UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID
ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR
DE INGENIERÍA CIVIL
Estudio Impacto Ambiental del Proyecto ‘Depósito y Desguace de Vehículos y Maquinaria (Hoja nº 451)’ UPM
Adrián de la Torre Isidoro Página 2 de 48 18 de diciembre
1. ÍNDICE GENERAL
A) MEMORIA
Generalidades
0 Hojas de identificación
1 Objeto
2 Antecedentes administrativos
3 Alcance
4 Normas y referencias
4.1 Disposiciones legales y normas aplicadas
4.2 Referencias Bibliográficas
4.3 Métodos
4.4 Otras referencias
5 Glosario de términos y abreviaturas
6 Descripción de las necesidades que suscitan la redacción del Proyecto y del EsIA
7 Análisis de alternativas previas relacionadas con planes y programas
8 Descripción general del Proyecto y de las soluciones adoptadas
9 Descripción del medio
10 Análisis de alternativas factibles
11 Identificación y valoración de los impactos de las Alternativas
11.1 Detección e identificación de los impactos del Proyecto
11.2 Caracterización y valoración de los impactos
12 Medidas protectoras, correctoras o compensatorias para cada una de las alternativas
estudiadas
13 Valoración de impactos residuales después de aplicar medidas protectoras correctoras
y compensatorias. Justificación de la solución adoptada.
14 Programa de vigilancia ambiental
B) DOCUMENTO DE SÍNTESIS
7.1 Generalidades
7.2 Contenido
- Plan de Comunicación y Difusión
- Programa de Participación
- Descripción sencilla de las distintas fases
- ANEXOS
8.1 Generalidades
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8.2 Contenido
- PLANOS Y DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
9.1 Generalidades
9.2 Contenido
- VALORACIÓN ECONÓMICA
10.1 Generalidades
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A) MEMORIA
Generalidades
⓿ Hojas de identificación
“E.I.A. para la ‘Construcción de un Depósito y Desguace de Vehículos y Maquinaria’ en la
Hoja 451”. La zona de estudio está situada en el norte de la provincia de Salamanca, de la
Comunidad Autónoma de Castilla y León y cuyo pueblo que da nombre a la Hoja,
Ledesma, situado según las coordenadas UTM alrededor del punto X 751875 – Y 4553044.
Estudio de Impacto Ambiental encargado por Luis Ignacio Hojas Hojas con DNI 01917962-
S, y cuyo correo de contacto es [email protected].
Realizado por Adrián de la Torre Isidoro, estudiante de la Escuela Técnica Superior de
Ingeniería Civil por la Universidad Politécnica de Madrid, con DNI 47529771-H, residente
de Móstoles (Madrid) y correo de contacto [email protected]
Fecha y firma de los anteriormente mencionados.
Luis Ignacio H. H. Adrián T. I.
18-diciembre-2013
❶ Objeto
El objeto del presente Estudio de Impacto Ambiental es evaluar, determinar y valorar los
impactos ambientales (tanto socioeconómicos como de carácter físico - biológico) de todas las
actividades que se desarrollarán en dicho terreno: “GESTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS Y NO
PELIGROSOS PARA ACTIVIDADES DE DESCONTAMINACIÓN DE VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA
ÚTIL”; señalando las medidas de prevención, control, mitigación ambiental y los costos
asociados a estos. Para poder ser Centro de Tratamiento Autorizado de vehículos al final de su
vida útil, se acatará la obligación recogida en el Anexo IV del RD 1383/2002 sobre gestión de
vehículos al final de su vida útil.
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➋ Antecedentes administrativos
En la realización de este trabajo, se ha obtenido casi toda la información de la red combinando
varias fuentes, aunque no se ha dispuesto de planes o programas concretos en este ámbito, o
al menos no se conocen.
➌ Alcance
El presente Estudio de Impacto Ambiental considera el área de la Hoja número 451 del MTN50
y todas las actividades que se desarrollarán en ella con la implementación del Proyecto.
