REGLAMENTO INTERNO
28 de febrero
2011
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA N 20188 “CENTRO
DE MUJERES”
Fundo San tustio (prolongación José Gálvez s/n)
[REGLAMENTO INTERNO]INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA N 20188 “CENTRO DE MUJERES”
2011IEP N° 20188
CM
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y SERVICIO
Art. 01: La I.E.P. N° 20188 se encuentra ubicada en FUNDO “SAN
TUSTIO” prolongación de la calle José Gálvez s/n
jurisdicción del distrito de San Vicente provincia de Cañete,
departamento de Lima.
Art. 02: Tiene como órgano intermedio a la Unidad de Gestión
Local N° 08, el Gobierno Regional de Lima Provincias y el Ministerio de
Educación.
Art. 03: La I.E.P. N° 20188 atiende los 3 niveles de Educación Básica
Regular:
Nivel Inicial
Nivel Primaria
Nivel Secundaria
CAPÍTULO II
DEL CONTENIDO Y ALCANCES
Art. 04: El Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública
N° 20188 de San Vicente de Cañete, es un instrumento de
gestión, documento técnico-normativo de conducción y
apoyo a la gestión administrativa que permite facilitar y
asegurar el logro de los fines y objetivos que son inherentes
a la institución y al Proyecto Educativo Institucional. El
presente reglamento interno complementan las normas y
decretos establecidos por el Ministerio de Educación,
Gobierno Regional de Lima Provincias y UGEL Nº 08
Cañete; por tanto cualquier artículo del presente
Reglamento Interno que transgredan las normas
establecidas son nulas.
Art. 05: El presente Reglamento Interno incluye en sus alcances a:
a. CONEI
b. Personal Directivo
c. Personal Jerárquico
d. Personal Docente
e. Auxiliar de Educación
f. Personal administrativo
g. Padres de familia
h. Alumnas
CAPÍTULO III
VISIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
VISIÓN
Al 2012 nuestra Institución Educativa Publica Nº 20188 de Mujeres,
del distrito de San Vicente de Cañete, aspira ser una Institución
emblemática entre las demás. La Institución Educativa de
Educación Básica Regular, brindará formación integral de calidad y
excelencia académica en el campo humanístico, científico,
tecnológico, ecológico, y ético-moral, en beneficio de las
estudiantes, siendo éstos capaces de resolver situaciones
problemáticas con creatividad, responsabilidad, debiendo contar
con una infraestructura adecuada, equipamiento tecnología
moderna y potencial humano altamente calificados a fin de
contribuir con el desarrollo socio-económico-cultural y la
conservación, prevención y mantenimiento del medio ambiente de
nuestra comunidad y país
MISIÓN
La Institución Educativa tiene como misión contribuir con
responsabilidad y ética profesional al desarrollo de potencialidades
de las alumnas; estimulando su creatividad e investigación,
participando en la preservación del medio ambiente e integrando su
dimensión bio-psico-social y espiritual a través de una praxis
didáctica pertinente e innovadora, basado en un proyecto de vida
personal.
CAPÍTULO IV
FINES Y OBJETIVOS
Art. 06: El Reglamento Interno tiene por finalidad normar y
organizar las funciones de la I.E.P. Nº 20188 y los órganos
que la integran para su desarrollo.
Art. 07: Son fines del Reglamento:
Establecer las normas y disposiciones generales que
regulan el control y permanencia, cumplimientos de
derechos y obligaciones del Personal Directivo, Jerárquico,
Docente, Administrativo, Servicio y sus relaciones con la
APAFA, UGEL y otras Instituciones Educativas.
Cautelar y potenciar la política educativa para la formación
integral de las educando.
Son objetivos del Reglamento:
Art. 08: Dar cumplimiento a todo lo aprobado en el presente
Reglamento.
Art. 09: Aplicar los estímulos y sanciones establecidos de acuerdo a
las situaciones que se presenten en la Institución Educativa.
Art. 10: Promover la práctica de valores en beneficio personal e
Institucional.
CAPÍTULO V
BASE LEGAL Y ALCANCES
Art. 11: El Reglamento Interno se sustenta en las siguientes
disposiciones legales vigentes:
a. Constitución Política del Perú.
b. Ley N° 28044 “Ley General de Educación”.
c. Ley N° 24029 “Ley del Profesorado”.
d. Ley N° 25212 Modificatoria de la Ley del Profesorado.
e. D.S. N° 019-ED Reglamento de la Ley del Profesorado.
f. D.S. N° 04-83 Reglamento de Educación Secundaria.
g. D.S. N° 03-83 Reglamento de Educación Primaria.
h. D.S. N° 057-85-ED Reglamento de Desarrollo de Actividades
Productivas.
i. R.V.M. N° 077-84-ED Normas de Evaluación del Educando de
Educación Secundaria.
j. R.V.M. N° 069 N-R-ED Normas Complementarias de
Auxiliar de Educación.
k. R.M. N° 016-ED Normas Para la Gestión y Desarrollo de
Actividades en los Centros y Programas Educativos.
l. Ley N° 28628 regula la participación de las APAFA en la I.I.E.E.
m.D.S. N° 20-02-ED Reglamento de la asociación de Padres de
Familia.
n. D.S. N° 25035 Ley de Simplificación Administrativa.
o. D.S. N° 008-2006-ED Lineamientos y Control de la Labor
Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas
Públicas.
p. D.S. N° 009-2005-ED.
q. Directiva 209-2005.
r. R.M. N° 048-05-ED.
s. R.M. N° 030-04-ED.
t. D.S. 016-2007-ED Proyecto Huascarán.
TITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA I.E.
CAPÍTULO VI
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
Art. 12: La I.E.P. N° 20188 de San Vicente de Cañete tiene la
siguiente estructura orgánica:
A. ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Director General.
Sub Directora del Nivel Primaria.
Sub Director del Nivel Secundaria
B. ÓRGANO DE EJECUCIÓN
Coordinador de Tutoría, Disciplina y Convivencia
Educativa
Coordinadores de Ciclo y Actividades
Docentes.
Auxiliares de Educación
C. ÓRGANO DE APOYO
Secretaria
Auxiliar de Biblioteca
Personal de Servicio
D.ÓRGANO DE ASESORAMIENTO
Consejo Educativo Institucional
Consejo Académico
Contador
E. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN
Asociación de Padres de Familia
Comités de Aula Inicial, Primaria y Secundaria
Comités de Defensoría del Niño y del Adolescente
Municipio Escolar
CAPÍTULO VII
DE LA ESTRUCTURA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Art. 13: ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
COORDINACIÓN DEL EQUIPO DE
INICIAL
DIRECCIÓN DE LA I.E.P.
DOCENTES
A.P.A.F.A
EQUIPO ADMINISTRATIVO DEPARTAMENTO DE
COORDINACIÓN, TUTORIA, DISCIPLINA Y CONVIVENCIA
EDUCATIVA
EQUIPO DOCENT EQUIPO
DOCENTE EQUIPO DOCENTE
CONSEJO ACADÉMICO
CONEI
SUB DIRECCIÓN
COORDINACIÓN DEL EQUIPO DE
PRIMARIA
COORDINACIÓN DEL EQUIPO DE
SECUNDARIA
EQUIPO DE AUXILIARES
ORGANIGRAMA FUNCIONAL
DOCENTES INICIAL
Planifica, programa y ejecuta procesos de
CONEIParticipa, concierta y vigila
APAFACoordina, planifica y ejecuta
actividades del Plan de Trabajo
ADMINISTRATIVO
Brinda apoyo administrativo, logístico
y de servicios
DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN,
TUTORIA, DISCIPLINA Y CONVIVENCIA
EDUCATIVA
CONSEJO ACADÉMICO
DIRECCIÓN
Asesora, organiza, conduce, supervisa y controla el
funcionamiento y recursos humanos
SUB DIRECCIÓNOrganiza, conduce y ejecuta procesos de enseñanza para
alcanzar los objetivos y metas de la I.E.
DOCENTES SECUNDARIA
Planifica, programa y ejecuta procesos de
enseñanza
DOCENTES PRIMARIA
Planifica, programa y ejecuta procesos de
enseñanza
AUXILIARESBrinda apoyo en
cuanto a disciplina
EQUIPO DE TALLERES
ORGANIGRAMA NOMINAL
SUB DIRECTORESLourdes Sánchez SánchezJimmy Vergara Gallegos
COORDINADOR DE OBE
COORDINADORES DE GRADO
COORDINADOR DE GRADO
II CICLO
DIRECTORPedro Tonny Luyo
Mendieta
CONEIProf. Pedro Luyo Mendieta
Prof. Lourdes Sánchez SánchezProf. Lina Sulca Godoy
Prof. Erika Panduro BardalesProf. Haydee Vera Cuzcano
APAFAPresidenta
Rigoberto CamposTesorera
María Yataco
TUTORES
TÍTULO III
LA GESTIÓN PEDAGÓGICA
CAPÍTULO VIII
DE LA CALENDARIZACIÓN Y HORARIO ACADÉMICO
Art. 14: Se cumplirá el desarrollo de las 40 semanas pedagógicas en los 3 niveles.
