mrquez, panameo, varn, mayor, casado, abogado,
con cedula de identidad personal No
. 47-148, ante Ud. con el debido respe-
to, me presento, y por este medio formulo acusacin contra el Presidente de
la Repblica Dr
. Arnulfo Arias Madrid, por haberse EXTRALIMITADO
EN SUS FUNCIONES, como Primer Magistrado de la Nacin, al derogar
la Constitucin vigente de 1946, y reemplazarla por la fenecida constitu-
cin de 1941.
SIRVEN DE FUNDAMENTO LOS SIGUIENTES HECHOS
lo
.Por medio del Decreto Legislativo (sin nmero) de 7 de Mayo
del ao que decurre, el Doctor Arnulfo Arias M
., Presidente de
la Repblica, expidi el referido instrumento, en el cual en su ar-
tculo lo. expresa : Pnese en vigor, a partir de la fecha, la Cons-
titucin de 1941, y declrase sin efecto la Constitucin de
1946,
2o
.-Que tambien en el referido decreto, entre las extralimitaciones, en
su art. 7o
.) ; sin facultad constitucional para ello, declara disuelta
la Asamblea Nacional, con el fin de impedirle que ejerza sus fun-
ciones legales.
Ante los hechos graves que denuncio, violatorios de la Constitucin y
leyes de la Repblica, presento esta acusacin, fundado en el artculo 148,
ordinales 1 y 2 de la Constitucin.
Srvase, seor Presidente, impartirle la tramitacin (le rigor a esta a-
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cusacin, y solicit que se haga traer a esa acusacin la prueba sumaria de
la Gaceta ficial en donde aparece dicho decreto publicado.
Panam, 9 (le mayo de 1951
(Pdo.) Elas Ramos Mrquez.
Presentado en su fecha se pasa a conocimiento de la Cmara.
(Fdo.) Justo P. Espino Jr.
Sub-Secretario.
OO
Decreto de Gabinete por el cual se po
.
ne en vigor la Constitucin de 1941.
DECRET DE GABINETE NUMERO-
de 7 de Mayo de 1951.)
Por el cual se pone en vigor la Constitucin de 1941.
EL PRESIDENTE DE LAEPBLICA
con la aprobacin del Consejo de
GABINETE.
CONSIDERANDO
Que la Constitucin de 1946 contiene normas que imposibilitan la a-
dopcin de providencias para conjurar la grave crisis econmica y fiscal
porque atraviesa el pas y para aliviar la precaria situacin econmica del
pueblo panameo
; y que ella contiene disposiciones que impiden al Go-
bierno tomar medidas contra las actividades disolventes de grupos enemi-
gos del orden social y del sistema democrtico de Gobierno;
Q
ue la seguridad del Estado se encuentra gravemente amenazada por
las actividades disolventes que vienen desplegando conocidos elementos
de filiacin comunista y de grupos afines a stos, como lo prueba la crisis
provocada contra entidades bancarias nacionales;
Que tales actos forman parte de un amplio plan internacional encami-
nado a socavar el sistema democrtico de gobierno que rige en los pases
americanos, mediante el debilitamiento de la economa nacional;
Que es obligacin del Estado proteger la seguridad de los asociados
y la estabilidad de las instituciones nacionales;
Que dicho Estatuto no ofrece al Estado los recursos adecuados para
que pueda cumplir con rapidez y eficacia sus compromisos internacionales
2
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y contribuir a la defensa del Canal de Panam y del Hemisferio cciden-
tal, frente a la actual crisis mundial;
Que existe en todos los Distritos de la Repblica un gran clamor po-
pular por la restauracin de la Constitucin de 1941, manifestado insisten-
temente, desde hace mucho tiempo, en distintas formas.
ARTCULO l
.Pnese en vigor, a partir de la fecha, la Constitu-
cin de 1941, y declrase sin efecto la Constitucin de 1946.
ARTCULO 2o.Declrase sin efecto el Ttulo 2o
. del Estatuto Cons-
titucional de 1941 que trata sobre nacionalidad y extranjera, y modifica-
se el aparte 2o
. del artculo 142 del mismo Estatuto en lo que se refie-
re al nombramiento y perodo del Procurador General y sus suplentes y
dems funcionarios del Ministerio Pblico, as
: ''El Procurador General
y sus suplentes sern nombrados por el Presidente de la Repblica para un
perodo de seis aos ; los dems funcionarios del Ministerio Pblico sern
nombrados por el funcionario inmediatamente superior en jerarqua
ARTICULO 3o
.Suspndese por el tiempo que las circunstancias lo
requieran los efectos del artculo 28 de la Constitucin de 1941, referente
al recurso de Habeas Corpus.
ARTICULO 4o
.Continuarn en vigor las disposiciones en materia
de nacionalidad
y
ciudadana
y
sobre divisin territorial dictadas desde 1946,
incluso el Ttulo II de la Constitucin de 1946, derogada por el presente
Decreto de Gabinete.
ARTICUL 5o
.-Quedan en vigor asimismo los Cdigos, Leyes, De-
cretos-Leyes, Decretos y Resoluciones Ejecutivas que no sean contrarias
a la Constitucin de 1941
. En vigor quedan tambin todas las leyes por
medio de las cuales han sido ratificados Tratados y Convenciones Interna-
cionales.
ARTCULO 6o
.El Poder Ejecutivo, mientras se integre el nuevo
Poder Legislativo, dictar por medio de decretos de Gabinete las disposi-
ciones legales que sean necesarias para el desarrollo de la Constitucin
de 1941
ARTCULO 7o
.A partir de la fecha de este Decreto queda disuelta
la actual Asamblea Nacional y se declara en interinidad los Magistrados de
la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso Administra-
tivo, el Fiscal del mismo Tribunal, el Procurador General de la Nacin y
los Magistrados del Tribunal Superior del Trabajo, hasta tanto el Poder
Ejecutivo proceda a hacer nuevos nombramientos de acuerdo con la Cons-
titucin de 1941 y la Ley
3
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ARTICUL 80
.El Poder Ejecutivo oportunamente convocar a e
lecciones para elegir diputados a la Asamblea Nacional y Representantes a
los Ayuntamientos Provinciales
. A la prxima Asamblea que se elija le
corresponder ratificar o no las medidas adoptadas en el presente Decreto.
Dado en la ciudad de Panam a los siete das del mes de Mayo de mil
novecientos cincuenta y uno
ARNULFO ARIAS,
El
Ministro de Gobierno y Justicia,
JOSE CLEMENTE DE OBALDIA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
El Ministro de Educacin,
CRISTOBAL ADN DE
URRIOLA,
El Ministro de Obras Pblicas,
CELSO CARBONELL,
El Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias,
NORBERTO ZURITA,
El
Ministro de Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica,
MARA S, DE MIRANDA,
El Secretario General de la Presidencia,
N
Manifiesto al Pas del Presidente Dr,
Arnulfo Arias,
JOSE E. MERMAN,
MANFIESTOAPAS
CONCIUDADANOS
En cumplimiento del deber
que
nos impone nuestra condicin de go-
bernante elegido por el pueblo, vengo ante vosotros a informaras que en
CARLOS N, BRIN,
RODOLFO F
HERBRUGER,
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esta fecha y con el concurso del Consejo de Gabinete, hemos puesto en vi-
gencia el imperio de los mandatos de la Constitucin de 1941, porque esta
se ajusta a las condiciones reales del pas y contempla soluciones adecua-
das a nuestros problemas y necesidades como lo demuestran los resultados
positivos que di en su corto tiempo de existencia.
Es imperativo que os declaremos solemnemente que esta trascenden-
tal medida la liemos tomado guiados por el ms acendrado patriotismo
; y
en el convencimiento pleno de sus repercuciones nacionales, pero a ello nos
han obligado los planes aviesos de elementos comunistas y grupos afines,
que tienden a socavar la economa, la tranquilidad y el bienestar social de
la Repblica.
Al iniciarse mi gobierno el 24 de Noviembre de 1949, pensamos que
podramos desarrollar una gestin administrativa dentro de los preceptos
establecidos en la Carta Fundamental de 1946, confiados en que se nos pre-
sentaran escollos insalvables para el rendimiento fructfero que el pue-
blo anhelaba. Pero la realidad no tard en mostrarse, y elementos inves-
tidos de altas togas, integrantes de otros organismos del Estado, no vaci-
laron en falsear las medidas adoptadas por nuestra Administracin para
conjurar los graves problemas y peligros que confronta la Repblica tan-
to internos como externos. Los sectores desplazados en aquella histrica
jornada se vienen agitando desde los primeros momentos de nuestra ascen-
sin al poder, con el propsito de alterar la tranquilidad y el sosiego que
estamos acostumbrados a disfrutar, porque suponen que ello facilitar el
retorno de funestas y repudiadas actuaciones de gobierno
. Algunos Dipu-
tados a la Asamblea Nacional protegidos por la ilimitada inmunidad que
les otorgaba la Constitucin que acabamos de proscribir, se amalgamaron
con los eternos descontentos y con enemigos de la paz y la tranquilidad
publicas, para arrastrar al pas a un estado anrquico, cuyos consecuencias
seran fatales para nuestra economa, nuestra moral y nuestro nombre co-
mo Nacin civilizada, y consciente de sus propias responsabilidades
. Miem-
bros del rgano Judicial, por otra parte, se confabularon para amparar y
alentar las actividades disociadoras encaminadas a provocar el desquicia-
miento moral de la Repblica.
No obstante tan difcil situacin, nuestro gobierno, respetuoso de las
normas legales que encausan la vida de la nacin, estuvo renuente a adoptar
las medidas radicales porque han venido clamando insistentemente diversos
sectores representativos del pas
. Pero al darnos cuenta que el Estatuto
de 1946 que acabamos de substitus, amparaba la doctrina y actividad co-
munistas, as como los actos terroristas y antipatriticos que venan siendo
consumados en perjuicio del pueblo panameo, no vacilamos en dar resuel-
tamente el paso que os anunciamos hoy.
An estn frescos en la conciencia pblica los actos subversivos y te-
rroristas realizados al amparo de la inmunidad parlamentaria, los cuales
han puesto en peligro la estabilidad y seguridad de la economa del pas,
y han ocasionado grandes trastornos al pueblo panameo y a las institucio-
5
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mes nacionales de credito, sin que el Gobierno haya podido contar con los
instrumentos necesarios para contrarrestar esas maquinaciones y garantizar
plenamente la confianza y tranquilidad sociales,
El Estado Panameo tiene compromisos internacionales que debe cum-
plir en lo que concierne a la seguridad del Continente Americano
; tiene el
deber en virtud de pactos interamericanos, de impedir en eh territorio na-
cional la propaganda y accin comunistas, enemigas de la paz mundial y
del sistema republicano democrtico del Gobierno
. Es por ello que el Go-
bierno que presidimos, respetuoso de la voluntad popular y del fiel cum-
plimiento de los convenios internacionales, y consciente de su responsabi-
lidad histrica, no poda ser indiferente a los desmanes de aquellos que
pretendan echar por tierra el orden y tranquilidad ciudadanos e impedir
el cumplimiento de nuestros deberes en el concierto de las naciones demo-
crticas del mundo, La Repblica cumplir su deber de cooperacin in-
ternacional, y muy particularmente su obligacin de contribuir a la defensa
conjunta de Amrica y del Canal de Panam.
