Aspectos tributarios sector construcción
Roger Román SánchezSocio Russell Bedford DSA.
Teléfono 317 690 [email protected]
Precisiones
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Promotor
Adelanta el proyecto
Puede ser también el
constructor.
Comercializador.
Encargado de las ventas.
Constructor
Quien ejecuta la obra
También puede ser promotor.
Proveedor.
Impuesto de renta.
Normatividad especial- Citemos algunas
4
Ingresos Art 200 Art 32. Art 28
Contratos de colaboración empresarial
Art 18
Contratos de fiducia
mercantilArt 102 Art 271-1
Promotoras.
5
Promotor
Fiducia Directa Terceros.
Directa
•Negociación directa con promitentes compradores.
Ingresos y Costos
•Se deben capitalizar todos los costos de la obra, el ingreso se reconoce al momento de escritura.
Financiación
•NIIF para Pymes•Gasto•¿Capitalización?
Promotor - Reconocimiento del ingreso e Interés
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• Escrituración• No aplica la transferencia de
riesgo o registro entidades públicas.
Ingreso
• DUR 1.2.1.18.30 podrá ser capitalizado.
• Relación de causalidadInterés.
Fiducia Mercantil.
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PA Instrumento jurídico.
Regla de transparencia fiscal
Los activos, pasivos, ingresos y costos, reciben el mismo tratamiento fiscal, como si lo beneficiarios los tuvieran de forma directa.
Concepto 10610-18 DIAN.
Inmobiliaria
Administración
Garantia
Tipos de fiducia frecuente en la construcción.
Patrimonio autónomo
Fideicomitente
Beneficiario
Fiduciario
Partes de un contrato de fiducia
Veamos ejemplos aplicados- Fiducia de Parqueo.
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Ejemplo 1-Se constituye una fiducia de parqueo y se aporta bien inmueble
Fideicomitente- Beneficiario FIDUCIA- PA
Propiedad Planta y EquipoTerreno 200.000.000 200.000.000
Ejemplo 2-Se constituye una fiducia de parqueo y se aporta bien inmueble por valor comercial.
Fideicomitente- Beneficiario FIDUCIA- PA
Propiedad Planta y EquipoTerreno 200.000.000 1.500.000.000
Ejemplo 3-Se posee el 40% de los derechos fiduciarios de un lote con costo $ 1.500.000.000
Fideicomitente- Beneficiario FIDUCIA- PA
Propiedad Planta y EquipoTerreno 600.000.000 1.500.000.000
Veamos ejemplos de administración y pago.
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Ejemplo 4
Patrimonio autónomo Fideicomitente- Beneficiario
Efectivo y EquivalenteBancos 138.000.000 138.000.000
InventarioConstrucción 220.000.000 220.000.000
Total Activo 358.000.000
PasivoProveedores 120.000.000 120.000.000 Crédito constructor 50.000.000 50.000.000 Anticipo de clientes 55.000.000 55.000.000
Total pasivo 225.000.000 225.000.000 Patrimonio
Aportes 1.000.000 1.000.000 Resultados 132.000.000 132.000.000
Total Patrimonio 133.000.000 133.000.000
IngresosEscrituración 550.000.000 550.000.000 Rendimientos 2.000.000 2.000.000
CostosTraslado inventario 420.000.000 420.000.000
Conciliar con la fiducia
Llevar control de los gastos.
Depurar los gastos no deducibles.
No duplicar los costos.
Constructor- Ingresos.
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Costos e ingresos-Métodos de construcción.
Se debe elaborar presupuesto de ingresos y costos.
Al terminar se ajustan los valores y costos, a su vez las pérdidas esperadas no se pueden reconocer.
Presupuesto
Suscrito por arquitecto, ingeniero o profesional
especializado.
Deben llevar contabilidad.
Inventario versus grado de avance.
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Traslado por grado de avance,
sobre lo consumido.
Inventario –Elementos no consumidos.
Constructor- Contratos de colaboración empresarial.
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Consorcio o Unión temporal.
Joint Ventures
Cuentas de participación.
Regla de transparencia fiscal
Los activos, pasivos, ingresos y costos, reciben el mismo tratamiento fiscal, se debe reconocer de acuerdo al grado de participación.
Ejemplo fiscal.
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Ejemplo 550% de los derechos.
