CAPITULO II
1. PROPUESTA DE GESTIN PARA APLICACIN DE GLP EN
INSTALACIONES RESIDENCIALES EN LA CIUDAD DE CUENCA
1.1.GENERALIDADES
En base al diagnostico realizado y segn los resultados y valoracin de ste, sabemos
que existe mayor peligro potencial en edificios de departamentos y a la vez son
edificaciones que en la ciudad de Cuenca han ido incrementando en los ltimos aos.
De todos modos es importante considerar las residencias unifamiliares que aunque al
tener sistemas menos complejos no dejan de ser peligrosos al momento de contar con
instalaciones defectuosas, siendo de esta manera iniciaremos planteando la gestin para
aplicacin de GLP en instalaciones unifamiliares, teniendo como criterios principales la
seguridad y el control en el uso y las instalaciones de gas, as como tambin en la
manipulacin de los cilindros de 15 Kg.
En lo posterior se extender la propuesta a la gestin para aplicacin de GLP en
instalaciones residenciales edificios de apartamentos, en donde amas de tocar los
criterios ya mencionados abordaremos en el tema, las normativas, acuerdo ministerial y
dems reglamentos que aporten en buena manera al planteamiento de la propuesta.
Para el caso de las urbanizaciones podemos mencionar que al no ser tan incidentes en la
ciudad de Cuenca, son de igual forma importantes, pero la gestin propuesta para
edificios da la apertura en un gran rango de aplicabilidad con variantes de menor escala,
es decir que la propuesta para edificios puede acoplarse y dar forma si se trata de
urbanizaciones, no est por dems mencionar que en el rea tcnica cada diseo
corresponder a los requerimientos de la infraestructura y del interesado.
En fin, la gestin aqu planteada pretende establecer y puntualizar el proceso a seguir
para realizar una instalacin de gas residencial en la ciudad de Cuenca, bien sea con
cilindros de 15 Kg o centralizada (con gas a granel).
1.2. DISPOSICIONES RELEVANTES DE LAS NORMAS
El planteamiento de la propuesta de gestin para aplicacin de GLP en instalaciones
residenciales en la ciudad de Cuenca, implica basarnos en las normas INEN 2233, 2260,
el acuerdo ministerial 069, la ley de defensa contra incendios, y otros reglamentos al
momento vigentes en el pas y fuera de este, con la finalidad de interpretarlas, aportar
ideas, y establecer las directrices pertinentes al momento de contra-restar los principales
problemas identificados; pues referentes importantes para lograr esto, son los rganos
de control como: Municipio, Cuerpo de Bomberos y Direccin Nacional de
Hidrocarburos. Siendo as se tocan a continuacin las disposiciones ms relevantes de
las normas, y a discrecin se realizan cambios, siendo el principal el de proponer y
establecer que el Colegio de Ingenieros Mecnicos del Azuay CIMA, sea el
organismo emisor de las credenciales de instaladores autorizados, y el ingeniero
mecnico, sea el responsable tcnico de mayor categora; con esto y otros aspectos se
desarrolla y se da forma a la propuesta.
1.2.1. DE LA NORMA ECUATORIANA: NTE INEN 2333:2002 ANEXO XV
INSTALADORES Y EMPRESAS INSTALADORAS DE GAS COMBUSTIBLE
EN EDIFICACIONES DE USO RESIDENCIAL
1.2.1.1.OBJETO
Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los tcnicos y las empresas
instaladoras que realizan instalaciones de gas combustible en edificaciones de uso
residencial; para ser autorizados como instaladores y empresas instaladoras
respectivamente.
1.2.1.2.ALCANCE
Esta norma se aplica a toda persona cuyos conocimientos, experiencia y prctica lo
capaciten para ejercer libremente las tareas de diseo, instalacin y montaje de tuberas,
accesorios e instrumentos en edificaciones de uso residencial, con la mayor seguridad,
luego de aprobar los requisitos por cada categora de instalador autorizado.
Esta norma tambin se aplica a las empresas instaladoras que realizan las tareas de
diseo, montaje, mantenimiento y reparacin de instalaciones de gas combustible.
Esta norma tambin se aplica a las empresas comercializadoras de gas combustible
autorizadas por la autoridad de control.
1.2.1.3.DEFINICIONES
Instalador Autorizado.- Persona que por sus conocimientos terico-prcticos de la
tecnologa del gas y de su normativa, posee la credencial de instalador expedida por el
organismo correspondiente (Colegio de Ingenieros Mecnicos del Azuay) y est
autorizado para realizar las operaciones de diseo, instalacin y mantenimiento de
instalaciones de gas combustible en edificaciones de uso residencial, ajustndose a las
leyes, reglamentos y normas tcnicas ecuatorianas vigentes.
Empresa Instaladora.- Empresa establecida que, realiza las actividades de diseo,
montaje, reparacin, mantenimiento y revisin de instalaciones de gas combustible;
cumple con los requisitos establecidos en la presente norma, y est autorizada por el
organismo de control correspondiente (Municipio de Cuenca) para realizar las
operaciones de su competencia, ajustndose a las leyes, reglamentos y normas tcnicas
vigentes.
1.2.1.4.ABREVIATURAS
IG: Instalador de gas combustible en edificaciones de uso residencial
EG: Empresa instaladora de gas combustible
EC: Empresa comercializadora de gas combustible
1.2.1.5.CLASIFICACIN
Instalador Autorizado.- Los instaladores autorizados de gas combustible se clasifican
por categoras, es decir IG-1, IG-2, IG-3, IG-4.
Empresa Instaladora.-Las empresas instaladoras se clasifican por categoras, de la
misma manera que lo establecido para los instaladores de gas combustible, es decir EG-
1, EG-2, EG-3, EG-4.
1.2.1.6.COMPETENCIAS DEL INSTALADOR AUTORIZADO DE GAS IG
1.2.1.6.1. Instalador autorizado de gas combustible Categora IG-1.- Pueden realizar
las operaciones sealadas en el numeral 5.1.1 nicamente en instalaciones
unifamiliares y limitarse a instalaciones de baja presin y vaporizacin
natural (un cilindro) para ser usados en aparatos domsticos (cocina, calefn
y secadora).
1.2.1.6.2. Instalador autorizado de gas combustible Categora IG-2.- Pueden realizar
las operaciones que ejerce el IG-1 y las sealadas en el numeral 5.1.1
nicamente en instalaciones bifamiliares, limitndose a instalaciones de
media presin, y vaporizacin natural (cinco cilindros de 15 Kg en batera)
para ser usados en aparatos domsticos (cocina, calefn y secadora).
1.2.1.6.3. Instalador autorizado de gas combustible Categora IG-3.- Pueden realizar
las operaciones que ejercen el IG-1, IG-2 y las sealadas en el numeral 5.1.1
nicamente en instalaciones multifamiliares de hasta cuatro pisos,
limitndose a instalaciones centralizadas de media presin y vaporizacin
natural, (tanque estacionario de hasta 0,5 m3 sobre superficie).
1.2.1.6.4. Instalador autorizado de gas combustible Categora IG-4.- Pueden realizar
las operaciones que ejercen el IG-1, IG-2, IG-3, y las sealadas en el
numeral 5.1.1 en instalaciones urbanizaciones y edificios de cuatro pisos y
ms, limitndose a instalaciones centralizadas de alta presin mediante
tanques estacionarios, sistemas de vaporizacin forzada y el Diseo de
Instalaciones Centralizadas para Uso Residencial.
1.2.1.7.ACREDITACIN DEL INSTALADOR AUTORIZADO DE GAS IG
El organismo correspondiente (Colegio de Ingenieros Mecnicos del Azuay), se
encuentra facultado para expedir las credenciales respectivas de instalador autorizado de
gas IG, segn los siguientes requisitos:
1.2.1.7.1. Para Instalador autorizado de gas combustible Categora IG-1
1.- Haber aprobado el decimo grado de educacin bsica (tercer curso de secundaria) y
tener mnimo un (1) ao de experiencia en el campo, bajo la direccin tcnica de un
profesional IG-4 colegiado en el pas.
