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Tema 8. Envíos y Servicios Postales: el Servicio Postal Universal. Los productos postales. Empaquetado. Especial referencia al envío de notificaciones administrativas
Reservados todos los derechos. No está permitida la reproducción total o parcial en ningún tipo de soporte, sin permiso previo y por escrito del titular del copyright ©: Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Consejería de Administraciones Públicas. Escuela de Administración Regional AUTORA: M.ª Dolores Yebra Llandres ISBN: 978-84-7788-581-8 DEPÓSITO LEGAL: TO-0095-2010 Sumario
1. Introducción 2. Envíos y Servicios Postales: el Servicio Postal Universal
2.1. El Servicio Postal Universal 2.2. Los envíos postales: definición y clasificación 2.3. Clasificación de los servicios postales
3. Operaciones y prestaciones del servicio postal universal 4. Sistemas de pago de los servicios postales 5. Los productos postales
5.1. Envíos de cartas y documentos 5.2. Envíos telegráficos 5.3. Envíos de publicidad, libros, periódicos y publicaciones 5.4. Paquetería 5.5. Envíos on line 5.6. Envío de dinero
6. Empaquetado 6.1. Empaquetado de cartas y tarjetas, paquetería, libros y periódicos 6.2. Dimensiones de los envíos
7. Especial referencia al envío de notificaciones administrativas 7.1. Admisión de notificaciones de órganos administrativos 7.2. Cuestiones generales sobre la entrega de notificaciones 7.3. Notificaciones con dos intentos de entrega 7.4. Notificaciones con un intento de entrega 7.5. Entrega de notificaciones a organismos públicos 7.6. Modelos
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1. Introducción En el funcionamiento diario de la Administración pública el envío y recepción
de correspondencia adquiere una importancia más que considerable, pues constituye un instrumento esencial para la Administración en el ejercicio de sus funciones.
A su vez, dado que la notificaciones administrativas deben cumplir siempre
con los requisitos y plazos que la Ley establece, el personal de la categoría profesional de Ordenanza adquiere un papel relevante tanto en la correcta preparación del envío de dichas notificaciones administrativas y demás correspondencia como en la adecuada recepción y distribución de la correspondencia en los centros de trabajo.
Por ello, el envío y recepción de correspondencia en el ámbito de la
Administración pública debe realizarse con la máxima celeridad y diligencia. En consecuencia, estas tareas se convierten en una de las principales funciones de la categoría profesional de Ordenanza.
Para una mejor comprensión de las clases de envíos postales y de su
tratamiento es conveniente tener en cuenta una serie de definiciones previas:
� Servicios postales: los servicios consistentes en la recogida, la clasificación, el transporte y la distribución de los envíos postales; a su vez, los servicios postales son servicios de interés general que se prestan en régimen de competencia.
� Proveedor de servicios postales: la empresa que presta uno o varios servicios postales.
� Red postal: el conjunto de la organización y de los medios empleados por las empresas proveedoras del servicio, que permite: la recogida de los envíos postales amparados por una obligación de servicio universal en los puntos de acceso en todo el territorio, la expedición y el tratamiento de estos envíos desde el punto de acceso a la red postal hasta el centro de distribución, y la distribución a las direcciones indicadas en los envíos.
� Puntos de acceso: las instalaciones físicas, incluidos en especial los buzones a disposición del público tanto en la vía pública como en los locales del proveedor o proveedores del servicio postal, donde los remitentes pueden depositar envíos postales para su tratamiento.
� Envío de correspondencia: la comunicación materializada en forma escrita sobre un soporte físico de cualquier naturaleza, que se transportará y entregará en la dirección indicada por el remitente sobre el propio envío o sobre su envoltorio. Los libros, catálogos, diarios y publicaciones periódicas no tendrán la consideración de envíos de correspondencia.
� Correo transfronterizo: correo con origen o destino en otro país.
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� Remitente: la persona (física o jurídica) de quien proceden los envíos
postales, los cuales serán propiedad del remitente en tanto no lleguen a poder del destinatario.
� Usuario: toda persona (física o jurídica) beneficiaria de la prestación de un servicio postal como remitente o como destinatario.
2. Envíos y Servicios Postales: el Servicio Postal Universal 2.1. El Servicio Postal Universal
El Servicio Postal Universal es un objetivo común para los Estados miembros de la Unión Europea e implica la garantía de una oferta de servicios postales de calidad determinada prestados de forma permanente en todos los puntos del territorio a precios asequibles a todos los usuarios.
Para ello, el carácter “universal” del servicio garantiza, en principio, una
recogida y una entrega en el domicilio de cada persona (física o jurídica) todos los días laborables, incluso en las zonas alejadas o escasamente pobladas.
Son requisitos esenciales para la prestación del Servicio Postal, el respeto, conforme al artículo 18.3 de la Constitución Española, del derecho a la inviolabilidad de la correspondencia y la obligación de protección de los datos. La obligación de protección de los datos incluye el deber de secreto de los de carácter personal, la confidencialidad de la información transmitida o almacenada y la protección de la intimidad.
Una vez vistas sus características principales, podemos definir el servicio postal universal como el conjunto de servicios postales prestados de forma permanente, en todo el territorio nacional y a un precio asequible para todos los usuarios.
Actualmente, en España, el operador al que se ha encomendado la prestación del Servicio Postal Universal es la Sociedad Anónima Estatal Correos y Telégrafos, comúnmente conocida como “Correos”. 2.2. Los envíos postales: definición y clasificación
Se entiende por envío postal el envío con destinatario, preparado en la forma definitiva en la que deba ser transportado por el operador del servicio postal universal, que incluya objetos cuyas especificaciones físicas y técnicas permitan su tráfico, al menos, a través de la red postal pública.