Desde que asumimos el Poder el 24 de Noviembre de 1949, nos empe-
amos en ser tolerantes hasta con los ms encarnizados enemigos de la
Patria y del pueblo, y a pesar de todas las calumnias e injurias de que
hemos sido objeto jams tomamos represalias que pudieran impedir la libre
expresin del pensamiento
; pero como gobernante responsable, no podemos
permitir que elementos disociadores, mancomunados con los comunistas
internacionales, pongan en peligro la Repblica, el Canal y la seguridad del
Continente Americano.
El Gobierno que me honro en presidir, tiene bien estudiado su progra-
ma de realizaciones en bien del pueblo panameo, plan que han estorbado
disposiciones de la Constitucin que ha sido reemplazada
. Esas realizacio-
nes se han hecho ms difciles de cumplir por falta de cooperacin patritica
de parte de los Organos Legislativo y Judicial, empeados en negarle el
concurso a la Administracin Pblica por razones de una poltica mezquina
y baja en abierta contradiccin con preceptos constitucionales y legales;
pero en esos actos violatorios de la ley el Organo Ejecutivo no poda actuar,
y la Administracin Pblica vea interrumpir el curso progresista con que
nosotros buscamos el bien del pas, en el curso pacfico de la convivencia.
armnica de los rganos del Estado.
Hemos abrogado la Constitucin de 1946 y puesto en vigencia la de
1941, convencidos de que sta es la nica solucin patritica que nos queda
para que en esta querida tierra nuestra, contine el progreso y bienestar
de los panameos y de los que con nosotros conviven, y sea posible el
evitar que con doctrinas y propagandas exticas se acabe con nuestra forma
democrtica de gobierno,
Nos proponemos dar nueva vida al pas y encausar la vida nacional
por los senderos de la prosperidad que siempre hemos soado arrojando
(le la administracin pblica a los mercaderes del Templo de la Patria.
6
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Tenemos el firme propsito de adoptar cuantas medidas sean necesa-
rias para elevar la economa de la Nacin y facilitar la inversin de capi-
tales extranjeros en el comercio, la agricultura, y la industria de la
Repblica
; respaldaremos el crdito nacional y ofreceremos as el apoyo
posible a las entidades bancarias establecidas y a las que en el futuro se
establezcan, y fieles a esa poltica, hemos respaldado a la Caja de Ahorros;
que elementos condenables han tratado de arruinar por mvileso l ti c o s
egostas e inconfesables.
Con justicia y con firmeza estamos dispuestos a reprimir los desrdenes'
que se produzcan contra este acto y con los cuales los elementos disocia-
dores quieren agitar al pais . Del movimiento subversivo actualmente des
cubierto, si algn inocente resulta detenido ser puesto en libertad tan
pronto como compruebe su conducta, pero los culpables sern severamente
sancionados en aras de la paz y de la tranquilidad de la Repblica.
De la Constitucin de 1941, considerada como una de las mejores de
America, el tiempo se ha encargado de demostrar el gravsimo perjuicio que
le ocasion al pas su derogatoria
; ms hoy, para la felicidad de la Patria,
de los panameos y de los extranjeros que residen en nuestro suelo, ha
vuelto a recobrar vigencia con este acto con que lo anunciamos a la faz
del pas.
Este acto cuya responsabilidad asumimos cuenta con el respaldo del
pueblo y la cooperacin decidida del Cuerpo de la Polica Nacional que
siempre ha prestado a nuestra Administracin todo el apoyo y todo el valor
que su institucin pregona
. Tenemos fe en el acto que en estos momentos
ejecutamos y confiamos que con l hemos abierto las puertas a un porvenir
floreciente a la Patria.
Nuestro Gobierno llamar a elecciones populares oportunamente para
la escogencia de los nuevos integrantes de la Asamblea Nacional y de los
representantes de los Ayuntamientos Provinciales quienes, mediante elec-
ciones libres y puras, ostentarn una representacin ms genuina de la
voluntad del pueblo panameo y se encargarn de elaborar disposiciones
ms cnsonas con nuestra realidad econmica y social,
CONCIUDADANOS:
En este momento histrico y trascendental para la Patria, os pedimos
vuestra ms leal y patritica cooperacin, para que la Constitucin de 1941
rija sin obstculos y puedan sus sabios principios evolutivos desarrollarse
en un ambiente de cordura y absoluta tranquilidad nacional.
Roguemos que desde esta hora bendita la LUZ, LA PAZ Y LA
FRATERNIDAD predomine en nuestra amada tierra .
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Don Ricardo M
. Arias E
. renuncia el
Ministerio de Agricultura Comercio,
e Industrias.
Ayer present renuncia de su cargo de Ministro de Agricultura, Co-
mercio e Industrias, don Ricardo M
. Arias E
., enviando al efecto al seor
Presidente de la Repblica la siguiente carta:
Sr
. Dr
. Arnulfo Arias,
Presidente de la Repblica.
Seor Presidente:
Como expres esta tarde en Consejo de Gabinete yo soy miembro del
Partido Renovador, y como tal he participado en las actividades del actual
gobierno
. Mi partido y yo sostenemos los postulados de la Constitucin de
1946, y como por un decreto de hoy se desconocen esos postulados, a noso-
tros nos es imposible continuar formando parte de su gobierno
; y en virtud
de esto, srvase recibir la renuncia del cargo de Ministro de Agricultura,
Comercio e Industrias que por este medio le presento
. Reciba junto con
ella las protestas de mi reconocimiento por la alta distincin de que se
dign hacerme objeto.
De Ud
. atentamente,
O
Norberto Zurita, Ministro de Agri-
cultura y Comercio.
En virtud de la renuncia presentada por don Ricardo M
. Arias E
. del
cargo de Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, fue nombrado
ayer el seor Norberto Zurita, quien inmediatamente tom posesin del cargo.
Segn informes recibidos por nosotros, la cartera de Agricultura, Co-
mercio e Industrias le fue ofrecida al seor Alejandro Remn, ofrecimien-
to que ste ltimo declin.
(Recorte de La Estrella Je Panam del da 8 de Mayo de 1951
.)
A O
Decreto por el cual se restablece la
Constitucin de 1946.
DECRETO DE GABINETE No.
(de 9 de Mayo de 1951)
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por el cual se suspenden los efectos del Decreto de Gabinete de 7 de
Mayo del presente ao.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
con la aprobacin del Consejo de
Gabinete,
A N D O
Que sectores de la opinin pblica se han pronunciado contra el De-
creto de Gabinete de 7 del corriente, por medio del cual se puso en vigencia
la Constitucin de 1941, con las modificaciones que se consideraron opor-
tunas;
Que al proceder como procedi el Gobierno al poner en vigencia la Cons-
titucin de 1941, lo hizo en el firme convencimiento de que ella brinda ma-
yores facilidades para combatir el comunismo que la Constitucin de 1946;
Que aunque la puesta en vigencia de la Constitucin de 1941 se hizo
considerando que con ella se servira los altos intereses del pas ; y
Que al Gobierno slo le anima el deseo de interpretar las aspiraciones
nacionales y servir con eficiencia a la comunidad,
DECRETA
ARTCULO NICO
: Dergase en todas sus partes el Decreto de
Gabinete de 7 de Mayo de este ao por el cual se puso en vigencia la Cons-
titucin de 1941 con modificaciones y permanece la vigencia de la Consti-
tucin de 1946.
Dado en la ciudad de Panam a los nueve das del mes de Mayo de
mil novecientos cincuenta y uno.
COMUNIQUESE Y PUBLQUESE,
El Ministro de Gobierno y justicia,
El Ministro de Relaciones Exteriores,
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
ARNULFO ARIAS,
JOSE C
. DE OBALDIA.
CARLOS N
. BRN.
RODOLFO F
. HERBRUGER
.
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El Ministro de Educacin Nacional,
El Ministro de Obras Pblicas,
CELSO CARBONELL.
El Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias,
NORBERTO ZURITA.
El Ministro de Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica,
MARIA
S
DE MIRANDA.
El Secretario General de la Presidencia,
JOSE E
EHRMAN.
El Jurado Nacional de Elecciones de-
clara electo Presidente al Dr
. Arnulfo
Arias M.
REPBLICA DEA N A M
JURAD NACINAL DE ELECCINES
Panam, R. de Panam
Noviembre 24, de 1949.
Seor Don
Aquilino Boyd,
Presidente de la Asamblea Nacional.
Presente.
Seor:
Comunic a Ud
., que en mi carcter de Presidente del Jurado Nacional
de Elecciones, en sesin celebrada en la fecha por esta corporacin fue de-
clarado electo Presidente Constitucional de la Repblica el Dr
. Arnulfo
Arias Madrid en virtud de haber tenido el mencionado ciudadano mayora
de votos en las elecciones populares celebrada el da 9 de Mayo e 1948.
Soy de Ud. muy atto. servidor.
Es fiel copia de su original
(Pdo
.) Juan N
. Villalz
Sebastin Ros,
Srio . General de la
Asamblea Nacional
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Acta de la sesin de la
Honorable
Asamblea Nacional : por la cual se da
posesin de la Presidencia de la
Re-
pblica al Dr. Arnulfo Arias M.
A C T A
de la sesin trigsima primera (EXTRAORDINARIA) celebrada por la
Asamblea Nacional el 25 de Noviembre de 1949.
(Presidencia de los H H
. Mndez Mier y Aizpura.)
A la una de la maana del 25 de Noviembre de este ao se reuni la
Asamblea Nacional en el saln de sesiones con asistencia de los
Honorables Aizpura, Alemn Jr
., Alvarez, Arango, Arosemena, Bars, de An-
guizola, Fbrega, Fernndez, Guillen, Henrquez Bernal, Mndez Merida,
Mendez Moiss, Morales, Navarro, Navas, Ordez, Perez, Pinzn, Quin-
tero Celern, Senz, Sagel, Varela y Zurita
. Dejaron de asistir los Honora-
bles Anguizola, Arias, Arrocha, Barletta, Barrera, Barraza, Boyd, Chang
rtz, Decerega, De los Ros, Della Togna, Gonzlez Revilla, Harris, Hue-
ca, Jaen, Jurado, Robles y Vargas.