2.- Haber aprobado el sptimo grado de educacin bsica (sexto grado de primaria) y
tener estudios de formacin o capacitacin tcnica en mecnica industrial o afines y
tener mnimo dos (2) aos de experiencia en el campo, bajo la direccin tcnica de un
profesional IG-4 colegiado en el pas.
3.- Aprobar un curso terico-prctico relativo a los temas indicados en el Anexo A de
la norma NTE INEN 2233:2002.
4.- Rendir las pruebas de suficiencia en el organismo correspondiente (Colegio de
Ingenieros Mecnicos del Azuay), para su posterior calificacin.
1.2.1.7.2. Para Instalador autorizado de gas combustible Categora IG-2
1.- Poseer el ttulo de bachiller y tener mnimo un (1) ao de experiencia en el campo,
bajo la direccin tcnica de un profesional IG-4 colegiado en el pas.
2.- Aprobar un curso terico-prctico relativo a los temas indicados en el Anexo B de
la norma NTE INEN 2233:2002.
3.- Rendir las pruebas de suficiencia en el organismo correspondiente (Colegio de
Ingenieros Mecnicos del Azuay), para su posterior calificacin.
1.2.1.7.3. Para Instalador autorizado de gas combustible Categora IG-3
1.- Poseer el ttulo de tecnlogo o de licenciado de ingeniera y tener mnimo un (1) ao
de experiencia en el campo, bajo la direccin tcnica de un profesional IG-4 colegiado
en el pas.
2.- Aprobar un curso terico-prctico relativo a los temas indicados en el Anexo C de
la norma NTE INEN 2233:2002.
3.- Rendir las pruebas de suficiencia en el organismo correspondiente (Colegio de
Ingenieros Mecnicos del Azuay), para su posterior calificacin.
1.2.1.7.4. Para Instalador autorizado de gas combustible Categora IG-4
1.- Poseer el ttulo profesional de ingeniero mecnico y tener mnimo un (1) ao de
experiencia en diseo y direccin tcnica de instalaciones centralizadas de gas
combustible.
2.- Aprobar un curso terico-prctico relativo a los temas indicados en el Anexo D de
la norma NTE INEN 2233:2002.
3.- Rendir las pruebas de suficiencia en el organismo correspondiente (Colegio de
Ingenieros Mecnicos del Azuay), para su posterior calificacin.
1.2.1.8.REGISTRO DE INSTALADORES AUTORIZADOS DE GAS IG
La autoridad u organismo de control (Municipio de Cuenca) llevar un libro-registro de
las credenciales expedidas por el organismo correspondiente (Colegio de Ingenieros
Mecnicos del Azuay), del grupo de instaladores autorizados de gas IG.
Las credenciales de instalador autorizado de gas IG, tienen validez en todo el
territorio ecuatoriano.
Las credenciales de instalador autorizado de gas IG, tendrn una vigencia de tres (3)
aos, debiendo renovarse antes de su caducidad por el organismo correspondiente
(Colegio de Ingenieros Mecnicos del Azuay), previa solicitud del interesado.
Por razones de evolucin tecnolgica de la industria del gas o de cambios importantes
en su reglamentacin, el organismo correspondiente (Colegio de Ingenieros Mecnicos
del Azuay), podr establecer requisitos condicionantes para la renovacin de la
credencial de instalador autorizado de gas IG.
Por razones de evolucin tecnolgica de la industria del gas, la autoridad u organismo
de control (Municipio de Cuenca) podr solicitar al organismo correspondiente (Colegio
de Ingenieros Mecnicos del Azuay), la renovacin inmediata de las credenciales del
grupo de instaladores autorizados de gas IG, sin espera de su caducidad.
1.2.2. DE LA NORMA ECUATORIANA: NTE INEN 2260:2008 ANEXO XVI
INSTALACIONES DE GASES COMBUSTIBLES PARA USO RESIDENCIAL
1.2.2.1.OBJETO
Esta norma establece los requisitos tcnicos y las medidas de seguridad mnimas que
deben cumplirse al disear, construir, ampliar, reformar, revisar y operar las
instalaciones de gases combustibles para uso residencial; as como las exigencias
mnimas de los sitios donde se ubiquen los equipos y artefactos que consumen gases
combustibles, las condiciones tcnicas de su conexin, ensayos de comprobacin y su
puesta en marcha.
1.2.2.2.ALCANCE
Esta norma se aplica a las instalaciones que utilizan gases combustibles suministrados
desde tanques, cilindros porttiles, redes de abastecimiento y distribucin, que
corresponden a los gases de la tercera familia (propano y butano), cuya presin mxima
de servicio sea inferior o igual a 400 kPa.
Se excluye del alcance de esta norma, el montaje de artefactos que estn alimentados
por un (1) solo cilindro de gas combustible, de contenido unitario igual o inferior a 15
Kg, conectado por tubera flexible hasta una distancia de dos (2) metros o acoplado
directamente.
Observacin
NO se debera hacer la exclusin anterior, ya que por este motivo, en Cuenca existe el
76,42% de usuarios que tienen los cilindros junto al gasodomstico (cocina, calefn,
secadora).
1.2.2.3.DEFINICIONES
Autoridad Competente.- (Municipio de Cuenca) Es la organizacin o institucin
responsable de la aprobacin o certificacin de un tanque, una instalacin o un
procedimiento (Gestin), que ha sido designada para el efecto.
Certificado de conformidad con norma.- Es el documento emitido por la autoridad
competente (Municipio de Cuenca), de acuerdo con un sistema de certificacin, en el
cual se manifiesta adecuada confianza de un producto, proceso (Gestin) o servicio
debidamente identificado, que est conforme con una norma tcnica.
Certificado de conformidad con reglamento.- Es el documento emitido por la
autoridad competente (Municipio de Cuenca), de acuerdo con un sistema de
certificacin, en el cual se manifiesta adecuada confianza de un producto o servicio
debidamente identificado, que est conforme con un reglamento tcnico.
Comercializadora de gas EC.- Es la persona natural o jurdica nacional o extranjera,
o asociaciones de esta, calificada y autorizada por el Ministro de Minas y Petrleos,
para ejercer las actividades de comercializacin de gas licuado de petrleo.
Usuario.- Persona natural o jurdica que se beneficia con la prestacin del servicio de
distribucin del gas, bien como propietario del inmueble o como receptor directo del
servicio.
Conector flexible.- Es un componente de un sistema de tuberas fabricado de material
flexible resistente al GLP (tal como una manguera) y equipado con terminales
apropiados en los dos extremos.
Batera de Cilindros.- Dos o ms cilindros de 15 Kg conectados entre s a travs de un
tubo; destinados a abastecer de gas a una instalacin receptora.
Chimenea de evacuacin de gases.- Es un ducto diseado para la evacuacin de los
productos de la combustin del GLP.
Detector de fugas de gas.- Es un aparato que detecta la presencia de gas en el aire y
que a una determinada concentracin emite una seal de aviso, que puede incluso, poner
en funcionamiento un sistema automtico de corte de gas.
Ducto de instalaciones.- Espacio destinado a contener nicamente las instalaciones de
gas.
Ducto de ventilacin.- Espacio destinado a ventilar, extraer y renovar el aire viciado.
Empotrado.- Cuando los elementos de la instalacin se encuentran dentro de paredes
estructurales de las viviendas y/o edificios.
Edificacin o Vivienda.- Cualquier construccin para uso residencial que puede ser
unifamiliar o multifamiliar.
Gas txico.- Es aquel constituido por elementos nocivos para la salud, como el
monxido de carbono (CO), generados por la combustin incompleta del gas.