En todo caso, son envíos postales, las cartas, tarjetas postales, paquetes
postales, los envíos de publicidad directa, libros, catálogos y publicaciones periódicas que se definen a continuación:
� Carta: todo envío cerrado cuyo contenido no se indique ni pueda conocerse, así como toda comunicación materializada en forma escrita
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sobre soporte físico de cualquier naturaleza, que tenga carácter actual y personal.
� Tarjeta postal: toda pieza rectangular de cartulina consistente o material similar, lleve o no el título de tarjeta postal, que circule al descubierto y que contenga un mensaje de carácter actual y personal. La indicación del término de “tarjeta postal” en los envíos individuales implica automáticamente esta clasificación postal, aunque el objeto correspondiente carezca de texto actual y personal.
� Paquetes postales: los envíos que contengan cualquier objeto, producto o materia, con o sin valor comercial, cuya circulación por la red postal no esté prohibida y todo envío que, conteniendo publicidad directa, libros, catálogos, publicaciones periódicas, cumpla los restantes requisitos establecidos en el Reglamento de Servicios Postales para su admisión bajo esta modalidad. Cuando estos envíos contengan objetos de carácter personal, deberá manifestarse expresamente, en su cubierta, dicha circunstancia. No podrán constituir paquetes postales los lotes o agrupaciones de las cartas o cualquier otra clase de correspondencia actual y personal.
� Publicidad directa: el envío que, destinado a la promoción y venta de bienes y servicios, reúna además los siguientes requisitos:
a) Que esté formado por cualquier comunicación que consista únicamente en anuncios, estudios de mercado o publicidad.
b) Que contenga un mensaje similar, aunque el nombre, la dirección y cualesquiera números concretos de identificación que se asignen a sus destinatarios, sean distintos en cada caso.
c) Que se remita a más de quinientos destinatarios. d) Que se dirija a las señas indicadas por el remitente en el objeto
mismo o en su envoltura. e) Que su distribución se efectúe en sobre abierto, para facilitar la
inspección postal. f) Que en su cubierta figure la expresión “PD” a efectos de facilitar la
identificación de estos envíos. Las comunicaciones que combinen la publicidad directa con otro objeto en el mismo envoltorio, tendrán la consideración postal que, por su naturaleza, pudiera corresponder a dicho objeto, con independencia del tratamiento que reciban a efectos de tarificación.
� Libros: las publicaciones, cualquiera que sea su soporte, encuadernadas o en fascículos, remitidas por empresas editoras, distribuidoras, establecimientos de venta y centros de enseñanza por correspondencia autorizados, siempre que no contengan otra publicidad que la que eventualmente figure en la cubierta.
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El material fonográfico y videográfico tendrá el mismo tratamiento que los libros.
� Catálogos: el envío que, destinado a la promoción y venta de bienes y servicios, reúna además los siguientes requisitos:
a) Que esté formado por cualquier comunicación que contenga direcciones, puntos de venta u oferta de productos.
b) Que contenga un mensaje similar, aunque el nombre, la dirección y el número de identificación que se asigne a sus destinatarios sean distintos en cada caso.
c) Que se remita a más de quinientos destinatarios. d) Que se dirija a las señas indicadas por el remitente en el objeto
mismo o en su envoltura. e) Que su distribución se efectúe en sobre abierto, para facilitar la
inspección postal. f) Que en su cubierta figure la leyenda “catálogos”, a efectos de
facilitar la identificación de estos envíos. Las comunicaciones que combinen el catálogo con otro objeto en el mismo envoltorio, tendrán la consideración postal que, por su naturaleza, pudiera corresponder a dicho objeto con independencia del tratamiento que reciban a efectos de tarificación.
� Publicaciones periódicas: los objetos que se editan periódicamente, con el mismo título repetido en cada ejemplar y cuyo texto o contenido sea de índole o naturaleza diversa, distinguiéndose por la variedad de enunciados, trabajos, informaciones o noticias.
2.3. Clasificación de los servicios postales
2.3.1. Por sus garantías De acuerdo con las garantías que se otorgan al envío, los servicios
postales se clasifican en: servicios de envíos generales, servicios de envíos certificados y servicios de envíos con valor declarado.
� Son servicios de envíos generales aquellos para los que el operador
postal correspondiente no otorga más garantías al envío que las ofrecidas con carácter general para todos los envíos postales. Tales envíos son confiados al operador, sin que medie recibo justificativo individualizado de cada uno de dichos envíos que permita identificar la dirección postal del remitente y del destinatario o, en su caso, documento comprensivo de varios envíos numerados en el que consten los citados datos.
� Son servicios de envíos certificados los que, previo pago de una cantidad predeterminada a tanto alzado, establecen una garantía fija contra los riesgos de pérdida, sustracción o deterioro, y que facilitan al remitente,
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en su caso a petición de éste, una prueba del depósito del envío postal o de su entrega al destinatario. A estos efectos, y tratándose de cartas, tarjetas postales y paquetes postales, la cantidad máxima indemnizable en caso de pérdida, sustracción o deterioro de los envíos certificados será de 30 €.
� Son servicios de envíos con valor declarado los que permiten asegurar éstos por el valor declarado por el remitente, en caso de pérdida, sustracción o deterioro. A estos efectos, y tratándose de cartas, tarjetas postales y paquetes postales, la cantidad máxima por la que se podrá asegurar un envío con valor declarado será de 3.000 €, no pudiendo la declaración de valor exceder del valor real del contenido del envío.
2.3.1. Por sus prestaciones Por las prestaciones básicas o complementarias que conllevan, los
servicios pueden ser: ordinarios, rápidos o especiales. � Ordinarios: cuando los envíos son confiados al operador postal de que se
trate para la realización de un servicio postal acogiéndose a condiciones y calidades regulares preestablecidas por el operador postal.