Art. 15: Las alumnas tendrán vacaciones 2 veces al año en forma trimestral.
Art. 16: La calendarización del año escolar 2010 será la siguiente:
El año escolar 2010 se inicia el 01 de Marzo y concluye el 31 de Diciembre del 2010.
Después del I y II trimestre, las alumnas gozarán de un descanso de 01 semana siempre
y cuando se cumpla las Horas Efectivas.
Art. 17: En los niveles de Educación Inicial y Primaria cumplirán las horas
pedagógicas de 45 minutos haciendo un total de 30 horas y 25 horas semanales
respectivamente y un mínimo de 900 horas en Inicial y1100 horas anuales en Primaria
de trabajo pedagógico efectivo.
Art. 18: En el nivel secundaria se cumplirá los 45 minutos por hora pedagógica
haciendo un total de 35 horas semanales y un mínimo de 1,200 horas de trabajo
efectivo anuales.
CAPITULO IX
DEL PROYECTO CURRICULAR DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA PÚBLICA Nº 20188.
Art. 19: Elaborado y aprobado el P.C.I. de la Institución Educativa por el pleno, se
convierte en un documento normativo, aplicándose en su totalidad, pudiendo ser
reajustado o actualizado anualmente.
CAPITULO X
DEL CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS
Art. 20:
a. El ámbito de acción del CRED es toda la Institución Educativa, primero porque
tiene como usuarios a la totalidad de los estudiantes y porque gestiona el uso
de calidad y la conservación de los recursos educativos existentes en los
diferentes espacios de la I.E.: Biblioteca, Laboratorio, Aula de Innovación
Pedagógica y toda aquello que pueda servir a los propósitos pedagógicos
señalados.
CAPITULO XI
DEL CALENDARIO CÍVICO
Art. 21: Las características de los números artísticos deben tener en cuenta el
desarrollo de las inteligencias múltiples (lingüística, musical, kinestésica, etc.) de sus
participantes.
Art. 22: Los números artísticos de las fechas cívicas deberán considerar a la promoción
y desarrollo de las capacidades, habilidades y valores de las alumnas.
Art. 23: Las actividades cívicas como: Día del Maestro, Aniversario de la I.E. y
Navidad se desarrollara en forma integrada (los tres niveles).
Art. 24: En las actividades internas deberán de tenerse en cuenta lo siguiente:
a. El docente encargado de una fecha cívica esta obligado a disertar, preparar y
ejecutar las actividades con participación de las estudiantes en acto público.
b. El horario para desarrollar las actividades cívicas internas será en la formación y
tendrá una duración de 20 minutos como máximo.
Art. 25: Para las actividades centrales deberán de:
a. Elaborar y presentar el Programa con 24 horas de anticipación a la Dirección
para su aprobación.
b. La cantidad de números artísticos deberán ser 05 como máximo.
c. Considerar un número artístico del nivel Inicial en las actividades centrales.
DE LAS RESPONSABILIDADES
Art. 26: Los Docentes, Tutores, Auxiliares y Profesores de turno serán responsables
del orden y disciplina de las alumnas en las fechas cívicas y en todas las actividades
permanentes que se realicen en la Institución Educativa.
DE LAS SANCIONES:
Art. 27: Los docentes que incumplan con la responsabilidad del desarrollo de las
actividades cívicas, serán acreedores a una llamada de atención por escrito
(memorándum) y será considerada como demérito en su ficha de desempeño laboral.
TITULO IV
GESTIÓN INSTITUCIONAL
CAPITULO XII
DE LA MATRICULA Y HORARIO DEL PERSONAL
DE LA MATRICULA
Art. 28: La matricula de las estudiantes de Educación Inicial,
Primaria y Secundaria, se realizará a petición del padre o apoderado
en el primer grado. Para efectos de matrícula se respetará los
dispositivos vigentes. La ratificación de la matricula es automática
en los tres niveles.
Art. 29: Los responsables de la matricula del nivel Inicial, Primaria
y Secundaria serán los Sub-Directores de cada nivel con apoyo de
las secretarias.
Art. 30: Las alumnas que procedan de otras Instituciones
Educativas, con traslado de matrícula, deberán presentar su
certificado de conducta aprobatoria y documentación completa
original, de acuerdo a normas, dentro de un tiempo límite.
Art. 31: Las estudiantes que proceden del nivel primario serán
matriculadas automáticamente en el nivel secundario y aquellas que
no proceden de la Institución y existan vacantes limitada deberán
ser sometidas a un examen de selección para coberturar las
vacantes existentes, teniendo en cuenta la zonificación siguiente:
1. Alumnas que procedan del distrito de San Vicente.
2. Alumnas que procedan del distrito de Imperial.
3. Alumnas que procedan del distrito de San Luis.
4. Alumnas que procedan del distrito de Nuevo Imperial.
5. Alumnas que procedan del distrito de Cerro Azul.
6. Alumnas que procedan de otro distrito de la provincia de
Cañete.
Art. 32: La evaluación de las estudiantes es permanente, integral y
sistemática en todas las áreas salvo exoneración.
Art. 33: Se deberá administrar las siguientes evaluaciones:
a. Evaluación de entrada (inicio de clases).
b. Evaluación de progreso (durante el desarrollo de clases).
c. Evaluación de salida (al termino de cada trimestre).
d. Evaluación de trimestre (al termino de cada trimestre).
e. Evaluación de aplazados (mes de marzo).
f. Evaluación de subsanaciones (mes de junio, julio y marzo).
g. No considerar en proceso de matricula a las alumnas
repitentes en el mismo grado (2 años consecutivos).
Art. 34: La certificación de los educando la realiza el Director.
Art. 35: Las evaluaciones de estudios independientes se realiza en
marzo y agosto.
Art. 36: Secciones que tengan más del 30% de desaprobadas, el
coordinador pedagógico realizara el informe correspondiente.
HORARIO DEL PERSONAL
Art. 37: La jornada de trabajo de la Institución Educativa, se
adecuará al funcionamiento del servicio educativo establecido.
Quedando establecido que no existe tolerancia.
A. DEL PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO
La jornada laboral del personal directivo y jerárquico se
adecuará a las necesidades de la Institución Educativa con
una jornada diaria no menor a 08 horas cronológicas.
B. DEL PERSONAL DOCENTE
La jornada del personal docente será de acuerdo al turno en
que labora, cumpliendo su jornada la que establece su
nombramiento o contrato de acuerdo a la normatividad
vigente.
Mañana Tarde
8.00 a 1.00 p.m. 1.00 p.m. a 6.00 p.m.
Los profesores de 30 horas ingresan a trabajar de 8.00 a.m.
a 1.00 p.m. y los profesores de 24 horas ingresan a
trabajar de 1.00 p.m. a 6.00 p.m.
C. DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
La jornada de trabajo que rige para el sector de la
administración pública, es de 7:45 horas diarias en los
meses de enero a diciembre, la jornada se cumplirá de
lunes a viernes, de conformidad con la normatividad
vigente.
La Dirección establecerá el horario del personal
administrativo y de servicio de acuerdo a las necesidades de
servicio de la Institución.
Art. 38: De la asistencia, tardanzas y permisos se efectuaran de la
siguiente manera:
a. El profesor debe ingresar al colegio 5 minutos antes de la
primera hora de clases.
b. . Se considera como inasistencia el no firmar no sólo la tarjeta
de asistencia de ingreso y salida si no también la omisión en la
firma del parte diario de asistencia de ingreso y de salida por
horas efectivas de aula. Los partes deberán estar desde la 1
p.m. a 6 p.m en el aula siendo responsables los Auxiliares de
Educación. De igual manera los trabajadores que sin causa
justificada abandonen su puesto de trabajo antes de cumplir su
jornada laboral diaria.
c. Las inasistencias por enfermedad serán justificadas
debidamente comprobada o por desgracia familiar será
comunicada a la Dirección dentro de las 48 horas será
regularizado con documentos sustentatorios.
d. El Director de la Institución estará facultado para otorgar
permiso por (03) tres días por motivos personales durante el
año pudiendo denegarlo por necesidades de servicio.
Art. 39: El personal Directivo y Administrativo de la I.E.P. harán
uso de sus vacaciones y licencia en base a dispositivos legales,
vigentes y el rol de vacaciones serán previamente establecidos por
la Dirección y aprobado mediante R. D. por la UGEL Nº 08.
CAPITULO XIII
DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Y PLAN ANUAL
DE TRABAJO
Art. 40: Respetar la aprobación del Plan Anual de Trabajo
apoyándolo en su desarrollo y ejecución.
Art. 41: Queda prohibido efectuar actividades que no este
contemplado en el PAT.
Art. 42: Bajo ninguna circunstancia se permitirá la creación de
nuevos comités ni cargo alguno, sólo serán reconocidos los que
estipulan las normas vigentes.
Art. 43: Se deberá planificar las actividades de la manera que no se
exagere en cuotas a los comités de padres de familia.