➍ Normas y referencias
4.1 Disposiciones legales y normas aplicadas
4.1.1. Impacto Ambiental
Ámbito comunitario
◉ Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, sobre
evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y
privados sobre el medio ambiente.
◉ Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se
modifica la Directiva 85/337/CEE relativa a la evaluación de las
repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el
medio ambiente.
Ámbito estatal
◉ Real Decreto Legislativo 1302/86, de 28 de junio de Evaluación de
Impacto Ambiental y Real Decreto 1131/88, de 30 de septiembre por el
que se aprueba el Reglamento para su ejecución.
◉ Real Decreto-Ley 9/2000, de 6 de octubre y Ley 6/2001, de 8 de mayo,
ambos de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986.
◉ Ley 9/2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y
programas en el medio ambiente.
◉ Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de
proyectos.
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4.1.2. Protección de suelo, aguas y contaminación atmosférica como consecuencia de
las actividades de obra
Ámbito comunitario
◉ Decisión 2001/118/CE, de la Comisión, de 16 de enero de 2001, por la
que se modifica la Decisión 2000/532 en lo que se refiere a la lista de
residuos.
Ámbito estatal
◉ Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Aguas, en lo relativo al mantenimiento de la
calidad de las aguas y de las zonas de dominio público de cauces.
◉ Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos en lo referente a residuos
generados en obra.
◉ Real Decreto 833/88, de 20 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento Residuos Tóxicos y Peligrosos, en lo relativo a los residuos
generados durante la obra, y su modificación mediante R.D 952/1997,
de 20 de junio por el que se modifica el R.D 833/88.
◉ Orden de 28 de febrero de 1989 y Orden de 13 de junio de 1990, por las
que se regula la gestión de aceites usados.
◉ Orden de 13 de octubre de 1989 por el que se determinan los métodos
de caracterización de los residuos tóxicos y peligrosos.
◉ Ley 11/1997, de 24 de abril y Real Decreto 728/1998, de 30 de abril, por
el que se aprueba el Reglamento de Envases y Residuos de Envases que
pudieran generarse durante la construcción.
◉ Orden de 5 de octubre de 2000 por la que se modifican los anexos I, III,
IV y VI del Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y
clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado
por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo.
◉ Real Decreto 245/89, de 27 de febrero, Orden de 24 de noviembre de
1989 y Orden de 18 de julio de 1991, sobre determinación y limitación
de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria
de obra, en lo relativo a las prescripciones que debe cumplir el
contratista al respecto, durante la fase de construcción.
◉ Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la
eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
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◉ Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regula las
emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de
uso al aire libre.
◉ Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
◉ Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la
evaluación y gestión del ruido ambiental.
◉ Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
◉ Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la
atmósfera que deroga al Decreto 2414/61, de 30 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres,
Nocivas y Peligrosas así como modificaciones o ampliaciones posteriores
(Orden de 15 de marzo de 1963,
◉ Decreto 3494/64, de 5 de noviembre), en lo relativo a actividades de
obra. No obstante, el citado Reglamento mantendrá su vigencia en
aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa
aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.