� Rápidos: cuando el servicio, además de su mayor rapidez y seguridad en la recogida, distribución y entrega de los envíos, se caracteriza por todas o algunas de las siguientes prestaciones suplementarias: garantía de entrega en una fecha determinada; recogida en el punto de origen, entrega en mano al destinatario; posibilidad inmediata de cambiar de destino o destinatario; confirmación al remitente de la recepción de su envío; supervisión, seguimiento y localización de los envíos; trato personalizado a los clientes y prestación de un servicio bajo demanda, cómo y cuándo se solicite por el usuario.
� Especiales: si se trata de servicios que contemplan prestaciones de naturaleza específica, distintas de las recogidas en el párrafo b) de este apartado, como puedan ser los servicios de contra reembolso donde la entrega al destinatario se efectúa previo abono del importe reembolsable, o los sujetos a derechos complementarios por acogerse a facilidades especiales ofrecidas por el operador postal para ser utilizadas discrecionalmente por los usuarios.
3. Operaciones y prestaciones del Servicio Postal Universal 3.1. Operaciones del Servicio Postal Universal
En cualquiera de los casos previstos en los apartados anteriores, las operaciones del servicio postal en su conjunto son las siguientes:
� Recogida: es la operación consistente en retirar los envíos postales
depositados en los puntos de acceso a la red postal del operador.
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� Admisión: consiste en la recepción por parte del operador postal de envío
que le es confiado por el remitente para la realización del proceso postal integral y del que se hace responsable en los términos previstos en el Reglamento de Servicios Postales.
� Clasificación: incluye el conjunto de operaciones cuyo fin es la ordenación
de los envíos postales, atendiendo a criterios de la operativa postal.
� Tratamiento: es el conjunto de las operaciones auxiliares realizadas con los envíos postales admitidos por el operador y destinadas a preparar dichos envíos para subsiguientes operaciones postales.
� Curso: es la operación u operaciones que permiten el encaminamiento de
los envíos postales.
� Transporte: es el traslado por cualquier tipo de medios de los envíos postales hasta su punto de distribución final.
� Distribución: es cualquier operación realizada en los locales de destino
del operador postal a donde ha sido transportado el envío postal de forma inmediatamente previa a su entrega final al destinatario del mismo.
� Entrega: es el reparto de los envíos en la dirección postal en ellos
consignada, con las salvedades que se establecen en el Reglamento de Servicios Postales.
3.2. Prestaciones del Servicio Postal Universal
Se incluyen en el ámbito del servicio postal universal los siguientes servicios: - El servicio de giro. - La prestación ordinaria de servicios postales nacionales y transfronterizos
para envíos postales que incorporen una dirección indicada por el remitente sobre el propio objeto o sobre su embalaje, pudiendo tratarse de:
o Cartas y tarjetas postales que contengan comunicaciones escritas
en cualquier tipo de soporte, de hasta 2 kilogramos de peso. o Paquetes postales, con o sin valor comercial, de hasta 10
kilogramos de peso. o Los envíos nacionales y transfronterizos de publicidad directa, de
libros, de catálogos, de publicaciones periódicas y los restantes cuya circulación no esté prohibida, cuando el envío se realice como carta o como paquete postal de hasta 2 y 10 kilogramos, respectivamente.
Cada servicio integrado en el servicio postal universal incluye las siguientes
prestaciones:
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- La recogida, admisión, clasificación, tratamiento, curso, transporte, distribución y entrega de cartas y tarjetas postales de hasta 2 kilogramos de peso.
- La recogida, admisión, clasificación, tratamiento, curso, transporte, distribución y entrega de los paquetes postales cuyo peso no exceda de 10 kilogramos.
- Los servicios de envío certificado y envío de valor declarado, accesorios de los establecidos en los dos guiones anteriores.
4. Sistemas de pago de los servicios postales
El pago de los servicios postales que presta el operador al que se ha
encomendado la prestación del servicio postal universal puede efectuarse por cualquiera de los siguientes sistemas de franqueo: sellos de correos, sobres, tarjetas y cartas-sobre con sellos o signos distintivos previamente estampados.
Son medios de pago alternativos a los sistemas de franqueo: las impresiones de máquinas de franquear, las estampillas de franqueo expedidas por distribuidoras automáticas instaladas por el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal, el franqueo de pago diferido, el franqueo en destino y el prepago. � Sellos de correos.
El sello de correos tiene poder liberatorio del importe del franqueo en la cuantía que en el mismo se consigna.
� Sobres, tarjetas y cartas-sobre.
Servirán como franqueo, siempre que estén oficialmente emitidos, los sellos o signos distintivos que estén incorporados a la cubierta del envío postal, efectuándose la venta de la cubierta (sobres, tarjetas y cartas-sobre) y la realización del franqueo de manera simultánea.
� Impresiones de máquinas de franquear. El franqueo de los envíos postales puede efectuarse, en sustitución de los sellos o simultáneamente con ellos, por medio de impresiones o estampaciones realizadas con máquinas de franquear de modelos autorizados por el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal. Los troqueles, tarjetas vale, precintos de garantía u otros medios de control de uso de la máquina serán confeccionados por el suministrador que determine el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal.
� Estampillas de franqueo.
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Las estampillas de franqueo reflejarán el valor de la tarifa o precio exigido por la prestación del servicio de que se trate, adhiriéndose a la cubierta de los envíos en los términos que establezca el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal.
� Franqueo de pago diferido. Previo contrato con el remitente, los envíos circularán con una identificación de este medio de pago, procediéndose al pago del servicio correspondiente en el momento, lugar y condiciones que establezca el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal. En función de sus peculiaridades, este sistema podrá admitir distintas modalidades de pago, tales como el franqueo pagado, concertado y otras que se determinen por dicho operador. El sistema de franqueo pagado es el utilizado con carácter general en los envíos realizados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previa suscripción del oportuno contrato con Correos (entidad mencionada en el apartado 2.1 como operador del servicio postal universal), tal y como puede observarse en la siguiente imagen:
� Franqueo en destino.