Consorcio o unión temporal Consorciado
Efectivo y EquivalenteBancos 86.000.000 43.000.000
InventarioConstrucción 220.000.000 110.000.000
Total Activo 306.000.000
PasivoProveedores 120.000.000 60.000.000 Anticipo de clientes 55.000.000 27.500.000
Total pasivo 175.000.000 87.500.000 Patrimonio
Aportes 1.000.000 500.000 Resultados 130.000.000 65.000.000
Total Patrimonio 131.000.000 131.000.000
IngresosConstrucción 550.000.000 275.000.000
CostosCostos de servicio 420.000.000 210.000.000
Utilidad 130.000.000 65.000.000
Transpareencia Control
Negocio conjunto.
Asociadas
Subsidiria
Incluir partidas de acuerdo a
participación
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Retención en la fuente e ICA
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Construcción
Tarifa 2%, sobre el 100% del contrato (Art 1.2.4.9.1 DUR
1625)
Contrato de mandando se hace
sobre los honorarios.
Autorretención sobre todos los
ingresos.
Venta de inmueble.
Compra PJ se hace retención del 2.5%
Autorretención especial sobre el
100%.
ICA
Se graba 100% el ingreso por servicios
de construcción.
Se graba 100% por venta de bienes.
Según el municipio la fiducia puede retener
Impuesto a las ventas.
Servicios de construcción
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No constituyen contratos de construcción las obras o bienes que puedan retirarse fácilmente sin detrimento del inmueble como divisiones internas en edificios ya terminados.
¿ Cuales son ?
¿ Base Gravable ?
Honorarios del contratistaUtilidad o administración
¿ % minimo ?
En ningún caso podrá ser inferior a lo que comercialmente corresponda en contratos similares.
¿ Acepta descontable ?Solo los relacionados con los honorarios (Papelería, teléfono, oficina)
Contrato de construcción administración delegada.
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Administración delegada. (Contrato)
El IVA se cálcula sobre el honorario de administración.
No aplica IVA descontable para el contratista.
Venta de bien inmueble.
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Excluido • Num. 12 Art 424, No cauca impuesto.
Inmubles.• No pueden
transportarse de un lugar a otro
INC•Art 512-22-
Inexequible C 593 2019.
Otras construcciones.
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Art 476 Num 24- Producción agropecuaria y Pesquera
Art 477 Num p, Construcción armas sistemas de defensa
IVA pagado en AFRP
Descuento en impuesto de
renta
Mayor valor del costo o gasto
del activo
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¿Qué son activos fijos reales productivos?Decreto 1089 de 2020
Activos Fijos (Art. 60 ET) – Depreciables o
amortizables
Bienes Tangibles
Para formar Patrimonio
Bruto
Participen directa y
permanente en la APR
Para la producción de bienes y
servicios
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Artículo 258-1 ET
Responsables del Impuesto a las ventas
Podrán Descontar del impuesto sobre la renta
El Impuesto a las ventas pagado (Incluyendo servicios para ponerlos en condiciones de uso)
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Artículo 258-1 ET
En el año del pago o en cualquiera de los períodos siguientes
Adquisición, construcción o formación e importación
Activos fijos reales productivos
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Artículo 258-1 ET
• En el momento en que se active e inicia amortización o depreciación
Formados o construidos
• Con opción irrevocable de compra
• Procede en cabeza del arrendatario
Leasing• Tomarlo como costo
o gasto en renta• Llevarlo como
descontable dentro del IVA
Prohibición
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Sentencia C-379 de 2020
• Exequible - en el entendido de que al beneficio tributario contemplado por la norma también podrán acceder aquellos sujetos que no son responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA
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27
BENEFICIOS TRIBUTARIOS
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VIS y VIP
Rentas exentas VIS y VIP
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Utilidad en enajeación de predios
Utilidad primera enajenación de VIS y VIP.
REQUISITOS VIS Y VIP
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Licencia de construcción el proyecto será VIS o VIP
Venta directa – Titularidad a nombre de la fiducia como vocera
Documento constitución del PA objeto desarrollo VIS o VIP
Certificado de la fiduciaria el proyecto será a través de PA
Utilidad en venta de bien inmueble Primera enajenación VIS y VIP
Licencia de construcción el proyecto es VIS o VIP
Bien inmueble deberá estar dentro del PA, este actué comno vocero
Documento constitución del PA objeto desarrollo VIS o VIP
Certificado de la fiduciaria el proyecto será a través de PA.
Certificado del PA donde conste utilidad obtenidas del ejercicio gravable
Los anteriores documento se deberán tener en caso de requierirTambién son permitidos los proyectos mixtos,
Devolución IVA-VIS o VIP
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Proyectos VIS y VIP
IVA Pagado en la adquisición de materiales
de construcción.