Instalaciones para suministro de gas.- Conjunto de tuberas, equipos (tanques,
reguladores, contadores, etc.) y accesorios requeridos para la conduccin del gas en
edificaciones de uso residencial.
Sistema contra incendios.- Es el conjunto de tuberas, mangueras y equipos diseados
y construidos para atender los conatos de incendio.
1.2.2.4.DISPOSICIONES GENERALES
1.- Los tanques, tuberas y las vlvulas que se utilicen en las instalaciones
centralizadas de gas deben tener certificados de conformidad con norma emitidos por
el fabricante o por un organismo certificador.
2.- Los accesorios, contadores, reguladores, vlvulas, etc. que se utilicen en las
instalaciones centralizadas de gas deben ser especificadas para uso de GLP.
3,- Las empresas y el personal que realicen instalaciones de gas residenciales, deben
estar certificados y acreditados respectivamente de acuerdo con la norma NTE INEN
2333:2002.
1.2.3. DEL ACUERDO MINISTERIAL No 069:15/07/2007 ANEXO VII
CONSIDERANDO:
Que, es necesario reformar el Acuerdo Ministerial No. 209, con el propsito de facilitar
los procesos de construccin y autorizacin de instalaciones centralizadas de GLP, los
cuales se han visto interrumpidos en razn de que las ordenanzas emitidas por los
municipios del pas, no contemplan las disposiciones tcnicas pertinentes para extender
los permisos exigidos en el acuerdo ministerial en referencia.
Y en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitucin Poltica del Ecuador, la
Ley de Hidrocarburos y el Estatuto del Rgimen Jurdico y Administrativo de la
Funcin Ejecutiva.
ACUERDA
Expedir las siguientes disposiciones para la comercializacin de gas licuado de
petrleo a travs de instalaciones centralizadas.
1.2.3.1.DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.- Para la aplicacin del presente acuerdo ministerial, entindase como instalacin
o sistema centralizado de gas, aquel que se compone de uno o varios tanques
estacionarios, cuyo volumen geomtrico se igual o mayor a un metro cbico (1 m3), y
que estn destinados para almacenar gas licuado de petrleo, accesorios, conexiones y
una red de tuberas que conduzcan el combustible a los puntos de consumo para servicio
domiciliario (residencial y multifamiliar).
Art. 3.- Las personas naturales o jurdicas, nacionales o extranjeras interesadas en
ejercer la actividad de comercializacin del Gas Licuado de Petrleo a travs de
instalaciones o sistemas centralizados, establecido en el presente acuerdo ministerial,
para su autorizacin, debern cumplir con los requisitos previstos en la normativa
vigente, adems de presentar una memoria tcnica que contenga: remtase a los
literales a), b) y c) de ste artculo en el ANEXO VII.
La Direccin Nacional de Hidrocarburos verificara el cumplimiento de los requisitos
sealados en el presente artculo y emitir el informe correspondiente.
Art. 3.- La Direccin Nacional de Hidrocarburos, verificando el cumplimiento de los
requisitos enunciados en el artculo precedente y previa observancia de lo dispuesto en
ste y las dems normas vigentes, autorizar la comercializacin de gas licuado de
petrleo a travs de instalaciones centralizadas.
Art. 3.- La Direccin Nacional de Hidrocarburos, autorizar las instalaciones o sistemas
centralizados, una vez que la comercializadora de gas licuado de petrleo autorizada,
haya presentado el:
Tomado del artculo presente el literal:
2. Permiso de funcionamiento otorgado por el Cuerpo de Bomberos de la zona.
2.2.4. ANLISIS DE LA OBSERVACIN A LAS NORMAS
Al realizar el anlisis se hacen inferencias en algunos detalles, tales como:
La norma INEN 2260 da alcance a las instalaciones de gas residenciales, pero es
excluyente con el uso de cilindros unitarios donde la conexin puede ser con
mangueras y que no sobrepase los dos metros (2 m), lo que tendra que ser
revisado, ya que por este motivo la mayor parte de conexiones se realizan de
forma directa con cualquier tipo de manguera y junto a los gasodomsticos
(cocina, calefn, secadora), siendo sta una de las principales cusas de
accidentes con GLP. Lo mejor sera prohibir el uso de mangueras en conexiones
directas, pues esto en cierta medida, obligara a los usuarios a ubicar los
cilindros fuera de la vivienda.
La norma INEN 2233 hace referencia a la autoridad de control, pero en la ciudad
de Cuenca, esta no existe ms que para instalaciones centralizadas y esto es a
groso modo, como lo hemos respaldado en el diagnstico. Siendo as y basados
en esta norma, se establece y propone por sus propias competencias, a la
MUNICIPALIDAD DE CUENCA como el organismo o AUTORIDAD DE
CONTROL Y FISCALIZACIN, en el planteamiento de la propuesta de
gestin para instalaciones de gas residencial que ms adelante se presenta.
De igual forma en la norma INEN 2233, se hace referencia al organismo
correspondiente emisor de las credenciales para instaladores autorizados de gas
en instalaciones residenciales, pero en la ciudad de Cuenca no existe dicho
organismo; con esto y basados en esta norma se establece y propone al
COLEGIO DE INGENIEROS MECANICOS DEL AZUAY CIMA como
organismo de control de capacitacin y emisor de credenciales de instalador de
gas autorizado IG en todas sus categoras, para lo cual se tendr que basar en
la norma NTE INEN 2233:2002 y en los derechos que lo facultan como
organismo colegiado de ingenieros.
2.3.PROPUESTA DE GESTIN PARA APLICACIN DE GLP EN
INSTALACIONES RESIDENCIALES UNIFAMILIARES Y BIFAMILIARES
Haciendo referencia a las disposiciones relevantes de las normas antes analizadas, se
plantea la primera parte de la propuesta de gestin, misma que ser para la aplicacin de
GLP en instalaciones residenciales unifamiliares y se extender hasta viviendas
bifamiliares. Con esto se pretende establecer el panorama donde el interesado en
realizar este tipo de instalaciones, sepa los procedimientos a seguir para la consecucin
de las mismas.
El sector residencial unifamiliar o viviendas individuales aisladas, es un sector
aparentemente sencillo en cuanto a la aplicacin de GLP domstico ya que todos somos
usuarios de una instalacin bsica de gas que abastece a los artefactos o equipos de
consumo, como lo son:
Cocina
Calefn
Y estamos en lo comn de las situaciones a tratar con instalaciones de este tipo. Sin
embargo, esta sencillez es slo aparente, ya que en su mayora las instalaciones
defectuosas, el mal trato constante de los cilindros de uso domstico de 15 Kg., y en
algunos casos la falta de mantenimiento de los aparatos de consumo de gas (cocina,
calefn) son la causa principal de los siniestros y conatos de incendios provocados en la
ciudad de Cuenca.
La Vivienda unifamiliar o individual en su mayora resuelve su necesidad en el
consumo de gas, con el uso individual de botellas o cilindros de 15 Kg. o con bateras
colectoras de cilindros, que son el conjunto de dos o ms cilindros de 15 Kg, conectados
entre s a travs de un tubo y destinados a abastecer de gas a una instalacin receptora.
El planteamiento de la propuesta de gestin, involucra a los siguientes actores
principales, mismos que al integrarse hacen que la gestin sea eficiente.
2.3.1. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO PARA APLICACIN DE GLP EN INSTALACIONES RESIDENCIALES UNIFAMILIARES Y BIFAMILIARES
GRAFICO X
DISEO DE LA VIVIENDA
Arquitecto
INSTALADOR EMPRESA
INSTALADORA
IG-1 IG-2; EG-1 EG-2
PROVEEDORES
Entregan los cilindros a los usuarios
USUARIOS
Beneficiarios del GLP
en cilindros de 15 Kg
ORGANISMO DE CONTROL
Fiscaliza y emite permiso
de funcionamiento de la instalacin
2.3.2. FLUJO DEL PROCESO PARA APLICACIN DE GLP EN INSTALACIONES RESIDENCIALES UNIFAMILIARES Y BIFAMILIARES
GRAFICO XI
5
3
1
Diseo de la vivienda, considerando los siguientes
aspectos:
Caseta para almacenaje de cilindros GLP de 15 Kg
Ubicacin de la Caseta de cilindros GLP
Sistema de Suministro de GLP
Aparatos de Consumo de GLP
2
Informe tcnico para la Instalacin del sistema de gas,
considerando los siguientes aspectos:
Realizada por instaladores autorizados IG segn norma ecuatoriana INEN 2233 (Acreditados por el CIMA).