En los casos y con los requisitos y condiciones que determine el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal, el pago por la prestación del servicio correspondiente podrá efectuarse no en origen, sino en destino.
� Prepago.
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El sistema de prepago permite que los sobres o embalajes que contengan los envíos postales incorporen el precio o tarifa de la prestación postal.
5. Los productos postales
En este apartado nos vamos a centrar en las características de los distintos
productos postales. Además, como Anexo al tema se incluyen algunos de los modelos necesarios para efectuar envíos postales.
Actualmente, el servicio de Correos permite la gestión de albaranes y pedidos
online a través del denominado Sistema Ganes, aplicación informática que combina los servicios postales con el uso de las nuevas tecnologías. Dicho sistema online ofrece, a su vez, la posibilidad de efectuar un seguimiento de los envíos por parte del usuario de los mismos, siendo un medio utilizado tanto por la Administración pública como por empresas y particulares y que requiere unos conocimientos mínimos de ofimática a nivel de usuario.
Tomando como referencia la Guía de Correos, en las páginas siguientes se
incorpora un cuadro resumen de los distintos tipos de envíos postales, con las características esenciales de su tratamiento una vez incorporados a la red postal:
1. Envíos de cartas y documentos. 2. Envíos telegráficos. 3. Envíos de publicidad, libros, periódicos y publicaciones. 4. Paquetería. 5. Envíos on line. 6. Envío de dinero.
Pá
gin
a 1
1 d
e 2
8
PRODUCTOS POSTALES
Definición/Características
Ámbito
Peso
Plazo de
Entrega
Carta
Todo envío cerrado cuyo contenido no se indique ni pueda
conocerse, así como toda comunicación m
aterializada en form
a escrita sobre soporte físico de cualquier naturaleza que tenga
carácter actual y personal. Entrega a dom
icilio.
Carta Certificada
Entrega a dom
icilio y
bajo firma del destinatario o persona
autorizada.
Tarjeta Postal
Toda pieza rectangular, de cartulina consistente o m
aterial similar,
lleve o no el título de tarjeta postal, que circule al descubierto y que
contenga un m
ensaje de carácter actual y personal. Entrega a
domicilio.
Nacional e Internacional
Hasta 2 Kg.
Nacional:
Local: 1 día hábil.
Provincial: 2 días
hábiles.
Nacional: 3 días
hábiles.
Internacional:
Europa: de 2 a 4
días hábiles.
Resto: según país.
Notificaciones
Administrativas
Comunicaciones emanadas de órganos administrativos o judiciales
que requieran la prueba fehaciente de su entrega, de conform
idad
con la Ley 30/1992, de 26 noviembre, LRJP
AC.
Dos intentos de entrega a dom
icilio.
Aviso de recibo con inform
ación sobre los intentos de entrega y
sobre el plazo de perm
anencia en Lista.
Identificación y firm
a de quien realiza el intento de entrega.
Una semana de perm
anencia en oficina a disposición del
destinatario tras los dos intentos de entrega a dom
icilio.
Entrega bajo firm
a del destinatario o persona autorizada.
Nacional
Hasta 2 Kg.
Como en carta
certificada, con
carácter general.
Para envíos
masivos, los plazos
se fijarán de
acuerdo con el
cliente
(Administración).
Notificaciones
telemáticas
seguras
Envío de notificaciones de actos y resoluciones adm
inistrativas por
medios telemáticos, con constancia fehaciente de su contenido,
emisión y recepción, en los térm
inos previstos en la LRJP
AC.
Para acceder a este servicio la Adm
inistración correspondiente
deberá adherirse al Convenio firmado al efecto entre Correos y el
Ministerio de Adm
inistraciones Públicas.
El
acceso
al
Servicio
de
Notificaciones
Telemáticas
Seguras se realiza a través del
Portal
del
ciudadano:
www.administración.es/
Nacional
Hasta 350 gr.
24 h. para envíos
depositados antes
de las 16h y con
origen y destino en
grandes
poblaciones.
Carta Urgente
Producto
que
perm
ite
enviar
con
carácter
urgente
documentos/mercancías como un envío cerrado cuyo contenido no
se indique ni pueda conocerse, o documentos/comunicaciones
escritas que, aunque circulan al descubierto, tienen carácter actual
y personal.
Internacional
Hasta 2 Kg.
Europa: 1 a 3 días
hábiles.
Resto: Según país.
5.1. ENVÍO DE
CARTAS Y
DOCUMENTOS
Carta Urgente
Certificada
Envío registrado de docum
entos
importantes, cerrados, cuyo
contenido no se conoce, con entrega a domicilio, bajo firm
a.
Nacional
Hasta
2 kg.
24 h. para envíos
depositados antes
de las 16h y con
origen y destino en
grandes
poblaciones
Pá
gin
a 1
2 d
e 2
8
PRODUCTOS POSTALES
Definición/Características
Ámbito
Peso
Plazo de
Entrega
Internacional
Europa: 1 a 3 días
hábiles
Resto: según país
Valijas
Producto que perm
ite la recogida, transporte y entrega urgente, en
horarios fijos de docum
entos y mercancías bajo contrato. Está
especialmente diseñado para el correo interno de las em
presas.
Nacional
Hasta 20 Kg.
24 horas
Correo Urgente
Internacional
Perm
ite enviar con carácter urgente a Europa documentos
y comunicaciones escritas
Alemania, A
ustria, B
élgica,
Dinamarca, Eslovaquia,
Finlandia, Francia, Holanda,
Hungría, Irlanda, Luxemburgo,
Noruega, P
ortugal, R.Unido,
Suecia, Suiza.