La devolución será en proporción al 4% del valor
registrado en escritura.
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Devolución IVA- VIS o VIP
Vivienda
VIS o VIP Anexo conexión internet, ducha, santitarios…
Garantizar habitabilidad de la
vivienda.
Procede con proyectos mixto en proporción.
Contabilidad
Identificación del IVA objeto de devolución.
La contabilidad deberá llevar el detalle por
centro de costo.
Los documentos soportes deben
cumplir los requisitos
No se puede llevar como IVA descontable.
Tramite.
Se adelante ante la seccional del
contribuyente.
Se deberá solicitar dentro de los 2 años
siguientes a la escritura.
A más tardar 2 años una vez terminado el proyecto. Se puede
extener 6 meses adicionales.
Certificado
Certificación sobre el proyecto (Unidades,
valor)
Certificado de relación de compra objeto de
devolución y matriculas
inmobiliaria.
Certificados de libertad y tradición.
Certificado autoridad competente la obra
fue construida.
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INCENTIVO TRIBUTARIO PARA EMPRESAS DE ECONOMÍA NARANJA
(ART. 79)
CULTURA
CREATIVIDAD
IDENTIDAD
Economía Naranja.
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La economía Naranja Una oportunidad infinita: escrito por Iván Duque Marqués y Pedro Luis Buitrago Restrepo.
Econ
omía
•32 Billones de pesos anuales
•Representa 3,4% PIB
•Objetivo 7% PIB•Facture igual a Ecopetrol o Grupo Éxito
Amér
ica L
atin
a •Ingresos por 124,000 millones de dólares
•2,1% PIB
Mun
dial •Ingresos 2,25
billones dólares•29,5 millones puestos trabajo 1% población activa
•Holanda representa 10% PIB
35
36
37
Entre los objetivos también están que al año 2022, cuatro de cada 100 nuevos empleos que se deben haber generado en el país provendrán de la economía naranja
Beneficio tributario.
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Renta exenta 7 años No paga Impto de renta
Cumplir con todos los requisitos
Requsitos
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Sociedad
Constitución antes de 2021
Domicilio en Colombia.
Objeto social exclusivo.
Inversión
Inversión mínima (4.400 UVT) $
159.755.200, en tres años.
Generación mínima de 3 empleos, no
cuenta administración
Admisión
Proyecto Comité economía Naranja
Ministerio de Cultura emitir acto
de aprobación
Requisitos- Sociedad
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CODIGO CIIU DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
3210 Fabricación de joyas , bisutería y artículos conexos 5811 Edición de l ibros 5820 Edición de programas de informática(software)5911 Actividades de producción de pel ículas cinematográficas , videos , programas, anuncios y comercia les de televis ión 5912 Actividades de posproducción de pel ículas cinematográficas , videos , programas, anuncios y comercia les de televis ión 5913 Actividades de dis tribución de pel ículas cinematográficas , videos , programas, anuncios y comercia les de televis ión 5914 Actividades de Exhibición de pel ículas cinematográficas , videos , programas, anuncios y comercia les de televis ión 5920 Actividades de grabación de sonidos y edición de mús ica 6010 Actividades de programación y transmis ión en el servicio de radio di fus ión sonora 6020 Actividades de programación y transmis ión de televis ión 6201 Actividades de desarrol lo de s is temas informáticos(plani ficación, anál i s i s , diseño, programación, pruebas)6202 Actividades de consultoría , informática y actividades de adminis tración de insta laciones informáticas 7110 Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica 7220 Investigaciones y desarrol lo experimental en el campo de las ciencias socia les y humanidades 7410 Actividades especia l i zadas de diseño7420 Actividades de fotografía9001 Creación l i teraria9002 Creación mus ica l 9003 Creación teatra l 9004 creación audio visual 9005 Artes plásticas y visuales 9006 Actividades teatra les 9007 Actividades de espectáculos mus ica les en vivo9008 Otras actividades de espectáculos mus ica les en vivo9101 Actividades de bibl iotecas y archivos 9102 Actividades de funcionamientos de museos , conservación de edi ficios y s i tios his tóricos
Actividades referentes a l turismo cultura l
Listado de actividad económica exclusiva
Actividades económicas
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Código 7110
Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica
La prestación de servicios de arquitectura, servicios de ingeniería, servicios de dibujo de planos, servicios de inspección de edificios y servicios de prospección, de cartografía y servicios similares. Se incluyen las siguientes actividades:
• Las actividades de consultoría de arquitectura: diseño de edificios y dibujo de planos de construcción, planificación urbana y arquitectura paisajista.
