CURSO DE PERITO
VERIFICADOR Y REVENIDO
QUÍMICO
DICTADO EN LA PROVINCIA DE
JUJUY
TRABAJO MONOGRÁFICO
“EL CRIMEN ORGANIZADO Y
EL ROBO DE AUTOMOTORES”
PRESENTA
CÁCERES JOAQUÍN EZEQUIEL
AÑO 2013
CÁCERES JOAQUÍN EZEQUIEL. DNI: 34065446. TESIS PARA CURSO PERITO VERIFICADOR Y REVENIDO QUÍMICO DICTADO LA PROVINCIA DE JUJUY.
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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN……………………………………………………. PÁG. 3 – 4
EL CRIMEN ORGANIZADO ……………………………………….PÁG. 5 – 6
EL ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES ………………….PÁG. 7 - 9
ROBO DE AUTOMOTORES DE ALTA GAMA ………………….PÁG. 9 – 10
AUMENTO DEL ROBO DE AUTOMOTORES ……………………PÁG. 11 – 12
CATEGORÍAS BÁSICAS DEL ROBO DE VEHÍCULOS ……….PÁG. 12 – 14
FORMAS DE EJECUCIÓN DEL ROBO DE VEHÍCULOS ……..PÁG. 14 – 15
FORMAS MÁS COMUNES DE EFECTUAR LA
APERTURA DE UN VEHÍCULO…………………………………… PÁG. 15 – 16
LAS CONDICIONES DEL MERCADO DE AUTOS Y
AUTOPARTES………………………………………………………..PÁG. 16 - 19
SISTEMAS ELECTRÓNICOS PARA EVITAR EL
ROBO O HURTO DE AUTOMOTORES …………………………...PÁG. 19 –20
DESTINOS DE LOS AUTOMOTORES ROBADOS ……………...PÁG. 20 – 21
DISPOSICIÓN O DESTINO DE LOS AUTOMOTORES
SECUESTRADOS O RECUPERADOS POR EL
PODER JUDICIAL ……………………………………………………PÁG. 21 – 23
¿QUE DICEN LAS LEYES? ………………………………………...PÁG. 23 – 26
OTROS ASPECTOS QUE SE ENROLAN EN EL
MISMO CONTEXTO…….…………………………………………….PÁG. 27 – 28
CONCLUSIÓN ………………………………………………………...PÁG. 29
BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………..PÁG. 30
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INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de tesis consiste en conocer los alcances económicos,
sociales y jurídicos que el crimen organizado que tiene en general y en
particular con el robo de vehículos, lo que trae más conductas delictivas ya que
primero se da el robo del vehículo, su posterior desmantelamiento para la venta
de auto partes o en su caso la exportación ilegal a otro país.
Investigar el crimen organizado desde cualquier perspectiva resulta una tarea
compleja; en este entorno el acceso a fuentes primarias se reduce a los
tinglados más bajos de la estructura organizativa, en donde se cuenta con
información limitada acerca del funcionamiento diseñado por la “cabeza
central”. Es esta última la que garantiza, tanto la respuesta a las oportunidades
propias de la actividad ilegal como la vinculación de personas involucradas en
alianzas y asociaciones dotadas de medios logísticos, lo que permite crear una
infraestructura suficiente para acceder al mercado que absorbe el producto del
ilícito.
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tratarse de entidades, “generadas por individuos forzados a delinquir por la
pobreza, la desigualdad, la falta de acceso al mercado laboral y, en general,
por una situación social poco favorable, estas organizaciones están presentes
en las ciudades más desarrolladas, controladas por individuos con acceso a la
educación y al empleo.
Es frecuente encontrar personas que tienen en su poder automóviles
oportunamente sustraídos con la numeración individualízante original
erradicada, muchas veces sustituida por otra, con la documentación falsificada
que simula ser la correspondiente al rodado. El poseedor puede o no conocer
su origen ilícito – producto de las bandas organizadas roba autos-, sospecharlo
o no, tanto desde el momento de su adquisición o después.
Estas situaciones son detectadas en diferentes ocasiones, tales como controles
vehiculares, comisión de delitos con el rodado, realización de trámites para
verificar el automóvil con fines de transferencia, denuncia de un adquirente que
se percata que ha sido estafado, etcétera. Así ingresan al sistema penal, donde
pueden generarse diferentes situaciones a partir de los hechos que constituyan
el objeto de las correspondientes investigaciones.
Es posible que se investiguen delitos relacionados con las falsedades
documentales (arts. 292 y ss. Código Penal); algún otro referido a la
erradicación de la numeración del chasis y del motor y/o de la chapa patente
(art. 289 CP), porque se trata de identificaciones previstas por la legislación
vigente; quizás alguna defraudación o estafa por parte de quien lo entrega por
precio a quien lo recibe de manera inocente pagando por ello (art. 172 CP); y
también de alguna de las formas de encubrimiento (art. 277 CP), porque quien
lo recibe, sospechaba o podía sospechar de acuerdo a las circunstancias que
la cosa provenía de un delito perpetrado por bandas organizadas.
Si mediante los peritajes de rigor –revenido químico– es posible descubrir la
numeración original y, a partir de ello, individualizar y convocar al titular
registral, será posible devolver el bien al único que tiene un derecho real sobre
la cosa, ese titular o la compañía de seguros que resulta cesionaria de ese
derecho por haber abonado el valor del rodado al dueño víctima de la
sustracción.
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EL CRIMEN ORGANIZADO
Se iniciará por definir la palabra crimen, la cual es: "Infracción gravísima.
Perversidad extrema. Tremenda injusticia.".
Se puede decir que crimen organizado es una asociación permanente de
personas con conocimientos en las artes de mando y estrategia, cuyo objetivo
principal es el lucro económico a través del enriquecimiento ilícito; tiene por
característica el ser un fenómeno dinámico que avanza sin importar el grado y
nivel de desarrollo económico de un país. Dentro de sus elementos se
encuentran los siguientes:
La flexibilidad de tecnología de acuerdo al delito;
La variedad de medios para delinquir;
Aspiraciones de poder económico y político;
Internacionalidad y movilidad; y,
Constante disciplina.