Habiendo el quorum reglamentario el Presidente inform que de a
cuerdo con el artculo 294 del Reglamento se permiti convocar a reunin
extraordinaria
. Expuso su objeto y consult si la Cmara esta de acuerdo
con celebrar esta sesin.
La Asamblea manifest su conformidad en votacin verificada, por 22
votos afirmativos.
El Presidente declar abierta la sesin.
El Sub-Secretario General encargado de la Secretara, di cuenta del
Orden del Da:
lo.Lectura de la credencial expedida por el Presidente del Jurado
Nacional de Elecciones en la que se declara electo Presidente
Constitucional de la Repblica al Dr. Arnulfo Arias M.
2o
.Lo que propongan los Honorables Dputados.
3o
.-Toma de posesin del Presidente de la Repblica,
Hizo uso de la palabra el Honorable Ordez y expuso los motivos
que haban impulsado a los Dputados a tomar la determinacin de consti-
tuir sesin extraordinaria
. Hizo alusin a los movimientos polticos del
momento
; al desorden imperante en el pas, a la inquietud nacional y al
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clamor general porque se restableciese el orden constitucional de la Re-
pblica.
Por Secretara se ley la nota del Presidente del Jurado Nacional de
Elecciones por medio de la cual comunica al Presidente de la Asamblea
Nacional que el Doctor Arnulfo Arias Madrid haba sido declarado electo
Presidente Constitucional de la Repblica por el Jurado Nacional de Elec-
ciones.
Acto seguido el Honorable Ordez propuso lo siguiente:
LA ASAMBLEA NACIONAL DEPANAM,
CONSIDERANDO
lo.Que de acuerdo con la Ley de Elecciones no ha sido clausurado
oficialmente el proceso electoral.
2o.--Que el Jurado Nacional de Elecciones ha rectificado los escru-
tinios de votos emitidos para Presidente de la Repblica en las
elecciones del 9 de Mayo de 1948 y ha resultado triunfante el Dr.
Arnulfo Arias M
R E S U EV E
Dar posesin como Presidente de la Repblica al Dr
. Arnulfo Arias M.
de acuerdo con los resultados verdicos de las votaciones que fueron efec-
tuadas en los sufragios del 9 de Mayo de 1948.
Puesta en discusin, el Honorable Ordez su autor manifest, que
la lectura del documento ledo por Secretara lo relevaba de sustentarlo y
expuso que la sesin actual tena un carcter histrico, por su contenido
patritico de proclamar oficialmente al Dr
. Arnulfo Arias Madrid Presi-
dente de la Repblica, por su extensa significacin de reconocimiento a la
verdad en el imperio de la justicia
. Termin pidiendo el voto afirmativo
para que as pudiera ser realidad el que se posesione al Dr Arias y que jure
cumplir la Constitucin y las leyes en aras de los principios por los cuales
se ha luchado.
El Honorable Guilln explic la razn patritica que lo haba determi-
nado a asistir a la sesin, y la razn por la cual iba a dar su voto favorable
a la resolucin presentada por el Honorable Ordez.
Sometida a votacin esta Resolucin, result aprobada en verificacin
por 22 votos afirmativos.
Hizo uso de la palabra el Honorable Alemn Jr
., y pidi a la Presiden-
-12
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te electo Dr
. Arnulfo Arias Madrid, la resolucin de la Cmara.
El Presidente nombr la Comisin que qued integrada as : Prez Fe-
lipe, Zurita Norberto, Navas Vctor, Arango Ral, Fbrega Olmedo.
Se declar un receso para esperar el resultado de la Comisin,
De regreso los comisionados, que venan acompaados del Dr
. Arnulfo
Arias Madrid, se reanud la sesin.
Colocado el Presidente de la Repblica Dr, Arnulfo Arias Madrid, a
la derecha del Presidente de la Asamblea, ste le tom juramento de acuer-
do con el articulo 141 de la Constitucin Nacional, y le coloc la banda
Presidencial.
El Presidente de la Repblica hizo uso de la palabra y ofreci cumplir
fielmente con la Constitucin y con las leyes de la Repblica y prometi
restablecer en cl pas, cl orden, la economa, la justicia, el derecho y la li-
bertad en beneficio de la Patria,
Por haberse agotado el Orden del Da, se suspendi la sesin a las 2 y
15 de la maana,
El
Presidente,
El
Sub-Secretario encargado.
Es fiel copia de su original,
(Pdo.)
(Fdo.)
M. Mndez
Mier.
Justo P. Espino Jr.
(Pdo
.) Sebastin Ros.
Secretario General de
la Asamblea Nacional.
s a
Acta de la sesin de la Honorable
clara en Tribunal de Funciones Judi-
ciales, se acoje el denuncio de Elas
Ramos Mrquez y se suspende al Dr.
Arnulfo Arias de su condicin de Pre-
sidente de la Repblica,
A C T A
de la sesin celebrada por la Asamblea General el 9 de Mayo de 1951.
(Presidencia de los Honorables Guilln y Almilltegui
.)
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En la ciudad de Panam, a los 9 das del mes de mayo, a las 7 de la
noche se reunieron los Honorables Dputados a la Asamblea Nacional, en
las Oficinas del Dario La Nacin .
Se pas lista y contestaron a ella los Honorables Aguilera Arcadio, Ale-
mn Alfredo, Arias Juan B
., Arosemena Gustavo, Arrocha Csar, Barrera
Israel, Bares Pablo, Barraza Lorenzo, Joel Benjamn, Boyd Aquilino, De-
cerega Demetrio, De los Ros Gregorio, Della Togna Jos, Fbrega lmedo,
Guilln Csar, Gonzlez Ruiz Bernardino, Gonzlez Revilla Alejandro, Ha-
cris Carlos, Henrquez Bernal Pantalen, Jaen Agustn, jurado Selles, Gui-
llermo, Melo Jose de la C., Mndez Mrida Juan Manuel, Mndez Mier
Moises, Navarro Norberto, Navas Vctor, Perez Felipe, Pinzn Carrizo
Absaln, Quintero Celern Luis, Sagel Federico, Vargas Azael y Varela
Plinio . Hicieron acto de presencia los Honorables Suplentes Miguel Vi-
llanca], Carlos Ral Morales, Manuel A
. Icaza y Reginaldo Macas.
Dejaron de asistir los Honorables Alvarez Alvaro Abel, De Anguizola
Bernardina, Chang Ortz Carlos, Hueca Jorge, rdez Miguel Angel, Ro-
bles Marco, Samudio David y Zurita Norberto.
Ocup la Presidencia el Honorable Almilltegui.
Actu de Secretario el Sub-Secretario General justo 1'
. Espino Jr.
El Honorable Aguilera propuso:
Ratifcase la misma Drectiva nombrada en Febrero y que representa
a la Cmara en su, receso de 1951 .
Sometida a votacin, result aprobada por unanimidad.
El Presidente, Honorable Almilltegui, hizo presente que la Cmara
se haba reunido con el propsito de atender el llamado que por la Radio
Continental haba hecho el H
. D
. Felipe O
. Prez para discutir ciertos
errores tecnicos en la actuacin de gran nmero de Dputados reunidos en
la maana de hoy con el fin de resolver la situacin de desorden creada en
el pas con motivo de la anulacin por parte del rgano Ejecutivo, de la
Constitucin Nacional
; y considerar la denuncia presentada por el Licen-
ciado Elas Ramos Mrquez contra el Presidente de la Repblica, Dr
. Ar-
nulfo Arias, por extralimitacin de funciones, que se acababa de presentar.
Ledo por Secretara el memorial presentado por el Licenciado Elas
Ramos Mrquez, el Honorable Luis Quintero Celern propuso:
LA ASAMBLEA NACIONAL. DEPANAM
RESUELVE
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Declrase constituida la Asamblea Nacional con
e l especfico objeto
de ejercer funciones judiciales
Puesta en consideracin, el Honorable Quintero Celern manifest que
an cuando la Constitucin slo contempla el caso de reunin por derecho
propio el lo
. de Octubre, el artculo 119 de la Constitucin da margen para
deducir que la Asamblea para ejercer la funcin comprendida en el
Ordinal l del artculo 119 citado, tiene que constituirse en sesin para de-
clararse Tribunal de Justicia y dar cumplimiento al Artculo 2309 del C-
digo Judicial.
Hizo uso de la palabra el Honorable Navas y pidi que se declarara
un receso para esperar la presencia del Presidente Guilln y la de algunos
colegas ms que estaban por llegar.
El Honorable Harris se pronunci en desacuerdo en parte con el
Ho-
norable Navas
. Dijo que los momentos difciles que atraviesa el pas no
admiten minutos de espera y pidi que se siguiera en sesin.
El Honorable Barrera se manifest en contra del Honorable Navas.
Expuso como argumento el precedente del 24 de Noviembre, cuando la
Asamblea con 23 Dputados posesion al Doctor Arnulfo Arias de Presi-
dente de la Repblica, quien es hoy la causa de la intranquilidad nacional.
El Honorable Navarro enfticamente se opuso al receso
. Expuso como
inconveniente la situacin actual, cuando se maltrata en las calles a la
juventud y al pueblo entero
. Exhort a los Honorables Diputados a no
perder el tiempo en consideraciones secundarias
. 31 Diputados hay de
frente al problema, dijo excitado.
El Honorable Gonzlez Revilla pidi que se procediera inmediatamen-
te a enfocar este problema trascendental, porque as lo reclaman los inte-
reses de la Patria.
Fue negada la solicitud del Honorable Navas por (9) votos afirmativos
contra diez y siete (17) negativos.
A solicitud del Honorable Luis Quintero Celern, se ley nuevamente
el memorial del Licenciado Elas Ramos Mrquez, en el que se formula
acusacin contra el Presidente de la Repblica por haber derogado ste
la Constitucin vigente de 1946.
Seguidamente el Honorable Aguilera present la siguiente Resolucin:
LA ASAMBLEA NACIONAL DEPANAM,
Considerando
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Que el ciudadano Elas Ramos Mrquez, portador de la Cdula de Iden-
tidad Personal No. 47-148, le ha presentado al Presidente de la Asamblea
Nacional, el denuncio que consta en el Memorial que acaba de leerse.