4.1.3. Protección de flora, fauna y espacios naturales.
Ámbito comunitario
◉ Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la
conservación de las aves silvestres. (DOCE n. L 103, de 25 de abril de
1979)
◉ Directiva 91/244/CEE de la Comisión, de 6 de marzo de 1991, por la que
se modifica la Directiva 79/409/CEE del Consejo, relativa a la
conservación de las aves silvestre. (DOCE núm. L 115, de 8 de mayo de
1991)
◉ Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la
conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
(DOCE núm. L 206, de 22 de julio de 1992)
◉ Directiva 94/24/CE, del Consejo, de 8 de junio de 1994, por la que se
modifica el Anexo II de la Directiva 74/409/CEE, relativa a la
conservación de las aves silvestres. (DOCE núm. L 164, de 30 de junio de
1994)
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◉ Directiva 97/49/CE de la comisión de 29 de julio de 1997 por la que se
modifica la Directiva 79/409/CEE del Consejo relativa a la conservación
de las aves silvestres. (DOCE n. L 223, de 13 de agosto de 1997)
Ámbito estatal
◉ En cuanto a vertederos y residuos, la normativa estatal (Real Decreto-
Ley 9/2000, de 6 de octubre y Ley 6/2001, de 8 de mayo, ambos de
modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986), especifica que
estarán sometidos a E.I.A, los vertederos de residuos inertes (Anexo I,
Grupo 9) que ocupen más de 1 ha y que pudieran afectar a zonas
sensibles designadas en virtud de la Directiva de conservación de las
aves silvestres (79/409/CEE), de la Directiva de conservación de los
hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre (92/43/CE), o en
humedales incluidos en la lista del Convenio de Ramsar
◉ Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre (Administración Central) por
el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la
biodiversidad mediante la conservación de los hábitat naturales y de la
fauna y flora silvestres.
◉ Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad que deroga totalmente a la Ley 4/89, de 27 de marzo, de
Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre
(Administración Central) , aplicable a esta actividad en el caso de que se
afectase a espacios naturales.
◉ Real Decreto 263/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen
medidas de carácter técnico en líneas eléctricas de alta tensión, con
objeto de proteger la avifauna.
4.1.4. Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA)
ZEPA “Riberas del río Tormes y afluentes” (ZEPA ES4150085), declarada en
base a la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992, relativa a la
conservación de las aves silvestres aves silvestres.
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4.1.5. Directiva Marco sobre Residuos (DMR).
Legislación comunitaria
◉ Directiva 75/439/CEE del Consejo, de 16 de junio de 1975, relativa a la
gestión de aceites usados.
◉ Resolución del Consejo, de 7 de mayo de 1990, sobre la política en
materia de residuos.
◉ Directiva 91/689/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa
a los residuos peligrosos.
◉ Decisión de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, que sustituye a la
Decisión 94/3/CE por la que se establece una lista de residuos de
conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE del
Consejo relativa a los residuos y a la Decisión 94/904/CE del Consejo por
la que se establece una lista de residuos peligrosos en virtud del
apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo relativa
a los residuos peligrosos.
◉ Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de
septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de su vida útil.
◉ Decisión de la Comisión, de 19 de febrero de 2002, sobre los requisitos
mínimos del certificado de destrucción expedido con arreglo al apartado
3 del artículo 5 de la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo relativa a los vehículos al final de su vida útil.
◉ Decisión de la Comisión, de 27 de junio de 2002, por la que se modifica
el anexo II de la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, relativa a los vehículos al final de su vida útil.
◉ Decisión de la Comisión, de 27 de febrero de 2003, por la que se
establecen las normas de codificación de los componentes y materiales
para vehículos en aplicación de la Directiva 2000/53/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo relativa a los vehículos al final de su vida útil.
◉ Decisión de la Comisión, de 1 de abril de 2005, por la que se establecen
normas de desarrollo para controlar el cumplimiento de los objetivos de
reutilización y valorización así como de reutilización y reciclado fijados
en la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
relativa a los vehículos al final de su vida útil.
◉ Decisión de la Comisión, de 10 de junio de 2005, por la que se modifica
el anexo II de la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo relativa a los vehículos al final de su vida útil.
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◉ Decisión del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, que modifica el
anexo II de la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo relativa a los vehículos al final de su vida útil.
◉ Directiva 2005/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de
octubre de 2005, relativa a la homologación de tipo de los vehículos de
motor en lo que concierne a su aptitud para la reutilización, el reciclado
y la valorización y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del
Consejo.
◉ Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de
abril de 2006, relativa a los residuos.
Legislación nacional
◉ Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos
Tóxicos y Peligrosos.
◉ Orden de 28 de febrero de 1989 por la que se regula la gestión de
aceites usados.
◉ Orden de 13 de junio de 1990 por la que se modifica el apartado
decimosexto, 2, y el anexo II de la Orden de 28 de febrero de 1989 por la
que se regula la gestión de aceites usados.
