Regulación de la Actividad de
Transporte de Hidrocarburos por
Ductos
Junio 2014
Contenido
1. La actividad de transporte de hidrocarburos por ductos
2. Visión global de la regulación
3. Normativa Regulatoria de la Actividad de Transporte de
Hidrocarburos por Ductos en BoliviaRegulación del transporte y la
distribución
1. La actividad de transporte de
hidrocarburos por ductos
La cadena productiva del Gas Natural
GIJA
Gasoducto
• Laterales, Ramales y Derivaciones
• 1 Loop
• 3 interconexiones a gasoductos,
• Extensión GIJA
• 3 cruces de ríos
• 2 estaciones terminales,
• 3 estaciones de compresión,
Estación de Compresión de Gas
MARCA: Solar
MODELO: Centauro 40
HP: 4700
1 2 24”24”24”24”
Procedencia= San Alberto-La Vertiente
Q= 280 mmfcd
P= 950 PSI
Destino= Taquiperenda
Q= 280mmfcd
P= 1050 PSI
GSCY
La cadena productiva de Hidrocarburos Líquidos
La cadena productiva de Hidrocarburos Líquidos
El servicio de transporte
Ingresos Volumen contratado /transportado
Cargo firme, Cargo variable
Producción y demanda de
hidrocarburos
Proyecto de expansión de
transporte
Contrato con Cargador (YPFB)
Firme / Interrumpible
Construcción
Transporte
Recepción
Entrega
2. Visión global de la Regulación
Visión global de la regulación
A nivel global, existe un significativo control por parte del gobierno sobre el transporte y la distribución de gas natural, por ser monopolios naturales
Objetivos de la regulación
Prevenir servicio discriminatorio o preferencial
Prevenir inversiones ineficientes y precios
parcializados
Asegurar la continuidad y una alta calidad de servicio
Prevenir duplicación innecesaria de instalaciones
Actuar como sustituto de la competencia, donde la competencia no existe
Promover una infraestructura segura, de alta calidad y
medioambientalmente viable a través del uso de políticas
consistentes
Proteger a los consumidores y agentes del mercado a través
del control de los mercados de energía cambiantes, y asegurar
retornos justos e imparciales para todos los participantes
Regulación del transporte y la distribución
Ente regulador
• Agencia gubernamental, independiente de cualquier influencia política, del ejecutivo o del legislativo, de los agentes de la industria y de las compañías que regula
El ente regulador regula:
• las tarifas y servicios ofrecidos por las transportadoras,
• certifica y otorga permisos para la construcción de nuevos gasoductos y algunos asuntos ambientales relacionados.
Construcción de nuevos gasoductos o expansión
de los existentes
• el transportador debe mostrar al ente regulador
• cómo la obra servirá al interés público,
• que es económicamente factible y
• que no tiene impactos ambientales significativos
Tipos de Regulación
Tipos de regulación
Tasa de retorno
Price Cap
Empresa eficiente
Costo marginal
Combinación de ambas
Regulación por Tasa de Retorno
La regulación de la tasa de retorno (Rate of return regulation o ROR) es un mecanismo de regulación de precios que garantiza que la empresa, además de recuperar sus costes, obtenga una tasa de retorno pre-establecida
Regulación Price – Cap
Es la fijación de un límite al precio medio del servicio prestado
3. Normativa Regulatoria de la
Actividad de Transporte de
Hidrocarburos por Ductos en Bolivia
Marco Regulatorio
Constitución Política del Estado, 9 de febrero de 2009
Ley N° 3058 (Ley de Hidrocarburos).
Reglamento para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos - 31 de enero de 2007
Reglamento para el Diseño, Construcción, Operación y Abandono de Ductos. 23 de
julio de 1997
Reglamento de Costos de Transporte de Hidrocarburos por Ductos
Normas de Libre Acceso y toda otra disposición específica
Términos y Condiciones Generales del Servicio
Resoluciones específicas que definen procedimientos tarifarios, presentación de
proyectos de expansión y continuidad
La actividad de transporte es totalmente regulada desde 1997 y cuenta con
la mayor experiencia y exposición regulatoria en el sector
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
Mandatos relativos al transporte de hidrocarburos por ductos:
Las actividades de transporte, comercialización y otras, de los recursos naturales no
renovables tendrán el carácter de necesidad estatal y utilidad pública (Art. 356).