Antes de tomar providencia sobre l se considera:
Que el artculo 119 de la Constitucin Nacional en su original lo es-
tablece como funcin exclusiva de la Asamblea Nacional, conocer de los
denuncios presentados contra el Presidente de la Repblica;
Que la Constitucin explcitamente ha indicado dos casos de reunin
de la Asamblea
: por derecho propio, que se ha de efectuar el l, de Octubre
y por convocatoria del rgano Ejecutivo cuando ste lo crea conveniente
y un caso implcito, el comprendido en el ordinal l del Artculo 119, para
conocer de las denuncias contra el Presidente de la Repblica y juzgarlo,
R E S U E L V E :
lo
. Acjase la demanda presentada contra el ciudadano Dr
. Arnulfo
Arias, actualmente Presidente de la Repblica, por violacin de la Cons-
titucin vigente.
2o
.-Continese en sesiones especiales para ciar cumplimiento al ar-
tculo 2309 del Cdigo Judicial
; y
3o
.-Avsesele al rgano judicial en defecto del rgano Ejecutivo, de
la instalacin de la Asamblea Nacional y de los motivos que determina
esta instalacin
.
Puesta en consideracin esta resolucin, hizo uso de la palabra el pro-
ponente, Honorable Aguilera y dijo que la Resolucin propuesta se explica
en sus considerandos, y est basada en el artculo 119 de la Constitucin
Nacional y en lo indispensable de la medida por el momento de angustia
vivido en- el pas que reclama una rpida solucin al desorden imperante.
Pidi que se aprobara.
Sometida a votacin, result aprobada por unanimidad.
El Presidente Almilltegui hizo la observacin de que lo resuelto obe-
dece a un deseo unnime de la Asamblea Nacional y a un clamor popular
y que por lo tanto cita a sesin para las 9 de la noche en el Palacio Legis-
lativo.
Hizo uso de la palabra el Honorable Navarro y manifest que al ini-
ciarse la sesin, todos los Diputados estuvieron de acuerdo en cambiar
impresiones y se lleg a resolver de que se deba continuar el acto hasta
tanto se despejase la situacin creada y que por lo tanto peda a todos los
Diputados que se mantuvieran en sesin permanente con el fin de darle
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oportunidad a los Diputados para acordar lo que la conciencia de cada uno
le indica.
El Honorable Navas manifest que haba pedido el receso porque en
los Diputados existe diferencia e criterios y hay que pensar que este acto
debe ser estudiado y considerado en pblico, al cual deben concurrir los
Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
El Honorable Harris, insisti en su mismo punto de vista, de que el
momento apremia por lo anormal y que debe buscrsele una solucin r-
pida y en conjunto, que de decretarse un receso, que sea breve, slo
el
tiempo suficiente para esperar los Diputados que faltan.
El Presidente Almilltegui declar un receso de 5 minutos y envi una
Comisin a la Comandancia de la Polica para solicitar la libertad inme-
diata de los Diputados Marco A . Robles y David Samudio.
Esta Comisin qued integrada por los Honorables Navas, Navarro y
Gonzlez Revilla.
El receso no se hizo.
En uso de la palabra el Honorable Alemn Jr ., dijo que el motivo
de
su intervencin haba surgido como pena por el acto de vandalaje y atro-
pello cometido con un hogar humilde por los secuaces del Dr
. Arnulfo Arias
Madrid, que caus la desaparicin del joven Carlos Tapia
; proceder, dijo,
que no tiene nombre en los anales de la historia poltica de nuestro pafs
y que es necesario que levantemos nuestra voz de protesta y hagamos saber
a las autoridades competentes que ya es hora de que pongan coto a
las
desfachateces y desmanes del Presidente de la Repblica, Arnulfo Arias, que
derrama la sangre del pueblo panameo y lo ha cubierto (le duelo.
Al efecto propuso:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE PANAMA,
Considerando
lo
.Que el joven Carlos Tapia estuvo en todo momento identificado
con este movimiento reivindicador de los derechos ciudadanos hoy ultraja
dos en,
forma incomprensible por el ciudadano Arnulfo Arias Madrid:
2o
.Que el joven Carlos Tapa, hijo de Manuel Tapia, y miembro de
una familia de extraccin humilde, representa en todo momento sus cualida-
des de ciudadano honrado, y que hoy, luchando por la defensa de esos
principios, fu herido mortalmente y de manera criminal por los secuaces
que tratan de justificar las atrocidades de Arnulfo Arias Madrid.
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RESUELVE
lo
.Lamentar profundamente, como en efecto lo hace, la desapari
cin prematura del ciudadano Tapia,
2o
.Asistir e invitar a todo el pueblo consciente al sepelio que se
llevar a cabo en el da de maana, y
3o
.-Enviar copia de estilo a los familiares del extinto,
Sometida a votacin, result aprobada por unanimidad.
El Honorable Gonzlez Ruiz propuso:
Nmbrese una Comisin integrada por los Honorables Luis Quintero
Celern, Felipe . Prez y Arcadio Aguilera, para que rinda informe dentro
del termino que decreta la Ley
. Una vez rendido el informe la Asamblea
se declarar en sesin permanente para decidir el caso.
Puesta en consideracin, su autor la sustent, y al votarse result
p r o
bada
El Presidente nombr a los Honorables Luis Quintero Celern, Felipe
. Perez y Arcadio Aguilera para que estudiasen la denuncia presentada
en contra del Presidente de la Repblica Dr
. Arnulfo Arias y rindiesen in-
forme dentro del termino de la Ley y se decret un receso de una hora.
Se reanud la sesin.
Hizo uso de la palabra el Honorable Quintero Celern como vocero de
la Comisin que estudi la denuncia formulada por el Lic . Elas Ramos
Mrquez
. Present el informe recado a dicho memorial.
Hizo uso de la palabra el Honorable Navarro y dijo que las Dputados
estaban reunidos por derecho propio y en representacin del pueblo para
actuar inmediatamente ante la situacin catica creada por el rgano Eje-
cutivo y proceder a juzgar enseguida al Dr
. Arnulfo Arias y pedirle a la
Polica que cumpla con el mandato de la Asamblea, que es el querer del
pueblo panameo
; que hay ciertas corrientes y componendas que se for-
man a trastienda que el pueblo no va a aceptar de ninguna manera
; que
el Dr
. Arias tiene que salir de la Presidencia quieran o no quieran, porque
el pueblo se impone y a nombre de ese pueblo que est sufriendo ahora
mismo los atropellos, pide que se apruebe la Resolucin que tiene en pro-
yecto para esclarecer si el Comandante va a cumplir con lo que le manda-
mos o con el deseo de Arnulfo Arias.
Hizo uso de la palabra el Honorable Perez y manifest que ha escu-
chado opiniones contrarias a la facultad constitucional de la Asamblea para
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seguirle juicio al Presidente de la Repblica, manifest que no hay que
incurrir en el error de equivocar las facultades legislativas de la Asamblea,
con las facultades judiciales. Las legislativas corresponden al perodo de
90 das que se inician el lo . de Octubre de cada ao, cuando debe la Asam-
blea reunirse por derecho propio y que se conoce como el perodo de sesio-
nes ordinarias, Las sesiones extraordinarias son aquellas que corresponden
a la convocatoria del rgano Ejecutivo para tratar de lo que este
le recomiende
. Pero es derecho inmanente de la Cmara el de constituirse
en Tribunal Juzgador porque sus poderes emanan de la voluntad del pue-
blo y nacen en el momento en que la Cmara se instala en la iniciacin de
su mandato hasta el momento en que cesa el perodo para el que los Di-
putados fueron electos
. Pretender que la Asamblea slo puede reunirse
por convocatoria del rgano Ejecutivo en el perodo del receso para ejer-
cer funciones judiciales constituye una falacia desde luego que quedara sin
efectividad el artculo 119 de la Constitucin en donde se faculta a la Asam-
blea como sola y nica capaz (le juzgar al Presidente de la Repblica
durante todo el perodo de su mandato
. De no ser as, el Presidente de la
Repblica no podra ser juzgado durante 7 meses y medio del ao, o sea
el perodo de receso de las labores legislativas de la Cmara
. El artculo
148 de la Constitucin seala los casos de responsabilidad del Presidente
de la Repblica, es decir, los actos por los cuales se le puede juzgar, y el
Presidente Arias ha incurrido en falta por extralimitacin de funciones
constitucionales y por ejercer coaccin contra la Asamblea Nacional al im-
pedirle, por medio de un Decreto, que deroga la Constitucin del 46, que
se rena el prximo lo
. de ctubre
; ha estorbado las funciones de esta C-
mara, las de la Corte Suprema de Justicia y las de otros Tribunales, Ade-
ms la viabilidad de la accin es perfectamente clara a la luz del artculo
119 de la Constitucin Nacional
. Es por todo esto que la Asamblea Na-
cional debe cumplir sus deberes de Tribunal de Justicia.
Sometida a votacin la parte Resolutiva del informe result aprobada
por unanimidad as:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE PANAM,
R E S U E L V E
Declarar que hay lugar a proceder contra el Dr
. Arnulfo Arias, Pre-
sidente de la Repblica por violacin de la Constitucin Nacional, al expe-
dir el Decreto de Gabinete por el cual se pone en vigencia la Constitucin
de 1941 .
La tramitacin correspondiente a este negocio se seguir de acuerdo
con lo dispuesto en el Ttulo V, Libro Tercero del Cdigo Judicial ,
Seguidamente se vot la siguiente Resolucin;
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LA ASAMBLEA NACIONAL DE PANAM,
CONSDERANDO
Que la Asamblea est constituida en sesiones especiales con el fin de
conocer de la denuncia presentada contra el ciudadano Presidente de la
Repblica, por extralimitacin de sus funciones constitucionales,
lo
.Constituirse en Tribunal Juzgador, con sujecin a las normas
constitucionales y de procedimiento aplicables a esta naturaleza de juicios;
2o
.Decretar, como en efecto decreta, la suspensin provisional del Dr.
Arnulfo Arias Madrid del cargo de Presidente de la Repblica y ordenar
al Comandante Primer Jefe de la Polica Nacional que le notifique a ste
la decisin de la Asamblea.
3o .Llamar al ciudadano Alcibades Arosemena para que asuma ante
esta Corporacin, la Presidencia de la Repblica, por su condicin de Pri-
mer Vice-Presidente.
El Presidente, Honorable Guilln, manifest que la actitud asumida
por los Diputados en el momento que vive la Repblica de zozobra, de des-
orden y de inquietud, surgidas con motivo del proceder inslito del Presi-
dente de la Repblica, Dr. Arias, al derogar la Constitucin vigente de 1945,
es digna de aplauso y de felicitacin. De acuerdo con la Resolucin apro-
bada, el Presidente nombr la Comisin integrada por los Honorables Luis
Quintero Celern, Heraclio Barletta y Jernimo Almilltegui (Miguel Vi-
llarreal, suplente del Honorable Barletta supli al Honorable en esta Co-
misin), para que fuese a avisar al ciudadano Alcibades Arosemena, primer
V ice-Presidente de la Repblica, que debe comparecer ante esta Corpora-
cin para que asuma el Poder.
