S.S.M. NORTE30 NOVIEMBRE 2010
Hugo Ocampo GarcésJefe Subdepartamento de Regulación
Intendencia de Prestadores
Política de Estado en
Evaluación y Aseguramiento
de la Calidad Asistencial
- Marco Jurídico -
I.- Fines y Características de la Política Pública
II.- Marco Institucional
III.- Los Sistemas:
1) De Registros de Prestadores Individuales
2) De Certificación de Especialidades y Subespecialidades de los Prestadores
Individuales de Salud
3) De Acreditación de Prestadores Institucionales de Salud (hospitales, clínicas, laboratorios, etc.)
Esquema
Mejoramiento de Equidad y Calidad en Salud
Sistema de Salud Garantista
Sistemas de Evaluación y Aseguramiento de la Calidad
Asistencial
I.- Fines y características OBJETIVO REFORMA
NUEVA INSTITUCIONALIDAD
LEY CREA NUEVOS INSTRUMENTOS
…de Evaluación Estándares Estatales y Comunes(públicos/privados)
Medición Imparcial
Promoción del Mejoramiento Continuo de Procesos
I.- Fines y Características
I.- Fines y CaracterísticasSistemas integrados
Acreditación de Prestadores Institucionales (hospitales,
clínicas, laboratorios, etc.) (establecimientos
de salud)
Certificación de Especialidades y Subespecialidades de los Prestadores
Individuales de Salud (profesionales)
Registros Públicos (de profesionales, establecimientos acreditados y evaluadores)
…y de AseguramientoSeguridad Sanitaria (control de riesgos en procesos
clínicos: “eventos adversos”)
Seguridad Jurídica: sistema de rango legal;
derechos exigibles; control institucional y social.
I.- Fines y Características
…todo ello para:que las personas puedan
hacer exigible un mínimo común explícito
de seguridad en la asistencia sanitaria:
la GES de Calidad
I.- Fines y Características
“otorgamiento de las prestaciones de salud garantizadas por un prestador registrado o acreditado, de acuerdo a la ley Nº 19.937, en la forma y condiciones que determine el decreto a que se refiere el artículo 11.”
PrestadorIndividual
PrestadorInstitucional
I.- Fines y Características: Ley Nº 19.966: Artículo 4, letra b): la Garantía Explícita de Calidad
Artículo Tercero Transitorio: “2.- La Garantía Explícita de Calidad será exigible cuando entren en vigencia los sistemas de certificación, acreditación y registro de la Superintendencia de Salud, conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.937.”
Noviembre 2010: entrada en vigencia del Sistema de Certificación
I.- Fines y Características: Ley Nº 19.966
II.- Marco Institucional
II.- Marco Institucional
II.- Marco Institucional
II.- Marco Institucional
II.- Marco Institucional
TRANSPARENCIACONTROL CIUDADANOACCOUNTABILITY
II.- MarcoInstitucional
III.- Los Sistemas• Registros de Prestadores
Individuales
• Certificación de Especialidades y Subespecialidades de los Prestadores Individuales de Salud
• Acreditación de Prestadores Institucionales de Salud (hospitales, clínicas, laboratorios, etc.)
1) El Sistema de Registros
de los Prestadores Individuales
de Salud
DFL Nº 1/2005 MINSAL: Art. 121, N° 6:
“Le corresponderá a la Superintendencia, las siguientes funciones y atribuciones, las que ejercerá a través de la Intendencia de Prestadores de Salud:
“6. Mantener registros nacionales y regionales actualizados de los prestadores individuales de salud, de sus especialidades y subespecialidades, si las tuvieran,
todo ello conforme al reglamento correspondiente.”
Contenido del Reglamento:
Artículo 8°. Los prestadores individuales de salud que serán inscritos en el Registro de Prestadores serán los que se encuentren habilitados por el título profesional respectivo para ejercer legalmente en el país:
1) Médicos Cirujanos;2) Dentistas o Cirujanos Dentistas;3) Enfermeros;4) Matrones;5) Tecnólogos Médicos;6) Psicólogos;7) Kinesiólogos;8) Farmacéuticos y Químico Farmacéuticos;9) Bioquímicos;10) Nutricionistas;11) Fonoaudiólogos;12) Terapeutas Ocupacionales;13) Los profesionales auxiliares señalados
en el inciso segundo del artículo 112 del Código Sanitario.
Abril 2009
Julio 2010
Julio 2011
2) Sistema de Certificación de Especialidades y
Subespecialidades de los Prestadores
Individuales de Salud
A.- Marco jurídico del Sistema de Certificación:
El Régimen Permanente
DFL N° 1/2005 MINSAL: Artículo 4° N° 13
No constituye habilitación profesional, grado académico ni título profesional
Permite validar tanto la formación de especialidad por vía docente como por vía práctica
“La certificación es el proceso en virtud del cual se reconoce que un prestador individual de salud domina un cuerpo de conocimientos y experiencias relevantes en un determinado ámbito del trabajo asistencial, otorgando el correspondiente certificado.”
