Reglamento de Extranjería
Nuevo Reglamento de Extranjería 557/2011
Modificación del RD de Comunitarios 240/2007por sentencia del TS ganada por
Andalucía Acoge y la APDHA
Reforma de la ley de extranjería LO 4/2000 por la ley orgánica 2/2009 de 11 de diciembre.
Se está preparando una nueva ley de igualdad de trato y no discriminación que está en fase de proyecto y ha comenzado su andadura parlamentariaOtras leyes muy importantes que han aparecido en este intervalo de tiempo son la ley de Asilo o la reforma del Código Penal que también nos afecta.
NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA RD 557/2011
RÉGIMEN COMUNITARIO. Nacionales de UE, EEE y Suiza. Y sus familiares.
RÉGIMEN GENERAL DE
EXTRANJERÍA. NACIONALES DE
TERCEROS PAÍSES.
Otros poco comunes: asilados,
apátridas, etc.
NACIONALES: Un certificado verde deben
acompañar a su pasaporte
FAMILIARES: una tarjeta
RÉGIMEN GENERAL DE
EXTRANJERÍA. NACIONALES DE
TERCEROS PAÍSES.
Tipos según duración
Residencia temporal: Inicial (1 año)
Primera renovación (2 años)Segunda renovación (2 años)Victimas de violencia (5 años)
Menores ( renovable cada año)
Excepcionales (renovable cada año)
Residencia de larga duración/ larga duración
UE (cinco años)
TIPOS DE RESIDENCIAS SEGÚN FINALIDAD : no lucrativas, reagrupación familiar, Residencias y trabajo por cuenta propia o ajena, víctimas de violencia de género, Circunstancias excepcionales (arraigo social, familiar, laboral), enfermedad, colaboración con la justicia, víctimas de trata, menores no acompañados y extutelados, investigadores , blue card, trabajadores de temporada, trabajadores transfronterizos y prestación transnacional de servicios residencia de apátridas y refugiados.
situación irregular
Formato europeo de visado Schengen.
Régimen de estancia, por visitas de corta duración
Pasaporte o título de viaje válido
Billete de ida y vuelta
Demostrar los motivos y finalidad del viaje.
Posesión de medios económicos.
Seguro médico y requisitos sanitarios cuando lo diga el Ministerio del Interior
y
No tener prohibición de entrada ni ser un peligro para el orden público
Autorización de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado
estudios en un centro de enseñanza autorizado en un programa de tiempo completo, que conduzca a un título o
certificado
Realización de actividades de investigación o formación
Participación en un programa de movilidad de alumnos, para seguir un programa de enseñanza secundaria y/o bachillerato
Realización de prácticas no laborales en un organismo o entidad pública o privada.
Prestación de un servicio de voluntariado con objetivos de
interés general.
Se computa la mitad del tiempo de estancia de estudios para la residencia de larga duración.
Se computa la mitad del tiempo de estancia de estudios para la residencia de larga duración.
Reagrupación familiar
La persona extranjera es autorizada a permanecer en España en virtud del derecho a la reagrupación familiar ejercido por un extranjero residente.
Condiciones del tiempo de residencia del reagrupante
Acreditar parentesco y que sea uno de los que
permite la ley
Acreditar medios económicos
Tener una vivienda adecuada
REQUISITOS A
VALORAR
FAMILIARES REAGRUPABL
ES
Cónyuge o pareja
Hijos o tutelados
Ascendientes en primer grado
Residencias por circunstancias excepcionales
Arraigo laboral
Arraigo social
Arraigo familiar
2 años de estancia continuada en territorio Español
Acreditar una relación laboral no inferior a 6 meses, reconocida por sentencia, o
por resolución administrativa confirmatoria del acta de infacción de la
Inspección de Trabajo. (Exige que se denuncie al trabajador)
Carecer de antecedentes penales ni aquí ni en el país donde se haya residido los
últimos 5 años.
ARRAIGO LABORAL
NOVEDAD
Arraigo social
ARRAIGO SOCIAL
Demostrar tres años de estancia
continuada en España Carecer de
antecedentes penales
MEDIOS DE VIDAun contrato de trabajo de un año de
duración para un solo empleadorSECTOR AGRARIO: podrán ser dos
de 6 meses para distintos empleadores concatenados
TIEMPO PARCIAL: varios contratos de la misma actividad con un mínimo
de 30 horas.Tener un proyecto empresarial para
darse de alta por cuenta propiaDemostrar medios económicos
suficientes y que así lo recomiende el informe de arraigo
Presentar INFORME DE ARRAIGO SOCIAL EMITIDO POR LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA O EL AYUNTAMIENTO, O JUSTIFICARLO
POR OTROS MEDIOS DE PRUEBA , o alternativamente tener cónyuge, pareja registrada, ascendiente o descendiente
en primer grado y línea directa residiendo legalmente en España
En principio no se aplica la SNE , pero por orden
ministerial en cualquier momento nos pueden aplicar
el catálogo de difícil cobertura o la necesidad de gestionar
una oferta ante el SAE.