Hasta 2 Kg.
Capitales y
grandes ciudades
europeas: 2 días
hábiles
Resto de Europa: 3
días hábiles
5.1. ENVÍO DE
CARTAS Y
DOCUMENTOS
(sigue)
Cecogramas
Se trata de un envío especial, escrito en sistema B
raille, para
utilización exclusiva de personas invidentes, que circula exento de
franqueo y pago de tarifas.
Nacional e Internacional
Hasta 7 Kg.
Iguales que las
establecidas para
cartas.
PRODUCTOS POSTALES
Definición/Características
Ámbito
Plazo de Entrega
Nacional
En el m
ismo día para envíos depositados
antes de las 13:00 h. y destinados a
localidades con unidades de reparto
especial.
En la mañana del día hábil siguiente para el
resto de los casos.
Telegrama
Envío, a domicilio y bajo firm
a, de mensajes escritos, con valor de prueba ante jueces y
tribunales.
Puede enviarse a través de la oficina de correos, por teléfono u online.
Internacional
Según país
Nacional
Fax
Envío desde Oficinas de Correos de docum
entos a term
inales de Fax situados en
cualquier lugar del m
undo
Internacional
La recepción se realiza directam
ente en el
term
inal de Fax del destinatario
Nacional
En el m
ismo día para envíos depositados
antes de las 13:00 h. y destinados a
localidades con unidades de reparto
especial.
En la mañana del día hábil siguiente para el
resto de los casos.
5.2. ENVÍOS
TELEGRÁFICOS
Burofax
Envío urgente y bajo firma de documentos relevantes que tienen carácter de
prueba frente a terceros. El envío se puede realizar, con plena validez legal, desde el
propio ordenador a través de C
orreos online o bien acudiendo a cualquiera de las
oficinas de Correos.
Internacional
Según país
Pá
gin
a 1
3 d
e 2
8
PRODUCTOS POSTALES
Definición/Características
Ámbito
Peso
Plazo de Entrega
Nacional
De 2 a 6 días hábiles
Publicorreo
Envíos
postales
de publicidad directa,
catálogos,
mailings publicitarios
y promocionales, m
uestras, etc.
Entrega a dom
icilio.
La rem
esa m
ínima es de 500 ejemplares, con la única variación de los datos del
destinatario. El envío puede incluir cupón respuesta (bajo contrato, modalidad
TEMPO).
Cuando se trate de envíos cerrados, llevarán la indicación “
Pa
ra i
nsp
ecci
ón
pos
tal
ab
rir
aqu
í” en una solapa.
En la cubierta deberá constar “P
UB
LIC
IDA
D D
IRE
CT
A”, “
PU
BL
ICO
RR
EO” o “
PD”.
Internacional
Debe constar en la
cubierta
“IMPRIM
É” o
equivalente en
idioma conocido
en país de destino.
Hasta
500 grs.
(peso
unitario)
Europa: de 5 a 8 días
hábiles
Resto: según país
Publibuzón
(envíos
publicitarios
sin dirección)
Producto que perm
ite realizar, en toda España, acciones publicitarias o promocionales
por buzoneo, sin que conste la identidad del destinatario. Las remesas serán por
paquetes de 25, 50 ó 100 ejemplares.
Deberán ir al descubierto o en sobre cerrado con la indicación “
Pa
ra in
spe
cció
n p
osta
l a
bri
r aq
uí”.
En la cubierta deberá constar “E
nví
o p
ubl
icita
rio s
in d
irec
ción”
Nacional
Hasta
100 grs.
(peso
unitario)
De 2 a 6 días hábiles
Respuesta
Comercial
CCRI
Perm
ite a los clientes de las empresas que realicen m
ailings en el extranjero enviar
respuestas comerciales sin coste alguno, mediante la modalidad “a
fr
anq
ue
ar
en
de
stin
o”.
Internacional
Hasta
50 grs.
Europa: de 2 a 4 días
hábiles
Resto: según país
Nacional
De 2 a 6 días hábiles
Libros
Producto que perm
ite la rem
isión de publicaciones, cualquiera que sea su soporte,
encuadernadas o en fascículos, remitidas
por em
presas
editoras, distribuidoras,
establecimientos de venta y centros de enseñanza por correspondencia autorizados.
No requiere cantidades mínimas por remesa.
Internacional
Hasta 2
Kg.
(peso
unitario)
Europa: de 3 a 8 días
hábiles
Resto: según países
Nacional
De 2 a 6 días hábiles
5.3. ENVÍOS DE
PUBLICIDAD,
LIBROS,
PERIÓDICOS Y
PUBLICACIONES
(Comprende aquellos
productos
diseñados
especialmente
para
la promoción y venta
de bienes y servicios
o de la difusión de la
cultura.
Se definen
por un precio inferior
a los de otras líneas
y por
plazos
de
entrega m
ás amplios.
Todos se prestan en
libre competencia)
Publicaciones
periódicas
Producto que perm
ite el envío de periódicos, revistas boletines, etc, cuya periodicidad
sea al menos trimestral y sean remitidos por su empresa editora o distribuidora, bajo
contrato. Requiere tirada mínima
de
1000 ejemplares
por edición, el contenido
publicitario no excederá los 2/3, y la rem
esa mínima será de 50 unidades.
Internacional (con
opción de
transporte por
superficie o por
avión, para envíos
prioritarios)
Hasta 2
Kg.
(peso
unitario)
Europa: de 3 a 8 días
hábiles
Resto: según países
Pá
gin
a 1
4 d
e 2
8
PRODUCTOS POSTALES
Definición/Características
Ámbito
Peso
Plazo de
Entrega
Paquete Azul
Envío que puede contener cualquier objeto, producto, sustancia
o m
ateria cuya circulación esté perm
itida y que, teniendo o no
carácter comercial, vaya cerrado, y certificado para su e
ntre
ga
a
do
mic
ilio.