“Mediante un reglamento de los Ministerios de Salud y Educación, se determinarán las entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, que certificarán las especialidades o subespecialidades, las condiciones generales que aquéllas deberán cumplir con el objetivo de recibir la autorización para ello. El reglamento establecerá, asimismo, las especialidades y subespecialidades que serán parte del sistema …”
Las Entidades Certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud otorgarán las certificaciones de especialidades y subespecialidades
Sólo podrán serlo respecto de sus alumnos
• Necesidad de coordinar requisitos y funcionamiento del sistema con Ley 20.129 de Acreditación de la Educación Superior
“Las universidades reconocidas oficialmente en Chile serán entidades certificadoras respecto de los alumnos que hayan cumplido con un programa de formación y entrenamiento ofrecido por ellas mismas, si los programas correspondientes se encuentran acreditados en conformidad con la normativa vigente.”
II.- Contenido del Reglamento:
b) El Régimen Transitorio
El Artículo Segundo Transitorio
Causales de Reconocimiento Transitorio:(hasta el 5 de noviembre de 2015)
1. Título o grado universitario académico;
2. Certificado de CONACEM, CONACEO o análoga;
3. Inscrito en MLE FONASA; y4. Constancia de desempeño de
Director Servicio de Salud
3) Sistema de Acreditación de Prestadores
Institucionales de Salud
III.- Marco Legal del Sistema de Acreditación• D.F.L. 1/2005 del MINSAL
• Ley N° 19.966, sobre el Régimen General de Garantías en Salud
• Ley N° 19.880, sobre Procedimientos Administrativos
“Proceso periódico de evaluación respecto del
cumplimiento de los estándares mínimos, de
acuerdo al tipo de establecimiento y a la
complejidad de las prestaciones”
(Art. 4°, N° 12, DFL N°1, 2005, MINSAL)
III.- Marco Legal :Normas Principales: Definición de
Acreditación
“Es función del Ministerio de Salud establecer los
estándares mínimos con el objetivo de
garantizar que las que las prestaciones prestaciones
alcancen la calidad alcancen la calidad requerida para la requerida para la seguridad de los seguridad de los
usuariosusuarios” (Art. 4°, N° 11, DFL N°1, 2005, MINSAL)
III.- Marco Legal :Normas Principales: Definición de
Estándares
Sólo Estándares Generales para:
- Prestadores Institucionales de Atención Cerrada
- Prestadores Institucionales de Atención Abierta
- Laboratorios Clínicos- Imagenología
- Centros de Diálisis- Esterilización
- Atención Psiquiátrica Cerrada
III.- Marco Legal :7 Estándares de Acreditación vigentes HOY
Porque es una función pública el Estado define:
Estándares de Calidad Estatales (perspectiva garantista y de procesos)
Concepto legal de Calidad Asistencial: Control de riesgos en procesos clínicos (procesos generales y procesos específicos)
III.- Marco Legal :
Principios Legales (1)
Porque es una función pública el Estado la estructura:
Delegación de Fiscalización primaria en Entidades Acreditadoras autónomas y resolutivas (garantía de objetividad)
imparciales y técnicamente
idóneas
III.- Marco Legal :Principios Legales (2)
Estado se reserva
Gestión del Sistema
Fiscalizaciónrespecto de los
Prestadores(en el mantenimiento de estándares)
respecto de las Entidades Acreditadoras (plena)
III.- Marco Legal :Principios Legales
(3)
Evaluación voluntaria y periódica
(incentivos legales y económicos)
Promueve Mejoramiento Continuo en prestadores(fiscalización/sanciones
correctivas)
III.- Marco Legal :Principios Legales
(4)
Igualdad de trato público - privado (no discriminación y universalidad)
Garantía pública de transparencia
formal (Registros
Públicos)
III.- Marco Legal :Principios Legales
(5)
Gestión del Sistema:- Autorizar Entidades Acreditadoras- Designación aleatoria de la Entidad
Fiscalizar:- Entidades Acreditadoras- Prestadores Institucionales Acreditados
Interpretar Normas: - del Sistema y - de los Manuales de Acreditación
III.- Marco Legal :Roles Superintendencia de Salud,
(Intendencia de Prestadores)
IV.- Marco Reglamentario• Reglamento del Sistema de
Acreditación - D.S. N° 15/2007 del MINSAL (D.O. 3/07/2007)
• Estándares Generales de Atención Cerrada y Abierta - Decreto N° 18/2009 MINSAL (D.O. 19/03/2009)
• Circulares Regulatorias o Interpretativas de Intendencia de Prestadores
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL: Reglamento del Sistema de Acreditación
Proceso de Autoevaluación: proceso periódico y documentado de evaluación de las actividades de mejoría continua de la calidad de la atención en salud, que realiza la misma entidad que pretende acreditarse y que involucra la globalidad de los procesos de relevancia clínica de la institución considerando, entre otros procesos críticos, aquellos por los que postula a ser acreditado.