Realizada bajo norma INEN 2260 y las aqu sugeridas
Con cilindros de GLP de 15 Kg, individuales o en batera
Revisin del Diseo, Inspeccin del sistema de gas, emisin
del permiso de funcionamiento y autorizacin para la
ejecucin del proyecto, considerando los siguientes aspectos:
Realizada por la autoridad de control correspondiente
(Municipio de Cuenca) segn norma ecuatoriana INEN
2233 y las aqu sugeridas.
Realizada por el organismo de control (Bomberos) segn la
ley de defensa contra incendios y lo aqu sugerido para el
efecto.
Almacenaje de los Cilindros de gas domstico de 15 Kg y,
Usuarios del sistema de GLP y de todo el servicio,
considerando el buen trato de:
Instalacin de gas, con cilindros o en batera
Aparatos de consumo y,
Cilindros de 15 Kg, segn lo aqu sugerido para el efecto.
4
Almacenaje y Proveedores de los Cilindros de gas domstico
de 15 Kg y del servicio a los usuarios, considerando el buen
trato en:
Transporte de los cilindros
Cilindros de 15 Kg, segn lo aqu sugerido para el efecto.
2.3.3. DISEO DE LA VIVIENDA
La vivienda unifamiliar dentro de su diseo debe brindar seguridad y estructurarse de
forma tal que contenga la disposicin requerida para adoptar el sistema GLP, en donde
se precisan los siguientes equipos e instalaciones:
Caseta o cuarto exterior para almacenamiento de Cilindros GLP
Sistema de suministro de GLP
Aparatos de consumo de GLP
CASETA DE ALMACENAMIENTO
a) Deber ser construida en la parte exterior de la vivienda y de un material
resistente al fuego, tambin es posible considerar cuartos de concreto con rejillas
de ventilacin colocadas en la parte inferior del cuarto.
b) Se construir en funcin al nmero de cilindros a alojar o en base al diseo de la
batera de cilindros colectora llamada tambin centralilla.
SISTEMA DE SUMINISTRO
El sistema de suministro estar constituido por distintos elementos en funcin del uso de
los cilindros ya sea en forma individual o en batera colectora.
a) El suministro partir directamente de las vlvulas de los cilindros o de la vlvula
inversora en el caso de las bateras colectoras; usando conectores flexibles
(mangueras equipadas con terminales apropiadas de conexin en los dos
extremos) solo entre cilindros y tuberas.
b) Se tendr una Red Exterior de tubera metlica o plstica de acuerdo al diseo y
segn norma INEN 2260 ANEXO XVI, desde la caseta de almacenamiento
hasta la vivienda.
c) Se contara con una Red Interior de tubera metlica o plstica que une a la red
exterior con los aparatos de consumo, a travs de ramificaciones (conectores
flexibles) hasta cada aparato.
d) Se usaran para las instalaciones materiales y accesorios normalizados segn lo
establece la norma NTE INEN 2260
Cuando se opta por un sistema de batera colectora sta se conecta en dos grupos de
cilindros de manera que uno de ellos est en servicio y el otro en reserva. Una vlvula
de tres vas llamada Inversora permite conectar la instalacin receptora o de utilizacin
con cada uno de los dos grupos alternadamente y de forma automtica.
A continuacin se presenta de forma esquemtica lo establecido para la instalacin
residencial unifamiliar. Es importante mencionar que en los esquemas se utiliza la
simbologa (ANEXO XVII) requerida en los diseos de las instalaciones de GLP.
GRAFICO XII
Esquema de Instalacin con Batera colectora y Vlvula Inversora
GRAFICO XIII
Esquema de Instalacin con la Simbologa Requerida en el Diseo
Fuente: Sedigas, ISR = Indicador servicio-reserva
APARATOS DE CONSUMO
Los equipos o artefactos a gas consumen oxigeno para su combustin; generando gases
que dependiendo del buen o mal estado en que se encuentren dichos artefactos pueden
ser dainos para la salud e incluso provocar tragedias.
a) Los aparatos de consumo como cocina y calefn debern ser ubicados en las
reas diseadas para su utilizacin, respetando estrictamente las zonas
designadas en el diseo de la vivienda, en donde la prioridad ser la ventilacin
tanto para la combustin como para la evacuacin de gases.
b) El calefn se ubicara en la parte externa de la vivienda, con la finalidad de
lograr en la medida del caso una combustin completa, as como facilitar la
evacuacin de gases (CO) reduciendo en gran ndice el riesgo de un ambiente
toxico.
c) Las conexiones de los equipos a gas o aparatos de consumo a la red interna del
suministro de GLP se harn con conectores flexibles (mangueras equipadas con
terminales apropiadas de conexin en los dos extremos) para fcil manipulacin
de dichos equipos.
2.3.4. INSTALADOR O EMPRESA INSTALADORA
a) Las empresas e instaladores, certificadas y acreditados respectivamente, son los
nicos autorizados para ejecutar labores concernientes con el manejo del GLP en
instalaciones residenciales unifamiliares, quienes por ser tal garantizaran de la
seguridad de sus trabajos.
b) Por lo anterior, se contrataran para las instalaciones, empresas o instaladores que
se encuentren certificadas y acreditados por los organismos correspondientes
(Municipio de Cuenca y Colegio de Ingenieros Mecnicos del Azuay CIMA
respectivamente), para las actividades de manejo de GLP en instalaciones
residenciales unifamiliares segn dicta la norma NTE INEN 2333, (ANEXO
XV)
c) La empresa o instalador son responsables directos de la seguridad en la
instalacin y del uso y los accesorios adecuados establecidos en la norma NTE
INEN 2260, as como de su diseo, montaje, puesta en marcha y control del
sistema GLP.
d) Para el seguimiento y posterior mantenimiento de los sistemas GLP se
contrataran los servicios de instaladores o empresas autorizados por el rgano de
control correspondiente (Colegio de Ingenieros Mecnicos del Azuay CIMA).
A continuacin se muestran algunas consideraciones principales de seguridad en cuanto
a la instalacin de cilindros de 15 Kg domsticos que debern ser tomadas en cuenta a
ms de las normativas y reglamentos establecidos para la aplicacin de GLP en
instalaciones residenciales unifamiliares:
a) Los cilindros de gas domstico no deben instalarse o almacenarse en stanos o
pisos que se encuentren bajo el nivel del terreno ya que en caso de fuga, y como
el gas licuado es ms pesado que el aire ste se acumulara en el fondo.
b) Los cilindros de gas domstico deben guardarse en posicin vertical, protegidos
de agentes externos y de la manipulacin de extraos.
c) Si los cilindros se colocan en compartimientos cerrados stos deben tener en su
parte inferior aberturas o rejillas de ventilacin.
d) Los cilindros se ubicarn en la caseta destinada para este propsito, evitando de
forma estricta cruces con cableados y tuberas de otros sistemas. (GRAFICO
XII)
2.3.5. ORAGANISMOS DE CONTROL
a) El organismo (Municipio de Cuneca) encargado de fiscalizar el correcto y
oportuno cumplimiento de todas las normas, acuerdos y reglamentos vigentes en
la gestin para aplicacin de GLP en instalaciones residenciales unifamiliares es
el nico ente controlador que autoriza y da visto bueno para que el proyecto
inicie su desarrollo.
b) Se deber presentar al Ilustre Municipio de Cuenca los respectivos permisos del
Benemrito Cuerpo de Bomberos y solicitar la aprobacin de planos del
proyecto de vivienda unifamiliar.
c) Los planos del proyecto de sistema GLP en vivienda unifamiliar sern avalados
por personal calificado y contaran con un anexo de Informe Tcnico, en el cual
se especificara una base terica, el diseo, y los clculos correspondiente en el
caso de instalar ms de dos cilindros y en batera.