Nacional
Hasta 20
Kg.
De 3 a 5 días
hábiles.
Islas Canarias: 8
días hábiles.
Paquete Postal
Nacional: envío que puede contener cualquier objeto, sustancia
o m
ateria cuya circulación esté perm
itida, que, teniendo o no
carácter comercial, circula cerrado, precintado y con carácter
certificado, para su e
ntr
ega
en
ofic
ina. Este producto se ofrece
exclusivamente bajo contrato.
Nacional
Hasta 20
Kg.
De 4 a 5 días
hábiles.
Islas Canarias: 8
días hábiles.
Paquete
Internacional
Prioritario
Envíos cerrados cuyo contenido no se conoce, registrados, con
entrega a domicilio bajo firm
a.
Internacional
Hasta 30
Kg., según
país
Europa: de 3 a 6
días hábiles.
Resto: según país
Paquete
Internacional
Económico
Envío de mercancías y objetos a todo el mundo, de form
a económica.
Envíos registrados, entrega bajo firm
a al destinatario.
Internacional
Hasta 30
Kg., según
país
Europa: de 8 a 10
días, según zona
Resto: Según país.
Paquete
Internacional
Prisma (EPG)
Servicio de paquetería sólo para Europa,
diseñado para
empresas. Recogida y
entrega a domicilio en los
países
pertenecientes
al
European
Parcel
Group.
Se
ofrece
exclusivamente bajo contrato.
Internacional
Hasta 30
Kg.
Entre 2 y 5 días,
según zona de
Europa.
Postal Exprés
Nacional
Producto que perm
ite la adm
isión, transporte y distribución de
documentos o mercancías con y sin valor comercial, en todo el
territorio nacional.
A domicilio y bajo firm
a.
Nacional
Hasta 20
Kg.
48 horas.
5.4. PAQUETERÍA
(Comprende aquellos productos que perm
iten a
los clientes realizar envíos a cualquier destino,
nacional o extranjero, que contengan objetos,
productos o materias, con o sin valor comercial)
EMS (Postal
Exprés
Internacional)
Producto que perm
ite la adm
isión, transporte y distribución de
documentos o m
ercancías, con y sin valor comercial, a la m
ayor
parte de los países.
A domicilio, en mano y bajo firm
a.
Internacional
Hasta 30
kg.
Principales
ciudades de
Europa y EE.UU.: 2
días hábiles.
Resto: Según país.
Pá
gin
a 1
5 d
e 2
8
PRODUCTOS POSTALES
Definición/Características
Ámbito
Plazo de Entrega
Carta
digital
Perm
ite enviar una carta (hasta 20 páginas) desde el ordenador. Se puede
configurar la carta
o postal desde el ordenador, a partir
de documentos
propios (W
ord o PDF) o componerla online, y Correos se encarga de imprim
ir en blanco y negro o color, ensobrar y depositar en el buzón.
Perm
ite enviar un docum
ento a m
últiples destinatarios, tanto ordinario com
o certificado y
a cualquier destino. Y enviar una postal con una imagen
personalizada o alguna de las que ofrece Correos.
Correo
digital
Tarjeta
Postal
digital
Perm
ite enviar
una tarjeta postal desde el
ordenador
del
usuario,
seleccionando imágenes del catálogo ofrecido por Correos o bien utilizando
imágenes propias personalizadas.
Nacional e
Internacional
Igual que carta y tarjeta postal
Telegrama Online
Perm
ite preparar el contenido de un telegrama, indicar los destinatarios y
enviarlo a través de Internet sin m
overse del ordenador. Cuenta con el m
ismo
valor legal y características que un telegrama tradicional.
Nacional
En el mismo día para envíos en los que se haya
completado el proceso de adm
isión online antes
de las
12:45 y
destinados
a localidades
con
unidades de reparto especial.
A la m
añana del día hábil siguiente (para el resto
de los envíos).
Burofax Online
El envío de un burofax se puede realizar, con plena validez legal, desde el
propio ordenador a través de Correos online.
Nacional e
Internacional
Igual que el burofax tradicional
Mailings
Posibilidad de realizar campañas de m
arketing directo, publicidad, etc, desde
el propio ordenador, con envíos a múltiples destinatarios.
Se anexan los docum
entos en form
ato W
ord o pdf y el servicio de C
orreos
hace el resto: imprim
e, ensobra y deposita los envíos.
Nacional
5.5.
ENVÍOS
ONLINE
Giro Online
Envío de dinero de form
a inm
ediata, mediante el servicio de Pago seguro en
Internet ePagado. Correos realiza la entrega bajo firma. Modalidades de
abono en domicilio, en una Oficina Postal o en cuanta corriente.
Importe máximo 300 €. Importe m
ínimo 0,10€
Nacional e
Internacional
Igual que los giros tradicionales
Pá
gin
a 1
6 d
e 2
8
PRODUCTOS
POSTALES
Definición/Características
Ámbito
Plazo de
Entrega
Giro
Nacional
Servicio que perm
ite ordenar un pago a cualquier persona o entidad de la m
isma o distinta localidad, dentro del territorio
nacional y entrega dom
iciliaria. Perm
ite incluir una com
unicación privada de hasta 140 caracteres sin recargo alguno
adicional. Modalidades:
-Giro Inmediato (abono en la oficina de correos): D
isponibilidad inmediata en cualquier oficina de C
orreos del país
mediante identificación por localizador entregado al remitente en el momento de la adm
isión. Importe máximo: 3.000 €.
Importe mínimo: 0,10 €.