Se declar en receso la sesin hasta tanto la Comisin cumpliera lo
ordenado.
De regreso la Comisin se reanud la sesin.
Hizo uso de la palabra el Honorable Quintero Celern, como vocero
de la Comisin nombrada para buscar al Vice-Presidente de la Repblica,
Don Alcibades Arosemena, y lo present ante la Cmara.
Puestos de pie los Honorables Diputados, el Presidente Honorable C-
sar Guillen, le tom el juramento de rigor a Don Alcibades Arosemena
al jurar ste cumplir fielmente la Constitucin de 1946 y las leyes vigentes
del pas, lo posesion del cargo y le coloc la Faja Presidencial.
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El Honorable Guillen le manifest al Presidente de la Repblica, Sr.
Arosemena, que la base fundamental a seguir para encauzar los destinos
del pas debe ser la Constitucin de 1946, cuya vigencia ha sido sostenida
con sangre y as purificada, con el fin de que siga creciendo lozanamente
el rbol de la democracia
; le hizo la advertencia de que deba pensar que
el nico gobierno en la Repblica de Panam es el pueblo que lo eligi,
ante cuyos representantes ha sido juramentado.
[lizo uso de la palabra el Presidente de la Repblica y en discurso
escrito expuso su lnea de conducta a seguir en defensa de las instituciones
democrticas que rigen en nuestra Repblica.
No habiendo ms de que tratar, se levant la sesin a las 12
:30 P
.M.
El Presidente,
El Secretario,
Csar
A. Guillen.
Justo P
. Espino Jr.
Actuacin de la Comisin Especial
de Acusacin.
A C T A
de la sesin de instalacin celebrada por la Comisin Especial de Acusacin.
A las diez de la
. maana del 16 de Mayo de 1951 se reuni la Comisin
Especial de Acusacin en el saln de Legislacin con el fin de instalarse
para iniciar la investigacin en el caso denunciado a la Asamblea contra
el Presidente de la Repblica Dr. Arnulfo Arias por extralimitacin
de
funciones.
Se procedi a la votacin para elegir Presidente.
Actu de Secretario el Sub-Secretario de la Asamblea.
Ledo los votos el Secretario anunci el resultado siguiente:
Por el Honorable Barraza 2 votos.
Por el Honorable Robles 1 voto.
Por haber obtenido mayora de votos el Honorable Barraza la Co-
misin lo declar electo Presidente.
Se ley la Comunicacin de Secretaria por medio de la cual se comu-
-21
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nicaba a esta Comisin el nombramiento del Fiscal de acusacin, recado
en el Honorable Guillermo Jurado.
Acto seguido, se le tom juramento al Honorable Jurado y se le po-
sesion del cargo de Fiscal.
Se procedi a la eleccin de Secretario de la Comisin Especial de Acu-
sacin y result electo el Licenciado Luis Carlos Abrahams.
Llamado el Licenciado Abrahams se le posesion del cargo.
La sesin se suspendi a las 10 y 30 a . m.
El Presidente,
Lorenzo Barraza V.
El Secretario,
Justo P
. Espino
. Jr.
O
COMISIN ESPECIAL DE ACUSACIN.
Panam, Mayo 16 de 1951.
Prosgase la investigacin iniciada
. Al efecto se ordena la prctica de
las siguientes diligencias:
lo
.Tomar declaracin indagatoria al Presidente Titular de la Rep-
blica de Panam, Doctor Arnulfo Arias Madrid;
20Tomar declaracin jurada a los ex-Ministros de Estado, seores
Jose C. de Obalda, Carlos N . Brin, Celso Carbonell, Cristbal
Adn de Urriola, Mara Santodomingo de Miranda, Rodolfo Her-
bruger y Norberto Zurita ; y al ex-Secretario General de la Pre-
sidencia, seor Jos Ehrman:
3o .Tomar declaracin jurada al ex -Ministro de Agricultura, Comercio
e Industrias, seor Ricardo M . Arias E ., y evacuar las citas que
resulten.
4o--Tomar declaracin jurada al Primer Comandante de la Polica
Nacional, seor Jos Antonio Remn Cantera:
5o
.Practicar todas las diligencias necesarias para establecer los he-
chos que se investigan ;
22
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6o
.-Traer a los autos copia fotosttica o autenticada de los Decretos
llamados de Gabinete, por los cuales se derogaba la Constitucin
Nacional de 1946 y del que derogaba este Decreto.
El Presidente,
(Fdo.) L
. Barraza V.
Los Comisionados :
(Fdo
.) Heraclio Barletta.
(Fdo.) Marco
A
.
Robles.
El Secretario,
(Fdo
.) Luis C. Abrahams V.
Indagatoria del Dr. Arnulfo Arias.
En la ciudad de Panam, siendo las doce y quince minutos de hoy die-
ciseis de Mayo de mil novecientos cincuenta y uno, se traslad al Cuartel
Central de Polica la Comisin Especial de Acusacin designada por la
Asamblea Nacional en sesin de fecha quince de los corrientes, integrada
por los Honorables Dputados Marco A. Robles, Heraclio Barletta y Lo-
renzo Barraza y por el Fiscal de la misma Honorable Dputado Guillermo
Jurado Selles, actuando como Secretario de dicha Comisin el Licenciado
Luis Carlos Abrahams, designado en esta misma fecha para ese cargo, con
el fin de recibirle declaracin indagatoria al Doctor Arnulfo Arias Madrid,
actualmente detenido en ese Cuartel de Polica
. Presente ante la Comi-
sin el citado Doctor Arias, fue interrogado sobre su nombre y generales
y expuso
: Mi nombre es ARNULF ARIAS MADRID casado, medico-
cirujano, mayor de edad, no porto la cdula, ni recuerdo su nmero en estos
momentos, vecino de esta ciudad
. En este estado el Comisionado Hono-
rable Dputado Lorenzo Barraza interrog al indagado en la siguiente for-
ma : Preguntado
: diga el declarante si el 25 de noviembre de 1949 ante
la Asamblea Nacional, tom posesin del cargo de Presidente de la Re-
pblica y jur cumplir
y
hacer cumplir la Constitucin Nacional de 1946?
Contest
: contesto afirmativamente que s
. Preguntado
: diga el decla-
rante si el Decreto que se llam de Gabinete de 7 de Mayo del corriente
ao, por el cual se derogaba la Constitucin Nacional de 1946 y se preten-
da poner en vigor la Constitucin de 1941, fu o no expedido a inspiracin
suya y firmado por el declarante en su carcter de Jefe del rgano Ejecu-
tivo de la Repblica? Contest
: El Decreto de Gabinete expedido el 7
de Mayo fue un Decreto inspirado en los ms altos deseos patriticos de
mejorar la Repblica
. Y digo as porque ese Decreto trataba de evitar la
crisis econmica terrible que azotaba al pas y que pona a la Repblica
de Panam en la lnea de las otras naciones del Continente y del mundo
entero que estn luchando contra el comunismo ya que en pocas anterio-
res tratamos de que se establecieran reglamentos y leyes para combatir el
comunismo que se ha extendido en la Repblica como lo demuestran los
ltimos acontecimientos que ha habido actualmente en Panam
. En 1944
1945 hubo un Decreto de Gabinete similar inspirado por Ricardo Adolfo de
la Guardia y por su Gabinete echando abajo exactamente la misma Consti-
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racin de 1941, Constitucin que se estableci por un plebiscito y que nin-
guno, segn el criterio actual, tena derecho a echar abajo
. Es lgico
suponer que si no hubo Plebiscito para echar abajo la Constitucin del 41,
ni hubo Plebiscito para sostener la Constitucin de 1946, es la ciudadana
la que debe determinar cul es la Constitucin que quiere
: o sea la de 1946,
1941, 1904, o cualquiera otra Constitucin
. Es reglahumanaene
universo entero que en momentos de crisis, en momentos de gran sufri-
miento humano de las masas, las medidas salvadoras tienen que tomarse
a pesar de las tendencias polticas de partidos al momento
. No soy aboga-
do pero he odo a abogados celebres en mi presencia decir que primero es
el pueblo y despus la poltica
; en este caso no slo se trata del pueblo
panameo sino del continente entero cuando est amenazado por tendencias
comunistas y comunistoides que estn tratando de socavar nuestra demo-
cracia
. Y siendo nosotros signatarios de pactos internacionales y habiendo
asistido hace poco a la Cuarta Convencin de Cancilleres en Washington,
donde suscribimos nuestra obligacin de defender el Continente contra el
comunismo . Considerando tambien que estamos al margen del Canal de
Panam y todos nuestros esfuerzos deben llevarnos a la defensa del Canal,
que es la defensa de nuestro propio territorio
. En el manifiesto que le al
pas entero estn claras y ntidas las razones que expusimos para (lar el pa-
so de la firma del Decreto de Gabinete de 7 de Mayo
. Preguntado: En-
tonces acepta usted como correctas las publicaciones tanto del Decreto co-
mo de su discurso que hizo La Estrella de Panam el 8 de Mayo? Contest:
Exactamente. Preguntado : Es fiel reflejo tanto del Decreto original como
de, su discurso? Contest : Exactamente. Preguntado
: diga el decla-
rante quien era la persona que desempeaba el cargo de Ministro de Agri-
cultura, Comercio e Industrias, con anterioridad a la firma del Decreto del
7 de Mayo y quien desempe dicho cargo con posterioridad a esa firma?
Contest
: El caballero don Ricardo Arias Espinosa y el Honorable Dpu-
tado Norberto Zurita. Preguntado
: por qu razn fue sustituido el Mi-
nistro Ricardo Arias Espinosa en el cargo que desempeaba? Contest:
Don Ricardo Arias Espinosa fue sustituido porque renunci el cargo
. Pre-
guntado
: firm el seor Ricardo Arias Espinosa el Decreto del 7 de Mayo
de 1951, derogatorio de la Constitucin de 1946, o quin lo firm como
Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias? Contest
: Lo firm el
Honorable Diputado Norberto Zurita, ya que haba renunciado el caba-
llero don Ricardo Arias Espinosa
. Preguntado
: diga el declarante si es
o no cierto que la renuncia del Ministro Ricardo Arias Espinosa se debi
precisamente al hecho de no estar de acuerdo con el Decreto del 7 de Ma-
yo y as se lo hizo constar en su carta renuncia? Contest
: no puedo de-
terminar si lo hizo constar en la carta renuncia puesto que al entregarme
la carta en ese momento deciendome que renunciaba no tuve tiempo de
leerla, supe qu se hizo
. Preguntado
: diga el declarante si la carta
renuncia publicada en La Estrella de Panam del 8 de Mayo, por don Ri-
cardo Arias Espinosa, es la misma que le entreg a usted personalmente
y la que se le muestra en estos momentos? Contest
: no puedo decirlo
porque me la entrego en un sobre y se la pase a la Secretara General.