El crimen organizado es la delincuencia colectiva que instrumentaliza
racionalmente la violencia institucional de la vida privada y pública, al servicio
de ganancias empresariales con rapidez. Necesariamente vincula jerarquías de
la burocracia política y judicial mediante la corrupción y la impunidad. Bajo una
disciplina y códigos de comportamiento mafioso; con la finalidad de obtener, en
la forma de prácticas sociales recurrentes-enraizadas en la estructura de la
división del trabajo, a nivel local, nacional e internacional-ganancias
económicas rápidas sin inversión previa de capital, de origen ilegítimo e ilegal,
mediante la apropiación de objetos de uso privado: autos, y auto partes, para
su transformación en mercancías que adquieren un nuevo valor de cambio
cuantitativo. Una vez que se ponen de nuevo en circulación, quedan definidos
sus precios por las condiciones del mercado regional o mundial. Siendo el
mercado, escenario de esta forma de criminalidad organizada.
Pese a que las grandes masas de población urbana precisan de autos, sin
embargo no los pueden comprar nuevos por encontrarse empobrecidas,
empleadas y desempleadas. En la medida en que la riqueza se concentra en
pocas manos.
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De esta manera surge el crimen organizado de robo de autos como un
mecanismo perverso, anémico, que oferta autos económicos, más accesibles a
esos compradores, o bien recreando la necesidad de volver a comprar auto las
victimas aseguradas contra robo, mediante el robo de autos seminuevos o
usados, reciclándolos al mercado: se pueden vender dos veces. Si se trata de
autos nuevos estos se venden de la industria directamente, se obtiene
plusvalía. Cuando se roban estos, se venden por segunda vez y se obtiene
ganancia comercial. No tiene que pagar el comerciante que le vende al
consumidor final, costos de producción, sino, el pago a la organización criminal,
lo que hace que bajen en forma atractiva los precios (los cuales a su vez
dependen de la demanda).
Continuando. Las condiciones en que las mercancías salen del sistema
económico: objetos de uso: entran en proceso de destrucción en su uso. Los
consumidores en su totalidad están bajo el principio de propiedad privada,
entonces si las mercancía regresa al mercado, vuelve en nuevas condiciones,
no tiene costo de producción, se obtiene de los autos robados ganancias
comerciales, las cuales van adquiriendo en la cadena de la división del trabajo
que precisa el robo y tráfico de autos y autopartes, por lo que no obtienen
plusvalía las bandas criminales sino solo ganancias comerciales.
El crimen organizado de robo de autos y autopartes se desarrolla en el
mercado mundial, fruto de las contradicciones del sistema capitalista en las
relaciones de dominación y explotación entre países desarrollados y países
subdesarrollados entre capital y trabajo, entre oferta y demanda. El Tercer
Mundo maquila autopartes y los arma, aportando fuerza de trabajo para
determinadas empresas multinacionales. Empero, su capacidad de compra
nacional es aproximadamente 10% de la población la que puede mantener y
renovar autos cada año.
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EL ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Es una realidad difícil de obviar y que se debe afrontar sobre la problemática
que sufre ARGENTINA en materia de inseguridad y delincuencia, dentro de lo
que se encuentra el robo de vehículos; el cual constituye un negocio rentable
que ofrece ganancias millonarias.
Los autores y cómplices del robo de vehículos no son considerados como
simples delincuentes debido a que se trata de un hecho muy bien estructurado
y compuesto de diferentes etapas. El ladrón puede llegar a recibir únicamente
una comisión por el robo y por la entrega del vehículo y de allí se continúa con
las otras etapas en las que se puede entregar a otros grupos para revenderlos,
desmantelados y vender las piezas como repuestos o pueden ser destinados
para efectuar asaltos, secuestros o transportar droga. Entre los sujetos que
pueden participar en la ejecución de estas distintas fases se pueden encontrar
a los propietarios de establecimientos destinados a la venta de piezas de
vehículos conocidos como DESARMADEROS, los talleres de mecánica, los
propietarios de parquees que pueden ser depositarios de los mismos y los
propietarios de agencias dedicadas a la venta de vehículos usados. En la
comisión del delito de robo de vehículos también pueden encontrarse otros
delitos como: Amenazas, daño, estafa, falsedad ideológica, falsedad material,
uso de documentos falsificados, plagio o secuestro, lesión, agresión, cohecho
pasivo y activo, uso público de nombre supuesto y en algunos casos hasta
violación u homicidio.
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En virtud de que el robo de vehículos es una actividad que ofrece beneficios
económicos satisfactorios y no representa demasiados obstáculos para su
comercialización no ha sido posible hasta el momento que el mismo pierda
rentabilidad e interés para las personas dedicadas a cometer este hecho ilícito.
Algunas personas para la protección de sus vehículos toman las siguientes
medidas de segundad: Candados de seguridad para palanca o pedales,
bloqueadores para volante, alarmas, llavines de seguridad, instalación de
dispositivos que desconecten automática o manualmente la inyección de
combustible o el sistema eléctrico y sistemas de localización; aunque éstos no
les garanticen efectividad en un 100%.
En la actualidad en Guatemala el robo de vehículos se ha convertido en un
negocio rentable al existir una cadena dentro de estas bandas del crimen
organizado que les permite obtener con facilidad los documentos legales
requeridos para circularlos nuevamente en la misma ciudad o en una distinta a
aquella en la cual sucedió el desapoderamiento; al descubrir este tipo de
situaciones dichos documentos deben ser analizados a través de las disciplinas
de la criminalística como lo son: La documentoscopía y la grafotecnia para
establecer su autenticidad.
Dentro de las finalidades de este ilícito se encuentra que posteriormente a la
esmerilación, las piezas identificables de los vehículos (número de motor y
número de chasis) son alteradas a base de presión por medio de machuelos,
los cuales consisten en números que son fabricados por el delincuente o
también pueden encontrarse a la venta pero únicamente para algunas marcas
de vehículos; no así, el número de identificación vehicular -vin-, el cual no
puede ser alterado ya que únicamente se puede colocar uno falso o uno
sobrepuesto, para que consecutivamente a la alteración puedan ser vendidos
dichos vehículos de forma completa.