- Giro Nacional: Entrega a domicilio. Servicio disponible en cualquier oficina pudiendo elegir la m
odalidad de abono al
destinatario más cómoda: efectivo, cheque (giro nacional) o ingreso en cuenta corriente (giro nacional). El abono del giro
mediante cheque postal tiene un importe m
áximo de 3.000€, y en m
etálico el importe m
áximo en giros nacionales es de
300€. Importe mínimo: 0.10€ .
Nacional
Entre 2 y 5 días
hábiles (giro
nacional)
Minutos (giro
inmediato)
Giro
Internacional
Producto que perm
ite ordenar pagos a personas o entidades en las localidades de los países con los que Correos tiene
establecido acuerdo, garantizando la cantidad girada y atendiendo a las restricciones que cada país tenga vigentes
respecto a las modalidades. Perm
ite incluir una
comunicación privada
de hasta 140 caracteres sin recargo alguno
adicional. Posibilidad de entrega en m
ano. Envío de dinero con la garantía del importe girado. Los importes m
áximos de
giros impuestos en España varían según países de destino.
Los envíos se pueden realizar utilizando las siguientes vías:
1.
Postal: giro postal con libranza y entrega a domicilio. P
aíses que admitan el servicio.
2.
Vía Electrónica: más rapidez en la entrega. Los países que prestan este servicio son: Alemania, Bélgica, Irlanda,
Japón, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido, Rumanía y Suiza.
3.
Giros UPU U
rgente IFS (disponibilidad inmediata): entrega en unos minutos en oficinas en C
hile, Uruguay y
Marruecos.
4.
Postfin: giro urgente vía telegráfica. Países que adm
itan este servicio.
Internacional
Según países
5.6.
ENVÍO DE
DINERO
Western
Union
Envío de dinero en minutos a más de 190 países mediante transferencia electrónica.
Internacional
(según
países)
Minutos
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6. Empaquetado 6.1. Empaquetado de cartas y tarjetas, paquetería, libros y periódicos � Cartas y tarjetas:
Los envíos postales cursados bajo la forma de sobre o tarjeta, que reúnan los requisitos de normalización citados en la siguiente tabla, pueden beneficiarse de tarifas más reducidas: ENVÍOS BAJO FORMA DE SOBRE O
TARJETA Dimensión máxima 23,5 x 12 cm Dimensión mínima 14 x 9 cm Peso máximo 20 grs Espesor máximo 5 mm Color del sobre Blanco o colores claros, con exclusión del azul
Colocación de direcciones
Destinatario: en el lado derecho del envío, debajo del espacio para el franqueo, y en el sentido longitudinal. Remitente: en el reverso o en la parte superior izquierda del anverso
Franqueo Situado en el ángulo superior derecho del anverso
En el caso de sobres con ventanilla, las dimensiones de la ventanilla y la holgura interna entre el sobre y la carta deberán permitir, en todo caso, la lectura completa del bloque de dirección de destino.
Estos requisitos de normalización encuentran su reflejo en la siguiente imagen del prototipo de sobre normalizado:
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� Paquetería:
Todos los envíos deberán ir debidamente cerrados y bien embalados en cajas de cartón o similar para evitar su deterioro en la manipulación debido a su peso. A ser posible precintados con cuerda resistente. Tanto los envíos Internacionales como los destinados a Canarias, Ceuta y Melilla llevaran además el impreso de aduanas debidamente cumplimentado.
� Libros y periódicos:
Deberán acondicionarse de modo que permitan la verificación de su contenido. Cuando se trate de envíos cerrados, llevarán la indicación “Para inspección postal abrir aquí” en una de las solapas.
6.2. Dimensiones de los envíos
6.2.1. Dimensiones máximas de los envíos
A continuación, se detallan las dimensiones máximas permitidas para los distintos envíos postales: � Carta, Carta certificada, Carta certificada Urgente, Notificación,
Publicorreo, Publibuzón, Libros y Publicaciones Periódicas:
Sobre o Caja: Largo + Alto + Ancho = 90 cm, sin que la mayor dimensión exceda de 60 cm. Carta Urgente: 235 x 120 mm. Espesor máximo: 10 mm. (Medidas recomendadas)
� Paquete Azul, Paquete Postal y Postal Exprés Nacional:
Caja: Largo + Alto + Ancho = 200 cm, sin que la mayor dimensión exceda de 100 cm. Rollo/tubo: Largo = 100 cm. Diámetro = 15 cm.
� Paquete Internacional Económico, Paquetería Internacional Prisma
(EPG), Postal Exprés Internacional (EMS) y Paquete Internacional Prioritario:
Caja: Largo + Alto + Ancho = 200 cm., sin que la mayor dimensión exceda de 105 cm. Rollo/tubo: Largo = 100 cm., Diámetro = 15 cm.
6.2.2. Dimensiones mínimas de los envíos
Asimismo, todos los envíos deberán respetar las siguientes dimensiones
mínimas:
Sobre o caja: 14 x 9 cm.
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Rollo/tubo: Largo + 2 veces el diámetro = 17 cm., sin que la mayor dimensión sea inferior a 10 cm.
Los envíos con dimensiones inferiores a las mínimas deberán llevar una
etiqueta anexa de 10 x 7 cm. en la que figuren la dirección y el franqueo.
7. Especial referencia al envío de notificaciones administrativas
La entrega de notificaciones de órganos administrativos es una obligación de servicio público del operador al que se le encomienda la prestación del servicio postal universal (Correos) y tiene como efecto la constancia fehaciente de su recepción. 7.1. Admisión de notificaciones de órganos administrativos
La admisión de notificaciones por Correos requiere que en el envío conste la palabra Notificación, y, debajo de ella y en caracteres de menor tamaño, el acto a que se refiera (citación, requerimiento, resolución) y la indicación Expediente núm... o cualquier otra expresión que identifique el acto a notificar. Estos envíos se acompañarán del documento justificativo de su admisión. 7.2. Cuestiones generales sobre la entrega de notificaciones
Según dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (LRJPAC) cuando se practique la notificación en el domicilio de la persona interesada y no se halle presente ésta en el momento de entregarse dicha notificación, se puede hacer cargo de la misma cualquier persona que se encuentra en el domicilio y hace constar su identidad.