2.3.6. USUARIOS
a) Los usuarios son responsables directos de dar un buen trato y sobre todo
aprender el manejo de los sistemas instalados como de los artefactos de
consumo de gas, con esto se lograra un funcionamiento adecuado as como se
evitan daos por mal manejo en los elementos y en los aparatos.
b) Para la manipulacin y uso de los artefactos se deber respetar las indicaciones
previstas por cada fabricante con el fin de evitar que las instalaciones internas en
los artefactos colapsen.
c) Los usuarios debern acatar las disposiciones y recomendaciones de la empresas
o instaladores a cargo de la implementacin del sistema GLP, as como cumplir
con el control continuo del funcionamiento del sistema y en caso de verificar
anomalas contactar de inmediato con la empresa instaladora para su posterior
mantenimiento.
d) Debe evitarse colocar los cilindros de gas cerca de los aparatos de consumo ya
que al existir fuga del cilindro una llama directa podra ocasionar graves
accidentes. Los usuarios son responsables entonces de ubicar los cilindros en las
casetas destinadas para este fin.
2.3.7. PROVEEDORES
a) Distribuidores y sub-distribuidores encargados de abastecer de cilindros de gas
domestico de 15 Kg a las residencias unifamiliares, sern responsables directos
del estado de los cilindros de gas, ya que ellos son los que manipulan y tienen el
mayor contacto con los cilindros de GLP, esto es desde la planta envasadora
hasta la caseta de almacenamiento de la residencia individual.
b) Los proveedores tendrn la responsabilidad social de al momento de localizar
envases o cilindros en mal estado y reportarlos al sitio de fabricacin para ser
declarados obsoletos o para su posterior reparacin.
c) Los proveedores debern mantener un tiempo lmite de uso y rotacin de los
envases, pudiendo detectar con simple observacin la necesidad del recambio o
reposicin de cilindros en mal estado.
2.4.PROPUESTA DE GESTION PARA APLICACIN DE GLP EN
INSTALACIONES RESIDENCIALES EDIFICIOS
Como en la primera parte de la propuesta de gestin, ahora tambin se hace referencia a
las disposiciones relevantes de las normas ya analizadas, y se plantea la aplicacin de
GLP en instalaciones residenciales edificios, misma que ser extensiva a
urbanizaciones, conjuntos residenciales y viviendas que tengan tres departamentos o
ms. Con esto se pretende establecer el panorama donde el interesado en realizar este
tipo de instalaciones, sepa los procedimientos a seguir para la consecucin de las
mismas.
El empleo y uso seguro del gas requiere de un conjunto de condiciones adecuadas
relacionadas con:
Las instalaciones para el suministro del gas
Disposicin para el ingreso del aire
Ductos para la evacuacin de los gases resultantes de la combustin
El estado de mantencin de los artefactos a gas (cocina, calefn, secadora)
Se determina como instalacin o sistema de gas centralizado, aquel que se compone de
uno o varios tanques estacionarios, (cuyo volumen geomtrico sea igual o mayor a
medio metro cbico y que estn destinados para almacenar gas licuado de petrleo)
accesorios, conexiones y una red de tuberas que conduzcan el combustible a los puntos
de consumo para servicio residencial o domiciliario (Art.- 1 del Acuerdo Ministerial
069).
En la actualidad el uso de sistemas centralizados de gas, nos evita tener varios tanques o
bateras de gas distribuidos, en varias zonas o espacios de acuerdo a los consumos, de
esta manera reducimos los riesgos de accidentes, tanto por la fuga de gas como en el
traslado de los tanques, as como tambin mejoramos la eficiencia en los consumos.
La tendencia mundial es disminuir el uso del GLP a travs de cilindros o envases
unitarios, pues su utilizacin implica contar con grandes cantidades de envases, lo que
dificulta los tiempos de llenado, transporte y distribucin y no garantiza la seguridad de
los consumidores finales. Esto obliga a las empresas inmersas en este mercado a
desarrollar mecanismos de abastecimiento y uso del GLP mucho ms eficaces y sobre
todo, ms seguros.
Con lo antes mencionado la propuesta permite y se hace extensiva en presentar la
gestin de sistemas GLP en instalaciones residenciales edificios apegados estrictamente
a las normativas, acuerdos y reglamentos as como tambin considerar los
procedimientos en lo concerniente a las solicitaciones de permisos, vistos buenos y
autorizaciones.
El planteamiento de la propuesta basa su desarrollo tomando en cuenta actores
principales que se encuentran directamente involucrados con el manejo de GLP en
instalaciones residenciales edificios y son responsables nicos en cada una de sus reas
del buen desempeo al momento de la aplicacin de sistemas GLP en el segmento
edificios.
Estos actores tienen carcter de integrarse unos con otros y son en su extensin
dependientes teniendo que dar cuenta a un nico organismo de control y fiscalizacin
que ser el que autorice el arranque del proyecto de instalacin del sistema GLP en la
edificacin.
Dentro de la propuesta de gestin para aplicacin de gas licuado de petrleo en edificios
a travs de instalaciones centralizadas, se involucra los siguientes actores principales,
mismos que al integrarse hacen que la gestin sea eficiente.
Para visualizar el panorama, se presenta entonces a continuacin el diagrama de flujo
del proceso para aplicacin de GLP en edificios a travs de instalaciones centralizadas.
2.4.1. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO PARA APLICACIN DE GLP EN
INSTALACIONES RESIDENCIALES EDIFICOS
GRAFICO XIV
DISEO DEL EDIFICIO
Ingeniero y Arquitecto
EMPRESA INSTALADORA
IG-3 IG-4; EG-3 EG-4
Diseo, Clculo y Dimensionado de
la instalacin de gas centralizado
ORGANISMO DE CONTROL
Direccin Nacional de Hidrocarburos
Revisin tcnica y visto bueno
ORGANISMO DE CONTROL
Cuerpo de Bomberos, Emisin del
permiso de funcionamiento
AUTORIDAD DE CONTROL
Municipio de Cuenca, Inspeccin,
Control, Fiscalizacin y Autorizacin
de la ejecucin del proyecto de la
instalacin de gas centralizado en el
Edificio y/o Urbanizacin
COMERCIALIZADORA DE GLP
Austrogas Repsolgas Duragas.
Inspeccin de Instalacin y
abastecimiento de GLP a granel
2.4.2. FLUJO DEL PROCESO PARA APLICACIN DE GLP EN INSTALACIONES RESIDENCIALES EDIFICIOS Y URBANIZACIONES
GRAFICO XV
31
Diseo del Edificio, considerando los siguientes
aspectos:
Suministro de gas combustible
Ingreso de aire o ventilacin
Evacuacin de gases PDC (producidos de la
combustin
2
Diseo para la Instalacin de gas centralizado, considerando
los siguientes aspectos:
Realizada por instaladores o empresas instaladoras
autorizados IG EG segn norma ecuatoriana NTE INEN 2233:2002 (Acreditados por el CIMA y Certificadas
por el Municipio de Cuenca).
Realizada bajo norma INEN 2260 y las aqu sugeridas
Referirse a la norma internacional NFPA 58
Revisin tcnica del diseo, emisin del permiso de
funcionamiento y autorizacin de la ejecucin del proyecto,
considerando los siguientes aspectos:
Realizada por el organismo de control (DNH) segn norma
ecuatoriana INEN 2260, Acuerdo Ministerial No 069 y lo
aqu sugerido para el efecto.