También pueden ser desmantelados y vendidas las piezas no identificables a
través de las empresas que se dedican a este tipo de comercio conocidas en
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este país como DESARMADEROS, quienes justifican dichas negociaciones al
indicar que compran dichos vehículos por lo a las aseguradoras; ya que estos
negocios representan una alternativa para aquellas personas que no pueden
adquirir repuestos nuevos u originales; o bien, pueden utilizarse temporalmente
para la comisión de otro hecho ilícito, situación en la cual pueden ser
recuperados por los propietarios sin mayor dificultad. Aunque los lugares
anteriormente relacionados están obligados a solicitar una constancia de
solvencia a la La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la
Propiedad del Automotor y de
Créditos Prendarios, cuando compran vehículos destinados a la venta por
partes, no siempre lo hacen y dan lugar a que dichos delincuentes continúen
con este ilícito y hagan del mismo, como ya se dijo, un negocio muy rentable.
ROBO DE AUTOMOTORES DE ALTA GAMA
Los robos de autos de alta gama están de moda. Aunque estos casos tomaron
conocimiento público porque fueron protagonizados por famosos, los
especialistas reconocen que esta modalidad delictiva está en auge.
“Desde marzo de 2012 hasta ahora se nota un alza clara en los robos, bajo
modalidad a mano armada con fuerte incidencia de hechos en la ciudad de
Buenos Aires, hechos protagonizados, por lo menos de tres bandas
organizadas. Las líneas investigativas que se siguen apuntan al robo a pedido
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de determinados rodados, que luego son canjeados por droga en la frontera
con Bolivia, a precio dólar blue.
Hay bandas que antes robaban blindados y que ahora se especializan en robar
autos. También se dedican al negocio de las autopartes. En el último año hubo
muchos asaltos a concesionarias. No apuntan a los famosos, eso es casual. Es
decir, los que pueden andar en esos autos son empresarios, futbolistas,
actores o abogados. Es un delito que está de moda, como los asaltos a las
joyerías, que aumentaron porque el oro cotiza muy bien, es como robar
dólares, y lo reducen con facilidad”.
“El abordamiento de los vehículos se da en base al principio de la oportunidad,
ya que no existe información que apunte a blancos predeterminados. Muchos
de estos son utilizados para otros hechos”
En 2013, Cesvi, que agrupa a las compañías de seguros, informó que el
incremento interanual de robos de autos importados fue del 29,9% frente al
primer semestre de 2012. El ranking modelos afectados por los robos (totales o
parciales, con sustracción de autopartes) es liderado por el Volkswagen Bora,
seguido por la Honda CR-V y el Chevrolet Aveo.
“En general, los autos de alta gama se entregan en Paraguay por plata o por el
doble de esa plata pero en droga. Los roban y los dejaba enfriar para ver si
tenían alarma o Gps y después los sacan por la frontera. Es más, hasta les
ponen tierra colorada y enchastran las cubiertas, para que pareciera que
regresa a Paraguay, no que ingresa. A veces las organizaciones tienen
levantadores que hacen solo eso”.
En lo que va del año, la Policía Federal hizo varios procedimientos contra el
robo de autos de lujo. Incluso descubrió desarmaderos ilegales en Warnes,
donde había motores de esos autos y repuestos.
“Hay dos alternativas que manejan los delincuentes. Una es desguazar el auto
y vender las autopartes. La otra es cambiarle la documentación y meter al
coche en el mercado negro, lo que sería un auto mellizo. Estos robos en
general son por encargo y los sacan del país. Se supone que estos autos tiene
un sistema computarizado que hace que no puedan arrancar sin las llaves”, dijo
a CyR una fuente de la División Sustracción Automotores de la Policía Federal.
Pero los asaltantes siempre se las ingenian para todo y es posible que ya
hayan superado ese obstáculo.
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EL AUMENTO DEL ROBO DE AUTOS
Cada diez minutos se roba un auto en la Argentina. Y las organizaciones
dedicadas a robarlos —según fuentes del área de Seguridad del Gobierno—
ganan por año más de 500 millones.
Las estadísticas del Registro Nacional del Automotor revelan que el robo de
coches no baja. El año pasado se robaron 51.246 autos en todo el país. El 93
% de esa cifra es de Capital Federal y la provincia de Buenos Aires.
Las provincias donde menos robo de autos hubo en ese mismo período son La
Rioja, Catamarca y Santa Cruz.
Según detallaron a Clarín fuentes especializadas de la Policía Federal, las
bandas organizadas que roban autos suelen estar integradas por más de diez
personas.
Y todo comienza cuando alguien "levanta" el coche en un minuto y lo abandona
en alguna esquina para que otra persona lo lleve a un taller o a otro destino. "El
auto pasa por varias manos. Uno hace el trabajo sucio y el otro prepara el auto
para venderlo. Es probable que esas personas no se conozcan. Y son difíciles
de detener porque son ''móviles''; es decir: entran y salen de una banda a
veces después de hacer un sólo ''trabajo''", dijo el comisario Miguel Fausto
Colombo, jefe de la División Sustracción de Automotores de la Policía Federal.
Después que "levantan" el vehículo en la calle, en el 40 % de los casos los
llevan hasta un desarmadero. Allí —dijeron en la Federal— son desguazados
con minuciosidad. Y sus autopartes entran de nuevo al mercado. "Ahora se
desarman más porque muchas piezas son importadas y ahora valen más",
dicen en la Asociación Argentina de Compañías de Seguros.
Otro objetivo de las bandas es crear autos "mellizos", también conocidos en la
jerga policial como "ponchos". Mediante esta modalidad —se da en un 20 % de
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los casos— los ladrones copian los números de chasis y motor de otro vehículo
y los instalan en el robado para venderlo. Además, en algunos casos, falsifican
la documentación y los usan como remises.
El 15 % de los autos robados son usados por los ladrones para cometer
asaltos. Después, según las fuentes consultadas, los dejan desmantelados o
quemados.
"El robo de autos y su venta afuera es un circuito difícil de romper porque es el
negocio de muchas organizaciones", dijo Santiago Atencio, director de
Antecedentes de Gendarmería Nacional.
Y agregó que muchos de los autos robados en el norte bonaerense son
llevados por la Ruta Nacional 14 hacia la frontera con Paraguay. "Suelen tomar
caminos alternativos en Entre Ríos y Corrientes para alejarse de los controles",
explicó.
Según datos de Policía Federal, Bonaerense, Prefectura y Gendarmería, el 25
% de esos coches se venden en Asunción y otras capitales, a menos de su
valor real.
Los investigadores sospechan que el 35% de los autos que circulan en
Paraguay serían ilegales. Los ladrones —afirmaron— prefieren llevar hasta ese
país autos importados o camionetas 4 x 4.