Preguntado
: diga el declarante si contaba con el apoyo de todos los miem-
bros
del Gabinete para dictar el Decreto del
7
de Mayo de 1951, derogato-
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rio de la Constitucin de 1946? Contest
: Don Ricardo Arias Espinosa
no estuvo de acuerdo con el Decreto
; los otros s estuvieron de acuerdo.
Preguntado
: y el Honorable Norberto Zurita que reemplaz al seor Ri-
cardo Arias Espinosa, s estuvo de acuerdo? Contest
: El Honorable
Dputado Zurita s estuvo de acuerdo y firm el Decreto junto con todos
los miembros del Gabinete
. Preguntado
: diga el declarante los nombres
de los miembros del Gabinete que firmaron el Decreto del 7 de Mayo de
1951, derogatorio de la Constitucin de 1946? Contest
: Su Excelencia
Jose C
. de Obalda, Su Excelencia Carlos N
. Brin, Su Excelencia Cristbal
Adn rriola, Su Excelencia Rodolfo F
. Herbruger, Su Excelencia Celso
Carbonell, Su Excelencia doa Mara Santodomingo de Miranda y el Ho-
norable Dputado Su Excelencia Norberto Zurita
. Preguntado : dgae
declarante si el referido Decreto fue firmado por el Secretario General y
por el Secretario Privado de la Presidencia? Contest
: las Actas y De-
cretos de Gabinete son firmados en orden de protocolo y al ltimo que le
llega es al Secretario General y no s si el lo firm
. El Secretario Privado
no tiene por que firmar Actas
. Preguntado
: diga el declarante si el
Decreto del 7 de Mayo de 1951, derogatorio de la Constitucin Nacional
de 1946, fue redactado por el Ministerio de Gobierno y Justicia o por la
Secretara General de la Presidencia o por cualquiera otra persona y diga
el nombre de esa persona? Contest
: los decretos o cualquier proposicin
se hacen por medio de la Secretara al menos que algn Ministro tenga algo
especial que hacer
. Segn yo recuerdo fu ledo por Secretara y discutido
protocolarmente en su orden por los Ministros
. Preguntado
: podra el
declarante nombrar especficamente la persona o personas que redactaron
el mencionado decreto y quienes colaboraron en su redaccin ya como ase-
sores, ya como co-autores del mismo? Contest
: no podra
. Preguntado:
diga el declarante si el Acta de la sesin del Consejo de Gabinete en donde.
se discuti y aprob el mencionado Decreto est inscrita en el Libro de
Actas de las sesiones del Consejo de Gabinete? Contest
: no puedo de-
cirlo. Preguntado
: diga el declarante si al resolverse a dictar el Decreto
de Gabinete a que nos venimos refiriendo el declarante contaba con algn
apoyo especfico, esto es, si las representaciones de partidos polticos ins-
critos o en formacin, o autoridades de distinto orden haban sido consul-
tadas para conocer su opinin y saber si se contaba o no con su apoyo?
Contest : en la primera pregunta mencion varias razones por las cuales
se firm el Decreto de Gabinete aludido y dej especialmente las razones
que voy a dar para explicarles a los Honorables Dputados que una de las
grandes aspiraciones de la ciudadana era el retorno a la Constitucin del
41 y eso se ha evidenciado desde el mes de ctubre de 1944 en publicacio-
nes, peridicos, en telegramas de mis archivos y ltimamente se encuentran
miles de miles de firmas pidiendo la Constitucin del 41 en la Presidencia
de la Repblica, si no los destruy la metralla, como tambien existen en la
jefatura de mi partido y en las redacciones de los peridicos
. As, pues,
hay respaldo en el retorno a la Constitucin del 41 en la ciudadana entera,
ya que afortunadamente el partido que dirigimos nosotros es el mayorita-
rio del pas
: Partido Revolucionario Autntico
. Dadle, pues, Honorables
Diputados, oportunidad a la ciudadana para que exprese qu es lo que
desea
. El Presidente de la Comisin exigi al indagado que se concretara
-25
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a
. contestar la pregunta, que en su concepto no ha sido contestada an y
el indagado manifest
: hago constar como acusado que tengo derecho a
contestar las preguntas segn mi humilde criterio
. El Presidente de la
Comisin expuso
: no trato de coartarle el derecho y la libertad que tiene
de
declarar o de no declarar
. Ya le dije al principio de este interrogatorio
que usted era libre de declarar o de no declarar, pero en caso de no decla-
rar que quede constancia de cules eran los puntos que evada contestar.
El indagado expuso
: insisto en declarar lo que he declarado y que se es-
tablezca en el Acta
. Preguntado
: diga el declarante si al darse cuenta el
declarante de la reaccin desfavorable de la ciudadana al ser promulgado
el Decreto del 7 de Mayo de 1951, el declarante tom la resolucin de im-
ponerlo por la fuerza? Contest
: no es verdad que tomara la resolucin
de imponerlo por la fuerza
. Preguntado
: diga el declarante si es o no
cierto que el declarante u otra persona por su orden, solicit la intervencin
de los Estados Unidos en el conflicto que ya se haba desatado entre el
rgano Ejecutivo y
la ciudadana a causa del mencionado Decreto de
de
Mayo de 1951, llamando en su favor, primero, a las fuerzas militares de la
Zona del Canal y al fracasar en este intento, tratar de hablar telefnica-
mente con el mismo Presidente Truman? Contest : es falso que se ha
ya pedido intervencin ninguna en los asuntos internos del pas ; pero s
es verdad que debido a Tratados, a Convenios con respecto a la defensa
del Canal de Panam y del Continente Americano, nuestro deber como go-
bernantes de Panam, era informar a nuestros aliados la situacin catica
que exista debido a un grupito pequeo que quera imponerse en la Re-
pblica y que se compona de grupos comunistas y comunistoides que que
ran derrocar al Gobierno, usando exactamente los mismos mtodos que
han usado en otras Repblicas y en otros pases que no son Repblicas.
Preguntado : en el punto que usted acaba de absolver, Doctor Arias, con-
fiesa usted que como gobernante di cuenta a las autoridades del Gobierno
de los Estados Unidos, acantonadas en la Zona del Canal, del estado de
cosas catico que se viva en Panam
; es as o no? Contest : se le in-
form a las autoridades. Preguntado : es decir, Doctor Arias, que usted
como gobernante inform de ese estado de cosas? Contest
: como go-
bernantes informamos
. Preguntado
: qu fin perseguan usted y su go-
bierno al informar a las autoridades americanas sobre la situacin que se
viva en Panam en esos momentos? Contest : con el fin exclusivo de
que en caso de caos tremendo como podra haberse avecinado y como el
hecho de que nuestros Convenios y Tratados nos obligan a defender nues-
tra Repblica y el Canal de Panam contra influencias comunistas, se die-
ran ellas cuenta cabal del peligro que an existe en Panam con este
movimiento. Se le inform tambin a la rganizacin de Estados Ameri-
canos cuya sede es en Washington, como tambin a todas las Cancilleras
de la Amrica para que supieran exactamente lo que estaba pasando en
Panam, de acuerdo con la clusula octava del Convenio de Cancilleres ce-
lebrado ltimamente en la Capital Norteamericana, a donde asistieron
nuestro Canciller, Su Excelencia Carlos N
. Brin y todos los Cancilleres de
la Amrica
. Preguntado : diga el declarante si el Decreto fechado el 9
de Mayo del corriente ao, por el que se derogaba el Decreto del 7 del
mismo mes y ao, fue inspirado y ordenado redactar y firmado por el de-
-26
7/26/2019 Proceso Arias 1
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clarante considerndose todava Presidente de la Repblica? Contest:
exactamente
. Preguntado
: diga el declarante, si al dictar este nuevo
de-
creto del 9 de Mayo que deshaca lo hecho por el anterior, consulto con
alguna autoridad, con representaciones polticas o jefes de partidos que le
ofrecieron alguna frmula de transaccin en el conflicto surgido entre el
rgano Ejecutivo y la ciudadana? Contest
: si se consult
. Preguntado:
diga el declarante con quin o quines fu consultado el Decreto del 9 de
Mayo y
qu result de esa consulta? Contest
: me reservo la contesta-
cin
. Preguntado
: diga el declarante por qu se decidi a oponerse vio-
lentamente a lo resuelto por la Asamblea Nacional y por la Corte Suprema
de Justicia, quienes haban declarado en forma categrica que el declarante
se haba extralimitado en el ejercicio de sus poderes constitucionales, y
consecuencialmente lo haban suspendido del cargo de Presidente? Con
test
: mal me poda oponer violentamente a nada cuando nada se me haba
notificado
. Preguntado
: conoce. el declarante la resolucin dictada por
la Asamblea Nacional en la noche del 9 de Mayo de 1951 y por la que se
dispona decretar la suspensin provisional del Doctor Arnulfo Arias del
cargo de Presidente de la Repblica y ordenar al Comandante Primer Jefe
de la Polica Nacional que le notifique a este la decisin de la Asamblea?
Contest
: la primera noticia que tengo de esa resolucin es en este mo-
mento, las dos de la tarde del da de hoy . . . La Presidencia ordena a la
Secretara dar lectura a la resolucin en referencia para un exacto
cono-
cimiento del declarante y para su notificacin, lo que as se hace
Preguntado : cmo explica el declarante que contando, como dice contar,
con el inmenso respaldo de la mayora del pas, la ciudadana se rebel ante
el Decreto del 7 de Mayo y el Organo Ejecutivo careci de total respaldo
en esta emergencia? Contest
: yo quisiera preguntar eso a los mismos
diputados
. La historia determinar si hubo o no hubo respaldo
. Pregun-
tado
: diga el indagado si en alguna poca, durante la vigencia de la Cons-
titucin de 1946, se consider elegido para ejercer las funciones de Presi-
dente de la Repblica? Contest
: s me consider dentro del actual
perodo
. Preguntado
: diga el indagado si en su condicin de poltico n
de estadista se ha dado cuenta de que la Constitucin de 1946 dentro de la
cual se consider elegido para Presidente de la Repblica, tal como lo aca-
ba de afirmar, establece que esa Constitucin slo poda ser reformada por
medio de un acto legislativo expedido por la Asamblea Nacional, de acuer-
do con el procedimiento que la misma Constitucin seala? Contest
: s
lo se
; pero advierto de nuevo que cuando en momentos crticos de un pas
la masa pide y quiere que se le ayude y no hay maneras que determinen
sto en la Constitucin y las Leyes, el gobernante debe buscar la manera
de ayudar a sacar a la masa de la miseria . Preguntado
: diga el indagado
si sabe que el mandamiento de Habeas Corpus es una de las mayores
conquistas de la humanidad contra los abusos del poder, y si lo sabe, por
que al poner en vigor la Constitucin de 1941, derog el artculo 28 de ese
instrumento, que lo consagra? Contest
: hemos sentido en carne viva
mis copartidarios y yo el hecho de que no se obedecan en tiempos atrs
los Habeas-Corpus puestos en nuestro favor, cuando no habamos come-
tido ninguna falta y se nos tena en las crceles sin recursos de ninguna
especie
. Una vez por quince das por Ricardo Adolfo de la Guardia
; otra
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7/26/2019 Proceso Arias 1
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vez por siete meses y medio por el Presidente Enrique Jimnez
; la siguien-
te vez por tres meses durante la Presidencia de don Domingo Daz Arose-
mena (q
.e
.p
.d
.)
