Inscrita en la partida 11396556 del Registro de Personas
Jurídicas de Lima y Callao
Miembro de Ernst & Young Global
Producto 3: Informe Final
Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) – Versión Final
Consultoría para la Comisión Multisectorial de Trabajo del ITIE Perú
13 de diciembre de 2011
Cláusula de Propiedad Intelectual
Todos los estudios, informes, gráficos, programas de computación u otros materiales preparados por el
Consultor para el contratante son de propiedad de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú y del
Swiss Confederation – State Secretariat for Economic Affairs – SECO en virtud de este Contrato. El Consultor
podrá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación.
Ernst & Young Perú Av. Víctor Andrés Belaúnde 171 San Isidro, Lima 27 - Perú Telf: +51 (1) 411 4444 Fax: +51 (1) 411 4445
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Inscrita en la partida 11396556 del Registro de Personas
Jurídicas de Lima y Callao Miembro de Ernst & Young Global
Lima, 13 de Diciembre de 2011
Señor
José Luis Carbajal Briceño
Secretario Técnico de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
Director General de la Oficina General de Gestión Social
Ministerio de Energía y Minas
Estimado Señor Carbajal:
De acuerdo con el Contrato suscrito con la Swiss Confederation – State Secretariat for Economic
Affairs – SECO (en adelante el “Contrato” y la “SECO, respectivamente), firmado con fecha 13 de
julio de 2011, siendo beneficiario del mismo la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
(en adelante “la Comisión ITIE”), y considerando que:
- la fecha de inicio del trabajo fue fijada el 5 de agosto de 2011,
- se estableció que a los cuarenta (40) días calendario posteriores a la validación por parte de
la Comisión ITIE del Producto N° 2: Informe de Avance Intermedio (el cual fue el 2 de
noviembre de 2011), se presentara el Producto 3: Informe Final, y que
- el Producto 3 deberá ser revisado y aprobado por la Comisión en un período no mayor a los
diez (10) días calendario, a partir de la fecha de presentación.
Se adjunta a la presente el Producto 3: Informe Final (tercer Informe), el cual presenta:
- un Resumen Ejecutivo,
- las precisiones metodológicas aplicadas,
- los resultados finales de la conciliación entre los pagos realizados por las compañías
participantes y los ingresos recibidos por el Estado Peruano a través de las instituciones
públicas, y su correspondiente distribución,
- conclusiones y recomendaciones
Asimismo, se ha incluido información de carácter estadística que la Comisión de Trabajo ha
solicitado incluir en el presente Producto. Dicha información está compuesta por:
- Importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno peruano de parte de las
compañías extractivas no adheridas correspondiente al período de 2008 al 2010.
- Montos de los Contratos de servicios de petróleo correspondiente al período de 2008 al
2010.
- Monto del Aporte Minero Voluntario correspondiente al período de 2007 al 2011.
Los estudios, informes, gráficos, archivos de cómputo u otros materiales relacionados y preparados
por Ernst & Young Asesores S. Civil de R.L. (en adelante “el Consultor”) para el SECO, serán de
propiedad de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú y del Swiss Confederation –
State Secretariat for Economic Affairs – SECO en virtud de este Contrato. El Consultor podrá
conservar una copia de dichos documentos y archivos de cómputo relacionados.
Valoramos la oportunidad de trabajar con ustedes y apreciamos sinceramente la cooperación y
asistencia brindada durante la ejecución del presente Estudio. Estaremos complacidos en discutir
con usted u otros miembros de la Comisión, cualquier tema relacionado con nuestros
procedimientos o de este informe que considere conveniente.
Atentamente,
______________________________________________
Ernst & Young Asesores S. Civil de R.L.
Numa Arellano
Socio
c. c. Swiss Confederation – State Secretariat for Economic Affairs – SECO (Sr. Christian Robin)
Contenido
Resumen Ejecutivo 9
I. Objetivo 15
II. Alcance 17
1. Compañías participantes 17
2. Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación
de la ITIE en el Perú 24
2.1. Sector Minero 24
2.2. Sector Hidrocarburos 25
2.3 Participación material de compañías del sector extractivo peruano (minería e
hidrocarburos) 25
3. Pagos realizados por las Compañías participantes 27
4. Representatividad de los pagos realizados por las compañías adheridas al Segundo
Estudio respecto de los totales nacionales por concepto y por subsector 28
1. Identificación de compañías, coordinaciones y tipología de pagos 31
2. Relevamiento y documentación del proceso de pagos, ingresos y
distribución de los pagos efectuados por las compañías 32
3. Obtención, procesamiento y verificación de la información 32
3.1. Obtención de la información 32
3.2. Procesamiento y verificación de la información 33
IV. Marco conceptual de los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación
ITIE 36
IV.1. Impuesto a la Renta 39
1. Aspectos Generales 39
1.1. Concepto 39
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 39
1.3. Participantes 40
1.4 Base de cálculo 40
1.5 Periodicidad 40
1.6 Utilización del canon 41
2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y de
distribución del canon minero 41
2.1 Recaudación 41
2.2 Distribución 42
2.2.1. Área de Influencia 42
2.2.2. Criterios de Distribución 42
2.2.3. Determinación de los índices de distribución: 44
2.2.4. Tipo de cambio 45
2.2.5. Transferencia del canon minero 45
2.3. Esquema del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y
distribución del Canon Minero 46
IV.2. Regalía Minera 47
1. Aspectos Generales 47
1.1 Concepto 47
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 47
1.3. Participantes 47
1.4. Base de cálculo 47
1.5. Periodicidad 48
1.6. Utilización 48
2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de la regalía
minera 48
2.1. Recaudación 48
2.2. Distribución 50
2.2.1 Criterios de distribución 50
2.2.2 Determinación de los índices de distribución 50
2.2.3 Transferencia de la regalía minera 51
2.3. Esquema del proceso de recaudación y distribución de la Regalía
Minera 53
IV.3. Regalía Petrolera 54
1. Aspectos Generales 54
1.1. Concepto 54
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 54
1.3. Participantes 55
1.4. Base de cálculo 55
1.5. Periodicidad 56
1.6. Utilización del canon y sobrecanon 56
2. Procedimiento del proceso de recaudación de la regalía petrolera y
distribución del canon y sobrecanon petrolero 56
2.1. Recaudación 56
2.2. Distribución 57
2.2.1 Área de Influencia 57
2.2.2 Criterios de Distribución 57
2.2.3 Determinación de los índices de distribución 58
2.2.4 Tipo de cambio 59
2.2.5 Transferencia del canon y sobrecanon 59
2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Petrolera y la
distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero 60
IV.4 Regalía Gasífera 61
1. Aspectos Generales 61
1.1. Concepto 61
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 61
1.3. Participantes 61
1.4. Base de cálculo 62
1.5. Periodicidad 62
1.6. Utilización del canon 63
2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y Regalía
Gasífera y distribución del canon gasífero 63
2.1. Recaudación 63
2.2. Distribución 64
2.2.1 Área de influencia 65
2.2.2. Criterios de Distribución 65
2.2.3. Determinación de los índices de distribución 66
2.2.4 Tipo de cambio 66
2.2.5 Transferencia del canon gasífero 67
IV.5 Derecho de Vigencia 69
1. Aspectos Generales 69
1.1. Concepto 69
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 69
1.3. Participantes 70
1.4. Base de Cálculo 70
1.5. Periodicidad 70
1.6. Utilización 70
2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de los Derechos de
Vigencia 70
2.1. Recaudación 70
2.2. Distribución 71
2.2.1 Área de influencia 71
2.2.2 Criterios de Distribución 72
2.2.3 Determinación de los índices de distribución 72
2.2.4 Tipo de cambio 72
2.2.5 Transferencia del derecho de vigencia 73
2.3 Esquema del proceso de recaudación y distribución del Derecho de
Vigencia 74
V. Resumen final de los resultados del Segundo Estudio de conciliación de la recaudación 75
V.1. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación del Impuesto a la Renta 78
V.2. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías Mineras y de
Hidrocarburos 79
V.3. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de los Derechos de Vigencia 80
VI. Detalle de los resultados del Segundo Estudio de Conciliación de la Recaudación 81
VI.1. Impuesto a la Renta 84
VI.2. Regalía Minera 91
VI.3. Regalías de Hidrocarburos 95
VI.4. Derecho de Vigencia 99
VII. Detalle de los resultados finales del Segundo Estudio de Conciliación de la Distribución 106
VII.1. Canon Minero 106
VII.2. Regalía Minera 111
VII.3. Canon y Sobrecanon Petrolero 116
VII.4. Canon Gasífero 133
VII.4.1 Canon Gasífero – Regalía Gasífera 133
VII.4.2. Canon Gasífero – Impuesto a la Renta 139
VII.4.3 Distribución Canon Gasífero – Impuesto a la Renta 140
VII.5. Derecho de Vigencia 142
VIII. Conclusiones y recomendaciones finales sobre el Segundo Estudio de Conciliación
Nacional de la ITIE Perú 155
VIII.1 Conclusiones 155
VIII.1.2 Conclusiones del estudio de conciliación de los ingresos recaudados por los
organismos del Estado y los importes distribuidos a nivel central, regional y
local 156
VIII.1.3 Conclusiones del estudio de conciliación respecto a la participación de las
compañías adheridas al Estudio 156
VIII.1.4 Conclusiones del estudio de conciliación respecto de los niveles de
materialidad propuestos en los Términos de Referencia del Segundo Estudio
de Conciliación Nacional del ITIE Perú 157
VIII.2 Recomendaciones 157
VIII.2.1 Recomendaciones para mejorar el proceso de conciliación 157
VIII.2.2 Recomendaciones para los próximos estudios de conciliación de acuerdo
con las normas ITIE recomendados 158
IX. Información de carácter informativa propuesta por la Comisión de Trabajo del ITIE en el
Perú 159
IX.1 Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP) 160
IX.2 Contrato de Servicios Petroleros 171
X. Anexos 172
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 9
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010)
Resumen Ejecutivo
El objetivo del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la ITIE en el Perú (en adelante el “Estudio”) fue
efectuar una revisión y análisis independiente entre los pagos que realizaron algunas compañías mineras,
petroleras y gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el territorio nacional,
al Gobierno peruano, y los ingresos que recibieron de estas industrias extractivas diversos organismos del
Gobierno peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local, durante el período 2008 - 2010,
como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias que aplican en la normatividad
vigente del país.
En tal sentido, la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú (en adelante la “Comisión de Trabajo “ o
“la Comisión”), determinó que: 1) los resultados del Estudio deben reflejar el valor de los pagos, efectuados por
las compañías extractivas adheridas a la iniciativa, por los conceptos de impuesto a la renta, regalías y derecho
de vigencia, que corresponden a la materialidad que sustenta este segundo Estudio, al igual que en el caso del
primer Estudio de la ITIE, efectuado en 2009; 2) los resultados de este Estudio deben reflejar la participación
de las compañías de los siguientes subsectores que:
(a) Representen una proporción no menor al 75% del valor anual de la producción nacional minera
valorizada.
(b) Representen una proporción no menor al 85% del valor anual de la producción nacional de
hidrocarburos valorizada.
Con referencia a las empresas extractivas no adheridas a esta iniciativa, los resultados del Segundo Estudio
Nacional de Conciliación reflejan:
(a) El importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno de parte de las compañías extractivas no
adheridas, por los siguientes conceptos tributarios y no tributarios deducidos del importe total
recaudado del correspondiente ejercicio fiscal por las entidades recaudadoras:
- Impuesto a la Renta determinado por el Contribuyente (de las Declaraciones Juradas presentadas
anualmente durante el período 2008 – 2010, por lo subsectores Minería e Hidrocarburos).
- Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería y petróleo).
- Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (sólo para el subsector minería).
(b) El número de compañías, por subsector, cuyo valor de producción supere el promedio del:
- 2% con respecto al total del valor de la producción nacional en minería.
- 2% con respecto al total del valor de la producción nacional de hidrocarburos líquidos.
- 1% con respecto al total del valor de la producción nacional de gas natural.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 10
El alcance de la asistencia del Consultor se limita a la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación Nacional
de la ITIE Perú de 51 compañías adheridas voluntariamente.
Respecto del alcance del Estudio, la Comisión, ha establecido los Términos de Referencia que forman parte del
contrato suscrito con SECO, en el cual se establecen los procedimientos para llevar a cabo el Segundo Estudio.
En este sentido, la Comisión es la única responsable de determinar la suficiencia de los procedimientos a llevar
a cabo para sus propósitos y por la suficiencia de la documentación y pruebas para los propósitos del Segundo
Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú.
Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE en el Perú.
Sector Minero
La producción minera valorizada de las compañías adheridas al presente Estudio y el porcentaje que
representan sobre la producción nacional se indica a continuación:
a. En el año 2008, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 86.94%,
que equivale a US$ 18,571,667,437.25 del valor de la producción total (US$ 21,360,787,878.68).
b. En el año 2009, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 84.41%,
que equivale a US$ 15,330,224,405.13 del valor de la producción total (US$ 18,161,827,319.09).
c. En el año 2010, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 83.42%
que equivale a US$ 19,531,240,178.23 del valor de la producción total (US$ 23,412,898,359.70).
FUENTE: Estadística Mensual – Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera
ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social – Ministerio de Energía y Minas METALES: Cobre, Plata, Plomo, Zinc, Oro, Estaño, Molibdeno
Sector Hidrocarburos
La producción de hidrocarburos de las compañías adheridas al presente Estudio y el porcentaje que
representan sobre la producción nacional se indica a continuación:
a. En el año 2008, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas
al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 88.06% que equivale a US$ 4,816,484,594.53
del valor de la producción total (US$ 5,469,782,912.62).
b. En el año 2009, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas
al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 89.73% que equivale a US$ 3,377,548,732.00
del valor de la producción total (US$ 3,764,019,398.81).
c. En el año 2010, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas
al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 90.33% que equivale a US$ 5,137,416,902.55
del valor de la producción total (US$ 5,687,106,187.72).
FUENTE: Estadística Mensual – Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social – Ministerio de Energía y Minas
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 11
Participación de Compañías en el Segundo Estudio
En este Segundo Estudio, han participado 51 compañías (33 del sector minero y 18 del sector de
hidrocarburos) en comparación con las 33 compañías participantes del Primer Estudio (24 del sector minero y
9 del sector de hidrocarburos), lo cual representa un incremento global del 54.5% (37.5% del sector minero y
100% del sector de hidrocarburos).
Asimismo, han participado del proceso de conciliación seis (6) instituciones públicas en las fases de
recaudación y distribución:
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (en adelante SUNAT)
Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante MEF)
Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (en adelante INGEMMET)
Ministerio de Energía y Minas (en adelante MEM)
Presidencia del Consejo de Ministros (en adelante PCM)
Perupetro
Los pagos realizados al Estado Peruano por las compañías extractivas, involucrados en el presente Estudio
fueron:
Impuesto a la Renta
Regalías Mineras
Regalías de Hidrocarburos
Derechos de Vigencia
Ernst & Young en su condición de conciliador realizó las siguientes tareas:
Relevamiento y documentación del proceso de pagos, recepción de ingresos y distribución de los pagos
efectuados por las compañías extractivas a los distintos estamentos del Estado, con el objetivo de incluir
información conceptual sobre este proceso. En este sentido, por tipo de pago conciliado, se desarrollo un
marco conceptual que sintetiza los conceptos, base legal, participantes, base de cálculo, periodicidad,
utilización de los recursos distribuidos, proceso de recaudación y distribución de los conceptos incluidos en
este Estudio.
Conciliación de los pagos realizados por las compañías adheridas al Estudio, al Estado Peruano por
concepto de Impuesto a la Renta, Regalías Mineras, Regalías de Hidrocarburos y Derechos de Vigencia con
lo declarado como recaudado por las instituciones públicas por dichos conceptos. Para esto, se solicitó
información a las compañías e instituciones mediante formatos pre-diseñados, se tabuló dicha información
y se determinaron las diferencias. De existir divergencias, se procedió a la reconfirmación de los saldos
conciliados a fin de poder esclarecer las diferencias encontradas originalmente.
Conciliación entre los ingresos recaudados por los conceptos descritos anteriormente y los importes
distribuidos por las instituciones públicas correspondientes: MEF y PCM, para el caso de Impuesto a la
Renta y Regalías Mineras; Perupetro y PCM, para el caso de Regalías de Hidrocarburos y Gasíferas; e
INGEMMET para el caso de Derecho de Vigencia.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 12
Determinación de Recomendaciones y Conclusiones referido a los resultados del Estudio.
La conciliación para todos los casos, excepto para el Impuesto a la Renta, se ha realizado sobre montos
declarados y pagados por las compañías. Para el caso del Impuesto a Renta se ha procedido a conciliar los
montos declarados anualmente a la SUNAT por dos razones:
El pago del Impuesto a la Renta no se da de una sola manera como en el caso de los demás conceptos.
Para este fin, las compañías realizan pagos a cuenta mensuales, regularizaciones anuales del impuesto a la
renta, aplicación de créditos, entre otros; por lo que resulta más eficiente realizar la revisión por el monto
declarado (el cual finalmente resulta siendo también el monto pagado a lo largo del tiempo).
La distribución del Impuesto a la Renta como Canon Minero, se realiza sobre la base de los montos
declarados anualmente por las Compañías a la SUNAT vía la Declaración Jurada Anual.
El alcance de nuestro trabajo se limitó a los puntos indicados en los párrafos anteriores.
Conclusiones del Estudio de Conciliación de los pagos que han realizado al Estado Peruano las compañías
adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de estas compañías los organismos del Estado
Los resultados finales de la conciliación de los pagos que han realizado al Estado Peruano las compañías
adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de éstas compañías los organismos del Estado se
muestran a continuación:
Para el caso de la conciliación de Impuesto a la Renta, no hemos encontrado diferencias entre los pagos
efectuados por las compañías adheridas y los ingresos que han recibido las instituciones del Estado.
Para el caso de las Regalías Mineras, hemos identificado una diferencia de S/. 110,764 de un total de S/.
1,249,024,351 (para el período 2008 - 2010), lo cual representa un 0.009% del total conciliado de
Regalías Mineras En comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/.31,704,457,467),
dicha diferencia representa menos del 0.001%
Para el caso de las Regalías de Hidrocarburos, hemos identificado una diferencia de US$ 14,558 de un
total de US$ 2,824,038,049 (para el período 2008 - 2010), lo cual representa un 0.001%.del total
conciliado). En comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/. 31,704,457,467), dicha
diferencia representa menos del 0.001%
Para el caso de los Derechos de Vigencia, hemos identificado una diferencia de US$ 942,359 de un total
de US$ 23,924,029 (para el período 2008 - 2010), lo cual representa un 3.939% del total conciliado En
comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/.31,704,457,467 ), dicha diferencia
representa menos del 0.009%. Estas diferencias corresponden principalmente a reportes de pagos de
denuncios mineros por parte de las compañías que no registran titularidad de las mismas; asimismo,
identificamos denuncios mineros de titularidad de las compañías adheridas al Estudio cuyos derechos de
vigencia habrían sido pagados por terceros; por otra parte, las diferencias también corresponden a la
utilización de tipos de cambio promedio para la conversión de las cifras reportadas en Nuevos Soles para
efectos de la conciliación.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 13
Conclusiones del Estudio de Conciliación de los ingresos recaudados por los organismos del Estado y los
importes distribuidos a nivel central, regional y local
Debido a que la información oficial de la distribución del canon minero, petrolero y gasífero, sobrecanon
petrolero y de las regalías mineras es preparada por los organismos del Estado de manera agregada y no
detallando los importes a distribuir por los pagos realizados por la compañía aportante y debido a que las 51
compañías adheridas al Estudio, no representan el 100% de la producción nacional de los recursos que extraen,
se realizaron recálculos de las cifras distribuidas por compañía y se consideró como razonable que los
resultados de dichos recálculos debieran ser menores o iguales (según sea el caso), a las cifras oficiales
reportadas por las instituciones públicas correspondientes (PCM e INGEMMET).
De esta revisión se obtuvo que para el caso de Canon Minero, Regalías Mineras, Canon y Sobrecanon Petrolero
y Canon Gasífero, los resultados de los recálculos fueron menores o iguales que las cifras reportadas por PCM,
guardando coherencia con la metodología planteada en el párrafo anterior.
Por otra parte, respecto a la conciliación de los Derechos de Vigencia recaudados por INGEMMET y los importes
distribuidos por este mismo organismo a nivel central, regional y local, se determinó que el monto distribuido
por INGEMMET, en la mayor parte de los casos, representa el 75% de los importes recaudados según lo indica
su normatividad. La distribución no necesitó recalcularse ya que dicha información fue presentada por
INGEMMET para las compañías adheridas al Estudio.
Conclusiones del Estudio de Conciliación respecto a la participación de las compañías adheridas al Estudio
Se ha obtenido en este Segundo Estudio de Conciliación la participación de 51 compañías del sector extractivo
peruano (18 compañías del subsector hidrocarburífero y 33 compañías del sector minero). Esto representa un
incremento del 54.5% respecto al Primer Estudio realizado en 2009.
Conclusiones del Estudio de Conciliación respecto de los niveles de materialidad propuestos en los Términos
de Referencia del Segundo Estudio de Conciliación Nacional del ITIE Perú
En el presente Estudio, se puede observar que se han alcanzado los niveles de materialidad respecto de los
volúmenes de producción nacional por subsector propuestos en los Términos de Referencia, vale decir, mayor
al 75% en el caso del subsector minero ( 86.94% en 2008, 84.41% en 2009 y 83.42% en 2010) y al 85% en
el caso del sector hidrocarburífero (88.06% en 2008, 89.73 en 2009 y 90.33% en 2010). Asimismo, se ha
logrado la participación de la totalidad de las compañías cuya producción superara el 2% de participación en los
volúmenes de producción nacional (para el caso del subsector minero y petrolero) y 1% (para el caso del
subsector gasífero).
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Recomendaciones
Las recomendaciones que se presentan en este informe están orientadas a mejorar el desempeño de futuros
Estudios de Conciliación, entre las cuales podemos destacar las siguientes:
Que INGEMMET considere implementar un control de seguimiento y cruce de información con la Dirección
General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, respecto de la titularidad de los denuncios mineros
(para el caso de la gestión de los derechos de vigencia).
Con el fin de uniformizar la información requerida, que la Comisión de Trabajo comprometa en futuros
estudios a las instituciones públicas a la utilización de las herramientas proporcionadas por el Conciliador
para poder realizar una conciliación de manera más eficiente.
Que la Comisión de Trabajo difunda y canalice de mejor manera la información al siguiente personal clave
dentro de las compañías a fin de que brinden apropiadamente la información requerida para efectos del
Estudio de conciliación:
- Gerente Legal o de Asuntos Regulatorios
- Gerente Financiero
- Contador General
- Jefe de Impuestos
Que la Comisión promueva la exposición de manera detallada (desagregada) por compañía, de las cifras
correspondientes a los pagos realizados por los conceptos relacionados con el objeto del Estudio.
Considerar en adición a los montos valorizados, los volúmenes de los recursos que los generan en futuros
Estudios de Conciliación, a fin de cubrir mejor los requerimientos de la iniciativa del ITIE y que estén
alineados con las prácticas ITIE en países que ya son miembros de la Iniciativa.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Producto 3: Informe Final
I. Objetivo
El objetivo del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE en el Perú (en adelante el “Estudio”)
fue efectuar una revisión y análisis independiente entre los pagos que realizaron algunas compañías
mineras, petroleras y gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el
territorio nacional, al Gobierno Peruano, y los ingresos que recibieron de estas industrias extractivas
diversos organismos del Gobierno Peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local,
durante el período 2008 - 2010, como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no
tributarias que aplican en la normatividad vigente del país.
Asimismo, como parte del Estudio, se presenta la información conceptual sobre el proceso de
generación de los pagos y recepción de los ingresos, provenientes de las industrias extractivas, así como
del proceso que involucra la distribución de las rentas hacia los distintos estamentos del Gobierno y la
ejecución de las mismas (precisiones conceptuales sobre el proceso de determinación del impuesto a la
renta, modalidades y mecanismos de pago, factor de temporalidad entre los pagos efectuados por las
compañías y las transferencias realizadas a los diferentes niveles de gobierno, etc.).
En tal sentido, la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú (en adelante la “Comisión de
Trabajo “ o “la Comisión”), determinó que: 1) los resultados del Estudio deben reflejar el valor de los
pagos, efectuados por las compañías extractivas adheridas a la iniciativa, por los conceptos de impuesto
a la renta, regalías y derecho de vigencia, que corresponden a la materialidad que sustenta este
segundo Estudio, al igual que en el caso del primer Estudio de la ITIE, efectuado en 2009; 2) los
resultados de este Estudio deben reflejar la participación de las compañías de los siguientes subsectores
que:
(a) Representen una proporción no menor al 75% del valor anual de la producción nacional minera
valorizada.
(b) Representen una proporción no menor al 85% del valor anual de la producción nacional de
hidrocarburos valorizada.
En este sentido, y de acuerdo con los objetivos específicos establecidos, el Segundo Estudio Nacional de
Conciliación ha tenido por objeto reflejar la proporción de la participación material de las compañías
extractivas, adheridas a la ITIE Perú, en la generación de recursos que son canalizados por el gobierno
central (vía ingresos tributarios y no tributarios provenientes de los sub sectores minería e
hidrocarburos), y luego distribuidos hacia los gobiernos regionales y locales.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 16
Por otro lado, con referencia a las compañías extractivas no adheridas a esta iniciativa, los resultados
del Segundo Estudio Nacional de Conciliación reflejan:
(a) El importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno peruano de parte de las
compañías extractivas no adheridas, por los siguientes conceptos tributarios y no tributarios
deducido del importe total recaudado en el ejercicio fiscal por las entidades recaudadoras, según
el concepto de ingreso involucrado:
- Impuesto a la Renta determinado por el Contribuyente (de las Declaraciones Juradas
presentadas anualmente durante el período 2008 – 2010, por lo subsectores minería e
hidrocarburos.
- Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería e
hidrocarburos).
- Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (sólo para el subsector
minería).
(b) El número de compañías, por subsector, cuyo valor de producción supere el promedio del:
- 2% con respecto al total del valor de la producción nacional en minería.
- 2% con respecto al total del valor de la producción nacional de hidrocarburos líquidos.
- 1% con respecto al total del valor de la producción nacional de gas natural.
Para los efectos de disponibilidad de información, la misma fue facilitada por el órgano gubernamental
competente según el concepto involucrado.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, el objetivo del presente Informe Final es, presentar a la
Comisión, los resultados finales del Segundo Estudio de la ITIE en el Perú al 13 de diciembre de 2011.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 17
II. Alcance
1. Compañías participantes
El alcance de la asistencia del Consultor se limita a la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación
Nacional de la ITIE Perú de 51 compañías adheridas voluntariamente, y que son las siguientes:
N° Compañía Participación (*) Actividad
Sector Hidrocarburos
1 Ecopetrol del Perú S.A. Agregado Exploración
2 Graña y Montero Petrolera S.A. Agregado Explotación
3 Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú Agregado Explotación
4 Interoil Perú S.A. Desagregado Explotación
5 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. Agregado Explotación
6 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú Desagregado Explotación
7 Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú Agregado Exploración
8 Perenco Perú Limited Sucursal del Perú Agregado Exploración
9 Petrobras Energía Perú S.A. Desagregado Explotación
10 Pluspetrol Lote 56 S.A Agregado Explotación
11 Pluspetrol Camisea S.A Agregado Explotación
12 Pluspetrol Norte S.A Agregado Explotación
13 Pluspetrol Perú Corporation S.A Agregado Explotación
14 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú Desagregado Explotación
15 Savia Perú S.A. Agregado Explotación
16 SK Innovation Sucursal Peruana Agregado Explotación
17 Sonatrach Perú Corporation S.A.C Desagregado Explotación
18 Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú Agregado Exploración
Sector Minería
1 Anglo American Exploration Perú S.A. Desagregado Exploración
2 Anglo American Michiquillay S.A. Desagregado Exploración
3 Anglo American Perú S.A. Desagregado Exploración
4 Anglo American Quellaveco S.A. Desagregado Exploración
5 Castrovirreyna Compañía Minera S.A. Agregado Explotación
6 Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. Agregado Explotación
7 Compañía Argentum S.A. Agregado Explotación
8 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A Desagregado Explotación
9 Compañía Minera Antamina S.A. Desagregado Explotación
10 Compañía Minera Ares S.A.C Agregado Explotación
11 Compañía Minera Atacocha S.A.A Desagregado Explotación
12 Compañía Minera Condestable S.A Agregado Explotación
13 Compañía Minera Milpo S.A.A. Desagregado Explotación
14 Compañía Minera Poderosa S.A. Desagregado Explotación
15 Compañía Minera Raura S.A Agregado Explotación
16 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. Desagregado Explotación
17 Consorcio Minero Horizonte S.A. Desagregado Explotación
18 Empresa Minera Los Quenuales S.A. Desagregado Explotación
19 Gold Fields La Cima S.A.A. Agregado Explotación
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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N° Compañía Participación (*) Actividad
20 Lumina Copper S.A.C. Agregado Exploración
21 Minera Barrick Misquichilca S.A. Desagregado Explotación
22 Minera Bateas S.A.C. Agregado Explotación
23 Minera Pampa de Cobre S.A Desagregado Explotación
24 Minera Suyamarca S.A.C Agregado Explotación
25 Minera Yanacocha S.R.L. Desagregado Explotación
26 Minsur S.A. Desagregado Explotación
27 Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca Agregado Explotación
28 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. Desagregado Exploración
29 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. Desagregado Explotación
30 Sociedad Minera El Brocal S.A.A. Agregado Explotación
31 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú Desagregado Explotación
32 Volcan Compañía Minera S.A.A. Agregado Explotación
33 Xstrata Tintaya S.A. Desagregado Explotación
(*) Participación agregada: Corresponde a la voluntad de ciertas compañías para presentar información dentro
de este Estudio sin detallar su nombre dentro de la información conciliable, y agrupadas en una línea que
consolide dichos montos.
(*) Participación desagregada: Corresponde a la voluntad de ciertas compañías de presentar información dentro
de este Estudio mostrando su nombre dentro de la información conciliable, de manera individual.
Respecto del alcance del Estudio, la Comisión, estableció los Términos de Referencia que forman parte
del contrato suscrito con SECO, en el cual se establecieron los procedimientos para llevar a cabo el
Segundo Estudio. En este sentido, la Comisión ITIE es la única responsable por la suficiencia de los
procedimientos a llevar a cabo para sus propósitos y por la suficiencia de la documentación y pruebas
para los propósitos del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú. Consecuentemente, el
nosotros no emitimos una declaración respecto de la suficiencia de los procedimientos para los
propósitos para los cuales esta asistencia fue solicitada o para ningún otro propósito.
Asimismo, la Gerencia de las Compañías, son las únicas obligadas y responsables de: (a) establecer y
mantener controles internos efectivos para el monitoreo de sus pagos realizados al Estado Peruano, que
son materia de este Estudio, durante el período de revisión; (b) la suficiencia de su documentación de
control interno y del mantenimiento del mismo; e (c) identificar las leyes y los reglamentos aplicables y
buscar el cumplimiento de los mismos.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 19
Es importante destacar el incremento de la participación de las compañías adheridas al Segundo Estudio
con respecto al Primer Estudio, ejecutado para analizar el período 2004 – 2007. A fin de poder
visualizar este incremento de una manera gráfica, presentamos a continuación el detalle de estas
variaciones:
33
51
0
10
20
30
40
50
60
Primer Estudio (2004-2007)
Segundo Estudio (2008-2010)
Compañias participantes en el Estudio de Conciliación del ITIE
54.5%
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Participantes Subsector Hidrocarburos Primer Estudio (2004-2007) Segundo Estudio (2008-2010)
Nuevas compañías participantes
No. Compañía
10 Ecopetrol del Perú S.A.
11 Graña y Montero Petrolera S.A.
12 Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú
13 SK Innovation Sucursal Peruana
14 Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú
15 Savia Perú S.A.
16 Pluspetrol Lote 56 S.A
17 Interoil Perú S.A.
18 Sonatrach Perú Corporation S.A.C
No. Compañía
1 Hunt Oil Company of Perú L.L.C.
2 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
3 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú
4 Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú
5 Petrobras Energía Perú S.A.
6 Pluspetrol Norte S.A.
7 Pluspetrol Perú Corporation S.A.
8 Pluspetrol Camisea S.A.
9 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú
No. Compañía
1 Hunt Oil Company of Perú L.L.C
2 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
3 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú
4 Perenco Perú Limited Sucursal del Perú
5 Petrobras Energía Perú S.A.
6 Pluspetrol Norte S.A
7 Pluspetrol Perú Corporation S.A
8 Pluspetrol Camisea S.A
9 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú
9 9
9
0
2
4
6
8
10
12
14
16
18
20
Primer Estudio (2004-2007)
Segundo Estudio (2008-2010)
Compañías del subsector hidrocarburos participantes en el Segundo Estudio de Conciliación
del ITIE Perú
100%
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Participantes Subsector Minería
Primer Estudio (2004-2007) (*) Segundo Estudio (2008-2010)
No. Compañía
1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A
2 Compañía Minera Antamina S.A.
3 Compañía Minera Argentum S.A.
4 Compañía Minera Milpo S.A.A.
5 Compañía Minera Raura S.A
6 Empresa Minera Los Quenuales S.A.
7 Minera Bateas S.A.C.
8 Minera Pampa de Cobre S.A.
9 Minera Yanacocha S.R.L.
10 Minsur S.A.
11 Pan American Silver S.A.C. - Mina Quiruvilca
12 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.
13 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
14 Xstrata Tintaya S.A.
15 Minera Barrick Misquichilca S.A.
16 Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
17 Anglo American Michiquillay S.A.
18 Anglo American Quellaveco S.A.
19 Anglo American Exploration Perú S.A.
20 Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.
Nuevas compañías participantes (*) Adicionalmente existieron 4 compañías en el Primer Estudio que no participan del Segundo Estudio. Es decir, en total, 24 compañías mineras.
No. Compañía
1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A
2 Compañía Minera Antamina S.A.
3 Compañía Minera Argentum S.A.
4 Compañía Minera Milpo S.A.A.
5 Compañía Minera Raura S.A
6 Empresa Minera Los Quenuales S.A.
7 Minera Bateas S.A.C.
8 Minera Pampa de Cobre S.A.
9 Minera Yanacocha S.R.L.
10 Minsur S.A.
11 Pan American Silver S.A.C. - Mina Quiruvilca
12 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.
13 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
14 Xstrata Tintaya S.A.
15 Minera Barrick Misquichilca S.A.
16 Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
17 Anglo American Michiquillay S.A.
18 Anglo American Quellaveco S.A.
19 Anglo American Exploration Perú S.A.
20 Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.
No. Compañía
21 Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
22 Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
23 Compañía Minera Ares S.A.C
24 Compañía Minera Condestable S.A
25 Gold Fields La Cima S.A.A.
26 Lumina Copper S.A.C.
27 Minera Suyamarca S.A.C
28 Anglo American Perú S.A.
29 Compañía Minera Atacocha S.A.A
30 Compañía Minera Poderosa S.A.
31 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A.
32 Consorcio Minero Horizonte S.A.
33 Volcan Compañía Minera S.A.A.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 22
24
33
0
5
10
15
20
25
30
35
Primer Estudio (2004-2007)
Segundo Estudio (2008-2010)
Compañias mineras participantes en el Estudio de Conciliación ITIE
37.5%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 23
Subsector Hidrocarburos
Subsector Minería
Según la clasificación de Agregadas y No Agregadas
Primer Estudio
Segundo Estudio
Incremento (%)
Primer Estudio
Segundo Estudio
Incremento (%)
Compañías Agregadas
2 13
Compañías Agregadas
6 13
Compañías Desagregadas
7 5
Compañías Desagregadas
18 20
Total
9
18
100%
Total
24
33
37.5%
Subsector Hidrocarburos Subsector Minería
Según la clasificación de Exploración y Explotación
Primer Estudio
Segundo Estudio
Incremento (%)
Primer Estudio
Segundo Estudio
Incremento (%)
Exploración
1
3
Exploración
5
6
Explotación
8
15
Explotación
19
27
Total 9 18 100% Total 24 33 37.5%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 24
2. Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE en el
Perú
Sobre la base de lo expresado en los Términos de Referencia del presente Estudio, a continuación se
presenta el porcentaje de participación que tienen las compañías adheridas al Segundo Estudio en la
producción peruana minera y de hidrocarburos durante el período 2008 a 2010:
Participación de las compañías adheridas al Segundo Estudio
Sector
Año Año Año
2008 2009 2010
Minería 86.94% 84.41% 83.42%
Hidrocarburos 88.06% 89.73% 90.33%
Fuente: Oficina General de Gestión Social – Ministerio de Energía y Minas.