◉ Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el
Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica
de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado mediante Real Decreto
833/1988, de 20 de julio.
◉ Ley 10/1998, de 12 de abril, de Residuos.
◉ Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las
operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea
de residuos.
◉ Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos
al final de su vida útil.
◉ Orden INT/249/2004, de 5 de febrero, por la que se regula la baja
definitiva de los vehículos descontaminados al final de su vida útil.
◉ Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación
de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y
estándares para la declaración de suelos contaminados.
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◉ Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de
neumáticos fuera de uso.
◉ Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de
los aceites industriales usados.
Legislación Autonómica
◉ Decreto 59/1999 de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los
neumáticos usados
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4.2 Referencias Bibliográficas
PUNTO ENLACE WEB
FECHA
APROX. DE
OBTENCIÓN
Ordena
ción
trabajo
http://www.coiig.com/COIIG/dmdocuments/Documentacion%20Nor
mativa/Medio%20Ambiente/impacto_amb-pne157921.pdf
22-nov
4.1 http://www.iulasrozas.org/documentos/Memoria%20EIA%20M_61.p
df
5-dic
http://www.gid.uji.es/sites/default/files/libros/Analisis%20ambiental
%20del%20proceso%20de%20fin%20de%20vida%20de%20vehiculos.
3-dic
4.1.3 http://www.tenerife.es/planes/PTEOResiduos/adjuntos/Anexo01_Inf
o02.pdf
3-dic
4.1.4 http://www.magrama.gob.es/es/biodiversidad/temas/espacios-
protegidos/ES4150085_tcm7-153889.pdf
5-dic
http://rednatura.jcyl.es/natura2000/Normativa%20y%20documentos
%20de%20interpretaci%C3%B3n/Directiva_92_43_CEE.PDF
5-dic
http://rednatura.jcyl.es/natura2000/LIC/Formularios%20oficiales%5C
PDF%20LIC%20resumen%5CES4150085.pdf
5-dic
4.3 http://www.santfeliu.cat/directori/ProjecteSoterrament/Estudio%20I
nformativo%20Integracion%20del%20Ferrocarril%20en%20Sant%20F
eliu%20de%20Llobregat/04%20Estudio%20de%20Impacto%20Ambien
tal/Estudio%20de%20impacto%20ambiental.pdf
5-dic
➐ http://www.jcyl.es/junta/cee/pibuniel/Estudio_Impacto_Ambiental2.
5-dic
➑ http://bibing.us.es/proyectos/abreproy/3935/fichero/1_MEMORIA%2
52F310_ESTUDIO+DE+IMPACTO+AMBIENTAL.pdf
22-nov
➒ “Estudio de Impacto Ambiental perteneciente a la Hoja número 451
del mapa MTN50”
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➓ http://www.dipgra.es/documentos/destacados/programa_1.pdf 5-dic
http://www.jcyl.es/web/jcyl/binarios/442/65/13-
074_PIRCYL%20INTEGRADO%20v01%20130709.pdf?blobheader=appli
cation%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobheadername1=Cache-
Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobhe
adervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-
revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=JCYL_MedioAmb
iente&blobnocache=true
6-dic
⓫ http://intranet2.minem.gob.pe/web/archivos/dgaam/inicio/resumen/
RE_1584560.PDF
5-dic
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal_web/web/te
mas_ambientales/vigilancia_y_prevencion_ambiental/prevencion_am
biental/guia20.pdf
5-dic
http://www.santfeliu.cat/directori/ProjecteSoterrament/Estudio%20I
nformativo%20Integracion%20del%20Ferrocarril%20en%20Sant%20F
eliu%20de%20Llobregat/04%20Estudio%20de%20Impacto%20Ambien
tal/Estudio%20de%20impacto%20ambiental.pdf
5-dic
⓬ http://www.jcyl.es/junta/cee/pibuniel/Estudio_Impacto_Ambiental2.