CATEGORÍAS BÁSICAS DEL ROBO DE VEHÍCULOS
Usuario temporal:
El cual se divide en:
i. Robo por placer, conocido como "recorrido por diversión":
Generalmente es cometido por Jóvenes para obtener placer y como símbolo de
diversión social; el cual les provee sensaciones de poder que pueden llegar a
sustituir cualquier sensación de inseguridad; y,
íi. Robo de vehículo para utilizarse en otro delito:
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Estos son robados por personas que cometerán algún otro delito y los utilizarán
únicamente como medios de transporte para reducir la posibilidad de que sean
identificados.
Robo para obtener beneficio:
El cual se divide en:
i. Robo para desmantelar las piezas del vehículo:
Consiste en que los sujetos que realizan el hecho ilícito obtienen pedidos para
suministrar piezas específicas, para lo cual efectúan el robo de conformidad
con la solicitud;
ii. Robo por aficionados:
Los artículos que estos sujetos comúnmente roban son las llantas, aros,
baterías, radios y otras unidades prácticas;
iii. Robo por ladrones profesionales:
Consiste en alterar la identidad de los vehículos automotores para venderlos en
el país, en el extranjero o para desmantelarlos y venderlos por piezas.
LOS MÉTODOS QUE UTILIZAN SON:
i. Intercambio de rescate:
Se origina con la compra a un demoledor de automóviles o compañía de
seguros de vehículos destruidos o inoperables (a los cuales se les denomina
"rescatados") de los cuales se rescata la placa del vin, las placas de matrícula y
el título o comprobante de venta para ser utilizados posteriormente en otro
vehículo que ha sido robado y con el cual existe similitud en la marca y modelo
para trasladar la identificación del vehículo automotor que se ha comprado;
ii. Robo del vin:
Este método de operación tiene mucha relación con el de intercambio de
rescate, en éste roban únicamente las placas del vin de automóviles recientes
que se encuentran estacionados o desatendidos y posteriormente le colocan la
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placa del vin robado a un vehículo robado de marca y modelo similar y lo
registran y utilizan con documentos falsificados;
iii. Alteración:
Este es un término que es utilizado por la policía cuando en un taller de
mecánica a un automóvil robado le realizan un esmerilamiento en los números
de chasis y motor hasta desaparecer los mismos y posteriormente a través de
cinceles especiales se gravan tos números de chasis falsos; consiste en injertar
a un automóvil robado el número de identificación del vehículo, el número de
chasis o en algunos casos toda la pieza en donde se encuentra impreso el
número de motor de un automóvil que se encuentre inservible y en los cuales
debe existir similitud en las características de identidad;
v. Títulos robados:
Con los cuales utilizan los datos impresos en dichos títulos para alterar la
identidad de los automóviles que han sido robados de marca y modelo similar;
y,
vi. Fraudes de seguros:
Esta modalidad consiste en la pérdida o daños causados a un automóvil por el
propietario con la única finalidad de obtener dinero de la compañía de seguros.
El propietario puede vender dicho automóvil con documentación falsa o
modificada; así mismo, puede desmantelarlo y venderlo por partes.
FORMAS DE EJECUCIÓN DEL ROBO DE VEHÍCULOS
Asalto al vehículo:
El procedimiento lo realiza determinado grupo de personas que abordan con
amenazas al piloto en alguna parte de su recorrido, el cual debe ser accesible a
los delincuentes para despojarlo del vehículo y posteriormente obligarlo a
bajarse del mismo.
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Como en este tipo de delincuencia operan grupos compuestos de 4 ó 5
personas el procedimiento en este caso consiste en que algunos de los
delincuentes vigilan el área mientras otra u otras personas ejecutan la acción
directamente en el vehículo para abrirlo, arrancarlo, sustraerlo y trasladarlo a
un lugar seguro.
Luego de obtener el vehículo por cualquiera de las 2 formas anteriormente
descritas éstos pueden ponerse a la venta en el extranjero fácilmente luego de
evadir los controles aduaneros y migratorios ya que no se descarta la
posibilidad de que en la frontera a algún funcionario encargado del control se le
pueda ofrecer y éste acepte algún agradecimiento de naturaleza pecuniaria por
la omisión de dichos controles.
Desmantelación y venta por piezas:
En el proceso de venta o circulación de vehículos obtenidos ilícitamente
pueden cambiar el vin de las siguientes formas:
i) Troquelar sobre los números originales otros números nuevos; y,
ii) Cambiar por completo la plancha en la cual se encuentra el vin y
sustituirla por una nueva con un vin distinto, técnica a la cual se le ha
denominado "injerto".
FORMAS MÁS COMUNES DE EFECTUAR LA APERTURA DE UN
VEHÍCULO
Vehículos con cerradura yate:
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i) Introducir un desarmador en la cerradura y forzarla;
ii) Utilizar un desarmador con una punta tipo tomillo o sacacorchos para
arrancar las cerraduras; y,
iii) Utilizar una regleta en forma de gancho similar a un destapador de
botella, la cual se introduce entre el vidrio y la puerta para liberar el seguro de
la misma y abrirla.
Vehículos con cerradura tubular:
i) Quebrar el vidrio y abrir desde adentro la puerta; y,
ii) Cortar el hule del vidrio por medio de una cuchilla afilada para luego
sacar completamente el vidrio.
LAS CONDICIONES DEL MERCADO DE AUTOS Y
AUTOPARTES.
Dada históricamente la sociedad humana, organizada la vida social sobre el
modo de producción capitalista, bajo la forma del Estado moderno burgués, el
crimen organizado constituye "una práctica social recurrente" a través del
tiempo y de los espacios (se da en los estados nacionales) en función de las
contradicciones entre fines y necesidades de sus actores como individuos bajo
una subcultura, y los sectores de la sociedad civil poseedora de bienes
muebles de consumo: autos.
El sistema necesita que se consuman las mercancías, si no, no se realizan los
nuevos valores creados por la fuerza de trabajo con el capital. Empero, las
grandes masas se ven impedidas objetivamente a consumir autos nuevos. Esta
es la condición objetiva e histórica en que se desarrolla el crimen organizado
de robo y tráfico de autos y autopartes, destinado a lograr ganancias
comerciales de las ventas de -autos robados, que se ofrecen baratos y
atractivos para masas que puedan pagar por ellos. Incluso en cualquier parte
del mundo, debido a la apertura comercial: la globalización económica.