A continuación se presenta la producción valorizada del sector minero y de hidrocarburos a nivel
nacional:
2.1. Sector Minero
METAL 2008 2009 2010
COBRE 8,661,303,527.44 6,454,782,084.41 9,215,329,610.41
PLATA 1,460,037,519.79 1,487,411,707.67 1,883,303,973.58
PLOMO 532,375,842.66 355,940,309.28 377,832,697.08
ZINC 2,406,587,433.91 2,034,172,164.17 2,555,420,046.63
ORO 3,726,795,276.79 4,202,969,160.57 4,289,524,923.05
ESTAÑO 733,478,609.87 516,845,083.47 701,899,333.91
MOLIBDENO 1,051,089,226.79 278,103,895.56 507,929,593.57
TOTAL US $ 18,571,667,437.25 15,330,224,405.13 19,531,240,178.23
Valor de la producción total US $
21,360,787,878.68 18,161,827,319.09 23,412,898,359.70
Participación % de las empresas adheridas al
ITIE Perú 86.94% 84.41% 83.42%
FUENTE: Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera /Estadística Minera
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 25
2.2. Sector Hidrocarburos
Detalle
Valor de la Producción 2008 - US$
Hidrocarburos Líquidos
Gas Natural Total Hidrocarburos
Producción valorizada compañías adheridas (C) 3,948,945,057.56 867,539,536.97 4,816,484,594.53
Producción valorizada compañías no adheridas (D) 425,641,784.52 227,656,533.57 653,298,318.09
Total Producción Valorizada (E) 4,374,586,842.08 1,095,196,070.54 5,469,782,912.62
% Participación Total Adheridas (C/E) 88.06%
% Participación Total No adheridas (D/E) 11.94%
Detalle
Valor de la Producción 2009 - US$
Hidrocarburos Líquidos
Gas Natural Total Hidrocarburos
Producción valorizada compañías adheridas (C) 2,973,307,427.37 404,241,304.63 3,377,548,732.00
Producción valorizada compañías no adheridas (D) 292,627,227.15 93,843,439.66 386,470,666.81
Total Producción Valorizada (E) 3,265,934,654.52 498,084,744.29 3,764,019,398.81
% Participación Total Adheridas (C/E) 89.73%
% Participación Total No adheridas (D/E) 10.27%
Detalle
Valor de la Producción 2010 - US$
Hidrocarburos Líquidos
Gas Natural Total Hidrocarburos
Producción valorizada compañías adheridas (C) 4,106,241,706.98 1,031,175,195.57 5,137,416,902.55
Producción valorizada compañías no adheridas (D) 440,847,314.94 108,841,970.23 549,689,285.17
Total Producción Valorizada (E) 4,547,089,021.92 1,140,017,165.80 5,687,106,187.72
% Participación Total Adheridas (C/E) 90.33%
% Participación Total No adheridas (D/E) 9.67%
FUENTE: Estadística Mensual – Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera
ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social – Ministerio de Energía y Minas
2.3 Participación material de compañías del sector extractivo peruano (minería e hidrocarburos)
A continuación se detalla la representatividad de las compañías mineras y de hidrocarburos que
sobrepasan el 2% (para las compañías mineras y petroleras) y el 1% (para las compañías gasíferas) del
total del valor de producción del sector extractivo (minería e hidrocarburos):
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 26
Año 2008
Compañía Valor de Producción
(US$) % Participación
Producción Segundo Estudio
Compañías Mineras
Compañía Minera Antamina S.A. 3,840,055,003 14.31% Adherida
Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
3,104,885,393 11.57% Adherida
Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 2,385,746,462 8.89% Adherida
Minera Yanacocha S.R.L. 1,633,411,198 6.09% Adherida
Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,400,799,950 5.22% Adherida
Volcan Compañía Minera S.A.A. 1,008,188,793 3.76% Adherida
Xstrata Tintaya S.A. 828,673,908 3.09% Adherida
Minsur S. A. 749,713,001 2.79% Adherida
Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 575,190,388 2.14% Adherida
Empresa Minera Los Quenuales S.A. 543,134,886 2.02% Adherida
Compañías de Hidrocarburos Líquidos
Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 1,374,313,717 5.12% Adherida
Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 1,382,737,110 5.15% Adherida
Compañías Gasíferas
Pluspetrol Perú Corporation 764,922,929 2.85% Adherida
Subtotal 19,591,772,737 73.02%
Total de compañías con % menor a los requeridos
7,238,798,054 26.98%
Totales 26,830,570,792 100.00%
Año 2009
Compañía Valor de Producción
(US$) % Participación
Producción Segundo Estudio
Compañías Mineras
Compañía Minera Antamina S.A. 2,948,974,390 13.45% Adherida
Minera Yanacocha S.R.L. 2,051,721,819 9.36% Adherida
Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
1,921,862,326 8.77% Adherida
Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 1,632,397,842 7.45% Adherida
Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,269,227,275 5.79% Adherida
Volcan Compañía Minera S.A.A. 812,361,440 3.71% Adherida
Xstrata Tintaya S.A. 610,771,451 2.79% Adherida
Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 577,508,627 2.63% Adherida
Minsur S. A. 519,172,362 2.37% Adherida
Compañías de Hidrocarburos Líquidos
Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 1,514,393,194 6.91% Adherida
Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 674,829,374 3.08% Adherida
Petrobras Energía Perú S.A. 515,491,703 2.35% Adherida
Compañías Gasíferas
Pluspetrol Perú Corporation 364,387,648 1.66% Adherida
Subtotal 15,413,099,451 70.30%
Total de compañías con % menor a los requeridos
6,512,747,267 29.70%
Totales 21,925,846,718 100.00%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 27
Año 2010
Compañía Valor de Producción
(US$) % Participación
Producción Segundo Estudio
Compañías Mineras
Compañía Minera Antamina S.A. 3,847,516,056 13.22% Adherida
Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
2,656,021,457 9.13% Adherida
Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 2,494,646,921 8.57% Adherida
Minera Yanacocha S.R.L. 1,837,331,333 6.31% Adherida
Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,252,696,811 4.30% Adherida
Volcan Compañía Minera S.A.A. 1,002,763,739 3.45% Adherida
Xstrata Tintaya S.A. 766,111,177 2.63% Adherida
Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 762,381,797 2.62% Adherida
Minsur S. A. 701,899,334 2.41% Adherida
Compañía Minera Milpo S.A.A. 617,755,928 2.12% Adherida
Compañías de Hidrocarburos Líquidos
Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 2,203,650,847 7.57% Adherida
Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 881,402,242 3.03% Adherida
Compañías Gasíferas
Pluspetrol Perú Corporation 984,534,946 3.38% Adherida
Subtotal 20,008,712,588 68.76%
Total de compañías con % menor a los requeridos
9,091,291,959 31.24%
Totales 29,100,004,547 100.00%
FUENTE: Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera /Estadística Minera
3. Pagos realizados por las Compañías participantes
El Segundo Estudio de Conciliación ITIE – Perú presenta los siguientes tipos de pagos que han realizado
al Estado Peruano las compañías mineras, petroleras y gasíferas adheridas al Segundo Estudio:
- Impuesto a la Renta determinado por las compañías adheridas (Declaraciones Juradas
presentadas anualmente durante el período 2008 – 2010 y las Declaraciones Juradas
Sustitutorias y/o Rectificatorias presentadas por las compañías a la SUNAT).
- Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería e hidrocarburos).
- Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (solo para el subsector minería).
El Estudio ha tomado en cuenta la información respecto a los convenios de estabilidad jurídica y/o
tributaria que pudieran tener las compañías mineras y contratos de licencia y/o servicios de las
compañías del subsector de hidrocarburos participantes del Segundo Estudio.
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
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4. Representatividad de los pagos realizados por las compañías adheridas al Segundo Estudio respecto
de los totales nacionales por concepto y por subsector
De acuerdo con lo solicitado en los Términos de Referencia del presente Estudio, a continuación se
presenta el nivel de representatividad de los pagos efectuados por las compañías adheridas al Segundo
Estudio por conceptos de Impuesto a la Renta, regalías mineras e hidrocarburos y Derechos de Vigencia,
respecto del total nacional recaudado por subsector, de acuerdo con la información proporcionado por
las instituciones públicas que administran dichos conceptos:
4.1 Impuesto a la Renta – Subsector Minero
Concepto 2008
(En miles de S/.) 2009
(En miles de S/.) 2010
(En miles de S/.)
Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE (1)
6,449,658 90% 5,837,917 91% 7,460,190 85%
Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE
680,165 10% 599,828 9% 1,309,388 15%
Total Nacional recaudado según Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT:
7,129,823 100% 6,437,745 100% 8,769,578 100%
Nota
(1) El monto que se presenta en esta sección está compuesto de la siguiente manera:
Impuesto a la renta 2008 2009 2010
En miles de S/. (a) 2,243,385 1,884,457 3,392,973
En miles de US$ (b) 1,437,550 1,312,570 1,439,214
En miles de S/. convertidos de miles de US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)
4,206,273 3,953,460 4,067,218
Total (a) + (d) 6,449,658 5,837,917 7,460,191
Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826
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Impuesto a la Renta – Subsector Hidrocarburos
Concepto 2008
(En miles de S/.) 2009
(En miles de S/.) 2010
(En miles de S/.)
Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE (1)
845,530 74% 533,880 69% 1,046,328 80%
Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE
296,564 26% 240,270 31% 256,500 20%
Total Nacional recaudado según Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT:
1,142,094 100% 774,150 100% 1,302,828 100%
Nota
(1) El monto que se presenta en esta sección está compuesto de la siguiente manera:
Impuesto a la Renta 2008 2009 2010
En miles de S/. (a) 401,190 271,689 445,798
En miles de US$ (b) 151,859 87,049 212,502
En miles de S/. convertidos de miles
de US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)
444,340 262,191 600,530
Total (a) + (d) 845,530 533,880 1,046,328
Tipo de cambio por 1 US$ (c) S/. 2.926 S/. 3.012 S/. 2.826
4.2 Regalías Mineras
Concepto 2008 (En miles de S/.)
2009 (En miles de S/.)
2010 (En miles de S/.)
Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio EITI
348,328 77% 334,147 99% 566,549 88%
Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio EITI
106,291 23% 3,824 1% 75,667 12%
Total Nacional según Ministerio de Economía y Finanzas:
454,619 100% 337,971 100% 642,216 100%
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4.3 Regalías de Hidrocarburos
Concepto 2008
(en miles de US$) 2009
(en miles de US$) 2010
(en miles de US$)
Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE
953,665 84% 731,510 85% 1,138,863 87%
Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE
177,635 16% 128,808 15% 177,635 13%
Total Nacional según Perupetro: 1,131,300 100% 860,318 100% 1,316,498 100%
4.4 Derechos de Vigencia
Concepto 2008
(En miles de US$) 2009
(En miles de US$) 2010
(En miles de US$)
Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio EITI
7,758 20% 7,450 21% 8,716 19%
Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio EITI
31,643 80% 28,213 79% 37,556 81%
Total Nacional según INGEMMET: 39,401 100% 35,663 100% 46,272 100%
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III. Metodología
Para la realización del Segundo Estudio de Conciliación se ha seguido el siguiente enfoque
metodológico:
1. Identificación de compañías, coordinaciones y tipología de pagos
i. Se obtuvo la relación de compañías participantes de las industrias extractivas, la cual asciende a
51 Compañías.
ii. Sobre la tipología de los pagos que efectúan las compañía, se ha revisado la siguiente
información:
- Monto Final del Impuesto a la Renta Determinado por el Contribuyente (casilleros 504 y
126 de ser el caso, obtenido de las Declaraciones Juradas presentadas anualmente
durante el período 2008 – 2010 , así como las Declaraciones Juradas Sustitutorias y/o
Rectificatorias presentadas por las compañías a la SUNAT), excepto para aquellas
compañías que tienen más de una unidad económica administrativa, en cuyo caso se
consideró lo declarado en los anexos mineros o de hidrocarburos de las mismas
declaraciones juradas.
- Monto de las Regalías por el período 2008-2010 (subsectores de minería e
hidrocarburos).
- Monto del Derecho de Vigencia por el período 2008-2010 (sólo para el subsector minería).
Asimismo, se ha considerado la información contenida en los convenios de estabilidad jurídica
y/o tributaria para el caso de las compañías mineras y contratos de licencia y/o servicios de las
compañías del subsector de hidrocarburos.
iii. Previa coordinación con la Comisión, se ha trabajado con las siguientes entidades para obtener la
información de los ingresos que registra el Estado Peruano por el período 2008-2010 y su
correspondiente distribución.
- Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (en adelante SUNAT).
- Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante MEF).
- Perupetro.
- Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (en adelante INGEMMET).
- Ministerio de Energía y Minas (en adelante MEM).
- Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (en adelante
PCM).
Asimismo, se han tomado en cuenta los ingresos que se transfieren hacia los Gobiernos
Regionales y Locales y otras instituciones estatales.
1. Identificación de
compañías, coordinaciones y tipología de pagos
2. Relevamiento y
documentación del proceso de pagos, ingresos y distribución de los pagos efectuados por las empresas
3. Obtención, procesamiento
y verificación de la información
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2. Relevamiento y documentación del proceso de pagos, ingresos y distribución de los pagos efectuados
por las compañías
Se realizó con el objetivo de incluir información conceptual sobre el proceso de generación de los pagos
y recepción de los ingresos, provenientes de las industrias extractivas, así como del proceso que
involucra la distribución de las rentas hacia los distintos estamentos del Estado y la ejecución de las
mismas (precisiones conceptuales, proceso de determinación del Impuesto a la Renta, modalidades y
mecanismos de pago, factor de temporalidad entre los pagos efectuados por las compañías y las
transferencias realizadas a los diferentes niveles de gobierno, etc.).
Las actividades realizadas fueron:
- Relevamiento de información del proceso de pagos, ingresos y distribución seguidos por los entes
reguladores.
- Revisión de la normatividad aplicable al proceso de generación, pago, recaudación, distribución y
uso de los recursos económicos en los períodos que abarca el Segundo Estudio (2008-2010).
- Obtención de los informes de distribución de los recursos recaudados provenientes de las
compañías que participan en la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación a nivel central,
regional y local.
- Cruce de la recaudación con la distribución por compañía, de acuerdo con los porcentajes
señalados en la normatividad vigente y de acuerdo con la información disponible.
3. Obtención, procesamiento y verificación de la información
3.1. Obtención de la información
(i) Se ha compilado la información necesaria para la elaboración del Segundo Estudio de
Conciliación por el período 2008-2010. Para ello, se diseñaron los formatos de solicitud de
información, los cuales fueron enviados a las compañías participantes y a los organismos
estatales involucrados. Dichos formatos se muestran en la sección X Anexos, del I al VI.
(ii) Respecto al Impuesto a la Renta determinado por el contribuyente, se recibió la información
tanto de las compañías como de la SUNAT a partir de los reportes de Declaración de Pago Anual
del Impuesto a la Renta Tercera Categoría de los años 2008, 2009 y 2010. La información que
se recabó fue el monto final determinado por concepto de Impuesto a la Renta (casilla 504), más
el importe por pagos a cuenta del Impuesto a la Renta acreditados contra el ITAN (casilla 126),
de ser aplicable; por contribuyente, excepto para aquellas compañías que tienen más de una
unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado en los anexos mineros
o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas, lo cual fue indicado en la Carta de
solicitud de información a SUNAT que entregaron a nosotros las compañías participantes, para
solicitar la información a la SUNAT. Los formatos de requerimiento de información y la Carta de
solicitud de información a SUNAT se muestran en la sección X Anexos, del I al VIII.
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 33
(iii) Se solicitó documentación de sustento adicional a lo indicado en los numerales anteriores,
cuando se identificaron diferencias en la conciliación de los pagos efectuados por las compañías y
los ingresos recaudados por las instituciones públicas.
(iv) Se obtuvo, de las instituciones públicas, los informes de distribución de los recursos recaudados
a nivel agregado, por áreas geográficas, a nivel de distribución regional, departamental,
provincial y distrital, sin identificar la distribución de recursos por compañía aportante, salvo los
casos de Perupetro, donde la información permite la identificación por compañía a nivel
departamental, e INGEMMET, cuyo detalle muestra la distribución por compañía a nivel distrital.
3.2. Procesamiento y verificación de la información
(i) Se sistematizó la información recibida en los formatos diseñados para tal fin, tanto para las
compañías participantes como para las instituciones públicas, los cuales se muestran en la
sección X Anexos, del I al VI. En los casos en los cuales se identificaron inconsistencias, se
procedió a realizar la consulta pertinente a la compañía y/o al organismo estatal involucrado, y
se requirió la información complementaria, ciñéndose puntualmente al aspecto sujeto de la
consulta.
(ii) Se conciliaron los pagos efectuados por las compañías participantes del Segundo Estudio por los
conceptos de Impuesto a la Renta, Regalías y Derecho de Vigencia y los ingresos recaudados por
las Instituciones públicas: SUNAT para el caso de Impuesto a la Renta y Regalías Mineras;
Perupetro para el caso de Regalías Petroleras y Gasíferas; e INGEMMET para el caso de Derecho
de Vigencia.
(iii) Se revisó la información proporcionada por las instituciones públicas, a fin de poder conciliar los
ingresos recaudados por los conceptos descritos anteriormente y los importes distribuidos por
las Instituciones públicas correspondientes: DGDFAS-MEF (antes DGAES-MEF) y PCM, para el
caso de Impuesto a la Renta y Regalías Mineras; Perupetro y PCM, para el caso de Regalías de
Hidrocarburos y Gasíferas; e INGEMMET para el caso de Derecho de Vigencia.
(iv) Cabe señalar que en el caso del Impuesto a la Renta (Canon Minero) y Regalías Mineras, no es
posible conciliar los ingresos recaudados por las instituciones públicas (de las compañías
adheridas al Estudio) con los montos distribuidos, ya que dichos montos están presentados en
forma agregada por zonas geográficas y no por detalle de las compañías aportantes. Se ha
realizado recálculos a fin de evaluar la razonabilidad de la distribución por estos conceptos. En el
caso de Regalías de Hidrocarburos, la información proporcionada por Perupetro permite revisar
la distribución del canon y sobrecanon petrolero por compañía solo a nivel departamental. En el
caso de los Derechos de Vigencia, permite identificar la distribución de estos por compañía a
nivel distrital. En la sección VII “Detalle de los resultados del Estudio de Conciliación de la
Distribución”, se explica las particularidades de los conceptos distribuidos, así como el trabajo
realizado para mostrar los resultados de la distribución de las compañías.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 34
(v) Los importes que han sido conciliados corresponden a lo efectivamente pagado por las
compañías, de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual de la ITIE. Para el caso del
Impuesto a la Renta, de acuerdo con lo acordado por la Comisión de Trabajo de la ITIE Perú, se
concilió el importe declarado en el casillero 504 de las declaraciones juradas anuales del
Impuesto a la Renta, más el importe por pagos a cuenta del Impuesto a la Renta acreditados
contra el ITAN declarados en el casillero 126 (de ser el caso), excepto para aquellas compañías
que tienen más de una unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado
en los anexos mineros o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas. Los importes
declarados en los casilleros 504 y/o en los anexos minero y de hidrocarburos, son pagados a
través de pagos a cuenta mensuales, aplicación de otros impuestos pagados deducibles,
regularización de pago del saldo final, aplicación de créditos varios, entre otros. Asimismo, la
distribución del Impuesto a la Renta, tanto a las regiones geográficas a través de los cánones, así
como directamente al Tesoro Público, se realiza tomando como base el impuesto declarado
anualmente por las compañías vía su Declaración Jurada Anual.
Cabe destacar que, de acuerdo con las normas tributarias peruanas, los contribuyentes son clasificados
en directorios según su envergadura y montos pagados, y su clasificación está determinada en dos
grandes grupos: Medianos y Pequeños Contribuyentes (MEPECOs) y Principales Contribuyentes
(PRICOs). Cabe destacar que la mayoría de compañías que forman parte del Segundo Estudio están
clasificadas por la SUNAT como Principales Contribuyentes (PRICOs). El pertenecer al Directorio de
PRICOS les otorga a las Compañías ciertos beneficios, así como también, por su importancia, un mayor
nivel de monitoreo de parte de la Administración Tributaria. En la práctica, el mayor nivel de monitoreo
se evidencia a través de una fiscalización más frecuente y, como consecuencia de ello, de una mayor
solicitud de información. SUNAT determina a los Principales Contribuyentes (PRICOs) en función a la
información proveniente de las declaraciones del contribuyente, así como de determinaciones propias.
La incorporación de un contribuyente al directorio de PRICOS procura otorgarles un mejor servicio
sobre la base de una atención más personalizada, servicios de orientación, recepción de formularios y
trámites en lugares acondicionados para ellos, así como el proceso de recálculo en línea de su deuda
tributaria (reliquidación automática de lo declarado) al momento de la presentación de su declaración
jurada. Para los PRICOs, al momento de la recepción de sus declaraciones pago, mientras se digita la
información contenida en sus formularios, el sistema realiza el recálculo de la deuda tributaria (en
línea), de modo que cuando se detecta una inconsistencia en su declaración, éste procura informarlo en
el momento (Ver Anexo IX, Clasificación en PRICOs y MEPECOs de las compañías adheridas al Segundo
Estudio de Conciliación Nacional ITIE).
Asimismo, resulta importante mencionar que la legislación peruana no contempla, como parte de sus
exigencias para la declaración y pago de los conceptos incluidos en este estudio, la certificación o
auditoría de dichas cifras. Asimismo, es importante considerar lo siguiente:
- Impuesto a la Renta y Regalías Mineras: la información proporcionada a la Administración
Tributaria (SUNAT) tiene carácter de declaración jurada según lo estipula el Código Tributario
Peruano, y es susceptible de revisión por la SUNAT durante un período de tiempo posterior a la
presentación de la declaración, con un plazo de prescripción que normalmente es de 4 años en el
caso del Impuesto a la Renta, contados a partir del 1 de enero del año siguiente de presentada la
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 35
correspondiente Declaración Jurada del Impuesto a la Renta y de Regalías Mineras. Para el caso
de Regalías Mineras, a partir de 2007 la prescripción alcanzaba el plazo de 4 años.
- Regalías de Hidrocarburos: son calculadas por el propio órgano recaudador (Perupetro), estando
la compañía obligada a pagar el importe calculado después de haber realizado una validación
simple.
- Derechos de Vigencia: son determinados por INGEMMET, quien emite la base de datos de los
importes a ser pagados por denuncio, resultante de sus cálculos, y la remite a las entidades
bancarias donde los titulares de los denuncios se acercarán a cancelar sus obligaciones.
Ver base legal de los conceptos mencionados líneas arriba en el numeral 1.2 del Marco Conceptual de
los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación (Sección IV).
En el caso de las instituciones públicas, éstas se encuentran bajo la supervisión de la Contraloría General
de la República, órgano máximo de control del Estado Peruano, quien define sobre dichas instituciones,
revisiones que buscan, entre otros, el adecuado control interno y razonabilidad de sus estados
financieros.
La información entregada por las compañías adheridas para la elaboración de las conciliaciones ha sido
presentada en formatos diseñados para efectos del Segundo Estudio, los cuales están debidamente
firmados por los representantes legales de las compañías donde declaran que la veracidad de la
información presentada es responsabilidad de la Gerencia de las compañías adheridas al Segundo
Estudio.
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 36
IV. Marco conceptual de los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación ITIE
En el contexto peruano, el sector extractivo, a través de sus áreas más representativas (industria
minera, petrolera y gasífera), entrega como contraprestaciones dinerarias al Estado Peruano ciertos
conceptos de carácter tributario (Impuesto a la Renta) y no tributario (Regalías y Derechos de Vigencia),
entre otros. A continuación se muestra un resumen de cómo estos pagos realizados por las compañías
extractivas son recaudados por las instituciones públicas y cómo se distribuyen:
Concepto de
pago
Frecuencia
de la
recaudación
Institución
que recauda
Institución que
distribuye
Frecuencia
de la
distribución
Concepto de la
distribución
Impuesto a
la Renta (IR) Anual SUNAT
DGDFAS-MEF (antes
DGAES – MEF)
PCM
DGTP - MEF
Anual
Canon Minero
(50% IR)
Canon Gasífero
(50% IR + 50% Regalía
Gasífera)
Regalía
Minera Mensual SUNAT
DGDFAS-MEF (antes
DGAES – MEF)
PCM
DGTP - MEF
Mensual Regalía Minera
(100% Regalía Minera)
Regalía
Petrolera Quincenal Perupetro
Perupetro
DGDFAS-MEF (antes
DGAES – MEF)
PCM
DGTP - MEF
Mensual Canon Petrolero
(100% Regalía Petrolera)
Regalía
Gasífera Quincenal Perupetro
Perupetro
DGDFAS-MEF (antes
DGAES – MEF)
PCM
DGTP - MEF
Mensual
Canon Gasífero
(50% IR + 50% Regalía
Gasífera)
Derecho de
Vigencia Anual INGEMMET INGEMMET Mensual Derecho de Vigencia
Siglas
SUNAT: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
INGEMMET: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico.
DGDFAS-MEF: Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de
Economía y Finanzas
DGAES – MEF: Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y
Finanzas (a partir del año 2011, la DGAES se dividió en cuatro direcciones siendo ahora la Dirección
General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales (DGDFAS) la institución encargada de las
funciones de la antigua DGAES – MEF).
PCM: Presidencia del Consejo de Ministros
DGTP – MEF: Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 37
A continuación, describimos el rol y mecanismos empleados de las instituciones del Estado que
recaudan los pagos sujetos al alcance de este Segundo Estudio:
- SUNAT: La SUNAT es una Institución Pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas,
dotada de personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica,
administrativa, funcional, técnica cuyo rol es administrar, fiscalizar y recaudar los tributos
internos (vg. Impuesto a la Renta y Regalías Mineras), con excepción de los municipales, y
desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud
(ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP). La SUNAT utiliza como
mecanismos las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes para poder recaudar,
administrar y fiscalizar los recursos obtenidos por el cobro de los distintos tipos de impuestos
que la ley tributaria peruana determina. Dichas declaraciones juradas tienen naturaleza
vinculante respecto a la información que allí se detalla y son susceptibles de ser fiscalizadas en
períodos definidos.
- PERUPETRO: Es la Empresa Estatal de derecho privado, encargada de promover la inversión en
actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el país. En representación del
Estado, negocia, celebra y supervisa los contratos en esta materia, así como los Convenios de
Evaluación Técnica. Asimismo, comercializa, a través de terceros y bajo los principios del libre
mercado, los hidrocarburos provenientes de las áreas bajo contrato, en la modalidad de servicios.
Está sujeta a la fiscalización posterior y por resultados de la Contraloría General de la República y
del sector Energía y Minas, y opera bajo el régimen tributario común de las empresas privadas.
Asimismo, se encarga del cálculo y recaudación de las regalías correspondientes a la venta de
hidrocarburos por parte de las compañías extractivas.
- INGEMMET: El Instituto Geológico Minero y Metalúrgico tiene entre sus funciones: recibir, admitir
a trámite y tramitar petitorios de concesión minera a nivel nacional, otorgar títulos de concesión
minera, administrar y distribuir el Derecho de Vigencia y Penalidad, controlando los abonos
efectuados, las deudas y expidiendo las resoluciones de no pago de derecho de vigencia y
penalidad y resoluciones de exclusión de dicha condición.
Esquema del marco conceptual del Estudio ITIE
A continuación se presenta el esquema general de cómo las compañías del sector minero y de
hidrocarburos en el Perú se interrelacionan con las instituciones del Estado para el pago de Impuesto a
la Renta, Regalías Mineras y de Hidrocarburos, así como del pago de los Derechos de Vigencia y bajo qué
conceptos estas aportaciones son distribuidas entre los gobiernos locales y regionales. En las páginas
siguientes a este esquema se indica los conceptos aquí mostrados:
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 38
Empresas
Mineras,
Petroleras y
Gasíferas en
exploración y
explotación Impuesto a la
Renta
Regalías
Derecho de
Vigencia
S/. ESTADO PERUANO
Gobiernos:
- Locales
- Regionales
- Central
SUNAT
PERUPETRO
INGEMMET
PAGOS DE
COMPAÑÍAS
ETAPA DE DISTRIBUCION
Canon minero
y petrolero
Regalías
Derecho de
Vigencia
Recaudadores
S/.
=
MEF
PERUPETRO
INGEMMET
PCM
INGRESOS DEL
ESTADO
Administradores
ETAPA DE RECAUDACION
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 39
A continuación se presenta la descripción de las tipologías de pago que son sujetas de este Segundo Estudio:
IV.1. Impuesto a la Renta
1. Aspectos Generales
1.1. Concepto
Impuesto a la Renta -
El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría es el impuesto que pagan las compañías por las
utilidades o ganancias que obtienen por la realización de actividades empresariales tales como:
actividades comerciales, industriales, servicios o negocios. Generalmente, estas rentas provienen
de la aplicación conjunta de capital y trabajo, entendiéndose como tales a aquéllas que
provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. Los
contribuyentes domiciliados tributan por sus rentas o utilidades anuales de fuente mundial,
debiendo efectuar anticipos mensuales del impuesto.
Canon minero -
El canon minero corresponde al 50% del Impuesto a la Renta de tercera categoría declarado por
las empresas mineras. De acuerdo con la Ley del Canon, éste corresponde a la “participación
efectiva y adecuada de la que gozan los Gobiernos Locales y Regionales del total de ingresos y
rentas obtenidas por el Estado por la explotación de recursos minerales, metálicos y no
metálicos”. Asimismo, de acuerdo con dicha Ley, los recursos obtenidos por Canon deberán ser
utilizados por los Gobiernos Locales y Regionales exclusivamente para el desarrollo de obras de
infraestructura que tengan un impacto regional y /o local.
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio
Impuesto a la Renta -
- D. S. N° 179-2004-EF, Texto Único Ordenado
- D. S. Nº 122-94-EF y modificatorias, Reglamento del TUO.
Canon minero -
- Ley Nº 27506 (publicada el 10 de julio de 2001).
- Reglamentado por D.S. Nº 005-2002-EF (publicado el 09 de enero de 2002).
- D.S. N° 003 -2003 - EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF- Reglamento de la Ley de
Canon (publicado el 09 de enero de 2003).
- D.S. N° 115 -2003-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de
la Ley de Canon (publicado el 14 de agosto de 2003).
- Ley N° 28077 - Modificación de la Ley N° 27506 -Ley de Canon (publicada el 26 de
setiembre de 2003)
- D.S. N° 029 -2004-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el
Reglamento de la Ley N° 27506, Ley del Canon (publicado el 17 de febrero de 2004).
- Ley N° 28322 - Modificación artículos de la Ley N° 27506, Ley de Canon, modificados por
la Ley Nº 28077 (publicada el 10 de agosto de 2004).
- D.S. N° 187 -2004-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el
Reglamento de la Ley N° 27506, Ley del Canon (publicado el 22 de diciembre de 2004).
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1.3. Participantes
- Contribuyentes: Compañías.
- Recaudador: SUNAT.
- Distribuidores: DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), PCM, DGTP – MEF.
1.4 Base de cálculo
Impuesto a la Renta -
Impuesto a la Renta =
Base imponible x Tasa
El Impuesto a la Renta se calcula sobre la base de la renta imponible del año, es decir, por la
utilidad contable del ejercicio más las adiciones y menos las deducciones tributarias que
establece la Ley y Reglamento del Impuesto a la Renta vigente.
Están sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes
que, conforme a las disposiciones legales, se consideran domiciliados en el país, sin tener en
cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la
ubicación de la fuente productora.
Se consideran compañías domiciliadas en el país a las compañías que están registradas
fiscalmente en el Perú.
En general, la tasa de Impuesto a la Renta de las personas jurídicas domiciliadas es de 30%
(aplicable para el período 2008-2010, sujeto a análisis).
El canon minero está constituido por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta que
obtiene el Estado y que pagan las compañías titulares de la actividad minera por el
aprovechamiento de los recursos minerales, metálicos y no metálicos (aplicable para el período
2008-2010, sujeto a análisis).
1.5 Periodicidad
Cálculo -
- Impuesto a la Renta: Anual
- Canon minero: Anual
Recaudación -
- Impuesto a la Renta: Mensual, a través de la recaudación de los pagos a cuenta del
Impuesto a la Renta. La regularización del Impuesto a la Renta por pagar se realiza en
forma anual.
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Distribución -
- Canon minero: Anual a partir del año 2006. Durante los años 2004 y 2005 la distribución
del canon minero se realizaba mensualmente, correspondiendo el pago a un doceavo
(1/12) del monto total determinado.
1.6 Utilización del canon
Los recursos que los gobiernos locales y regionales reciban por concepto de Canon se utilizarán
de manera exclusiva en gastos de inversión, debiendo observar, según corresponda, las
disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública aplicables. Asimismo, los gobiernos
regionales deberán destinar el 20% del monto que les corresponda, según lo establecido en la Ley
del Canon, a las universidades públicas de su circunscripción.
2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y de distribución del canon minero
2.1 Recaudación
Las compañías determinan el Impuesto a la Renta por pagar en la Declaración Jurada Anual,
mediante el formulario de declaración anual, el cual es administrado por el ente recaudador,
SUNAT. Mensualmente, las compañías van realizando pagos a cuenta calculados en razón de sus
ingresos y al final del ejercicio fiscal realizan la regularización anual del impuesto a la renta a
pagar por medio de la Declaración Jurada Anual. Esta declaración jurada anual es presentada a la
SUNAT durante los meses de marzo y abril del año siguiente al año que se declara. El importe de
Impuesto a la Renta devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de
distribución), corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta neto de créditos sin
derecho de devolución (casilleros Nro. 504 y 516 de la Declaración Jurada del Impuesto a la
Renta respectivamente). Es posible que las compañías presenten Declaraciones Rectificatorias y
Declaraciones Sustitutorias por la Declaración Jurada Anual presentada.
Las declaraciones Sustitutorias son aquellas que reemplazan o sustituyen íntegramente
Declaraciones Juradas previamente presentadas por las compañías antes de la fecha de
vencimiento determinada por SUNAT. Las declaraciones Rectificatorias son aquellas que
presentan las compañías con posterioridad a la fecha de vencimiento determinada por SUNAT.
Para efectos de este Estudio, se han considerado las declaraciones Sustitutorias y aquellas
declaraciones rectificatorias presentadas hasta la fecha en que la SUNAT proporciona
información al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) para la distribución correspondiente, la cual
usualmente se da entre los meses de abril y mayo.
Presentación
DDJJ antes
de fecha de
vencimiento
Fecha de
vencimiento
de la DDJJ
Presentación
posterior a la
DDJJ original
Declaración Sustitutoria Declaración Rectificatoria
Fecha de
remisión de
información a
DGAES-MEF
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2.2 Distribución
Para el proceso de distribución, el MEM proporciona al MEF la información correspondiente a los
titulares o concesionarios o empresas mineras, ubicación distrital del recurso explotado y su
número de Registro Único de Contribuyente (RUC) correspondiente, que durante el ejercicio
gravable del año anterior hayan realizado actividades extractivas de recursos naturales. Una vez
obtenida dicha información, el MEF solicita a la SUNAT los montos por Impuesto a la Renta
devengados por dichos contribuyentes, y ésta última proporciona los montos de Impuesto a la
Renta, teniendo en consideración las Declaraciones Rectificatorias y Declaraciones Sustitutorias
que a la fecha de corte (fines de abril o principios mayo, generalmente) se hayan presentado. Con
ello, el MEF determina el monto por concepto de Canon Minero, el cual corresponde al 50% del
monto por Impuesto a la Renta devengado de las empresas mineras en etapa de explotación.
2.2.1. Área de Influencia
Para efecto de la distribución de los recursos del Canon Minero, se considera como área de
influencia el área territorial de los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales donde se
encuentran ubicadas las concesiones mineras en explotación.
- Cuando los titulares posean concesiones mineras en explotación ubicadas en
circunscripciones distintas (distintos departamentos o distintas provincias o distintos
distritos), la distribución se realiza en proporción al tonelaje de mineral beneficiado, sobre
la base de la información proporcionada por la Dirección General de Minería del Ministerio
de Energía y Minas.
- En los casos de concesiones mineras en explotación cuya extensión comprenda
circunscripciones vecinas (es decir, que la extensión de una unidad minera comprenda
más de un distrito, provincia o departamento), la distribución se realiza en partes iguales.
Actualmente, para la distribución de los ingresos provenientes del Canon entre las
municipalidades distritales y provinciales, se utiliza la Cartografía Digital Censal elaborada por el
Instituto Nacional de Estadística e Informática (en adelante INEI) que demarca las
circunscripciones territoriales de los distritos y provincias del país, hasta que se disponga la
cartografía oficial con precisión de límites de la totalidad de distritos y provincias del país.
2.2.2. Criterios de Distribución
Para identificar el distrito de donde provienen los recursos que genera el canon minero a
distribuir por compañía el MEM, a través de la Dirección General de Minería, remite a la DGDFAS
- MEF (antes DGAES – MEF) la ubicación de las unidades económico administrativas de las
compañías mineras por Distrito, Provincia y Departamento. Luego, se procede a realizar la
distribución del canon minero generado por ubicación geográfica.
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El canon minero se distribuye entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo con lo
estipulado en el Artículo N° 5 de la Ley N° 27506 – Ley del Canon, siendo de la siguiente manera
(aplicable para el período 2008-2010, sujeto a análisis):
(a) El diez por ciento (10%) del total de canon se asigna a los gobiernos locales de la
municipalidad o municipalidades distritales donde se explote el recurso natural.
(b) El veinticinco por ciento (25%) del total de canon se asigna a los gobiernos locales
comprendidos en la provincia o provincias de las municipalidades donde se explota el
recurso natural.
(c) El cuarenta por ciento (40%) del total de canon para los gobiernos locales del
departamento o departamentos donde se explota el recurso natural.
(d) El veinticinco por ciento (25%) del total de canon para los gobiernos regionales donde se
explota el recurso natural.
Cuadro de criterios de distribución:
Para efectos de la distribución señalada en los literales c) y d), la Municipalidad Metropolitana de
Lima y el Gobierno Regional de Lima se excluirán mutuamente entre sí, conforme con lo
dispuesto por la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
En el caso de la Provincia Constitucional del Callao el total recaudado a que se refiere el literal c)
se distribuirá entre las municipalidades distritales y provincial.
Una vez realizada esta distribución, la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF) distribuye el monto
resultante correspondiente a la provincia (25%) y al departamento (40%), entre los distritos de
dicha provincia y de dicho departamento. Dicha distribución se realiza en función a la población
con necesidades básicas insatisfechas de los distritos correspondientes.
%
80% Gobierno
Regional
20% Universidades
Ca
no
n M
ine
ro(5
0%
Im
pu
es
to a
la
Re
nta
)
10%
25%
40%
25%
Beneficiario Criterios
Municipalidades del departamento
donde se exploten los recursos
naturales
Gobierno
Regional
Si existe más de una
municipalidad, en partes
iguales
Según i) Población y ii)
Necesidades básicas
insatisfechas (NBI)
Según i) Población y ii)
Necesidades básicas
insatisfechas (NBI)
Municipalidades distritales donde
se exploten los recursos naturales
Municipalidades de la provincia
donde se exploten los recursos
naturales
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A efectos de identificar a la población con necesidades básicas insatisfechas, el Instituto Nacional
de Estadística e Informática, proporciona la información correspondiente a i)la población por
distrito y ii) un índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) por Distrito - Provincia –
Departamento. Con dicha información se obtiene la población con necesidades básicas
insatisfechas por Distrito - Provincia – Departamento.
El proceso de distribución del Canon Minero se describe en el gráfico siguiente (ejemplo):
Población: Número de habitantes
NBI: Necesidades Básicas Insatisfechas
2.2.3. Determinación de los índices de distribución:
Una vez determinada la distribución del Canon Minero por compañía minera, la DGDFAS - MEF
(antes DGAES – MEF) obtiene el monto del Canon Minero correspondiente al Gobierno Local,
luego de lo cual procede a calcular los índices de distribución considerando los importes
obtenidos por las municipalidades distritales, y Gobiernos Regionales del país, entre el importe
del Canon Minero del país.
La DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), comunica a la Secretaría de Descentralización de la
Presidencia del Consejo de Ministros lo siguiente:
S/. 25.00S/. 25.00Gobierno
Regional (A)
S/. 25.00
Gobierno
Regional
S/. 40.00
S/. 4.42
S/. 8.84
S/. 4.64
S/. 2.21
S/. 8.84
S/. 11.05
Municipalidades
del
Departamento
S/. 8.844.080%5Distrito
(ABA)
Provincia
(AB)
S/. 4.422.050%4Distrito
(ACA)
Provincia
(AC)
S/. 10.00
S/. 10.00
Municipalidad
Distrital
S/. 25.00
S/. 4.34
S/. 2.07
S/. 8.26
S/. 10.33
Municipalidades
de la Provincia
S/. 100.00 Total Canon
Compañía
ABC
S/. 8.982.170%3Distrito
(AAD)
S/. 4.281.050%2Distrito
(AAC)
S/. 17.104.080%5Distrito
(AAB)
S/. 31.385.050%10Distrito
(AAA)
Provincia
(AA)
Departamento
(A)
Total
Distribuido
Poblac*NBINBIPoblaciónDistritoProvinciaDepartamento
S/. 25.00S/. 25.00Gobierno
Regional (A)
S/. 25.00
Gobierno
Regional
S/. 40.00
S/. 4.42
S/. 8.84
S/. 4.64
S/. 2.21
S/. 8.84
S/. 11.05
Municipalidades
del
Departamento
S/. 8.844.080%5Distrito
(ABA)
Provincia
(AB)
S/. 4.422.050%4Distrito
(ACA)
Provincia
(AC)
S/. 10.00
S/. 10.00
Municipalidad
Distrital
S/. 25.00
S/. 4.34
S/. 2.07
S/. 8.26
S/. 10.33
Municipalidades
de la Provincia
S/. 100.00 Total Canon
Compañía
ABC
S/. 8.982.170%3Distrito
(AAD)
S/. 4.281.050%2Distrito
(AAC)
S/. 17.104.080%5Distrito
(AAB)
S/. 31.385.050%10Distrito
(AAA)
Provincia
(AA)
Departamento
(A)
Total
Distribuido
Poblac*NBINBIPoblaciónDistritoProvinciaDepartamento
50%
Impuesto a la renta
Canon minero
10% Municipios distritales
25% Municipios de provincia
40% Municipios Dpto.
25% Gobierno regional
S/. 200 S/. 100
S/. 10
S/. 25
S/. 40
S/. 25
Compañía ABC
Inicio
El importe total se distribuye al Gobierno Local
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- El monto total por canon minero.
- Los índices de distribución por gobierno local y regional.
2.2.4. Tipo de cambio
Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base
para calcular el Canon Minero correspondiente, son convertidos en moneda nacional utilizando el
tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros, del día de la
transferencia del Canon Minero resultante.
2.2.5. Transferencia del canon minero
La PCM aplica los índices de distribución aprobados e informados por el MEF, al monto total por
canon minero, obteniendo los montos a ser asignados a los gobiernos locales y regionales.
Posteriormente informa dichos montos a la DGTP - MEF a fin de que disponga su abono en las
respectivas cuentas corrientes en el Banco de la Nación.
Dicho banco debe indicar, mediante las Notas de Abono correspondientes, a los gobiernos locales
y gobiernos regionales, el Canon Minero al que corresponden dichos abonos y el período al que
pertenece.
Asimismo, el MEF informa sobre los procedimientos en la construcción de los índices, así como
los indicadores y la metodología empleada en la determinación de los montos correspondientes a
los gobiernos locales y regionales, a través de su página web y/o a través del Diario Oficial El
Peruano, posterior a la publicación de la Resolución Ministerial del Canon Minero
correspondiente.