Realizada por el organismo de control (Cuerpo de
Bomberos) segn ley de defensa contra incendios y lo aqu
sugerido para el efecto.
Realizada por la autoridad de control correspondiente
(Municipio de Cuenca) segn norma ecuatoriana INEN
2233 y las aqu sugeridas.
Comercializadora (Austrogas Repsolgas Duragas) realiza
Inspeccin de la instalacin de gas centralizada,
Abastecimiento y Almacenamiento de GLP a granel,
garantizando:
Autonoma del sistema
Inspeccin al momento del abastecimiento y almacenaje
Acogerse a lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No 069 y
a lo aqu sugerido para el efecto
4
2.4.3. DISEO DEL EDIFICIO
Los socios o dueos del proyecto habitacional sern quienes debern acogerse a los
trminos impuestos por los organismos fiscalizadores, para ello adoptaran todos los
procedimientos adecuados que los llevaran a cumplir lo establecido en las normas y por
ende a ofrecer la seguridad y confianza a los consumidores finales.
Como es de saber los socios o dueos del proyecto habitacional pondrn a cargo un
grupo de profesionales para el diseo del edificio quienes respaldaran y avalaran dicho
proyecto fundamentados en sus estudios y experiencia a la vez que sern quienes
direccionen y asesoren con alta responsabilidad a los propietarios del edificio, logrando
as la integracin entre profesionales e inversionistas.
En lo posterior los interesados e inversionistas del proyecto habitacional debern
concentrarse en la gestin en trmite para la obtencin de permisos y autorizaciones por
parte del Benemrito Cuerpo de Bomberos e Ilustre Municipalidad de Cuenca
respectivamente, para lo cual debern tener el diseo del proyecto habitacional y el
diseo de la instalacin de gas centralizado es decir un anexo que en adelante lo
llamaremos Memoria Tcnica en donde a ms del diseo de la instalacin se
detallaran fundamentos tanto tericos como tcnicos para el alcance del diseo en la
obra, esto lo ampliaremos en el punto 2.4.4.
Para un correcto y seguro empleo de gas combustible, el diseo del edificio en su
infraestructura dispondr de reas y espacios destinados al:
Suministro de gas combustible
Ingreso de aire o ventilacin y,
La evacuacin de los gases PDC (producto de la combustin)
2.4.3.1. SUMINISTRO DE GAS COMBUSTIBLE
En el diseo del edificio se deber tomar en cuenta las zonas y disposicin para un
sistema centralizado de suministro de gas combustible que se encuentra constituido por
los siguientes elementos:
Depsito de Almacenamiento de Gas o Tanque Estacionario
Red de Distribucin de Gas (Ducto en el edificio)
Acometida o Instalacin Interior de Gas (en el edificio)
Red Interior de Gas (en el apartamento)
Aparatos de Consumo (Cocina, Calefn, Secadora)
2.4.3.1.1. DEPSITO DE ALMACENAMIENTO DE GAS
Tambin llamados tanques estacionarios, se encuentran destinados para el almacenaje
del gas combustible, pueden estar ubicados en azoteas y/o suelos. Siendo una de las
opciones ms comunes la colocacin de tanques estacionarios en las azoteas, esto por el
tema de la seguridad que es un factor predominante al momento de la toma de
decisiones. Para esto en el diseo del edificio se deber prever su ubicacin en funcin
del volumen del tanque estacionario, pudiendo colocarse en las azoteas hasta un
mximo en volumen geomtrico de cinco metros cbicos (5 m3).
En el grfico (XVI) siguiente se muestran los dos tipos de tanque estacionario o
depsitos de almacenamiento de GLP comnmente usados, y la ubicacin de stos en
las azoteas; cortesa de Repsol YPF, Duragas
GRAFICO XVI
DEPSITOS DE ALMACENAMIENTO DE GLP
UBICACIN DE DEPSITOS GLP EN AZOTEAS
2.4.3.1.2. RED DE DISTRIBUCIN DE GAS
Instalacin destinada a conducir el gas desde la fuente de abastecimiento, depsito de
almacenamiento o tanque estacionario hasta el fin de los empalmes, es decir, el
comienzo de la instalacin interior o acometida interna del edificio.
Dentro del diseo del edificio existir un ducto exclusivo para la colocacin de la red de
distribucin o tubera matriz; entendindose como ducto al rea o espacio cerrado
conformado por paredes de bloque o ladrillo, que desciende de forma vertical por todo
el edificio.
Los ductos por donde desciende la tubera matriz no debern pasar por zonas o espacios
de circulacin o evacuacin, entendindose stas como gradas, corredores o callejones.
Estos ductos descendern nicamente por reas de estacin como joles y otros.
El ducto tendr puerta de acceso restringido en cada planta, esto con la finalidad de que
el personal de mantenimiento y administracin tenga acceso a los contadores o
medidores ah ubicados.
La responsabilidad de este tramo recae en las empresas instaladoras que desarrollan el
tendido.
2.4.3.1.3. ACOMETIDA O INSTALACIN INTERIOR DE GAS
Es aquella Instalacin de gas construida dentro de una propiedad para uso exclusivo de
sus ocupantes, ubicada en el interior de los edificios o construcciones. Esta acometida
interior conecta la red de distribucin con la red interna de cada uno de los
departamentos.
El tendido de sta tubera se har antes del cielo raso de los pasillos, corredores o joles
del edificio; y sus tuberas estarn sujetas con anclajes que impidan movimientos
accidentales de sta.
Entre los anclajes y el tubo estar colocado un aislante, que evite el contacto directo de
los materiales, con esto adems se evita el deterioro o alguna afeccin a la tubera que
pueda ser causada por el anclaje.
El buen estado de esta red es de exclusiva responsabilidad de la persona de
mantenimiento.
2.4.3.1.4. RED INTERIOR DE GAS
Es el conjunto de tuberas y accesorios que se encuentran en el interior de los
departamentos del edificio y estn destinados a conducir el gas hasta los artefactos.
La Red interior cruzar o se tender de forma libre antes del cielo raso para lo cual se
tomarn las mismas consideraciones que en el tendido de la acometida interior en el
edificio.
Los usuarios son los responsables de la mantencin de la red interior de gas y deben
impedir la accin externa de cualquier ndole que atente contra el buen estado del
sistema y controlar para detectar posibles fugas.
En el GRAFICO XVII se representa de forma esquemtica el suministro de gas
combustible en un sistema centralizado para un edificio de apartamentos en el que
podemos distinguir las redes e instalaciones antes mencionadas:
GRAFICO XVII
En lo que podemos establecer las siguientes zonas:
Centro de almacenamiento
Red de Distribucin de Gas
Ducto de Distribucin
Acometida Interior de Gas
Red Interior de Gas
2.4.3.1.5. APARATOS DE CONSUMO
En el diseo del edificio se deber tener en cuenta para cada departamento el rea para
la ubicacin de los aparatos de consumo como son la cocina y la secadora que por lo
general se encuentra dentro del rea de la cocina a distancias moderadas entre s para
aprovechar las instalaciones de ingreso de aire y evacuacin de gases producidos por la
combustin.
En cuanto al calefn ste deber encontrase siempre en el exterior del departamento
para lo cual en el diseo del edificio se deber prever el rea para la ubicacin de ste.
Hoy en da lo nuevo es contar con instalaciones de agua caliente centralizada lo que
evita la colocacin de varios calefones repartidos por toda la edificacin, el uso de
calefones innecesarios y sobre todo la concentracin en todo el edifico de los gases
producidos por la combustin as como la disminucin de oxigeno de forma acelerada
en zonas o espacios confinados o cerrados.
El principio de agua caliente centralizada se basa en tener una nica zona, cuarto o rea
en donde el agua es calentada usando el nmero de calefones adecuados segn el diseo
de la instalacin. Una vez alcanzada la temperatura de uso el agua caliente se distribuye
en lo posterior pasando por los medidores hacia los departamentos o lugares de
consumo.
