REFORMAS EDUCATIVAS
ROSA PIQUERAS OLMEDA
ISABEL MORENO TORRES
VERÓNICA GAMÓN ESCAMILLA
IRENE BUIGUES ORTOLÁ
1990 Ley
Orgánica de Ordenación
General del
Sistema
Educativo
2002
Ley
Orgánica de
Calidad de la
Enseñanza
2006
Ley
Orgánica de
Enseñanza
LOGSE (1990): educación y formación efectiva y de calidad para todos
LOCE (2002): desarrollo y modificación de algunas de las disposiciones establecidas en la LOGSE orientadas a la mejora de la calidad.
LOE (2006): educación escolar de calidad y asequible a todos, sin distinción de ninguna clase, en condiciones de igualdad de oportunidades, con garantía de regularidad y continuidad y adaptada progresivamente a los cambios sociales
REFORMAR PARA MODERNIZAR ESTRUCTURAS QUE HABÍAN
QUEDADO ANTICUADAS
APARECEN EN LA LOGSE:
Ampliación de la educación obligatoria hasta los 16 años. Derecho de cursar la enseñanza obligatoria hasta los 18 años.
Educación permanente.
Inclusión de las Enseñanzas artísticas en la enseñanza general.
Actualización de la Formación Profesional.
LEY ORGÁNICA
DE ENSEÑANZA(LOE)2006
LEY ORGÁNICA DE LA ENSEÑANZA
TITULO PRELIMINAR
Capítulo 1: Principios y fines de la educación
Capítulo 2: La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida
Capítulo 3: Currículo
Capítulo 4: Cooperación entre Administraciones Educativas
l
TITULOS DE LA LOE
TITULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN
TITULO II: EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
TITULO III: PROFESORADO
TITULO IV: CENTROS DOCENTES
TITULO V: PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS
TITULO VI: EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
TITULO VII: INSPECCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
TITULO VIII: RECURSOS ECONÓMICOS
PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN
Equidad Transmisión de valores Aprendizaje permanente Flexibilidad Motivación del alumnado Esfuerzo compartido Evaluación del conjunto del sistema
educativo
Aprendizaje permanente
Todas las personas deben tener la posibilidad de formarse a lo largo de la vida
Facilitar a las personas adultas su incorporación a las diferentes enseñanzas
Promover ofertas de aprendizaje flexible a aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el sistema educativo sin ninguna titulación
Promover que toda la población alcance una formación de educación secundaria postobligatoria o equivalente
Currículo
El gobierno fijará el currículo de las enseñanzas básicas
Los contenidos mínimos de las enseñanzas mínimas no requerirán más del 55% de los horarios escolares en CC.AA. que tengan lengua cooficial y el 65% para aquellos que no la tengan
¿Está vigente el principio de Atención a la Diversidad?
LOGSESi bien orientaba toda la ley, se recoge explícitamente en el art. 6.1, como derecho a una enseñanza diversificada en los últimos años del periodo obligatorio.
LOCESe recoge, con una formulación genérica, entre los principios de la ley (art. 1.g)
LOESe recoge con una formulación precisa en el art. 4.3, definiéndolo como "principio fundamental“.
¿Cómo afronta la escolarización de los hijos de los inmigrantes?
LOGSE
No aborda este asunto de manera directa, pues en 1990 no tenía la entidad que tiene en la actualidad
LOCE
Tanto en esta ley, como en la de extranjería se restringe este derecho a los no regularizados (bien remitiéndolos a los PIP con 15 años, o bien obligando a que, si tienen 16 años, hagan la ESO en un Centro de Personas Adultas)
LOE
No establece diferencias entre nacionales y extranjeros residentes. Independientemente de su situación legal, puedan cursar las enseñanzas básicas sin restricciones. Hay restricciones en la postobligatoria para los no regularizados.
¿Qué estructura tiene el sistema educativo?
