Transparencia en la ejecución de las cuentas maestras
El Ministerio de Salud y Protección Social hizo
un llamado a los alcaldes y gobernadores para
que ejecuten los recursos autorizados de las
cuentas maestras con celeridad, transparencia y
los controles respectivos.
Así mismo, el Ministerio comparte la preocupa-
ción de la Contraloría General de la República
por los hallazgos encontrados en los procesos
de auditoría en algunos municipios, que desvir-
túan los objetivos que perseguía la Ley 1608 de
2013.
Por ello, este Ministerio fortalecerá los mecanis-
mos de seguimiento al uso de estos recursos y
continuará trabajando articuladamente en la
prevención de posibles irregularidades que se
puedan presentar en su ejecución . Ver más
Ministerio de Salud y Protección Social. Grupo de Comunicaciones. Conmutador (571) 3305000 Ext. 2030-2059 .
www.minsalud.gov.co / [email protected]
BOLETÍN ELECTRÓNICO PARA LOS ACTORES DEL SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA NO. 40 AGOSTO 12 DE 2013
Priorización de excedentes de las
cuentas maestras
El uso de los ex-
cedentes de las
cuentas maestras
fue priorizado
por las entidades
territoriales de la
siguiente mane-
ra:
1. Para financia-
ción de deudas del régimen subsidiado $96.307 millones
(7,1%).
2. Para el pago de deudas por los servicios prestados a la po-
blación pobre no asegurada y el pago de servicios No POS,
$262.780 millones (19,3%).
3. Para financiar programas de saneamiento fiscal y financiero
de Empresas Sociales del Estado, $372.011 millones (27,4%).
4. Para la inversión en mejoramiento de la infraestructura y
dotación de la red pública de hospitales, $621.709 (46,1%).
Estos recursos, como siempre ha reconocido el Gobierno Na-
cional, pertenecen a las entidades territoriales y por ende son
ellas las responsables en garantizar su pronta y adecuada eje-
cución. Ver más
Termómetro:
1,36 billones de pesos...
...se han viabilizado a través del Ministerio de Salud y Protec-
ción Social en un proceso de asistencia técnica permanente a
alcaldes, gobernadores y funcionarios de las entidades terri-
toriales. De esta cifra, se han invertido 109 mil millones de
pesos con el propósito de agilizar la ejecución de la Ley de
Cuentas Maestras, para lo cual el Ministerio ha expedido la
reglamentación necesaria. Ver más
BOLETÍN ELECTRÓNICO PARA LOS ACTORES DEL SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA NO. 41 AGOSTO 20 DE 2013
El flujo de los recursos para
septiembre Termómetro:
5.5 billones de pesos...
¿Qué es el giro directo?
Desde abril de 2011 los recursos del Régimen Subsidiado provenientes del Siste-
ma General de Participaciones, del FOSYGA y del Presupuesto General de la Na-
ción se giran directamente a las EPS e IPS, de acuerdo con lo previsto por el ar-
tículo 29 de la Ley 1438 de 2011, reglamentado por los Decretos 971, 1700 y
3830 del mismo año. El giro a las EPS (o directamente a las IPS), se realiza en
nombre de las entidades territoriales y corresponde a la Liquidación Mensual de
Afiliados, LMA, que usa como soporte la Base de Datos Única de Afiliados. Al co-
mienzo y en forma temporal, el giro directo se estableció para los municipios
menores de 100 mil habitantes o para los distritos y municipios mayores de 100
mil habitantes que voluntariamente se acogieran a la medida.
A partir de enero de 2012 los recursos se giran directamente a las EPS e IPS, in-
dependientemente de la categoría de los municipios o distritos.
Los recursos del Esfuerzo Propio siguen siendo recaudados y girados por las Enti-
dades territoriales. Igualmente las Cajas de Compensación Familiar autorizadas para administrar el régimen subsidiado recaudan y admi-
nistran directamente los recursos que deben destinar para este fin.
En la actualidad, el giro directo desde la Nación se realiza durante los cinco primeros días hábiles de cada mes, a través de un Mecanismo
Único de Recaudo y Giro de los recursos del Régimen Subsidiado que concentra las fuentes de financiación disponibles en el nivel central y
las gira en una sola transacción a las EPS o IPS.
Los resultados de la Liquidación Mensual y los giros son informados a EPS, Entidades Territoriales e IPS, como soporte para su manejo con-
table, presupuestal y de tesorería.
…son los recursos que el Ministerio de Salud y Protección Social,
a través del FOSYGA, ha distribuido a los hospitales mediante el
giro directo hasta septiembre de 2013. Esta cifra corresponde al
67 por ciento de la Liquidación Mensual de Afiliados, de los cua-
les $3 billones corresponden a Instituciones Prestadoras de Salud
públicas y $2.5 billones a IPS mixtas y privadas.