Padre o madre de niñ@ español@a su cargo
que conviva con éste/ o esté al corriente de sus
obligaciones paternofiliales
Hij@s de padre o madre que hubieran sido
originariamente españoles
Novedad
IMPORTANTE
Novedad
IMPORTANTE
ARRAIGO FAMILIAR
Víctimas de violencia de género
Con la orden de alejamiento o informe del Ministerio Fiscal se dará
de oficio una autorización de residencia y trabajo PROVISIONAL para ella y sus hijos menores que
autoriza a trabajar
Una vez haya sentencia CONDENATORIA PARA EL AGRESOR se le dará UNA
AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR 5 AÑOS, para ella y sus hijos menores o discapacitados
Si la sentencia es ABSOLUTORIA PARA EL AGRESOR no aprecia que hubo violencia PODRÁ reactivarse o
incoarse el procedimiento sancionador de extranjería
HAY NOVEDADES MUY IMPORTANTES EN PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA Y
PARA LAS PERSONAS QUE COLABORAN CONTRA REDES
ORGANIZADAS. 5 AÑOS DE RESIDENCIA, PERIODO DE
REFLEXIÓN , RETORNO ASISTIDO
RESIDENCIA DE HIJO DE RESIDENTE LEGAL
RESIDENCIA DE HIJO DE RESIDENTE QUE NACE EN ESPAÑA.
• Adquiere automáticamente la misma autorización del progenitor residente legal.
HIJO O HIJA NACIDA EN ESPAÑA DE PERSONA A SU VEZ REAGRUPADA POR RESIDENTE LEGAL .
• Adquiere automáticamente una autorización de residencia por reagrupación que depende de su progenitor directo
• Al renovar se aplican las normas de reagrupación familiar y se computan los medios de vida y la vivienda del primer reagrupante y del padre o madre reagrupada.
RESIDENCIA DE HIJO NO NACIDO EN ESPAÑA DE RESIDENTE LEGAL, QUE SE ENCUENTRA EN ESPAÑA Y NO HA SEGUIDO EL TRÁMITE DE REAGRUPACIÓN .
• Para regularizar su situación legal en España tendrá que acreditar: • dos años de estancia continuada• Medios económicos del progenitor• Informe de vivienda• Escolarización durante el tiempo de estancia
• La duración de la residencia es la misma que la que aparece en la TIE del progenitor o tutor, salvo que sea comunitario en cuyo caso será de 5 años.
Todas estas autorizaciones AUTORIZAN A TRABAJAR DESDE LA EDAD LABORAL
Se renuevan por las normas de REAGRUPACIÓN FAMILIAR.
Menores no acompañados
Determinación de la edad cuando hay dudas por decreto del Ministerio Fiscal basándose en la documentación o en pruebas médicas (oseométricas)
Si es menor: desamparo y guarda inmediata. Constitución de la tutela por los servicios de protección de menores.
REPATRIACIÓN. Principio general : volver con sus padres o ponerlo a disposición de los servicios de protección de menores del país de procedencia, siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño. En este reglamento MUCHAS MÁS GARANTÍAS PARA LA DEFENSA DEL MENOR SI NO QUIERE MARCHARSE.
Jóvenes extutelados
SI ACCEDE A LA MAYORÍA DE EDAD Y TIENE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA. Se renueva una vez le caduque, aunque ya haya cumplido la mayoría de edad,
no antes. Si no tiene un trabajo, OBTENDRÁ UNA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA NO
LUCRATIVA SI: Demuestre medios económicos mensuales que representen el 100% del
IPREM. Se valorará que cuente con informes positivos sobre su grado de inserción
que se refieran a: Respeto a las normas de convivencia del centro. Conocimiento de las lenguas oficiales. Existencia de lazos familiares en territorio español. El tiempo que ha estado sujeto a un acogimiento, guarda o tutela de
hecho por ciudadano o institución española. Continuidad en sus estudios. Existencia de una oferta o contrato de trabajo. La participación en itinerarios de formación.
MODIFICACIÓN DE RESIDENCIA POR MINORÍA DE EDAD O NO LUCRATIVA A RESIDENCIA Y TRABAJO: La puede pedir , con UNO O VARIOS CONTRATOS SUCESIVOS, cumpliendo los requisitos de la modificación de autorizaciones.
SI ACCEDE A LA MAYORÍA DE EDAD SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA: PUEDE OBTENER UNA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES.
Lo pide el propio niño PERSONALMENTE 60 días antes de cumplir la mayoría de edad, o ya siendo mayor de edad durante los 90 días siguientes a la fecha de su cumpleaños.
Aportará:Una certificación del servicio de protección recomendando la
concesión. Y suficiencia de medios económicos consistentes en :
Contar con ingresos que sean como mínimo el 100% del IPREM. Contar con un contrato o varios contratos de vigencia sucesiva Tener un plan de negocio viable que previsiblemente provea una
ganancia del 100% del IPREM. Si hay actividad lucrativa la residencia conlleva derecho a
trabajar y está condicionada a darse de alta en Seguridad Social en el plazo de un mes.
Residencia de larga duraciónResidencia que se renueva por cinco años
No se pierde por caducidad de la tarjeta
Nos piden informe de escolarización para obtenerla
Tiene un régimen privilegiado de recuperación si se pierde en determinados supuestos.
fin