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El robo y tráfico de autos constituye una redistribución de riqueza al poner de
nuevo en circulación en el mercado los autos que estaban como objetos de
uso, fruto del esfuerzo o trabajo personal de los sectores de clase pequeño-
burguesa urbana y sectores de la burocracia pública y privada, a las cuales les
roban sus vehículos. Cabe señalar que en esta modalidad de crimen
organizado no se produce plusvalía. Los autos se obtienen mediante violencia
con el robo. Estos vuelven a cobrar un valor de cambio muy por debajo de su
precio original (de producción) debido al origen de hurto. No existe capital
invertido en esa práctica criminal, Por lo tanto, lo que aparece muy por debajo
de los precios del mercado legal es el resultado de las operaciones que le son
pagadas a los actores criminales que precisa la naturaleza y forma de la
mercancía. Es decir, la inversión en todo caso, es el pago a los actores del
crimen organizado constituido en una división de funciones por cada vehículo
robado: por remarcarlo con el número del motor; cambiarle placas; conseguirle
papeles legalizados, protección o impunidad de sectores de burocracia
policíaca y en su tráfico, el conjunto de comerciantes y comercializadoras de
autos y autopartes. Entonces, el costo del auto robado pasa a ser lo que cuesta
económicamente pagar al grupo delictivo que realiza desde el hurto hasta la
distribución en el mercado. Empero, el costo o pago en dinero a los actores del
crimen se sujeta a la demanda de los mercados cuyos precios están sujetos a
la competencia del mercado negro de autos y autopartes,. Este mercado negro
constituye el comercio informal desde el punto del marco legal. El cual se ve
formando parte del mercado legalmente establecido en las empresas pequeñas
y medianas del comercio de vehículos seminuevos y autopartes.-
El costo para un consumidor final, constituye la redistribución de ganancias
entre la banda organizada, cada quien gana de acuerdo a la función que realiza
dentro de la división del trabajo delictivo. Representa el total de los ingresos
percibidos por cada miembro de la banda, de tal manera que asegura la
redistribución de capital comercial en manera irregular dependiendo de las
funciones y facultades de los actores entre si. Y a su vez, las ganancias
comerciales dependen de la oferta y demanda de ese mercado. (Mas autos
robados y legalizados por un lado, y mas consumo regional e internacional por
el otro). Dado que los autos son bienes u objetos de uso particular de sus
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dueños, que sirven como modelo de transporte particular, son medios de
trabajo, y como medio de trabajo, el auto al ser robado con el fin de venderlo,
es potencialmente capital comercial. Su robo y tráfico y las condiciones de
legalidad lo hacen una mercancía real constituyendo una apropiación ilegitima
e ilegal de elevado grado de violencia organizada, articulada a sectores de la
burocracia publica política y policíaca y burocracia privada, al servicio de la
acumulación de capital comercial en manos de las bandas delictivas a medida
que aumenta el robo de autos, su tráfico y consumo.
Ahora bien, la existencia del capital comercial en la empresa de compraventa
de autos robados legalizados y autopartes a escala pequeña, mediana o
grande (de exportación), está relacionada directamente con la empresa
legalmente establecida para su prosperidad. Se trata de un comercio informal
que forma parte del establecido necesariamente. Ambas formas de
comercialización dependen de la crisis de la producción social global de
automóviles a escala mundial. Ahora bien, a nivel regional el comercio de autos
semi-nuevos de origen robado ha ido creciendo a tal grado que hoy reactiva la
producción de autos a escala nacional. Pero, esa práctica criminal de robo y
venta de autos legalizados solo puede decaer en la medida en que se
desarrolla y avanza el capital industrial automotriz a escala nacional y
continental: aumenta la productividad, bajan costos y su consumo resulta más
atractivo que el de autos semi-nuevos de origen robado o no. De ahora que el
desarrollo del capital industrial automotriz en Latinoamérica eleve su
competitividad frente al mercado negro de autos robados y legalizados, dado
que el capital comercial acaba tarde o temprano subordinándose y formando
parte del capital industrial general, como su fase de circulación a medida que
avanza el desarrollo económico de los pueblos.
Originalmente un automóvil se fabrica todo completo en los países capitalistas
desarrollados y duraban décadas (entre 30 y 50 años promedio). Hoy, se hacen
para que funcionen de entre 5 y 10 años,. Las grandes fábricas automotrices
trasladaron unidades de producción y de armado de autos a los países del
tercer mundo, como evolución de la división internacional del trabajo. Y
normalmente la mitad de las pesas se hacen en los países de origen de la
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fábrica automotriz aumentando la producción de piezas. Por otro lado, cada
país del tercer mundo tiene fábricas subsidiarias. A su vez han aparecido
nuevas fábricas que se dedican a producir piezas de refacción. En ambos
casos, aun en el caso de las piezas fabricadas e industrias filiales, por razones
de tecnología propia de la industria original y derechos de patente, existen
piezas estratégicas como del motor, distribuidor y carburador, que son
genuinas en su fabricación proveniente del Primer Mundo, cuya tecnología es
imposible de reproducir en el Tercer Mundo. Un auto tiene aproximadamente
43,000 piezas. Por lo tanto, las piezas estratégicas originales de la industria
automotriz presentan mayor durabilidad que el resto de piezas o refacciones
producidas en el tercer Mundo. Además, se tiene que pagar patentes para
fabricar alguna de las piezas estratégicas o únicas (originales).
SISTEMAS ELECTRÓNICOS PARA EVITAR EL ROBO O HURTO
DE AUTOMOTORES
Una minoría de personas como forma de resguardar su patrimonio contratan el
servicio de seguro para sus vehículos o también pueden optar por instalar
sistemas de localización de unidades a través de radiofrecuencias horizontales
que son capaces de captar señales hasta en países vecinos; este sistema
funciona de manera similar a una radio por medio de antenas que permiten
captar la señal emitida por un dispositivo que es colocado en un lugar secreto
del vehículo, emite una señal codificada e indica el código de identificación
exclusivo para cada vehículo; a este sistema se le denomina lo Jack.
Así mismo, pueden optar por instalar el sistema de posicionamiento global más
conocido por sus siglas en inglés como GPS (global positioning system), el cual
consiste en un sistema global de navegación por satélite que permite
determinar en todo el mundo la posición de un objeto, una persona, una nave o
un vehículo; este sistema emite señales verticales y muchas veces pueden
perderse en parqueos subterráneos. Los costos de estos servicios son altos y
dependen de la negociación en la cual se cobra la instalación, el valor del
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equipo y una cuota mensual, razón por la cual dichos sistemas no están al
alcance de la mayoría de personas que poseen vehículos en este país.