CAPITULO XIV
DE LOS DEBERES Y DRECHOS DEL PERSONAL
Art. 44: PERSONAL DIRECTIVO
DIRECTOR
El Director es la primera autoridad del plantel y su deber es
velar por el cumplimiento de los objetivos y fines de la ley de
Educación N° 28044 D.S. Nº 03-ED y tiene las siguientes
funciones:
a. Planificar, organizar, asesorar, coordinar, supervisar, controlar
y evaluar la gestión Educativa de los tres niveles.
b. Difundir la correcta aplicación de las disposiciones vigentes.
c. Velar por la conservación, mantenimiento y mejoramiento de la
infraestructura escolar.
d. Brindar buen trato o a todo el personal de la Institución.
e. Llevar el Libro de Inventario de los diferentes bienes de la
Institución Educativa.
f. Informar el balance general de acuerdo a las normas vigentes.
g. Cumplir con normas pedagógicas y administrativas de
acuerdo a los dispositivos vigentes.
h. Efectuar con los Sub-Directores la supervisión dentro del
plantel para asegurar la eficiencia de la formación integral
del educando basado en el plan de supervisión y monitoreo.
i. Promover y ejecutar talleres y capacitaciones propiciando la
asistencia obligatoria del personal.
j. Realizar la vización de los documentos del personal docente.
k. Realiza el informe general (memoria) y la documentación de
finalización del año escolar.
l. Organizar eventos para capacitar y actualizar al personal
docente.
m.Asegurar la participación la comunidad educativa en la
elaboración del PEI, PCC, PAT, RI y en todas las actividades
pedagógicas.
n. Coordinar y formalizar los mecanismos de articulación entre el
CRED y las Aulas de Innovación Tecnológicas, Huascarán
proyectos de Innovación Educativa, Municipios Escolares,
servicio de Tutoría, APAFA y todas las instancias pertinentes
a los fines del CRED.
o. Encabezar las campañas de lectura dentro y fuera de la
Institución Educativa.
p. Representa legalmente a la Institución.
q. Autoriza visitas de estudio, paseos excursiones, dentro del
ámbito del distrito de San Vicente de acuerdo a la
normatividad vigente.
r. Autoriza la rectificación de nombres y apellidos de los
educandos en los documentos pedagógicos oficiales de
acuerdo a las normas específicas.
s. Estimular y sanciona según el caso de las alumnas.
t. Dirige, coordina, asesora, supervisa y evalúa al personal a su
cargo.
u. Llama la atención verbalmente o por escrito al personal a su
cargo por incumplimiento de funciones. En caso de
reincidencia o gravedad de la falta, informa por escrito la
superioridad.
v. Autoriza al uso eventual de ambientes y/o equipos a otras
Instituciones para los fines educativos, culturales y deportivos
exigiendo garantías del buen uso.
w. Aprueban el Plan Anual de Trabajo, Plan Anual de Supervisión
Educativa y el Reglamento de la Institución Educativo y los
demás instrumentos de gestión.
x. Controla la asistencia y permanencia de todo el personal de la
I.E.
y. Realiza el consolidado del parte de asistencia de los niveles
inicial, primaria y secundaria con apoyo de los sub directores..
LOS SUB DIRECTORES: (Primaria y Secundaria)
Los Sub-Directores son responsable de la planificación,
organización. Depende del Director y tienen las siguientes
funciones:
a. Planifican, organizan, supervisan y evalúan las actividades
Técnico Pedagógico de los niveles según corresponda
(Inicial, Primaria y Secundaria).
b. Orientan, supervisan y evalúan permanentemente las
funciones específicas del personal.
c. Coordinan y controlan la administración y uso racional de
los equipos, talleres, laboratorios, bibliotecas y demás
recursos y material educativo de la Institución.
d. Supervisan la correcta aplicación del proceso de evaluación.
e. Convocan y dirigen las reuniones técnico pedagógico para
coordinar y evaluar el trabajo técnico pedagógico y
educativo.
f. Asesoran al Director en asuntos técnicos pedagógicos.
g. Representa por delegación al Director.
h. Participan en la formulación del Plan de Trabajo.
i. Organizan las actividades de recuperación académicas
durante el año y el periodo vacacional. Informa
periódicamente al Director sobre la situación técnico
pedagógico y administrativa del programa.
j. Programan y realizan jornada de capacitación, actualización
pedagógica.
k. Realizan las supervisiones de los docentes según
corresponda( Inicial, Primaria o Secundaria)
l. Informan periódicamente al Director, a los profesores,
alumnas y padres de familia sobre el desarrollo del proceso
de enseñanza y aprendizaje.
m.Programan la organización de actividades de exploración
de interés, actitudes y orientación vocacional.
n. En caso de ausencia del Director, la Sub-Directora asume
las funciones del mismo.
o. Participa en la ejecución, supervisión y evaluación del Plan
Anual de Trabajo.
p. Revisan y visan las unidades didácticas y sesiones de los
docentes del nivel Inicial, Primaria o secundaria según
corresponda.
DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE
Art. 45: DEBERES
a. Participar como miembro de la comunidad magisterial en las
labores que le competen.
b. Colaborar con la Dirección del plantel
c. Es responsable de la sección a su cargo en las obligaciones de
su función.
d. Elaborar las PRE-Nóminas de los alumnos de acuerdo al orden
alfabético en el nivel Inicial y Primaria.
e. Realizar la organización del aula.
f. Analizar y diversificar el DCN, tomando en cuenta la
metodología y evaluación para la elaboración del programa de
grado y posteriormente las unidades didácticas.
g. Conocer a la niña a su cargo en los aspectos físico, psíquico e
intelectual.
h. Efectuar evaluaciones pertinentes a las alumnas.
i. Firmar la tarjeta de asistencia al entrar y salir de la Institución
en inicial, primaria y en secundaria también deberán firmar
el parte de horas efectivas de clase.
j. Conocer, manejar y respetar los instrumentos de gestión.
k. Cumplir con su rol de turno llegando 15 minutos antes a la
Institución. Los turnos se darán en los tres niveles, Inicial,
Primaria y Secundaria.
l. Informar a la sub dirección, coordinación de tutoría o
auxiliares de las indisciplinas suscitadas por las alumnas
dentro y fuera del aula.
m.Cumplir con la entrega de sus documentos técnicos
pedagógicos en la fecha indicada.
n. Mantener las buenas relaciones humanas con los demás
docentes.
o. Asistir a las reuniones de coordinación de los tres niveles a
partir de 6.00 p.m.
p. Estar presente de inicio a fin en las reuniones de trabajo para
lo cual se efectuara el control de asistencia por el Director,
Sub Directores con el apoyo del CONEI.
q. No abandonar al alumnado en horas de clase.
r. Participar en las actividades permanentes en forma activa
entonando el Himno Nacional y frente a las alumnas.
s. Participar en forma obligatoria en el turno correspondiente.
t. Promover el desarrollo integral de las alumnas en el aspecto
cognoscitivo, afectivo y formativo.
u. El docente debe esforzarse por conocer nuevas aplicaciones
metodológicas de enseñanza y de evaluación para mejorar el
proceso Enseñanza-Aprendizaje.
v. El personal docente de los tres niveles debe participar en los
desfiles de fiestas patrias y en los aniversarios de la provincia,
en la disertación de las fechas cívicas entre otros.
w. No ingerir alimentos en el aula, en hora de clase.
x. Informar oportunamente sobre las evaluaciones de las
alumnas.
y. Asistir a capacitaciones y ejecutar el efecto multiplicador a los
docentes de la Institución Educativa.
z. No permitir el ingreso de los padres de familia a la Institución
o al aula en horas de clase.
Art. 46: La Dirección del plantel garantiza el cumplimiento no sólo
de los derechos si no también los deberes de los docentes,
estimulado por la Ley General de Educación y demás normas
vigentes.
Art. 47: DERECHOS
a. Tiene derecho a asociarse libremente en resguardo de sus
intereses.
b. Tiene derecho a capacitarse o perfeccionarse en su
especialidad, sin perjuicio de su remuneración según normas.
c. Recibir estímulos en reciprocidad a su cumplimiento, esfuerzo
y dedicación al trabajo.
d. Es derecho del docente gozar de un día libre en su jornada
laboral (nivel secundario) siempre y cuando no perjudique la
atención de las alumnas.
e. Tiene derecho a postular a los cargos jerárquicos donde
demuestre capacidad e identidad.
f. Tiene derecho a participar en la formación, ejecución y
evaluación de los planes de trabajo de la Institución Educativa.
g. Tiene derecho a recibir un trato justo y adecuado de la
autoridad y miembro de la comunidad educativa.
h. Tiene derecho a licencia con goce de haber, además de
permisos de acuerdo a La normatividad vigente y ley del
profesorado.