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL: Reglamento del Sistema de Acreditación
Título II: “De los estándares de calidad”
Dos clases de Estándares:
Generales : para los distintos tipos de establecimientos, que se aplicarán a la totalidad del establecimiento considerando su funcionamiento general y admiten observabilidad
Específicos: para determinadas prestaciones o grupos de prestaciones.
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL: Reglamento del Sistema de Acreditación
Título II: “De los estándares de calidad”
Reacreditación:Cada 3 años contados desde la obtención de la anterior.
(Se prorroga hasta los 5 años, si se solicita oportunamente)
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL: Reglamento del Sistema de Acreditación
Título III: “De las Entidades
Acreditadoras”
Personas jurídicas constituidas legalmente,
autorizadas para este efecto por la Intendencia de
Prestadores.
SEREMIS de Salud:Acreditadoras supletorias
Deber de comportamiento de las Entidades Acreditadoras:
Imparcial y racionalArtículo 23.- En las evaluaciones que la
entidad acreditadora efectúe durante y con motivo del procedimiento de acreditación empleará siempre
criterios objetivos, no discriminatorios e imparciales,
comúnmente aceptados y científicamente fundados.
ii) Imparcialidad: El Conflicto de Interés
Artículo 24.- Asimismo, tanto la entidad acreditadora como sus evaluadores deberán evitar encontrarse en situaciones de conflicto de intereses con los prestadores institucionales que les corresponda evaluar que les impidan la debida objetividad.
(CAUSAL GENÉRICA)
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Acreditación
Título IV: “Del Proceso de Acreditación”
Artículo 22.- En el proceso de evaluación, la entidad acreditadora
contrastará las condiciones del
prestador con los estándares aplicables para determinar si los
cumple.
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Acreditación
Título IV:
“Del Proceso de Acreditación”
REQUISITOS:
•AUTORIZACIÓN SANITARIA VIGENTE
2) INFORME AUTOEVALUACIÓN
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Acreditación
Título IV: “Del Proceso de Acreditación”: REQUISITOS:
• AUTORIZACIÓN SANITARIA VIGENTE: REGLA GENERAL
REGLAMENTO HOSPITALES Y
CLÍNICAS (DS 161/82 MINSAL)
REGLAMENTO SALAS DE PROCEDIMIENTOS Y PABELLONES DE CIRUGÍA
MENOR (DS 283/97 MINSAL)
AT.
CERRADA
AT. ABIERTA
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Acreditación
REGLA ESPECIAL PARA ESTABLECIMIENTOS del SECTOR PÚBLICO EN FUNCIONES AL 08/02/2006:NO NECESITAN NUEVA AUTORIZACIÓN
AL SOLICITAR ACREDITACIÓN DEBEN DEMOSTRAR CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS REGLAMENTARIOS: Instructivo MINSAL (Ord B°/N°1863 de 08/05/2009, de ambos Subsecretarios)
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL: Reglamento del Sistema de Acreditación
2)INFORME DE AUTOEVALUACIÓN
Circular IP N° 9, de 03/09/2010“Imparte Instrucciones sobre los Contenidos Mínimos y Formatos de los Informes
de Autoevaluación” (www.supersalud.cl)
Montos Arancelarios:I.- Estándares generales:
A. Atención Cerrada:a) Alta Complejidad: 120 UTMb) Mediana Complejidad: 100 UTMc) Baja Complejidad: 60 UTM
B. Atención Abierta:a) Alta Complejidad: 100 UTMb) Mediana Complejidad: 80 UTMc) Baja complejidad: 40 UTM
II.- Estándares específicos: A. Atención Cerrada: 20 UTM por cada 6 estándaresB. Atención Abierta: 10 UTM por cada 6 estándares
El Proceso de AcreditaciónESQUEMA GENERAL
R
A$
FX
Evaluac.
V
NO
ACRA.C.O.
P
NoP
Etapa Solicitud y Designación
Etapa Evaluación
Etapa Informe
$
INFORMEhasta
90días
DI $
S
DT
OBS.
SOLI-CITUD
10 días
10 días
Acogey
Ordena designac.aleatoria
SUBETAPA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN
AUT.SANITARIA
INF.AUTOEV.
Rechazau
Ordenacomple
-tar
A SORTEON
oE
xisteE
.A.