Con lo anterior se considera entonces en el diseo del edificio un rea en la azotea o un
cuarto exclusivo para la colocacin de los calefones el que contara con rejillas de
ventilacin adecuadas tanto de ingreso de aire como de evacuacin de gases producidos
por la combustin. Este cuarto deber permanecer bloqueado y el responsable directo
del funcionamiento, control, e inspeccin es la persona de mantenimiento y
administracin del edificio.
2.4.3.2. INGRESO DE AIRE O VENTILACIN
El aire debe entrar de modo controlado por rejillas (de dimensiones normadas en la
construccin) en puertas, muros o ventanas y rebaje de puertas, todo esto de
responsabilidad de diseo y ubicacin de las empresas inmobiliarias y constructoras.
Hay que tener en cuenta los riesgos de una rejilla mal ubicada o tapadas por muebles u
otro objeto, tambin hay que considerar el no bloquear el rebaje de puertas con
alfombras o limpia pies.
Otro elemento a tener en cuenta es la ubicacin del calefn, este es el artefacto a gas que
consume una mayor cantidad de oxigeno por lo que debe ubicarse en un recinto con
muy buena ventilacin y deber ser colocado en el exterior del departamento.
En el ingreso de aire al edificio, hay que tener en cuenta los gases de los vehculos de
los estacionamientos subterrneos, por lo que es importante que los estacionamientos
cuenten con un buen sistema de evacuacin de gases, que impida el ingreso de estos a
pisos superiores por el ducto por donde pasa la tubera matriz.
2.4.3.3. EVACUACIN DE LOS GASES PRODUCTOS DE LA COMBUSTIN
Los gases PDC (producto de la combustin) deben ser evacuados de: secadora
(rejillas superiores), cocina (campanas), y calefn.
Es importante tener especial cuidado con los ductos de evacuacin, hay que mantenerlos
despejados y limpios, adems de que estn construidos y ubicados de acuerdo a las
normas para el efecto.
Los ductos colectivos son los encargados de recoger todos los gases producto de la
combustin y evacuarlos al exterior. Todos los edificios deben contar con ductos
colectivos independientes uno del otro, para:
Campanas de Cocina
Rejillas de secadora
Calefones
Estos adems no deben tener en su trayectoria estrangulaciones quiebres o cambios de
seccin, ya que impiden la normal evacuacin de los gases al exterior.
2.4.4. EMPRESA INSTALADORA
La seguridad es un factor de primordial inters al momento de realizar instalaciones
centralizadas de gas. Para alcanzar estndares de seguridad internacional se tienen que
cumplir a cabalidad los parmetros de las normativas nacionales e internacionales as
como los acuerdos y reglamentos normados por el ministerio del ramo.
Las empresas instaladoras son las facultadas para realizar los proyectos con lo referente
al diseo, clculo y dimensionamiento del sistema centralizado de GLP as como
ejecutar y mantener las instalaciones de gas centralizado; tienen como principal
responsabilidad la de cumplir con lo establecido en las normas tcnicas ecuatorianas
NTE INEN 2333, en donde se hace referencia a la clasificacin e identificacin de los
instaladores y empresas instaladoras de gas combustible en edificaciones de uso
residencial (ANEXO XV); NTE INEN 2260, que presenta las disposiciones a ser
acatadas en el marco de las instalaciones para gas combustible en edificaciones de uso
residencial (ANEXO XVI); as como tambin acogerse a lo dispuesto por la norma
internacional NFPA 58.
La empresa instaladora deber elaborar el correspondiente informe llamado Memoria
Tcnica del diseo de la instalacin de gas centralizado a ejecutarse segn lo establece
el Artculo 3 literales a, b y c del Acuerdo Ministerial No 69 (ANEXO VII) para ser
entregado a la comercializadora y en lo posterior ser presentado a la Direccin Nacional
de Hidrocarburos con sus respectivas copias.
Las principales caractersticas de seguridad que las empresas instaladoras deben
considerar a ms de las normativas, reglamentos y acuerdos en instalaciones de gas
centralizado en edificios son:
1. Sistemas de bloqueo del flujo de GLP por rupturas de tubera o por cualquier
otro motivo que implique una subida o cada de presin en el sistema.
2. Donde funcione un aparato a gas, tiene que haber siempre ventilacin. No se
deben tapar las rejillas ni colocar objetos que impidan la correcta ventilacin.
3. No se permiten uniones roscadas en tuberas de acero y cobre; todas las juntas
deben ir soldadas, lo cual minimiza las posibilidades de fugas.
4. Se recubre con pintura anticorrosiva toda la tubera para evitar la perforacin o
porosidad causada por la corrosin del medio ambiente.
5. Todo proyecto contar mnimo con doble regulacin; adems de las vlvulas de
seguridad.
6. Las tuberas van pintadas segn convencin, de color blanco cuando se
transporta el GLP en estado lquido para la carga en l depsito de
almacenamiento, y amarillo cuando se transporta el GLP en estado gaseoso para
el consumo, facilitando as la identificacin de las tuberas de gas.
7. No se puede empotrar ningn tipo de tubera metlica o plstica, en longitud
mayor a dos metros; y las menores a esta longitud tendrn que empotrarse con
cobertores de proteccin.
8. Regulacin de Primera Etapa: En esta etapa contamos con dos elementos de
regulacin (el regulador operativo y el regulador-limitador), que como
dispositivos de seguridad cuenta con:
a. Bloqueo por alta presin.
b. Bloqueo por baja presin.
c. Bloqueo por exceso de flujo.
9. Regulacin de segunda etapa: En esta etapa se reduce la presin hasta la
requerida por el equipo, o gasodomstico.
10. Vlvulas de corte: Se instalan vlvulas de corte para un fcil mantenimiento a
cada elemento de la instalacin y rpido accionar en caso de emergencia.
11. Conectores flexibles para gasodomsticos con terminales roscados.
12. Conectores flexibles para proteger la instalacin de vibracin y hundimientos de
lozas.
13. Manmetros: Se instalan manmetros a la entrada de cada armario, a la salida de
la regulacin de primera etapa y se instalan tomas de presin por cada medidor,
lo cual permite monitorear fcilmente el correcto funcionamiento de cada parte
de la instalacin.
2.4.5. DIRECCIN NACIONAL DE HIDROCARBUROS
La Direccin Nacional de Hidrocarburos (DNH) es el organismo encargado de fiscalizar
el correcto y oportuno cumplimiento de todas las normas (NTE INEN 2333, NTE INEN
2260) y reglamentos y sobre todo de llevar el control y revisin tcnica del diseo de
instalacin y la Memoria Tcnica del proyecto propuesto por la empresa instaladora y
avalado por la empresa comercializadora.
La Direccin Nacional de Hidrocarburos solicitar y receptara los permisos y
autorizaciones respectivas tanto del Benemrito Cuerpo de Bomberos como del Ilustre
Municipio de Cuenca, para dar trmite al proceso de revisin tcnica del proyecto y
posterior aprobacin de ejecucin del mismo, previa inspeccin tcnica del rea en
donde se construir el edificio.
Una vez concluida la obra la Direccin Nacional de Hidrocarburos tiene autoridad total
para realizar la revisin tcnica de la misma, en coordinacin con los otros entes
fiscalizadores, y se encuentra facultada para dar visto bueno y autorizar as como negar
la puesta en marcha del sistema hasta observar la real pertinencia de arranque de la
instalacin de gas centralizado.
Se debe considerar durante la revisin e inspeccin en las instalaciones centralizadas de
GLP los puntos a los que hace referencia la norma NTE INEN 2260, sobre todo en
cuestin a las pruebas y verificaciones (ANEXO XVI).
