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Tratamiento de Datos Personales I
Tratamiento de datos personales es aquella operación, automatizada o no, que permite la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación de dichos datos, que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias realizadas.
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Tratamiento de Datos Personales I
Las operaciones que se realizan de forma más habitual en el tratamiento de datos son las siguientes:
- Recogida organizada de los datos.
- Conservación y mantenimiento actualizado de éstos.
- Cesión de los datos a otras personas o entidades.
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Tratamiento de Datos Personales I
Se regirá por la Ley de Protección de Datos todo tratamiento de datos de carácter personal:
- Cuando el tratamiento sea efectuado en territorio español en el marco de las actividades de un establecimiento del responsable del tratamiento.
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Tratamiento de Datos Personales I
-Cuando al responsable del tratamiento no establecido en territorio español, le sea de aplicación la legislación española en aplicación de normas de Derecho Internacional público.
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Tratamiento de Datos Personales I
- Cuando el responsable del tratamiento esté instaurado fuera de la Unión Europea y utilice en el tratamiento de datos medios situados en territorio español, salvo que tales medios se utilicen únicamente con fines de tránsito.
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Tratamiento de Datos Personales I
No todos los tratamientos de datos están protegidos por la Ley de Protección de Datos. Algunos de ellos quedan excluidos, y son los siguientes:
- Aquellos ficheros mantenidos por personas físicas correspondientes a actividades personales o domésticas.
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Tratamiento de Datos Personales I
- Aquellos ficheros sujetos a la protección de materias clasificadas.
- Aquellos ficheros que han sido creados exclusivamente para la investigación del terrorismo y delincuencia organizada.
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Tratamiento de Datos Personales I
En este último caso, deberá informarse a la Agencia de Protección de Datos de la creación de este tipo de ficheros, sus características y la
finalidad para la que han sido creados.
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Tratamiento de Datos Personales I
Hay ficheros que siguen sus leyes específicas, o, en su caso, siguen la Ley de Protección de Datos. Éstos son:
- Ficheros que se regulan por la ley de régimen electoral.
- Ficheros que únicamente se utilizan para fines estadísticos, y están amparados por la legislación estatal o autonómica sobre la función pública.
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Tratamiento de Datos Personales I
- Ficheros cuya finalidad sea almacenar datos existentes en informes personales de calificación a que se refiere la legislación del régimen del personal de las Fuerzas Armadas.
- Ficheros procedentes del Registro Civil y del Registro Central de penados y rebeldes.
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Tratamiento de Datos Personales I
- Ficheros de imagen y sonido obtenidos mediante la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, según la legislación sobre la materia.
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Tratamiento de Datos Personales I
Queda totalmente PROHIBIDO por la ley almacenar y tratar datos cuya finalidad sea disponer de información que revele la religión, origen racial o étnico, ideología, creencias, vida sexual o afiliación
sindical de las personas.
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Tratamiento de Datos Personales I
Sólo podrán incluirse en ficheros de las Administraciones Públicas competentes, los datos de carácter personal relativos a la comisión de
infracciones penales o administrativas, en los supuestos previstos en las respectivas normas reguladoras.
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