LOGSE
a) Enseñanzas de régimen general: Educación Infantil Educación Primaria · Educación
Secundaria: - ESO - FP Grado Medio
Bachillerato FP Grado Superior · Educación universitaria b) Enseñanzas de régimen especial
- Enseñanzas Artísticas - Enseñanzas Idiomas
LOCE
a)Educación preescolar b) Enseñanzas escolares de régimen general: * Educación Infantil * Educación Primaria · Educación Secundaria:
- ESO - FP Grado Medio - Bachillerato
.FP de Grado Superior c) Enseñanzas escolares de régimen especial
- Enseñanzas Artísticas - Enseñanzas Idiomas
d) Enseñanza universitaria.
LOE
o Educación infantilo Educación primariao Educación secundaria
obligatoriao Bachilleratoo Formación profesionalo Enseñanzas de idiomaso Enseñanzas artísticaso Enseñanzas deportivaso Educación de personas
adultaso Enseñanza universitaria
TITULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACION
CAPITULO I: EDUCACION INFANTIL CAPITULO II: EDUCACION PRIMARIA CAPITULO III: EDUCACION SECUNDARIA
OBLIGATORIA CAPITULO IV: BACHILLERATO CAPITULO V: FORMACION PROFESIONAL CAPITULO VI: ENSEÑANZAS ARTISTICAS CAPITULO VII: ENSEÑANZAS DE IDIOMAS CAPITULO VIII: ENSEÑANZAS DEPORTIVAS CAPITULO IX: EDUCACION DE PERSONAS
ADULTAS
CAPITULO I: EDUCACION INFANTIL
Desde el nacimiento hasta los 6 años de edad
Carácter voluntario
Objetivos: desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños
Dos ciclos:• 0-3 años: aumento progresivo de las plazas públicas
(Plan Educa3)• 3-6 años: gratuito. Tasas de escolarización cercanas al
100%
Primera aproximación a la lengua extranjera en el segundo ciclo, así como a las tecnologías de la información
CAPITULO II: EDUCACION PRIMARIA
6 cursos académicos: 6-12 años de edad
3 ciclos de 2 años cada uno. Se organizan en áreas:• Conocimiento del medio natural, social y cultural• Educación física• Educación artística • Lengua castellana y literatura y, si la hubiera, lengua cooficial y
literatura• Lengua extranjera • Matemáticas
En uno de los cursos del tercer ciclo se añadirá educación para la ciudadanía y los derechos humanos
En el tercer ciclo se podrá añadir una segunda lengua extranjera
Finalidad: proporcionar a los niños y niñas una educación que permita afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar, adquirir las habilidades culturales básicas relativas a la expresión y comprensión oral, a la lectura, a la escritura y al calculo, así como desarrollar las habilidades sociales, los hábitos de trabajo y estudio, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad
Especial atención a la diversidad del alumnado
Evaluación continua y global
El alumnado accederá a la etapa siguiente siempre que haya alcanzado las competencias básicas correspondientes y el grado de madurez. En caso contrario, podrá repetir el curso pero solo una vez a lo largo de toda la educación primaria
Al finalizar el segundo ciclo, el centro hará una evaluación de diagnostico, con carácter formativo y orientador para el centro e informativo para las familias
CAPITULO III: ENSEÑANZA SECUNDARIA OBLIGATORIA
4 cursos: 12-16 años
Finalidad: adquisición de los elementos básicos de la cultura, desarrollo y consolidación de los hábitos de estudio y de trabajo, preparación para estudios posteriores y para la inserción laboral y formación para el ejercicio de los derechos y obligaciones como ciudadanos
Especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado
ESTRUCTURA DE LA ESO Cursos primero a tercero:
Materias: - Ciencias de la naturaleza - Educación física - Ciencias sociales, geografía e historia - Lengua castellana y literatura - Lengua extranjera - Matemáticas - Educación plástica y visual - Música - Tecnología
Educación para la ciudadanía y los derechos humanos en uno
de los tres cursos
En el tercer curso la materia de ciencias de la naturaleza podrá desdoblarse en biología y geología, por un lado y física y química por otro
Oferta de materias optativas que deberán incluir una segunda
lengua extranjera y cultura clásica
Cuarto curso:
Materias: - Educación física - Educación ético-cívica - Ciencias sociales, geografía e historia - Lengua castellana y literatura - Matemáticas - Primera lengua extranjera
Además deberán elegir tres de las siguientes materias:- Biología y geología- Educación plástica y visual- Física y química- Informática- Latín- Música- Segunda lengua extranjera- Tecnología
Materias optativas
Carácter orientador, tanto para los estudios postobligatorios, como para la incorporación a la vida laboral