• El diseño de ingeniería• Los estudios geofísicos, geológicos y sismográficos.
Código 7410
Actividades especializadas de diseño
• El diseño de telas, prendas de vestir, calzado, joyas, muebles y otros artículos de decoración interior y de moda, así como de otros artículos personales y enseres domésticos.
• El diseño industrial• Las actividades de diseñadores gráficos.
• Las actividades de decoradores de interiores.
Requisitos Sociedad
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• Artesanias• Promoción atractivos
culturales. • Transporte turistico• Servicios de
interpretación
Turismo cultural
• Actividades deportivas.
• Actividades de recreación
Actividades de deporte
Requisitos inversión
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ingresos brutos fiscales en UVT en el respectivo año fiscal
Empleos por rango (no acumulativos por
cambio de rango)Desde Hasta
0 6.000 ( $ 217.848.000) 36.001 15.000 ( $ 544.620.000) 4
15.001 30.000 ($ 1.089.240.000) 530.001 65.000 ( $ 2.360.020.000) 7
65.001Menos de 80.000
($ 2.904.464.000 8
Los empleos deben tener vocación de permanencia y con relación a la actividad creativa.
Requisitos calificación
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Datos básicos
Nombre sociedad e
identificación
Autorización al ministerio.
Proyecto Viabilidad financiera
Conveniencia económica o
creación empresarial.
Actividad económica
InversiónNúmero de empleos a
generar
Monto y tipo de inversión.
Cronograma de ejecución.
Certificado. Certificación de ingresos.
Copia de renta y RUT.
Certificación EEFF
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Requisitos calificación
Presentación Proyecto
Comité Economía Naranja
Aprobación ministerio de
cultura
Recepción proyectos
Respuesta a los 30 días hábiles.
Reportes de económia naranja.
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https://economianaranja.gov.co/reportes/
IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN DE TRIBUTACIÓN SIMPLE (SIMPLE)LIBRO OCTAVO ET
El impuesto (Sin modificación)
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Es un sistema de tributación opcional, determinación integral, declaración anual y anticipo bimestral que graba de forma
directa los ingresos ordinarios y extraordinarios de la entidad,
reemplazando el impuesto renta e integrando otras obligaciones formales.
Hecho generador y Base gravable (Sin modificación)
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Hecho generador•La obtención de
ingresos susceptibles de aumentar el patrimonio
Base gravable•Ingresos ordinarios y
extraordinarios del periodo gravable
•Se excluye los ingresos por ganancia ocasional e ingresos no constitutivo de renta y ganancia ocasional
Sujetos pasivos (Sin modificación)
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Podrán ser (Es un sistema opcional)
•Sea nacional o extranjero que desarrolle empresa
Persona Natural o jurídica
•El anterior requisito aplica para las empresas en marcha y nuevas
Obtener ingresos inferiores a 80.000 UVT (2.848 millones)
•No supere de manera consolidado de acuerdo a su participación en otras sociedades más de 80.000 UVT (2.848 millones) de ingresos prorrata de su participación.
El accionista o administrador que tenga varias empresas
•Tributarias nacional (DIAN) , municipal (Alcaldías) , y seguridad social.
Encontrarse al día con las obligaciones tributarias
Sujetos que no pueden optar (Sin modificación)
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Personas jurídicas extranjeras o sus establecimiento permanente
Persona natural sin residencia en el país
Persona natural residente, que en ejercicio detecten contrato realidad (La DIAN no requiere pronunciamiento de un juez)
Las sociedades cuyos socios tengan sustancia de relación laboral con el contratante
Las entidades que sean filiales, agencias, sucursales de personas juridicas nacionales o extranjeras
Las entidades financieras, Las sociedades resultantes de división o segregación
Actividades especiales como (Microcrédito, factoraje, Servicios de asesoría financiera, intermediación en la venta de activos, arrendamiento de activos)
Composición del impuesto (Sin modificación)
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Impuesto Simple
Sustituye
Renta Ordinaria
Integra
Impuesto al consumo Impuesto industria y comercio consolidado
Los consejos deberán establecer una tarifa
por actividad (Año 2020 obligatorio)
El contribuyente deberá informar el
municipio de los ingresos
IVA (Mini Mercado, peluquerías)
TARIFAS (Sin modificación)
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TARIFAS (Sin modificación)
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Comentario
Se incrementan las tarifas para los servicios profesionales del 8,5% al 14,5% como tarifa máxima.