; as es que yo s perfectamente bien lo que significa el
Habeas-Corpus, pero tambin conozco que un Estado para. salvarse del
caos y de la subversin tiene que poner un coto para hacer las investiga-
ciones necesarias, como exactamente las estn haciendo ustedes hoy, para
determinar, corrijo, asegurar la convivencia de paz y tranquilidad que debe
existir en la Repblica . Preguntado
: diga el indagado si es o no cierto
que desde la iniciacin de su Gobierno se estableci una fuerte pugna en-
tre el rgano Judicial y el Organo Ejecutivo, debido a que el primero de
stos acoga y tramitaba los recursos de Habeas-Corpus, como consta en
la prensa local, y cuando sus Ministros clamaban por la supresin de Ma-
gistrados y Jueces? Contest
: el Diputado creo que est confundiendo
el gobierno nuestro con el gobierno de Enrique Jimnez y el del finado
caballero don Domingo Daz
.- El Comisionado Robles hizo la siguiente
explicacin ; esa contestacin suya no responde a mi pregunta
. Yo estoy
concretndome a su gobierno, no he mencionado otras Administraciones:
yo le suplico que conteste mi pregunta porque esa contestacin suya es
una apreciacin personal acerca de otras Administraciones que en nada
resuelve lo interrogado por m .- Contest
: me afirmo en lo dicho
. Pre-
guntado : diga el indagado si es o no cierto que la interinidad de los
miembros del rgano Judicial y del Ministerio Pblico decretada por l
y sus Ministros el 7 de Mayo, bajo el pretexto e que eran comunistas,
obedeca en realidad a su deseo de reintegrar los Tribunales con elementos
dciles a su voluntad? Contest
: no es verdad
. Preguntado
: diga el
indagado si se ha dado cuenta de que la Carta otorgada por el en 1941
no contiene ningn precepto que impida la militancia poltica del comunis-
mo, que tanto recrimina ahora y el cual parece haber sido la obsesin de
su gobierno, mientras que la de 1946 s prohibe en su artculo 103 la organi-
zacin de partidos comunistas? Contest
: La Constitucin de 1941 nos
daba oportunidad, como he dicho anteriormente, de mejorar la situacin
econmica del pueblo y de defender de mejor manera contra los avances
comunistas
. Me reafirmo en esta declaracin
. Preguntado
: se recuerda
usted haber firmado el Decreto nmero 782 del 9 (le Mayo de 1951, por el
cual se dictan medidas de orden pblico? Contest
: no recuerdo. Pre-
guntado
: podra usted reconocer la firma que le presento puesta al pie del
Decreto original que le muestro, o sea el nmero 782 de 9 de Mayo de
1951, por el cual se dictan medidas de orden pblico? Contest
: despues
de haberme sido mostrado el Decreto en referencia y de haber examinado la
firma que all aparece
: efectivamente, esa es mi firma
. Preguntado
: diga
el declarante dnde se encontraba los das 7, 8, 9 y 10 de Mayo del co-
rriente ao? Contest
: en la ciudad de Panam
. Preguntado
: se en-
contraba usted en esas fechas en el Palacio Presidencial? Contest
: me
encontraba en el Palacio Presidencial, con excepcin de una vez que sal
a comer a mi casa
. Preguntado
: presenci usted en cualquiera de esas
{echas tiroteos que se cruzaban entre personas dentro de la Presidencia
y personas fuera de la Presidencia? Contest
: s los presencie
. Pre
guntado
: sabe usted qu fue lo que motiv este tiroteo? Contest
: desde
el da ocho estaban amenazando a la Presidencia de la Repblica por las
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7/26/2019 Proceso Arias 1
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radios y la Guardia Presidencial estaba preparada para cualquier ataque a
la Presidencia
. Preguntado
: sabe usted por orden de quin las personas
que se encontraban en la Presidencia. de la Repblica dispararon contra
las que estaban afuera? Contest
: no s quin di la orden inicial pero
tanto la Guardia Presidencial como mis copartidarios se defendieron . Pre-
guntado ; tuvo usted conocimiento de las personas que murieron en el
Palacio Presidencial y las que resultaron heridas a consecuencia de los
tiroteos que se suscitaron? Contest
: tuve conocimiento de heridos pero
no vi mientras estaba all ningn muerto
. Posteriormente es que he venido
a saber que hubo muertos
: de los heridos conozco muy pocos hombres.
Preguntado
: cundo tuvo conocimiento el indagado de esos muertos que
hubo en la Presidencia? Contest : lo supe en la Crcel . Preguntado:
no se encontraba el indagado debidamente incomunicado desde cuando
apresado? Contest
: exactamente
. Preguntado
: cmo explica el inda-
gado que encontrndose incomunicado recibiera informes de lo que suceda
d haba sucedido en la ciudad? Contest
: estoy en la crcel y hay
policas que hablan alto y sus conversaciones llegan hasta mi celda
. Pre-
guntado : sabe el indagado si en la Presidencia de la Repblica durante
los das 8, 9 y 10 de Mayo del ao en curso, haba aparatos de radio que
captaban las estaciones de la ciudad de Panam, principalmente la red de
emisoras de Radio Programas Continental? Contest : no tengo idea de
que nadie oyera radio all
; yo no lo o. Me llamaban de boca
. Preguntado:
diga el declarante si durante el tiempo en que se encontraba en la Presi-
dencia, los das 7, 8, 9 y 10 de Mayo, tuvo conocimiento de tiros que eran
disparados desde varios edificios de la ciudad contra el pueblo panameo,
por personas pertenecientes a, o simpatizadores del Partido Revolucio-
nario Autntico? Contest : no tuve conocimiento, sino que atacaban a
los miembros de mi Partido
; que tumbaban autobuses y que saqueaban
y robaban establecimientos de diferentes comerciantes, entre ellos miembros
prominentes del Partido Revolucionario Autentico
. Preguntado : diga el
indagado que Constitucin considera l que est en vigencia al momento
de rendir esta declaracin? Contest
: est en vigencia la Constitucin
de 1946, pero no quiere decir sto que no hay en el ambiente ciudadano
el deseo de que se llame al pueblo a una nueva eleccin para una consti-
tucin que garantice la vida y hacienda ciudadanas y que proteja la Re-
pblica contra los embates del comunismo . Preguntado : considera usted
que la Constitucin del 46 no garantiza la vida y la hacienda de los ciu-
dadanos? Contest
: es una Constitucin que tiene muchas lagunas y que
debe consultarse al pueblo para que determine que Constitucin debe tener
en el futuro
. Preguntado
: la pregunta concreta es si usted considera que
esa Constitucin del 46 no protege la vida y hacienda de los ciudadanos?
Contest
: no protege ni la vida ni la hacienda, ni protege las institucio-
nes democrticas contra el comunismo, como debe protegerlas.
]En este estado, no habiendo ms preguntas que hacer por ahora al
indagado se suspende esta diligencia haciendo constar que la indagatoria
ha sido tomada sin juramento ni apremio alguno y hallndose el indagado
en completa libertad para responder o no a las preguntas que se le hicieran.
Se deja constancia as mismo de que las respuestas dadas por el indagado
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7/26/2019 Proceso Arias 1
33/48
y que aparecen en esta diligencia fueron tomadas taquigrficamente y co-
rresponden a sus palabras textuales.
Para constancia se firma esta indagatoria, despus de haber sido leda
por el indagado, quien la encontr conforme.
El Presidente de la Comisin,
Los Comisionados:
(Fdo
.) Heraclio Barletta B.
El Indagado,
El Secretario,
Documentos oficiales.
Agregados al proceso.
(Fdo
.) Lorenzo Barraza V.
(Pdo
.) Marco A
. Robles.
(Fdo
.) Arnulfo Arias Madrid.
(Fdo
.) Luis C . Abrahams V.
1-Ion . Seor Presidente
de la Asamblea Nacional,
Presente.
Seor Presidente
:
Panam 17 de mayo de 1951.
De lo actuado hasta ahora por el Ministerio Pblico con motivo de los
sucesos ocurridos en esta ciudad la semana pasada, resultan graves cargos
contra el Dr
. Arnulfo Arias en relacin con la muerte del Mayor del Cuer-
po de Polica Nacional Alfredo Lezcano Gmez, ocurrido en la Presidencia
de la Repblica, el diez de los corrientes.
Por ello, de acuerdo con el artculo 2091 del Cdigo Judicial, en esta
fecha he decretado su detencin provisional, lo que me permito comunicar
a Ud
. para los fines legales correspondientes.
Soy de usted con toda consideracin,
(Fdo
.) Carlos A
. Lpez,
Fiscal 2o
. del Primer
Distrito Judicial.
Recibido en la fecha lo agrego a sus antecedentes.
Panam, Mayo 17 de 1951.
El Secretario,
(Fdo.) Luis C
. Abrahams V
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34/48
Seor Presidente de la Comisin Especial de Acusacin:
En mi carcter de Fiscal de Acusacin designado por la Asamblea
Nacional, solicito a la Comisin presidida por Ud. la prctica de las siguien-
tes pruebas:
loTomar declaracin jurada a los ex-Ministros de Estado seores
os C. de Obalda, Carlos N
. Brin, Celso Carbonell, Cristbal Adn de
Urriola, Mara Santodomingo de Miranda, Rodolfo Herbruger y Norberto
Zurita
; y al ex-Secretario General de la Presidencia seor Jose E
. Ehrman;
2o
.-Tomar declaracin jurada al ex-Ministro de Agricultura, Comer-
cio e Industrias, seor Ricardo Arias Espinosa, y evacuar las citas
que
resul ten ; y
3o .-Tomar declaracin jurada al Primer Comandante del Cuerpo
de
la Polica Nacional, seor Jos Antonio Remn Cantera;
4o .-Practicar todas las dems diligencias necesarias para establecer
los hechos que son materia de la investigacin.