5-dic
http://augasdegalicia.xunta.es/docs/EstudioImpactoAmbientalLagares
6-dic
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4.3 Métodos
La metodología seguida para la valoración de los impactos en el presente estudio, se
ajusta a lo establecido en el R. D. 1131/88. Se incluyen, por lo tanto, los pasos
considerados en el citado Reglamento y, por orden, se describen a continuación:
4.3.1. Identificación de impactos
El paso previo a la caracterización y valoración de impactos lo constituye la
identificación de los mismos, que deriva del estudio de las interacciones entre las
acciones del proyecto y las características específicas de los aspectos ambientales
considerados.
4.3.2. Caracterización de impactos
Para cada uno de los impactos identificados, se procederá a describir sus
características, especificándose, además, los procesos que tienen lugar, sus causas
y sus consecuencias.
4.3.3. Valoración de impactos
La valoración de los impactos previamente identificados y caracterizados se
realizará en función de su importancia. En cada caso, se indicarán los
procedimientos empleados y el valor del impacto respecto al factor del medio
analizado.
4.3.4. Evaluación de impactos
Por último, la evaluación consistirá en valorar el impacto resultante de la
ejecución de cada una de las alternativas, teniendo en cuenta todos los factores del
medio físico y socioeconómico.
4.3.5. Criterios de caracterización de impactos
Como ya se ha comentado, para cada uno de los aspectos del medio afectados
se describirán las afecciones previstas y se caracterizarán, como paso previo, para
su posterior valoración.
4.4 Otras referencias
“Estudio de Impacto Ambiental de la Unidad Económica y Administrativa Barreno” de
la Compañía Minera Minas Arirahua S.A
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➎ Glosario de términos y abreviaturas
AA.CC. Aire Acondicionado
CV Carretera Vecinal
CL Castilla y León
E.D.A.R. Estación Depuradora de Aguas Residuales
E.I.A. Estudio de Impacto Ambiental
E.T.P. Evapotranspiración Potencial
Factor ambiental Cualquier componente del medio ambiente que puede ser afectado
por las actuaciones derivadas de las diferentes fases de construcción,
explotación, mantenimiento y, en su caso, clausura, cese o
desmantelamiento de la actividad objeto del proyecto materialización
de un proyecto (p.e. la población, la fauna, la flora, el suelo, el agua, el
aire, los factores climáticos, los bienes materiales, el contexto social y
económico, el paisaje el patrimonio cultural y arqueológico, etc.)
Impacto ambiental Cualquier cambio en el medio ambiente, sea adverso o beneficioso,
resultante en todo o en parte de las acciones derivadas de las
diferentes fases de construcción, explotación, mantenimiento y, en su
caso, clausura, cese o desmantelamiento de la actividad objeto del
proyecto. El cambio se mide por la variación del estado de los factores
ambientales a lo largo del tiempo, con o sin el proyecto.
JCyL Junta de Castilla y León
Km Kilómetro
M.T.N. Mapa Topográfico Nacional
Medidas correctoras Son aquellas medidas adoptadas para eliminar, reducir o modificar
directamente el valor de un impacto ambiental.
Medidas protectoras Son aquellas medidas adoptadas para eliminar, reducir o modificar el
valor de una acción del proyecto y, como consecuencia, el valor del
impacto ambiental.
Med. Compensatorias Son aquellas medidas que a falta de soluciones alternativas se
proponen para resarcir ambientalmente los impactos ambientales
adversos no resueltos por las medidas correctoras o protectoras
R.D. Real Decreto
SA Salamanca
UNE Una Norma Española
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➏ Descripción de las necesidades que suscitan la redacción del Proyecto y del EsIA
Título
“E.I.A. para la ‘Construcción de un Depósito y Desguace de Vehículos y Maquinaria’ en la
Hoja 451 MTN50)”
Documentos
◉ El Estudio de Impacto Ambiental constará de los siguientes pliegos básicos: Índice
General, Memoria, Documento de Recapitulación, Anexos, Planos y
Documentación Gráfica.