Pues bien, en el aviso o acuse de recibo que, en su caso, acompañe a la notificación debe hacerse constar la fecha, identidad, número del documento nacional de identidad o del documento que lo sustituya y firma de la persona interesada o de la persona que pueda hacerse cargo de la notificación, así como la firma y número de identificación del empleado de Correos.
Todos los datos que deben constar en el aviso de recibo, también deberán constar en la documentación del empleado de Correos. 7.3. Notificaciones con dos intentos de entrega
7.3.1. Intentos de notificación cuando nadie puede hacerse cargo de la misma
Si intentada la notificación en el domicilio de la persona interesada, nadie pudiera hacerse cargo de la misma, el empleado de Correos debe hacer constar este extremo en el aviso de recibo que acompañe a la notificación junto con el día y la hora en que se intentó la misma, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes.
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Si practicado el segundo intento resultase infructuoso, se consignará dicho extremo en el aviso de recibo que acompañe a la notificación, junto con el día y la hora en que se realizó el segundo intento.
Una vez realizados los dos intentos sin éxito, Correos deberá depositar en lista las notificaciones, durante el plazo máximo de un mes, a cuyo fin se procederá a dejar a la persona destinataria aviso de llegada en el correspondiente casillero domiciliario, debiendo constar en el mismo, además de la dependencia y plazo de permanencia en lista de la notificación, las circunstancias expresadas relativas al segundo intento de entrega. Dicho aviso tendrá carácter ordinario.
7.3.2. Intentos de notificación cuando nadie quiere hacerse cargo de la misma y se rechaza sin dejar constancia
Si estando en el domicilio la persona que pueda recibir la notificación, se niega a aceptarla y a manifestar por escrito dicha circunstancia con su firma, identificación y fecha en la documentación del empleado de Correos, se entenderá que no quiere hacerse cargo de la misma, haciéndose constar este extremo en el aviso de recibo que acompañe a la notificación, junto con el día y la hora en que se intentó la misma, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes.
Si practicado el segundo intento, éste resultase infructuoso, se consignará dicho extremo en el aviso de recibo que acompañe a la notificación, junto con el día y la hora en que se realizó el segundo intento. A partir de este momento, dicha notificación tendrá el mismo tratamiento que las que hubieren sido rehusadas o rechazadas. 7.4. Notificaciones con un intento de entrega
No procederá un segundo intento de entrega en los supuestos siguientes:
- Cuando la notificación sea rehusada o rechazada por la persona
interesada o su representante, debiendo hacer constar esta circunstancia por escrito con su firma, identificación y fecha, en la documentación del empleado de Correos.
- Cuando la notificación tenga una dirección incorrecta. - Cuando la persona destinataria de la notificación sea desconocida. - Cuando la persona destinataria de la notificación haya fallecido. - Cuando cualquier causa de análoga naturaleza a las expresadas, haga
objetivamente improcedente el segundo intento de entrega.
En los supuestos previstos anteriormente, el empleado de Correos debe hacer constar en el aviso de recibo que acompañe a la notificación la causa de la no entrega, fecha y hora de la misma, junto con su firma y número de identificación. 7.5. Entrega de notificaciones a organismos públicos
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En el supuesto de entrega de notificaciones a organismos públicos (y también a personas jurídicas), se observarán las normas establecidas para la admisión y entrega de notificaciones anteriores, con las peculiaridades siguientes:
La entrega de notificaciones a organismos públicos se realizará a un empleado de los mismos, haciendo constar en el aviso de recibo que acompañe a la notificación, su identidad, firma y fecha de la notificación, estampando, asimismo, el sello del organismo público.
Asimismo, pueden entregarse en el Registro general del organismo público
de que se trate, bastando, en este caso, la estampación del correspondiente sello de entrada en el aviso de recibo.
7.6. Modelos
Finalmente, como anexo al tema, se muestra, entre otros, un modelo de
aviso o acuse de recibo con dos intentos de notificación, así como el correspondiente sobre de franqueo pagado, en el cual se introduce el documento que será objeto de notificación. Una vez cerrado el sobre, deberá adherirse al reverso del mismo el acuse de recibo para su correcta notificación, pues dicho acuse se convierte en la prueba fehaciente del envío.
Cuando la notificación se realiza con éxito, el operario de Correos entrega el
sobre cerrado al destinatario y retira el acuse de recibo para su devolución a la Administración, debidamente cumplimentado y firmado por el destinatario.
En caso de notificación infructuosa, tanto el sobre como el acuse adherido
al mismo serán devueltos a la Administración remitente, debiendo constar en el acuse los intentos de notificación realizados, así como los motivos de devolución, tal y como se muestra en la imagen.
Por otra parte, las etiquetas y códigos de barras que pueden observarse, deben adherirse, como elemento fundamental en la preparación de la correspondencia, tanto al sobre como al acuse de recibo y, en su caso, a la relación de certificados utilizada ante el envío de más de tres cartas certificadas, supuesto que suele ser habitual en la Administración.
En caso de extravío, o de cualquier otro motivo que dificulte su localización,
a través del código de barras, que es idéntico en los tres casos, se puede identificar el envío, la fecha de su depósito, el departamento de referencia y la remesa de notificaciones en la que fue incluido.
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CARTA CERTIFICADA
Este impreso se sustituirá por la relación de certificados vista anteriormente en caso de más de tres envíos de este tipo.
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