Oportunamente, si lo considero necesario, aducir y pedir la prctica
de las dems pruebas que estime conveniente.
Panam, Mayo 17 de 1951.
Guillermo Jurado S.
Presentado en su fecha, la agrego a sus antecedentes.
Panam, Mayo 17 de 1951
El Secretario,
(Fdo
.) Luis C
. Abrahams
V.
CMISION ESPECIAL DE ACUSACION . Panam, Mayo diez y ocho
de mil novecientos cincuenta y uno.
Terminada como ha sido la indagatoria del Dr
. Arnulfo Arias M
., se
levanta su incomunicacin.
Comunquese al seor Comandante Primer Jefe del Cuerpo de la Po-
lica Nacional.
NOTIFIQUESE.
El Presidente,
L
. Barras V.
--31-
7/26/2019 Proceso Arias 1
35/48
El Secretario,
(Pdo.) Luis C . Abrahams V.
NOTIFIQUESE personalmente al Dr . Arnulfo Arias M
. la providen-
cia anterior, hoy diez y ocho de Mayo de 1951, a la una y treinta y cinco p
.m.
N otificado :
El Secretario,
(Fdo
.) Arnulfo Arias M.
Fdo.) Luis C. Abrahams V.
DOCUMENTO - A -
COPIA DEL CABLE ENVIADO EN CLAVE A LA LEGACIN DE
PANAM EN GUATEMALA
MAYO9DE1951
PANALEGA
GUATEMALA
RUEGO A VUECENCIA COMUNICAR
CANCILLERA GUATEM ALA INM EDIATAMENTE Q UE G OBIERNO PANAM EO CON-
SIDERA MINISTRO GUATEMALA EN PANAM PERSONA NN
GRATA SOLICITA SU RETIRO INMEDIATO PUNTO MINISTR
SE DEDICA A ACTIVIDADES POLITICAS Y NO CUMPLE
NORMAS QUE TORGAR ASILO LE IMPONE PUNTO.
F O.) CARLOS N. BRIN
MINISTRO DE RELACIO-
NES EXTERIORES
Es fiel copia de su original .
Ignacio
Mol ino .
DOCUMENTO - 13
D . P . No
. 712.
Panam, Mayo 9 de 1951.
Seor Embajador:
Para el conocimiento de Vuestra Excelencia y de vuestro Ilustrado
Gobierno, tengo el agrado de remitiros, adjunta a la presente, una copia
del Decreto de Gobinete de fecha 7 del corriente, por el cual se deroga la
Constitucin de 1946 y se pone en vigor la Carta Magna promulgada el da
2 de Enero de 1941, con modificaciones.
Es con la mayor complacencia que informo a Vuestra Excelencia que
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reina completo orden dentro de las fronteras del pas, siendo la situacin
de completa calma y bajo el control de las autoridades respectivas
Mi Gobierno, respetuoso de sus deberes y derechos internacionales
continuar, tal como siempre lo ha hecho, reconociendo sus compromisos
internacionales adquiridos.
Hago propicia la ocasin para reiterar a Vuestra Excelencia las segu-
ridades de mi ms alta y distinguida consideracin.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Fdo
.) Carlos N . Brin.
A cada uno de los Jefes de Misin acreditados ante nuestro Gobierno
se le hizo una nota exacta a esta pero no llegaron a enviarse.
DOCUMENTO - C -
COPIA AUTENTICA DEL CABLE CIRCULAR ENVIADO A TODAS
LAS CANCILLERAS DE AMRICA
:
Panam, 10 de Mayo de 1951.
CABLE CIRCULAR.
MINISTRS DERELACIONES EXTERIORES DE
: ARGEN-
TINA, BOLIVIA, BRASIL, COLOMBIA, CUBA, CANAD, CHILE,
ECUADOR, EL SALVADR, ESTADOS UNIDOS, HAIT, GUATE-
MALA, HNDURAS, MXICO, NICARAGUA, PARAGUAY, PER,
REPBLICA DOMINICANA, URUGUAY, VENEZUELA.
EL GOBIERNO DE PANAM EN ATENCIN A LOS CONSI-
DERANDOS DE LA RESOLUCIN CTAVA ADOPTADA EN LA
CUARTA REUNIN DE CANCILLERES AMERICANOS CELEBRA-
DA RECIENTEMENTE EN WASHINGTON HACE UN LLAMADO
AL GBIERNO DE VUENENCIA CONFIAD DE QUE MERECE
R SU RESPALDO EN ESTOS MOMENTS EN QUE EL
COMUNISMO INTERNACIONAL SE AGITA EN FORMA NTORIA Y
EMPLEANDO LOS MTODOS HABILIDSOS QUE LE SON
CONOCIDOS PARA SEMBRAR EL CAOS Y DESASOSIEGO EN
TIERRAS PANAMEAS PONIEND EN PELIGRO LA SEGURIDAD
CONTINENTAL PUNTO ESTIMA MI GOBIERNO QUE ES EL
MOMENTO DE ADOPTAR MEDIDAS DE COOPERACION MTUA
QUEASEGUREN LA DEFENSA COLECTIVA PARA CONTRA-
RRESTAR LA ACCIN SBVERSIVA NO RECONCE FRONTE-
RAS Y EXIJE UN ALTO GRADO DE COOPERACIN INTERNA-
CIONAL ENTRE LAS REPBLICAS DE AMRICA CON MIRAS A
ELIMINAR
. LA AMENAZA QUE HOY EN DA PONE EN PELIGRO
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7/26/2019 Proceso Arias 1
37/48
LA LIBRE FORMA DE VIDA .DE
. LA REPBLICA DE
PUNTO MI GOBIERN TIENE URGENCIA EN CONOCER LA
FRMA EN QUE LA AYUDA DEL GOBIERNO DE VUENENCIA
SE HARA EFECTIVA EN ESTE MOMENTO DE PRUEBA.
Ministro de Relaciones Exteriores.
(Pdo
.) Carlos N
. Brin.
Ampliacin de la Indagatoria del Dr.
Arnulfo Arias M.
En la ciudad de Panam, siendo las once y cuarenta minutos (le la
maana de hoy diez y ocho de mayo de mil novecientos cincuenta y uno,
se traslad al Cuartel Central de Polica ]a Comisin Especial de Acusa-
cin designada por la Asamblea Nacional, el Fiscal y el Secretario de la
misma, con el fin de recibirle ampliacin (le su indagatoria al Doctor Ar-
nulfo Arias Madrid, actualmente detenido en este Cua
tel
. Sin juramento
ni apremio alguno y en completa
. libertad para responder a no a las pre-
guntas que se le hagan y presente el Doctor Arias ante la Comisin,
interrogado de la siguiente manera, por el Presidente de la misma, Honora-
ble Diputado Lorenzo Barraza V
. Preguntado : cuando el declarante
manifest en su indagatoria anterior que el gobierno de Panam haba m-
formado del estado de emergencia existente a todas las naciones americanas,
se estaba refiriendo el declarante especficamente al cable circular enviado
por la Cancillera panamea el 10 de Mayo de 1951 a los Ministros de
Relaciones Exteriores de esas naciones? Contest
: Antes de iniciar mi
indagatoria quiero insistir en que se presenten mis abogados aqu para
asesorarme
; ya he sido suficientemente generoso y abierto deseoso de coo-
perar en sto sin abogados
. Ya han pasado varios das que estoy incomu-
nicado
. Ustedes mismos han dicho que hay que respetar los derechos
humanos y por lo tanto insisto en tener mis abogados presentes
. Honora-
ble Diputado Barran
: Doctor Arias, la vez anterior se le manifest a
usted que en su indagatoria no poda tener abogados que lo vinieran a ase-
sorar, porque en ese caso se perdera todo el mrito de las indagatorias ya
que no se estara indagando a usted, sino indagando a sus abogados y
asesores
. En lo que se refiere a su incomunicacin, precisamente hemos
venido a terminar esta indagatoria para inmediatamente levantarla
. Por
eso esperamos que usted, compenetrado de la importancia que para usted
y para este pas tienen las investigaciones que se estn realizando, se pres-
te a contestar las preguntas que se le hacen, si usted cree que no lo perju-
dican y si cree que le perjudican, no las conteste, amparado en preceptos
constitucionales
. Pero nosotros insistimos en nuestro punto de vista que
no puede traer abogado ni consultar ninguno mientras est rindiendo inda-
gatoria. Doctor Arias
: insisto en la protesta de que necesito abogados
para asesorarme
. El seor Fiscal es abogado y sabe perfectamente que
en la primera indagatoria es perfectamente lgico
; pero que en la segunda
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indagatoria lo lgico y natural es que yo tenga abogado
. Ustedes
son re-
presentantes de la Asamblea Nacional y consulten a sus colegas si tengo
derecho o no
. Honorable Dputado Barraza
: todo est debidamente con-
sultado y le estamos brindando el mximo de garantas constitucionales
no tenemos el menor deseo de atropellarlo y es deseo de la Comisin darle
todas las facilidades que podamos para su defensa
. Doctor Arias
: sin em-
bargo anoche me tapearon las ventanas de mi celda en tal forma que me
entraba muy poco aire y me dejaron sin respiracin toda la noche
. Quin
orden eso? Honorable Barraza
: a usted le es fcil comprender que
nos
otros no damos rdenes en la Polica que se refieran a su regimen interno.
Se hace constar que la Comisin ha tomado debida nota de lo manifestad
por el doctor Arias y que har las averiguaciones pertinentes
. Doctor
Arias
: por deferencia especial a los Honorables Dputados, para aliviar
problema que es lo que ustedes quieren y yo tambin, me abstendr de con-
testar aquellas preguntas que considero que no debo contestar y contestar
aquellas que crea que debo contestar
. Est correcto? Honorable Barraza:
no lo podemos obligar a contestar lo que no desee. En este estado el Doc-
tor Arias di respuesta a la pregunta formulada, as : me estaba refiriendo
especficamente a eso y al hecho de que aqu en la Zona haban preguntada
cmo estaba la situacin aqu durante la refriega, el ataque que hubo en
la Presidencia de la Repblica
. Siendo yo Presidente de la Repblica me
llamaron supongo que sea de la Zona del Canal para informarse en qu
estado estaba la Presidencia y yo tuvo que contestar que estaban atacando
a la Presidencia de la Repblica y que quera que si era posible los
Dplomticos hicieran el servicio de mandar ambulancias para sacar a los
heridos y que se declarara una tregua para que salieran todas las personas
que haban sido heridas, todas las mujeres y cualquiera otra persona que
quisiera salir de la Presidencia
. Preguntado por el Honorable Diputado
Barletta : si en el momento en que se pidi la amb
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