ENSEÑANZA SECUNDARIA OBLIGATORIA
Programas de diversificación curricular: dirigido a alumnos que no estén en condiciones de promocionar a tercero y ya hayan repetido en secundaria
Evaluación continua y diferenciada según las distintas materias del currículo
Las decisiones de promoción de un curso a otro y de la obtención final del titulo serán tomadas por el conjunto de profesores
Los alumnos promocionaran de curso cuando superen los objetivos o suspendan dos materias como máximo. En este ultimo caso seguirán programas de refuerzo
ENSEÑANZA SECUNDARIA OBLIGATORIA
Solo se podrá repetir una vez el mismo curso y dos veces como máximo en la etapa
Evaluación de diagnostico al final del segundo curso, con carácter formativo y orientador para el centro e informativo para las familias
Obtención del titulo de Graduado en ESO: acceso a bachillerato, FP de grado medio y al mundo laboral
Programas de calificación profesional inicial: dirigidos a alumnos mayores de 16 años que no hayan obtenido el titulo de Graduado en ESO
CAPITULO IV: BACHILLERATO
Finalidad: proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana. Permite el acceso a estudios superiores
Requisitos de acceso: titulo de Graduado en ESO
Dos cursos académicos
Tres modalidades:• Artes• Ciencias y Tecnología• Humanidades y Ciencias Sociales
Materias comunes, materias de modalidad y materias optativas. En el curso 2008-2009 se incorpora una nueva asignatura obligatoria: Ciencias para el Mundo Contemporáneo
Evaluación continua y diferenciada según las materias. El profesor de cada materia decidirá si el alumno ha superado los objetivos de esta.
Promoción de curso: cuando se superen las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo. En este caso se matricularan y examinaran de las materias pendientes.
Obtención titulo de Bachiller: efectos laborales y académicos
Acceso a la universidad: prueba de acceso valida para las distintas titulaciones
CAPITULO V: FORMACION PROFESIONAL
Finalidad: preparar a los alumnos para la actividad en un campo profesional
Ciclos formativos: grado medio y grado superior
GRADO MEDIO GRADO SUPERIOR
ACCESO -Titulo graduado en ESO
-Prueba acceso (>17 a)
-Titulo Bachiller
-Prueba acceso (>19 a)
-Titulo de Técnico relacionado (>18 a)
TITULO Técnico: acceso a todas las modalidades de bachillerato
Técnico Superior: acceso a estudios universitarios
CAPITULO VI: ENSEÑANZAS ARTISTICAS
Finalidad: proporcionar una formación artística de calidad
Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza
Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
Enseñanzas artísticas superiores
CAPITULO VII: ENSEÑANZAS DE IDIOMAS
Finalidad: Capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas
Niveles: básico, intermedio y avanzado
Requisitos: tener 16 años cumplidos
Certificado de los diferentes niveles
El titulo de Bachiller habilita para el acceso al nivel intermedio de la primera lengua extranjera cursada en bachillerato
CAPITULO VIII: ENSEÑANZAS DEPORTIVAS
Finalidad: preparar a los alumnos para la actividad profesional en relación con una modalidad o especialidad deportiva
Grado medio: necesario titulo de Graduado en ESO. Obtención del Titulo de Técnico Deportivo en la especialidad correspondiente
Grado superior: necesario titulo de Bachiller o Técnico Deportivo. Obtención del Titulo de Técnico Deportivo Superior. Permite el acceso a la universidad
CAPITULO IV: EDUCACION DE PERSONAS ADULTAS
Finalidad: ofrecer a los mayores de 18 años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional
Enseñanzas básicas: pruebas para la obtención del titulo de Graduado en ESO
Enseñanzas postobligatorias: bachillerato y FP
Oferta publica de educación a distancia (TICs)
Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años
ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECÍFICAS
LOGSE
Alumnos con necesidades educativas especiales - Sólo se refiere a alumnos que necesitan apoyos por discapacidad física, psíquica o sensorial o de conducta social o cultural. - Proporcionalidad de alumnos por aula. en la zona - Escolarización en centros ordinarios o específicos - Principios de normalización e integración escolar - Integración en las enseñanzas comunes con las adaptaciones y diversificaciones curriculares y adaptaciones materiales y físicas necesarias. - Dotación de profesores especialistas y personal cualificado necesario. - Compensación de las desigualdades.
