Tema 11 - 12: Tópico especializado sobre Procedimientos Generales de Exportación
Definitiva - Principales productos agrícolas y agroindustriales que demandan los mercados
internacionales
Profesor: ULISES ZAMORA RAMOS
Facultad de Administración y Negocios
Agenda de Clase
Tópico especializado sobre Procedimientos Generales de
Exportación Definitiva.
Principales productos agrícolas y agroindustriales que
demandan los mercados internacionales
DE
PERFECCIONAMI
ENTO
DE
IMPORTACIO
N
DE
EXPORTACION
TRANSBORDO
DRAWBACK
REPOSICIÓN
DE
MERCANCÍAS
EN
FRANQUICIA
ARANCELARIA ADMISIÓN
TEMPORAL
PARA
PERFECCIONA
MIENTO
ACTIVO
TRÁNSITO
ADMISION
TEMPORAL
PARA
REEXPORTACIO
N EN EL MISMO
ESTADO
REIMPORTACIO
N EN EL MISMO
ESTADO
IMPORTACIÓN
PARA EL
CONSUMO
REGIMENES ADUANEROS NVA LGA
EXPORTACION
DEFINITIVA
EXPORTACION
TEMPORAL
PARA
REIMPORTACIO
N EN EL MISMO
ESTADO
EXPORTACION
TEMPORAL
PARA
PERFECCIONA
MIENTO
PASIVO
DE TRANSITO
REEMBARQUE
DE DEPOSITO
ADUANERO
DEPOSITO
ADUANERO
EXPORTACION DEFINITIVA
Es el régimen aduanero aplicable a las
mercancías en libre circulación que salen del
territorio aduanero para su uso o consumo
definitivo en el exterior.
NUMERACION DE LA DUA (datos provisionales)
AGENTE
DUA PREPARA
INFORMACION
TRANSMITE INFORMACION
Aduana AEREA
RECIBE, CONVALIDA
Y NUMERA DUA
CONFORMIDAD DATOS
- NUMERO DUA – DATOS PROVISIONALES
- COMUNICA PLAZO PARA
PRESENTACION DE DUA – DATOS
COMPLEMENTARIOS Y DOCUMENTACION
SUSTENTATORIA
- CONFORMIDAD POR EL MISMO MEDIO
IMPRIME DUA –
DATOS
PROVISIONALES
ENTREGA DUA
AL ALMACEN
ALMACENISTA
Deposito Temporal
INGRESO DE MERCANCIA A ZONA PRIMARIA
Almacenista SIGAD
Transmisión de T.A.de
recepción carga
-Número DUA
-Recepción del almacén
-RUC del exportador
-Descripción de la mcía.
-Cantidad bultos, peso,otros
CONFORME
CANAL NARANJA
CANAL ROJO
Reconocimiento
Físico
Respuesta de canal:
-Almacenista
Despachador de aduana
-Portal SUNAT
RECHAZO
TRANSMISION DE LA RECEPCION DE LA CARGA
Almacenista
- Div. Exportaciones
- Oficina de Oficiales
Asignado el canal de control:
-Estampa sello de admitido
casilla 13 DUA consignando
cantidad de bultos, peso,
número contenedor, etc.
REFRENDO, REC.FISICO,
DILIGENCIA (Autorización
para su embarque) DE SER
CONFORME.
DUA
CANAL ROJO
Despachador de aduana
TRANSMISION DE LA RECEPCIÓN DE LA CARGA
Almacenista
ADICIONALMENTE:
-Estampa sello que diga
“CANAL NARANJA” casilla 7.38
DUA
-2da, copia verde queda en el
almacén.
Devuelve DUA al
Despachador de
Aduanas
(Embarque
Autorizado)
DUA
CANAL NARANJA
Embarque Mercancías
TRANSMISION DE LA RECEPCION DE LA CARGA
Despachador Div.Exportación
Correcto
- DUA con datos provisionales
- Documento de Transporte
- Factura (Copia SUNAT)
- Autorizaciones Especiales
- Otros, de corresponder
Transmite
información
complementaria
de la DUA + Doc-Digitales
Convalida
información
y acepta
indicando
fecha y hora
Despachador
SIGAD
DUA
Verifica datos
del SIGAD y
documentos
de la DUA.