La periodicidad de la transferencia del canon minero a los gobiernos locales y regionales se
realiza como sigue: Los recursos provenientes del Canon Minero que se generan por recursos
provenientes del Impuesto a la Renta se transfieren en una sola armada en el mes de junio de los
años correspondientes, a partir del mes siguiente de haberse recibido la información de la
SUNAT. Dichas cuotas son depositadas en cuentas del Banco de la Nación, bajo la denominación
del Canon correspondiente.
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2.3. Esquema del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y distribución del Canon Minero
A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación del Impuesto a la
Renta y de la distribución del Canon Minero, descrito en esta sección, presentando los
componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se detallan:
IMPUESTO A LA RENTA
S/.
Canon Minero
(50% IR)
Tesoro Público
(50% IR)
S/.
Gobiernos Locales Gobiernos Regionales
SUNAT
Compañías
Contribuyentes
(Hidrocarburos y
mineras)
75% 25%
RECAUDACIO
N
DISTRIBUCIO
N
SUNAT
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IV.2. Regalía Minera
1. Aspectos Generales
1.1 Concepto
La Regalía Minera es una contraprestación económica establecida por ley, mediante la cual los
titulares o cesionarios de concesiones mineras están obligados a pagar mensualmente al Estado
por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos. Esta contraprestación ha
sido establecida desde el mes de junio del año 2004.
La regalía minera es pagada sobre el valor bruto de ventas del concentrado o su equivalente,
conforme a la cotización de precios del mercado internacional, publicado mensualmente por el
MEF. El valor bruto se entiende por el monto resultante de aplicar los precios unitarios por unidad
de medida del mineral al total del mineral vendido, sin considerar impuestos, tasas u otros que
afecten el monto total a ser facturado. Para el caso de minerales cuyos precios no cuentan con
cotización internacional, la regalía minera es pagada sobre el valor bruto del componente minero.
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio
- Ley 28258 - Ley de Regalía Minera (publicada el 24 de junio de 2004).
- Ley 28323 - Ley que modifica la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera (publicada el 10 de
agosto del 2004).
- D.S. 157-2004-EF – Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera (publicada el
15 de noviembre de 2004)
- D.S. 018- 2005-EF – Precisan y dictan medidas complementarias al Reglamento de la Ley
de Regalía Minera (publicada el 29 de enero del 2005).
- Resolución Ministerial 163-2006-EF-15 – Aprueban tipo de cambio de referencia
correspondiente al año 2006, para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera que
lleven contabilidad en moneda nacional (publicada el 23 de marzo del 2006).
1.3. Participantes
- Contribuyentes: Compañías mineras en etapa de explotación.
- Recaudadores: MEF, SUNAT.
- Distribuidores: DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), PCM, DGTP – MEF.
1.4. Base de cálculo
La base de cálculo o base de referencia para el pago de la regalía minera por el mineral extraído
de las concesiones mineras en explotación será el resultado de la diferencia entre:
(a) El valor bruto de las ventas de concentrado o equivalente o del componente minero, en el
caso que éstos sean productos que se comercialicen o, en su defecto, el valor bruto
declarado por el titular (el cual no será menor al valor de mercado debidamente
justificado). Tratándose de empresas integradas (aquellas que transforman el recurso
extraído en un producto procesado para su comercialización), resulta del valor bruto de
venta del producto final.
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(b) Las sumas por tasas, impuestos indirectos, seguros, costos de transporte,
almacenamiento, embarque y estiba, así como otros, costos o gastos asumidos por el
exportador y pactados de acuerdo con los términos internacionales de comercio
(INCOTERM), de ser el caso. Tratándose de las empresas integradas a que se refiere el
literal anterior, la base de referencia tampoco incluye los costos de tratamiento, es decir,
los costos de producción directos e indirectos, incurridos en el proceso de beneficio del
mineral extraído posterior a la obtención del concentrado o equivalente, o componente
minero.
1.5. Periodicidad
- Cálculo: Mensual
- Recaudación: Mensual
- Distribución: Mensual
1.6. Utilización
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 9° de la Ley de Regalía Minera N° 28258, los importes
por Regalías Mineras recibidos por los Gobiernos Regionales y Municipalidades son utilizados
exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión productiva
que articule la minería al desarrollo económico de las regiones para buscar el desarrollo
sostenible de las áreas urbanas y rurales.
Los recursos que las universidades regionales reciben son destinados a la inversión en
investigación científica y tecnológica.
2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de la regalía minera
2.1. Recaudación
La responsabilidad de la recaudación y administración de la regalía minera recae en el MEF. Sin
embargo, de acuerdo con lo señalado en la Ley de Regalías Mineras – Ley 28258, el MEF puede
autorizar a la SUNAT a ejercer las funciones asociadas a la recaudación.
Para calcular el importe mensual a pagar por las regalías mineras, los contribuyentes utilizan
diversos porcentajes dependiendo si el mineral extraído tiene o no una cotización internacional.
Para aquellos minerales con cotización internacional, los contribuyentes realizan mensualmente
lo siguiente:
(a) Consideran la base referencia en dólares americanos o en moneda nacional, según si se
encuentran o no autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera.
(b) Suman la base de referencia del año calendario a partir de enero hasta el mes de cálculo
inclusive, proveniente de sus concesiones mineras en explotación.
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(c) Los sujetos autorizados a llevar su contabilidad en dólares norteamericanos, según lo
señalado en el literal a) anterior, aplican al valor hallado conforme a lo establecido en el
literal b) anterior, los porcentajes establecidos por Ley según la siguiente tabla:
Rango (1) (%) Regalía
Primer rango Hasta US$ 60 millones 1%
Segundo rango
Por el exceso de US$ 60 millones hasta US$ 120
millones 2%
Tercer rango Por el exceso de US$ 120 millones 3%
(d) Calcularán la regalía del mes deduciendo del valor obtenido conforme lo establecido en el
literal c) las regalías calculadas, acumuladas hasta el mes inmediato anterior.
Para el caso de los minerales cuyos precios no se fijen sobre la base de cotizaciones
internacionales, la regalía se calcula mensualmente aplicando 1 % sobre la suma de la base de
referencia respectiva, proveniente de sus concesiones mineras en explotación. Consideran la
base de referencia en dólares americanos o en moneda nacional, según si se encuentran o no
autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera.
Una vez determinado el importe de regalía minera, el contribuyente presenta una declaración
jurada mensual (PDT Regalía Minera – Formulario Virtual N° 698), en la cual consigna en forma
independiente la base de referencia por unidad de producción, señalando el tonelaje de mineral
tratado proveniente de sus concesiones.
La presentación de la declaración se efectúa en moneda nacional. Excepcionalmente, los sujetos
obligados que se encuentren autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera, presentan
la declaración en dólares norteamericanos.
El pago se efectuará de manera mensual a la Superintendencia SUNAT, en moneda nacional.
Cuando el valor calculado esté en dólares norteamericanos, se deberá convertir a moneda
nacional, utilizando el tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la
Superintendencia de Banca y Seguros, del último día del mes por el cual se determina la regalía.
Si a dicha fecha no hubiera tipo de cambio, se tomará como referencia a la publicación inmediata
anterior.
1 Los sujetos obligados que lleven contabilidad en moneda nacional calcularán la regalía a su cargo, utilizando los
rangos en el cuadro anterior, convertidos en moneda nacional. La conversión se realizará aplicando un tipo de cambio de referencia equivalente al tipo de cambio promedio ponderado venta del último trimestre del año anterior.
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2.2. Distribución
Una vez que los sujetos obligados hayan presentado la declaración jurada mensual, SUNAT
genera un archivo que envía al MEF el cual contiene la información de los montos recaudados por
concepto de Regalías Mineras, el cual incluye pagos correspondientes a períodos anteriores, así
como multas e intereses por pagos fuera de fecha. Esta información es proporcionada al MEF
hasta el decimoquinto día calendario del mes siguiente al mes de la recaudación.
2.2.1 Criterios de distribución
La PCM realiza el cálculo de la distribución del 100% del monto obtenido por concepto de regalía
minera de la siguiente manera, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Regalía Minera N°
28258:
Cuadro de criterios de distribución (aplicable para el período 2008-2010, período sujeto a
análisis):
2.2.2 Determinación de los índices de distribución
Al igual que el canon minero, la distribución de la regalía minera se asigna mediante índices de
distribución, los cuales permiten asignar a los gobiernos locales y regionales el monto que les
corresponde del total de la regalía minera recaudada a nivel nacional. Dichos índices de
distribución se construyen utilizando información proveniente de las siguientes fuentes oficiales:
SUNAT: Importe de las Regalías Mineras, organizado por número de RUC del sujeto obligado,
detallando la base de referencia por concesión minera, su ubicación geográfica a nivel de distrito,
provincia, circunscripción departamental o región, de ser el caso, y el área de concesión
comprendida en la circunscripción.
% Criterios
Re
ga
lía
Min
era
po
r c
on
ce
sió
n m
ine
ra
20%
Municipalidad distrital donde se encuentra la
concesión minera (50% será invertido en las
comunidades donde se explota el yacimiento)
20%Municipalidad de la provincia donde se encuentra
la concesión minera
Según i) Población y ii)
Necesidades básicas
insatisfechas
15% Gobierno regional
Según i) Población y ii)
Necesidades básicas
insatisfechas
40%
Universidades nacionales de la región donde se
encuentra la concesión minera
Municipalidades del departamento donde se
encuentra la concesión minera
Beneficiario
5%
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MINEM: Listado de empresas, concesiones mineras y su ubicación.
INEI: Población y Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI).
El MEF es la entidad encargada de calcular los índices de distribución. Luego de efectuado el
cálculo de los índices de distribución, la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF) se los remite a la
PCM, junto con el importe de Regalías Mineras recaudado, para que esta entidad proceda con el
cálculo de la distribución.
2.2.3 Transferencia de la regalía minera
La PCM informa al Tesoro Público los importes a distribuir a los gobiernos locales y regionales,
que se calculan tomando en consideración el monto total de regalía minera recaudada a nivel
nacional, y los índices de distribución para los gobiernos locales y regionales. El Tesoro Público
distribuye mensualmente, en el plazo máximo de treinta días calendario después del último día de
pago de la regalía, el 100% (cien por ciento) de lo efectivamente pagado por los recursos de la
regalía minera entre los gobiernos regionales, municipales y universidades nacionales, en las
cuentas que para el efecto tengan abiertas en el Banco de la Nación.
A continuación un ejemplo gráfico del cálculo de la distribución:
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Cuando una concesión minera se encuentra ubicada en dos o más distritos, la distribución se
realiza en forma proporcional al porcentaje del área que la concesión minera tiene en los
distritos.
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REGALÍA MINERA
S/.
REGALÍA
MINERA
(100%)
S/.
Gobiernos
Locales
Gobiernos
Regionales
Compañías
Mineras
80% 15%
Universidades
Nacionales
5%
RECAUDACIO
N
DISTRIBUCIO
N
2.3. Esquema del proceso de recaudación y distribución de la Regalía Minera
A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación y distribución de
la Regalía Minera descrito en esta sección, presentando los componentes del mismo, así como el
orden secuencial de las actividades que allí se detallan.
SUNAT
PCM
MEF
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IV.3. Regalía Petrolera
1. Aspectos Generales
1.1. Concepto
Regalía Petrolera
Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector petrolero al Estado
Peruano por la explotación de los recursos hidrocarburos del territorio nacional. Dicha regalía es
determinada y recaudada por Perupetro.
Canon y Sobrecanon Petrolero
El Canon y Sobrecanon Petrolero es la participación efectiva de la que gozan los Gobiernos
Locales (municipalidades provinciales y distritales) y los Gobiernos Regionales del total de los
ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de dicho recurso natural
en dichas zonas.
A diferencia de los otros tipos de canon existentes (minero, gasífero, hidroenergético, pesquero y
forestal), en el caso del petróleo se presenta un sobrecanon, como consecuencia de establecerse
una tasa adicional al canon determinado inicialmente. Sin embargo, algunos departamentos que
se dedican a la explotación de petróleo no se ven beneficiados con este porcentaje adicional. En
este mismo sentido, el canon y sobrecanon está constituido por leyes particulares por
departamento.
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio
Ley N° 27506
Reglamento del Canon, Decreto Supremo N° 005-2002-EF
Loreto
D.L. N° 21678, modificado por Ley N° 23538
Ley Nº 24300 y Ley Nº 26385
Ucayali
D.U. N° 027-98
Artículo 161°, Ley N° 23350
Ley Nº 24300, Ley Nº 26385 y Ley Nº 28699
Piura
Ley N° 23630, modificada por Ley Nº 27763 y Ley Nº 28277
Tumbes
Ley N° 23630, modificada por Ley Nº 27763 y Ley Nº 28277
Ley N° 23871
Puerto Inca – Huánuco
Ley N° 24977, Artículo 379
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1.3. Participantes
- Contribuyentes: Compañías petroleras en etapas de explotación.
- Recaudador: PERUPETRO
- Distribuidor: DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), PCM, DGTP – MEF.
1.4. Base de cálculo
Regalía Petrolera
La base de cálculo de la regalía petrolera varía según la metodología de cálculo. Estas
metodologías son las siguientes:
- Factor R – entendido como la división entre los ingresos y egresos acumulados, indica un
porcentaje base desde el cual se puede partir la negociación entre la empresa y el Estado.
A mayor valor de R, se aplica un porcentaje base mayor.
- Producción acumulada – se fija un determinado porcentaje de regalía por contrato de
licencia. La regalía se ajustará en los contratos de acuerdo a dos factores: la producción
acumulada de los contratos y el precio promedio por barril de dichas producciones. Como
en el caso anterior, este método sirve de referencia en los contratos.
- Escala de producción – asocia la regalía a los niveles de producción.
- Resultado económico – con este método se calcula una regalía con un componente fijo y
uno variable. La regalía fija es establecida en 5%. La regalía variable se aplica a partir de
que la relación entre los ingresos y egresos acumulados alcance el índice de 1.15.
La aplicación de estas metodologías está determinada en los contratos de licencia y servicios de
las compañías petroleras. Las compañías tienen libertad de poder elegir la metodología que más
útil les resulte para sus lotes, pero deberán mantener dicha forma de cálculo hasta finalizar el
período de duración del contrato.
Canon y sobrecanon petrolero
La constitución del canon y sobrecanon petrolero se da a través de leyes específicas para los
distintos departamentos beneficiados, estando actualmente constituido de la siguiente manera.
(i) Para la actividad de explotación realizada en los departamentos de Loreto – Ucayali y
Piura – Tumbes, está constituido por:
Canon: 10% ad - valorem sobre la producción total del petróleo en los departamentos en
los cuales se realiza la actividad de explotación.
Sobrecanon: 2.5% del valor de la producción petrolera en los departamentos.
(ii) Para la actividad de explotación realizada en Puerto Inca – Departamento de Huánuco,
está constituido por:
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Canon: 10% ad - valorem sobre la producción total del petróleo en el departamento en el
cual se realiza la actividad de explotación.
Sobrecanon: no aplica.
1.5. Periodicidad
Cálculo:
Regalía Petrolera: Quincenal
Canon y sobrecanon petrolero: Mensual
Recaudación:
Regalía Petrolera: Quincenal
Distribución:
Canon y sobrecanon petrolero: Mensual
1.6. Utilización del canon y sobrecanon
En lo referido a la utilización de los recursos provenientes del canon y sobrecanon, también se
tiene una legislación diferente para los distintos departamentos donde se realiza la actividad de
explotación de petróleo. Así tenemos:
Loreto, Ucayali y Puerto Inca – Estos fondos se pueden usar en la ejecución de sus planes y
programas de inversión conforme a las normas legales vigentes del tipo de gobierno (regional,
departamental, provincial y distrital).
Tumbes y Piura – Los fondos provenientes del canon y sobrecanon se destinan exclusivamente
para el financiamiento o co-financiamiento de proyectos u obras de infraestructura de impacto
regional y local. En el caso de las universidades e institutos tecnológicos, los fondos se destinan
exclusivamente a la inversión en investigación científica y tecnológica.
2. Procedimiento del proceso de recaudación de la regalía petrolera y distribución del canon y
sobrecanon petrolero
2.1. Recaudación
Perupetro es quien se encarga de realizar quincenalmente la recaudación de las regalías
petroleras. Perupetro audita mediante un tercero las operaciones de venta de las compañías
petroleras y aplica una de las 4 metodologías detalladas en el punto 1.4 Base de cálculo para
realizar el cálculo de la regalía correspondiente. Realizado el cálculo envía a la compañía
petrolera una pre-liquidación de la regalía a pagar, con lo cual ésta realiza el pago en las cuentas
bancarias de Perupetro (los pagos son realizados en dólares norteamericanos).
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2.2. Distribución
Una vez que es determinada la regalía petrolera, Perupetro realiza el cálculo del canon y
sobrecanon petrolero sobre el valor de la producción del mes en curso y, por otra parte, informa
a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros la recaudación
mensual por concepto de regalías.
El monto determinado como canon y sobrecanon petrolero es detraído del monto de las regalías
petroleras recaudadas en las dos quincenas del mes en curso. Sobre el saldo de la regalía
recaudada, no empleada para el canon y sobrecanon, se determina también la participación
según ley de Perupetro, del MEM, OSINERGMIN y los gastos de fiscalización incurridos durante el
período para la auditoría de las operaciones comerciales. El saldo restante de la regalía es
entregado al Tesoro Público.
2.2.1 Área de Influencia
Está determinada por el área territorial de los Gobiernos Locales y Regionales en cuya
circunscripción se realiza la actividad de explotación del petróleo, según lo haya dispuesto la Ley
para los diferentes departamentos.
Actualmente, para la distribución de los ingresos provenientes del canon entre las
municipalidades distritales y provinciales, se utiliza la Cartografía Digital Censal elaborada por el
INEI que demarca las circunscripciones territoriales de los distritos y provincias del país, hasta
que se disponga la cartografía oficial con precisión de límites de la totalidad de distritos y
provincias del país.
2.2.2 Criterios de Distribución
El canon y sobrecanon petrolero se distribuyen entre los gobiernos regionales y locales de
acuerdo a los índices de distribución que determina el MEF sobre la base de criterios de i)
Población y ii) Necesidades Básicas Insatisfechas. Estos últimos datos son obtenidos del INEI.
Los porcentajes de distribución que corresponden a los cinco departamentos en los cuales
operan las compañías petroleras son los siguientes (Loreto, Piura y Huánuco por Canon; y
Ucayali y Tumbes por sobrecanon).
Loreto (Canon y Sobrecanon) – Ucayali (Sobrecanon)
Porcentaje % Beneficiario
52% Gobierno Regional
40% Municipios Provinciales del departamento
5% Universidad Nacional de la Amazonía
3% Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana
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Ucayali (Canon)
Porcentaje % Beneficiario
40% Gobiernos locales de las municipalidades distritales y provinciales del
departamento
20% Gobiernos locales de las municipalidades de la provincia donde se explota el
recurso
20% Gobierno Regional
10% Gobierno local de la municipalidad donde se explota el recurso
5% Universidades nacionales
3% Instituto Tecnológicos Nacionales
2% Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana
Piura y Tumbes (Canon y sobrecanon)
Porcentaje % Beneficiario
20% Gobierno Regional
20% Municipalidades distritales y provinciales donde se ubica la producción
50% Otras municipalidades distritales y provinciales del departamento
5% Universidad nacional
5% Instituto superiores pedagógicos y tecnológicos
Huánuco - Puerto Inca (Canon)
Porcentaje % Beneficiario
100% Consejo municipal del distrito de Puerto Inca
2.2.3 Determinación de los índices de distribución
El MEM, a través de la Dirección General de Hidrocarburos, remite al DGDFAS - MEF (antes
DGAES – MEF) la ubicación de las unidades económico administrativas (compañías petroleras) por
Distrito, Provincia y Departamento.
A su vez, el INEI proporciona la información correspondiente a la población y las Necesidades
Básicas Insatisfechas (NBI) por Distrito - Provincia – Departamento. Con dicha información se
obtiene la población con necesidades básicas insatisfechas por Distrito - Provincia –
Departamento.
Con los elementos señalados, la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF) determina los índices de
distribución y se los remite a la Secretaría de Descentralización. Para la construcción de los
índices de distribución toma en cuenta los siguientes criterios:
(i) Para el caso de Tumbes y Piura, el índice de distribución se constituirá sobre la base del
índice actual de distribución equitativa provincial por territorio y al interior de las
provincias por una combinación de factores de población, pobreza, contaminación
ambiental y necesidades básicas.
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(ii) Para el caso de Loreto y Puerto Inca – Huánuco, el índice de distribución se ha establecido
de acuerdo a los porcentajes de distribución que fueron establecidos por Ley (Art. 8° de la
Ley N° 24300).
(iii) Para el caso de Ucayali, el índice de distribución se ha establecido de acuerdo a los
indicadores de población, necesidades básicas insatisfechas y niveles de producción de
hidrocarburos por circunscripción.
2.2.4 Tipo de cambio
Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base
para calcular el canon y sobrecanon petrolero correspondiente, son convertidos en moneda
nacional utilizando el tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros
del día de la transferencia del canon y sobrecanon petrolero resultante.
2.2.5 Transferencia del canon y sobrecanon
Una vez determinados los montos a distribuir por Perupetro y los índices de distribución por la
DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), la Secretaria de Descentralización de la Presidencia de
Consejo de Ministros (PCM) se encarga de realizar el cálculo de los montos a transferir a los
distritos, provincias y departamentos correspondientes y comunica a la DGTP – MEF para que
realice las transferencias correspondientes a los gobiernos locales y regionales.
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2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Petrolera y la distribución del Canon y
Sobrecanon Petrolero
A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación de regalías
petroleras y distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero descrito en esta sección,
presentando los componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí
se detallan.
REGALÍAS PETROLERAS
S/.
Tesoro
Público
Gobiernos Locales Gobiernos Regionales
Compañía
Petrolera RECAUDACION
DISTRIBUCION
Canon y
Sobrecanon
Petrolero
Perupetro
MEM
Osinergmin
S/.
Perupetro
PCM
MEF
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IV.4 Regalía Gasífera
1. Aspectos Generales
1.1. Concepto
Regalía Gasífera
Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector gasífero al Estado
Peruano por la explotación de los recursos gasíferos del territorio nacional según la Ley N°
27506 (año 2001). Esta norma es aplicable para aquellas compañías que realizan actividades
productivas en departamentos donde no haya existido legislación anterior relacionada a las
actividades productivas de hidrocarburos. Las compañías que hayan tenido producción gasífera
desde fecha anterior a la promulgación de dicha Ley, mantendrán la metodología del canon
petrolero según lo explicado en la sección IV.3 Regalía Petrolera.
Canon Gasífero
El Canon gasífero es la participación efectiva de la que gozan los gobiernos locales y los
gobiernos regionales del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación
económica del gas en dichas zonas.
El Canon gasífero considera a la explotación del gas natural y los condensados de gas natural.
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio
- Creado mediante Ley Nº 27506 (publicada el 10 de julio de 2001).
- Reglamentado por D.S. Nº 005-2002-EF (publicado el 09 de enero de 2002).
- D.S. N° 003-2003-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF- Reglamento de la Ley de
Canon (publicado el 09 de enero de 2003).
- D.S. N° 115-2003-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de
la Ley de Canon (publicado el 14 de agosto de 2003).
- Ley N° 28077- Modificación de la Ley N° 27506 -Ley de Canon (publicada el 26 de
setiembre de 2003).
- D.S. N° 029-2004-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el
Reglamento de la Ley N° 27506, Ley del Canon (publicado el 17 de febrero de 2004).
- Ley Nº 28322, Ley que modifica artículos de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, modificada
por la Ley Nº 28077 (publicado el 10 de agosto de 2004).
- D.S. Nº 187-2004-EF, que modifica el D.S. Nº 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el
Reglamento de la Ley Nº 27506, Ley de Canon (publicado el 28 de febrero de 2005).
- Resolución Ministerial N° 073-2005-EF/15 que aprueba los Índices de Distribución del
Canon Gasífero correspondiente a Regalías y participación del Estado en los Contratos de
Servicios (publicado el 28 de Febrero de 2005).
1.3. Participantes
Contribuyentes: Compañías gasíferas en explotación.
Recaudador: PERUPETRO
Distribuidor: DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), PCM, DGTP – MEF.
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1.4. Base de cálculo
Impuesto a la Renta
Impuesto a la Renta =
Base imponible x Tasa
Ver mayor información al respecto en el punto 1.4 de la sección IV.1 de este informe.
Regalía Gasífera
La base de cálculo de la regalía gasífera corresponde al volumen de la producción quincenal por
el porcentaje establecido en los correspondientes contratos de concesión.
Canon Gasífero
El Canon Gasífero está compuesto por:
- El 50% de lo recaudado por concepto de Impuesto a la Renta obtenido por el Estado de las
empresas que realizan actividades de explotación de gas natural y sus derivados.
- El 50% de lo recaudado por concepto de Regalías por la explotación de tales recursos
naturales.
- Un porcentaje de los ingresos que obtiene el Estado por la explotación de dicho recurso
natural proveniente de contratos de servicios, de ser el caso. El porcentaje aplicable según
contrato es fijado por Decreto Supremo (varía según el contrato).
1.5. Periodicidad
Cálculo:
Impuesto a la Renta: Anual
Regalía Gasífera: Quincenal
Canon Gasífero: Mensual
Recaudación:
Impuesto a la Renta: Mensual, a través de la recaudación de los pagos a cuenta del Impuesto a la
Renta. La regularización del Impuesto a la Renta se realiza en forma anual.
Regalía Gasífera: Quincenal
Distribución:
Canon Gasífero: Mensual
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1.6. Utilización del canon
Financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que comprendan
intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen
beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y que
sean compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no pueden
considerar, en ningún caso, intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizadas
por el sector privado.
2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y Regalía Gasífera y distribución
del canon gasífero
2.1. Recaudación
Del Impuesto a la Renta
Las compañías determinan el Impuesto a la Renta por pagar en la Declaración Jurada Anual,
mediante el formulario de declaración anual, el cual es administrado por el ente recaudador, la
SUNAT. Mensualmente, las compañías van realizando pagos a cuenta calculados en razón de sus
ingresos y al final del ejercicio fiscal realizan la regularización anual del impuesto a la renta a
pagar por medio de la Declaración Jurada Anual. Esta declaración jurada anual es presentada a la
SUNAT durante los meses de marzo y abril del año siguiente al año que se declara. El importe de
Impuesto a la Renta devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de
distribución) corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta neto de créditos sin
derecho de devolución (casilleros N° 504 y 516 respectivamente). Es posible que las compañías
presenten Declaraciones Sustitutorias y Declaraciones Rectificatorias por la Declaración Jurada
Anual presentada.
Las declaraciones Sustitutorias son aquellas que reemplazan o sustituyen íntegramente
Declaraciones Juradas previamente presentadas por las compañías antes de la fecha de
vencimiento determinada por SUNAT. Las declaraciones Rectificatorias son aquellas que
presentan las compañías con posterioridad a la fecha de vencimiento determinada por SUNAT.
Para efectos de este Estudio, se han considerado las declaraciones Sustitutorias y aquellas
declaraciones rectificatorias presentadas hasta la fecha en que la SUNAT proporciona
información al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) para la distribución correspondiente, la cual
usualmente se da entre los meses de abril y mayo de los años correspondientes.
Presentación
DDJJ antes
de fecha de
vencimiento
Fecha de
vencimiento
de la DDJJ
Presentación
posterior a la
DDJJ original
Declaración Sustitutoria Declaración Rectificatoria
Fecha de
remisión de
información a
DGAES-MEF
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De las Regalías Gasíferas
Perupetro es quien se encarga de realizar quincenalmente la recaudación de las regalías
gasíferas. Perupetro audita mediante un tercero las operaciones de venta de las compañías
gasíferas y toma el dato del valor de producción para aplicar el porcentaje de la regalía contenida
en los contratos de licencia. Realizado el cálculo envía a la compañía gasífera una pre-liquidación
de la regalía a pagar, con lo cual ésta realiza el pago en las cuentas bancarias de Perupetro (los
pagos son realizados en dólares norteamericanos).
2.2. Distribución
Canon proveniente del Impuesto a la Renta
Para el proceso de distribución, el MEM proporciona al MEF la información correspondiente a los
titulares, ubicación distrital del recurso explotado y su número de Registro Único de
Contribuyente (RUC) correspondiente, que durante el Ejercicio gravable del año anterior hayan
realizado actividades extractivas de recursos naturales. Una vez obtenida dicha información, el
DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) solicita a la SUNAT los montos por Impuesto a la Renta
devengados por dichos contribuyentes; ésta última proporciona los montos de Impuesto a la
Renta, teniendo en consideración las Declaraciones Rectificatorias y Declaraciones Sustitutorias
que a la fecha de corte (fines de abril o principios mayo, generalmente) se hayan presentado. Con
ello, el DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) determina el monto por concepto de Canon Minero, el
cual corresponde al 50% del monto por Impuesto a la Renta devengado de las empresas gasíferas
en etapa de explotación.
Canon proveniente de las regalías
Si bien las empresas gasíferas pagan regalías quincenalmente, el cálculo del canon proveniente
de las regalías gasíferas es realizado por Perupetro de manera mensual en función al volumen de
producción fiscalizada de los pozos de producción. Perupetro deposita dicho monto en cuentas
de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas. El monto
determinado del canon es detraído del monto de las regalías gasíferas recaudadas en las dos
quincenas del mes en curso. Sobre el saldo de la regalía recaudada en el mes, se determina
también la participación según ley de Perupetro, del MEM, OSINERGMIN y los gastos de
fiscalización incurridos durante el período para la auditoría de las operaciones comerciales. El
saldo restante de la regalía es entregado al Tesoro Público.
La PCM toma los índices de distribución proporcionados por el MEF y realiza el cálculo de los
montos a distribuir tanto del canon proveniente del Impuesto a la Renta, como del proveniente de
las Regalías Gasíferas. Posteriormente informa a la Dirección General del Tesoro Público para
que realice las transferencias correspondientes.
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2.2.1 Área de influencia
Para efecto de la distribución del Canon Gasífero se considera como área de influencia a lo
establecido en el literal c) del artículo 4º del Reglamento (D.S. N° 005-2002-EF):
“…es el área territorial de los gobiernos regionales y gobiernos locales en cuya circunscripción se
realice la actividad de explotación de gas natural y condensados, otorgados bajo las formas
contractuales dispuestas en la Ley Nº 26221 – Ley Orgánica de Hidrocarburos y sus normas
reglamentarias. Cuando los contratistas posean concesiones en explotación ubicadas en
circunscripciones distintas, la distribución se realizará en proporción al volumen de producción
obtenido, según informe la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas.
En los casos de concesiones en explotación cuya extensión comprenda circunscripciones vecinas,
la distribución se realizará en partes iguales.”
2.2.2. Criterios de Distribución
Según el artículo 5º de la Ley de Canon, Ley N° 27506, modificada por el artículo 3º de la Ley N°
28077, “El Canon será distribuido entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo a los
índices de distribución que fije el MEF en base a criterios de población y pobreza vinculados a la
carencia de necesidades básicas y déficit de infraestructura”. Su distribución es la siguiente:
- El 10% (diez por ciento) del total recaudado para los gobiernos locales de la municipalidad
o municipalidades distritales donde se encuentra localizado el recurso natural.
- El 25% (veinticinco por ciento) del total recaudado para los gobiernos locales de la
provincia o provincias donde se encuentra localizado el recurso natural, excluyendo al
distrito o distritos productores.
- El 40% (cuarenta por ciento) del Canon del total recaudado para los gobiernos locales del
departamento o departamentos de las regiones, excluyendo a la provincia o provincias
donde se encuentra el recurso natural.
- El 25% (diez por ciento) del total recaudado para los gobiernos regionales donde se
encuentra el recurso natural.
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%
80% Gobierno Regional
20% Universidades
Beneficiario
Según i) Población y ii)
Necesidades básicas
insatisfechas
40%
Municipalidades del Departamento donde se
encuentra el recurso extraído, excluyendo a la
Provincia Productora
Criterios
Según i) Población y ii)
Necesidades básicas
insatisfechas
Can
on
Ga
síf
ero
10%Distrito Productor donde se encuentra el recurso
extraído.
25%
Municipalidades de la Provincia donde se
encuentra el recurso extraído, excluyendo al
Distrito Productor.
25%
Gobierno regional donde
se encuentra el recurso
extraído
Por su parte, el Decreto de Urgencia Nº 002-2004 del 30 de marzo de 2004, establece que para
los casos de los Regímenes Especiales (Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao)
establecidos en los artículos 33° y 34° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización,
el 40% del total recaudado se distribuirá entre los Gobiernos Locales de sus respectivas
circunscripciones. Asimismo, en el caso que la provincia productora cuente con un sólo distrito,
el 25% destinado a la provincia productora se distribuirá entre los gobiernos locales de la
provincia o provincias donde se encuentra localizado el recurso natural.
2.2.3. Determinación de los índices de distribución
Según el marco legal señalado anteriormente, los recursos del Canon Gasífero se asignan a los
gobiernos mediante índices de distribución, en cuya construcción se ha utilizado información
proveniente de las siguientes fuentes oficiales:
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)
- Proyecciones de la población estimada por los años 2004 - 2007 a nivel departamental,
provincial y distrital.
- Indicador de pobreza vinculado a necesidades básicas insatisfechas (NBI) y déficit de
infraestructura según departamentos, provincias y distritos.
Ministerio de Energía y Minas (MINEM)
- Listado de empresas que realizan actividades de explotación de gas natural bajo las
formas contractuales de Contratos de Licencia y Contratos de Servicios.
- Ubicación a nivel distrital, provincial y departamental de las áreas de concesión.
Con el marco legal vigente y la información proporcionada por las diversas fuentes oficiales antes
señaladas, la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF) procede a calcular los índices de distribución
del canon gasífero a los Gobiernos Locales y Regionales que correspondan.
2.2.4 Tipo de cambio
Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base
para calcular el canon gasífero correspondiente, son convertidos en moneda nacional utilizando
el tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros del día de la
transferencia del canon gasífero resultante.
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2.2.5 Transferencia del canon gasífero
Una vez cuantificados los (i) montos a distribuir por Perupetro y DGDFAS - MEF (antes DGAES –
MEF), y (ii) los índices de distribución por la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), la PCM se
encarga de calcular los montos a transferir a los distritos, provincias y departamentos
correspondientes y comunica a la DGTP – MEF para que realice las transferencias
correspondientes.
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Participaciones
Perupetro
Osinergmin
MEM
REGALÍA GASÍFERA
S/.
Canon Gasífero Tesoro Público
S/.
Gobiernos Locales Gobiernos Regionales
Compañías
Gasíferas
S/.
REGALÍAS PETROLERAS
IMPUESTO A LA RENTA
75% 25%
RECAUDACIO
N
DISTRIBUCIO
N
2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Gasífera y del Impuesto a la Renta y
distribución del Canon Gasífero
A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación de la
Regalía Gasífera, Impuesto a la Renta y la distribución del Canon Gasífero, presentando los
componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se
detallan:
Perupetro SUNAT
PCM
MEF
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IV.5 Derecho de Vigencia
1. Aspectos Generales
1.1. Concepto
El Derecho de Vigencia consiste en el pago anual que realiza el titular de cualquier
concesión minera, de beneficio, de labor general, de transporte minero, de explotación de
materiales de construcción, sea que su condición sea de gran, mediana, pequeña minería o
de minería artesanal, para el mantenimiento de su condición de titular sobre el área
concesionada, consistente en la suma de las atribuciones que tiene el concesionario, y
otorgado a su favor por el Estado; según las condiciones pactadas en su oportunidad,
puesto que su incumplimiento de pago por dos años continuos genera la caducidad de la
concesión y por ende su extinción; sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones
que como titular de la actividad minera le corresponde.
Es importante mencionar que el sistema de concesiones permite la transacción entre
cesionarios (titulares de los derechos de vigencia) y cedentes (personas naturales o
jurídicas con intención de utilizar la concesión, pagando por esto, las tasas
correspondientes). Dichas transacciones deben ser anotadas en Registros Públicos, e
informadas anualmente en la Declaración Anual Consolidada (DAC) que se presenta a la
Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (DGM-MEM).
1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio
- Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. D.S. 014-92-EM. 04/06/1992
- Reglamento de Procedimientos Mineros. D.S. 018-92-EM. 07/09/1992
- Reglamento de Diversos Títulos de TUO de la Ley General de Minería. D.S. 03-94-
EM. 14/01/1994
- Ley que modifica la Ley Nº 27015 (art. 9º Derecho de Vigencia de derechos
mineros). Ley 27560. 24/11/2001
- Aprueban el Reglamento de la Ley Especial que regula el otorgamiento de
Concesiones Mineras áreas urbanas y de expansión urbana. (Art. 13º Devolución
del Derecho de Vigencia). D.S. 008-2002-EM. 21/01/2002
- Autorizan utilizar Cartografía Digital Censal elaborada por el INEI para la
distribución de ingresos provenientes del Derecho de Vigencia entre
municipalidades y ubicación de derechos mineros. D.S. 002-2001. 18/01/2001
- Establece procedimiento para calcular el pago de Derecho de Vigencia de las
concesiones de beneficio. R. D. 185-97-EM/DGM. 16/05/1997.
- Ley de la Formalización y Promoción de la pequeña Minería y la Minería Artesanal.
Ley 27651. 24/01/2002
- Establecen disposiciones para pago del derecho de vigencia y/o penalidad y
modifica el reglamento de Diversos títulos del TUO de la Ley General de Minería y
del Reglamento de Procedimientos Mineros. 010-2002-EM. 09/03/2002.
- Aprueban el Reglamento de la Ley de Formalización y promoción de la Pequeña
Minería y la Minería Artesanal. D.S. 013-2002-EM. 21/04/2002
- Modifican art. 34º, 37º y 74º del Reglamento de diversos títulos de la Ley General
de Minería, aprobado por D. S. 03-94-EM. D.S. 045-2007-EM. 06/09/2007
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1.3. Participantes
Contribuyentes: Compañías mineras en exploración y en explotación.
Recaudador: Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET.
Distribuidor: Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET.
1.4. Base de Cálculo
Derecho de Vigencia= # de Hectáreas del denuncio (según Padrón Minero) X Tasa
1.5. Periodicidad
Cálculo: Anual
Recaudación: Anual
Distribución: Mensual
1.6. Utilización
Esta información está detallada en el cuadro de la sección “Criterios de Distribución” de
los Derechos de Vigencia.
2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de los Derechos de Vigencia
2.1. Recaudación
La recaudación del pago de Derecho de Vigencia y/o Penalidad se realiza de la siguiente
manera:
- Para los denuncios gestionados por primera vez (formulación de petitorios), la
recaudación puede ser efectuada en cualquier momento del año, dependiendo de la
fecha en que estos son tramitados.
- Para los denuncios con antigüedad mayor a un año de formulación del derecho
minero, la recaudación se efectúa entre el 01 de enero y el 30 de junio del año
siguiente al que devenga el derecho, sobre la base de la información contenida en
el Padrón Minero.
El Derecho de Vigencia es pagado por los titulares en los bancos que la Dirección de
Derecho de Vigencia del INGEMMET ha designado para tales fines (principales
bancos del país). Para esto, la Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET,
remite a los bancos el listado de códigos de los denuncios a ser pagados. El
pagador solo deberá consignar el código de los denuncios a cancelar. Los pagos no
pueden ser fraccionados; se pagan sólo una vez al año. Los pagos son efectuados
en dólares norteamericanos o en soles al tipo de cambio que determine la
institución financiera en el momento de la operación.
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Montos a pagar según condición del titular (condición determinada por la Dirección
General de Minería del MEM)
Condición Derecho de Vigencia Penalidad2
Régimen General US$ 3 x Hectárea US$ 6 x Hectárea (A)
US$ 20 x Hectárea (B)
Pequeño Productor
Minero US$ 1 x Hectárea
US$ 1 x Hectárea (A)
US$ 5 x Hectárea (B)
Productor Minero
Artesanal US$ 0.50 x Hectárea
US$ 0.50 x Hectárea (A)
US$ 3 x Hectárea (B)
(A) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incluidos en lo dispuesto por el 1er párrafo del
Art. 40º del TUO3.