Para garantizar que el flujo
de los recursos beneficie
efectivamente a las Institu-
ciones Prestadoras de Ser-
vicios de Salud se estable-
cieron y han aplicado los
procedimientos mediante
los cuales las IPS pueden recibir directamente desde la Nación,
los recursos autorizados por las EPS.
De los recursos que giró directamente la Nación en septiembre,
el 74% tuvo como destinatarias a las IPS. El giro directo se reali-
zó a 2.390 instituciones y ascendió a $651.589 millones, de los
cuales $358.484 millones fueron a 1.001 IPS de naturaleza públi-
ca; $276.918 millones a 1.386 privadas y $ 16.186 millones gira-
das a tres mixtas.
Mediante el seguimiento a los montos que mensualmente auto-
rizan las EPS se busca fortalecer el mecanismo de giro directo a
las IPS, hasta mantenerlo en al menos 70 por ciento.
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BOLETÍN ELECTRÓNICO PARA LOS ACTORES DEL SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA NO. 40 AGOSTO 12 DE 2013
BOLETÍN ELECTRÓNICO PARA LOS ACTORES DEL SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA NO. 41 AGOSTO 20 DE 2013
Agenda
Sobre las deudas de las EPS en liquidación con Caprecom
““La Nación entraría a cubrir parte de la deuda que tienen las EPS liquidadas
y Caprecom con las IPS, simplemente porque quiere salvaguardar un bien
superior social, que son los hospitales públicos y a su vez la prestación del
servicio”, afirmó el Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria
Uribe.
En la Comisión Séptima del Senado, el Ministro reiteró que la deuda de las
EPS en liquidación y Caprecom (EPS pública) suma alrededor de $1,7 billo-
nes. “El debate sobre qué porcentaje va a asumir la Nación es un debate
pendiente”, agregó.
Dijo que no es una discusión netamente fiscal, sino que en el buen sentido tiene un componente político importante porque
son transacciones entre entidades privadas y públicas, en donde la Nación entraría a asumir una parte importante.
“Como Ministro de Salud creo que se debería asumir una parte porque es importante salvaguardar a los hospitales públicos que
son claves en algunos lugares del país para la prestación del servicio”, aseguró Gaviria Uribe.
El Ministro confió que este tema será abordado en el Congreso de la República en los próximos días. “Es un asunto que no se
resuelve con una decisión técnica del Ministerio de Hacienda sino con un debate de hasta dónde quiere llegar la sociedad para
pagar por estas cuentas”, puntualizó.
El Ministerio de Salud y Protección So-
cial lo invita a seguir las Guías de Prác-
tica Clínica desarrolladas para transmi-
tir a los médicos y profesionales de la
salud, recomendaciones basadas en la
evidencia para el manejo de un grupo
especifico de enfermedades o condicio-
nes de salud.
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BOLETÍN ELECTRÓNICO PARA LOS ACTORES DEL SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA NO. 40 – AGOSTO 12 DE 2013
Las ganancias de la portabilidad
Con la expedición del Decreto 1683 de 2013, el Gobierno Nacional les ordena a
las EPS garantizar a sus afiliados el acceso a los servicios de salud en una
Institución Prestadora de Servicios de Salud –IPS primaria en un municipio
diferente a aquél donde se encuentra afiliado, en ejercicio de la portabili-
dad.
“Cuando un afiliado cambie su sitio de residencia de manera ocasional,
temporal o permanente, por razones de estudio, laborales o de otra índo-
le, la EPS deberá garantizarle el acceso a los servicios básicos de salud. Así
estamos dando respuestas a los colombianos”, dijo el Ministro Alejandro
Gaviria Uribe.
Las EPS deberán garantizar la portabilidad a sus afiliados a través de sus
redes de atención o mediante acuerdos específicos con IPS o EPS en
aquellos lugares donde no operen ni cuenten con redes de prestación de
servicios. Asimismo, las EPS deberán contar con todas las herramientas de
información, como un mini sitio en su página web dedicado exclusivamen-
te a portabilidad, un correo electrónico y/o líneas telefónicas. El Decreto
contempla que el paciente podrá solicitar personalmente, mediante la lí-
nea telefónica de atención al usuario, por escrito o por correo electrónico
exclusivo para trámites de portabilidad, la asignación de una IPS primaria
en un municipio diferente al domicilio de afiliación. Además, en ningún
caso la EPS podrá exigir la presentación personal del afiliado para el trámi-
te de portabilidad. Ver más
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