LOCE
Alumnos extranjeros - Programas específicos de aprendizaje en aulas específicas en centros de enseñanza de régimen ordinario y escolarización simultánea en grupos ordinarios. - No dice si con aumento horario. · > 15 años que no se adapten, pasan a un PIP (ahí se les aparca con sus problemas). - Referencia a que deben acatar y respetar las normas. - Formación del Profesorado (desaparece) y Orientación a las familias. Alumnos con necesidades educativas especiales - Introducen los trastornos graves de personalidad (disciplina). - Modalidades de escolarización. Tres: grupo ordinario, aulas especializadas o centros de educación especial. - Podrán estar escolarizados en la enseñanza obligatoria hasta los 21 años. - Escolarización en centros sostenidos con fondos públicos que la Admón. determine (no serán distribuidos entre los públicos y concertados). - Formación laboral específica. Superdotados - Formación del profesorado y orientación a las familias. - Escolarización en centros específicos. - Flexibilización de duración de los niveles y etapas.
LOE
Alumnado con necesidadeseducativas especiales- Escolarización hasta los 21 años. Promover la escolarización en educación infantil, favorecer su continuación en la escolarización en las enseñanzas postobligatorias.- Integración social y laboral. Fomento de ofertas formativas adaptadas a sus necesidades especificas. Reserva de plazas a enseñanzas de FP para alumnado con discapacidad.Alumnado con altas capacidades intelectuales- Se establecerán normas para flexibilizar la duración de las etapas del sistema educativo, independientemente de la edad,
entre gobierno y Comunidades Autónomas.
Alumnos con integración tardía en el Sistema Educativo español-la incorporación se garantizará en la edad de escolarización obligatoria.- incorporación al curso más adecuado según: circunstancias, conocimientos, edad, historial académico…- desarrollo de programas específicos simultáneos a la escolarización.-asesoramiento a padres o tutores.
LOGSE
DENOMINACIÓN.
- Colegios Públicos de Educación
Infantil y Primaria
- Institutos de Educación Secundaria
- Centros de Educación Especial
ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
- APAs
- Consejo Escolar
- Claustro
- Colegiados:
.Consejo Escolar .Claustro.
- Unipersonales:
. Director
. Jefe de Estudios. · Secretario
Autonomía: de gestión, organizativa y
pedagógica
Pueden obtener recursos
complementarios, adquirir bienes,
contratar obras.
Supervisión libros de texto:
Autorización adminis trativa previa
Admisión de alumnos:
. Comisiones de Escolarización.
. No figura el expediente como criterio.
· Prioridad en la ESO a los alumnos de
centros de Primaria adscritos. Otras
prioridades en FP
LOCE
DENOMINACIÓN.
- Escuelas Infantiles: Educación Infantil.
- Colegios de Educación Primaria: Educación
Primaria
- Institutos Educación Secundaria: ESO,
Bachillerato y FP
- Centros Integrados de Formación Profesional:
FP.
TIPOS
- Públicos.
- Privados. Con carácter propio.
- Privados concertados. Con carácter propio.
- Centros docentes con especialización
curricular: a mimar
por la Admón. Posible selección de alumnos .
ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN.
*Canse io Escolar.