DESTINOS DE LOS AUTOMOTORES ROBADOS
Existen tres destinos para los vehículos robados. El primero es la
comercialización de repuestos, principal causa de la fuerte suba que se
registra. "Hoy un auto desarmado vale hasta dos veces su valor de mercado,
porque por un lado hay poca venta y por otro porque el costo de los repuestos
ha crecido en forma más violenta que el propio valor del auto". Hoy los autos
totalmente importados han seguido el valor del dólar, el resto han aumentado
entre un 60 y 70% y los repuestos subieron más del 180%. Los autos
importados son blancos de los ladrones porque hoy hay menos oferta y porque
ha subido su valor, y dentro de los nacionales el robo se focaliza en los autos
que no se fabrican más.
El segundo destino es el robo para cometer delitos mayores. En algunos de
estos casos los autos aparecen. De ahí provienen las unidades recuperadas
por las compañías. Mientras el recupero que manejaba el mercado el año
pasado estaba en el 30%, ahora el índice ha bajado y se ubica en el 25%, otro
dato que demuestra que la suba que se registra hoy obedece principalmente al
robo para la comercialización de repuestos.
El tercer y último destino es la exportación ilegal de autos a países limítrofes
como Paraguay y Bolivia. En Paraguay no existe un registro automotor y
radicar un vehículo robado es muy sencillo. Estimaciones extraoficiales indican
que de los 750 mil vehículos que circulan en las calles de Paraguay, más de
300 mil provienen de la Argentina o de Brasil. Algo similar sucede con los autos
que son llevados a Bolivia, donde la persona que "encuentra" un vehículo
abandonado en la calle puede ir a la comisaría de su pueblo y declarar que lo
encontró. La policía en ese caso publica en el diario local un edicto informando
el hallazgo y si al cabo del plazo estipulado por la ley nadie lo reclama, se lo
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entregan a la persona que tuvo la fortuna de encontrarlo, por supuesto con
todos los papeles legalmente a su nombre.
DISPOSICIÓN O DESTINO DE LOS AUTOMOTORES
SECUESTRADOS O RECUPERADOS POR EL PODER JUDICIAL
La inscripción de un rodado es constitutiva del dominio y, por eso, no es
correcto referirse al “comprador” cuando se alude a quien adquiere un vehículo
por precio pero sin mediar la transferencia y su inscripción en el Registro de la
Propiedad del Automotor. El que recibe un rodado en la calle o en una agencia,
mientras no formalice la inscripción, no ha comprado nada. Los llamados
boletos de compraventa no son hábiles para transmitir el dominio.
El régimen especial de los automotores, que es ley nacional (art. 75, inc. 12º,
Constitución Nacional), desplazó las tradicionales disposiciones del Código
Civil sobre cosas muebles, prescripción adquisitiva de cosas muebles robadas
o perdidas, a título oneroso, de buena o mala fe, etcétera, y reemplazó la
tradición por la inscripción. Esto genera una primera consecuencia: el tenedor o
poseedor de rodados en tales condiciones, carece de derechos reales sobre el
vehículo cuyo secuestro ha sido ordenado.
Para este ordenamiento, el tenedor del un vehículo no sólo no es el titular sino
que, si no le ha sido otorgado algún documento por el titular registral (con fines
de iniciar el proceso de compra-venta), tampoco puede considerárselo tenedor
de buena fe, ni puede usucapirlo, ya que el art. 4° señala que no puede repeler
la acción de reivindicación por no estar inscripto a su nombre.
Si además tiene la numeración suprimida, estos vehículos son bienes
mostrencos (art. 2342, inc. 3°, Código Civil) pues tienen propietario pero no es
conocido (la numeración está erradicada y resulta imposible individualizar al
titular registral) y, por ende, pertenecen al dominio privado del Estado general o
de los Estados particulares,. No se trata de una cosa perdida, ni abandonada,
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ni carente de dueño: es hurtada o robada, sobre ella han recaído otros delitos,
tiene dueño, pero no es conocido y difícilmente se lo pueda ubicar.
Paralelamente, desde el punto de vista penal, estos vehículos tienen origen
ilícito, por ser robados o hurtados y por las maniobras realizadas en su motor,
carrocería y chapas patentes. De modo tal que forman parte del cuerpo del
delito y como tal, están sujetos a decomiso pues el delito no puede rendir
beneficios (art. 23 C. Penal).
Conviene detenerse en este punto. Muchas veces se confunde la condición de
damnificado-estafado, que generalmente ostenta el tenedor que alega buena
fe, y a partir de ello aparece la idea de su devolución como si se tratase de una
suerte de indemnización por parte del Estado a través del Poder Judicial. Debe
tenerse presente que en verdad, se trata de alguien que en el mejor de los
casos fue víctima de una estafa pero donde no se puede individualizar al autor,
de modo que no existe disposición o principio jurídico alguno por el cual el
Estado se vea en la obligación de repararlo con la devolución o reintegro de
efectos que en sí mismos tienen naturaleza ilícita. El estafado cuenta con la vía
de daños y perjuicios contra el autor de tal engaño; lo que ocurre es que, como
es ignorado, le resultará imposible ubicarlo y resarcirse.
Con el criterio contrario, muy frecuente en la jurisprudencia sobre entrega de
automotores de los ‘90, a quien le entregaron unos billetes falsos, habría que
devolverle esa moneda espuria.
El poseedor de este tipo de bienes, sólo tiene un derecho personal contra quien
se lo entregó –que lo estafó–, y el juez no puede sustituirlo devolviéndole la
cosa.
De modo tal que, desde dos vertientes jurídicas distintas –civil y penal– se
puede concluir en que el Estado al adquirir ese dominio "residual" puede
disponer de ellos mediante la forma que las leyes lo dispongan (subasta,
depósito de los fondos a la orden del juzgado y saneamiento registral para el
adquirente del rodado en el remate, destrucción, etc.).
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Se comprobó en los hechos que esta solución "práctica" de devolver en
depósito los rodados a quienes los tenían en su poder al momento del
secuestro lo único que produjo fue que las organizaciones que a ello se
dedicaban procuraran erradicar definitivamente los números de motor y chasis,
para generar, por este mecanismo, la legalización judicial de una tenencia
irregular.