Para la aprobacin de la ejecucin de una instalacin centralizada de GLP se tiene que
presentar a la Direccin Nacional de Hidrocarburos (DNH) la siguiente documentacin,
segn lo establece el Acuerdo Ministerial No 69 (ANEXO VII), en donde se expiden las
disposiciones para la comercializacin de GLP a travs de instalaciones centralizadas,
esto es:
1. Descripcin detallada, clculos, planos y dems informacin tcnica que
justifiquen la aplicacin de las normas. Esto normalmente se conoce como
Memoria Tcnica.
2. Certificado de conformidad con la norma del tanque de almacenamiento emitido
por el INEN incluyendo el protocolo de calidad otorgado por el fabricante.
3. Certificados de factibilidad de los servicios de extincin de incendios, y de
aprobacin de seguridades contra incendios para el proyecto, as como planos
aprobados por el Benemrito Cuerpo de Bomberos de Cuenca.
4. Certificado de aprobacin del proyecto, as como de los planos aprobados por el
Ilustre Municipio de Cuenca.
La Direccin Nacional de Hidrocarburos en el trmino mximo de 15 das contados a
partir de la presentacin de la documentacin deber aprobar, rechazar o solicitar
modificaciones al proyecto o partes del mismo.
Concluida la instalacin, de acuerdo a lo que aprob la Direccin Nacional de
Hidrocarburos (DNH), la comercializadora comunicar del particular a dicha institucin
para que se realice la inspeccin final en obra, la cual dentro del trmino de 15 das
contados a partir de la inspeccin final se pronunciar sobre la operacin o no del
sistema centralizado.
2.4.6. BENEMRITO CUERPO DE BOMBEROS DE CUENCA
El Benemrito Cuerpo de Bomberos de Cuenca es un organismo o un grupo de
voluntarios cuya accin primordial y cuyo sentido de colaboracin y solidaridad les da
la razn de ser y la pauta para acudir a las emergencias causadas en los conatos o
siniestros de incendios.
El Benemrito Cuerpo de Bomberos de Cuenca emitir los permisos correspondientes
una vez revisado el diseo de la instalacin en donde constan las instalaciones auxiliares
y los elementos complementarios que son parte de la instalacin de gas centralizado; as
como tambin revisar el diseo de la vivienda en donde se toma especial atencin a:
Ubicacin de tanques y calefones
Ducto del edificio por donde corre la red de distribucin de gas
Ingreso de aire
Evacuacin y ventilacin de gases PDC
Vas de evacuacin de personas
Se realizar adems la inspeccin del rea de ubicacin del terreno donde se
desarrollar el proyecto.
El plan de accin luego se desarrollar en forma peridica con lo que respecta a la
inspeccin en obra para corroborar el cumplimiento de lo establecido con lo referente a
la seguridad en caso de siniestros o conatos de incendio.
La inspeccin se desarrollar en calendario estndar (anual) y el Benemrito Cuerpo de
Bomberos de Cuenca tendr la facultad de sancionar con las multas correspondientes a
quienes no soliciten la inspeccin en obra.
El Benemrito Cuerpo de Bomberos de Cuenca considerar para la inspeccin las
instalaciones auxiliares tales como:
Escalera Contra Incendios
Alarma de Emergencia de Incendio
Cabina con Manguera Extintora y Hacha de resguardo
Extintores de incendio portables
Instalacin de Aspersores que se Activen por Humo
Censor de emisin de monxido de carbono
Censor de fuga de gas
Y los elementos complementarios como los carteles de sealizacin. Todo esto ayudara
a disminuir los riesgos y proporcionar los elementos necesarios para dar respuesta
rpida a cualquier anomala que pueda presentar el sistema GLP.
2.4.7. ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CUENCA
El Ilustre Municipio de Cuenca es un organismo de control y fiscalizacin, y se
encuentra facultado para otorgar el respectivo permiso y la autorizacin de la ejecucin
del diseo del proyecto presentado por la empresa instaladora para la aplicacin de GLP
centralizado en la edificacin. De esta forma la autoridad de control respalda la revisin
del proyecto e inspeccin del sitio donde se desarrollar la obra.
La autorizacin otorgada por el Ilustre Municipio de Cuenca servir para la posterior
presentacin como un documento necesario en los requisitos solicitados por la
Direccin Nacional de Hidrocarburos; para en lo posterior autorizar a la
comercializadora el abastecimiento de GLP a granel.
Es responsabilidad directa del Ilustre Municipio de Cuenca velar por el buen vivir de
sus habitantes y dentro de esto asegurar:
Disminucin del Impacto Ambiental
Disminucin de los Riesgos por mal manejo de GLP
Pertinente Ubicacin de la Edificacin
Salvaguardar los bienes y la propiedad tanto pblica como privada
Para ello el Ilustre Municipio de Cuenca una vez otorgada la autorizacin y el permiso
que se requiere en la Direccin Nacional de Hidrocarburos para la ejecucin del
proyecto; deber poner en marcha su plan de accin sobre la edificacin. Esto significa
que llevar inspecciones peridicas sobre las instalaciones y en lo referente a la
aplicacin de GLP en el edificio con el fin de poder garantizar la seguridad en los
usuarios y la tranquilidad en la comunidad.
Para las inspecciones peridicas de las instalaciones centralizadas de gas de los
inmuebles edificios el Ilustre Municipio de Cuenca ser el que se encuentre facultado
para emitir permisos que caduquen a fechas programadas e incluso para imponer las
respectivas sanciones en caso de incumplimiento de lo normado por el ente inspector y
fiscalizador del Ilustre Municipio de Cuenca.
Las consideraciones principales a tenerse en cuenta en la inspeccin o fiscalizacin de
la instalacin en la obra son las siguientes:
a) Existe la obligacin de hacer una revisin tcnica a todo edificio de tres o ms
plantas. Esta inspeccin se deber realizar de forma anual.
b) De no cumplir con la obligacin de solicitar inspeccin de la edificacin al
Ilustre Municipio de Cuenca, ste tendr autoridad total para emitir la multa
correspondiente.
c) Las inspecciones que se realizarn contempla los siguientes tems:
Artefactos o Aparatos de Consumo de gas (estado de Funcionamiento)
Cuarto o rea de Calefones
Instalaciones para el Ingreso de Aire (rejillas, ventoleras, etc.)
Instalaciones para la Evacuacin de Gases (ductos)
Red de Distribucin , Red Interior de Gas e Instalacin en el Apartamento
Planos del Edificio y Diseo de la Instalacin
2.4.8. COMERCIALIZADORA DE GLP
La comercializadora es la empresa encargada y facultada, una vez autorizada por la
Direccin Nacional de Hidrocarburos, para proveer o hacer llegar el GLP a los
depsitos de almacenamiento o tanques estacionarios de los diferentes edificios de la
ciudad de Cuenca que cuentan con un sistema de gas centralizado.
La comercializadora transporta el GLP en estado lquido hasta los depsitos de
almacenamiento de cada edificio a travs de tanques o camiones cisterna. Para el efecto
se otorga el suministro de gas a los usuarios previa prueba de hermeticidad de las
tuberas y comprobacin de que todos los componentes funcionen en forma segura y de
acuerdo a las disposiciones vigentes.
La comercializadora deber acoger lo dispuesto por el Acuerdo Ministerial No 69 cuyo
fin es expedir las Disposiciones para la Comercializacin de GLP a travs de
Instalaciones Centralizadas que por medio del Ministerio de Minas y Petrleos establece
en aspectos generales la coordinacin y sobre todo la presentacin de varias
formalidades a la Direccin Nacional de Hidrocarburos para la posterior autorizacin
del abastecimiento de GLP.
Es responsabilidad directa de la comercializadora, una vez autorizada por la Direccin
Nacional de Hidrocarburos proveer el gas licuado y llevar la inspeccin peridica de
todo el sistema de abastecimiento y distribucin del GLP en la instalacin centralizada.
Quedando la Direccin Nacional de Hidrocarburos al margen una vez concluida y
autorizada la puesta en marcha del sistema en la obra.
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