(B) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incluidos en lo dispuesto por el 2do párrafo
del Art. 40º del TUO4.
2.2. Distribución
Es el proceso mensual mediante el cual se asignan los montos recaudados por concepto de
Derecho de Vigencia y Penalidad a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales e
Instituciones del Sector Energía y Minas según sea el caso.
El monto recaudado y distribuible de un mes, se transfiere a las cuentas del Banco de la
Nación, creadas para este efecto, en la segunda quincena del mes siguiente.
2.2.1 Área de influencia
Para efecto de la distribución del derecho de vigencia se considera como área de
influencia el área territorial de los gobiernos distritales donde se encuentran ubicadas las
concesiones mineras en exploración y en explotación.
2 La Penalidad es el monto que debe pagarse anualmente para mantener la vigencia de las concesiones mineras al no
haberse cumplido – pese a encontrarse obligado- con acreditar ante la Dirección General de Minería la producción o
inversión mínima dentro de los plazos establecidos.
3 Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 1er párrafo del artículo 40º del TUO.
Articulo 40.- En caso de que no se cumpliese con lo dispuesto en el Artículo 38, a partir del primer semestre del
sétimo año computado desde aquel en que se hubiere otorgado el título de concesión minera, el concesionario deberá
pagar una penalidad de US$ 6.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que
cumpla con la producción mínima anual. En el caso de los pequeños productores mineros, la penalidad será US$ 1.00
o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima
anual. En el caso de los productores mineros artesanales, la penalidad será de US$ 0.50 o su equivalente en moneda
nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima anual.
4 Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 2do. párrafo del artículo 40º del TUO.
Si continuase el incumplimiento a partir del duodécimo año, la penalidad será de US$ 20.00 o su equivalente en
moneda nacional por año y por hectárea. Para el pequeño productor minero la penalidad, a partir del duodécimo año,
será de US$ 5.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea. Para el productor minero artesanal la
penalidad, a partir del duodécimo año, será de US$ 3.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea.
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2.2.2 Criterios de Distribución
La Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET realiza el cálculo de la distribución del
100% de los Derechos de Vigencia recaudados por mes, de la siguiente manera, de
acuerdo con lo estipulado en la Ley N° 28327 (pagos de derecho de vigencia de los
titulares mineros de régimen general):
% Institución5 Utilización
75% Municipalidad distrital o
municipalidades distritales donde se
encuentra localizado el petitorio o
concesión afecta.
Ejecución de programas de inversión y desarrollo en sus
respectivas circunscripciones; en caso de que el petitorio
o concesión afecta se ubicase en dos (2) o más
municipalidades distritales, la distribución se efectuará
en partes iguales.
20% Instituto Geológico Minero y
Metalúrgico – INGEMMET (a)
Fines de mantenimiento y desarrollo del Sistema de
Concesiones y Catastro Minero del Sistema de
Distribución del Derecho de Vigencia.
5% Ministerio de Energía y Minas Fines de mantenimiento y desarrollo del Sistema de
Información Minero-Metalúrgico
(a) La Ley 28327 establece una distribución del 10% para INGEMMET y 10% para el INAAC, sin
embargo debido a que actualmente, las funciones del ex - INAAC están siendo atendidas por
INGEMMET, el 20% le corresponde al INGEMMET.
El sistema SIDEMCAT recoge la información de las recaudaciones de Derechos de Vigencia
realizadas a través de los bancos y realiza la distribución en forma automática siguiendo
los porcentajes mencionados en el cuadro anterior. Una vez determinada esta
información, es revisada por el Director de Derecho de Vigencia de INGEMMET, quien
autoriza la emisión de una Resolución en el diario oficial “El Peruano” indicando el detalle
de la distribución.
2.2.3 Determinación de los índices de distribución
No aplicable para temas de derecho de vigencia.
2.2.4 Tipo de cambio
El derecho de vigencia es recaudado tanto en moneda nacional como en moneda
extranjera (dólares estadounidenses). Al momento de la determinación de la distribución,
los montos son calculados respetando la naturaleza de la moneda con que se realizó la
recaudación. Una vez transferidos estos fondos al Banco de la Nación para las
transferencias correspondientes, éstas son convertidas a nuevos soles de ser el caso,
utilizando el tipo de cambio del día de la transferencia según lo indicado por la
Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).
5 Los gobiernos regionales recibirán los porcentajes de 20% y 5% (descritos en este cuadro) que
correspondan al pago efectuado por los Pequeños Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales para el ejercicio de las funciones que, en material minera, han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización; tales como las relacionadas con la protección del medio ambiente.
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2.2.5 Transferencia del derecho de vigencia
Una vez que la Resolución de distribución se hizo pública (una sola publicación por
distribución), dicha información se remite al área administrativa del INGEMMET para que,
mediante otra Resolución, proceda a realizar las transferencias correspondientes dentro
de la segunda quincena del mes siguiente al mes que devenga.
Cronología de la recaudación y distribución del Derecho de Vigencia
Ene
Año 200X
Feb Jun May Abr Mar Jul Ago Set Oct Nov Dic
En esta parte del año, INGEMMET recauda
por concepto de cancelación de derechos
antiguos (antes del 30 de junio) y por
petitorios nuevos.
En esta parte del año se reciben pagos
generalmente por los petitorios nuevos
que se generen en este período.
Cronología de la Recaudación y Distribución del Derecho de Vigencia
La distribución se realiza dentro de la segunda quincena del mes siguiente al mes en que se recaudó.
En la mayoría de los casos se distribuye el 100% de lo recaudado. Solo en casos excepcionales se
retrasa la distribución, como cuando se recauda por petitorios nuevos pero que aún no han sido
aprobados por la oficina de Catastro Minero del MEM.
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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2.3 Esquema del proceso de recaudación y distribución del Derecho de Vigencia
A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación y
distribución del Derecho de Vigencia descrito en esta sección, presentando los
componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se
detallan:
Participaciones
MEM
INGEMMET
(25%)
DERECHO DE VIGENCIA
S/.
Derecho de
Vigencia
(75%)
Gobiernos Locales
Compañías
Mineras RECAUDACION
DISTRIBUCION
S/.
INGEMMET
INGEMMET
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V. Resumen final de los resultados del Segundo Estudio de conciliación de la recaudación
A continuación se presenta el resumen final del estudio de conciliación de la recaudación del
impuesto a la renta, regalías mineras y petroleras; y derechos de vigencia.
69.94%
3.94%
25.90%
0.22%
Representatividad de los Montos Conciliados
Impuesto a la Renta Regalías Mineras
Regalías de Hidrocarburos Derechos de Vigencia
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Conceptos Importe Conciliado según
instituciones públicas (en nuevos soles)
%
Impuesto a la Renta 22,173,503,360 69.94
Regalías Mineras 1,249,024,351 3.94
Regalías de Hidrocarburos 8,212,158,923 25.90
Derechos de Vigencia 69,770,833 0.22
Total 31,704,457,467 100.00
Nota: Montos en nuevos soles cuyo origen en ciertos casos son en dólares norteamericanos. A continuación la determinación de las cifras por rubro:
Conciliación de Impuesto a la renta
compañías Mineras 2008 2009 2010 Total
S/. (a) 2,243,384,989 1,884,456,567 3,392,972,646 7,520,814,202
US$ (b) 1,437,550,435 1,312,569,852 1,439,213,595 4,189,333,882
S/. convertidos en US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)
4,206,272,570 3,953,460,394 4,067,217,619 12,226,950,583
Total (a) + (d) 6,449,657,559 5,837,916,961 7,460,190,265 19,747,764,785
Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826
Conciliación de Impuesto a la renta compañías de Hidrocarburos
2008 2009 2010 Total
S/. (a) 401,190,017 271,688,666 445,798,251 1,118,676,934
US$ (b) 151,859,142 87,049,017 212,501,823 451,409,982
S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)
444,339,849 262,191,639 600,530,152 1,307,061,640
Total (a) + (d) 845,529,866 533,880,305 1,046,328,403 2,425,738,574
Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826
Resumen de Conciliación de Impuesto a
la renta compañías mineras e Hidrocarburos
2008 2009 2010 Total
S/. (a) 2,644,575,006 2,156,145,233 3,838,770,897 8,639,491,136
US$ (b) 1,589,409,576 1,399,618,869 1,651,715,418 4,640,743,863
S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)
4,650,612,419 4,215,652,033 4,667,747,771 13,534,012,223
Total (a) + (d) 7,295,187,425 6,371,797,266 8,506,518,668 22,173,503,359
Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826
Recaudación de Regalías Mineras 2008 2009 2010 Total
S/. 348,328,267 334,147,399 566,548,685 1,249,024,351
Recaudación de Regalías de Hidrocarburos
2008 2009 2010 Total
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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US$ (b) 953,665,133 731,510,127 1,138,862,789 2,824,038,049
S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)
2,790,424,179 2,203,308,503 3,218,426,242 8,212,158,924
Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826
Recaudación de Derechos de Vigencia 2008 2009 2010 Total
US$ (b) 7,757,551 7,450,388 8,716,090 23,924,029
S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)
22,698,594 22,440,569 24,631,670 69,770,833
Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826
En relación con el efecto de las diferencias entre los montos conciliados recaudados por las instituciones públicas y los pagos realizados por las compañías, presentamos el efecto de los mismos sobre el total del monto recaudado:
Conceptos Importe Conciliado según instituciones públicas (en
nuevos soles)
Diferencia respecto a los montos declarados
por las compañías
% diferencia respecto al concepto
% diferencia respecto al total
conciliado
Impuesto a la Renta 22,173,503,360 - - -
Regalías Mineras 1,249,024,351 110,764 0.009 0.001
Regalías de Hidrocarburos 8,212,158,923 -42,414 (0.001) (0.001)
Derechos de Vigencia 69,770,833 -2,800,048 (3.939) (0.001)
Total 31,704,457,467 -2,731,698 (0.009) (0.009)
Nota: Por efectos de presentación, los decimales están siendo redondeados a 3 dígitos decimales.
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 78
V.1. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación del Impuesto a la Renta
La conciliación de los importes del impuesto a la renta se ha realizado tomando la moneda
original de declaración, por lo que se muestran las cifras en Nuevos Soles o en Dólares de los
Estados Unidos de Norteamérica, según corresponda a la moneda de declaración por compañía.
A continuación se presenta el resumen final del segundo estudio de conciliación del impuesto a la
renta de las compañías de Hidrocarburos:
Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos:
Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos
Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia
2008 S/. 401,190,017 401,190,017 -
US$ 151,859,142 151,859,142 -
2009 S/. 271,688,666 271,688,666 -
US$ 87,049,017 87,049,017 -
2010 S/. 445,798,251 445,798,251 -
US$ 212,501,823 212,501,823 -
Total S/. 1,118,676,934 1,118,676,934 -
Total US$ 451,409,982 451,409,982 -
Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos no
afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta:
Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos
Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia
2008 S/. 343,784,622 343,784,622 -
US$ 101,221,761 101,221,761 -
2009 S/. 179,536,332 179,536,332 -
US$ 22,305,549 22,305,549 -
2010 S/. 195,350,227 195,350,227 -
US$ 72,485,625 72,485,625 -
Total S/. 718,671,181 718,671,181 -
Total US$ 196,012,935 196,012,935 -
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 79
Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta
Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos
Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia
2008 S/. 57,405,395 57,405,395 -
US$ 50,637,381 50,637,381 -
2009 S/. 92,152,334 92,152,334 -
US$ 64,743,468 64,743,468 -
2010 S/. 250,448,024 250,448,024 -
US$ 140,016,198 140,016,198 -
Total S/. 400,005,753 400,005,753 -
Total US$ 255,397,047 255,397,047 -
Asimismo, a continuación se presenta el resumen final del Segundo Estudio de conciliación del
impuesto a la renta de compañías mineras en explotación:
Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de empresas mineras en etapa de explotación
Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia
2008 S/ 2,243,384,989 2,243,384,989 -
US$ 1,437,550,435 1,437,550,435 -
2009 S/ 1,884,456,567 1,884,456,567 -
US$ 1,312,569,852 1,312,569,852 -
2010 S/ 3,392,972,646 3,392,972,646 -
US$ 1,439,213,595 1,439,213,595 -
Total S/ 7,520,814,202 7,520,814,202 -
Total US$ 4,189,333,882 4,189,333,882 -
V.2. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías Mineras y de Hidrocarburos
A continuación se presenta el resumen final del segundo estudio de conciliación de las Regalías
Mineras:
Resumen final de conciliación de Regalías Mineras
Año Moneda Según MEF / SUNAT Según Compañías Diferencia %
2008 S/ 348,328,267 348,288,858 39,409 0.011%
2009 S/ 334,147,399 334,096,702 50,697 0.015%
2010 S/ 566,548,685 566,528,027 20,658 0.004%
Total S/ 1,249,024,351 1,248,913,587 110,764 0.009%
Notas:
(i) Diferencia inmaterial
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 80
A continuación se presenta el resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías
de Hidrocarburos:
Resumen final de conciliación de Regalías de Hidrocarburos
Año Moneda Según Perupetro Según Compañía Diferencia (i) % (i)
2008 US$ 953,665,133 953,682,312 (17,179) 0.002%
2009 US$ 731,510,127 731,507,734 2,393 0.001%
2010 US$ 1,138,862,789 1,138,862,561 228 0.001%
Total US$ 2,824,038,049 2,824,052,607 (14,558) 0.001%
Notas:
(i) Diferencia inmaterial.
V.3. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de los Derechos de Vigencia
A continuación se presenta el resumen final del estudio de conciliación de los Derechos de
Vigencia:
Resumen de conciliación de Derechos de Vigencia
Año Moneda INGEMMET Compañía Diferencia (i) % (i)
2008 US$ 7,757,551 8,020,293 (262,742) (3.387%)
2009 US$ 7,450,388 8,045,373 (594,985) (7.986%)
2010 US$ 8,716,090 8,800,722 (84,632) (0.971%)
Total US$ 23,924,029 24,866,388 (942,359) (3.939%)
Notas:
(i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por las compañías y
que a su vez las compañías reconocen denuncios no declarados por INGEMMENT. Esto se debe a:
(A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que no son reportados a INGEMMENT
(B) Las compañías reportan denuncios que están pagando por cuenta de terceros
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 81
VI. Detalle de los resultados del Segundo Estudio de Conciliación de la Recaudación
En esta sección se presenta el detalle de los resultados finales de la conciliación realizada entre la
información proporcionada por las compañías adheridas al Estudio y la información
proporcionada por las instituciones públicas para los siguientes conceptos:
- Impuesto a la Renta
- Regalía Minera
- Regalía de Hidrocarburos
- Derecho de Vigencia
Cabe señalar, que la información presentada guarda relación con la voluntad de las compañías de
mostrar su información de manera agregada o desagregada.
En el formato de adherencia firmado por las compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE con la
Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú, las compañías expresa su voluntad de mostrar su
información en forma agregada (en conjunto con un grupo determinado de compañías) o en
forma desagregada (mostrando en forma detallada la información proporcionada por la
compañía).
El Consultor ha firmado con las compañías adheridas al Segundo Estudio, un convenio de
confidencialidad donde se indica que se respetará la voluntad de lo establecido en los referidos
formatos individuales de adherencia.
A continuación, se presenta las compañías adheridas al ITIE indicando su voluntad de
participación en el Segundo Estudio de Conciliación:
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 82
N° Participación Actividad Compañía
Sector Hidrocarburos - Agregadas
1 Agregado Exploración Ecopetrol del Perú S.A.
2 Agregado Explotación Graña y Montero Petrolera S.A.
3 Agregado Explotación Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú
4 Agregado Explotación Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
5 Agregado Exploración Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú
6 Agregado Exploración Perenco Perú Limited Sucursal del Perú
7 Agregado Explotación Pluspetrol Lote 56 S.A
8 Agregado Explotación Pluspetrol Camisea S.A
9 Agregado Explotación Pluspetrol Norte S.A
10 Agregado Explotación Pluspetrol Perú Corporation S.A
11 Agregado Explotación Savia Perú S.A.
12 Agregado Explotación SK Innovation Sucursal Peruana
13 Agregado Exploración Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú
Sector Hidrocarburos - Desagregadas
1 Desagregado Explotación Interoil Perú S.A.
2 Desagregado Explotación Olympic Perú INC, Sucursal del Perú
3 Desagregado Explotación Petrobras Energía Perú S.A.
4 Desagregado Explotación Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú
5 Desagregado Explotación Sonatrach Perú Corporation S.A.C
Sector Minería - Agregadas
1 Agregado Explotación Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
2 Agregado Explotación Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
3 Agregado Explotación Compañía Minera Argentum S.A.
4 Agregado Explotación Compañía Minera Ares S.A.C
5 Agregado Explotación Compañía Minera Condestable S.A
6 Agregado Explotación Compañía Minera Raura S.A
7 Agregado Explotación Gold Fields La Cima S.A.A.
8 Agregado Exploración Lumina Copper S.A.C.
9 Agregado Explotación Minera Bateas S.A.C.
10 Agregado Explotación Minera Suyamarca S.A.C
11 Agregado Explotación Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
12 Agregado Explotación Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
13 Agregado Explotación Volcan Compañía Minera S.A.A.
Sector Minería - Desagregadas
1 Desagregado Exploración Anglo American Exploration Perú S.A.
2 Desagregado Exploración Anglo American Michiquillay S.A.
3 Desagregado Exploración Anglo American Perú S.A.
4 Desagregado Exploración Anglo American Quellaveco S.A.
5 Desagregado Explotación Compañía de Minas Buenaventura S.A.A
6 Desagregado Explotación Compañía Minera Antamina S.A.
7 Desagregado Explotación Compañía Minera Atacocha S.A.A
8 Desagregado Explotación Compañía Minera Milpo S.A.A.
9 Desagregado Explotación Compañía Minera Poderosa S.A.
10 Desagregado Explotación Compañía Minera San Juan (Perú) S.A.
11 Desagregado Explotación Consorcio Minero Horizonte S.A.
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 83
N° Participación Actividad Compañía
12 Desagregado Explotación Empresa Minera Los Quenuales S.A.
13 Desagregado Explotación Minera Barrick Misquichilca S.A.
14 Desagregado Explotación Minera Pampa de Cobre S.A
15 Desagregado Explotación Minera Yanacocha S.R.L.
16 Desagregado Explotación Minsur S.A.
17 Desagregado Exploración Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.
18 Desagregado Explotación Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.
19 Desagregado Explotación Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
20 Desagregado Explotación Xstrata Tintaya S.A.
Resumen
Sector Condición # de compañías Sector Situación # de compañías
Hidrocarburos Agregadas 13 Hidrocarburos Exploración 4
Hidrocarburos Desagregadas 5 Hidrocarburos Explotación 14
Minería Agregadas 13 Minería Exploración 6
Minería Desagregadas 20 Minería Explotación 27
Total Agregadas 26 Total Exploración 10
Total Desagregadas 25 Total Explotación 41
Total 51 Total 51
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 84
VI.1. Impuesto a la Renta
Para efectos de realizar la conciliación de la recaudación del impuesto a la renta, se consideró un
universo de 40 compañías: 14 compañías de hidrocarburos en explotación y 26 compañías
mineras en explotación adheridas a la iniciativa del ITIE, debido a que de las 51 compañías
adheridas al Estudio, 10 compañías se encuentran en etapa de exploración durante los años
2008 a 2010 y, por tanto, al no generar ingresos, no tienen impuesto a la renta a declarar y
pagar. Dichas compañías en etapa de exploración son:
1. Ecopetrol del Perú S.A.
2. Pacific Stratus Energy S.A., Sucursal del Perú
3. Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú
4. Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú
5. Anglo American Michiquillay S.A.
6. Anglo American Quellaveco S.A.
7. Anglo American Exploration Perú S.A
8. Anglo American Perú S.A.
9. Lumina Copper S.A.C.
10. Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.
La conciliación consiste en realizar una comparación entre los importes del Impuesto a la Renta
declarado proporcionado por las compañías mineras y de hidrocarburos adheridas, contra los
importes del impuesto a la renta proporcionado por la SUNAT. El importe de Impuesto a la Renta
devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de distribución del canon)
corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta, más el importe por pagos a cuenta del
Impuesto a la Renta acreditados contra el ITAN, determinado y consignado por compañía en los
casilleros Nro. 504 y 126, respectivamente, excepto para aquellas compañías que tienen más de
una unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado en los anexos
mineros o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas presentadas a SUNAT por
compañía.
La conciliación de los importes del impuesto a la renta se ha realizado tomando la moneda
original de declaración, por lo que se muestran las cifras en Nuevos Soles o en Dólares de los
Estados Unidos de Norteamérica, según corresponda a la moneda de declaración de las
compañías.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 85
Conciliación entre el impuesto a la renta pagado por las compañías adheridas y los ingresos
recaudados por la SUNAT
Año 2008
N° Compañías Moneda
Año 2008
Según SUNAT Según
Compañía Diferencia
Compañías de hidrocarburos
1 Interoil Perú S.A. S/ 24,645,474 24,645,474 -
2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ - - -
3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 155,696,092 155,696,092 -
4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 870,574 870,574 -
5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 6,177,856 6,177,856 -
Compañías agregadas en Nuevos Soles (ii) S/ 219,977,877 219,977,877 -
Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (ii) US$ 145,681,286 145,681,286 -
TOTAL S/ 401,190,017 401,190,017 -
TOTAL US$ 151,859,142 151,859,142 -
Compañías mineras
1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ - - -
2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 494,080,678 494,080,678 -
3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ - - -
4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 48,660,669 48,660,669 -
5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 21,290,080 21,290,080 -
6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ - - -
7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 59,707,232 59,707,232 -
8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ - - -
9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 295,836,915 295,836,915 -
10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - -
11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 206,917,474 206,917,474 -
12 Minsur S.A. S/ 447,401,856 447,401,856 -
13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 348,220,389 348,220,389 -
14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 1,366,513,606 1,366,513,606 -
15 Xstrata Tintaya S.A. US$ 92,494,979 92,494,979 -
Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 299,811,546 299,811,546 -
Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iii) US$ - - -
TOTAL S/ 2,243,384,989 2,243,384,989 -
TOTAL US$ 1,437,550,435 1,437,550,435 -
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 86
Notas:
(i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas:
1. Graña y Montero Petrolera S.A.
2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C.
3. Savia Perú S.A.
4. SK Innovation Sucursal Peruana
5. Pluspetrol Norte S.A.
6. Pluspetrol Perú Corporation S.A.
7. Pluspetrol Camisea S.A.
8. Pluspetrol Lote 56 S.A.
9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
(ii) Detalle de Compañías mineras agregadas:
1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
3. Compañía Minera Argentum S.A.
4. Compañía Minera Condestable S.A.
5. Compañía Minera Raura S.A.
6. Gold Fields La Cima S.A.
7. Minera Bateas S.A.C.
8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
10. Compañía Minera Ares S.A.
11. Minera Suyamarca S.A.C.
12. Volcan Compañía Minera S.A.A.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 87
Año 2009
N° Compañía Moneda
Año 2009
Según SUNAT Según
Compañía Diferencia
Compañías de hidrocarburos
1 Interoil Perú S.A. S/ 26,997,066 26,997,066 -
2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ 3,800,879 3,800,879 -
3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 98,418,090 98,418,090 -
4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 512,144 512,144 -
5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 13,511,358 13,511,358 -
Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 145,761,366 145,761,366 -
Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iii) US$ 69,736,780 69,736,780 -
TOTAL S/ 271,688,666 271,688,666 -
TOTAL US$ 87,049,017 87,049,017 -
Compañías mineras
1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ 70,441,840 70,441,840 -
2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 438,388,957 438,388,957 -
3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ 11,498,716 11,498,716 -
4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 69,266,759 69,266,759 -
5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 29,724,353 29,724,353 -
6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ - - -
7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 68,033,381 68,033,381 -
8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ - - -
9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 296,982,753 296,982,753 -
10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - -
11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 310,862,588 310,862,588 -
12 Minsur S.A. S/ 294,717,759 294,717,759 -
13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 197,518,237 197,518,237 -
14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 862,682,716 862,682,716 -
15 Xstrata Tintaya S.A. US$ 68,817,317 68,817,317 -
Compañías agregadas en Nuevos Soles (iv) S/ 478,091,043 478,091,043 -
Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iv) US$ - - -
TOTAL S/ 1,884,456,567 1,884,456,567 -
TOTAL US$ 1,312,569,852 1,312,569,852 -
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 88
Notas:
(i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas:
1. Graña y Montero Petrolera S.A.
2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C.
3. Savia Perú S.A.
4. SK Innovation Sucursal Peruana
5. Pluspetrol Norte S.A.
6. Pluspetrol Perú Corporation S.A.
7. Pluspetrol Camisea S.A.
8. Pluspetrol Lote 56 S.A.
9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
(ii) Detalle de Compañías mineras agregadas:
1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
3. Compañía Minera Argentum S.A.
4. Compañía Minera Condestable S.A.
5. Compañía Minera Raura S.A.
6. Gold Fields La Cima S.A.
7. Minera Bateas S.A.C.
8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
10. Compañía Minera Ares S.A.
11. Minera Suyamarca S.A.C.
12. Volcan Compañía Minera S.A.A.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 89
Año 2010
N° Compañía Moneda
Año 2010
Según SUNAT Según
Compañía Diferencia
Compañías de hidrocarburos
1 Interoil Perú S.A. S/ 21,594,407 21,594,407 -
2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ 8,133,427 8,133,427 -
3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 105,916,633 105,916,633 -
4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 36,207,698 36,207,698 -
5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 30,749,827 30,749,827 -
Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 282,079,513 282,079,513 -
Compañías agregadas en dólares estadounidenses (iii) US$ 173,618,569 173,618,569 -
TOTAL S/ 445,798,251 445,798,251 -
TOTAL US$ 212,501,823 212,501,823 -
Compañías mineras
1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ 106,750,452 106,750,452 -
2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 448,218,478 448,218,478 -
3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ 40,508,809 40,508,809 -
4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 111,612,579 111,612,579 -
5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 35,745,862 35,745,862 -
6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ 550,922 550,922 -
7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 100,827,127 100,827,127 -
8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ 2,260,498 2,260,498 -
9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 296,098,755 296,098,755 -
10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - -
11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 277,824,591 277,824,591 -
12 Minsur S.A. S/ 512,498,780 512,498,780 -
13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 417,071,771 417,071,771 -
14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 1,434,187,522 1,434,187,522 -
15 Xstrata Tintaya S.A. S/ 335,535,395 335,535,395 -
Compañías agregadas en Nuevos Soles (iv) S/ 712,494,700 712,494,700 -
Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iv) US$ - - -
TOTAL S/ 3,392,972,646 3,392,972,646 -
TOTAL US$ 1,439,213,595 1,439,213,595 -
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Notas:
(i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas:
1. Graña y Montero Petrolera S.A.
2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C.
3. Savia Perú S.A.
4. SK Innovation Sucursal Peruana
5. Pluspetrol Norte S.A.
6. Pluspetrol Perú Corporation S.A.
7. Pluspetrol Camisea S.A.
8. Pluspetrol Lote 56 S.A.
9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
(ii) Detalle de Compañías mineras agregadas:
1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
3. Compañía Minera Argentum S.A.
4. Compañía Minera Condestable S.A.
5. Compañía Minera Raura S.A.
6. Gold Fields La Cima S.A.
7. Minera Bateas S.A.C.
8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
10. Compañía Minera Ares S.A.
11. Minera Suyamarca S.A.C.
12. Volcan Compañía Minera S.A.A.
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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VI.2. Regalía Minera
Las regalías mineras están determinadas para las compañías del sector minero que se
encuentran en etapa de explotación. Del universo de compañías adheridas al Segundo Estudio,
26 de las 33 compañías clasificadas como mineras se encuentran en dicha etapa. De estas 26
compañías en etapa de explotación, 5 cuentan con convenios de estabilidad tributaria y
administrativa anteriores a la entrada en vigencia de la Ley de Regalía Minera N° 28258 (junio
2004) por lo que no les resulta aplicable la obligación de pagar la Regalía Minera en el período
sujeto a revisión. En este sentido, el universo de compañías adheridas al Estudio que están
afectas al pago de regalía minera y por las cuales se ha realizado la conciliación correspondiente
es de 21 compañías
Las compañías mineras en etapa de exploración que no les resulta aplicable las regalías mineras
son:
1. Anglo American Michiquillay S.A.
2. Anglo American Quellaveco S.A.
3. Anglo American Exploration del Perú S.A.
4. Anglo American Perú S.A.
5. Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.
6. Lumina Copper S.A.C.
Compañías mineras en etapa de explotación con convenios de estabilidad tributaria y
administrativa anteriores a la entrada en vigencia de la Ley de Regalía Minera N° 28258 (junio
2004), por lo que no les resulta aplicable la obligación de pagar la Regalía Minera en el período
sujeto a revisión:
1. Compañía Minera Antamina S.A.
2. Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.
3. Xstrata Tintaya S.A.
4. Minera Barrick Misquichilca S.A.
5. Compañía Minera Milpo S.A.A.
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Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos
recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles.
Año 2008
Nro. Compañías
2008 (S/.)
SUNAT / MEF Compañía Diferencia
(i) % (i)
1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 1,077,873 1,077,873 - -
2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 3,909,500 3,909,500 - -
3.- Minsur S.A. 57,803,786 57,803,786 - -
4.- Compañía Minera Poderosa S.A. 3,429,093 3,429,093 - -
5.- Minera Yanacocha S.R.L. 212,318 209,458 2,860 1.347%
6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 39,396,526 39,396,526 - -
7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 8,137,055 8,137,055 - -
8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 7,485,217 7,485,217 - -
9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 155,706,550 155,706,550 - -
10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 148,051 148,051 - -
Compañías Agregadas (ii) 71,022,298 70,985,749 36,549 0.051%
Total 348,328,267 348,288,858 39,409 0.011%
Notas:
(i) Diferencia inmaterial
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
3. Compañía Minera Argentum S.A.
4. Compañía Minera Condestable S.A.
5. Compañía Minera Ares S.A.C.
6. Compañía Minera Raura S.A.
7. Gold Fields La Cima S.A.A.
8. Minera Bateas S.A.C.
9. Minera Suyamarca S.A.C.
10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
12. Volcan Compañía Minera S.A.A.
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Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos
recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles.
Año 2009
Nro. Compañías
2009 (S/.)
SUNAT / MEF Compañía Diferencia
(i) % (i)
1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 791,811 791,811 - -
2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 3,026,655 3,026,655 - -
3.- Minsur S.A. 34,222,452 34,222,452 - -
4.- Cía. Minera Poderosa S.A. 4,766,995 4,761,316 5,679 0.119%
5.- Minera Yanacocha S.R.L. 193,043 193,043 - -
6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 45,100,742 45,100,742 - -
7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 2,957,946 2,957,946 - -
8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 8,267,405 8,261,069 6,336 0.077%
9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 128,930,787 128,930,787 - -
10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. - - - -
Compañías Agregadas (ii) 105,889,563 105,850,881 38,682 0.037%
Total 334,147,399 334,096,702 50,697 0.015%
Notas:
(i) Diferencia inmaterial
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
3. Compañía Minera Argentum S.A.
4. Compañía Minera Condestable S.A.
5. Compañía Minera Ares S.A.C.
6. Compañía Minera Raura S.A.
7. Gold Fields La Cima S.A.A.
8. Minera Bateas S.A.C.
9. Minera Suyamarca S.A.C.
10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
12. Volcan Compañía Minera S.A.A.
(iii) En dicho período Minera San Juan S.A. no presentó operaciones.
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Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos
recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles.
Año 2010
Nro. Compañías
2010 (S/.)
SUNAT / MEF Compañía Diferencia
(i) % (i)
1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 1,363,330 1,363,330 - -
2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 5,275,671 5,275,671 - -
3.- Minsur S.A. 62,136,170 62,136,170 - -
4.- Cía. Minera Poderosa S.A. 7,018,662 7,018,662 - -
5.- Minera Yanacocha S.R.L. 38,175,082 38,175,082 - -
6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 55,827,912 55,827,912 - -
7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 8,794,537 8,794,537 - -
8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 14,243,907 14,243,907 - -
9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 184,977,664 184,977,664 - -
10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 275,948 275,948 - -
11.- Xstrata Tintaya S.A. (iii) 35,843,260 35,843,260 - -
Compañías Agregadas (ii) 152,616,542 152,595,884 20,658 0.014%
Total 566,548,685 566,528,027 20,658 0.004%
Notas:
(i) Diferencia inmaterial
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
3. Compañía Minera Argentum S.A.
4. Compañía Minera Condestable S.A.
5. Compañía Minera Ares S.A.C.
6. Compañía Minera Raura S.A.
7. Gold Fields La Cima S.A.A.
8. Minera Bateas S.A.C.
9. Minera Suyamarca S.A.C.
10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
12. Volcan Compañía Minera S.A.A.
(iii) A partir de este período Xstrata Tintaya S.A. empezó a pagar regalías mineras.
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VI.3. Regalías de Hidrocarburos
De las 18 compañías del sector de hidrocarburos incluidas en el Segundo Estudio, 14 han
presentado actividad de explotación durante los períodos 2008, 2009 y 2010. Las compañías
que no han presentado operaciones (etapa de exploración) durante este período son:
1. Ecopetrol del Perú S.A.
2. Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú
3. Pacific Stratus Energy S.A., Sucursal del Perú
4. Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú
Adicionalmente, se han presentado 2 empresas que cuentan con contratos de servicios razón por
la cual no están afectas al pago de regalías de hidrocarburos, entre ellas se encuentran:
1. Graña y Montero Petrolera S.A.
2. Savia Perú S.A
La recaudación de la regalía de hidrocarburos se realiza en dólares americanos, razón por la cual
las cifras expresadas en este informe están en dicha moneda.
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Regalías de Hidrocarburos
Año 2008
Nro. Compañía Lote 2008
Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i)
1 Interoil Perú S.A. III / VI 56,704,081 56,703,993 88 0.001%
2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 20,665,060 20,664,926 134 0.001%
3 Petrobras Energía Perú S.A. X 206,471,671 206,483,973 (12,302) (0.005%)
4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 40,737,892 40,737,892 - -
5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 / 88 40,839,062 40,839,062 - -
Compañías Agregadas (ii) 588,247,367 588,252,466 (5,099) (0.001%)
Total 953,665,133 953,682,312 (17,179) (0.000%)
Notas:
(i) Diferencias inmateriales
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. SK Innovation Sucursal Peruana
2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú
3. Pluspetrol Norte S.A.
4. Pluspetrol Camisea S.A.
5. Pluspetrol Perú Corporation S.A.
6. Pluspetrol Lote 56 S.A.
7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
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Regalía de Hidrocarburos
Año 2009
Nro. Compañía Lote 2009
Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i)
1 Interoil Perú S.A. III / VI 48,690,128 48,690,128 - -
2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 19,279,170 19,279,170 - -
3 Petrobras Energía Perú S.A. X 84,022,631 84,018,064 4,567 0.005%
4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 47,235,322 47,235,322 - -
5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 / 88 47,353,321 47,353,321 - -
Compañías Agregadas (ii) 484,929,555 484,931,729 (2,174) 0.001%
Total 731,510,127 731,507,734 2,393 0.001%
Notas:
(i) Diferencias inmateriales
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. SK Innovation Sucursal Peruana
2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú
3. Pluspetrol Norte S.A.
4. Pluspetrol Camisea S.A.
5. Pluspetrol Perú Corporation S.A.
6. Pluspetrol Lote 56 S.A.
7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Regalía de Hidrocarburos
Año 2010
Nro. Compañía Lote 2010
Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i)
1 Interoil Perú S.A. III / VI 53,892,710
53,892,701 9 0.001%
2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 33,847,422 33,847,400 22 0.001%
3 Petrobras Energía Perú S.A. X 125,884,016
125,884,016
-
4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 80,985,008 80,985,008 -
5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. 56 / 88 81,080,886 81,080,886 -
Compañías Agregadas (i) 763,172,747 763,172,550 197 0.001%
Total 1,138,862,789 1,138,862,561 228 0.001%
Notas:
(i) Diferencias inmateriales
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. SK Innovation Sucursal Peruana
2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú
3. Pluspetrol Norte S.A.
4. Pluspetrol Camisea S.A.
5. Pluspetrol Perú Corporation S.A.
6. Pluspetrol Lote 56 S.A.
7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 99
VI.4. Derecho de Vigencia
En este Segundo Estudio de conciliación 32 de 33 compañías mineras participantes realizan
pagos por derechos de vigencia (una compañía minera no presenta información de Derechos de
Vigencia).
Para efectos del presente Segundo Estudio se ha excluido los pagos reportados por las
compañías por denuncios que no se encuentran registrados a nombre de las mismas en
INGEMMET.
La información es presentada en dólares norteamericanos según lo reportado por INGEMMET.
Cabe señalar que ciertas compañías presentaron información en nuevos soles, por lo que, para
efectos de hacer comparativas las cifras, fueron convertidas a dólares americanos utilizando los
tipos de cambio anual promedio oficial según la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) para
las fechas de origen de las transacciones.
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Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 100
Año 2008
Nro. Compañía 2008
INGEMMET Compañía Diferencia (i) % (i)
1 Anglo American Exploration Perú S.A. 98,970 100,170
(1,200) (1.212%)
2 Anglo American Michiquillay S.A. 34,354 12,154 22,200
64.621%
3 Anglo American Quellaveco S.A. 199,783 194,783 5,000
2.503%
4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 1,508,505 2,330,834
(822,329) (54.513%)
5 Compañía Minera Antamina S.A. 163,850 163,850 - - -
6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,681 18,601
(4,920) (35.962%)
7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 425,183 114,775 310,408
73.006%
8 Compañía Minera Poderosa S.A. 218,561 270,237
(51,676) (23.644%)
9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 7,324 7,388
(64) (0.874%)
10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 212,120 208,190 3,930
1.853%
11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 332,233 331,333 900
0.271%
12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 181,293 179,741 1,552
0.856%
13 Minera Pampa de Cobre S.A. 206,167 16,132 190,035
92.175%
14 Minera Yanacocha S.R.L. 826,573 891,798
(65,225) (7.891%)
15 Minsur S.A. 362,818 326,313 36,505
10.062%
16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200
(5,100) (29.825%)
17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 179,361 168,293 11,068
6.171%
18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
733,957 609,008 124,949
17.024%
19 Xstrata Tintaya S.A. 263,580 251,423 12,157
4.612%
Compañías Agregadas (ii) 1,772,138 1,803,070
(30,932) (1.745%)
Total 7,757,551 8,020,293 718,704 (981,446) (3.387%)
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 101
Notas:
(i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su vez la
compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a:
(A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados aún a
INGEMMET
(B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros.
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. Lumina Copper S.A.C.
2. Gold Fields La Cima S.A.A.
3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
5. Compañía Minera Argentum S.A.
6. Compañía Minera Condestable S.A.
7. Compañía Minera Raura S.A.
8. Minera Bateas S.A.C.
9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
11. Compañía Minera Ares S.A.C.
12. Minera Suyamarca S.A.C.
13. Volcan Compañía Minera S.A.A.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 102
Año 2009
Nro. Compañía 2009
INGEMMENT Compañía Diferencia (i) % (i)
1 Anglo American Exploration Perú S.A. 83,442 83,442 - - -
2 Anglo American Michiquillay S.A. 34,354 12,154 22,200
64.621%
3 Anglo American Quellaveco S.A. 199,783 194,783 5,000
2.503%
4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,243,604 2,189,737
(946,133) (76.080%)
5 Compañía Minera Antamina S.A. 168,950 163,850 5,100
3.019%
6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,125 7,594 5,531
42.141%
7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 357,809 110,934 246,875
68.996%
8 Compañía Minera Poderosa S.A. 269,942 265,807 4,135
1.532%
9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 7,089 7,143
(54) (0.762%)
10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 238,260 226,454 11,806
4.955%
11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 288,620 288,920
(300) (0.104%)
12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 402,380 400,828 1,552
0.386%
13 Minera Pampa de Cobre S.A 207,982 207,286 696
0.335%
14 Minera Yanacocha S.R.L. 811,043 840,770
(29,727) (3.665%)
15 Minsur S.A. 349,406 326,109 23,297
6.668%
16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200
(5,100) (29.825%)
17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 179,697 176,411 3,286
1.829%
18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
647,766 565,711 82,055
12.667%
19 Xstrata Tintaya S.A. 268,080 278,787
(10,707) (3.994%)
Compañías Agregadas (ii) 1,661,956 1,676,453
(14,497) (0.872%)
Total 7,450,388 8,045,373 411,533 (1,006,518) (7.986%)
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 103
Notas:
(i) Las diferencias se deben a que INGEMMET reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su
vez la compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a:
(A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados
aún a INGEMMET.