EL COORDINADOR (A) DE TUTORÍA, DISCIPLINA Y
CONVIVENCIA
Art. 48: La coordinación de tutoría desempeña las siguientes
funciones:
a. Elabora el Plan Integral de Tutoría.
b. Elabora, ejecuta, evalúa e informa las acciones de tutoría con
las alumnas.
c. Programa, organiza, supervisa y evalúa las actividades de
tutoría en coordinación con los docentes tutores del plantel.
d. Elabora en coordinación con los docentes el calendario
escolar.
e. Implementar el botiquín escolar.
f. Orienta e implementa el manejo, aplicación y desarrollo de
técnicas de Tutoría.
g. Establece canales de coordinación y comunicación con
entidades, docentes y padres de familia por grado de estudios
con el propósito de lograr su participación.
h. Atiende problemas de los educandos presentados por los
profesores y padres de familia a través del comité de Tutoría.
i. Promueve la práctica de valores y principios éticos en los
educandos.
j. Controla la disciplina del educando en coordinación con las
auxiliares de educación.
k. Realiza y programa reuniones periódicas con los padres de
familia por grado de estudios para informarles el resultado de
su asistencia, tardanza y comportamiento de los educandos.
l. Participa directa y activamente con los docentes en actividades
cívicas y patrióticas, recreativas, religiosas y artísticas en las
que intervienen en la Institución Educativa.
m.Coordina con todos los docentes las acciones que aseguran la
correcta participación de la I.E. en los actos cívicos y desfiles
escolares.
n. Promueve la realización de charlas dirigidas a la comunidad y
padres de familia utilizando los diferentes medios de
comunicación.
o. Promueve la organización de Instituciones Estudiantiles.
p. Canaliza la realización de paseos, visitas de estudio y
excursiones escolares, para derivarse a la UGEL.
q. Realiza las demás funciones a fines al cargo que le asigne el
Director de la Institución Educativa.
r. Promueve reuniones periódicas con los tutores de cada grado o
sección.
s. Integra el comité de tutoría.
t. Vigilar que se cumpla la hora de tutoría.
FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE
Art. 49: Las funciones del personal docente son:
a. El docente debe marcar y firmar la tarjeta de asistencia al
ingresar y salir de la I.E.
b. El personal docente deber firmar el parte de asistencia de su
jornada laboral o de hora efectiva de trabajo. Detectar
problemas que afecten el desarrollo de los educandos en su
disciplina y/o aprendizaje derivándola a las que requieran
atención en O.B.E o Consejo Educativo Institucional.
c. Participa en las acciones programadas de investigación,
experimentación de nuevos métodos de trabajo y técnico
pedagógico.
d. Participa en la elaboración, ejecución y evaluación de los
documentos de gestión (PEI, PCI, RIN, PAT, IGA).
e. Cumple con sus horas pedagógicas, si faltase deja su sesión de
aprendizaje para atender a las alumnas.
f. El docente que solicite permiso deberá recuperar las horas
EFECTIVAS pedagógicas.
g. Integra las comisiones de trabajo y colabora con la Dirección
de la Institución Educativa en acciones que permita el
desarrollo y logros de objetivos para el bienestar intelectual de
los mismos.
h. Coopera en las acciones permanentes con los padres de familia
sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el
comportamiento del alumnado.
i. Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares y las
extracurriculares.
j. Colabora en las acciones de tutoría y disciplina.
k. Organiza y ambienta el aula preparando el material didáctico
con la participación de las alumnas y padres de familia.
l. Entrega oportunamente el resultado de las evaluaciones de las
alumnas.
m.El personal docente nombrado y contratado colabora en las
actividades de la Institución Educativa y participara con los
mismos derechos y obligaciones.
n. Las vacaciones de fin de año para los docentes será cuando
concluya el año escolar y la entrega respectiva de todas las
documentaciones a la Dirección y/o Sub-Dirección; así como la
programación del año siguiente.
o. Todo el personal docente deberá asistir a las actividades
cívicas, actuaciones con carácter de obligatoriedad.
p. Apoyar obligatoriamente en las actividades permanentes.
q. Orientar al educando para el depósito y clasificación de
material de desecho en aula y patio (Inicial, primaria y
secundaria)
r. El docente que le toca dictar clases en la última hora se
encargara que las alumnas salgan formadas del aula hasta el
portón de entrada bajo responsabilidad del caso.
s. Todos los docentes tienen la obligación de velar por el orden
manteniendo la limpieza y conservación del aula e
instalaciones de la Institución.
DEL AULA DE INNOVACIÓN
Art. 50: El uso y aprovechamiento pedagógico del Aula de
Innovación:
a. El Aula de Innovación es el escenario de aprendizaje en el que
las TIC reintegran en las actividades pedagógicas
programadas.
b. Toda actividad en el Aula de Innovación Pedagógica debe
conducir al aprovechamiento pedagógico de las TIC.
c. En el Aula de Innovación Pedagógica se deben de respetar las
normas éticas, morales, de buenas costumbres (ley 28119 que
prohíbe el acceso de menores a páginas Web que tengan
contenidos pornográficos).
d. Las estrategias metodológicas a desarrollar en el Aula de
Innovación deben adaptarse al equipamiento e infraestructura
existente (número de computadoras, tamaño de aula, software
disponible y similares) en ello radica el aprovechamiento
pedagógico de las TIC. En los CD de capacitación docente se
incluyen las orientaciones al respecto.
e. La página de inicio en todos los navegadores utilizados en el
Aula de Innovación debe ser el portal educativo
http://www.huascaran .edu.pe.
f. El Aula de Innovación debe de contar con un reglamento que
norme sus actividades, el uso de los recursos educativos,
equipamiento e infraestructuras. Tal documento debe ser
elaborado por el docente responsable, visado por el Director
de la Institución Educativa y emitido al órgano desconcentrado
correspondiente.
Dicho reglamento debe consignar:
Normas de empleo (uso, seguridad, preservación) de los
recursos, equipamiento e infraestructura, según lo
indicado en la directiva Nº 002-VMGP/P.HUASCARÁN-
2005 “Normas Para la Distribución de Equipos y
Materiales Educativos Para las Instituciones Educativas
Incorporadas al Proyecto Huascarán”.
Normas de convivencia y trabajo en el aula.
Organización y horarios de uso.
Criterios y regulación de uso de los recursos,
equipamiento e infraestructura (dentro y fuera del
periodo lectivo).
g. El docente responsable del Aula de Innovación, en
coordinación con la Dirección de la Institución Educativa,
elaborará el cuadro de distribución de uso del Aula, destinando
horas de práctica para los docentes.
FUNCIONES DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIÓN
HUASCARÁN
ART. 51: Las funciones del docente responsable del Aula de
Innovación son:
a. Difundir promover y aplicar los planteamientos pedagógicos
de la Dirección general de tecnología educativos en la
Institución Educativa.
b. Organizar y planificar las actividades educativas del Aula de
Innovación, promover la implementación de bibliotecas
virtuales para la I.E. el desarrollo de materiales educativos por
docentes y estudiantes y el trabajo colaborativo en la
institución educativa y con sus padres de otras Instituciones
Educativas.
c. Promover la participación de docentes y estudiantes en las
comunidades virtuales del portal educativo Perú.
d. Incentivar el uso del Aula de Innovación por los docentes de
todos los niveles y modalidades. El aprovechamiento
pedagógico de las TIC es transversal a todas las áreas
curriculares.
e. Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos
educativos, equipamiento e infraestructura del Aula de
Innovación.
f. Coordinar con los(as) docentes bibliotecarios la elaboración
del catálogo de recursos educativos de la Institución utilizando
el TIC.
g. Mantener actualizado el registro de asistencia al Aula de
Innovación.
h. Elaborar los documentos vinculados con el funcionario del Aula
de Innovación (Plan Anual de Trabajo, Reglamentos, Catálogo
de recursos, Horarios, Registro de Asistencia, entre otros.
i. Asegurar que el software instalado cuente con la licencia
respectiva.
j. Asesorar a los docentes en el desarrollo de actividades
educativas con TIC.
k. Organizar actividades de capacitación para el
aprovechamiento de las TIC.
FUNCIONES DEL PROFESOR DE TURNO
Art. 52: Las funciones del profesor de turno son las siguientes:
a. El turno es obligatorio para los profesores de Inicial, Primaria,
Secundaria y Educación Física.
b. El turno es semanal, por causa justificada será posible el
cambio respectivo previa disposición de la Dirección.
c. El profesor observara a las alumnas en el ingreso,
d. recreo y salida.
e. El profesor estará a cargo de la motivación constante por el
estudio, revisión del aseo y otras actividades de fijación de los
buenos hábitos.
f. Esta prohibido delegar funciones a los alumnos.
g. Realiza las funciones pertinentes durante la semana.
h. Las actividades permanentes serán de 15 minutos.
i. Después del recreo las alumnas entraran de forma ordenada a
sus respectivas aulas.
j. Los docentes de turno ingresaran 15 minutos antes para la
formación en ambos turnos.
FUNCIONES DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA
Art. 53: Las funciones del profesor de Educación Física son:
a. Impartir la cultura física a las alumnas a través de la gimnasia,
atletismo y demás deportes.
b. Fomentar clubes deportivos auxiliares.
c. Organizar campeonatos intersecciones en los diversos
deportes.
d. Cuidar la integridad física y mental de las alumnas al salir a
alguna invitación y retornar a la I.E.
e. Velar por el bienestar, conservación y mantenimiento de los
materiales deportivos.
f. Participar en todas las actividades cívicas y eventos deportivos
que requieran su presencia.
g. Elaborar y hacer llegar a la Dirección las nóminas de las
alumnas que participan en los eventos deportivos.
h. Es responsable de la preparación y/o entrenamiento de las
alumnas que participaran en las diferentes disciplinas
deportivas dentro y fuera de la Institución. En horario
extracurricular con autorización de la padres de familia.
i. Los profesores de Educación Física deben usar la loza de la
I.E.
