Legislación informática mexicana
Trejo, E. (2006). Regulación Jurídica de Internet. Tomado de: http://www.diputados.gob.mx/cedia/sia/spe/SPE-ISS-12-06.pdf
Objetivos del Derecho
• Regular la conducta social mediante leyes. El proceso para crear leyes es largo y lento
• En los últimos años, las TICs han revolucionado la vida científica, comercial, laboral, profesional, escolar, etc.
• El Derecho Mexicano está rezagado en la regulación de una materia que lo rebasa
Internet
• Internet espacio único de intercambios. Ya no es sólo militare, académico, o comercial. También hay nuevas conductas criminales y antisociales
• Las TICs generan nuevas oportunidades de infringir la ley, cometer delitos de tipo tradicional en formas no tradicionales
La autorregulación
• El gobierno de Internet ha quedado en manos de la autorregulación y organizaciones privadas
• Regulación los usos indebidos ¿Local, Nacional o Internacional?
• Dos cuestiones: a) ordenación y regulación de la red; b) nuevas relaciones jurídicas a través de Internet
¿Y la ley apá?
• ¿Qué medidas preventivas y punibles, ya sean de carácter administrativo o penal, se deben tomadas para combatir delitos?
Funciones
• Funciones de Internet: información, comunicación, propaganda y entretenimiento
• Falta en la red reglas claras. Pero la red tiene características complejas que dificultan la aplicación del derecho
• Una ventaja es la falta de normativa. En la época universitaria sólo las reglas de la net-etiqueta
Principales problemas
• Control de la información• Dos tipos de información problemática: • ILICITA: apología del terrorismo, pornografía
infantil, incitar al odio racial, difamación, violación a la intimidad o los derechos de autor, distribuir material soez
• NOCIVA: Más subjetivo. Según la persona.
Dos enfoques
• Europa desarrolló una política preventiva y de responsabilidad para el usuario
• EU intentó una regulación con sanciones por divulgar material indecente u ofensivo (Ley de Decencia en las Telecomunicaciones 1996). Fue retirada
Debates
• ¿Son responsables los ISP de los contenidos?• ¿Los links de quién son responsabilidad?
Derecho a la intimidad
• ¿Quién debe proteger la privacidad? ¿El gobierno, empresas que maneja la red, o yo?
• Cinco principios para proteger la privacidad• Principio de información: Advertir al usuario
la recopilación, el uso. Pedir su autorización• Principio de opción; el usuario debe aceptar
que dicha información sea para otros usos
Ley protección datos personales
• Acceso; El usuario puede acceder a su información, corregirla o eliminarla
• Principio de seguridad; Obligación de protegerla contra mal uso, acceso, daño o destrucción
• Exigibilidad; Sanción si no se cumplen los principios
El caso mexicano
• La Ley de Transparencia• 28 de enero del 2006. Día de la Protección de
los Datos Personales a nivel mundial. Fomentar normas de confidencialidad
• En 2008 reformas artículos 16 y 73 constitucionales para protección de datos personales, tanto en manos gubernamentales como privadas
Reforma Art. 16
• “Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros”.
• Abril del 2010 se aprueban reformas para que la IP proteja los datos personales.
• IFAI regulará y sancionará a particulares que mal usen información privada
Dos perspectivas
• No todos los países tienen el mismo grado de protección. EU es muy permisivo. Prima el derecho a la transmisión de información sobre el derecho a la privacidad de los ciudadanos. La Unión Europea es al contrario. Reciente conflicto con Facebook
Hacking
• Acceso no autorizado a un sistema informático
• Hackers buenos y Crackers malos• Phreaking técnicas de fraude telefónico• Cookies. Recopilan datos del usuario• Blanqueo de dinero. Smurfing. Montos
mínimos transferencias banca electrónica• México: $4 mil físicas y $7 mil morales. Junio• Excedentes Dls. $10 mil millones anuales
Prostitución infantil
• México se uno de los destinos principales para el turismo sexual proveniente de EU
• Unas 18 mil personas que son traficadas cada año a territorio estadounidense
• La UNICEF estima que un millón de niños ingresan cada año a la prostitución Infantil
Narcotráfico
• Chats y servicios de mensajería instantánea para comercializar drogas
• Sitios para “enseñar” la producción de drogas sintéticas, o producción personal
Legislación mexicana
• La legislación nacional mexicana respecto del Internet presenta un grave problema; nada puede ser objeto de legislación si no se tiene un concepto claro del objeto
• No existe un cuerpo jurídico que regule Internet pues el término no está definido en la legislación mexicana. Se usa el término genérico de medio electrónico e informática