◉ El documento está organizado de manera que se rige en cierto modo por la
anterior norma nombrada UNE 157001.
◉ Las páginas de este documento y cada uno de los planos contiene:
Número de página o de plano
Título del Estudio de Impacto Ambiental
Número de edición o fecha de aprobación
◉ El documento está estructurado en forma de capítulos y apartados.
◉ El Estudio de Impacto Ambiental estará redactado de forma que pueda ser
interpretado correctamente por profesionales distintos de las que lo han
redactado. Se requerirá un lenguaje claro, preciso, libre de vaguedades y
términos ambiguos, coherente con la terminología empleada en los diferentes
capítulos y apartados de los diferentes documentos del Proyecto y con una
mínima calidad literaria.
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➐ Análisis de alternativas previas relacionadas con planes y programas
Según el Plan zonal de Salamanca Noroeste, existen actuaciones autonómicas en la zona
de ejecución susceptible de ser concertadas y cofinanciadas relacionadas con ejecución de
gestión y tratamiento de residuos, en el período 2001-2010, cuyos objetivos principales son:
Reducir la generación de residuos en Castilla y León, siendo éste el objetivo de mayor
interés ya que la prevención en la generación de residuos y su disminución ocupa un
lugar fundamental en cuanto que el incremento desmesurado o la producción de
todos los tipos de residuos es la principal causa que determina la búsqueda de
soluciones.
Fomentar la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización de los residuos, a
fin de reducir el vertido final de los mismos.
Minimizar los riesgos y efectos para el medio ambiente y la salud de las personas que
se derivan de la gestión de los residuos, tanto en lo referido a impactos directos de los
residuos como aquellos indirectos derivados de su gestión.
Cumplir con los objetivos de gestión de residuos establecidos en la normativa
Comunitaria y Estatal, asegurando la implantación de sistemas de gestión para la
totalidad de los residuos que se generan en Castilla y León.
Mejorar el comportamiento ecológico de todos los agentes económicos y sociales que
intervienen en el ciclo de vida de los productos y, en particular, de los agentes
directamente implicados en el tratamiento de los residuos producidos en Castilla y
León.
Llegar a ser una de las Comunidades Autónomas de referencia en España en materia
de gestión de residuos tanto por su excelencia como por su innovación.
En la zona rural de Salamanca Noroeste, no existe ningún Punto Limpio, sin embargo
atendiendo al citado Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de
Envases de Castilla y León 2004-2010 se prevee la instalación de Puntos limpios en Lumbrales,
Vitigudino, Ledesma, Villarino de los Aires, Aldeadávila y Villavieja de Yeltes. En la actualidad el
más cercano es el situado en la localidad de Salamanca.
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➑ Descripción general del Proyecto y de las soluciones adoptadas
A continuación se relacionan las distintas zonas del desguace y las instalaciones y
equipamiento auxiliares.
ZONIFICACIÓN DEL DESGUACE.
1. Oficinas y venta.
2. Aparcamiento y exposición de vehículos útiles.
3. Zona de recepción y almacenamiento de vehículos fuera de uso sin descontaminar.
4. Zona de descontaminación y desmontaje.
5. Almacén de piezas reutilizadas
6. Almacén de neumáticos.
7. Almacén de vehículos fuera de uso descontaminados.
8. Instalaciones comunes de tratamiento de aguas.
INSTALACIONES AUXILIARES
Para dar cumplimiento al R.D. 1383/2002, existen las siguientes instalaciones auxiliares:
En la ZONA 4 (DESCONTAMINACIÓN Y DESMONTAJE)
Equipos de extracción para todos los fluidos del vehículo.
Depósito de Gasoil
Depósito de Gasolina
Depósito de aceites (lubricantes, cajas de cambios, circuitos hidráulicos…)
Depósito para fluidos AA.CC.