FUNCIONES DE LOS PROFESORES TUTORES
Art. 54: Las funciones del profesor tutor son:
a. Organiza con el cordinador (a) las acciones y actividades
tutoriales.
b. El servicio de tutoría es responsabilidad de todo profesor de la
asignatura, asumiendo la tutoría de una sección obligatoria
como función inherente del educador y en primaria estará a
cargo del profesora de aula.
c. Hacer conocer el Reglamento Interno de la institución
educativa, establecido como un conjunto de normas
indispensables para lograr la disciplina y responsabilidad de
toda la comunidad educativa.
d. Programar y contribuir en las actividades de tutoría, en el
salón y en la Institución Educativa.
e. Participar activamente en la formación integral de las
alumnas, creando conciencia de orden, respeto, solidaridad,
ayuda mutua, práctica de valores cristianos. Respeto a los
símbolos patrios y al colegio.
f. Elabora un micro diagnóstico de las alumnas a su cargo a fin
de elaborar el Plan Tutorial a nivel de aula.
g. Forma el comité de aula, para poder ejercer la consejería
individual tanto de los alumnos como de los padres de familia.
h. Cita a los padres de familia cuyos hijos presenten problemas
de orden económico, físico, psicológico y conductual.
i. Entrega a los padres de familia la Tarjeta de Información de
evaluación del aprendizaje y conducta.
j. El docente incluirá en las actividades, aspectos relacionados
con la formación integral de la alumna en las áreas de
personal, salud y vocacional. Así como las otras áreas de la
tutoría.
AUXILIARES DE EDUCACIÓN
Art. 55: Las auxiliares de educación, son el personal que realiza
funciones de apoyo técnico pedagógico y son responsables de la
orientación, control disciplinario y asistencia de las educandos.
Dependen del sub director del nivel secundaria y desempeñan sus
labores en coordinación con él.
Art. 56: Las auxiliares de educación desempeñan las siguientes
funciones:
a. Orienta el comportamiento del educando en armonía con las
normas establecidas y llevan el registro anecdótico o de
incidencias de las alumnas bajo su responsabilidad.
b. Mantiene actualizado el registro de tardanzas, asistencia y
control de los educandos por grados y secciones, informando a
las alumnas que no asisten con frecuencia semanalmente.
c. Elaboran la información sobre las causas de inasistencia y
tardanzas del educando.
d. Colaboran con los padres de familia en el tratamiento de los
problemas sencillos de conducta.
e. Controlan la realización de las tareas escolares en las aulas en
caso de ausencia de los profesores.
f. Mantiene la disciplina y el orden de las alumnas en la I.E.
g. Realiza la formación de los alumnos en el patio y en las
actividades cívicas patrióticas, dentro y fuera del plantel.
h. Exigen a los educandos, adecuada presentación personal, uso
de las prendas de vestir y observación del aseo personal, así
como la conservación de la infraestructura, el material
educativo y el mobiliario escolar y su uniforme.
i. Apoyan las acciones de bienestar del educando programado
por el plantel.
j. Auxilian a las alumnas en caso de emergencia.
k. Orientan y controlan el cumplimiento de las normas sobre el
comportamiento de las alumnas que emanen de la Dirección
del plantel.
l. Es responsable de los grados y secciones de estudios que se le
asigne, incluyendo el mobiliario y parte de la infraestructura
del pabellón a su cargo.
m.Las auxiliares serán las encargadas de tocar el timbre para el
cambio de hora, entrada, salida y refrigerio.
n. Apoyan la previsión de recursos y materiales didácticos
(motas, tizas, etc).
o. Efectúan rondas permanentes por los diferentes lugares de la
Institución Educativa, velando por el estricto cumplimiento de
las normas de disciplina en horas de clase y de recreo.
p. Se encargarán del llenado de las libretas de notas de la
sección que le corresponde.
q. Elabora y llena los registros de evaluaciones de conducta de
las alumnas.
ÓRGANO DE APOYO
SECRETARIA
Art. 57: Las funciones de secretaria son las siguientes:
a. Brindar buen trato y atención al personal de la I.E. y/o
usuarios.
b. Elabora los certificados de estudio oficiales de los tres niveles
que como servicio educativo se efectúan en el plantel.
c. Recepciona pre nóminas y elabora nóminas de los tres niveles.
d. Recepciona pre actas y elabora las actas de los tres niveles.
e. Recepciona, verifica, clasifica, organiza y archiva las actas de
evaluación promocional, exámenes de cargo, aplazados y otros
documentos relacionado con el plantel.
f. Transcribe y publica normas, documentos de gestión y otros
relacionados con la I.E.
g. Orienta el proceso de obtención de becas a las alumnas con
ingreso libre a los Institutos y Universidades transcribiendo el
decreto respectivo.
h. Apoya al CRED.
i. Participa en todas las comisiones y actividades que realiza la
Institución.
AUXILIAR DE CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS
Art. 58: La auxiliar del CRE es responsable de la organización y
administración del CRE del plantel y depende de la Dirección.
Sus funciones son las siguientes:
a. Registro de ingreso - inventario del patrimonio del centro de
recursos educativos en formato electrónico, ya sea en Word,
Excel o en microsoft
b. Distribuye el material didáctico a su cargo a los docentes que
lo solicitan.
c. Realiza la clasificación y codificación de materiales
bibliográficos de acuerdo al sistema y método específico.
d. soluciona consultas de los alumnos y profesores, propone
bibliografía sobre materia específica.
e. Propicia campaña de actualización de las bibliotecas de la I.E.
f. Supervisa el ingreso y egreso del material bibliográfico.
g. Mantiene actualizado el inventario de la biblioteca.
h. Lleva registro de editoriales y libretas, propone la adquisición
de nuevas publicaciones.
i. Lleva la responsabilidad del cuaderno de control de: libros,
materiales didácticos utilizados por los docentes y las alumnas.
j. Atiende con esmero al usuario.
k. Apoya en las funciones de secretaría y en la elaboración de los
documentos siempre que sea solicitado por el Director.
l. Organiza las actividades por la semana de la biblioteca en
coordinación con el respectivo comité.
m.Orienta a los lectores (alumnos y docentes) el uso adecuado
del material bibliográfico a su cargo.
n. Su jornada laboral es de acuerdo a las necesidades de las
alumnas y profesores.
o. El cambio de horario de atención se hará previa coordinación
con la Dirección de la I.E.
p. En caso de pérdida de los libros se hará responsable el usuario
y la auxiliar de biblioteca según sea el caso.
q. Participa en las comisiones que realiza la Institución.
r. Brinda un trato adecuado a los profesores y alumnas.
DEL PERSONAL DE SERVICIO I Y II
Art. 59: El personal de servicio I y II es el personal que vela por la
conservación de la infraestructura e higiene del colegio, guardianía,
portería, mantenimiento del local, instalaciones, mobiliario y
equipamiento del plantel. Depende orgánicamente de acuerdo al
organigrama del Director y Sub Directores del plantel.
Art. 60: El trabajador de servicio I y II realiza las siguientes
funciones:
a. Controla el ingreso y salida de los usuarios del plantel.
b. Realiza labores de mantenimiento y limpieza de las
instalaciones del plantel opera en la portería.
c. Anota en el cuaderno de ocurrencias todas las incidencias
desarrolladas durante sus horas de labor.
d. Controla el ingreso de personas extrañas al plantel e informa a
la Dirección de cualquier anormalidad.
e. Entrega al personal de servicio de turno que lo reemplaza el
cuaderno de ocurrencias e incidencias, llaves y otros.
f. Controla el ingreso y salida de los enseres que tengan
autorización por la Dirección.
g. Vela por la buena conservación de los jardines y campos
deportivos.
h. Realiza limpieza y mantenimiento de las oficinas, aulas,
servicios higiénicos y perímetro externo de la Institución
Educativa.
i. Prohíbe el ingreso al local a personas ajenas a la Institución y
al público usuario, después de concluir su jornada en el
plantel, salvo autorización expresa del Director.
j. Controla y custodia el local, equipos, mobiliarios y materiales
del plantel.
k. Realiza las demás funciones al cargo que le asigne el Director
o Sub Directores.
l. En caso de producirse robo o intromisión en la parte física del
plantel, comunica inmediatamente al Director o autoridades
públicas.
m.Es de entera responsabilidad del personal de servicio (portero,
guardián, barredor) responder en caso de sustracción de
enseres o perjuicios a la planta física ocurridas en su horario
de trabajo.
n. La limpieza especial o general se llevará a cabo un sábado de
cada mes.
o. La jornada laboral es de 08 horas cronológicas diarias. Y de
acuerdo a las necesidades de la Institución Educativa.
Tiene derecho al refrigerio contabilizándose para ello 15
minutos de su jornada laboral
PERSONAL DE SERVICIO II
Art. 61: Cargo guardián nocturno, depende del Director de la
Institución Educativa.
