RECURSOS DE ATENCIÓN A LAS DROGODEPENDENCIAS
COMUNIDAD AUTONÓMA DE CANARIAS
DECRETO
1229 DECRETO 118/1992, de 9 de julio, sobre autorizaciones para la creación, construcción,
modificación, adaptación, traslado, supresión o cierre de Centros y Servicios sociosanitarios de
atención a drogodependientes.
Artículo 3.- Los Centros y Servicios Sociosanitarios de Atención a
Drogodependientes a los que se refiere el presente Decreto
a) Centros y Servicios de información, prevención y orientación a personas drogodependientes y población en general.
b) Centros cuya función principal sea la prestación de servicios terapéutico-asistenciales a la población toxicómana en régimen ambulatorio, domiciliario, comunitario o institucionalizado.
c) Centros con régimen de prestación de servicios de carácter semirresidencial, ya sea en jornada diurna o nocturna.
d) Centros con régimen de prestación de servicios de carácter residencial.
e) Centros y Servicios cuya principal función sea la prestación encaminada a conseguir la inserción social de personas drogodependientes.
III PCsD
8.2.2. Área tratamiento y reincorporación social
A) Organización funcional. Circuito terapéutico y niveles de intervención.
La tipología de centros y del proceso terapéutico así como sus funciones según se define desde el sistema público de salud, en diferentes niveles y según las condiciones de acceso y derivación de los usuarios:
Nivel General o Universal de Atención
Son funciones básicas de éste primer nivel asistencial:• Informar, orientar, asesorar, motivar, educar y promocionar
la salud, y en su caso derivar hacia el nivel especializado de intervención, sanitaria o social.
• Pronosticar, diagnosticar y detectar tempranamente; valorar previamente a los usuarios para la toma de decisiones terapéuticas.
• Atender la problemática social de los usuarios y las patologías somáticas asociadas al uso/abuso adictivo.
• Apoyar el proceso de integración social. Ayudar y asesorar a los familiares y allegados.
Este nivel está constituido por los Equipos de Atención Primaria del SCS y los Servicios Sociales, dependientes de la administración local, insular o autonómica, y que prestan atención sanitaria y social a toda la población.
Nivel especializado de atención a las
drogodependencias
Son prestaciones del segundo nivel asistencial o especializado a las personas con trastornos adictivos:
• Planificar el proceso terapéutico de una forma individualizada: desintoxicar, deshabituar e integrar al paciente drogodependiente.
• Apoyar y coordinar el proceso de integración social y familiar del paciente drogodependiente.
• Diseñar y desarrollar los programas sustitutivos de opiáceos y de reducción de daños.
• Atender patologías somáticas y psiquiátricas provocadas por el consumo de drogas.
• Atender las urgencias provocadas por el consumo de drogas.
Unidades de Atención a las Drogodependencias
• Son centros o servicios de tratamiento ambulatorio de los trastornos adictivos, que desarrollan actividades asistenciales de desintoxicación y deshabituación. Se constituyen como dispositivo de referencia del modelo, en su correspondiente área de salud o aquella más próxima.
Unidades de Desintoxicación Hospitalaria
• Son los recursos que, dentro de un Centro Hospitalario, se destinan a los tratamientos de desintoxicación en régimen de internamiento, cuando las condiciones biopsicosociales y familiares del paciente lo requieran.
Unidades Semirresidenciales de Atención a las
Drogodependencias
• Son centros que, en régimen de estancia de día, y por un tiempo determinado, realizan tratamientos de deshabituación e incorporación social, mediante terapia psicológica, formativa y ocupacional, promoviendo la participación activa de los usuarios, con el fin de facilitar su integración.
Unidades Residenciales de Atención a las
Drogodependencias
• Son unidades de tratamiento residencial en régimen de internamiento, por un tiempo determinado, que realizan deshabituación, e incorporación social mediante terapia psicológica y ocupacional, promoviendo la participación activa de los usuarios, con objeto de facilitarles su integración.
Unidad Ambulatoria de Farmacia
• Son servicios que prestan “atención farmacéutica” a los pacientes de las unidades tanto ambulatorias como semirresidenciales y residenciales. Incluyendo la adquisición, custodia, preparación, dispensación y seguimiento farmacoterapéutico de los tratamientos de desintoxicación, deshabituación y patología orgánica relacionada.
Top Related