Generalidades (Sin modificación)
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Pago Bimestral
De acuerdo a los ingresos percibidos
Tarifas especiales para el pago del anticipo
Descuentos
Los pagos por concepto de pensión
de los empleados puede ser tratado como descuento
Los ingresos con tarjeta u mecanismos
genera el 0.5% de descuento
Otros
Si existen varias actividades se aplica la
tarifa mas alta
La inscripción se debe realizar hasta el ultimo
día hábil de enero
Otras Generalidades (Sin modificación)
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No son sujetos a retención en la fuente y ni agentes de retención en la fuente (excepto pagos laborales). Tampoco están obligados a practicarse autorretenciones.
Los contribuyentes que vendan bienes y servicios a un tercero del SIMPLE, deberán autorretenerse en la fuente.
Los contribuyentes del régimen simple de tributación son responsables de IVA o del impuesto al consumo. (excepto tiendas, minimercados y peluquerías)
El contribuyente que desarrollen actividades en tiendas pequeñas , mini-mercados, micro mercados y peluquería) No tienen derecho a solicitar impuestos descontables.
Cuando el contribuyente incumpla (Retraso mayor a un mes) los pagos correspondientes al total del periodo del impuesto unificado, será excluido del régimen.
Ejemplo régimen simple versus ordinario
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CONCEPTO RSIMPLE G2 % R ORDINARIO %
Ingresos de operación $ 2.000.000.000 $ 2.000.000.000 (-) Costos 1.400.000.000 (-) Gastos deducibles 350.000.000
(-) Ingresos no constitutivo de renta ni ganancia ocasional - -(+) Ingreso ganancia ocasional - -
Renta liquida 2.000.000.000 250.000.000
Impuesto 108.000.000 5,4% 82.500.000 4,1%Descuento IVA BRPDescuento DonaciónDescuento ICA 10.000.000 0,5%Descuento aporte pensión 36.000.000 1,8%Descuento recaudo electrónico 10.000.000 0,5%
Total Impuesto 62.000.000 3,1% 72.500.000 3,6%
Diferencia 10.500.000
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Régimen ZESE, ZOMAC y Hotelero
Régimen ZESE (Art 268 Ley 1955-19) (DR 1606 2020)
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Zonas Económicas y sociales Especiales (ZESE)
Constitución 3 años siguientes
15% de aumento de empleo (Formal) sobre la actividad. (mínimo 2 empleos)
Actividad Industrial, Agropecuaria, comercial, turística y salud (> 50%)
Retención en la fuente de acuerdo a la tarifa.
No aplica traslado.
Guajira
Norte de Santander
Arauca
Armenia y Quibdo (DR 2112 Nov-19)
Tarifa del 0% primeros cinco años 50% los otros cinco años.
ZOMAC
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Micro y Pequeñas
2017 y 2021 0%
2022 y 2024 (25% de la
tarifa).
2025 y 2027 (50% de la
tarifa)
Medianas y Grandes
2017 y 2021 (50% de la
tarifa)
2022 y 2027 (75% de la
tarifa
Municipios determinados por D 1650/17, Afectados por la violencia
Tarifa especial para el sector hotelero y ecoturismo (Art 240) (Sin modificación)
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Hoteles Nuevos
10 Años a partir de la ley (inversión),
20 años de beneficio
4 Años a partir de la ley (Inversión),
10 Años de beneficio
Hoteles Remodelados
10 Años a partir de la ley , 20 años de
beneficio(Proporción al %
remodelado del costo fiscal)
4 Años a partir de la ley, 10 Años de beneficio
(Remodelación superior al 50% del bien inmueble costo fiscal)
Nuevos Parque temáticos, muelle
náutico, Ecoturismo, y agroturismo
10 Años a partir de la ley (inversión), 20 años de beneficio
4 Años a partir de la ley (Inversión), 10 Años de beneficio
Municipios <= 200.000
Habitantes dic. 31 de 2018
Municipios > 200.000
Habitantes dic. 31 de 2018
TARIFA ESPECIAL DE RENTA DEL 9% (Parr. 5 Lit. c, d y f)
Comentario
Se continua con lapolítica de promocionar elsector hotelero y turísticocon tarifa preferencial.
Gracias por su
atención….
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