(B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros.
(iii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. Lumina Copper S.A.C.
2. Gold Fields La Cima S.A.A.
3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
5. Compañía Minera Argentum S.A.
6. Compañía Minera Condestable S.A.
7. Compañía Minera Raura S.A.
8. Minera Bateas S.A.C.
9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
11. Compañía Minera Ares S.A.C.
12. Minera Suyamarca S.A.C.
13. Volcan Compañía Minera S.A.A.
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Año 2010
Nro. Compañía 2010
INGEMMENT Compañía Diferencia (i) % (i)
1 Anglo American Exploration Perú S.A. 266,742 83,442 183,300
68.718%
2 Anglo American Michiquillay S.A. 33,754 33,754 - - -
3 Anglo American Quellaveco S.A. 261,883 194,783 67,100
25.622%
4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,444,739 2,472,192
(1,027,453) (71.117%)
5 Compañía Minera Antamina S.A. 171,950 171,950 - - -
6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,125 12,132 993
7.566%
7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 493,783 229,779 264,004
53.466%
8 Compañía Minera Poderosa S.A. 312,948 321,164
(8,216) (2.625%)
9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 14,633 7,407 7,226
49.382%
10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 278,300 228,604 49,696
17.857%
11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 320,645 320,841
(196) (0.061%)
12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 566,090 550,127 15,963
2.820%
13 Minera Pampa de Cobre S.A 243,394 232,273 11,121
4.569%
14 Minera Yanacocha S.R.L. 879,610 853,352 26,258
2.985%
15 Minsur S.A. 386,267 374,342 11,925
3.087%
16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200
(5,100) (29.825%)
17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 188,007 186,611 1,396
0.743%
18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
611,223 559,261 51,962
8.501%
19 Xstrata Tintaya S.A. 386,672 284,072 102,600
26.534%
Compañías Agregadas (ii) 1,825,225 1,662,436 162,789
8.919%
Total 8,716,090 8,800,722 956,333 (1,040,965) (0.971%)
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Notas:
(i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su
vez la compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a:
(A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados
aún a INGEMMET.
(B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros.
(iii) Detalle de Compañías Agregadas:
1. Lumina Copper S.A.C.
2. Gold Fields La Cima S.A.A.
3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
5. Compañía Minera Argentum S.A.
6. Compañía Minera Condestable S.A.
7. Compañía Minera Raura S.A.
8. Minera Bateas S.A.C.
9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
11. Compañía Minera Ares S.A.C.
12. Minera Suyamarca S.A.C.
13. Volcan Compañía Minera S.A.A.
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
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VII. Detalle de los resultados finales del Segundo Estudio de Conciliación de la Distribución
VII.1. Canon Minero
Para la revisión de la distribución del canon minero, se ha realizado un recálculo de: i) el monto
de canon minero resultante a partir del impuesto a la renta devengado declarado por las
compañías mineras adheridas a la iniciativa, ii) la distribución del monto resultante de canon
minero por compañía minera siguiendo la metodología descrita en la sección IV. 1 acápite 2.2 del
presente informe.
Dicho recálculo ha sido realizado a fin de poder mostrar los departamentos beneficiados con el
canon minero proveniente del impuesto a la renta declarado por las compañías adheridas al
Estudio, debido a lo siguiente:
- La información oficial de la distribución del canon minero proporcionada por la
Presidencia del Consejo de Ministros es preparada de manera agregada y no detallando lo
correspondiente a las compañías mineras del país.
- El presente segundo Estudio no involucra a la totalidad de compañías mineras del país en
etapa de explotación, sino únicamente a las compañías mineras adheridas a la iniciativa
del ITIE, las cuales corresponden -en la mayoría de los casos- a las más representativas
por mineral que extraen según se muestra en la sección II acápite 2.1 del presente
informe.
Por lo expuesto, no es posible realizar una conciliación entre los montos distribuidos de canon
minero calculados para el presente Segundo estudio, sobre la base a la información de las
compañías adheridas a la iniciativa del ITIE para los gobiernos locales de los departamentos y
gobiernos regionales, y los montos oficialmente entregados por el Estado peruano.
En este sentido, con el fin de cubrir el alcance definido por la Comisión de Trabajo del ITIE, el cual
busca conciliar si los recursos generados a partir de la explotación de los recursos naturales por
las industrias extractivas se ven traducidos en ingresos para las localidades de las que se extraen
dichos recursos naturales, para la presente verificación de la distribución del canon minero se ha
realizado una comparación entre los montos a distribuir determinados a partir de la información
disponible y de acuerdo con lo estipulado en la Ley del Canon, y los montos oficiales transferidos
por canon minero, debiendo ser éstos últimos mayores debido a que consideran los ingresos por
impuesto a la renta de las compañías mineras del país.
Asimismo, para fines del presente Producto 3, se ha tomado como fuente las cifras del Impuesto
a la Renta de las compañías proporcionadas por la Compañía y por SUNAT.
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 107
A continuación se presenta el resultado de los recálculos de la distribución del canon minero por
año sujeto a análisis: 2008, 2009 y 2010, en nuevos soles, el cual se muestra para las regiones
donde se ubican las unidades mineras de las compañías mineras adheridas al Segundo Estudio. Al
obtener la información de las transferencias realizadas por canon minero, se puede realizar la
comparación de los recálculos realizados con las cifras oficiales correspondientes a los fondos
transferidos a las regiones por concepto de canon minero.
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Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Distribución del canon minero
Año 2008
Cifras determinadas para el estudio de conciliación
Cifras oficiales - PCM
Diferencias (3)
Departamentos beneficiarios del canon minero
Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales
Gobiernos locales del departamento
Gobiernos Regionales
Gobiernos locales del departamento
Gobiernos Regionales
75% (1) 25%
75% (1) 25%
75% 25%
Ancash 635,035,242 211,678,414
641,109,151 214,366,464
6,073,909 2,688,050 Apurímac 9,004,409 3,001,470
9,004,409 3,001,469
- -1
Arequipa 386,841,076 128,947,025
398,134,399 132,711,466
11,293,323 3,764,441 Ayacucho 2,152,632 717,544
7,127,153 2,375,717
4,974,521 1,658,173
Cajamarca 227,040,198 75,680,066
171,078,717 57,026,339
-55,961,481 -18,653,727 Cusco 101,490,116 33,830,039
101,455,431 33,818,477
-34,685 -11,562
Huancavelica 1,404,641 468,214
12,640,267 4,213,422
11,235,626 3,745,208 Huánuco 1,349,751 449,917
1,984,209 698,662
634,458 248,745
Ica 11,329,194 3,776,398
82,859,668 27,619,890
71,530,474 23,843,492 Junín 21,698,433 7,232,811
29,169,872 9,737,679
7,471,439 2,504,868
La Libertad 263,614,898 87,871,633
279,538,730 92,516,028
15,923,832 4,644,395 Lima 10,946,010 3,648,670
51,220,157 17,058,998
40,274,147 13,410,328
Moquegua 282,073,781 94,024,594
288,751,155 96,812,820
6,677,374 2,788,226 Pasco 66,496,687 22,165,562
84,464,072 28,117,432
17,967,385 5,951,870
Puno 167,775,696 55,925,232
186,163,858 61,492,184
18,388,162 5,566,952 Tacna 230,368,822 76,789,607
230,434,487 76,811,496
65,665 21,889
2,418,621,586 806,207,196
2,575,135,735 858,378,543
156,514,149 52,171,347
Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero
Recaudación del Impuesto a la Renta
Impuesto a la Renta recaudado según
SUNAT
Canon
(50% recaudación)
Total recaudación S/. 2,243,384,989 1,121,692,495 Total recaudación US$ 1,437,550,435 718,775,218 Total recaudación expresado en S/. (2) 6,449,657,562 3,224,828,783 Distribución del Canon Minero
Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,418,621,586 Total distribución Gobiernos Regionales S/.
806,207,196
Total distribución en S/.
3,224,828,782
Notas:
(1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento.
(2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca, solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le
correspondía, un total de S/. 80,478,071 (S/. 74,615,208 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional.
Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de
Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 109
Distribución del canon minero
Año 2009
Cifras determinadas para el estudio de conciliación
Cifras oficiales - PCM
Diferencias (3)
Departamentos beneficiarios del canon minero
Gobiernos locales del departamento
Gobiernos Regionales
Gobiernos locales del departamento
Gobiernos Regionales
Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales
75% (1) 25%
75% (1) 25%
75% 25%
Ancash 579,942,515 193,314,172
585,937,285 196,304,582
5,994,770 2,990,410 Apurímac 558,559 186,186
558,559 186,186
- -
Arequipa 253,079,855 84,359,952
260,633,946 86,877,981
7,554,091 2,518,029 Ayacucho 25,604,779 8,534,926
25,743,023 8,581,008
138,244 46,082
Cajamarca 377,102,758 125,700,919
308,767,183 102,922,395
-68,335,575 -22,778,524 Cusco 77,729,160 25,909,720
77,729,160 25,909,720
- -
Huancavelica 3,292,565 1,097,522
4,335,927 1,453,078
1,043,362 355,556 Huánuco 1,018,562 339,521
1,222,050 421,309
203,488 81,788
Ica 15,572,690 5,190,897
50,506,740 16,835,580
34,934,050 11,644,683 Junín 42,072,959 14,024,320
47,251,880 15,750,627
5,178,921 1,726,307
La Libertad 288,032,331 96,010,777
317,488,267 104,837,269
29,455,936 8,826,492 Lima 17,961,307 5,987,102
54,366,102 16,428,625
36,404,795 10,441,523
Moquegua 174,160,193 58,053,398
183,567,194 61,922,817
9,407,001 3,869,419 Pasco 73,225,643 24,408,548
109,777,494 37,449,265
36,551,851 13,040,717
Puno 110,519,160 36,839,720
136,738,218 44,845,654
26,219,058 8,005,934 Tacna 149,345,825 49,781,942
149,404,960 49,801,653
59,135 19,711
2,189,218,861 729,739,622
2,314,027,988 770,527,749
124,809,127 40,788,127
Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero Recaudación del Impuesto a la Renta
Impuesto a la Renta recaudado según
SUNAT
Canon
(50% recaudación)
Total recaudación S/. 1,884,456,567 942,228,284 Total recaudación US$ 1,312,569,852 656,284,926 Total recaudación expresado en S/. (2) 5,837,916,961 2,918,958,483 Distribución del Canon Minero
Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,189,218,861 Total distribución Gobiernos Regionales S/. 729,739,622 Total distribución en S/.
2,918,958,483
Notas: (1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le correspondía, un total
de S/. 94,965,030 (S/. 91,946,338 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional.
Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de
Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 110
Distribución del canon minero
Año 2010
Cifras determinadas para el estudio de conciliación
Cifras oficiales - PCM
Diferencias (3)
Departamentos beneficiarios del canon minero
Gobiernos locales del departamento
Gobiernos Regionales
Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales
Gobiernos locales del departamento
Gobiernos Regionales
75% (1) 25%
75% (1) 25%
75% 25%
Ancash 547,372,789 182,457,596
566,042,049 190,003,835
18,669,260 7,546,239 Arequipa 487,648,757 162,549,586
496,987,003 165,662,334
9,338,246 3,112,748
Ayacucho 42,899,711 14,299,904
42,715,568 14,363,333
-184,143 63,429 Cajamarca 375,239,459 125,079,820
313,253,715 104,417,905
-61,985,744 -20,661,915
Cusco 125,825,773 41,941,924
127,579,443 42,503,456
1,753,670 561,532 Huancavelica 5,602,424 1,867,475
6,402,154 2,134,052
799,730 266,577
Huánuco 3,227,011 1,075,670
3,242,217 1,080,739
15,206 5,069 Ica 26,645,827 8,881,942
151,490,870 50,496,957
124,845,043 41,615,015
Junín 48,593,001 16,197,667
58,974,910 19,688,686
10,381,909 3,491,019 La Libertad 296,714,411 98,904,804
345,497,745 113,842,763
48,783,334 14,937,959
Lima 18,757,586 6,252,529
79,256,805 26,373,270
60,499,219 20,120,741 Moquegua 275,544,295 91,848,098
293,414,736 99,092,718
17,870,441 7,244,620
Pasco 89,037,237 29,679,079
136,267,183 45,437,677
47,229,946 15,758,598 Puno 192,187,043 64,062,348
231,343,344 75,826,642
39,156,301 11,764,294
Tacna 262,276,025 87,425,342
262,576,206 87,525,402
300,181 100,060
2,797,571,349 932,523,784
3,115,043,948 1,038,449,769
317,472,599 105,925,985
Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero Recaudación del Impuesto a la Renta
Impuesto a la Renta recaudado según
SUNAT
Canon
(50% recaudación)
Total recaudación S/. 3,392,972,646 1,696,486,323 Total recaudación US$ 1,439,213,595 719,606,798 Total recaudación expresado en S/. (2) 7,460,190,265 3,730,095,133 Distribución del Canon Minero
Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,797,571,349 Total distribución Gobiernos
Regionales S/.
932,523,784 Total distribución en S/.
3,730,095,133
Notas: (1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le correspondía, un total
de S/. 96,172,175 (S/. 91,946,338 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional.
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111
VII.2. Regalía Minera
Para la verificación de la distribución de la regalía minera, se ha realizado un recálculo de la distribución
del monto pagado por regalía minera siguiendo la metodología descrita en la sección IV. 2 acápite 2.2
del presente informe.
Dicho recálculo ha sido realizado a fin de poder mostrar los departamentos beneficiados con la regalía
minera recaudada por las compañías adheridas al Segundo Estudio, debido a lo siguiente:
La información oficial de la distribución de la regalía minera proporcionada por la Presidencia del
Consejo de Ministros es preparada de manera agregada y no detallando por compañía.
El presente estudio no involucra a la totalidad de compañías mineras del país en etapa de
explotación, sino únicamente a las compañías mineras adheridas a la iniciativa del ITIE, las cuales
corresponden, en la mayoría de los casos, a las más representativas por mineral que extraen,
según se muestra en la sección II acápite 2.1 del presente informe.
Por lo expuesto, no es posible realizar una conciliación entre los montos distribuidos por departamento
por regalía minera determinados en el presente estudio en base a la información de las compañías
adheridas a la iniciativa del ITIE para los gobiernos locales de los departamentos y gobiernos regionales,
y los montos oficialmente entregados por el Estado peruano.
En ese sentido, con el fin de cubrir el alcance definido por la Comisión de Trabajo del ITIE, el cual busca
comprobar si los recursos generados a partir de la explotación de los recursos naturales por las
industrias extractivas se ven traducidos en ingresos para las localidades de las que se extraen dichos
recursos naturales; para la presente verificación de la distribución de la regalía minera se ha realizado
una comparación entre los montos a distribuir determinados a partir de la información disponible y de
acuerdo con lo estipulado en la Ley de Regalía Minera, y los montos oficiales transferidos por el Estado
peruano.
A continuación se presenta el resultado de los recálculos de la distribución de la regalía minera por año,
en nuevos soles, el cual se muestra para las regiones donde se ubican las unidades mineras de las
compañías mineras adheridas al Segundo Estudio; así como la comparación de dichos resultados con las
cifras oficiales correspondientes a los fondos transferidos a las regiones por concepto de regalía
minera.
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112
Asimismo, y debido a que la distribución de las regalías mineras se realiza en función a lo recaudado
mensualmente, independientemente del período en el cual se generaron dichas regalías, en los
próximos cuadros se presenta el recálculo de la distribución de las regalías mineras en función a la
fecha de distribución de las mismas.
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113
Distribución de regalías mineras
Año 2008 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 distribuidas durante el año 2008)
Cifras determinadas para el estudio de conciliación
Cifras oficiales - PCM
Diferencias
Departamentos beneficiarios de la
regalía minera
Gobiernos locales del departamento (1)
Gobiernos Regionales
Universidades Nacionales
Departamentos beneficiarios de la
regalía minera
Gobiernos locales del departamento
(1)
Gobiernos Regionales
Universidades Regionales
Departamentos beneficiarios de la
regalía minera
Gobiernos locales del departamento
(1)
Gobiernos Regionales
Universidades Regionales
80% 15% 5%
80% 15% 5%
80% 15% 5%
Ancash 57,183 10,722 3,574
Ancash 1,790,915 335,796 111,932
Ancash 1,733,732 325,074 108,358
Apurímac 1,267,927 237,736 79,245
Apurímac 1,279,741 239,951 79,984
Apurímac 11,814 2,215 739
Arequipa 24,350,439 4,565,707 1,521,902
Arequipa 30,729,983 5,025,676 1,920,624
Arequipa 6,379,544 459,969 398,722
Ayacucho 1,929,528 361,786 120,595
Ayacucho 4,121,148 452,276 257,572
Ayacucho 2,191,620 90,490 136,977
Cajamarca 1,288,624 241,617 80,539
Cajamarca 4,731,937 272,560 295,746
Cajamarca 3,443,313 30,943 215,207
Huancavelica 4,866,247 912,421 304,140
Huancavelica 9,882,574 1,759,511 617,661
Huancavelica 5,016,327 847,090 313,521
Huánuco 1,065,503 199,782 66,594
Huánuco 1,164,923 208,762 72,808
Huánuco 99,420 8,980 6,214
Junín 16,141,270 3,026,488 1,008,829
Junín 21,812,475 3,505,611 1,363,280
Junín 5,671,205 479,123 354,451
La Libertad 9,938,325 1,863,436 621,145
La Libertad 21,013,332 3,841,399 1,313,333
La Libertad 11,075,007 1,977,963 692,188
Lima 17,732,221 3,324,791 1,108,264
Lima 28,817,133 4,735,238 1,801,071
Lima 11,084,912 1,410,447 692,807
Moquegua 72,288,042 13,554,008 4,518,003
Moquegua 84,146,074 14,218,821 5,259,130
Moquegua 11,858,032 664,813 741,127
Pasco 28,813,232 5,402,481 1,800,827
Pasco 40,592,768 6,699,039 2,537,048
Pasco 11,779,536 1,296,558 736,221
Puno 46,243,029 8,670,568 2,890,189
Puno 49,874,052 9,598,209 3,117,128
Puno 3,631,023 927,641 226,939
Tacna 53,139,497 9,963,656 3,321,219
Tacna 65,270,111 10,015,112 4,079,382
Tacna 12,130,614 51,456 758,163
(3) 279,121,067 (3) 52,335,199 (3) 17,445,065
365,227,166 60,907,961 22,826,699
86,106,099 8,572,762 5,381,634
Conciliación entre recaudación y distribución S/.
Total monto recaudación Regalías Mineras 2008 348,328,267
Total monto distribución Regalías Mineras 2008 (Sumatoria (3)) 348,901,331
Diferencia (2) (573,064)
Diferencia % (0.165%)
NOTAS:
(1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento.
(2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución.
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Año 2009 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2004, 2005, 2008 y 2009 distribuidas durante el año 2009)
Cifras determinadas para el estudio de conciliación
Cifras oficiales - PCM
Diferencias
Departamentos beneficiarios de la
regalía minera
Gobiernos locales del departamento
(1)
Gobiernos Regionales
Universidades Regionales
Departamentos beneficiarios de la
regalía minera
Gobiernos locales del departamento
(1)
Gobiernos Regionales
Universidades Regionales
Departamentos beneficiarios de la
regalía minera
Gobiernos locales del departamento (1)
Gobiernos Regionales
Universidades Regionales
80% 15% 5%
80% 15% 5%
80% 15% 5%
Ancash 67,355 12,629 4,210
Ancash 2,399,592 450,111 149,974
Ancash 2,332,237 437,482 145,764
Apurímac 155,489 29,154 9,718
Apurímac 155,489 29,154 9,718
Apurímac - - -
Arequipa 33,232,751 6,231,141 2,077,047
Arequipa 35,159,665 6,592,437 2,197,479
Arequipa 1,926,914 361,296 120,432
Ayacucho 7,763,030 1,455,568 485,189
Ayacucho 8,254,211 1,547,665 515,888
Ayacucho 491,181 92,097 30,699
Cajamarca 19,010,514 3,564,471 1,188,157
Cajamarca 19,137,123 3,587,850 1,196,070
Cajamarca 126,609 23,379 7,913
Huancavelica 4,572,796 857,399 285,800
Huancavelica 7,474,087 1,296,723 467,130
Huancavelica 2,901,291 439,324 181,330
Huánuco 814,358 152,692 50,897
Huánuco 823,930 234,277 51,496
Huánuco 9,572 81,585 599
Junín 19,364,760 3,630,892 1,210,297
Junín 21,934,999 4,112,813 1,370,937
Junín 2,570,239 481,921 160,640
La Libertad 11,364,708 2,130,883 710,294
La Libertad 26,348,205 4,940,288 1,646,763
La Libertad 14,983,497 2,809,405 936,469
Lima 13,083,700 2,453,194 817,731
Lima 21,660,928 3,910,983 1,353,808
Lima 8,577,228 1,457,789 536,077
Moquegua 56,617,317 10,615,747 3,538,582
Moquegua 60,882,799 11,415,525 3,805,175
Moquegua 4,265,482 799,778 266,593
Pasco 26,665,079 4,999,702 1,666,567
Pasco 36,190,984 6,785,809 2,261,936
Pasco 9,525,905 1,786,107 595,369
Puno 27,377,962 5,133,368 1,711,123
Puno 33,825,162 6,342,218 2,114,073
Puno 6,447,200 1,208,850 402,950
Tacna 47,160,761 8,842,643 2,947,548
Tacna 47,160,761 8,842,643 2,947,548
Tacna - - -
(3) 267,250,580 (3) 50,109,483 (3) 16,703,160
321,407,935 60,088,496 20,087,995
54,157,355 9,979,013 3,384,835
Conciliación entre recaudación y distribución S/.
Total monto recaudación Regalías Mineras 2009 334,147,399
Total monto distribución Regalías Mineras 2009 (Sumatoria (3)) 334,063,223
Diferencia (2) 84,176
Diferencia % 0.025%
NOTAS:
(1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento.
(2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución.
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Perú (2008 – 2010) (continuación)
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Año 2010 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2009 y 2010 distribuidas durante el año 2010)
Cifras determinadas para el estudio de conciliación
Cifras oficiales - PCM
Diferencias
Departamentos beneficiarios de la
regalía minera
Gobiernos locales del departamento (1)
Gobiernos Regionales
Universidades Regionales Departamentos
beneficiarios de la regalía minera
Gobiernos locales del departamento (1)
Gobiernos Regionales
Universidades Regionales Departamentos
beneficiarios de la regalía minera
Gobiernos locales del departamento (1)
Gobiernos Regionales
Universidades Regionales
80% 15% 5%
80% 15% 5%
80% 15% 5%
Ancash 103,280 19,365 6,455
Ancash 4,570,163 856,905 285,635
Ancash 4,466,883 837,540 279,180
Apurímac 41,304,684 7,744,628 2,581,543
Apurímac 43,783,214 8,209,353 2,736,451
Apurímac 2,478,530 464,725 154,908
Arequipa 13,888,210 2,604,039 868,013
Arequipa 14,776,153 2,785,709 923,510
Arequipa 887,943 181,670 55,497
Ayacucho 57,197,955 10,724,617 3,574,872
Ayacucho 58,652,594 10,997,361 3,665,787
Ayacucho 1,454,639 272,744 90,915
Cajamarca 28,674,608 5,376,489 1,792,163
Cajamarca 29,423,734 5,516,950 1,838,983
Cajamarca 749,126 140,461 46,820
Huancavelica 6,528,706 1,224,132 408,044
Huancavelica 11,119,147 2,109,462 694,947
Huancavelica 4,590,441 885,330 286,903
Huánuco 1,713,331 321,250 107,083
Huánuco 1,709,000 321,547 106,812
Huánuco -4,331 297 -271
Junín 29,470,140 5,525,651 1,841,884
Junín 34,932,320 6,549,810 2,183,270
Junín 5,462,180 1,024,159 341,386
La Libertad 18,642,427 3,495,455 1,165,152
La Libertad 40,526,314 7,598,684 2,532,895
La Libertad 21,883,887 4,103,229 1,367,743
Lima 22,575,757 4,232,954 1,410,985
Lima 38,458,966 7,032,283 2,403,685
Lima 15,883,209 2,799,329 992,700
Moquegua 76,495,253 14,342,860 4,780,953
Moquegua 84,108,024 15,770,255 5,256,752
Moquegua 7,612,771 1,427,395 475,799
Pasco 32,877,877 6,164,602 2,054,867
Pasco 47,984,824 9,155,282 2,999,051
Pasco 15,106,947 2,990,680 944,184
Puno 49,708,936 9,320,426 3,106,809
Puno 59,613,392 11,177,511 3,725,837
Puno 9,904,456 1,857,085 619,028
Tacna 72,577,542 13,608,289 4,536,096
Tacna 72,577,542 13,608,289 4,536,096
Tacna - - -
(3) 451,758,706 (3) 84,704,757 (3) 28,234,919
542,235,387 101,689,401 33,889,711
90,476,681 16,984,644 5,654,792
Conciliación entre recaudación y distribución S/.
Total monto recaudación Regalías Mineras 2008 566,548,685
Total monto distribución Regalías Mineras 2008 (Sumatoria (3)) 564,698,382
Diferencia (2) 1,850,303
Diferencia % 0.327%
NOTAS:
(1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento.
(2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución.
Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio
Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las
Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
116
VII.3. Canon y Sobrecanon Petrolero
Perupetro calcula quincenalmente las regalías de las compañías petroleras. Asimismo, mensualmente
realiza el cálculo del canon y sobrecanon que será distribuido entre los departamentos beneficiarios de
dichos conceptos (Tumbes, Piura, Loreto, Ucayali y Huánuco). Los montos del canon y sobrecanon
calculados por Perupetro, son remitidos mensualmente a la Secretaria de Descentralización de la PCM
quien realiza la distribución de los mismos a los gobiernos locales (municipios distritales y provinciales)
y a los gobiernos regionales, en forma agregada, sin identificar el canon y/o sobrecanon proveniente de
las compañías aportantes. Sin embargo, la información proporcionada por PERUPETRO, permite
identificar los montos distribuidos por compañía, pero sólo a nivel departamental.
Por tal razón, a fin de mostrar el canon y sobrecanon proveniente de las regalías pagadas por las
compañías adheridas al Segundo Estudio, se ha realizado lo siguiente:
i) Recálculo del canon y sobrecanon petrolero por parte de Ernst & Young.
ii) Comparación de la información incluida en los reportes quincenales y mensuales proporcionados
por Perupetro, por compañía y por departamento, con los resultados de los recálculos realizados
por EY señalados en el punto anterior.
iii) Realizamos la comparación de lo determinado en ii) con el informe de distribución de la PCM,
verificando que las cifras de este informe sean mayores debido a que las compañías adheridas a
este Segundo Estudio no conforman el 100% de las compañías petroleras del país (excepto en
Puerto Inca, donde la única compañía existente es Maple Gas Corporation del Perú S.R.L., que
forma parte de este Segundo Estudio).
iv) Finalmente, contrastamos la información total que mensualmente Perupetro reporta a la PCM
con la información que PCM reporta a la DGTP - MEF para efecto de realizar las transferencias
respectivas.
Es necesario precisar que la información manejada por Perupetro se encuentra en dólares
norteamericanos y que al momento de ser reportada a la PCM es convertida a nuevos soles al tipo de
cambio correspondiente al mes.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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117
Cuadro de Conciliación General
A continuación, se presenta el cuadro donde se concilian las regalías recaudadas con las distribuidas por Perupetro:
Compañía Moneda Lote Regalía según distribución
Perupetro Regalía según Conciliación
Recaudación Diferencias (i) %
Interoil Perú S.A. US$ III 107,383,391 107,383,303 88 0.000%
Interoil Perú S.A. US$ IV 51,903,529 51,903,519 10 0.000%
Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ XIII 73,791,652 73,791,496 156 0.000%
Petrobras Energía Perú S.A. US$ X 416,378,318 416,386,053 (7,735) (0.002%)
Total compañías agregadas (v) US$ 651,436,787 651,443,979 (7,192) (0.001%)
Total 1,300,893,677 1,300,908,350 (14,673) (0.001%)
Asimismo, se presenta la distribución realizada por Perupetro relacionada a la Regalía Petrolera recaudada de acuerdo con los diferentes conceptos detallados en el cuadro. Cabe
destacar que la distribución por conceptos no está relacionada exclusivamente a porcentajes sobre la regalía recaudada, sino a cálculos independientes que se sirven de los
fondos de la regalía (caso del canon). En el caso de los gastos de fiscalización, éstos obedecen a los montos facturados por el proveedor del servicio. Las participaciones de
instituciones públicas si representan un porcentaje del monto total de la regalía. El monto entregado al Tesoro Público resulta de la diferencia de la regalía recaudada menos los
conceptos descritos anteriormente.
Compañía Lote Gastos de
Fiscalización US$ (ii)
Canon US$
Participaciones (US$) (iii) Tesoro Público
(US$) (iv)
Regalía según distribución
Perupetro (US$) Perupetro MEM OSINERG
Interoil Perú S.A. III 59,949 29,044,418 1,610,752 805,376 805,376 75,057,520 107,383,391
Interoil Perú S.A. IV 42,662 13,606,418 778,556 389,278 389,278 36,697,337 51,903,529
Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 133,919 32,607,227 1,106,875 553,437 553,437 38,836,757 73,791,652
Petrobras Energía Perú S.A. X 162,805 150,886,072 6,047,694 3,023,847 3,023,847 253,234,053 416,378,318
Total compañías agregadas (v) 973,727 267,165,060 9,833,033 4,916,517 4,916,517 363,631,933 651,436,787
Total 1,373,062 493,309,195 19,376,910 9,688,455 9,688,455 767,457,600 1,300,893,677
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118
Concepto US$
Canon según Reporte de distribución de regalías de Perupetro 493,309,195
Canon según recálculo efectuado sobre el reporte de cálculo de canon y sobrecanon de Perupetro
493,475,675
Diferencia (vi) (166,480)
NOTAS
(i) Diferencias inmateriales
(ii) Corresponde a los gastos de Fiscalización en que incurre Perupetro para fiscalizar las operaciones de las compañías.
(iii) Corresponde a las participaciones para cubrir gastos operativos de las instituciones allí mencionadas.
(iv) Corresponde al monto que ingresa directamente al Tesoro Público y que no está bajo ningún tipo de distribución específica.
(v) Compañías agregadas:
- Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
- Pluspetrol Norte S.A.
- SK Innovation Sucursal Peruana
(vi) Diferencia entre el canon determinado en los reportes de distribución de Perupetro y el re-cálculo efectuado por Perupetro
tomando como base el valor de producción y los porcentajes de ley. Se encuentra en proceso de conciliación.
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119
A continuación, se presenta el detalle del Cuadro de Conciliación General, abierto por compañías (desagregadas y agregadas). Los conceptos, diferencias y explicaciones son
las mismas que en el Cuadro de Conciliación General.
Interoil Perú S.A.
Lote Año Regalía según distribución Perupetro
Regalía según conciliación Recaudación
Diferencia
Lote III 2008 29,053,091 29,053,005 86
Lote III 2009 37,507,272 37,507,271 1
Lote III 2010 40,823,028 40,823,027 1
Total 107,383,391 107,383,303 88
Lote IV 2008 27,650,989 27,650,988 1
Lote IV 2009 11,182,857 11,182,856 1
Lote IV 2010 13,069,683 13,069,675 8
Total 51,903,529 51,903,519 10
Lote Año Gastos de
Fiscalización Canon
Participaciones Tesoro Público
Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG
Lote III 2008 15,083 7,725,857 435,797 217,898 217,898 20,440,558 29,053,091
Lote III 2009 14,647 10,756,753 562,609 281,305 281,305 25,610,653 37,507,272
Lote III 2010 30,220 10,561,808 612,346 306,173 306,173 29,006,308 40,823,028
Total 59,950 29,044,418 1,610,752 805,376 805,376 75,057,519 107,383,391
Lote IV 2008 13,407 7,048,492 414,768 207,384 207,384 19,759,554 27,650,989
Lote IV 2009 13,019 3,144,513 167,743 83,871 83,871 7,689,840 11,182,857
Lote IV 2010 16,236 3,413,413 196,045 98,023 98,023 9,247,943 13,069,683
Total 42,662 13,606,418 778,556 389,278 389,278 36,697,337 51,903,529
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120
El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de
regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.
Lote Año Canon Canon Distribuido
Sobre canon distribuido Total Diferencia
Piura Tumbes
Lote III 2008 7,725,857 6,182,194 1,545,549 7,727,743 (1,886)
Lote III 2009 10,756,753 8,606,867 2,151,717 10,758,584 (1,831)
Lote III 2010 10,561,808 8,452,468 2,113,117 10,565,585 (3,777)
Total 29,044,418 23,241,529 5,810,383 29,051,912 (7,494)
Lote Año Canon Canon Distribuido
Sobre canon distribuido Total Diferencia
Piura Tumbes
Lote IV 2008 7,048,492 5,640,149 1,410,037 7,050,186 (1,694)
Lote IV 2009 3,144,512 2,516,912 629,228 3,146,140 (1,628)
Lote IV 2010 3,413,413 2,732,354 683,089 3,415,443 (2,030)
Total 13,606,417 10,889,415 2,722,354 13,611,769 (5,352)
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Olympic Perú INC, Sucursal del Perú
Lote Año Regalía según distribución Perupetro
Regalía según conciliación Recaudación
Diferencia
Lote XIII 2008 20,665,060 20,664,926 134
Lote XIII 2009 19,279,170 19,279,170 -
Lote XIII 2010 33,847,422 33,847,400 22
Total 73,791,652 73,791,496 156
Lote Año Gastos de
Fiscalización Canon
Participaciones Tesoro Público
Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG
Lote XIII 2008 43,983 9,675,890 309,976 154,988 154,988 10,325,235 20,665,060
Lote XIII 2009 38,798 8,985,387 289,188 144,594 144,594 9,676,609 19,279,170
Lote XIII 2010 51,138 13,945,950 507,711 253,856 253,856 18,834,911 33,847,422
Total 133,919 32,607,227 1,106,875 553,438 553,438 38,836,755 73,791,652
El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de
regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.
Lote Año Canon Canon Distribuido
Sobre canon distribuido Total Diferencia
Piura Tumbes
Lote XIII 2008 9,675,890 7,745,110 1,936,278 9,681,388 (5,498)
Lote XIII 2009 8,985,387 7,192,190 1,798,047 8,990,237 (4,850)
Lote XIII 2010 13,945,950 11,161,622 2,790,406 13,952,028 (6,078)
Total 32,607,227 26,098,922 6,524,731 32,623,653 (16,426)
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Petrobras Energía Perú S.A.
Lote Año Regalía según distribución Perupetro
Regalía según conciliación Recaudación
Diferencia
Lote X 2008 206,471,672 206,483,973 (12,301)
Lote X 2009 84,022,632 84,018,064 4,568
Lote X 2010 125,884,015 125,884,016 (1)
Total 416,378,319 416,386,053 (7,734)
Lote Año Gastos de
Fiscalización Canon
Participaciones Tesoro Público
Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG
Lote X 2008 48,871 63,237,256 2,946,663 1,473,332 1,473,332 137,292,218 206,471,672
Lote X 2009 47,633 38,822,557 1,213,531 606,766 606,766 42,725,379 84,022,632
Lote X 2010 66,301 48,826,258 1,887,499 943,750 943,750 73,216,457 125,884,015
Total 162,805 150,886,071 6,047,693 3,023,848 3,023,848 253,234,054 416,378,319
El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de
regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.
Lote Año Canon Canon Distribuido
Sobre canon distribuido Total Diferencia
Piura Tumbes
Lote X 2008 63,237,256 50,594,721 12,648,680 63,243,401 (6,146)
Lote X 2009 38,822,557 31,062,809 7,765,702 38,828,511 (5,954)
Lote X 2010 48,826,258 39,067,637 9,766,909 48,834,546 (8,288)
Total 150,886,071 120,725,167 30,181,291 150,906,458 (20,388)
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Compañías agregadas (Puerto Inca)
Año Regalía según distribución Perupetro
Regalía según conciliación Recaudación
Diferencia (1)
2008 1,191,791 1,191,783 8
2009 718,160 718,162 (2)
2010 1,124,249 1,124,250 (1)
Total 3,034,200 3,034,195 5
Año Gastos de
Fiscalización Canon
Participaciones Tesoro Público
Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG
2008 64,689 391,338 17,877 8,938 8,938 700,011 1,191,791
2009 62,818 233,105 10,772 5,386 5,386 400,693 718,160
2010 57,519 369,348 16,864 8,432 8,432 663,654 1,124,249
Total 185,026 993,791 45,513 22,756 22,756 1,764,358 3,034,200
El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de
regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.
Año Canon Canon Distribuido
Diferencia (1) Puerto Inca
2008 397,264 391,338 5,926
2009 239,387 233,105 6,282
2010 374,750 369,348 5,402
Total 1,011,401 993,791 17,610
NOTAS:
(1) Diferencias inmateriales
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124
Compañías Agregadas (Loreto y Ucayali)
Año Regalía según distribución Perupetro
Regalía según conciliación Recaudación
Diferencia (1)
2008 103,638,740 103,638,732 8
2009 91,777,556 91,777,553 3
2010 92,673,292 92,673,298 (6)
Total 288,089,588 288,089,583 5
Año Gastos de
Fiscalización Canon
Participaciones Tesoro Público
Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG
2008 102,391 62,055,155 326,232 163,116 163,116 40,828,730 103,638,740
2009 96,959 56,120,454 855,251 427,625 427,625 33,849,642 91,777,556
2010 101,051 56,570,541 1,426,036 713,018 713,018 33,149,628 92,673,292
Total 300,401 174,746,150 2,607,519 1,303,759 1,303,759 107,828,000 288,089,588
El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de
regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.