Se apreció también que los vehículos que así circulaban estaban sujetos a los
avatares del tráfico: infracciones de tránsito, accidentes, daños y perjuicios, no
tributaban, etc.; aspectos éstos sobre los que tenía que responder el titular
legítimo de un automóvil. En otros supuestos, como con los vehículos con
numeración suprimida se “creaba” una nueva identidad del bien, ésta se hacía
coincidir con la de un rodado real de las mismas características (marca,
modelo, etc.), de modo que el titular registral legítimo del automóvil no
sustraído, debía responder por las infracciones y daños cometidos con el
vehículo “trucho” que portaba aquel número de dominio.
Además, la sustracción de documentación legítima, o la compra real de
automóviles desvencijados pero con documentación válida (muchas veces en
subastas judiciales), generó la sustracción “por encargo” de rodados que
tuviesen las mismas características externas que las que figuraban en los
“papeles” (a los que se les erradicaba la numeración original y sustituía por la
que figuraba en los documentos “buenos”), para evitar cualquier sospecha en
controles administrativos o policiales.
Como se ve, las soluciones que fueron adoptando los tribunales, hasta
convertirse en práctica generalizada, con el fin de mitigar un daño individual, se
tradujo en una fuente de conflictos inagotable, en favor del tráfico ilícito de
automotores.
¿QUÉ DICEN LAS LEYES Y POR QUÉ?.
Es manifiesto que propietarios son sólo los que tienen derecho real de dominio,
es decir, quienes son los titulares registrales de los automotores. Y con la
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expresión "derecho legítimo" no puede significarse otra situación que la de
quien adquirió el rodado del propietario o de un legítimo poseedor –aquél que
se lo adquirió sin hacer la transferencia e inscripción al último propietario–,
cumpliendo los recaudos de la ley de automotores (art. 16 y concs.), y aún no
culminó la transferencia. Esto es justamente lo que investigan todos los jueces
y/o fiscales de instrucción del país: la cadena de tenedores de buena fe hacia
atrás, hasta llegar al propietario registral, o hacia adelante, desde el propietario
pasando por todos los adquirentes que no hicieron la transferencia.
Cuando esta "cadena" se corta por una sustracción intermedia, ya no puede
hacerse valer ningún derecho legítimo sobre el bien, es decir, ningún derecho
real sobre el bien, sino tan sólo un derecho personal sobre quien se lo dio por
precio.
Se ha leído en algún lugar que "un derecho personal a adquirir un derecho real
sobre un bien no deja de ser un derecho sobre un bien", pero eso es un juego
de palabras que confunde los términos de los más elementales principios
jurídicos, al identificar los derechos personales (obligaciones) con los derechos
reales.
Los mismos artículos del código procesal penal recogen la naturaleza jurídica –
mostrencos– de estos bienes con propietario desconocido, pues se reconoce
que si no aparece un reclamante con derecho legítimo sobre el rodado, el
Estado puede disponer de ellos.
En cuanto al llamado poseedor de buena o mala fe, corresponde aclarar que
mala fe desde el punto de vista civil, no implica dolo penal. Ello es claro, pues
las obligaciones que exige el ordenamiento privado son de otra naturaleza y de
ellas sólo se deriva la consecuencia de no poder ser considerado portador de
una determinada calidad. Cuando el derecho exige una conducta, su
inobservancia deriva en una determinada consecuencia. Ahora bien, que un
imputado quede eximido de responsabilidad penal porque obró sin dolo o sin el
requisito subjetivo que la tipicidad seleccionada exija (puede ser imprudencia),
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ello no conduce a la devolución del rodado, porque la posición subjetiva del
agente ante el hecho, no puede cambiar la naturaleza jurídica de una cosa.
Si el bien pudiera ser identificado y no fuese habido el titular registral, podría
considerarse la devolución a quien lo poseía al momento del secuestro. Solo en
tal caso comenzarían a regir las disposiciones de todos los códigos procesales
penales sobre la disposición de “objetos no sujetos a confiscación, restitución o
embargo” (vid. Código Procesal Penal de la Nación, arts. 231, 238, 523). Pero
al tratarse de un bien que tiene un régimen jurídico propio y, además, por las
maniobras realizadas sobre él, estaría sujeto a confiscación o decomiso (art. 23
Código Penal), el único camino jurídico es la no entrega a ningún particular y su
disposición de conformidad con las disposiciones de la ley 20.785 de bienes
secuestrados en causas penales.
Esta ley, fue modificada recientemente por la 26.348 que dispone que los
automotores secuestrados cuya entrega no corresponda a persona alguna,
serán descontaminados, compactados y disposición como chatarra (art. 10 ter).
La ley reconoce expresamente la naturaleza jurídica de mostrencos de estos
automotores. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó la Acordada Nº
2/09 (en el Expediente Nª 358/09) del 11 de febrero de 2009, para que en el
ámbito de la justicia federal y nacional se proceda en consecuencia.
A esto se llegó porque los automotores seguían siendo utilizados por el Poder
Judicial según criterios individuales que no lograban sortear todas las
dificultades que se han enunciado y que eran de comprobación diaria.
Que el Poder Judicial “disponiese” de esos automotores según sus propios
criterios, produjo y produce más problemas que soluciones. Que un juez,
policía o funcionarios de toda especie, circulen con “autos truchos”, sin pagar
patentes, seguros, sin la correcta delimitación de su individualización a los fines
de las eventuales responsabilidades civiles (y que la demanda no le caiga al
titular registral que tiempo atrás fue desapoderado del rodado) o de
infracciones de tránsito, etcétera, no parecen situaciones valiosas, ni siquiera
más valiosas que todos los aspectos burocráticos que se pretenden sortear con
la implementación de tal sistema.