- Composición: no cambia.
- Atribuciones: se reducen (no elige al Director,
pero en los centros concertados SI, etc.)
- Representante de alumnos a partir de 30 ESO
- Posible representante del mundo empresarial.
* Claustro:
- Atribuciones: se reducen (no elige al director,
no conocerá su programa, etc.). Actuará de
comparsa en la elección de su Director.
- Órganos de Coordinación Docente: D.
Didácticos y D. De Orientación.
LOE
TIPOS
- públicos (prestan servicio publico de la educ)
- Privados concertados ( prestan servicio publico de la educ)
- Privados
CENTROS PUBLICOS
-Denominación:
. Escuelas Infantiles: Educación Infantil
. Colegios de Educación Primaria: Ed.
Primaria
. Institutos de Educación Secundaria:
bachillerato, educación secundaria y FP
. Colegios de ed. Infantil y primaria
. Escuelas de Arte: artes plásticas y diseño
. Conservatorio: enseñanzas profesionales
y elementales de música y danza.
. Centros de educación Especial.
- Medios materiales y humanos.
- Bibliotecas.
CENTROS PRIVADOS
- Denominación: cualquiera; excepto la
correspondiente a centros públicos o que
induzca a confusión.
- carácter propio
CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS
- Conciertos
- Módulos de Conciertos
ORGANIZACIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES
LOCE
ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN.
*Canse io Escolar.
- Composición: no cambia.
-Atribuciones: se reducen (no elige al Director, pero
en los centros concertados SI, etc)
- Representante de alumnos a partir de 30 ESO
- Posible representante del mundo empresarial.
* Claustro:
-Atribuciones: se reducen (no elige al director, no
conocerá su programa, etc). Actuará de comparsa en la
elección de su Director.
-Organos de Coordinación Docente: D. Didácticos y
D. De Orientación.
ORGANOS DE GOBIERNO
- Director, Jefe de Estudios y Secretario.
Autonomía: ideológica para establecer proyectos
educa tivos que amplíen ámbitos del currículo. Puede
permitir centros especializados, ampliar horarios.
(Favorece a centros privados, los públicos deben
escolarizar todo tipo de alumnado).
-Pedagógica, organizativa y económica
(dotación según posibilidades de la Admón. autonómica)
Libros de texto. No hay autorización administrativa
previa. Supervisión de la Inspección.
Admisión de alumnos. Establece los criterios, incluido el
expediente académico. Criterios a aplicar por el E.
Directivo. No deja libre disposición de los centros, ni
habla de reparto, ni de comisiones de escolarización.
Peligro en la referencia a criterios adicionales para los
centros especializados.
-Se posibilita discriminación sexual.Gruposunisexuales
LOE
PARTICIPACIÓN EN EL
FUNCIONAMIENTO Y EL GOBIERNO DE
CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS
- Comunidad educativa- consejo escolar-
claustro
- participación del alumnado(delegados)
- padres y alumnos(asociaciones)
AUTONOMIA
-proyecto educativo
-recursos educativos humanos y materiales
- normas de organización y funcionamiento
- programación general anual
ORGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO
Y DE COORDINACION DOCENTE DE LOS
CENTROS PUBLICOS
- Consejo escolar: director centro, jefe de
estudios, concejal o representante del
ayuntamiento, profesores, padres, alumnos,
personal de administración y servicios del
centro, secretario.
- Claustro de profesores
- órganos de coordinación docente
LOGSE
DIRECTOR
- Director elegido por el Consejo
Escolar de entre los profesores del
centro
- Requisitos de antigUedad en la
docencia y en las enseñanzas; destino
en el centro y acreditación.
- Máximo de 3 períodos consecutivos
de 4 años
- Propone al C. Escolar al Jefe de
Estudios y Secretario
(pertenecen al centro)
- Cursos de formación
- Mantenimiento de una parte del
complemento retributivo mientras estén
en activo. Retribución diferenciada.
- Especificadas las causas de cese del
Equipo Directivo
- Reconocimiento de los méritos como
cargo directivo.