Medio electrónico, no Internet• Código Civil Federal • Código de Comercio • Código Federal de Procedimientos Civiles • Código Fiscal de la Federación • Código Penal Federal • Ley de la Propiedad Industrial • Ley Federal de Protección al Consumidor • Ley Federal del Derecho de Autor • Ley Federal de Telecomunicaciones • Ley de Información Estadística y Geografía
La firma electrónica
• Convenios, contratos, actos de comercio, celebrados a través de medios electrónicos
• La firma electrónica en el Código de Comercio• En el Código Federal de Procedimientos Civiles
se valida el uso de pruebas obtenidas o generadas a través de medios electrónicos
• El Código Fiscal de la Federación protege la propiedad intelectual de obras de cómputo
Ámbitos o facetas
• Pornografía infantil - Código Penal Federal• Piratería - Ley de Propiedad Intelectual e Ind.• E-Commerce - Protección al Consumidor• Derechos de Autor - Ley Federal de Derechos
de Autor• Telefonía - Ley Federal de Telecomunicaciones• Desarrollo de la Informática - Ley de INEGI
• Correo Electrónico. Código Penal Federal• Contratos y firma electrónicos: Código de
Comercio, Código Civil Federal y Ley del Mercado de Valores
• Bases de datos: Ley de Protección de Datos Personales
• Contenidos de Internet
Delitos informáticos
• Fraude mediante el uso de la computadora y manipulación de información que contiene.
• Art. 231 del Código Penal para el D.F. “Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior, a quien (…) acceda, entre o se introduzca a los sistemas o programas de informática…”
Delitos informáticos
• Uso ilegal de programas informáticos• La Ley Federal del Derecho de Autor, en sus
artículos 107 al 110, protege a las bases de datos legibles por medio de máquinas que por razones de disposición de su contenido constituyan obras intelectuales
Delitos informáticos
• Intervención de correo electrónico• El artículo 167 fr.VI del Código Penal Federal
sanciona (…) al que dolosamente o con fines de lucro, interrumpa o interfiera comunicaciones alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica, sean telegráficas, telefónicas o satelitales, por medio de las cuales se transmitan señales de audio, de video o de datos
Delitos informáticos
• Interceptar información en red• Este tipo de conductas, que se refiere a
interceptar datos que las personas envían a través de la red se tipifican en el artículo 167 fr. VI del Código Penal Federal a que hice referencia en el inciso anterior.
Organos Nacionales
• NIC- México Administración de dominios• Policía cibernética. Dependiente de la PFP• Funciones: • Identificar y desarticular organizaciones
dedicadas al robo, tráfico y corrupción de menores, así como a la elaboración, distribución y promoción de pornografía infantil, por cualquier medio
• Investigaciones de organizaciones locales e internacionales de pedofilia, así como de redes de prostitución infantil.
• Localización y detención de hackers que cometen delitos mediante computadoras.
• Patrullaje anti-hacker
Legislación internacional
• No existe ningún tratado que regule el uso de Internet y que pueda dar los instrumentos para la tipificación de delitos, establecer responsabilidades de los ISP y usuarios respecto al acceso a la información, clase de información que circula y que sirva de guía a los Estados sobre como manejar esta nueva tecnología
Organizaciones
• En 2004 la ONU realizó un Foro para la gobernabilidad de Internet. Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información
• Business Software Alliance (BSA). Combate a la piratería. Fomenta legislaciones al respecto
• ISOC (Sociedad de Internet). Vigilan a otras organizaciones. 9 mil profesionales de 170 países. Analizan normas, política pública, educación y entrenamiento y membresía
Conclusiones
• Legislar Internet no es fácil. Su fuerza esta en el caos la red no puede ser censurada, controlada ni detenida
• Es difícil definir de donde proviene la información, quien la coloca y cual es verdadera
• Los casos de EU, China, la Unión Europea
Colaboración mundial
• Colaboración mundial: Falta consenso sobre lo que son los delitos informáticos, falta de definición jurídica de la conducta delictiva, desconocimiento técnico de quien hace cumplir la ley
• Difícil balancear la libertad de Internet con respecto a los derechos de los individuos
• ¿Un organismo internacional?
Resumen
• México no ha definido la naturaleza jurídica de Internet
• No hay un instrumento jurídico internacional para regular
• Casi todo se ha dejado a la autorregulación de la IP desprotegiendo a los usuarios.
• Lo lícito e ilícito depende de legislaciones nacionales
• El problema del anonimato y la responsabilidad
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