Año Canon Canon Distribuido
Sobre canon distribuido Total Diferencia (1)
Loreto Ucayali
2008 62,055,155 48,381,886 13,638,480 62,020,366 34,789
2009 56,120,454 43,340,885 12,748,891 56,089,776 30,678
2010 56,570,541 43,721,577 12,816,072 56,537,649 32,892
Total 174,746,150 135,444,348 39,203,443 174,647,791 98,359
NOTAS:
(1) Diferencia inmaterial.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
125
Loreto – Canon
Año 2008 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir
Gobierno Local 40%
Gobierno Regional 52%
Universidades 5%
Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional
Total Compañías Agregadas US$ 48,381,886 19,352,754 25,158,581 2,419,094 1,451,457
Total US$ 48,381,886 19,352,754 25,158,581 2,419,094 1,451,457
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 56,122,988 73,714,641 60,963,964 80,311,372
Porcentaje de participación 92% 92%
Año 2009 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir
Gobierno Local 40%
Gobierno Regional 52%
Universidades 5%
Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional
Total Compañías Agregadas US$ 43,340,885 17,336,354 22,537,260 2,167,044 1,300,227
Total US$ 43,340,885 17,336,354 22,537,260 2,167,044 1,300,227
Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 52,009,062 63,104,328 53,986,798 65,444,543
Porcentaje de participación 96% 96%
Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del
ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir
Gobierno Local 40%
Gobierno Regional 52%
Universidades 5%
Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional
Total Compañías Agregadas US$ 43,721,577 17,488,631 22,735,220 2,186,079 1,311,647
Total US$ 43,721,577 17,488,631 22,735,220 2,186,079 1,311,647
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 50,367,256 61,385,094 54,513,701 64,993,572
Porcentaje de participación 92% 94%
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126
Ucayali – Sobrecanon
Año 2008 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del
ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local
40% Gobierno
Regional 52% Universidades
5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional
Total Compañías Agregadas US$ 13,638,480 5,455,392 7,092,010 681,924 409,154
Total US$ 13,638,480 5,455,392 7,092,010 681,924 409,154
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 15,820,637 19,857,627 30,208,290 36,545,712
Porcentaje de participación 52% 54%
Año 2009 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del
ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local
40% Gobierno
Regional 52% Universidades
5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional
Total Compañías Agregadas US$ 12,748,891 5,099,557 6,629,424 637,445 382,467
Total US$ 12,748,891 5,099,557 6,629,424 637,445 382,467
Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 15,298,670 18,562,386 30,086,716 34,097,757
Porcentaje de participación 51% 54%
Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del
ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local
40% Gobierno
Regional 52% Universidades
5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional
Total Compañías Agregadas US$ 12,816,072 5,126,429 6,664,358 640,804 384,482
Total US$ 12,816,072 5,126,429 6,664,358 640,804 384,482
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 14,866,644 18,326,984 30,209,038 35,714,060
Porcentaje de participación 49% 51%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
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127
Piura – Canon
Año 2008 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local
70% Gobierno
Regional 20% Universidades
5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional
Interoil Perú S.A. III US$ 6,182,195 4,327,536 1,236,439 309,110 309,110
Interoil Perú S.A. IV US$ 5,640,148 3,948,104 1,128,030 282,007 282,007
Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 7,745,111 5,421,577 1,549,022 387,256 387,256
Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 50,594,720 35,416,305 10,118,943 2,529,736 2,529,736
Total US$ 70,162,174 49,113,522 14,032,434 3,508,109 3,508,109
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 142,429,215 40,694,061 245,598,768 87,783,503
Porcentaje de participación 58% 46%
Año 2009 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local
70% Gobierno
Regional 20% Universidades
5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional
Interoil Perú S.A. III US$ 8,606,866 6,024,807 1,721,373 430,343 430,343
Interoil Perú S.A. IV US$ 2,516,915 1,761,838 503,385 125,846 125,846
Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 7,192,189 5,034,533 1,438,438 359,609 359,609
Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 31,062,808 21,743,966 6,212,562 1,553,140 1,553,140
Total US$ 49,378,778 34,565,144 9,875,758 2,468,938 2,468,938
Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 103,695,432 29,627,266 186,506,769 58,299,615
Porcentaje de participación 56% 51%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
128
Año 2010 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local
70% Gobierno
Regional 20% Universidades
5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional
Interoil Perú S.A. III US$ 8,452,468 5,916,728 1,690,494 422,623 422,623
Interoil Perú S.A. IV US$ 2,732,355 1,912,648 546,471 136,618 136,618
Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 11,161,621 7,813,136 2,232,323 558,081 558,081
Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 39,067,637 27,347,346 7,813,527 1,953,382 1,953,382
Total US$ 61,414,081 42,989,858 12,282,815 3,070,704 3,070,704
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 120,371,600 29,478,759 231,007,637 61,223,154
Porcentaje de participación 52% 48%
Tumbes – Sobrecanon
Año 2008 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del
ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir
Gobierno Local 70%
Gobierno Regional 20%
Universidades 5%
Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional
Interoil Perú S.A. III US$ 1,545,549 1,081,884 309,110 77,277 77,277
Interoil Perú S.A. IV US$ 1,410,037 987,026 282,007 70,502 70,502
Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 1,936,278 1,355,394 387,256 96,814 96,814
Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 12,648,680 8,854,076 2,529,736 632,434 632,434
Total US$ 17,540,544 12,278,381 3,508,109 877,027 877,027
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 35,607,304 10,173,515 81,064,998 28,293,133
Porcentaje de participación 44% 36%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
129
Año 2009 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del
ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir
Gobierno Local 70%
Gobierno Regional 20%
Universidades 5%
Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional
Interoil Perú S.A. III US$ 2,151,717 1,506,202 430,343 107,586 107,586
Interoil Perú S.A. IV US$ 629,228 440,460 125,846 31,461 31,461
Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 1,798,047 1,258,633 359,609 89,902 89,902
Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 7,765,702 5,435,992 1,553,140 388,285 388,285
Total US$ 12,344,694 8,641,286 2,468,939 617,234 617,234
Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 25,923,858 7,406,817 56,252,508 21,246,292
Porcentaje de participación 46% 35%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
130
Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del
ITIE Perú Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir
Gobierno Local 70%
Gobierno Regional 20%
Universidades 5%
Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional
Interoil Perú S.A. III US$ 2,113,117 1,479,182 422,623 105,656 105,656
Interoil Perú S.A. IV US$ 683,089 478,162 136,618 34,154 34,154
Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 2,790,406 1,953,284 558,081 139,520 139,520
Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 9,766,909 6,836,836 1,953,382 488,345 488,345
Total US$ 15,353,520 10,747,464 3,070,704 767,675 767,675
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 30,092,900 8,597,971 73,452,744 27,271,965
Porcentaje de participación 41% 32%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
131
Huánuco (Puerto Inca) – Canon
Año 2008
Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE
Perú
Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local
Total Compañías Agregadas US$ 391,338 391,338
Total US$ 391,338 391,338
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 1,119,759 1,119,759
Porcentaje de participación 100%
Año 2009
Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE
Perú
Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local
Total Compañías Agregadas US$ 233,105 233,105
Total US$ 233,105 233,105
Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 683,651 683,651
Porcentaje de participación 100%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
132
Año 2010
Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE
Perú
Total Distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local
Total Compañías Agregadas US$ 369,348 369,348
Total US$ 369,348 369,348
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 1,030,631 1,030,631
Porcentaje de participación 100%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
133
VII.4. Canon Gasífero
A fin de poder mostrar la distribución del canon gasífero, se ha separado la distribución del canon
proveniente de la regalía gasífera, de aquel proveniente del Impuesto a la Renta.
VII.4.1Canon Gasífero – Regalía Gasífera
Perupetro calcula quincenalmente las regalías de las compañías gasíferas. Asimismo, mensualmente
realiza el cálculo del canon correspondiente siendo actualmente el único departamento beneficiario: el
departamento de Cusco. El monto del canon calculado es remitido mediante oficio mensual a la
Secretaria de Descentralización de la PCM, quien realiza la distribución del mismo a los gobiernos
locales (municipios distritales y provinciales) y al gobierno regional de Cusco utilizando los índices de
distribución determinados por la DGDFAS -MEF (antes DGAES-MEF).
La distribución oficial del canon gasífero es realizada por la PCM en forma agregada a los diferentes
gobiernos locales y/o regional (Cusco), según corresponda. Sin embargo, la información proporcionada
por Perupetro, permite identificar los montos distribuidos por compañía sólo a nivel departamental, sin
hacer distinción del tipo de gobierno a distribuir.
Por esta razón se han realizado recálculos para verificar las cifras presentadas por Perupetro en los
diferentes reportes presentados, y compararlas con la información de la PCM.
Cabe destacar que a efectos de este Segundo Estudio, las compañías incluidas como parte de la revisión
del Canon Gasífero, son compañías que conforman parte del Consorcio de Camisea, por lo que el único
beneficiado es el departamento del Cusco. Esto es así, dado que por lo referido en la Ley del Canon las
compañías que hayan iniciado operaciones en departamentos donde no se cuente con una Ley
específica para esto, deberán acogerse a la metodología de distribución del canon gasífero. Es decir, las
compañías que producen gas en zonas donde existía legislación de hidrocarburos anterior a la Ley del
Canon, seguirán con la misma metodología del canon y sobrecanon petrolero.
A efectos de poder hacer comparativa la información revisada para efectos de la distribución por las
compañías adheridas al Segundo Estudio, se ha realizado la contrastación de la información incluida en
los reportes quincenales y mensuales proporcionados por Perupetro (con cálculos probados por Ernst &
Young para el caso del canon calculado) por compañía y por departamento. Asimismo, contrastaremos
la información total que mensualmente Perupetro reporta a la PCM con la información que PCM reporta
a la DGTP - MEF para efecto de realizar las transferencias respectivas. Es necesario precisar que la
información manejada por Perupetro se encuentra en dólares estadounidenses y que al momento de ser
reportada a la PCM es convertida a nuevos soles al tipo de cambio correspondiente a dicha fecha. Los
importes proporcionados en moneda nacional no permiten calcular la distribución por compañía ya que
están a nivel de departamentos.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
134
Cuadro de conciliación entre el monto recaudado por regalías según formatos entregados por Perupetro y las regalías presentadas en su reporte de distribución mensual de
regalías (período 2008 al 2010):
Compañía Lote Moneda Regalía según
distribución Perupetro Regalía según
Conciliación Recaudación Diferencias (i)
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 60,263,362 60,263,363 (1)
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 108,694,860 108,694,860 -
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 60,263,362 60,263,363 (1)
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 109,009,907 109,009,907 -
Total Compañías Agregadas (v) US$ 1,184,912,878 1,184,912,768 110
Total US$ 1,523,144,369 1,523,144,261 108
A continuación se presenta la distribución realizada por Perupetro relacionada a la Regalía Gasífera recaudada de acuerdo lo estipulado en la Ley, y por los conceptos
detallados en el siguiente cuadro. Cabe destacar que la distribución por conceptos no está relacionada exclusivamente a porcentajes sobre la regalía recaudada, sino a cálculos
independientes que se sirven de los fondos de la regalía para su distribución (caso del canon). En el caso de los gastos de fiscalización, éstos obedecen a los montos facturados
por el proveedor del servicio. Las participaciones de instituciones públicas si representan un porcentaje del monto total de la regalía. El monto entregado al Tesoro Público
resulta de la diferencia de la regalía recaudada menos los conceptos descritos anteriormente.
Compañía Lote Moneda Canon 50% Gastos de
Fiscalización (ii)
Participaciones (iii) Tesoro Público (iv)
Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 30,106,270 - 903,392 451,696 451,696 28,350,307 60,263,362
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 54,347,430 11,844 1,637,520 818,760 818,760 51,060,546 108,694,860
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 30,106,270 - 903,392 451,696 451,696 28,350,307 60,263,362
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 54,347,430 11,844 1,637,520 818,760 818,760 51,375,593 109,009,907
Total Compañías Agregadas (v) US$ 591,175,903 84,095 18,040,474 9,020,237 9,020,237 557,571,931 1,184,912,878
Total US$ 760,083,303 107,783 23,122,298 11,561,149 11,561,149 716,708,684 1,523,144,369
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
135
Concepto US$
Canon según Reporte de distribución de regalías de Perupetro
760,083,303
Canon según reporte del cálculo del canon de Perupetro por lote y por departamento. 760,146,830
Diferencia (vi) (63,527)
NOTAS
(i) Diferencias inmateriales
(ii) Corresponde a los gastos de Fiscalización en que incurre Perupetro para fiscalizar las operaciones de las compañías.
(iii) Corresponde a las participaciones para cubrir gastos operativos de las instituciones allí mencionadas.
(iv) Corresponde al monto que ingresa directamente al Tesoro Público y que no está bajo ningún tipo de distribución específica.
(v) Compañías agregadas:
1. Hunt Oil Company of Perú L.L.C., Sucursal del Perú
2. Pluspetrol Perú Corporation S.A.
3. Pluspetrol Camisea S.A.
4. Pluspetrol 56 S.A.
5. SK Innovation Sucursal Peruana
(vi) Diferencia entre el canon determinado en los reportes de distribución de Perupetro y el re-cálculo efectuado tomando como base el valor de producción y los porcentajes de ley. Diferencias
en proceso de conciliación.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
136
Cusco
2008
Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de
Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM
(1)
Compañía Lote Moneda Distribuido según
Perupetro Gobiernos Locales
75% Gobierno Regional
25% Gobiernos Locales Gobierno Regional
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 2,720,333 2,040,250 680,083
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 17,648,335 13,236,251 4,412,084
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 2,720,333 2,040,250 680,083
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 17,648,335 13,236,251 4,412,084
Total Compañías Agregadas US$ 142,581,370 106,936,028 35,645,343
Total US$ 183,318,706 137,489,030 45,829,677
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 531,624,248 398,718,186 132,906,062 449,176,480 152,863,456
Porcentaje de participación 89% 87%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
137
2009
Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de
Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Distribuido según
Perupetro Gobiernos Locales
75% Gobierno Regional
25% Gobiernos Locales Gobierno Regional
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 10,154,214 7,615,660 2,538,553
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 13,462,458 10,096,844 3,365,615
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 10,154,214 7,615,660 2,538,553
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 13,462,458 10,096,844 3,365,615
Total Compañías Agregadas US$ 165,319,177 123,989,383 41,329,794
Total US$ 212,552,522 159,414,391 53,138,130
Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 637,657,565 478,243,174 159,414,391 528,992,100 176,330,700
Porcentaje de participación 90% 90%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
138
2010
Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de
Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM
Compañía Lote Moneda Distribuido según
Perupetro Gobiernos Locales
75% Gobierno Regional
25% Gobiernos Locales Gobierno Regional
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 17,231,723 12,923,792 4,307,931
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 23,236,637 17,427,478 5,809,159
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 17,231,723 12,923,792 4,307,931
Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 23,236,637 17,427,478 5,809,159
Total Compañías Agregadas US$ 283,338,883 212,504,162 70,834,721
Total US$ 364,275,603 273,206,702 91,068,901
Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 1,019,971,686 764,978,765 254,992,922 852,218,275 284,072,758
Porcentaje de participación 90% 90%
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
139
VII.4.2. Canon Gasífero – Impuesto a la Renta
Anualmente, SUNAT comunica al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) el monto anual declarado por
Impuesto a la Renta de las compañías gasíferas. DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) determina el 50%
de dicho monto a fin de que sea distribuido a los gobiernos locales y regionales.
Considerando que el universo de compañías adheridas al Segundo Estudio es menor que el total de las
compañías del Consorcio Camisea, el cual constituye el 100% de compañías que contribuyen con el
canon gasífero, se ha recalculado el monto a distribuir por parte de las Compañías adheridas al Segundo
Estudio y se ha comparado con los totales distribuidos oficialmente por PCM, verificando que estos
últimos sean mayores que las cifras recalculadas.
Cabe destacar, que se ha considerado como información de inicio para el recálculo, la información del
Impuesto a la Renta recaudado mostrado en la sección VI.1 Impuesto a la Renta.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
140
VII.4.3 Distribución Canon Gasífero – Impuesto a la Renta
Año 2008 Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú
Distribuido por PCM
Compañía Moneda
Total Recaudado
(1) 50% IR
Recaudado Gobierno Local
75%
Gobierno Regional
25%
Gobierno Local 75%
Gobierno Regional
25%
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 870,574 435,287 326,465 108,822
Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 18,076,407 9,038,203 6,778,652 2,259,551
Total Compañías Agregadas S/ 186,623,391 93,311,696 69,983,772 23,327,924
TOTAL 205,570,372 102,785,186 77,088,889 25,696,297 79,698,289 26,566,097
97% 97%
NOTAS
1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a
la Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 2.926).
Año 2009 Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú
Distribuido por PCM
Compañía Moneda
Total Recaudado
(1) 50% IR
Recaudado Gobierno Local
75%
Gobierno Regional
25%
Gobierno Local 75% (2)
Gobierno Regional 25% (2)
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 512,144 256,072 192,054 64,018
Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 40,696,210 20,348,105 15,261,079 5,087,026
Total Compañías Agregadas S/ 245,951,305 122,975,653 92,231,739 30,743,913
TOTAL 287,159,659 143,579,830 107,684,872 35,894,957 112,639,422 37,546,474
96% 96%
NOTAS
1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las empresas afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la
Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 3.012).
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
141
Año 2010 Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú
Distribuido por PCM
Compañía Moneda (1)
Total Recaudado 50% IR
Recaudado Gobierno Local
75%
Gobierno Regional
25%
Gobierno Local 75%
Gobierno Regional
25%
Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 36,207,698 18,103,849 13,577,887 4,525,962
Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 86,899,011 43,449,506 32,587,129 10,862,376
Total Compañías Agregadas S/ 523,027,090 261,513,545 196,135,159 65,378,386
TOTAL 646,133,799 323,066,900 242,300,175 80,766,724 - -
NOTAS
1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las empresas afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la
Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 2.926).
2. A la fecha del presente Producto 3, el Canon Gasífero correspondiente a la recaudación del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2010, está pendiente de ser distribuido, debido a que
la DGDFAS-MEF (antes DGAES-MEF), se encuentra en proceso de cálculo de los índices de distribución, luego de lo cual se procederá a su aprobación mediante Resolución Ministerial.
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142
VII.5. Derecho de Vigencia
El Derecho de Vigencia es distribuido por INGEMMET, quien también se encarga de su recaudación. Este
organismo cuenta con el detalle de lo distribuido por distrito, por lo recaudado por las compañías.
La distribución de los derechos de vigencia recaudados por INGEMMET se realiza al mes siguiente de
haber sido recaudado. La base de datos de la distribución fue proporcionada por INGEMMET en hojas
Excel, e indica entre otros datos, el período al cual corresponde el derecho de vigencia y el período en
que fue realmente distribuido. Luego de identificar el monto distribuido por período (por los años 2008,
2009 y 2010), se ha procedido a verificar que el importe distribuido corresponde al 75% del importe
recaudado por el mismo INGEMMET, debido a que según la legislación del Derecho de Vigencia ese es el
porcentaje a distribuir entre los gobiernos locales (distritales) del área de influencia. El otro 25% está
destinado a cubrir gastos operativos de INGEMMET y el MEM.
Monto distribuido por el período = 75%
Monto recaudado por el período
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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143
Cuadro General de la distribución de los Derechos de Vigencia por los períodos 2008 – 2010
El presente cuadro muestra la comparación entre los totales para el período en revisión (2008 – 2010)
de los importes recaudados contra los distribuidos. Según la metodología de distribución de INGEMMET,
el 75% del monto recaudado, deberá ser distribuido a los distritos que se encuentran dentro del área de
influencia. El otro 25% se destina para gastos operativos de INGEMMET.
Nro. Compañía
2008 - 2010 (USD $)
Monto según distribución INGEMMET
Monto según recaudación INGEMMET
Relación % Ref
1 Anglo American Exploration Perú S.A. 272,292 449,154 61% (i)
2 Anglo American Michiquillay S.A. 76,398 102,462 75%
4 Anglo American Quellaveco S.A. 487,088 661,449 74%
5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 3,002,301 4,196,848 72%
6 Compañía Minera Antamina S.A. 378,564 504,750 75%
7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 27,576 39,931 69% (i)
8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 917,900 1,276,775 72%
9 Compañía Minera Poderosa S.A. 591,822 801,451 74%
10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 21,088 29,046 73%
11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 532,031 728,680 73%
12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 652,954 941,498 69% (i)
13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 788,572 1,149,763 69% (i)
14 Minera Pampa de Cobre S.A 484,302 657,543 74%
15 Minera Yanacocha S.R.L. 1,885,666 2,517,226 75%
16 Minsur S.A. 793,145 1,098,491 72%
17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 38,475 51,300 75%
18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 399,601 547,065 73%
19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
1,436,916 1,992,946 72%
20 Xstrata Tintaya S.A. 688,749 918,332 75%
Compañías Agregadas (ii) 3,966,072 5,259,319 75%
Total 17,441,512 23,924,029 73%
NOTAS
(i) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET.
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
- Lumina Copper S.A.C.
- Gold Fields La Cima S.A.A.
- Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
- Compañía Minera Argentum S.A.
- Compañía Minera Condestable S.A.
- Compañía Minera Raura S.A.
- Minera Bateas S.A.C.
- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
- Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
- Compañía Minera Ares S.A.C.
- Minera Suyamarca S.A.C.
- Volcan Compañía Minera S.A.A.
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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144
2008
Nro. Compañía
Año 2008 (USD $)
Monto según distribución INGEMMET
Monto según recaudación INGEMMET
Relación % Ref
1 Anglo American Exploration Perú S.A. 74,228 98,970 75%
2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,316 34,354 74%
4 Anglo American Quellaveco S.A. 147,963 199,783 74%
5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,100,618 1,508,505 73%
6 Compañía Minera Antamina S.A. 122,888 163,850 75%
7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 8,914 13,681 65% (i)
8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 310,899 425,183 73%
9 Compañía Minera Poderosa S.A. 163,921 218,561 75%
10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 5,493 7,324 75%
11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 151,439 212,120 71%
12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 227,453 332,233 68% (i)
13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 100,965 181,293 56% (i)
14 Minera Pampa de Cobre S.A 154,212 206,167 75%
15 Minera Yanacocha S.R.L. 626,968 826,573 76%
16 Minsur S.A. 261,313 362,818 72%
17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75%
18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 126,569 179,361 71%
19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 528,089 733,957 72%
20 Xstrata Tintaya S.A. 197,685 263,580 75%
Compañías Agregadas (ii) 1,384,440 1,772,138 78%
Total 5,732,198 7,757,551 74%
NOTAS
(i) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET.
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
- Lumina Copper S.A.C.
- Gold Fields La Cima S.A.A.
- Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
- Compañía Minera Argentum S.A.
- Compañía Minera Condestable S.A.
- Compañía Minera Raura S.A.
- Minera Bateas S.A.C.
- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
- Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
- Compañía Minera Ares S.A.C.
- Minera Suyamarca S.A.C.
- Volcan Compañía Minera S.A.A.
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145
2009
Nro. Compañía
Año 2009 (USD $)
Monto según distribución INGEMMET
Monto según recaudación INGEMMET
Relación % Ref
1 Anglo American Exploration Perú S.A. 62,582 83,442 75%
2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,766 34,354 75%
4 Anglo American Quellaveco S.A. 147,963 199,783 74%
5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 904,581 1,243,604 73%
6 Compañía Minera Antamina S.A. 126,713 168,950 75%
7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 9,331 13,125 71%
8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 261,922 357,809 73%
9 Compañía Minera Poderosa S.A. 202,444 269,942 75%
10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 5,309 7,089 75%
11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 171,867 238,260 72%
12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 206,150 288,620 71%
13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 265,290 402,380 66% (i)
14 Minera Pampa de Cobre S.A 155,645 207,982 75%
15 Minera Yanacocha S.R.L. 606,032 811,043 75%
16 Minsur S.A. 258,513 349,406 74%
17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75%
18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 134,075 179,697 75%
19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 467,736 647,766 72%
20 Xstrata Tintaya S.A. 201,060 268,080 75%
Compañías Agregadas (ii) 1,231,500 1,661,956 74%
Total 5,457,304 7,450,388 73%
NOTAS
(i) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET.
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
- Lumina Copper S.A.C.
- Gold Fields La Cima S.A.A.
- Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
- Compañía Minera Argentum S.A.
- Compañía Minera Condestable S.A.
- Compañía Minera Raura S.A.
- Minera Bateas S.A.C.
- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
- Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
- Compañía Minera Ares S.A.C.
- Minera Suyamarca S.A.C.
- Volcan Compañía Minera S.A.A.
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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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146
2010
Nro. Compañía
Año 2010 (USD $)
Monto según distribución INGEMMET
Monto según recaudación INGEMMET
Relación % Ref
1 Anglo American Exploration Perú S.A. 135,482 266,742 51% (i)
2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,316 33,754 75%
4 Anglo American Quellaveco S.A. 191,162 261,883 73%
5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 997,102 1,444,739 69% (i)
6 Compañía Minera Antamina S.A. 128,963 171,950 75%
7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 9,331 13,125 71%
8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 345,079 493,783 70% (i)
9 Compañía Minera Poderosa S.A. 225,457 312,948 72%
10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 10,286 14,633 70%
11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 208,725 278,300 75%
12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 219,351 320,645 68% (i)
13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 422,317 566,090 75%
14 Minera Pampa de Cobre S.A 174,445 243,394 72%
15 Minera Yanacocha S.R.L. 652,666 879,610 74%
16 Minsur S.A. 273,319 386,267 71%
17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75%
18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 138,957 188,007 74%
19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 441,091 611,223 72%
20 Xstrata Tintaya S.A. 290,004 386,672 75%
Compañías Agregadas (ii) 1,350,132 1,825,225 74%
Total 6,252,010 8,716,090 72%
NOTAS
(i) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET.
(ii) Detalle de Compañías Agregadas:
- Lumina Copper S.A.C.
- Gold Fields La Cima S.A.A.
- Castrovirreyna Compañía Minera S.A.
- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.
- Compañía Minera Argentum S.A.
- Compañía Minera Condestable S.A.
- Compañía Minera Raura S.A.
- Minera Bateas S.A.C.
- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca
- Sociedad Minera El Brocal S.A.A.
- Compañía Minera Ares S.A.C.
- Minera Suyamarca S.A.C.
- Volcan Compañía Minera S.A.A.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
147
A continuación se presentan los cuadros finales correspondientes a la distribución de Derechos de Vigencia
por Compañías de acuerdo con los departamentos beneficiados (en nuevos soles):
Anglo American Exploration Perú S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Apurímac 14,376 9,030 9,030
Arequipa 22,370 16,070 24,845
Ayacucho 7,650 7,650 7,650
Moquegua 26,682 26,682 26,682
Tacna 3,150 3,150 67,275
TOTAL 74,228 62,582 135,482
Anglo American Michiquillay S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Cajamarca 16,541 16,991 16,541
La Libertad 8,775 8,775 8,775
TOTAL 25,316 25,766 25,316
Anglo American Quellaveco S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Moquegua 136,035 134,320 177,519
Tacna 11,928 13,643 13,643
TOTAL 147,963 147,963 191,162
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
148
Compañía de Minas Buenaventura S.A.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 6,750 6,750 -
Apurímac 58,976 60,280 82,306
Arequipa 196,724 189,253 193,559
Ayacucho 248,621 124,260 144,936
Cajamarca 20,849 2,893 8,072
Cusco 5,400 21,166 19,366
Huancavelica 314,286 224,470 210,065
Huánuco 15,122 15,122 12,422
Ica 15,470 13,158 15,795
La Libertad 376 376 -
Lima 43,493 43,064 53,610
Moquegua 31,834 93,260 105,634
Pasco 48,471 53,459 52,087
Piura 79,625 40,221 29,721
Puno 8,550 10,778 64,328
Tacna 6,074 6,071 5,198
TOTAL 1,100,621 904,581 997,099
Compañía Minera Antamina S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 92,850 96,338 98,588
Huánuco 30,038 30,375 30,375
TOTAL 122,888 126,713 128,963
Compañía Minera Atacocha S.A.A
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Lima 207 207 207
Pasco 8,707 9,124 9,124
TOTAL 8,914 9,331 9,331
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
149
Compañía Minera Milpo S.A.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 120,658 105,363 125,471
Arequipa 17,100 17,100 17,100
Ayacucho 225 15 23,394
Cajamarca 4,050 3,150 6,060
Cusco - - 4,725
Huancavelica 30,702 25,207 36,102
Huánuco 16,875 16,875 14,363
Ica 26,674 30,966 31,624
Junín 250 250 475
La Libertad 3,864 3,864 16,224
Lambayeque 2,925 - 5,175
Lima 39,925 37,449 38,349
Moquegua 4,932 2,700 2,700
Pasco 40,488 18,983 21,517
Piura - - 1,800
Tacna 2,231 - -
TOTAL 310,899 261,922 345,079
Compañía Minera Poderosa S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 3,703 3,706 3,706
Cajamarca 900 900 900
Huánuco 4,500 4,500 4,500
La Libertad 133,619 171,017 175,805
Lima 2,228 2,228 20,453
San Martin 18,969 20,094 20,094
TOTAL 163,919 202,445 225,458
Compañía Minera San Juan (Perú) S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash - - 4,073
La Libertad 1,011 1,013 1,013
Lima 4,480 4,297 5,201
TOTAL 5,491 5,310 10,287
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
150
Consorcio Minero Horizonte S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Amazonas 33,373 35,231 35,016
Ancash 14,102 14,102 14,102
Apurímac 9,000 26,550 46,868
Arequipa 2,969 72 72
Ayacucho - - 3,600
Cajamarca 1,200 1,200 769
Cusco 30,839 27,000 27,000
Huancavelica - - 3,600
Huánuco - 1,800 1,800
La Libertad 51,784 56,840 66,826
Pasco - 900 900
Puno 8,172 8,172 8,172
TOTAL 151,439 171,867 208,725
Empresa Minera Los Quenuales S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 17,884 10,136 10,459
Apurímac 3,150 3,150 3,150
Ayacucho 6,969 6,747 5,847
Cusco 450 450 450
Huancavelica 8,325 5,850 3,150
Huánuco 675 675 675
Ica 3,938 4,500 4,500
Junín 2,901 2,901 4,026
La Libertad 1,800 1,800 1,800
Lima 152,355 142,689 155,489
Pasco 21,582 21,402 21,402
Puno 5,850 5,850 8,404
Tacna 1,573 - -
TOTAL 227,452 206,150 219,352
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
151
Minera Barrick Misquichilca S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 17,928 11,481 34,598
Apurímac 900 900 900
Ayacucho 8,966 8,966 5,366
Cajamarca 12,375 79,800 192,281
La Libertad 60,796 55,393 85,635
Lambayeque - 24,300 29,025
Piura - 84,450 69,112
Tacna - - 5,400
TOTAL 100,965 265,290 422,317
Minera Pampa de Cobre S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Arequipa 86,458 87,209 87,722
Moquegua 67,754 68,436 86,723
TOTAL 154,212 155,645 174,445
Minera Yanacocha S.R.L.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Cajamarca 626,181 605,245 646,253
Lambayeque 786 788 6,413
TOTAL 626,967 606,033 652,666
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
152
Minsur S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 10,575 7,762 6,638
Apurímac - - 2,250
Arequipa 12,825 12,825 18,675
Ayacucho 7,425 7,425 9,675
Cajamarca - 2,250 2,250
Cusco 16,875 17,550 17,550
Huancavelica 19,208 15,526 15,189
Ica 225 225 225
Junín - 1,800 -
La Libertar 1,837 1,837 -
Lima 19,514 9,501 9,726
Puno 143,665 145,897 161,977
Tacna 29,163 35,915 29,165
TOTAL 261,312 258,513 273,320
Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Cajamarca 12,825 12,825 12,825
TOTAL 12,825 12,825 12,825
Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Arequipa 126,220 133,726 138,608
Moquegua 349 349 349
TOTAL 126,569 134,075 138,957
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
153
Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 4,036 4,036 2,919
Apurímac 121,873 90,089 87,841
Arequipa 191,476 176,329 161,598
Ayacucho 32,384 28,293 28,293
Cajamarca 9,884 9,884 9,884
Cusco 4,941 4,941 4,941
Huancavelica 2,588 2,588 2,588
Ica - 8,810 8,810
La Libertad 15,525 15,525 8,775
Moquegua 95,293 86,560 81,948
Puno 1,575 1,575 4,613
Tacna 48,514 39,106 38,881
TOTAL 528,089 467,736 441,091
Xstrata Tintaya S.A.
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Apurímac - - 76,950
Arequipa 6,412 6,412 6,412
Cusco 191,273 192,960 204,954
Puno - 1,688 1,688
TOTAL 197,685 201,060 290,004
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
154
Compañías Agregadas:
Monto Distribuido
Departamento 2008 2009 2010
Ancash 31,771 30,871 30,871
Apurímac 102,175 89,452 119,328
Arequipa 253,857 247,461 254,273
Ayacucho 181,027 182,152 179,097
Cajamarca 24,764 21,029 21,040
Cusco 268,578 168,408 173,247
Huancavelica 41,475 38,933 52,419
Huánuco 15,045 12,109 12,173
Junín 126,767 121,043 138,426
La Libertad 14,607 13,300 8,243
Lima 126,932 112,470 127,739
Moquegua 12,493 12,493 12,493
Pasco 127,301 121,845 147,145
Puno 57,648 59,934 73,638
TOTAL 1,384,440 1,231,500 1,350,132
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
155
VIII. Conclusiones y recomendaciones finales sobre el Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE
Perú
Las conclusiones de este Estudio están alineadas al objetivo del mismo que es efectuar una revisión y
análisis independiente entre los pagos que han realizado algunas compañías mineras, petroleras y
gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el territorio nacional, al
Gobierno peruano, y los ingresos que han recibido de estas industrias extractivas diversos organismos
del Gobierno peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local, durante el período
2008 - 2010, como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias que se
indican en la normatividad vigente del país.
Asimismo, las recomendaciones están referidas a mejorar el proceso de conciliación de la recaudación y
distribución, los cuales fueron materia del presente estudio. Este trabajo no ha incluido un análisis de
los procesos de recaudación y distribución seguidos por las compañías e instituciones del Estado.
VIII.1 Conclusiones
VIII.1.1 Conclusiones del estudio de conciliación de los pagos que han realizado al Estado
Peruano las compañías adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de estas
compañías los organismos del Estado
► En la conciliación del Impuesto a la Renta, no se encontraron diferencias entre lo declarado
como pagado por las compañías y lo reportado como recaudado por la SUNAT.
► En la conciliación de las Regalías Mineras, encontramos diferencias inmateriales en los años
2008, 2009 y 2010. Dichas diferencias representan el 0.009% del total conciliado por ese
rubro y menos del 0.001% del total conciliado en el Estudio.
► En la conciliación de las Regalías de Hidrocarburos, encontramos diferencias Inmateriales en
los años 2008, 2009 y 2010. Dichas diferencias representa 0.001% del total conciliado por
ese rubro y menos del 0.001% del total conciliado en el Estudio.
► En la conciliación de los Derechos de Vigencia, encontramos diferencias que corresponden
principalmente a reportes de pagos de denuncios mineros por parte de las compañías que no
registran titularidad de las mismas; asimismo, identificamos denuncios mineros de titularidad
de las compañías adheridas al Estudio cuyos derechos de vigencia habrían sido pagados por
terceros; por otra parte, las diferencias también corresponden a la utilización de tipos de
cambio promedio para la conversión de las cifras reportadas en Nuevos Soles para efectos de
la conciliación. Asimismo, ciertas diferencias se originan por inconsistencias encontradas en
los registros de INGEMMET. El total de las diferencias netas representan el 3.939% del total
de los montos conciliados por ese rubro y menos del 0.009 % del total conciliado en el
Estudio.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
156
VIII.1.2 Conclusiones del estudio de conciliación de los ingresos recaudados por los organismos
del Estado y los importes distribuidos a nivel central, regional y local
Debido a que la información oficial de la distribución del canon minero, petrolero y gasífero,
sobrecanon petrolero y de las regalías mineras es preparada por los organismos del Estado de
manera agregada, no detallando los importes a distribuir por los pagos realizados por las
compañías aportantes y debido a que las 51 compañías adheridas al Estudio, no representan el
100% de la producción nacional de los recursos que extraen, se realizaron recálculos de las cifras
distribuidas por compañía y se consideró como razonable que los resultados de dichos recálculos
(según sea el caso), sean menores o iguales a las cifras oficiales reportadas por las instituciones
públicas correspondientes (PCM e INGEMMET).
De esta revisión se obtuvo que para el caso de Canon Minero, Regalías Mineras, Canon y
Sobrecanon Petrolero y Canon Gasífero, los resultados de los recálculos fueron menores o iguales
que las cifras reportadas por PCM, guardando coherencia con la metodología planteada en el
párrafo anterior.
Por otra parte, respecto a la conciliación de los Derechos de Vigencia recaudados por INGEMMET y
los importes distribuidos por este mismo organismo a nivel central, regional y local, se determinó
que el monto distribuido por INGEMMET, en la mayor parte de los casos, representa el 75% de los
importes recaudados según lo indica su normatividad. La distribución no necesitó recalcularse ya
que dicha información fue presentada por INGEMMET para las compañías adheridas al Estudio.
VIII.1.3 Conclusiones del estudio de conciliación respecto a la participación de las compañías
adheridas al Estudio
Se ha obtenido en este Segundo Estudio de Conciliación la participación de 51 compañías del sector
extractivo peruano (18 compañías del subsector hidrocarburífero y 33 compañías del sector
minero). Esto representa un incremento del 54.5% respecto al Primer Estudio realizado en 2009.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
157
VIII.1.4 Conclusiones del estudio de conciliación respecto de los niveles de materialidad
propuestos en los Términos de Referencia del Segundo Estudio de Conciliación Nacional del ITIE
Perú
En el presente Estudio, se puede observar que se han alcanzado los niveles de materialidad respecto
del valor de la producción nacional por subsector propuestos en los Términos de Referencia, vale
decir, mayor al 75% en el caso del subsector minero (86.94% en 2008, 84.41% en 2009 y 83.42%
en 2010) y al 85% en el caso del sector hidrocarburífero (88.06% en 2008, 89.73 en 2009 y 90.33%
en 2010). Asimismo, se ha logrado la participación de la totalidad de las compañías cuya producción
superara el 2% de participación en el valor de la producción nacional (para el caso del subsector
minero y petrolero) y 1% (para el caso del subsector gasífero).
VIII.2 Recomendaciones
Si bien el proceso de conciliación fue eficaz en tanto se lograron los objetivos planteados en el Estudio,
con la información proporcionada por las instituciones públicas y las compañías a continuación
detallamos algunas recomendaciones orientadas a incrementar la eficiencia de futuros procesos de
conciliación en el marco del Estudio ITIE Perú.
VIII.2.1 Recomendaciones para mejorar el proceso de conciliación
Concepto Observación Recomendación
Derecho de Vigencia INGEMMET no hace seguimiento de la titularidad de
los denuncios mineros. Es decir, podría ser posible
que ciertas compañías exploren y/o exploten
denuncios sin comunicarlo oportunamente a
INGEMMET. Esta situación dificulta el estudio de
conciliación.
Se recomienda que INGEMMET
considere implementar un control de
seguimiento y cruce de información
con la Dirección General de Minería del
Ministerio de Energía y Minas, respecto
de la titularidad de los denuncios
mineros (para el caso de la gestión de
los derechos de vigencia).
Generales A efectos de hacer uniforme la conciliación, se han
creado formatos para la recolección de la
información de los conceptos a conciliar y tipos de
participantes en el Estudio (compañías e
instituciones públicas). Sin embargo, para los casos
de Impuesto a la Renta, Regalía Minera y Derechos
de Vigencia, dichos formatos no han sido utilizados
por parte de las instituciones públicas
correspondientes.
Se recomienda, a fin de uniformizar la
información requerida, que la Comisión
de Trabajo comprometa en futuros
estudios a las instituciones públicas a
la utilización de las herramientas
proporcionadas por el conciliador para
poder realizar una conciliación de
manera más eficiente.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
158
VIII.2.2 Recomendaciones para los próximos estudios de conciliación de acuerdo con las normas ITIE
recomendados
Concepto Observación Recomendación
Comunicación de
objetivos del Estudio
al personal clave de
las Compañías
adheridas
El nivel de conocimiento del personal clave de las
compañías participantes del Estudio aún es limitado,
requiriendo procesos de sensibilización informales.
Si bien es cierto que la Comisión brinda la
información suficiente y necesaria a los
representantes de las Compañías adheridas, esta
información aún no se encuentra adecuadamente
difundida al interior de las Compañías.
Se recomienda para futuros
estudios de conciliación en el Perú,
difundir y canalizar mejor la
información al siguiente personal
clave dentro de las compañías a fin
de que brinden apropiadamente la
información requerida:
- Gerente Legal o de Asuntos
Regulatorios
- Gerente Financiero
- Contador General
- Jefe de Impuestos
Exposición de las
cifras pagadas por
las compañías
Actualmente, y para efectos de la realización del
presente Estudio, la Comisión de Trabajo de la ITIE
Perú acordó que la información relacionada con los
pagos realizados por las compañías, pudiesen ser
mostrados de manera desagregada, vale decir,
mostrando las cifras por compañía, o de manera
agregada, vale decir, mostrando un monto total por
grupo de compañías. Esto de acuerdo a la voluntad
de las compañías adheridas al Estudio.
Se recomienda que para futuros
estudios de conciliación en el Perú,
la Comisión de Trabajo de la ITIE
promueva la exposición de manera
detallada por compañía de las
cifras correspondientes a los pagos
realizados por los conceptos
relacionados con el objeto del
estudio.
Información sobre
Volúmenes de los
ingresos del Estado
En los casos en los cuales los ingresos del Estado se
relacionen con las cantidades de recursos extraídos,
como por ejemplo en el caso de las regalías, no se
han obtenido los montos de los volúmenes de
recursos que los generan. En el presente Estudio
sólo se ha obtenido información sobre montos
recaudados.