- Evaluación de la función directiva
LOCE
DIRECTOR
- Es el representante de la Admón. en el centro.
- No es requisito pertenecer al centro.
* Atribuciones. se amplían con:
- resolver conflictos e imponer sanciones a alumnos.
- adoptar resoluciones disciplinarias con el personal del
centro.
- proponer nombramiento y cese del E.Directivo
(jerarquización del mando).
- emitir informes valorativos sobre los profesores.
* Proceso selectivo:
- Por concurso de méritos.
- Seleccionado por una Comisión.
- Comisión compuesta por la Admón. (es quien selecciona
al Director) y por representantes del Centro en más de un
30% , del que el 50'}'o será del Claustro (que actuarán de
comparsa).
- Debe superar fases teórica y práctica.
- Nombramiento por 3 años. Si es evaluado positiva-mente,
habilitación definitiva.
- No hay máximo de mandatos consecutivos de 3 años
(previa evaluación positiva al final de cada periodo).
- Propone al J. de Estudios y Secretario (son del centro).
- Cursos de formación.
- Exento total o parcialmente de la docencia directa.
- Mérito para acceso a la Inspección y otros concursos de
méritos y de movilidad.
- Retribución diferenciada que se fijará.
- Mantenimiento del complemento retributivo mientras estén
en activo. Se fijarán las condiciones.
- Podrá ser cesado por la administración (quién lo nombró).
No se especifican las causas.
LOE
DIRECTOR
- selección del director ( convenio de
meritos) entre profesores funcionarios de
carrera que impartan enseñanzas en el centro.
- requisitos para ser candidato a director:
antigüedad de mas de 5 años, impartido
docencia, prestar servicios en alguna de las
enseñanzas q opta con antigüedad de 1 año,
proyecto de dirección
- procedimiento de selección: concurso
meritos + proyecto. Se realiza en centro por
una comisión con representantes de la Adm.
educativa y del centro.
- Nombramientos:
. superar un programa de selección inicial
. la Adm. Educ. nombra a un director para 4
años
.podrá renovarse por periodos de 4 años. Con
fase de evaluación + el trabajo desarrollado
. nombramiento con carácter extraordinario si
no hay candidatos.
. cese del director: finaliza periodo, renuncia,
incapacidad, revocación por incumplimiento.
. reconocimiento de la función directiva.
La dirección de los centros docentes
FUNCIÓN DOCENTE Y CARRERA PROFESIONAL
LOE
- Define la función del profesorado.- Profesorado en las distintas enseñanzas:. Ed. Infantil - 1er ciclo (maestro ed inf o equiv) - 2º ciclo igual + apoyo maestro Otras espec- Ed. Primaria - maestro esp menos música, ed física e idiomas- Ed Secundaria obligatoria y bachillerato titulo licenciado, arquitecto o ingeniero + formación
pedagógica o didáctica- Formación Profesional igual q antes. Excepcionalmente otros Prof. no titulados q desarrollen su
actividad en el ámbito laboral- Enseñanzas artísticas: titulo licenciado, arquitecto o ingeniero + formación pedagógica o
didáctica. El gobierno podrá incluir otras exigencias. Excepcionalmente otros Prof. no titulados q desarrollen su actividad en el ámbito laboral.
- Enseñanzas de Idiomas titulo licenciado, arquitecto o ingeniero + formación pedagógica o didáctica. Excepcionalmente otros Prof. no titulados q desarrollen su actividad en el ámbito laboral
- Enseñanzas deportivas titulo licenciado, arquitecto o ingeniero + formación pedagógica o didáctica. Excepcionalmente otros Prof. no titulados q desarrollen su actividad en el ámbito laboral
- Educación personas adultas: titulo académico, profesional. Deberán contar con la titulación establecida con carácter general para impartir las respectivas enseñanzas.
LOE
FORMACIÓN DEL PROFESORADO- Formación inicial: titilación académica + formación pedagógica-Incorporación a la docencia en centros públicos: profesor tutor + profesor en formación
FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO DE CENTROS PÚBLICOS- Oferta diversificada y gratuita.- Facilitar acceso a los profesores a titulaciones universitarias.-Movilidad internacional, intercambios y estancias en países.