SEREMISALUD
Rechaza
EntidadAcepta
Pago
Fisc
Ordende
Pago50%
Aran-cel
Silencio
SUBETAPA DESIGNACIÓN DE ENTIDAD
Notif
5días
15días
ACTA
Evaluación
IP
90díasparaInicio
hasta 30
días
FijaDía
Inicio
Fija Día
Térm.
ETAPA DE EVALUACIÓN
INFORME
EvalúaPLAN
NOACR
ACR
ACRCon OBS.
REG.
PRES-TDS.
ACRE
DITADOS
ETAPA INFORME
5días
Pago50%
Con OBS.
6 MESES
1) D.S. N° 15/2007 del MINSAL:Reglamento del Sistema de Acreditación
Título VI: “De la Fiscalización”
Competencia fiscalizadora general:
Intendencia de Prestadores:
Competencia fiscalizadora de laboratorios y asimilados: Instituto de Salud Pública
2) Decretos que Aprueban los “Estándares Generales”
7 MANUALES DE ESTÁNDARES GENERALES PARA:
1) Prests. Institucs. de Atención Cerrada2) Prests. Institucs. de Atención Abierta
3) Laboratorios Clínicos4) Centros de Imagenología
5) Centros de Diálisis6)Esterilización
7) Atención Psiquiátrica Cerrada
ÁmbitosComponentes
CaracterísticasHechos Medibles
DESAGREGACIÓN NORMATIVA
Los Ámbitos de los Estándares1) Respeto a la dignidad del paciente2) Gestión de la calidad3) Gestión clínica.4) Acceso, oportunidad y continuidad
de la atención5) Competencias del recurso humano6) Registros7) Seguridad del equipamiento8) Seguridad de las instalaciones9) Servicios de apoyo
2) Decreto N° 18 Exento, de 2009, MINSAL: Aprueba los “Estándares Generales”
de Atención Cerrada y Abierta
I.- Contenido y Estructura del Manual
II.- Instrucciones y Criterios a emplear por las Entidades Acreditadoras
III.- Reglas de DecisiónIV.- Ámbitos, Componentes y
CaracterísticasV.- Glosario y AbreviaturasAnexo: Las Pautas de Cotejo
ESTRUCTURA DE LOS MANUALES
II.- Instrucciones y Criterios a emplear por las Entidades Acreditadoras
2. Interpretación de las normas del Manual: “Las Entidades Acreditadoras y cada uno de sus evaluadores, podrán solicitar, en cualquier momento, a la Intendencia de Prestadores de la Superintendencia de Salud, la aclaración de cualquier norma del Manual que a su juicio requiera de una interpretación para su debida aplicación a un determinado proceso de acreditación. Las Entidades Acreditadoras deberán proceder de esta manera cuando tengan dudas acerca de la forma de interpretar las normas reglamentarias que rigen el procedimiento de acreditación y las normas del presente Manual, cada vez que ello resulte decisivo para la adopción de sussus decisiones decisiones..”
Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
CONTENIDOS DE MANUALES DE LOS ESTÁNDARES GENERALES
3. Reglas de Decisión:Características Obligatorias:
- Atención Cerrada: 30 caracts.
(exc.: Cerrada Baja Complejidad: 12 carcts.)
- Atención Abierta: 12 caracts.
- Laborats. Clínicos: 8 caracts.
- C. de Diálisis: 9 caracts.
2) Decreto N° 18 Exento, de 2009, MINSAL: Aprueba los “Estándares Generales”
de Atención Cerrada y Abierta
CONTENIDOS DE MANUALES DE LOS ESTÁNDARES GENERALES
3. Reglas de Decisión (cont.):
Umbrales progresivos At. Cerrada y Abierta :- Para Acreditar directamente:
- Primera Acreditación: 50% del total de caracts. aplicables
- Segunda Acreditación: 70% - Tercera Acreditación: 95%
- Para Acreditar con Observaciones:- Primera Acreditación: Caracts. Obligats.- Segunda Acreditación: 50% del total de
caracts. aplicables- Tercera Acreditación: 70%
2) Decreto N° 18 Exento, de 2009, MINSAL: Aprueba los “Estándares Generales”
de Atención Cerrada y Abierta
V.- Glosario y Abreviaturas:
Definiciones obligatorias para las Entidades
Acreditadoras
Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
Anexo: Las Pautas de Cotejo
Contiene introducción y notas a pie de página
plenamente obligatorias
Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
Anexo: Las Pautas de Cotejo
Contiene introducción y notas a pie de página
plenamente obligatorias
Contenidos Normativos de los Manuales sobre el Informe
Gracias!
Hugo Ocampo G.Jefe Subdepto. RegulaciónIntendencia de [email protected]