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Tanto es así que el mensaje del Poder Ejecutivo (del 12 de septiembre de
2006) al enviar al Congreso el proyecto de lo que después se transformó en la
ley 26.348 que hoy rige, textualmente dijo: “Con respecto a las unidades
abandonadas, perdidas, secuestradas o decomisadas que son enajenadas por
organismos públicos o bancos oficiales, el origen legítimo de las mismas no se
verifica al momento de solicitarse su inscripción registral. La experiencia indica
que, por lo general, estos automotores presentan sus números identificatorios
de chasis y motor borrados o adulterados –circunstancias que impiden
determinar su correspondencia con un dominio ya inscripto, con el
consencuente riesgo en lo que a ese derecho real se refiere–, lo cual además
posibilita la sustitución del bien legalmente adquirido en una pública subasta,
en la mayoría de los casos por un valor irrisorio en virtud del estado de
conservación, por otro de similares características robado o hurtado. En otras
palabras, se advierte que el procedimiento de subasta de estos automotores,
puede convertirse en un mecanismo para obtener documentación legítima que
ampare autopartes y, aun, de automotores de origen ilegítimo. Por otra parte, el
estado de deterioro en que se hallan dichos vehículos importa que no se
encuentren en condiciones que habiliten su autorización para circular por la vía
pública. Asimismo, el desgaste de sus componentes significa un serio riesgo
para la adecuada conservación de un medio ambiente sano. Así, entonces, a
los fines de proteger tanto la seguridad jurídico registral, y en consecuencia el
derecho de propiedad, conforme lo preceptuado por el artículo 17 de la
Constitución Nacional, como el derecho de todos los habitantes de la Nación a
gozar de un medio ambienta sano, equilibrado y apto para el desarrollo
humano, garantizado por la Carta Magna por imperio de su artículo 41, se
propicia la sanción del proyecto que se eleva a su consideración, en el que se
establece como destino de estos automotores su descontaminación,
compactación y posterior disposición en calidad de chatarra. Seguidamente, y
en consonancia con lo anteriormente expuesto, se entiende que corresponde
tornar aplicable el referido procedimiento de descontaminación, compactación y
posterior disposición como chatarra a los automotores secuestrados en las
causas penales que se encuentren tramitando ante la justicia federal y
nacional.
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OTROS ASPECTOS QUE SE ENROLAN EN EL MISMO
CONTEXTO.
Muchas veces en las causas penales se sigue la práctica de que un resultado
desincriminante para el tenedor obliga al reintegro de la cosa pues la tenía al
momento del inicio de la causa, por ejemplo, el art. 238 Cód. Procesal Penal de
la Nación, en lo que no se refiere a los automotores.
Sin embargo, este principio procesal no es absoluto pues el resultado
desincriminante puede derivar de distintos aspectos y porque la cosa a
devolver puede tener diversa naturaleza jurídica.
Si una persona es sobreseída o absuelta por inimputabilidad o inculpabilidad,
los otros elementos del delito –acción, tipicidad y antijuridicidad– se mantienen
incólumes y no corresponde el retroceso a una situación antijurídica al
momento del inicio de la causa. Por ejemplo, un usurpador que resulte absuelto
por estas causales, no tiene derecho a que le sea restituido el inmueble que
usurpó; o un menor que participa en un robo con armas, pese a ser exculpado
penalmente, carece de derecho para solicitar el reintegro del arma con que
perpetró el hecho.
Y en los otros casos, aunque fuera sobreseída por atipicidad o justificación de
su conducta, si la cosa secuestrada es el cuerpo del delito, tampoco
corresponde su restitución, atendiendo a la naturaleza del bien.
Tampoco aparecen como felices algunas resoluciones judiciales que sin
competencia alguna terminan disociando facultades policiales y judiciales en
relación con la autorización para circular. Para circular la ley nacional exige un
requisito imprescindible: la cédula verde (art. 21, decreto-ley 6582/58, ratificado
por ley 14.467), de modo que cuando los jueces entregan un vehículo en
depósito judicial, lo estarán haciendo sin la documentación exigida por la ley
para circular. Cuando muñen al depositario de un certificado judicial, está claro
que ninguna autoridad policial lo observará, debido a la condición de la
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autoridad que lo expide, pero las consecuencias no son buenas. Este individuo
circulará libremente con su certificado, sin responsabilidad alguna por los
hechos que pudiera cometer como consecuencia del tráfico y sorteando así las
disposiciones de fondo sobre la materia, además de la inexistencia de seguro y
del pago de los impuestos locales a los automotores.
Ya se ha observado que cuando el depositario quiere cambiar de modelo, sólo
le basta con adquirir (a una banda que se dedique a ello) un rodado similar y
hacerle insertar los números de motor y chasis, y chapa patente, que
coincidieran con el certificado que poseía. En el peor de los casos, le basta
lograr la confección de nueva documentación espuria, vender ilícitamente el
rodado a un comprador de buena o mala fe, en el sentido vulgar del término,
destruir el certificado y denunciar falsamente en el expediente que había sido
desapoderado del bien –robo o hurto–, con lo cual lograba: recuperar el dinero
invertido y desembarazarse de sus obligaciones de depositario judicial.
No puedo terminar sin volver sobre un asunto ya esbozado. Ningún criterio de
un funcionario o magistrado será mejor que el del sistema de las leyes
vigentes. Entregar un vehículo para que lo use una dependencia policial en su
“lucha contra el narcotráfico” o fines similares, termina con el rodado usado
para el diligenciamiento de citaciones judiciales, transporte de expedientes o
asuntos particulares.
CÁCERES JOAQUÍN EZEQUIEL. DNI: 34065446. TESIS PARA CURSO PERITO VERIFICADOR Y REVENIDO QUÍMICO DICTADO LA PROVINCIA DE JUJUY.
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CONCLUSIONES.
Que el crimen organizado de robo o hurto de automotores y la asociación
delictuosa son un mismo sinónimo y que por lo tanto no es necesario que
solamente en los delitos de alto impacto social como lo son el narcotráfico o el
secuestro dicha calificativa le sea calificado al delito inicial.
Que la consecuencia de dicha conducta es la pobreza en la cual las personas
especialmente de los países del tercer mundo son la causa principal de que los
gobernados se organicen para delinquir al no existir programas de empleo y de
educación misma.
Cuando en una causa penal se secuestra un rodado con numeración
individualizante erradicada, no procede la entrega a quien lo tenía al momento
del inicio de la investigación. Esta solución se ajusta a las disposiciones
procesales de casi todos los Códigos provinciales; aunque si carecieran de
ellas, se derivarían naturalmente de los principios del derecho de fondo civil y
penal.
CÁCERES JOAQUÍN EZEQUIEL. DNI: 34065446. TESIS PARA CURSO PERITO VERIFICADOR Y REVENIDO QUÍMICO DICTADO LA PROVINCIA DE JUJUY.
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BIBLIOGRAFÍA
http://www.bibliotecajuridicaargentina.blogspot.com
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