RECONOCIMIENTO , APOYO Y VALORACIÓN DEL PROFESORADO- Acceso gratuito a bibliotecas y museos públicos. Servicio de préstamo de libros y otros materiales con acreditación.- Medidas para el profesorado de centros públicos: protección y asistencia jurídica. Cobertura de responsabilidad civil.- Evaluación de la función docente: se fomentará la evaluación voluntaria; meritos para traslados y carrera docente
FUNCIÓN DOCENTE Y CARRERA PROFESIONAL
EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
LOE
-Finalidad de la evaluación -Ámbito de la Evaluación-Organismos responsables de la evaluación: Instituto de
evaluación + Administración Educativa. Elaboran el sistema estatal de indicadores de la educación.
-Evaluaciones generales de diagnóstico.-Evaluaciones de los centros-Evaluación de la función directiva.-Difusión del resultado de las evaluaciones.-LOE 2008 – 2009: Evaluación general de diagnostico en 4º de
primaria y 2º de secundaria.-LOGSE: INCE en colaboración con CCAA-LOCE: INECSE: Instituto Nacional de Evaluación y Calidad del
sistema educativo.
INSPECCIÓN EDUCATIVA
•LOE:-Se definen competencias
•ALTA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN: EL ESTADO
-Comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Estado en la ordenación del sistema educativo en cuanto a modalidades de etapas, ciclos y especialidades de la enseñanza.
-Cumplimiento de las condiciones para la obtención de títulos.
-Adecuación de la concesión de becas y subvenciones.
•INSPECCION EDUCATIVA
Funcionarios públicos del Cuerpo de Inspectores de Educación.-Se definen las funciones: control del funcionamiento del centro, supervisar al docente, evaluar, velar el cumplimiento de las leyes y asesorar
-Requisitos de acceso: titulación universitaria, cursos de ejercicio de inspección, experiencia profesional docente y en la propia institución educativa
VARIOS
•LOE:
Jubilación anticipada
Tener cumplidos 60 años y 15 años trabajados en servicios efectivos al estado
Recursos humanos y materiales
Habla de los libros de texto: Los órganos de coordinación didáctica de los centros públicos adoptarán los libros.
La supervisión de los libros de texto y otros materiales curriculares formará fase del proceso de selección de la Administración.
VARIOS
•LOE:
Financiación
Incremento del gasto público en educación los próximos diez años. LOE 2008: cien millones de euros en programas de mejora de éxito escolar.
Religión
Religión católica voluntaria para los alumnos y la enseñanza de otras religiones se ajusta a los Acuerdos de Cooperación
CONCLUSIONES
•Bachiller:-En la LOGSE son 2 cursos (no indica los años de permanencia).Son 4 modalidades (Artes, Ciencias de la Naturaleza y la Salud, Humanidades y Ciencias Sociales y Tecnología).
-En cambio, en la LOCE y LOE son 2 cursos, máximo de permanencia 4 años y son 3 modalidades: Artes, Ciencia- Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales.
•Evaluación:-En la LOGSE solo se puede repetir al finalizar el 1º ciclo y una vez en 3º o4º (Promoción automática).
-En cambio, la LOCE y LOE se puede repetir si se suspende 3 o más asignaturas, sólo
una vez por curso.
CONCLUSIONES• Asignaturas:La LOGSE contemplaba transversalmente la asignatura de Educación para la
ciudadanía.
La LOE incluye una nueva asignatura Educación para la ciudadanía.
• Director:En la LOGSE lo elige el Consejo Escolar entre los profesores del centro.
En cambio, en la LOCE y LOE lo elige la Administración y representantes del Centro.
• Conclusión final:Tras comparar las tres leyes hemos visto que son muy similares, ya que todas
se basan
en la LOGSE. Aunque la LOCE y LOE introducen algunas novedades influenciadas por
el partido político gobernante en el momento.
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