YPFB es una empresa autárquica de derecho público, inembargable y con autonomía
de gestión administrativa, técnica y económica bajo tuición del Ministerio de
Hidrocarburos y Energía, es la única facultada para realizar las actividades de la
cadena productiva de los hidrocarburos y su comercialización (Art. 361).
Se autoriza a YPFB suscribir contratos, bajo el régimen de prestación de servicios,
con empresas públicas, mixtas o privadas, bolivianas o extranjeras, para que dichas
empresas, a su nombre y en su representación, realicen determinadas actividades de
la cadena productiva (Art. 362).
YPFB podrá conformar asociaciones o sociedades de economía mixta para la
ejecución de las actividades de toda la cadena, con una participación accionaria no
menor al 51% (Art. 363).
Artículo 365
Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión
administrativa, técnica y económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será
responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar las actividades de toda
la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal
de hidrocarburos conforme con la ley.
Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por
Ductos - RTHD
Disposiciones Generales
Servicio púlblico
Principios
Priorización de la utilización del ducto
Funciones del Ente Regulador
Concesión para la construcción y operación de ductos
Trámite de una concesión
Líneas Laterales, Líneas Ramales, Ductos Menores y Ductos Dedicados
Ampliaciones, Extensiones y Proyectos de Interés Nacional
Condiciones del Servicio
Libre acceso
Términos y Condiciones Generales del Servicio (TCGS)
Mantenimiento y Operación
Restricciones e Interrupciones del Servicio
Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por
Ductos - RTHD
Presupuestos Programados y Ejecutados
Tarifas
Principios tarifarios
Estructuras, clases, tipos y metodologías de tarifas
Beneficio Mercado Interno
Sobrecargo Cuenta Diferida
Revisión tarifaria
Tarifas flujo de caja
Depreciación e Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas
Tasa de Retorno, Tasa de Interés y Relación Deuda Patrimonio
Manual de Cuentas Contables y Costos Comunes
Fiscalización y Requerimiento de Información
Sanciones
Reglamento para el Diseño, Construcción, Operación y
Abandono de Ductos - RDCOADB
El RDCOADB se aplica a todas las actividades de Transporte de
hidrocarburos por Ductos.
• Construcción de Ductos
• Operación de Sistema de Ductos
• Abandono de Ductos
Todos los Concesionarios deben presentar para su aprobación por parte de
la ANH cualquier diseño, especificación, programa de mantenimiento,
manual de operaciones y planes para desactivar o reactivar un ducto. La
Compañía no deberá poner en ejecución estas actividades sin la previa
aprobación de la ANH.
Actividades recurrentes de YPFB Transporte con
respecto al RDCOADB
Pruebas Hidrostáticas de ductos nuevos según el ARTICULO 32:
La Compañía deberá realizar las pruebas de presión del ducto principal y de las
tuberías de sus estaciones de compresión o bombeo, de acuerdo al programa
de pruebas de presión referido en este Artículo y los Artículos 36 al 42, antes de
la puesta en operación del ducto.
Requerimientos de Licencias de Operación para el inicio de la Operación
para ductos nuevos según el ARTICULO 46:
Una vez cumplidos los requisitos establecidos, la ANH otorgará la respectiva
licencia de operación en conformidad al Reglamento de Transporte por Ductos.
Reporte de Sucesos según el ARTICULO 60:
La Compañía deberá informar a la ANH todo suceso relacionado con la
construcción, operación, mantenimiento o abandono del ducto.
Abandono y Desactivación de Ductos según el ARTICULO 53:
Cuando la compañía que opera un ducto considere la desactivación del mismo
por doce meses o más, se procederá de la siguiente manera.
a) Solicitar a la ANH la aprobación de dicha desactivación.
b) La ANH aprobara la desactivación referida en el inciso a), si la
desactivación proporciona un nivel de seguridad por lo menos equivalente al
nivel de seguridad generalmente estipulado por las normas de la ASME y
además tal desactivación sea de interés público.