FUNCIONES ESPECÍFICAS
a. Cumplir actividades de vigilancia y seguridad en horario
nocturno.
b. Controlar que los muebles, enseres y otras pertenencias no
salgan de la Institución Educativa dentro de su horario de
trabajo, de ser así, debe de contar con la autorización firmada
del Director de la Institución Educativa.
c. No permitir el ingreso de personas a la Institución Educativa
fuera del horario normal de trabajo, salvo autorización firmada
por el Director de la I.E.
d. Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la
Institución Educativa, durante su horario de trabajo.
e. Realizar rondas permanentes por todos los ámbitos de la
Institución Educativa, verificando que todo este sin novedad,
caso contrario tomará las acciones más convenientes.
f. Realizar el relevo de turno con el portero o personal de
servicio del turno diurno, verificando la conformidad o las
novedades presentadas en su jornada de trabajo.
g. Registrar en el cuaderno de ocurrencias las novedades
producidas dentro del horario de trabajo, el cual será
verificado por su jefe inmediato.
h. Velar por el mantenimiento y conservación de los materiales,
herramientas e implementos de trabajo a su cargo.
CAPITULO XV
ESTÍMULOS Y SANCIONES
Art. 62: DE LOS ESTÍMULOS A LOS DOCENTES
Los docentes que cumplan con sus funciones y realicen acciones
excepcionales a favor de la educación, se harán acreedores de los
siguientes estímulos:
a. Agradecimiento mediante oficios o Resolución Directoral.
b. Felicitaciones
c. Diploma de mérito
d. Estímulo, materiales de acuerdo a la disponibilidad
presupuestal de la entidad.
e. Información a las autoridades para estímulos y
reconocimientos.
Art. 63: FALTAS ADMINISTRATIVAS (PROHIBICIONES)
a. Incumplir las funciones del cargo o desempeño con
negligencia.
b. Inasistencia y tardanzas a la Institución Educativa sin causa
justificada.
c. Atentar contra la integridad física y moral de las alumnas.
d. Faltar de palabra u otra a la autoridad educativa y colegas.
e. Permitir el ingreso de padres de familia al aula dentro de la
jornada laboral.
f. Acumular tres tardanzas o más al mes.
g. Abandonar el salón de clases en horas de labor sin la debida
autorización de su jefe inmediato superior o realizar
actividades distintas a sus funciones.
h. Registrar y/o firmar indebidamente en el parte de asistencia
diaria, así mismo sustraerla o alterarla.
i. Traer niños a la Institución Educativa durante la jornada
laboral.
j. Solicitar o motivar a los padres de familia la compra de textos
escolares.
Art. 64: SANCIÓN AL PERSONAL DOCENTE
a. Amonestación verbal, en caso de reincidencia se dará por
escrito.
b. Por tres tardanzas o más al mes.
Primera vez llamada de atención verbal por el jefe inmediato
superior.
Segunda reincidencia, amonestación escrita suscrita por la
Dirección y descuento respectivo.
c. Por abandonar su puesto de trabajo en horas de labor sin la
debida autorización de su jefe inmediato superior o realizar
labores distintas a sus funciones.
Primera vez, llamada de atención verbal por el jefe inmediato
superior.
Segunda reincidencia, amonestación escrita, suscrita por la
dirección.
d. Registrar y/o firmar indebidamente la tarjeta de control o
parte de asistencia diaria de otro personal, así mismo sustraer
o alterar la tarjeta de control propia o ajena o parte diario de
asistencia.
Primera vez llamada de atención por escrito por el jefe
inmediato superior.
Segunda reincidencia informe a la UGEL del hecho para su
procesamiento.
e. Prohibido traer niños a la Institución Educativa durante la
jornada laboral.
Primera vez, llamada de atención verbal por el jefe inmediato
superior.
Segunda reincidencia llamada de atención por escrito.
CAPITULO XVI
DE LA SUPERVISIÓN Y ASESORAMIENTO DE
SUPERVISIÓN
Art. 65: Capacitar, monitorear y supervisar las actividades técnicos
pedagógicos de acuerdo al plan de supervisión y asesoramiento.
DE ASESORAMIENTO
Art. 66: El Director, Sub-Director(a) y el Consejo Académico es el
órgano que asesora y/o coordina las acciones que aseguran un mejor
funcionamiento del plantel.
Art. 67: El Consejo Académico desempeña las siguientes funciones:
a. Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (PCC).
b. Analiza el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones
para mejorar el aprendizaje de las alumnas.
c. Diseñar estrategias para optimizar el servicio de tutoría y
orientación vocacional.
d. Formular los criterios de evaluación y recuperación académica
de las alumnas.
e. Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones.
f. Elaborar los criterios e indicadores de auto evaluación
institucional.
g. Participar en el marco del Proyecto Educativo Institucional,
Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, Informe De
Gestión Anual y Memoria de Gestión, en la organización de
actividades y programas de la Institución Educativa.
CAPITULO XVII
LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Art. 68: El planeamiento educativo de año siguiente, se realiza
durante el mes de diciembre y si fuese necesario en el mes de
enero, con la participación del personal directivo, jerárquico,
docente, administrativo y padres de familia del plantel.
Comprende las siguientes acciones:
a. Organización del proceso de matrícula y la ratificación de la
misma.
b. Elaboración y aprobación del Plan Anual de Trabajo (PAT)
c. Elaboración y aprobación del Plan Anual de Supervisión
Educativa.
d. Reajuste, y aprobación del Reglamento Interno.
e. Organización de la evaluación, recuperación y subsanación
f. Elaboración del Cuadro de Horas.
g. Distribución de las secciones.
h. Elaboración y aprobación del horario de clases.
i. Calendarización del año escolar.
j. Elaboración o reajuste del PEI y PCI.
k. Distribución de las fechas del calendario cívico escolar.
l. Formación de los diferentes comité.
Art. 69: Cada una de las acciones consignadas en el artículo
anterior se ejecutarán teniendo en cuenta las normas y
orientaciones contenidas en los dispositivos legales vigentes para
cada caso así como identidad y la disponibilidad de tiempo de los
docentes.
DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO
Art. 70: Constituye el órgano administrativo de la Institución
Educativa:
a. El Director
b. El Sub-Director
c. Secretaria
d. Auxiliar de Biblioteca
e. Trabajador de Servicio
Art. 71: El personal que se indica en el artículo anterior es el que
está a cargo de todo lo relacionado con la infraestructura como
mobiliario, documentación y marcha administrativa del plantel.
Art. 72: Cada una de estas acciones se cumplirá de acuerdo a las
normas legales y vigentes y de acuerdo a las funciones asignadas a
cada integrante del área.
Art. 73: FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO
INSTITUCIONAL (CONEI)
EN ASPECTOS DE PARTICIPACIÓN
a. Participa en la formulación, ejecución y evaluación del PEI,
PAT, RI, PCC instrumentos de gestión educativa en el contexto
de la realidad local e institucional.
b. Promover mecanismos y modelos de participación de los
actores educativos de la sociedad civil, para contribuir al buen
clima y liderazgo institucional.
c. Fortalecer la organización, funcionamiento y seguimiento de
“Círculos de mejoramiento de la calidad del Aprendizaje y
Enseñanza”, “Círculos de Investigación” y otras formas de
organización de estudiantes como personal docente y
administrativo con el fin de elevar la calidad de los servicios
educativos.
d. Proponer a la Dirección normas de convivencia para el
personal y alumnado de la I.E. y criterios de participación en
actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas
en el marco de la ley.
e. Promover eventos de tipo académico deportivo y cultural con
otras Instituciones y la conformación de organizaciones
juveniles.
f. Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al
personal docente y administrativo que destaquen en su
desempeño en el aula y en la I.E. y a los estudiantes según los
resultados obtenidos en el marco del PCI y la misión
institucional prevista en el PEI.
g. Proponer a la APAFA por medio de su representante
mecanismos e instrumentos para contribuir en la mejora de los
aprendizajes de sus hijos, desde la familia y la Institución
Educativa a partir de aprender a escuchar a los hijos, del
mejor uso del tiempo para el estudio en el hogar, el apoyo en la
ejecución de las tareas escolares y la práctica vivencial de los
valores.
h. Cumplir con las normas vigentes establecidas.
CAPITULO XVIII
DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
Art 74: DEL PRESUPUESTO
a. Establecer y conformar los representantes del Comité de
Gestión de Recursos Propios y velar por la buena diligencia.
Está conformado:
Director quien lo preside.
La Sub Director Tesorero
Un docente elegido en asamblea general
Un trabajador administrativo
DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS
a. La administración de la plana física de la I.E. la realiza el
Director con el Comité de Infraestructura.
b. La administración, control y mantenimiento de enseres de la
propiedad de la I.E. se registra en el libro de inventario que
actualmente se hace conocer a la UGEL-08-C.
c. Los fondos económicos que ingresan por derecho de asociados
de los padres de familia son administrados por la APAFA.
d. Los fondos económicos que ingresan a la Institución Educativa
por cualquier concepto deben ser administrados por el Comité
de Recursos Financieros.
e. Información de balance trimestral.
CAPITULO XIX
DEL CLIMA, COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL
Art. 75: DEL CLIMA
El personal directivo, docente y administrativo, alumnos y padres de
familia deben crear un clima favorable siendo responsables y
solidarios de propiciarlo, coadyuvando al logro de los fines y
objetivos institucionales.