Depósito para líquidos de frenos
Depósito para líquidos de refrigeración y anticongelantes.
Contenedor para filtros, contenedor para zapatas y pastillas de freno
Contenedor para baterías y ácido de baterías.
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Para el resto de las ZONAS
E.D.A.R para tratamiento de las aguas procedentes de la oficina.
Separador de hidrocarburos coalescente para las aguas procedentes de las ZONAS 3, 4 Y
5.
Separador de hidrocarburos para las aguas procedentes de la zonas 1, 2, 6, y 7.
Red de evacuación de aguas de cada zona a los correspondientes tratamientos.
Red de abastecimiento de agua a zonas de almacenaje y bocas de riego aptas para
grupo espumógeno.
Grupo espumógeno móvil para actuar en caso de incendio.
➒ Descripción del medio
El ámbito territorial del proyecto está ubicado en mayor espacio en la provincia de
Salamanca región de Castilla y León.
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En esta zona, la temperatura es de valores normales de la media española. En aspectos
pluviométricos, se dispone de los siguientes datos: , ,
. En el campo relacionado con la velocidad del viento, tenemos que los
valores máximos es de 35 km/h, los valores que más se repiten sería de unos 15 km/h
aproximadamente, y rara vez se dan como velocidad mínima los 5 km/h.
Los valores de ETP en media anual, están comprendidos entre los 700 y 750 mm.
Respecto a la calidad de las aguas superficiales, la JCyL indica que en esta zona es
necesario un mejor tratamiento físico-químico y una desinfección; siendo el nivel de posterior
depuración de nivel bueno. Y fijándonos en las aguas subterráneas, existe en abundancia y es
químicamente buena.
La zona cuenta con la existencia del río Tormes, afluente del río Duero. Su longitud es
de 149,08 km.
Centrándonos en el tema de la ocupación del suelo, existen varias zonas con distintas
características, como son: zona urbanística de Ledesma, zona para tareas de cultivo y zona de
arbolados, matorrales o combinado de ambas.
La zona cuenta con una Zona Especial de Conservación, sita en el río Tormes y delimitada
entre la ciudad de Salamanca y Ledesma.
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Descripción de los Ecosistemas (fichas de Natura 2000)
Clases de hábitat % Cobertura
Bosques decíduos de hoja ancha
Prados húmedos. Prados mesófilos
Brezales. Zonas arbustivas. Maquis y Garriga. Phrygana
Cuerpos de agua continentales (lénticos, lóticos)
Monocultivos forestales artificiales (por ejemplo, plantaciones de
chopos o de árboles exóticos)
45.00
20.00
15.00
15.00
5.00
Cobertura total 100.00
En la cuestión de la naturaleza, existe un coto de pesca con una población (no natural) de
Hucho hucho, una amplia representación de hábitats riparios, en varios tramos fluviales
cuentan con especies de peces continentales, moluscos náyades (Anodonta, Unio, Potamida
littoralis), presencia de Lutra lutra y colonias de ardéidas que ocasionalmente anidan dentro
del LIC.
En el ámbito del Medio Humano, podemos recalcar que se trata de una población
envejecida con bajas tasas de natalidad, añadiendo un éxodo rural. En lo económico el mayor
sector es el de la ganadería (44%), seguido del de la construcción (18%). En el campo de las
infraestructuras, cuenta con 9 rutas de transporte por autobús, y ninguna en red ferroviaria.
Para facilitar la movilidad cuenta con las carreteras: SA-305 , SA-306 , SA-311 , SA-300 ,
SA-CV-103 , SA-CV-104 , SA-CV-122 , SA-CV-158 , SA-CV-208 , CL-517 . También dispone de
los centros públicos más básicos.
En materia de energía (Generación, transporte y distribución), la zona cuenta con las
Centrales hidroeléctricas de Aldeadávila de la Ribera y Saucelle y 86 huertas solares
distribuidas por diferentes localidades, no existiendo sin embargo energía solar, nuclear ni
térmica.