Regulariza
régimen y
distribuye
copias Recibe
Conformidad
y reimprime
DUA
A
A
Presentación física de documentos
(algunos casos)
REGULARIZACIÒN DEL RÈGIMEN (83 RLGA)
DRAWBACK
El Drawback es el régimen aduanero que permite, como consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos arancelarios que hayan gravado la importación para el consumo de las mercancías contenidas en los bienes exportados o consumidos durante su producción.
Existe el Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, que permite obtener como consecuencia de la exportación, la devolución de un porcentaje del valor FOB del producto exportado, en razón que el costo de producción se ha visto incrementado por los derechos de aduanas que gravan la importación de insumos incorporados o consumidos en la producción del bien exportado.
…..
¿Qué empresas pueden beneficiarse?
Las empresas productoras - exportadoras, entendiéndose como tales a cualquier persona natural o jurídica que elabore o produzca la mercancía a exportar. También se entiende como empresa productora - exportadora, aquella que encarga a terceros la producción o elaboración de los bienes que exporta.
…..
¿Qué insumos importados pueden ser utilizados en los bienes de exportación?
a. Los importados directamente por el beneficiario.
b. Los adquiridos a importadores ubicados en el país (proveedores locales).
c. Las mercancías elaboradas con insumos importados por terceros.
…..
No podrán acogerse a la restitución, las exportaciones de productos que tengan incorporados insumos:
a. Ingresados bajo los regímenes de Admisión Temporal para reexportación en el mismo estado y/o para perfeccionamiento activo, salvo que hubieren sido previamente nacionalizados pagando el íntegro de los derechos arancelarios.
b. Nacionalizados al amparo del régimen de Reposición de Mercancías en Franquicia.
c. Nacionalizados con exoneración arancelaria, con preferencia arancelaria o franquicias aduaneras especiales otorgadas por Acuerdos Comerciales
…..
Internacionales, salvo que se realice la deducción sobre el valor FOB, solo en el caso de insumos importados adquiridos localmente sin transformación.
d. Nacionalizados con tasa arancelaria cero, siendo único insumo importado.
Tampoco se concederá el beneficio por el uso exclusivo de combustibles importados o cualquier otra fuente energética cuando su función sea la de generar calor o energía para la obtención del producto exportado, así como los repuestos y útiles de recambio que se consuman o empleen en la obtención de dicho bien.
…..
¿Cuál es el porcentaje a restituir?
La restitución será otorgada por un monto equivalente al ocho por ciento (5%) del valor FOB del producto exportado que figura en la declaración de exportación, con un tope de cincuenta por ciento (50%) de su costo de producción.
¿Cuáles son los requisitos para el acogimiento?
a. La DUA o Declaración Simplificada de Exportación Definitiva indique la voluntad de acogerse al beneficio.
b. El producto de exportación no forme parte de la lista de partidas arancelarias excluidas del beneficio.
…..
c. La solicitud de restitución se presenta en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días útiles computados a partir de la fecha de embarque consignada en la declaración de exportación regularizada.
d. Los insumos utilizados hayan sido importados dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de exportación.
e. El valor CIF de los insumos importados utilizados no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor FOB del producto exportado.
Trabajos de la Semana Elaborar de un flujo documentario de los
documentos de exportación de su producto de agro exportación – Elaborar un presentación PPT explicando cada uno de ellos
Elaborar un cuadro comparativo de despachos de su producto de agro exportación bajo el Régimen de Exportación Definitiva en las dependencias de aduanas a nivel nacional.
Elabore una presentación del Régimen de Exportación Definitiva.
Presente la documentación de una exportación de su producto.
Elaborar una estructura de costos de su producto de exportación.
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