Las coordinaciones con la Dirección deben ser fluidas y estratégicas
dando soluciones a los problemas que se presentan en la Institución
Educativa.
Mantener el equilibrio de las relaciones humanas entre la
Dirección, personal docente, alumnas, personales administrativos y
padres de familia.
Art. 76: DE LA COORDINACIÓN Y RELACIÓN
Los padres de familia tendrán derecho a presentar cualquier
reclamo sobre sus hijas a la Dirección, siguiendo las
indicaciones regulares: profesor, sub dirección, y/o
coordinación de tutoría y Dirección.
Los padres de familia respetaran los aspectos técnicos
pedagógicos de los docentes y administración educativa.
a. Los padres de familia apoyaran las actividades del personal
docente.
TITULO V
RELACIONES DE COORDINACIÓN CON LA FAMILIA Y LA
COMUNIDAD
CAPITULO XX
DEBERES, DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE
Art. 77: DERECHOS
Las educando tiene los siguientes derechos:
a. Recibir formación integral y los servicios de orientación y
bienestar del educando, en cada grado de estudio dentro de un
ambiente que le brinde seguridad moral y física.
b. Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser
informado de las disposiciones que le conciernen como
alumna.
c. Puede defender sus derechos a través de sus padres o tutores
cuando considere injusta cualquier sanción en un plazo que no
exceda los 02 días calendarios.
d. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes.
e. Integrar los grupos de participación estudiantil en trabajos de
promoción comunal.
f. Recibir información del reglamento interno.
Art. 78: DEBERES
El educando de la I.E. tiene los siguientes deberes:
a. Respetar y cumplir de buen agrado y buena fe el régimen
educativo de la Institución Educativa.
b. El ingreso para las alumnas del turno mañana es de 7.45 a.m.
y la salida es a las 12.45 p.m.
c. El ingreso para las alumnas del turno tarde es de 12.45 a.m. y
la salida es a las 5.45 p.m.
d. Respetar a sus profesores, condiscípulos y personal del colegio
y otras personas y no usar el nombre del colegio en actividades
o acciones no autorizadas por la Dirección.
e. Participar en forma responsable en las actividades educativas
de la Institución Educativa absteniéndose de intervenir en
actividades político partidarista dentro del colegio y en actos
reñidos con la moral y las buenas costumbres o que atenten
con la salud física y moral.
f. Cumplir con las evaluaciones, tareas y asignaciones en las
fechas señaladas, salvo por enfermedad comprobada.
g. Asistir con puntualidad a las clases.
h. Aceptar con hidalguía, con espíritu de disciplina los consejos o
medidas correctivas que impongan las autoridades de la
Institución Educativa.
i. Cuidar el edificio, aulas de clases, mobiliarios, material de
enseñanza, baños, laboratorios, biblioteca de la Institución.
j. Reparar y si fuese necesario sustituir los muebles y enseres
dañadas en forma casual o intencional.
k. Asistir al colegio correctamente uniformada, portando
diariamente la insignia de la I.E. así como a las actuaciones
oficiales en las que participa la Institución Educativa.
l. Demostrar esmerado aseo de su persona, vestido y útiles
escolares.
m.Hacer buen uso de los servicios higiénicos y de la cafeteria.
n. Mantener con sus compañeros de clase y demás aulas
estrechos vínculos de solidaridad y colaboración mutua.
o. Respetar los símbolos patrios y entonar el Himno Nacional.
p. En caso de ausencia del profesor las alumnas permanecerán
en el aula con la presencia del auxiliar de educación,
brigadieres y policías escolares.
q. Las alumnas deberán obligatoriamente presentar tareas,
actividades de extensión en la fecha señalada de no haberlo
hecho se comunica a su padre.
Art. 79: PROHIBICIONES
El educando de la I.E. tienes las siguientes prohibiciones:
a. Valerse de recomendaciones para alcanzar ventajas y
privilegios
b. Dedicarse dentro de la I.E. a ocupaciones distintas de la
escolar o deambular por el patio, pasadizos, baños sin ingresar
al aula.
c. Emitir juicios injuriosos sobre las autoridades, profesores,
personal administrativo y de servicio.
d. Firmar actas o peticiones a favor o en contra de sus profesores
y/o condiscípulos sobre asuntos que comprometa la disciplina.
e. Solicitar en forma de posición coactiva, la adopción de
medidas de cualquier especie.
f. Hacer obsequios a sus superiores, con ánimos de conseguir
ventajas.
g. Realizar ventas o rifas no autorizadas
h. Portar cigarrillos, licor, beber o fumar dentro o fuera del aula,
cerca o en las inmediaciones del colegio.
i. Llevar consigo instrumentos punzo cortantes que puedan
causar daño.
j. Evadirse del plantel, de las aulas, de las actividades educativas
programadas.
k. Introducir en el colegio objetos de valor, de uso secundario
tales como: radio, celular, relojes, MP3, alhajas, maquillaje y
otros.
l. Cometer o intentar fraude en las pruebas, tareas, documentos
escolares como certificados de estudios y libretas de
información.
m.Guardarse para así las esquelas, citaciones, libreta de notas u
otras.
n. Causar deterioro en el local escolar, mobiliario y demás
enseres del colegio.
o. Maltrato de palabra u otras a sus compañeras ya sea en grupos
o individualmente.
p. Emplear lenguaje obsceno o realizar actos reñidos con la
moral.
q. Hacer inscripciones en las paredes, puertas, ventanas y
mobiliario del plantel.
CAPITULO XXI
DEL MUNICIPIO ESCOLAR
Art. 80: Los docentes de los grados de 6to de primaria y 5to
secundaria serán responsables de planificar y ejecutar la acciones
previstas para la elección de la alcaldesa institucional por niveles.
Art. 81: L os docentes responsables deberán presentar su plan de
actividades a la comisión del PAT para evitar cruce de otras
actividades.
CAPITULO XXII
DE LOS VIAJES Y VISITAS DE ESTUDIO
Art. 82: Los viajes y visita de estudio se realizaran teniendo en
cuenta lo siguiente:
a. Tener un buen reporte de buena conducta del 80% del
alumnado o alumna.
b. Los viajes de estudios pueden tener un máximo de 02 días
calendario.
c. Para que se ejecute el viaje de estudio deben de participar un
mínimo de 80% del alumnado del mismo grado y sección.
d. Las personas que deben participar son el tutor, docente,
profesora de aula y un auxiliar.
e. La visita de estudio dentro del distrito deberá estar planificada
con anticipación y estar registrado en la programación
pedagógica.
f. Antes de salir de viaje prever el cumplimiento con todas las
actividades programadas. Permiso otorgado por la UGEL
g. Cumplir con los requisitos estipulado en la ley vigente.
h. Las promociones del nivel Inicial, Primaria y Secundaria
deberán dejar un bien material en beneficio de la Institución.
CAPITULO XXIII
PROHIBICIONES, PREMIOS Y ESTÍMULOS
Art. 83: Son prohibiciones, premios y estímulos los siguientes:
a. Queda completamente prohibido el ingreso de los padres de
familia en horas de clase a la I.E.
b. Solo los padres de familia que tengan reunión portaran el
cuaderno de control o una contraseña del grado que hayan
sido convocados para su ingreso.
c. Los docentes informaran a los padres de familia que serán
atendidos a partir de las 12:45 p.m. en la mañana y 5:45 p.m.
en la tarde según el informe del cuaderno de control.
d. En caso de emergencia autorizada por la Dirección, podrá
ingresar el padre de familia.
e. Está terminantemente prohibido el ingreso a todo tipo de
vendedores.
f. Los docentes que cumplan con los dispositivos se les dará una
resolución de felicitación por el cumplimiento de sus funciones
y los que incumplan serán merecedores a la llamada de
atención por escrito (memorándum).
CAPITULO XXIV
DE LOS PADRES DE FAMILIA DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
Art. 84: Derechos de los padres de familia:
a. Que los hijos reciban formación acorde con los objetivos y fines
del colegio.
b. Solicitar entrevistas con los Profesores, Tutores, Director.
c. Recibir periódicamente informaciones del rendimiento
académico y de conducta de sus hijos.
d. Recibir orientación del colegio para tratar problemas que
pudieran existir en el rendimiento y conducta de sus hijos.
Art. 85: Deberes de los padres de familia:
a. Matricular a sus hijos en nuestra Institución, así como
adquieren derechos también contraen compromisos.
b. Participar consciente y activamente en los actos o reuniones
programadas por los padres de familia.
c. Colaborar en la gestión educativa del plantel.
d. Respetar a las autoridades y personal del plantel.
e. Participar en el proceso educativo de sus hijos a través de los
comités de aula.
f. Asumir y apoyar la axiología de la I.E.
Art. 86: Esta prohibido a los padres de familia:
a. Intervenir en la dirección, organización y administración de los
asuntos propios de Dirección.
b. Participar en acciones injustificadas que conduzcan al
desprestigio de la Institución Educativa.
c. Difamar a las autoridades y personal del plantel.
d. Resolver por su propia cuenta problemas que son de absoluta
responsabilidad de los profesores y Dirección de la Institución
Educativa.
e. Queda prohibido el ingreso de los padres de familia al colegio
y aula en horas de clase.
f. Queda prohibido que los padres de familia faciliten a sus hijas,
celulares, dinero y otras prendas para traer a la Institución.