Se recomienda considerar en
adición a los montos valorizados,
los volúmenes de los recursos que
los generan en futuros estudios de
conciliación, a fin de cubrir mejor
los requerimientos de la iniciativa
del ITIE.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
159
IX. Información de carácter informativa propuesta por la Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú
A través de los Términos de Referencia del presente Estudio, así como requerimientos formales
propuestos con fecha posterior a dichos Términos, la Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú, manifestó
su voluntad de incluir en el presente informe, información de carácter enunciativo relacionado a
conceptos extraordinarios que a continuación detallamos:
- Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo – PMSP (también conocido como Aporte Minero
Voluntario) por el período 2007 al 2011.
- Contratos de Servicios Petroleros por el período 2008 al 2010.
Cabe destacar que Ernst & Young no ha realizado ningún tipo de procedimiento relacionado a verificar la
validez de esta información (conciliación, revisión, auditoría, entre otros). Se ha limitado a la compilación
de información provista por la citada Comisión de Trabajo.
A continuación se presenta el desarrollo de los conceptos mencionados:
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
160
IX.1 Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP)
Antecedentes
Debido al alza de los precios internacionales de los minerales de una manera extraordinaria, el Gobierno
Peruano propuso a las compañías mineras en etapa de explotación que realicen un aporte voluntario
durante 5 años, en la medida en que en este periodo la coyuntura favorable de precios se mantenga,
con el propósito de ser un soporte adicional al Estado en el esfuerzo que realiza en la lucha contra la
pobreza.
En el mes de Diciembre del 2006, compañías mineras privadas y Estado conjuntamente, definieron la
estructura de aplicación de este programa y dieron forma a un convenio modelo entre ambos, el cual se
oficializa mediante decreto supremo D.S. 071-2006/EM y su modificatoria D.S. 033-2007/EM
(mediante el cual se trata de agilizar los procesos para la ejecución de los programas y proyectos, que
se habían convenido para el Aporte Voluntario), emitidos y publicados el 21 de diciembre del 2006 y 01
de julio del 2007, respectivamente.
Lo anterior, da lugar al nacimiento del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP), el cual es
un aporte de naturaleza voluntaria, extraordinaria y temporal (5 años) y de carácter privado que
comúnmente es conocido como Aporte Voluntario.
A través de este programa se formalizó el compromiso entre el Estado y las compañías mineras, cuyo
objetivo principal fue promover el desarrollo social y mejorar las condiciones de vida de las poblaciones
ubicadas en las áreas de influencia de las compañías mineras.
Objetivo del PMSP
El PMSP es un mecanismo por el cual las compañías crean un Fondo monetario Local y Regional
financiado por sus respectivos aportes, independientemente de sus obligaciones tributarias, para
contribuir con los esfuerzos públicos y privados de lucha contra la pobreza.
Formalización de los aportes
Para formalizar el aporte, las compañías mineras suscribieron convenios individuales con el Estado. La
condición para que las compañías aporten al PMSP, estuvo en función de haber suscrito el convenio con
el Estado Peruano, que los precios de los metales se mantengan por encima de los precios de referencia
acordados, y que al mismo tiempo sus compañías registren utilidades.
De cumplirse las condiciones señaladas, las compañías que suscribieron el convenio del PMSP,
efectuarían los Aportes Voluntarios por los 5 años de vigencia del Convenio, efectivizándose el primer
aporte en abril de 2007 y el último en abril de 2011.
Administración de los aportes
La administración de los fondos aportados por las compañías, y a efectos de segregarlos de su propio
patrimonio, se realizó mediante la conformación de asociaciones sin fines de lucro o fideicomisos, según
decisión de las compañías. En esta medida, los rendimientos financieros de estos Fondos le pertenecen
a sus administradores y debieron ser utilizados en la ejecución de proyectos hasta que se agoten los
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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
161
fondos; es decir, los recursos no utilizados acumulan y deben ser utilizados hasta que se agote el Fondo
totalmente.
Destino de los aportes
De acuerdo a lo estipulado D.S. N°071-2006-EM y su modificatoria, que contiene el Convenio
“Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo”, se establecen los rubros en que se deben orientar las
obras, programas y/o proyectos que serán ejecutados con los fondos locales y regionales,
estableciéndose además la prioridad de ejecución de los mismos. Asimismo, en los Convenios las
compañía minera firmante indica claramente los lugares en donde se invertirá el fondo local y regional
al que está aportando.
El convenio establece nueve líneas de intervención en las cuales los recursos pueden ser usados
estableciendo la condición particular de que al menos el 30% de los recursos sean utilizados en
proyectos de Nutrición, Educación y Salud.
Los rubros de inversión establecidos son:
1) Nutrición de menores, principalmente de 0 a 5 años de edad y madres gestantes.
2) Educación primaria y programas de apoyo educativo y capacitación técnica.
3) Salud.
4) Desarrollo y fortalecimiento de capacidades de gestión públicas para la identificación y viabilidad
de proyectos orientados a agilizar el uso de otros recursos como el canon minero, la regalía
minera y demás recursos disponibles.
5) Apoyo y desarrollo en la promoción de cadenas productivas y/o de proyectos de desarrollo
sostenido más allá de la vida útil de la operación minera.
6) Infraestructura básica de energía eléctrica; agua, saneamiento y desarrollo; mantenimiento y
reparación de vías de acceso y caminos rurales.
7) Obras de impacto local y regional, con uso intensivo de mano de obra no especializada de la
localidad, gestionadas por la población, comunidad o autoridad local, que sean consideradas
prioritarias por éstas, en beneficio de la salud y calidad de vida de la población y/o comunidad.
8) Complementar recursos económicos de terceros o del Estado tales como el canon minero, la
regalía minera y otros recursos disponibles, para el diseño y la ejecución de Proyecto (s).
9) Otros proyectos, luego de haber atendido los anteriores, preferentemente el desarrollo
sostenible.
Gestión del PMSP
Las compañías mineras transfirieron a un fideicomiso, asociación civil u otra organización jurídica, el
monto que corresponde a su Aporte Voluntario del año, luego de que sus Estados Financieros del
Ejercicio hayan sido Auditados y la Junta General de Accionistas lo haya aprobado, por lo general esto
se realizó a finales de abril de los correspondientes años.
Con el Aporte Voluntario de las compañías, se da lugar a la creación de dos fondos: El Fondo Minero
Local y el Fondo Minero Regional.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
162
1) El Fondo Minero Local; es aquel que se destina a las áreas de influencia directa de sus
actividades. De acuerdo al caso puede abarcar varios centros poblados, distritos o provincias.
2) El Fondo Minero Regional: es aquel que se utiliza en la ejecución de proyectos en zonas de mayor
pobreza dentro de la región o regiones donde la compañía desarrolla sus actividades. En el caso
de los Fondos Regionales, se puede dar el caso que varias compañías de la Región decidan
consolidar en uno el Fondo Regional y ejecutar proyectos conjuntos.
Los Fondos Locales y Regionales, son administrados por una Comisión Técnica de Coordinación (CTC),
constituida, caso por caso. En los CTC participan las autoridades municipales, distritales y/o
provinciales, si fuese el caso del Fondo Local, o representantes de la autoridad regional, en el caso del
Fondo Regional. Varía dependiendo de las zonas y compañías.
Las CTC Locales y Regionales tenían el encargo de identificar proyectos, analizar su costo y recomendar
su ejecución respetando las líneas de intervención establecidas y el orden de prioridades fijado en el
Convenio. Es decir, en las regiones o distritos, los Comités Técnicos de Coordinación fueron los
responsables de tomar las decisiones sobre los proyectos, programas y obras que se ejecutaron,
quiénes y cómo lo hicieron.
Cálculo del valor del Aporte Voluntario
Se analizaba si el precio del mineral o minerales que la compañía produce se había mantenido en el año
de evaluación, por encima del precio de referencia acordado en el Convenio. Si no era así, ese año la
compañía no aporta al Fondo. Pero en el caso en que el precio haya estado por encima del precio
referencial, se procede a hacer el cálculo tomando como base la utilidad neta anual de las compañías
después del pago del impuesto a la renta y antes que se haya procedido a distribuir los dividendos.
Es importante señalar que los fondos, el local y el regional, fueron calculados de modo independiente
en base a lo estipulado en el Convenio correspondiente.
El Fondo Minero Local pudo llegar a representar (dependiendo el monto a descontar por regalías) hasta
el 2.75% de las utilidades de las compañías; en cambio el Fondo Minero Regional equivalió siempre al
1% de la utilidad neta anual después del Impuesto a la Renta. En el caso particular de este último
Fondo, para el año 2007, es necesario indicar que el Gobierno estableció que el 4% del mismo fuese
entregado directamente a la Comisión de la Verdad y Reconciliación, lo que se hizo, habiéndose
transferido en dicha fecha un monto estimado de S/. 7 millones.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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163
Resultados del Programa Avance del Programa Minera de Solidaridad con el Pueblo (PMSP), al mes de Agosto del 2011, según Informe N° 36:
Al mes de Agosto de 2011, el monto depositado global del Programa Minero de Solidaridad con el
Pueblo, para los años 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, que comprende el monto depositado Local,
monto depositado Regional y los depósitos efectuados por aportes a la Comisión de la Verdad y
Reconciliación (CVR), ascendió en conjunto a la suma de S/.2,285,206,404.
El siguiente cuadro muestra los montos depositados anuales efectuados por las compañías integrantes
del PMSP desde inicio del Programa, distribuidos según tipo de fondo:
Tipo Fondo Montos depositados en Nuevos Soles Monto depositado
global S/. 2007 2008 2009 2010 2011
Local 331,090,089 288,979,074 244,258,538 257,509,321 284,356,165 1,406,193,187
Regional 179,075,609 183,541,479 149,784,468 141,341,885 208,605,242 862,348,683
CVR 6,641,524 3,292,574 2,175,967 1,962,763 2,591,706 16,664,534
Totales S/. 516,807,222 475,813,127 396,218,973 400,813,969 495,553,113 2,285,206,404
Fuente: Comisión Sectorial - PMSP
A continuación se presenta el listado de compañías mineras integrantes del PMSP o Aporte Voluntario,
indicando además, aquellas que participan en el Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE:
N° Compañía Participantes del Estudio ITIE
1.- Arasi S.A.C.
2.- Aruntani S.A.C.
3.- Castrovirreyna Compañía Minera S.A. x
4.- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. x
5.- Cedimin S.A.C.
6.- Compañía Argentum S.A. x
7.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A x
8.- Compañía Minera Antamina S.A. x
9.- Compañía Minera Ares S.A.C x
10.- Compañía Minera Atacocha S.A.A x
11.- Compañía Minera Aurífera Santa Rosa S.A
12.- Compañía Minera Casapalca S.A.
13.- Compañía Minera Caudalosa S.A.
14.- Compañía Minera Condestable S.A x
15.- Compañía Minera Milpo S.A.A. x
16.- Compañía Minera Poderosa S.A. x
17.- Compañía Minera Raura S.A x
19.- Compañía Minera San Ignacio de Morococha S.A.
18.- Compañía Minera Santa Luisa S.A.
20.- Consorcio Minero Horizonte S.A. x
21.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. x
22.- Gold Fields La Cima S.A.A. x
23.- Minera Aurífera Retamas S.A.
24.- Minera Barrick Misquichilca S.A. x
25.- Minera Bateas S.A.C.
26.- Minera Colquisiri S.A.
27.- Minera Doe Run Perú
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164
N° Compañía Participantes del Estudio ITIE
28.- Minera Huallanca S.A.
29.- Minera Pampa de Cobre S.A. x
30.- Minera Perubar S.A.
31.- Minera San Simón S.A.
32.- Minera Suyamarca S.A.C. x
33.- Minera Yanacocha S.R.L. x
34.- Minsur S. A. x
35.- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca x
36.- Shougang Hierro Perú S.A.
37.- Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. x
38.- Sociedad Minera El Brocal S.A.A. x
39.- Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú x
40.- Xstrata Tintaya S.A. x
A continuación se presentan los montos Depositados, Comprometidos y Ejecutados de los Fondos
Locales y Regionales al mes de Agosto del 2011, según Informe N° 36:
a) Fondo Local:
i. Fondo por Rubros de Inversión
Se presenta los montos Comprometidos y montos Ejecutados acumulados hasta el mes de
Agosto de 2011, según el Informe N° 36 ordenados según los rubros de inversión que se
priorizan en el D.S. N°071-2006-EM.
Rubros Proyectos Comprometido Ejecutado
Nivel de avance
Nº % Monto S/. % Monto S/. % %
Nutrición y Alimentación 80 5 108,536,869 9 88,799,374 10 82
Educación 372 25 165,463,601 14 128,226,381 15 77
Salud 211 14 113,196,475 9 98,939,123 11 87
Infraestructura 369 25 505,234,251 42 301,660,278 35 60
Desarrollo y Fortalecimiento de capacidades 119 8 67,955,866 6 55,452,679 6 82
Proyectos y Cadenas productivas 295 20 161,124,188 14 145,594,740 17 90
Otros 47 3 66,281,398 6 54,453,572 6 82
Totales 1,493 100 1,187,792,648 100 873,126,147 100 74
Fuente: Comisión Sectorial - PMSP
ii. Fondo por Región
Se presenta los montos Comprometidos y montos Ejecutados acumulados hasta el mes de
Agosto del 2011, según el informe N° 36 distribuidos según las regiones en que se están
implementando Programas, Proyectos y Obras de impacto local. La distribución del monto
Comprometido Local está vinculada a las zonas de atención señaladas en los convenios
suscritos por las compañías, zonas que guardan relación con la ubicación de sus respectivas
operaciones mineras.
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165
Nº Regiones Comprometido Ejecutado Avance
Monto S/. % Monto S/. % %
1.- Ancash 482,520,072 40.62 423,638,588 48.52 88
2.- Apurímac 714,781 0.06 706,951 0.08 99
3.- Arequipa 269,985,570 22.73 96,984,235 11.11 36
4.- Ayacucho 605,679 0.05 529,916 0.06 87
5.- Cajamarca 177,937,227 14.98 151,630,278 17.37 85
6.- Cuso 99,776,467 8.40 66,652,626 7.63 67
7.- Huancavelica 1,663,561 0.14 1,494,679 0.17 90
8.- Huánuco 34,997,187 2.95 30,672,012 3.51 88
9.- Ica 8,938,645 0.74 7,134,630 0.82 80
10.- Junín 4,533,771 0.38 4,834,247 0.55 107
11.- La Libertad 16,836,566 1.42 16,469,985 1.87 98
12.- Lambayeque 1,746,942 0.15 2,233,575 0.26 128
13.- Lima 35,063,185 2.95 28,165,929 3.23 80
14.- Lima (Callao) 966,555 0.08 832,530 0.10 86
15.- Moquegua 4,223,693 0.36 4,101,017 0.47 97
16.- Pasco 20,172,906 1.70 19,642,642 2.25 97
17.- Puno 4,175,515 0.35 3,926,746 0.45 94
18.- Tacna 22,871,065 1.93 13,413,185 1.54 59
19.- No registrado 63,264 0.01 62,377 0.01 99
Total 1,187,792,651 100 873,126,148 100 74%
Fuente: Comisión Sectorial - PMSP
iii. Fondo por Compañía:
Se presenta la distribución por compañía, según montos Depositados, montos
Comprometidos y montos Ejecutados acumulados al mes de Agosto del 2011, según el
informe N° 36. El monto Comprometido en Programas, Proyectos y Obras sociales
representa el 83% respecto al monto Depositado.
Ver detalle en el siguiente link
http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/Informe036%20PMSP%20Agosto%202011.pdf
(página 7 – 8)
b) Fondo Regional
i. Fondo por Rubros de Inversión:
Se presenta los montos Comprometidos y montos Ejecutados acumulados hasta el mes de
Agosto del 2011, según el informe N° 36, ordenados según los rubros de inversión que se
priorizan en el D.S. N°071-2006-EM y su modificatoria.
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Rubros Proyectos Comprometido Ejecutado
Nivel de
avance
Nº % Monto S/. % Monto S/. % %
Nutrición y Alimentación 57 6 67,139,928 12.00 50,633,632 11.91 75
Educación 256 27 128,673,310 23.00 106,894,141 25.14 83
Salud 132 14 65,859,318 11.77 48,354,695 11.37 73
Infraestructura 207 22 199,977,387 35.75 143,585,283 33.76 72
Desarrollo y Fortalecimiento de capacidades 78 8 30,770,905 5.50 23,335,258 5.49 76
Proyectos y Cadenas productivas 183 19 63,086,105 11.29 49,562,793 11.65 79
Otros 34 4 3,859,808 0.69 2,913,432 0.68 75
Totales 947 100 559,366,761 100 425,279,234 100 76
Fuente: Comisión Sectorial - PMSP
ii. Fondo por Región :
Se presenta los montos Comprometidos y montos Ejecutados acumulados en el Fondo
Regional y distribuidos según regiones, en lo que se está implementando Programas,
Proyectos y Obras de impacto regional.
Nº Regiones Comprometido Ejecutado Avance
Monto S/. % Monto S/. % %
1.- Ancash 183,810,701 32.86 162,208,276 38.14 88
2.- Apurímac 1,109,924 0.20 1,113,737 0.26 100
3.- Arequipa 76,959,029 13.76 31,345,115 7.37 41
4.- Ayacucho 1,974,671 0.35 1,714,490 0.40 87
5.- Cajamarca 68,749,096 12.29 33,653,364 7.91 49
6.- Cuso 24,747,700 4.42 18,666,219 4.39 75
7.- Huancavelica 2,969,651 0.53 2,839,050 0.67 96
8.- Huánuco 5,584,210 1.00 2,889,060 0.68 52
9.- Ica 12,477,526 2.23 10,320,552 2.43 83
10.- Junín 5,211,410 0.93 4,006,523 0.94 77
11.- La Libertad 57,241,286 10.23 55,459,984 13.04 97
12.- Lambayeque 609,841 0.11 307,386 0.07 50
13.- Lima 24,712,817 4.42 17,317,004 4.09 70
14.- Lima (Callao) 1,119,620 0.20 1,115,468 0.26 100
15.- Moquegua 35,708,254 6.39 33,253,682 7.82 93
16.- Pasco 17,953,866 3.21 15,395,026 3.62 86
17.- Puno 19,464,238 3.48 18,209,963 4.28 94
18.- Tacna 18,886,612 3.38 15,388,025 3.62 81
19.- No registrado 76,310 0.01 76,310 0.02 100
Total 559,366,762 100 425,279,234 100 76
Fuente: Comisión Sectorial - PMSP
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167
iii. Fondo por Compañía:
Se presenta los montos Depositados, montos Comprometidos y montos Ejecutados, por
compañía y acumulados al mes de Agosto del 2011 (mes en que concluyó el Programa).
Dado que se trata de información pública, ver detalle en el siguiente link
http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/Informe036%20PMSP%20Agosto%202011.pdf
(página 11 – 12)
Se presentan los montos Depositados, Comprometidos y Ejecutados en términos Globales,
por Compañía y por Tipo de Fondo, acumulados al mes de Agosto del 2011 (mes en que
concluyó el Programa):
Dado que se trata de información pública, ver detalle en el siguiente link
http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/Informe036%20PMSP%20Agosto%202011.pdf
(página 15 – 19)
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168
Evaluación de Medio Término del PMSP
La comisión sectorial, a través de su Secretaría Técnica que recae en la Oficina General de Gestión
Social del Ministerio de Energía y Minas, publicó en enero de 2011, el documento “Evaluación de Medio
Término del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP) correspondiente al período 2007 –
2009”, con el objetivo de solicitar a las compañías mineras que integran el PMSP, efectuar sus
evaluaciones de resultados de medio término del PMSP, de conformidad con lo propuesto en el
documento “Lineamiento del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo 2007-2011”.
La Secretaría Técnica solicitó a las compañías que integran el PMSP, mediante el Oficio Múltiple N°003-
2011-MEM/OGGS, realicen sus respectivas Evaluaciones de Medio Término, a efectos de tener
información de los impactos positivos que se vienen logrando a partir de la implementación de los
proyectos que se ejecutan con los fondos del PMSP.
Las Evaluaciones de Medio Término, tienen un importante componente cualitativo que busca medir la
calidad de la inversión realizada a través de los proyectos implementados en el marco del PMSP,
promoviendo de esta manera una cultura de evaluación de las estrategias de intervención social
realizadas, para contribuir al desarrollo económico y social en alineamiento con las políticas de lucha
contra la pobreza del Estado, que es el objetivo final del PMSP.
Finalmente, es de mencionar que con el aporte del año 2011, efectuado el pasado mes de abril, culmina
la vigencia del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo, cuyos saldos pendientes de ejecutar se
deberán gastar en su integridad de acuerdo a lo previsto en la propia norma, y con los que se debe
prever una estrategia de cierre social del PMSP, dado que la mayoría de los proyectos de inversión han
sido identificados y formulados directamente con sus beneficiarios.
Logros y sostenibilidad
Con relación al PMSP, a continuación se enuncia, a solicitud de la Comisión de Trabajo, los principales
logros de este programa, según la evaluación de Medio Término del PMSP realizada por otras empresas
consultoras a solicitud de las compañías mineras aportantes. Es importante indicar que la información
que se presenta a continuación no ha sido revisada, ni validada por Ernst & Young y, en consecuencia,
no asumimos ninguna responsabilidad sobre la misma.
Salud Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil (DCI) a partir de intervenciones programáticas.
Reducción de la Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) en niños menores de 3 años.
Disminución de Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) en niños menores de 5 años en áreas
rurales.
Natalidad Incremento del número de mujeres que han asistido a por lo menos a 3 controles pre natales.
Incremento de la proporción de mujeres con parto institucional.
Aumento de la lactancia materna exclusiva para niños de 4 a 6 meses de edad.
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169
Incremento en la cobertura de vacunación de niños de 12 a 23 meses.
Educación Incremento del interés e involucramiento de los padres de familia del medio rural para reforzar el
trabajo de los docentes en los procesos de mejora de la calidad y de la infraestructura educativa.
Producción
Desarrollo empresarial de unidades familiares en zonas rurales en situación de pobreza y extrema
pobreza a través de desarrollo de proyectos económicos.
Mejora de la producción agrícola y ganadera debido a programas de capacitación para familias,
campesinos y asociaciones en zonas rurales.
Incremento del valor por infraestructura para las familias, productores y asociaciones de
productores al haber recibido de manera directa insumos (cocina mejorada, semillas de pastos,
infraestructura productiva, entre otros) que tienen un valor en el mercado y que ellos están
capitalizando.
Mejoras en la producción agrícola a través de la implementación de programas de riego que dotan
de agua a las áreas agrícolas de manera permanente e incrementan la eficiencia en el uso del
recurso.
Infraestructura
Mejoramiento de la infraestructura en el área salud: construcción y remodelación de hospitales y
laboratorios, aprovisionamiento de equipos, mobiliario, desarrollo de programas de capacitación y
asistencia técnica hospitalaria.
Mejoramiento de infraestructura educativa: construcción y ampliaciones de instituciones
educativas, adquisición de equipo y mobiliario.
Mayor acceso de la población de las zonas de influencia minera a infraestructura vial,
infraestructura productiva de riego y de servicios básicos.
Mayor número de familias con acceso a servicios de agua y saneamiento a través de la
implementación de proyectos de mejoramiento en el sistema de agua potable, sistema de
alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
Inversión Pública
Mayor aprovechamiento de los recursos provenientes del canon minero, regalías mineras, entre
otros, a través del desarrollo y fortalecimiento de capacidades de gestión en inversión pública
(identificación, viabilidad e implementación de proyectos sociales y económicos).
Telecomunicaciones
Mayor cobertura de los servicios de telefonía móvil y telefonía fija inalámbrica en centros poblados
de los distritos de la zona de influencia, reduciendo así las dificultades de integración entre
comunidades, reducción de productividad de la zona, desplazamiento innecesario de pobladores y
deficiencias en las condiciones sociales y económicas en especial en las áreas rurales.
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170
En caso se desee mayor información sobre los resultados de la evaluación de Medio Término del PMSP,
ver la siguiente página web de información pública:
http://extranet.minem.gob.pe/PloneExtranet/OGGS_Publico/OGGS_EMT_LB
Adicionalmente a esto, se presenta el compendio de auditorías a las compañías participantes en el
PMSP, para los períodos fiscales 2008, 2009, 2010 y 2011, el cual puede ser consultado en la siguiente
página web de información pública:
http://www.minem.gob.pe/descripcion.php?idSector=3&idTitular=4446
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171
IX.2 Contrato de Servicios Petroleros
De acuerdo con información provista por PERUPETRO, a continuación se muestran los ingresos por los
Contratos de Licencia correspondiente a los lotes de hidrocarburos que han pagado regalías al Estado a
través de PERUPETRO S.A., por la exploración y explotación de hidrocarburos en el Área del Contrato; y
los ingresos por los Contratos de Servicios correspondiente a los lotes en los cuales se realizan
actividades de exploración y explotación de hidrocarburos recibiendo una retribución en función a la
producción fiscalizada.
Licencia 2004 (US$)
2005 (US$)
2006 (US$)
2007 (US$)
2008 (US$)
2009 (US$)
2010 (US$)
1-AB 114,241,789 148,022,678 172,282,654 181,320,822 215,247,315 105,491,584 140,544,649
31B Y 31D 1,615,992 3,774,546 6,086,999 5,466,772 6,428,788 3,365,520 4,511,229
31-C 21,725,453 32,151,498 36,684,349 43,098,120 65,855,842 38,464,543 44,370,725
31-E 10,334 - - - 468,489 344,990 430,228
8 55,120,068 73,830,341 85,805,049 95,561,678 117,381,412 65,123,795 341,807,018
88 52,792,775 191,093,933 243,949,586 301,462,725 352,936,504 269,518,379 75,795,299
56 - - - - 54,406,664 203,084,277 465,788,750
II 3,344,631 4,993,227 6,280,418 7,023,522 12,216,682 7,036,835 8,482,698
III 4,033,142 6,670,208 9,305,379 12,242,004 29,053,005 37,507,271 40,823,027
IV 3,974,320 6,650,177 11,702,443 18,923,486 27,650,988 11,182,856 13,069,675
VII_VI 15,614,335 17,951,641 17,814,408 16,274,556 19,369,188 11,576,647 14,028,861
X 34,441,681 56,436,136 81,392,345 105,755,236 206,483,103 84,018,065 125,884,016
XIII 498,000 460,825 575,472 3,350,691 20,664,926 19,279,170 34,093,647
XIV - - - - - - -
XV 105,945 148,445 175,756 187,013 265,061 169,720 268,285
XX - - - 241,217 258,084 194,684 307,084
Z-1 - - - 128,678 3,337,721 2,911,375 6,292,330
TOTAL 307,518,465 542,183,655 672,054,858 791,036,520 1,132,023,772 859,269,711 1,316,497,521
Servicios 2004 (US$)
2005 (US$)
2006 (US$)
2007 (US$)
2008 (US$)
2009 (US$)
2010 (US$)
31B y 31D - - - - - - -
1-AB - - - - - - -
I 3,164,872 4,810,611 5,567,748 6,538,379 8,791,273 5,226,234 7,290,576
II - - - - - - -
III - - - - - - -
IV - - - - - - -
IX 1,605,277 2,761,737 3,652,222 4,173,628 6,534,603 3,306,754 4,507,569
LOBITOS, EL ALTO Y LOS ORGANOS
- - - - - - -
V 490,120 857,244 1,109,921 1,398,637 2,618,276 1,122,401 1,567,954
VI - - - - - - -
VII_VI - - - - - - -
Z-2B 25,633,182 35,885,678 50,378,757 52,921,236 67,383,709 44,489,049 60,525,976
TOTAL 30,893,451 44,315,270 60,708,648 65,031,880 85,327,861 54,144,438 73,892,075
Fuente: Departamento de Tesorería – Perupetro
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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172
X. Anexos
Anexo I Impuesto a la Renta Anual: Declaración Jurada Anual, Declaraciones Juradas
Sustitutorias y Declaraciones Juradas – Rectificatorias 173
Anexo II Regalías Mineras 177
Anexo III Regalías Hidrocarburos 181
Anexo IV Derecho de Vigencia 185
Anexo V Regalía de Hidrocarburos 186
Anexo VI Derecho de Vigencia 189
Anexo VII Convenio de Confidencialidad (Modelo suscrito con las compañías adherentes) 190
Anexo VIII Carta solicitud de información a SUNAT 194
Anexo IX Clasificación en PRICOs y MEPECOs de las compañías adheridas al Segundo Estudio de
Conciliación Nacional ITIE 196
Anexo X Siglas y Glosario de Términos 198
Anexo XI Número de compañías por subsector según su valor de la producción anual que sobrepasan los
límites de participación mayor al 2% del valor total de producción anual de su correspondiente
subsector (para el caso de mineras y petroleras) y 1% (para el caso de gasíferas) 209
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
173
Anexo I Impuesto a la Renta Anual: Declaración Jurada Anual, Declaraciones Juradas Sustitutorias y Declaraciones Juradas – Rectificatorias
RUC: ______________________ Compañía: _____________________________________
Concepto Ref. Concepto / Período
Año 2008 Año 2009
PDT 0662 PDT 0664
Importe Fecha de
presentación
No. de
orden del
formulario
Importe Fecha de
presentación
No. de orden
del formulario
Declaración
Jurada Anual
del Impuesto a
la Renta
tercera
categoría
(A)
Importe por Impuesto a la Renta consignado
en el Casillero 504 de la Declaración Jurada
Anual de Impuesto a la Renta de tercera
categoría.
(B)
Importe por Impuesto a la Renta consignado
en el Casillero 126 de la Declaración Jurada
Anual de Impuesto a la Renta de tercera
categoría.
Declaraciones
Juradas
Rectificatorias
(C)
Importe por Impuesto a la Renta consignado
en el Casillero 504 de la Declaración Jurada
Anual de Impuesto a la Renta de tercera
categoría.
(D)
Importe por Impuesto a la Renta consignado
en el Casillero 126 de la Declaración Jurada
Anual de Impuesto a la Renta de tercera
categoría.
Declaraciones
Juradas
Sustitutorias (E)
Importe por Impuesto a la Renta consignado
en el Casillero 504 de la Declaración Jurada
Anual de Impuesto a la Renta de tercera
categoría.
(F)
Importe por Impuesto a la Renta consignado
en el Casillero 126 de la Declaración Jurada
Anual de Impuesto a la Renta de tercera
categoría.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
174
Instrucciones para completar formato:
(A) La compañía debe considerar los anexos que formen parte de la declaración; aquellos que declaren por concesiones mineras y/o por lotes
petroleros y de gas.
(B) Importe por pagos a cuenta del Impuesto a la renta acreditados contra el ITAN.
(C) Por aquellas declaraciones rectificatorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la
Renta consignado en el Casillero 504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar
tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones rectificatorias presentadas.
(D) Por aquellas declaraciones rectificatorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la
Renta consignado en el Casillero 126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar
tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones rectificatorias presentadas..
(E) Por aquellas declaraciones sustitutorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la
Renta consignado en el Casillero 504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar
tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones sustitutorias presentadas.
(F) Por aquellas declaraciones sustitutorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la
Renta consignado en el Casillero 126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar
tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones sustitutorias presentadas.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
175
Anexo I Impuesto a la Renta Anual: Declaración Jurada Anual, Declaraciones Juradas Sustitutorias y Declaraciones Juradas – Rectificatorias
RUC: ______________________ Compañía: _____________________________________
Concepto Ref. Concepto / Período
Año 2010
PDT 0668
Importe Fecha de
presentación
No. de
orden del
formulario
Declaración
Jurada Anual
del Impuesto a
la Renta
tercera
categoría
(A)
Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero
504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta
de tercera categoría.
(B)
Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero
126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta
de tercera categoría.
Declaraciones
Juradas
Rectificatorias
(C)
Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero
504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta
de tercera categoría.
(D)
Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero
126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta
de tercera categoría.
Declaraciones
Juradas
Sustitutorias
(E)
Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero
504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta
de tercera categoría.
(F)
Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero
126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta
de tercera categoría.
Indicar la moneda en que se expresan las cifras S/. USD
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
176
Instrucciones para completar formato:
(A) La compañía debe considerar los anexos que formen parte de la declaración; aquellos que declaren por concesiones mineras y/o por lotes
petroleros y de gas.
(B) Importe por pagos a cuenta del Impuesto a la renta acreditados contra el ITAN.
(C) Por aquellas declaraciones rectificatorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la
Renta consignado en el Casillero 504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar
tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones rectificatorias presentadas.
(D) Por aquellas declaraciones rectificatorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la
Renta consignado en el Casillero 126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar
tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones rectificatorias presentadas..
(E) Por aquellas declaraciones sustitutorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la
Renta consignado en el Casillero 504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar
tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones sustitutorias presentadas.
(F) Por aquellas declaraciones sustitutorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la
Renta consignado en el Casillero 126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar
tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones sustitutorias presentadas.
Declaración de responsabilidad de la Administración
Admitimos en nombre de ......................................................................................................................................................................................... nuestra
responsabilidad por la información remitida en la presente plantilla.
Representante Legal
Nombre:
Cargo:
Convenio de estabilidad tributaria Si No
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
177
Anexo II Regalías Mineras
RUC: ______________________ Compañía: ________________________
Mes/Año
PDT 698 usado como Declaración PDT 698 usado como Boleta de Pago
Fecha
(A)
Monto de
regalía
declarado
Casilla 106
(B)
Monto de
regalía
pagado
Casilla 598
(B)
No. de orden
del
formulario
Fecha
(A)
Monto de
regalía
pagado
Casilla 609
(C)
No. de
orden del
formulario
Ene-08
Feb-08
Mar-08
Abr-08
May-08
Jun-08
Jul-08
Ago-08
Sep-08
Oct-08
Nov-08
Dic-08
Total
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
178
Anexo II Regalías Mineras
RUC: ______________________ Compañía: ________________________
Mes/Año
PDT 698 usado como Declaración PDT 698 usado como Boleta de Pago
Fecha
(A)
Monto de
regalía
declarado
Casilla 106
(B)
Monto de
regalía
pagado
Casilla 598
(B)
No. de orden
del
formulario
Fecha
(A)
Monto de
regalía
pagado
Casilla 609
(C)
No. de
orden del
formulario
Ene-09
Feb-09
Mar-09
Abr-09
May-09
Jun-09
Jul-09
Ago-09
Sep-09
Oct-09
Nov-09
Dic-09
Total
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
179
Anexo II Regalías Mineras
RUC: ______________________ Compañía: ________________________
Mes/Año
PDT 698 usado como Declaración PDT 698 usado como Boleta de Pago
Fecha
(A)
Monto de
regalía
declarado
Casilla 106
(B)
Monto de
regalía
pagado
Casilla 598
(B)
No. de orden
del
formulario
Fecha
(A)
Monto de
regalía
pagado
Casilla 609
(C)
No. de
orden del
formulario
Ene-10
Feb-10
Mar-10
Abr-10
May-10
Jun-10
Jul-10
Ago-10
Sep-10
Oct-10
Nov-10
Dic-10
Total
Indicar la moneda en que se expresan las cifras S/. USD
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
180
Declaración de responsabilidad de la Administración
Admitimos en nombre ....................................................................................... nuestra responsabilidad
por la información remitida en la presente plantilla.
Representante Legal
Nombre:
Cargo:
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
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181
Anexo III Regalías Hidrocarburos
Compañía: _____________________________________________________
Ref. Concepto / Período
Año 2008
Lote 1era
quinc.
Ene
2da
quinc.
Ene
1era
quinc.
Feb
2da
quinc.
Feb
1era
quinc.
Mar
2da
quinc.
Mar
1era
quinc.
Abr
2da
quinc.
Abr
1era
quinc.
May
2da
quinc.
May
1era
quinc.
Jun
2da
quinc.
Jun
(A) Monto de regalía
pagado (USD)
(B) Fecha de pago
Ref. Concepto / Período
Año 2008
Lote 1era
quinc.
Jul
2da
quinc.
Jul
1era
quinc.
Ago
2da
quinc.
Ago
1era
quinc.
Set
2da
quinc.
Set
1era
quinc.
Oct
2da
quinc.
Oct
1era
quinc.
Nov
2da
quinc.
Nov
1era
quinc.
Dic
2da
quinc.
Dic
(A) Monto de regalía
pagado (USD)
(B) Fecha de pago
Instrucciones para completar formato:
(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.
(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
182
Anexo III (continuación)
Compañía: _____________________________________________________
Ref. Concepto /
Período
Año 2009
Lote 1era
quinc.
Ene
2da
quinc.
Ene
1era
quinc.
Feb
2da
quinc.
Feb
1era
quinc.
Mar
2da
quinc.
Mar
1era
quinc.
Abril
2da
quinc.
Abril
1era
quinc.
Mayo
2da
quinc.
Mayo
1era
quinc.
Jun
2da
quinc.
Jun
(A) Monto de regalía
pagado (USD)
(B) Fecha de pago
Ref. Concepto /
Período
Año 2009
Lote 1era
quinc.
Jul
2da
quinc.
Jul
1era
quinc.
Ago
2da
quinc.
Ago
1era
quinc.
Set
2da
quinc.
Set
1era
quinc.
Oct
2da
quinc.
Oct
1era
quinc.
Nov
2da
quinc.
Nov
1era
quinc.
Dic
2da
quinc.
Dic
(A) Monto de regalía
pagado (USD)
(B) Fecha de pago
Instrucciones para completar formato:
(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.
(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
183
Anexo III (continuación)
Compañía: _____________________________________________________
Ref.
Concepto /
Período
Año 2010
Lote 1era
quinc.
Ene
2da
quinc.
Ene
1era
quinc.
Feb
2da
quinc.
Feb
1era
quinc.
Mar
2da
quinc.
Mar
1era
quinc.
Abril
2da
quinc.
Abril
1era
quinc.
Mayo
2da
quinc.
Mayo
1era
quinc.
Jun
2da
quinc.
Jun
(A) Monto de regalía
pagado (USD)
(B) Fecha de pago
Ref. Concepto /
Período
Año 2010
Lote 1era
quinc.
Jul
2da
quinc.
Jul
1era
quinc.
Ago
2da
quinc.
Ago
1era
quinc.
Set
2da
quinc.
Set
1era
quinc.
Oct
2da
quinc.
Oct
1era
quinc.
Nov
2da
quinc.
Nov
1era
quinc.
Dic
2da
quinc.
Dic
(A) Monto de regalía
pagado (USD)
(B) Fecha de pago
Instrucciones para completar formato:
(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.
(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
184
Declaración de responsabilidad de la Administración
Admitimos en nombre de ....................................................................................................................................................................................... nuestra
responsabilidad por la información remitida en la presente plantilla.
Representante Legal
Nombre:
Cargo:
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
185
Anexo IV Derecho de Vigencia
Compañía: ______________________________________________________________
No. De Denuncio
Año 2008 Año 2009 Año 2010
Importe
(A)
Fecha de pago
(B)
Importe
(A)
Fecha de Pago
(B)
Importe
(A)
Fecha de Pago
(B)
Instrucciones para completar formato:
(A) Se refiere al importe pagado a INGEMMET por conceptos de derechos de vigencia en base a lo registrado en el padrón minero y aplicando las tasas de
ley correspondientes. IMPORTANTE: Consignar los denuncios que estén a nombre de la compañía, independientemente de si la Compañía los ha pagado
o los ha pagado un tercero. Indicar aquellos casos en los que el pago por derecho de vigencia lo realizó un tercero.
(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago del derecho de vigencia.
Declaración de responsabilidad de la Administración
Admitimos en nombre de
.................................................................................................................................................................................................nuestra responsabilidad
por la información remitida en la presente plantilla.
Representante Legal
Nombre:
Cargo:
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
186
Anexo V Regalía de Hidrocarburos
Compañía: _____________________________________________________
Compañía Ref. Concepto /
Período Lote
Año 2008
1era
quinc.
Ene
2da
quinc.
Ene
1era
quinc.
Feb
2da
quinc.
Feb
1era
quinc.
Mar
2da
quinc.
Mar
1era
quinc.
Abr
2da
quinc.
Abr
1era
quinc.
May
2da
quinc.
May
1era
quinc.
Jun
2da
quinc.
Jun
(A)
Importe
cobrado(USD)
(B) Fecha de cobro
Compañía Ref. Concepto /
Período Lote
Año 2008
1era
quinc.