Normativa de la Actividad de Transporte
17 años de vigencia
2 Leyes de Hidrocarburos
3 Reglamentos de Transporte
Se mantienen los principios
Cuenta con la mayor experiencia regulatoria del sector
Necesita ajustes y mejoras
Necesita entrar en plena vigencia y efecto con la revisión tarifaria
Requiere actualizaciones y mejoras
30 de Mayo de 2011 CONFIDENCIAL
Concesiones de YPFB Transporte
Gas Exportación
Gas Mercado Interno
Líquidos Exportación
Líquidos Mercado Interno
Flujo de caja tarifario
La regulación de la actividad de transporte en Bolivia es por tasa de retorno
Art. 92 de la LH 3058 : “...percibir los ingresos suficientes
para cubrir sus gastos de operación, los impuestos de ley, depreciaciones, costos financieros y una tasa de retorno razonable sobre su patrimonio neto...”
Concesión Gas Exportación 17-May-01 2001 2002 2021Días 229 136
Volúmenes 423 365 528
Tarifa 0.1703$ 0.1840$ 0.1427$
Ingresos 14,349 29,838 8,913
Costos Operativos (5,197) (8,562) (1,890)
Tasa Sirese (148) (297) (102)
Impuestos transac. Financ.
Impuestos a las transacciones (495) (1,029) -
Base Tarifaria inicial (107,301)
Inversiones de Capital - (19,319) (22,526) (2,532)
Variación del Capital de trabajo 78 (614) (21)
IVA (1,198) 316 -
Valor Residual 38,100
Deuda Inicial 64,381
Costos financieros - (3,335) (6,888) (1,864)
Variación de la Deuda - 9,207 9,777 (73)
Impuesto a las Utilidades - - -
Total flujo de caja (42,920) (6,058) 15 40,530
Factor de Descuento 1.0000 0.9167 0.7980 0.0829
Flujo de Fondos descontado (42,920) (5,553) 12 3,359
VAN = -
TIR = 13.98%
Op
era
tiva
sIn
ve
rsió
nF
ina
nc.
Relación Deuda / Patrimonio
La normativa establece un alto nivel de apalancamiento a fin de que su costo sea transferido directamente a las tarifas en beneficio de los usuarios
Activos (Base Tarifaria)
A
Deuda
D
Patrimonio
E
Gas Gas Líquidos Líquidos
Mercado Exportación Mercado Exportación
Interno Gas Exp Interno Gas Exp
-------------- -------------- -------------- --------------
70% 60% 60% 60%
30% 40% 40% 40%
Tasa de Retorno Sobre Patrimonio
Tasa libre de riesgo,
rendimiento de los bonos del tesoro
de los EEUU
Riesgo de la actividad de
transporte de hidrocarburos
Riesgo país
Tasa de Retorno
Tarifas Actuales de Transporte de Gas
Total Ingresos Gas Mercado Interno
Total Ingresos Recuperación Cuenta Diferida
Tarifas Gas Exportación US$/Mpc
Base Exportación 0,1766x Vols. Exportación = Ingresos Exportación
SCD 0,0405x Vols. Exportación* = Ingresos SCD
BMI Cargadores 0,0300x Vols. Exportación* = Subsidio p. Merc.Interno
Total Gas Exportación 0,2471
* Incluye volúmenes por Transierra
Tarifas Gas Mercado Interno US$/Mpc
Tarifa Mercado Interno, sin SCD 0,3695 x Vols. Merc. Interno = Ingresos Merc. Interno
SCD 0,0405 x Vols. Merc. Interno** = Ingresos SCD
Total Gas Mercado Interno 0,4100
* Incluye volúmenes por B.Bulo
Concesión Gas Mercado Interno
- Subvención de Gas Exportación BMI (ex TEMI)
- Tarifa Mercado Interno (0.41 $/Mpc)
- Cargo Interno
Costos del Sistema Troncal de
Gasoductos Mercado Interno
Consumidores:
- Residenciales
- Comerciales
- Industriales
- GNV
• Costos de ramales y laterales son cubiertos por sus usuarios • Expansiones para proyectos de industrialización, pagan tarifa incremental