Art. 87: De las sanciones a los padres de familia:
a. El colegio reservara el derecho de no renovar la matricula de
los alumnos cuyos padres o apoderados legales hayan
incumplido en forma grave lo prescrito en el presente
reglamento.
DE LA ASOCIACIÓN DE PADRE DE FAMILIA
Art. 88: La Asociación de Padres de Familia apoya a la Dirección
en aquellos aspectos que le encomienda o que gestionen por propia
iniciativa con el fin de mejorar el servicio educativo que brinda el
colegio. Sus actividades al interior de la I.E. deber ser coordinadas y
aprobadas por Dirección.
DEL KIOSKO O CAFETÍN
ART. 89: La finalidad es la atención y buen servicio al estudiante y
personal de la I.E.
ART. 90: El costo del menú no excederá los S/ 3.00 nuevos soles ya
que el servicio es en una I.E.
ART. 91: El personal que atiende en el kiosco debe estar
uniformado y prestar un buen servicio a los estudiantes y docentes,
de no ser así deberá de rescindir el contrato.
ART. 92: El expendio de los insumos y comidas deberán seguir las
normas de nutrición me higiene de acuerdo al Ministerio de Salud.
ART. 93: Menú variado y balanceado.
NORMAS DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA Nº 20188
CAPÍTULO XXV
DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS Y SANCIONES
DE LOS EDUCANDOS
ART. 94.- DERECHOS:
a. Las alumnas tiene derecho a recibir formación integral en cada
grado de estudio, dentro de un ambiente que les brinde
seguridad, moral y física, así como los servicios de bienestar.
b. Ser tratado con dignidad y respeto.
c. Recibir en forma gratuita los servicios educativos.
d. Recibir estimulo al mérito en cumplimiento de sus deberes.
e. No ser castigado físicamente y psicológicamente con sanciones
que dañen su dignidad como persona.
f. A ser evacuados en caso de enfermedad a un hospital u
organismo de salud si así lo requiere.
ART. 95.- DEBERES:
a. Los educandos tienen el deber de respetar al Director,
personal jerárquico, docentes, auxiliares de educación y
personal de servicio dentro y fuera del plantel.
b. Asistir a la Institución Educativa debidamente uniformada, con
la insignia al lado superior izquierdo de la blusa o chompa,
perfectamente aseada y sin adornos llamativos.
c. Asistir con puntualidad a la Institución Educativa según el
horario o turno establecido, en la mañana 7:45 a.m y en la
tarde 12:45 p.m.
d. Participar responsablemente en las actividades educativas en
forma obligatoria tales como: actuaciones, desfiles escolares y
otros dispuestos por la autoridad de la Institución Educativa.
e. Participar obligatoriamente en el aseo del aula y mantenerlo
limpio, así como los pasadizos, patios y/o otros.
AMBIENTES.
a. Cuidar los ambientes, equipos y demás enseres de la
Institución Educativa.
b. Permanecer en la Institución Educativa durante las horas de
clases y salir solamente a la hora establecida.
c. Justificar las inasistencias con la participación de sus padres o
apoderado en un tiempo máximo de 48 horas.
d. Las alumnas guardaran conducta ejemplar fuera y dentro de
la I.E. mientras muestre el uniforme escolar. Especialmente
cuando asistan a eventos y/o actividades extra curriculares.
e. Las alumnas tienen el deber de cantar el Himno Nacional y el
de la Institución Educativa con fervor cívico.
f. No permanecer en horas de clase en los pasadizos, cafetín y
biblioteca.
g. No comer ningún tipo de alimento dentro del aula.
h. Cumplir con el sufragio para el municipio escolar.
Art. 96.- FALTAS Y SANCIONES
Por incumplimiento de sus deberes o faltas cometidas por las
alumnas, se les aplicará las siguientes sanciones:
a. Dedicarse dentro del colegio a ocupaciones distintas o
paseándose por patios, pasadizos, baños o jardines, etc.
Sanciones:
Llamada de atención.
Descuento de 05 puntos de conducta.
En caso de reincidencia, se hará de conocimiento por los
padres de familia, que de seguir incumpliendo se les
suspenderá por 02 días en derecho a evaluación.
b. No ingresar, llegar pasado 10 minutos de la hora de entrada
(tardanza), evadirse del plantel en horas de clase y de
actividades programadas.
Sanciones:
Llamada a los padres de familia.
Suspensión de 01 a 05 días según sea el caso.
Aplicación del 30% de inasistencia.
Descuento de 03 a 10 puntos de conducta, según sea el
caso.
c. No respetar los símbolos patrios, en especial el Himno
Nacional, al Pabellón Nacional y no guardar compostura en la
formación, actuación y desfiles.
Sanciones:
Llamada de atención.
Descuento de 20 puntos de conducta.
Suspensión de 01 a 02 días.
Llamar a los padres de familia.
d. Negarse a participar en actividades cívicos-patrióticos
habiendo aceptado el compromiso.
Sanciones:
Amonestación
Descuento de 20 puntos de conducta.
Suspensión de 01 a 02 días.
Llamar a los padres de familia.
e. Asistir a clase desaseado o con apariencia extravagante como
con los labios pintados o ropa sport.
Sanciones:
Descuento de 20 puntos de conducta.
Llamar a los padres de familia.
f. Alas alumnas que portando el uniforme de la Institución y se
encuentren fuera de la Institución a cualquier hora del día y
cometieran actos reñidos contra la moral y la buena
costumbre.
Sanciones:
Descuento de 20 puntos de conducta.
Llamar a los padres de familia.
Suspensión de 01 a 08 días según sea el caso.
g. Sustraer documentos y/o objetos a sus compañeras: así como
malograr, dañar o inutilizar enseres del colegio.
Sanciones:
Descuento de 20 puntos de conducta.
Devolución de lo sustraído y/o arreglo de lo deteriorado.
Suspensión en caso de repetir la falta.
h. Realizar actos reñidos contra la urbanidad y respeto, dignidad
a las personas (escribiendo groserías, ofensas, etc.) y/o emitir
juicio lujuriosos sobre las autoridades, personal
administrativos y de servicio, familiares de las alumnas y
condiscípulos.
Sanciones:
Llamar a los padres de familia.
Descuento de 15 puntos de conducta.
Suspensión de 01 a 08 días según sea el caso.
i. Realizar cambios de notas o guardarse para si la Libreta de
Información, esquelas y otros documentos dirigidos a los
padres de familia.
Sanciones:
Llamada de atención después del caso.
Descuento de 10 puntos de conducta.
Suspensión en caso de reincidencia.
j. Iniciar pugilatos dentro y fuera del plantel, golpear a sus
compañeras abuzando de su condición física y edad.
Sanciones:
Descuento de 15 puntos de conducta.
Suspensión de 01 a 08 días según sea el caso.
k. Introducir al colegio objetos de valor como alhajas, dinero, etc.
La Institución Educativa no es responsable ni se responsabiliza
por pérdida alguna.
Sanciones:
Llamada de atención.
En caso de reincidencia llamar a los padres de familia o
apoderado.
Decomiso del objeto y devolución a los padres de familia
o apoderado.
Descuento de 20 puntos de conducta.
l. Realizar eventos o rifas no autorizadas por la dirección del
colegio.
Sanciones:
Llamada de atención.
Requisamiento del producto.
Descuento de 10 puntos de conducta.
m.Firmar documentos o peticiones a favor o en contra del
superior y/o condiscípulos o sobre asuntos que competen con
la disciplina.
Sanciones:
Llamada al padre de familia o apoderado.
En caso de doble falta descuento de 10 puntos de
conducta.
n. Usar el nombre del colegio sin la debida autorización.
Sanciones:
Llamada de atención al padre de familia o apoderado.
Descuento de 10 puntos de conducta.
o. Pintar las paredes de los corredores, aulas, pasadizos, jardines
o patio del plantel.
Sanciones:
Llamada de atención.
Descuento de 01 a 10 puntos de conducta.
Limpiar o sanear lo dañado.
p. Las alumnas que incurran en faltas disciplinarias serán
sancionadas.
Sanciones:
Amonestación verbal o escrita del profesor.
Amonestación verbal o escrita de la Dirección.
Disminución del puntaje de conducta.
Suspensión parcial o total del colegio.
NOTAS:
En la aplicación de las sanciones a las alumnas, se evita la
humillación y se le brindará la orientación correspondiente
para su recuperación.
En caso de separación temporal de la alumna, será
necesario la reunión de las siguientes personas:
Director de la Institución Educativa.
Sub-Directora
Profesora tutora de aula
Coordinador de tutoría
Representante de los profesores ante el CONEI
En caso de expulsión o separación definitiva de la alumna,
será tratada en la junta de profesores, integrado por:
Director de la Institución Educativa.
Sub-Directora
Representante de los profesores ante el CONEI
Coordinador de tutoría-tutor(a) de la alumna.
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