Jul
2da
quinc.
Jul
1era
quinc.
Ago
2da
quinc.
Ago
1era
quinc.
Set
2da
quinc.
Set
1era
quinc.
Oct
2da
quinc.
Oct
1era
quinc.
Nov
2da
quinc.
Nov
1era
quinc.
Dic
2da
quinc.
Dic
(A)
Importe
cobrado(USD)
(B) Fecha de cobro
Instrucciones de llenado:
(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.
(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
187
Anexo V Regalía de Hidrocarburos
Compañía: _____________________________________________________
Compañía Ref. Concepto /
Período Lote
Año 2009
1era
quinc.
Ene
2da
quinc.
Ene
1era
quinc.
Feb
2da
quinc.
Feb
1era
quinc.
Mar
2da
quinc.
Mar
1era
quinc.
Abr
2da
quinc.
Abr
1era
quinc.
May
2da
quinc.
May
1era
quinc.
Jun
2da
quinc.
Jun
(A)
Importe
cobrado(USD)
(B) Fecha de cobro
Compañía Ref. Concepto /
Período Lote
Año 2009
1era
quinc.
Jul
2da
quinc.
Jul
1era
quinc.
Ago
2da
quinc.
Ago
1era
quinc.
Set
2da
quinc.
Set
1era
quinc.
Oct
2da
quinc.
Oct
1era
quinc.
Nov
2da
quinc.
Nov
1era
quinc.
Dic
2da
quinc.
Dic
(A)
Importe
cobrado(USD)
(B) Fecha de cobro
Instrucciones de llenado:
(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.
(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
188
Anexo V Regalía de Hidrocarburos
Compañía: _____________________________________________________
Compañía Ref. Concepto /
Período Lote
Año 2010
1era
quinc.
Ene
2da
quinc.
Ene
1era
quinc.
Feb
2da
quinc.
Feb
1era
quinc.
Mar
2da
quinc.
Mar
1era
quinc.
Abr
2da
quinc.
Abr
1era
quinc.
May
2da
quinc.
May
1era
quinc.
Jun
2da
quinc.
Jun
(A)
Importe
cobrado(USD)
(B) Fecha de cobro
Compañía Ref. Concepto /
Período Lote
Año 2010
1era
quinc.
Jul
2da
quinc.
Jul
1era
quinc.
Ago
2da
quinc.
Ago
1era
quinc.
Set
2da
quinc.
Set
1era
quinc.
Oct
2da
quinc.
Oct
1era
quinc.
Nov
2da
quinc.
Nov
1era
quinc.
Dic
2da
quinc.
Dic
(A)
Importe
cobrado(USD)
(B) Fecha de cobro
Instrucciones de llenado:
(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.
(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.
Declaración de responsabilidad de la Administración
Admitimos en nombre de ................................................................................................................................................................................................. nuestra
responsabilidad por la información remitida en la presente plantilla.
Representante Legal
Nombre:
Cargo:
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia
para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
189
Anexo VI Derecho de Vigencia
Compañía No. De
Denuncio
Año 2008 Año 2009 Año 2010
Importe
(A)
Fecha de pago
(B)
Importe
(A)
Fecha de Pago
(B)
Importe
(A)
Fecha de Pago
(B)
Instrucciones para completar formato:
(A) Se refiere al importe cobrado por concepto de derecho de vigencia en base a lo registrado en el padrón minero y aplicando las tasas de ley
correspondientes.
(B) Corresponde a la fecha en que la compañía realizó el pago del derecho de vigencia.
Declaración de responsabilidad de la Administración
Admitimos en nombre de
.................................................................................................................................................................................... nuestra responsabilidad
por la información remitida en la presente plantilla.
Representante Legal
Nombre:
Cargo:
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
190
Anexo VII Convenio de Confidencialidad (Modelo suscrito con las compañías adherentes)
Conste por el presente documento, el Convenio de Confidencialidad que celebran las siguientes partes:
[________], identificada con RUC No. [______], representada por [___________], identificado con [______]
No. [______], según poderes inscritos en la partida registral No. [____________] del Registro de Personas
Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; ambos con domicilio para estos efectos en [________];
a quien en adelante se le denominará [_______]; y, de la otra parte;
ERNST & YOUNG ASESORES S. CIVIL DE R.L., identificada con RUC No. 20504645984, representada
por el señor Carlos Valdivia, identificado con Documento Nacional de Identidad No. 07876578; con
domicilio para estos efectos en Avenida Víctor Andrés Belaúnde 171, sexto piso, Distrito de San Isidro,
Lima; sociedad a quien se le denominará “ERNST & YOUNG”.
El presente convenio de confidencialidad se celebra de conformidad con las siguientes estipulaciones:
PRIMERO.- ANTECEDENTES
Las partes, en el marco del contrato para la elaboración de Estudio de Conciliación nacional de la ITIE,
celebrado entre ERNST & YOUNG y el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, “el Contrato de Servicios”),
declaran que ERNST & YOUNG se encuentra en posibilidad de recibir de [________], información de naturaleza
reservada y confidencial.
En tal sentido, las partes declaran que desean proteger el secreto de tal información de acuerdo con los
términos de este convenio.
SEGUNDO.- FUNCIÓN DEL CONVENIO
Por medio del presente convenio, ERNST & YOUNG se obliga frente a [______] a cumplir con las obligaciones
de confidencialidad a que se contraen las cláusulas siguientes.
TERCERO.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Las partes acuerdan que, para efectos del presente convenio, se entiende por "Información Confidencial",
información que haya sido entregada a ERNST & YOUNG por [______], con motivo de la celebración y
ejecución del Contrato de Servicios, cualquiera que sea el formato físico a través del cual se expresa dicha
información, y siempre que así haya sido identificada expresamente como confidencial por [______].
Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de
Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias
Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)
Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú
191
CUARTO.- PLAZO DE VIGENCIA Y ALCANCE DEL DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
4.1. ERNST & YOUNG reconoce y acepta la naturaleza confidencial y reservada de la Información
Confidencial y acuerda que durante la vigencia del presente convenio y durante los dos (2) años
siguientes contados a partir de la finalización de éste, ERNST & YOUNG observará el deber de
confidencialidad respecto de aquélla.
Cabe señalar que, respecto a la publicación del Estudio de Conciliación Nacional, el informe final del
mismo será difundido, respetando el deseo de confidencialidad de aquellas compañías participantes de
esta iniciativa que así lo hayan manifestado. En este sentido, la Comisión de Trabajo de la ITIE obtendrá
y compartirá con el Conciliador una copia de la voluntad escrita que al respecto responda a las
compañías participantes, eximiendo esta Comisión al Conciliador de cualquier responsabilidad y
consecuencias de su divulgación.
En consecuencia, con excepción de los casos en que [______] lo autorice por escrito o en los demás
casos permitidos en este convenio, ERNST & YOUNG no divulgará a ninguna persona natural o jurídica
el contenido de la Información Confidencial.
4.2. No obstante lo expuesto en el numeral 4.1 precedente, ERNST & YOUNG podrá entregar la Información
Confidencial a sus funcionarios, representantes, asesores y trabajadores que la requieran para la
ejecución del Contrato de Servicios. En este caso, ERNST & YOUNG se obliga a que las personas
señaladas asuman la obligación de mantener absoluta confidencialidad en relación con la Información
Confidencial entregada.
QUINTO.- INFORMACIÓN NO CONFIDENCIAL
5.1 La obligación de confidencialidad asumida por ERNST & YOUNG en virtud de este convenio no será
extensiva a aquella información que:
5.1.1. Sea pública o se haga pública posteriormente a la firma del presente documento, excepto si
deviene en pública como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones asumidas por
ERNST & YOUNG.
5.1.2. Estuviera legítimamente a disposición del público en general o sea legalmente obtenida por
ERNST & YOUNG de terceros distintos a [______] o sus representantes o personal, sin
obligación de mantenerla confidencial.
5.1.3. Sea directa o indirectamente generada por ERNST & YOUNG, sus subsidiarias o afiliadas.
5.1.4. ERNST & YOUNG pueda probar que haya estado en su posesión o haya sido de su
conocimiento antes de la firma del presente documento.
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192
SEXTO.- DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN
6.1. Las partes acuerdan expresamente que la Información Confidencial escrita o contenida en algún soporte
mecánico, electrónico, magnético, digital o de naturaleza similar que [______] entregue a ERNST &
YOUNG continuará siendo de propiedad exclusiva de [______]. En tal sentido, ERNST & YOUNG sólo
utilizará la Información Confidencial para los fines para los que sean proporcionados.
6.2. Las partes acuerdan que la Información Confidencial escrita o contenida en algún soporte mecánico,
electrónico, magnético, digital o de naturaleza similar será devuelta por ERNST & YOUNG a [______]
inmediatamente después de finalizado la ejecución del Contrato de Servicios, a menos que cuente con
una autorización previa y por escrito en ese sentido detallando la documentación cuya conservación
será permitida. En cualquier caso, ERNST & YOUNG podrá conservar copia de la Información
Confidencial que permitió la ejecución del Contrato de Servicios.
SÉTIMO.- ENTREGA DE INFORMACIÓN POR MANDATO LEGAL
7.1. En el caso que ERNST & YOUNG sea requerida mediante orden judicial, administrativa o de otra
naturaleza de una autoridad competente a revelar o entregar Información Confidencial o cualquier
información que esté relacionada con [______] o con el Contrato de Servicios, ERNST & YOUNG dará
aviso escrito a [______] en forma inmediata, siempre y cuando dicho aviso no le esté judicialmente
prohibido, con la finalidad que [______] adopte las medidas de protección correspondientes.
7.2. En el caso que ERNST & YOUNG se encuentre impedida judicialmente de poner en conocimiento de
[______] el requerimiento de la autoridad competente en relación con la revelación o entrega de
Información Confidencial o de cualquier otra información que esté relacionada con [______],ERNST &
YOUNG deberá adoptar las medidas de protección que sean pertinentes a fin de salvaguardar la
confidencialidad de la información requerida.
7.3. En el caso de que las medidas de protección referidas en los numerales anteriores no sean obtenidas por
[______], ERNST & YOUNG podrá revelar únicamente la información estrictamente necesaria, haciendo
su mejor esfuerzo para que se trate confidencialmente dicha información.
OCTAVO.- VIGENCIA DEL CONVENIO
El presente convenio permanecerá vigente durante el plazo de ejecución del Contrato de Servicios.
NOVENA.- LEGISLACIÓN APLICABLE, SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y COMPETENCIA
9.1. Las partes acuerdan expresamente que las disposiciones del presente convenio se someten a las leyes
de la República del Perú.
9.2. Las partes acuerdan que cualquier duda, controversia, desavenencia o reclamación resultante,
relacionada o derivada de este convenio o que guarde relación con éste, incluidas las relativas a su
validez, eficacia o terminación, incluso las del convenio arbitral, serán resuelta en trato directo. Para
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193
este efecto, las partes se comprometen desde ya a realizar sus mayores esfuerzos sobre la base de las
reglas de la buena fe y atendiendo a la común intención de solucionar tal eventual situación.
9.3. En caso que la duda, controversia, desavenencia o reclamación resultante, relacionada o derivada de
este convenio o que guarde relación con éste, incluidas las relativas a su validez, eficacia o terminación,
incluso las del convenio arbitral, no sea eliminada por las partes, cualquiera de éstas podrá someterla a
un arbitraje de derecho de acuerdo con las normas legales aplicables y los reglamentos del Centro de
Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima, a cuyas normas,
administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y
aceptarlas en su integridad. Las partes acuerdan que el arbitraje estará a cargo de tres (3) árbitros,
uno elegido por ellas y el tercero elegido por ambos árbitros de común acuerdo, quien presidirá el
tribunal arbitral. El laudo será definitivo e inapelable.
Los gastos incurridos por las partes como consecuencia del arbitraje serán asumidos por la parte que
resulte perdedora.
9.4. Sin perjuicio de lo expuesto, las partes someten la dirimencia de las controversias que no fuesen
arbitrables, a la jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial del Cercado de
Lima, renunciando de antemano a los fueros de sus domicilios.
Suscrito en dos ejemplares de idéntico contenido, en Lima a los [__] días del mes de Junio de 2009.
[______]
[nombre]
[DNI]
Representante Legal de ERNST & YOUNG
ASESORES S. CIVIL DE R.L., firma miembro de
Ernst & Young
[nombre]
[DNI]
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194
Anexo VIII Carta solicitud de información a SUNAT
Carta Solicitud de Información a Sunat
Lima, [__] de agosto de 2011
Señores
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT
Atención: División de Servicios al Contribuyente
Presente.-
Estimados señores
Por medio de la presente, [_______] (en adelante, la “Compañía”), con Registro Único de Contribuyente No.
[_______], con domicilio en [_______], Lima, quien procede representada por su Gerente General, el señor
[_______], identificado con DNI No. [_______], según poder que corre inscrito en la Partida No. [_______] del
Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; atentamente dice:
Al amparo del procedimiento No. 58 del TUPA (solicitud de reporte de la declaración jurada determinada e
informativa presentada por medios telemáticos y electrónicos) solicita el acceso y entrega de copias de la
información detallada en el anexo adjunto a la presente comunicación (en adelante, la “Información”), en
reporte impreso y formato electrónico txt.
Para efectos de la tramitación de la presente solicitud, autorizamos a los siguientes señores para que
cualquiera de ellos, en forma individual e indistinta, pueda realizar los trámites y actos necesarios para obtener
y/o recoger la Información:
Nombres DNI
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
A efectos de obtener una pronta respuesta a la presente solicitud, la Compañía solicita que sin perjuicio de la
notificación que deberá efectuarse a nuestro domicilio fiscal, se nos notifique al número de fax [______]
(Atención: [______]).
Sin otro particular, agradecemos anticipadamente su atención a la presente.
Atentamente
_________________
[_______________]
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Anexo
Períodos solicitados: El siguiente requerimiento de información deberá cubrir el periodo fiscal 2008 al 2010.
Las declaraciones solicitadas deberán incluir las rectificatorias o sustitutorias presentadas por el período
tributario antes indicado.
El detalle de la información solicitada es el siguiente:
1. Impuesto a la Renta
Formularios Información solicitada por formulario
PDT 0662 - Renta Anual ejercicio 2008 Tercera Categoría.
PDT 0664 - Renta Anual ejercicio 2009 Tercera Categoría.
PDT 0668 - Renta Anual ejercicio 2010 Tercera Categoría.
RUC y Razón Social de la compañía. Número de Orden del Formulario.
Período Tributario. Fecha de presentación del formulario.
Moneda de presentación Casilla 504
Casilla 126
En caso de compañías mineras que declaren información anexa a su Declaración Jurada Anual deberá
informarse lo siguiente por concesión o UEA:
Código de Concesión
o UEA Moneda Impuesto a la Renta
Otros créditos sin derecho a
devolución
XXXXX XXXXX XXXXX
En caso de compañías que exploten hidrocarburos y que declaren información anexa a su Declaración
Jurada Anual deberá informarse lo siguiente por Lote en exploración o explotación respectiva:
N° de Lote en Exploración y
Explotación Moneda Impuesto a la Renta
XXXXX XXXXX
2. Regalías mineras (PDT 698)
PDT 698 usado como Declaración PDT 698 usado como Boleta de Pago
RUC y Razón Social de la compañía.
Número de Orden del Formulario. Período Tributario.
Fecha de presentación del formulario. Casilla 106 – Regalía a Pagar Casilla 598 – Importe total a pagar.
RUC y Razón Social de la compañía.
Número de Orden del Formulario. Período Tributario.
Fecha de presentación del formulario. Número de Orden del formulario de Declaración Casilla 609: Importe total a pagar
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Anexo IX Clasificación en PRICOs y MEPECOs de las compañías adheridas al Segundo Estudio de
Conciliación Nacional ITIE
N° Compañía N° RUC Clasificación
1 Ecopetrol del Perú S.A. 20516980452 Mepeco Lima
2 Graña y Montero Petrolera S.A. 20100153832 Prico Nacional
3 Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú 20467685661 Prico Nacional
4 Savia Perú S.A. 20203058781 Prico Nacional
5 SK Innovation Sucursal Peruana 20299935648 Prico Nacional
6 Interoil Perú S.A. 20276178599 Prico Piura
7 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú 20305875539 Prico Nacional
8 Petrobras Energía Perú S.A. 20356476434 Prico Piura
9 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 20258262728 Prico Nacional
10 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 20506766762 Prico Nacional
11 Pluspetrol Norte S.A 20504311342 Prico Nacional
12 Pluspetrol Camisea S.A 20510889135 Prico Nacional
13 Pluspetrol Perú Corporation S.A 20304177552 Prico Nacional
14 Pluspetrol Lote 56 S.A 20510888911 Prico Nacional
15 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. 20195923753 Prico Nacional
16 Perenco Perú Limited Sucursal del Perú 20332473388 Prico Lima
17 Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú 20517553914 Prico Lima
18 Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú 20492321011 Mepeco Lima
19 Anglo American Perú S.A. 20523287991 Prico Lima
20 Anglo American Michiquillay S.A. 20516023318 Mepeco Lima
21 Anglo American Quellaveco S.A. 20137913250 Mepeco Lima
22 Anglo American Exploration Perú S.A. 20433819544 Prico Lima
23 Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 20100163048 Prico Nacional
24 Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 20509551767 Prico Nacional
25 Compañía Minera Ares S.A. 20192779333 Prico Nacional
26 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 20100079501 Prico Nacional
27 Compañía Minera Antamina S.A. 20330262428 Prico Nacional
28 Compañía Minera Argentum S.A. 20507845500 Prico Nacional
29 Compañía Minera Atacocha S.A.A 20100123500 Prico Nacional
30 Compañía Minera Condestable S.A 20100056802 Prico Nacional
31 Compañía Minera Milpo S.A.A. 20100110513 Prico Nacional
32 Compañía Minera Poderosa S.A. 20137025354 Prico Nacional
33 Compañía Minera Raura S.A 20100163552 Prico Nacional
34 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 20342660429 Mepeco Lima
35 Consorcio Minero Horizonte S.A. 20136150473 Prico Nacional
36 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 20332907990 Prico Nacional
37 Gold Fields La Cima S.A.A. 20507828915 Prico Nacional
38 Lumina Copper S.A.C. 20506363480 Prico Lima
39 Minera Bateas S.A.C. 20510704291 Prico Nacional
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197
N° Compañía N° RUC Clasificación
40 Minera Barrick Misquichilca S.A. 20209133394 Prico Nacional
41 Minera Pampa de Cobre S.A 20268062671 Prico Nacional
42 Minera Suyamarca S.A.C 20513798611 Prico Nacional
43 Minera Yanacocha S.R.L. 20137291313 Prico Nacional
44 Minsur S.A. 20100136741 Prico Nacional
45 Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 20100120152 Prico Nacional
46 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 20512365648 Mepeco Lima
47 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 20170072465 Prico Arequipa
48 Volcan Compañía Minera S.A.A. 20383045267 Prico Nacional
49 Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 20100017572 Prico Nacional
50 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 20100147514 Prico Nacional
51 Xstrata Tintaya S.A. 20114915026 Prico Cusco
Fuente: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT
PRICO: Principal Contribuyente
MEPECO: Mediano y pequeño Contribuyente
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198
Anexo X Siglas y Glosario de Términos
Anexo X.1 Siglas
UEA Unidad Económica Administrativa
DGH Dirección General de Hidrocarburos
DGM Dirección General de Minería
MEF Ministerio de Economía y Finanzas
MEM Ministerio de Energía y Minas
INGEMMET Instituto Geológico Minero y Metalúrgico
OSINERGMIN Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería
PCM Presidencia del Consejo de Ministros
SUNAT Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
ITIE Iniciativa de Transparencia en la Industria Extractiva
EITI Extractive Industry Transparency Iniciative
PRICO Principales Contribuyentes
DGAES-MEF Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas (a
partir del 2011, se denomina DGDFAS - MEF (Dirección General de Descentralización Fiscal y
Asuntos Sociales.
DGDFAS-MEF Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales (ex DGAES)
DGTP-MEF Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas
EY Ernst & Young
IIAP Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana
PDT Programa de Declaración Telemática
IR Impuesto a la Renta
DV Derecho de Vigencia
RM Regalía Minera
RH Regalía de Hidrocarburos
DGGS Dirección General de Gestión Social del MINEM
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199
Anexo X.2 Glosario de Términos
Actividades de Hidrocarburos
Son las operaciones petroleras correspondientes a las fases de exploración, explotación, transformación o
refinación, transporte, comercialización y almacenamiento de hidrocarburos.
Año anterior (Derecho de Vigencia)
Es el año que contiene el monto de la deuda por Derecho de Vigencia ó Penalidad, vencido y no pagado.
Año Corriente (Derecho de Vigencia)
Es el año presente, por el que corresponde pagar el derecho de vigencia y Penalidad en su caso, de acuerdo a
la extensión que aparece en el Padrón Minero.
Año Fiscal
Es el período en el cual se produce la Ejecución Presupuestaria de los Ingresos y Egresos. Corresponde al año
calendario.
Barril (bl)
Es la unidad de medida de capacidad de los Hidrocarburos Líquidos, que consiste en cuarenta y dos (42)
galones de los Estados Unidos de América, corregidos a una temperatura de 15,55° C (60°F), a presión del
nivel del mar, sin agua, barro u otros sedimentos.
Canon
El canon es la participación efectiva y adecuada de la que gozan los gobiernos regionales y locales del total de
los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos naturales (Ley del
Canon).
Capital de Trabajo
Es una medida de la capacidad que tiene una compañía para continuar con el normal desarrollo de sus
actividades en el corto plazo.
Cartografía
Es la ciencia que se encarga del estudio y de la elaboración de los mapas.
Catastro Minero Nacional
Conformación física en documentos cartográficos de los linderos de las áreas que son objeto de Títulos Mineros
o solicitudes para explorar o explotar minerales, así como las áreas de reserva para utilidad pública, parques
naturales, zonas de protección ecológica, agrícola o ganadera, perímetros urbanos, entre otros.
Concentrado
Un producto intermedio fino y polvoriento del proceso de molienda formado por la separación de un metal
valioso del desperdicio.
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200
Concesión Minera
Otorga a su titular el derecho a la exploración y explotación de los recursos minerales concedidos, que se
encuentren dentro de un sólido de profundidad indefinida, limitado por planos verticales correspondientes a los
lados de un cuadro, rectángulo o poligonal cerrado, cuyos vértices están referidos a coordenadas Universal
Transversal Mercator (UTM). La concesión minera es un inmueble distinto y separado del predio donde se
encuentre ubicada. Las partes integrantes y accesorias de la concesión minera siguen su condición de inmueble
aunque se ubiquen fuera de su perímetro, salvo que por contrato se pacte la diferenciación de las accesorias.
Son partes integrantes de la concesión minera, las labores ejecutadas tendentes al aprovechamiento de tales
sustancias. Son partes accesorias, los bienes de propiedad del concesionario que están aplicados de modo
permanente al fin económico de la concesión.
Contrato de Licencia
De acuerdo a la Ley N° 26221, es el contrato celebrado por PERUPETRO S.A. y el
Contratista, por el cual, este último obtiene la autorización de explorar y explotar o
explotar Hidrocarburos en el área del Contrato, y en mérito del cual PERUPETRO
S.A. transfiere al Contratista el derecho de propiedad de los Hidrocarburos
extraídos, a cambio de una regalía a favor del Estado.
Componente minero
En el caso de minerales no metálicos se refiere al producto obtenido al final de los procesos de beneficio
conforme a las actividades reguladas por ley, sin incluir procesos posteriores industriales o de manufactura.
En el caso de minerales metálicos sin cotización internacional, el componente minero corresponde al
concentrado o equivalente.
Contribuyente
Contribuyente es aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación
tributaria. (Artículo 8º, Código Tributario).
Coordenada UTM (Universal Transversal Mercator)
Sistema de coordenadas basado en la proyección cartográfica Universal Transversa Mercator.
Declaración Tributaria Es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley,
Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la
determinación de la obligación tributaria. (Artículo 88º, Código Tributario). Derecho de Trámite
Monto que se debe pagar para formular un petitorio minero o para el inicio de otros trámites establecidos en el
TUPA.
Derecho de Vigencia
Monto se que debe pagar para formular un petitorio minero y posteriormente para mantener su vigencia.
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201
Deuda Tributaria
Es aquella compuesta por el tributo, las multas y/o los intereses. A su vez, los intereses comprenden el interés
moratorio por el pago extemporáneo del tributo a que se refiere el artículo 33º, el interés moratorio aplicable a
las multas a que se refiere el artículo 181º y el interés por aplazamiento y/o fraccionamiento de pago previsto
en el artículo 36º del Código Tributario.(Artículo 28 del Código Tributario).
Deudor Tributario Deudor tributario es la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o
responsable. (Artículo 7º del Código Tributario).
Devengado
Es la obligación de pago que asume un Pliego Presupuestario como consecuencia del respectivo compromiso
contraído. Comprende la liquidación, la identificación del acreedor y la determinación del monto, a través del
respectivo documento oficial.
Distribución del Derecho de Vigencia:
Es el proceso mediante el cual se asignan los montos recaudados por conceptos de Derecho de Vigencia y
Penalidad a los Gobiernos Locales e Instituciones del Sector Energía y Minas, de acuerdo a los porcentajes
establecidos por ley.
Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas
Es la encargada del cálculo de los índices con los cuales se realiza la distribución del impuesto a la renta y
regalías mineras y gasíferas, de acuerdo a información estadística.
Dirección General de Hidrocarburos
Es la encargada de proponer y/o expedir, según sea el caso, la normatividad del Subsector Hidrocarburos en
las actividades de instalaciones y operaciones de exploración y explotación y de subsuelo de almacenamiento,
procesamiento, transporte por ductos y comercialización de hidrocarburos, así como de Seguridad y de Medio
Ambiente, promoviendo su desarrollo, fiscalizando la aplicación de la política y normatividad del Subsector.
Dirección General de Minería
Es la encargada de proponer y/o expedir, según sea el caso, la normatividad del Subsector Minería en las
actividades de cateo, exploración, desarrollo, explotación, concentración, fundición y refinación, promoviendo
su desarrollo, así como fiscalizando la aplicación de la Política y normatividad del Subsector.
Exploración
Es la actividad tendiente a demostrar las dimensiones, posición, características, reservas y valores de los
yacimientos minerales o de hidrocarburos.
Explotación
Actividades relacionadas con un depósito mineral que empiezan en el punto en que se puede estimar de
manera razonable que existen reservas económicamente recuperables y que, en general, continúan hasta que
la producción comercial empiece.
Es la actividad de extracción de los minerales o hidrocarburos contenidos en un yacimiento.
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202
Facultad de Fiscalización Es aquella facultad de la que goza la Administración Tributaria, que consiste en inspeccionar, investigar y
controlar el cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación,
exoneración y beneficios tributarios. (Artículo 62º del Código Tributario). Galón (GL)
Unidad de medida de volumen para líquidos que equivale a 3,78533 litros. Se le
conoce como Galón de los Estados Unidos de América.
Gas Natural
Mezcla de Hidrocarburos en estado gaseoso, puede presentarse en su estado
natural como Gas Natural Asociado y Gas Natural no Asociado. Puede ser húmedo
si tiene Condensado, o ser seco si no lo contiene.
Gastos de Inversión
Son gastos de inversión aquellos desembolsos que generan rentabilidad (como inversión en acciones) o que se
destinan para la compra de bienes perdurables tales como muebles, maquinaria, equipos, infraestructura,
entre otros. Estos gastos también son llamados “de capital”.
Gobierno Central
Conjunto de entidades constituidas por los Ministerios, Oficinas y otros organismos bajo el ámbito del Poder
Ejecutivo. Se considera a las dependencias del Gobierno Central que pueden operar en el ámbito regional o
local.
Gobierno Local
Son las Municipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas conforme a Ley, las que constituyen -de acuerdo a
la Constitución Política del Perú- los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Gobierno Regional
Son los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR Departamentales, de acuerdo a la Ley Nº
26922) Constituyen instancias de Gobierno con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia.
Les corresponden, dentro de su jurisdicción, la coordinación y ejecución de los planes y programas socio-
económicos regionales, así como la gestión de actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a Ley.
Sus bienes y rentas propias se establecen en la ley. Las regiones apoyan a los Gobiernos Locales. No los
sustituyen ni duplican su acción ni su competencia.
Hectárea
Área de terreno equivalente a 10,000 metros cuadrados o 2.471 acres.
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203
Hidrocarburo
Compuesto orgánico, gaseoso, líquido o sólido, que consiste principalmente de
carbono e hidrógeno.
Hidrocarburo Fiscalizado
El Hidrocarburo de un área de Contrato, medido en un Punto de Fiscalización de la
Producción.
Impuesto
Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte
del Estado.
Índice de Distribución
Es un índice que utiliza datos estadísticos, como los niveles de pobreza, población y montos de dinero, a fin de
distribuir en forma proporcional al área geográfica que corresponda.
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET)
Institución encargada de otorgar Títulos de Concesiones Mineras, administrar el Catastro Minero Nacional, el
Derecho de Vigencia y Penalidad, con transparencia y seguridad jurídica; así mismo, mediante la investigación,
procesar, administrar y difundir eficientemente la información geocientífica del territorio nacional, a fin de
promover la inversión, apoyar la planificación del desarrollo y contribuir en la búsqueda de una mejor calidad
de vida para los peruanos.
Minas
Las minas son las fuentes de material que contiene mineral y que se encuentra cerca de la superficie o en el
subsuelo.
Mineral
Una sustancia homogénea que ocurre naturalmente y tiene propiedades físicas y composición química
definidas y que, si se forma en condiciones favorables, tiene una forma de cristal definida.
Minerales Metálicos
Se caracterizan por tener enlaces químicos metálicos, tienen brillo, son dúctiles maleables, y tenaces, son
buenos conductores de calor y electricidad y por lo general son densos. Ejemplos: oro, plata, cobre, zinc, etc.
Minerales No Metálicos
Se caracterizan por tener enlaces químicos covalentes o iónicos con otros elementos químicos, no tienen brillo,
por lo general cuando se presentan en forma sólida son frágiles, son malos conductores de calor y electricidad,
incluso usados como aislantes y tienen menor densidad que los metales. Ejemplo: sal, arena, carbono, flúor,
fósforo, cloro, etc.
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Ministerio de Economía y Finanzas
Es un organismo del Poder Ejecutivo, cuya organización, competencia y funcionamiento está regido por el
Decreto Legislativo Nº 183 y sus modificatorias. Está encargado de planear, dirigir y controlar los asuntos
relativos a presupuesto, tesorería, endeudamiento, contabilidad, política fiscal, inversión pública y política
económica y social. Asimismo diseña, establece, ejecuta y supervisa la política nacional y sectorial de su
competencia asumiendo la rectoría de ella.
Ministerio de Energía y Minas
Es el organismo del Poder Ejecutivo encargado de formular y evaluar, en armonía con la política general y los
planes del Gobierno, las políticas de alcance nacional en materia de electricidad, hidrocarburos y minería.
Multas
Recursos financieros que el Estado obtiene por la aplicación de sanciones o cualquier otra disposición que
determine penas pecuniarias por incurrir en incumplimientos de obligaciones o infracciones al orden legal.
Sanción pecuniaria (pago en dinero) que se aplica por la comisión de infracciones.
Nuevo Sol
Unidad monetaria en circulación en el Perú desde julio de 1991. (Tipo de cambio promedio por dólar americano
equivalente a 3 nuevos soles).
Obligación Tributaria
La obligación tributaria, que es de derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario,
establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible
coactivamente. (Artículo 1º, Código Tributario).
Orden de Pago
La Orden de Pago es el acto en virtud del cual la Administración exige al deudor tributario la cancelación de la
deuda tributaria, sin necesidad de emitirse previamente la Resolución de Determinación (Artículo 78º, Código
Tributario).
Padrón Minero
Documento base para el pago del Derecho de Vigencia y Penalidad.
Petitorio
Solicitud de concesión minera presentada ante el INACC.
Persona Domiciliada
Persona natural o jurídica, que está inscrita en los registros fiscales del país donde realiza sus operaciones.
Personas Jurídicas A diferencia de “persona natural”, es aquella compañía a la que la ley le reconoce derechos y puede contraer
obligaciones civiles y es apta para ser representada judicial y extrajudicialmente. (Días Mosto. Tomo IV, Pág.
19).
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Personas Naturales Tributariamente, se denomina personas naturales a las personas físicas o individuales, varones y mujeres
solteras, viudas o divorciadas y a las casadas que obtienen renta de su trabajo personal. Se considera también
como persona natural para efectos de la obligación tributaria, las sociedades conyugales y las sucesiones
indivisas. (Días Mosto. Tomo IV Pág. 19).
Petróleo
Mezcla de Hidrocarburos que se encuentran en estado líquido a las condiciones iniciales de presión y
temperatura del Reservorio y que mayormente se mantiene en estado líquido a condiciones atmosféricas. No
considera condensados, líquidos del Gas Natural o Gas Natural Licuado.
Pozo
Cavidad en la corteza terrestre como resultado de la perforación efectuada para descubrir o producir
Hidrocarburos, inyectar agua o gas u otros objetivos.
Presidencia del Consejo de Ministros
La Presidencia del Consejo de Ministros –PCM–, es el Ministerio responsable de la coordinación y seguimiento
de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, cuya máxima autoridad política es el Presidente del
Consejo de Ministros, es Ministro de Estado. Además el Presidente del Consejo de Ministros y la Presidencia del
Consejo de Ministros, gozan de las mismas competencias y funciones atribuidas a los Ministerios y los
Ministros, señaladas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo – Ley N° 29158.
Este Ministerio, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales,
gobiernos regionales, gobiernos locales, las otras entidades del Poder Ejecutivo y la sociedad civil, conciliando
prioridades para verificar el cumplimiento de los objetivos de interés nacional. Asimismo, la PCM coordina con
los Ministerios y demás entidades del Poder Ejecutivo la atención de los requerimientos de información del
Poder Legislativo, en el marco de lo dispuesto por la Constitución Política del Perú.
Proyecto de Inversión Pública
Proyecto con intervención limitada en el tiempo que implique la aplicación de recursos públicos con el fin de
ampliar, mejorar y modernizar la capacidad productora de bienes o prestadora de servicios, cuyos beneficios
son independientes de los de otros proyectos.
Producción Fiscalizada de Hidrocarburos
Son los Hidrocarburos producidos en determinada Área de Contrato, medidos y fiscalizados bajo términos y
condiciones acordados en los Contratos.
Recaudación
Proceso de la ejecución de ingresos mediante el cual, el Estado percibe recursos públicos por concepto de
Impuestos, sin generar ningún tipo de contraprestación por parte de éste.
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Refinería
Instalación industrial, en la cual el Petróleo, gasolinas naturales u otras fuentes de Hidrocarburos son
convertidos en Combustibles Líquidos. Puede incluir la elaboración de productos diferentes a los combustibles
como Lubricantes, Asfaltos y Breas, Solventes, etc.
Regalía
Un monto de dinero que el concesionario u operador de una exploración o propiedad minera paga a intervalos
regulares al propietario de la tierra. Generalmente en base a un cierto monto por tonelada o a un porcentaje de
la producción total o de las utilidades. También es la tarifa que se paga por el derecho al uso de un proceso
patentado.
Regalía Petrolera
Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector petrolero al Estado Peruano por la
explotación de los recursos hidrocarburos del territorio nacional. Dicha regalía es determinada y recaudada por
Perupetro.
Regalía Gasífera
Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector gasífero al Estado Peruano por la
explotación de los recursos gasíferos del territorio nacional según la Ley N° 27506 (año 2001). Esta norma es
aplicable para aquellas compañías que realizan actividades productivas en departamentos donde no haya
existido legislación anterior relacionada a las actividades productivas de hidrocarburos. Las compañías que
hayan tenido producción gasífera desde fecha anterior a la promulgación de dicha Ley, mantendrán la
metodología del canon petrolero.
Registro Único de Contribuyentes
Registro de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria que tiene información sobre personas
naturales o jurídicas, sucesión indivisa, sociedades de hecho u otro ente colectivo sea peruano o extranjero,
domiciliado o no en el país, que conforme a las leyes vigentes sea contribuyente y/o responsable de aquellos
tributos que administra la SUNAT.
Reservas Posibles
Son las Reservas de Hidrocarburos con menor grado de certeza de ser recuperadas
que las Probadas y las Probables.
Reservas Probables
Son las Reservas de Hidrocarburos estimadas con un bajo grado de probabilidad,
insuficiente para definir si pueden ser recuperadas.
Reservas Probadas
Cantidades de Hidrocarburos estimadas a una fecha determinada, cuya existencia está demostrada con una
certeza razonable por información geológica y de ingeniería, y que pueden ser recuperadas bajo las
condiciones económicas, métodos de operación y regulaciones gubernamentales vigentes.
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Resolución de Determinación
La Resolución de Determinación es el acto por el cual la Administración Tributaria pone en conocimiento del
deudor tributario el resultado de su labor destinada a controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias,
y establece la existencia del crédito o de la deuda tributaria. (Artículo 76º y 77º, Código Tributario).
Resolución de Multa
Es el acto por el cual el organismo del tributo emite una sanción por la infracción cometida.
SUNAT
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria es una Institución Pública descentralizada del
Sector Economía y Finanzas, dotada de personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía
económica, administrativa, funcional, técnica que tiene por finalidad, administrar, fiscalizar y recaudar los
tributos internos (vg. Impuesto a la Renta y Regalías Mineras), con excepción de los municipales, y desarrollar
las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de
Normalización Previsional (ONP).
Tasa
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generado la prestación efectiva por el Estado de un servicio
público individualizado en el contribuyente.
Tesoro Público
Es el patrimonio público a cargo del Gobierno Central. Los ingresos del tesoro público provienen de la
aplicación de impuestos, tasas, contribuciones, rentas de propiedad, multas y otras sanciones, etc. También se
le denomina erario o fisco.
Tipo de Cambio
Precio de una moneda en términos de otra.
Titular
Persona natural o jurídica a la que el Estado le ha otorgado o reconocido el derecho de desarrollar actividades
de exploración y/o explotación en alguna fuente de riqueza mineral o de hidrocarburos.
Tonelada (tonelada métrica)
Una unidad de masa equivalente a 1,000 kilogramos o a 2,204.6 libras.
Tributación
Se refiere al conjunto de obligaciones que deben realizar los ciudadanos sobre sus rentas, sus propiedades,
mercancías; o servicios que prestan, en beneficio del Estado, para su sostenimiento y el suministro de
servicios, tales como defensa, transportes, comunicaciones, educación, sanidad, vivienda, etc.
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Tributo
Prestación generalmente pecuniaria que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una
ley, para cubrir gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines. El Código Tributario rige las relaciones
jurídicas originadas por los tributos. Para estos efectos, el término genérico tributo comprende impuestos,
contribuciones y tasas. (Norma II del Código Tributario)
Unidad Económica Administrativa (o Unidad de Producción)
Es el conjunto de concesiones mineras independientes entre sí, que constituyen que se constituyen para
cumplir con las obligaciones de producción e inversión mínima. Deben ubicarse dentro de un radio que varía
entre 5, 10 y 20 km, según el tipo de sustancia que se explota.
Valor de Mercado
Es el valor recuperable de las existencias y otros activos realizables, en el curso normal de las operaciones.
Yacimiento
Área de superficie bajo el cual existe uno o más Reservorios que estén produciendo o que se haya probado que son
capaces de producir Hidrocarburos.
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209
Anexo XI Número de compañías por subsector según su valor de la producción anual que sobrepasan los
límites de participación mayor al 2% del valor total de producción anual de su correspondiente
subsector (para el caso de mineras y petroleras) y 1% (para el caso de gasíferas)
Año Número de compañías con participación mayor al
2% (minería y petróleo) y 1% (gas) del valor anual de la producción por subsector
Subsector
Minería Petróleo Gas
2008 Compañías adheridas al 2do Estudio 10 7 4
Compañías no adheridas al 2do Estudio - 3 2
2009 Compañías adheridas al 2do Estudio 9 8 4
Compañías no adheridas al 2do Estudio - 2 2
2010 Compañías adheridas al 2do Estudio 10 8 4
Compañías no adheridas al 2do Estudio - 2 2
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