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➓ Análisis de alternativas factibles
Para el desarrollo de este proyecto se han examinado cuatro alternativas de gestión:
a. Alternativa 0: consiste en el modelo de gestión de residuos actual existente.
b. Alternativa 1: localización más cercana a la mayor población posible.
c. Alternativa 2: localización con mejor comunicación con respecto otros
municipios.
d. Alternativa 3: localización más alejada en una gran capacidad de terreno.
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Alternativa 0
Esta alternativa consiste en mantener el sistema de gestión de residuos municipales
actual en la provincia de Salamanca. Este sistema consiste en el traslado de los vehículos
fuera de uso a los Centros Autorizados de Tratamiento correspondientes más cercanos,
puesto que basándonos en el ‘Plan Integral de Residuos de Castilla y León’, existe una red
de Centros de Tratamiento de Vehículos Usados con capacidad suficiente para
descontaminar los vehículos usados generados en el territorio de Castilla y León.
Las ventajas de no realizar este proyecto sería:
◉ El ahorro del coste de la construcción de las instalaciones.
◉ La no modificación del valor de los suelos, al seguir estos teniendo su misma
actividad que tenían antes.
En cuanto a las desventajas de la cancelación de este proyecto sería obviamente la
desaceleración en cuanto a la renovación de la flota de vehículos en estos municipios de
dicha Hoja número 451, ya que de ser así, los habitantes seguirían utilizando vehículos
antiguos que generan mayor contaminación que los vehículos recién sacados de fábrica.
En cuanto a un impacto socio-económico, esta cancelación del proyecto no afectaría
en gran cantidad en cuanto a los niveles de paro, ya que actualmente se encuentra en
niveles alrededor del 10%, muy por debajo de los datos registrados a niveles nacionales,
con un 26%, aunque obviamente, los niveles ideales de paro serían de un 0% de la
población.
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Alternativa 1
La Alterativa nº 1 estaría situada en las inmediaciones del municipio de Ledesma,
que es la que más habitantes tiene de toda la Hoja número 451. La zona que indica esta
ubicación es la señalada en el mapa con un recuadro de color amarillo .
La superficie rectangular a usar en esta alternativa sería de 11,1 ha (555 x 200 m) y a
una distancia de 1500 metros del municipio de Ledesma.
Las ventajas de realizar este proyecto en esta ubicación sería la gran disponibilidad
de contratación de personas para la realización de las obras, mantenimiento y desarrollo
de las futuras actividades para este CAT de Vehículos Fuera de Uso al estar cercana al
municipio con mayor población de la Hoja de estudio y además de contar con una buena
red de infraestructura de transporte y movilidad. También esta cercanía al municipio
dotaría presumiblemente de una mayor cantidad de vehículos y maquinaria al centro que
situándolo en las inmediaciones de otra población de la Hoja en estudio debido a su
mayor población.
Entre las desventajas que ocasionaría esta ubicación, podríamos mencionar como
principal, la contaminación acústica de toda la maquinaria utilizada para la construcción y
sobre todo por su continuo trabajo de las instalaciones en el futuro. Otra de igual índole
es la contaminación atmosférica sobre los habitantes del municipio al estar expuestos a
partir de ese momento a todos los gases producidos para las labores de tratamientos de
desguazado de los vehículos. Como última desventaja inevitable, sería el impacto sobre el
uso del suelo, al modificar su valor por dicha construcción y sobre todo por perjudicar a
los anteriores dueños de esos terrenos no pudiéndolos utilizar para el uso que tenían
anteriormente, ya sea agricultura, ganadería, etc.
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Vista de la ubicación de la Alternativa 1
Situación Alternativa 1
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Alternativa 2
En la Alternativa nº 2 se propone que el Centro de Residuos se ubique en un punto
alejado del municipio con mayor población, pero a su vez bien comunicado con dicho
municipio a través de la carretera provincial SA-305 , con una distancia aproximada de
7,5 km, y teniendo a la población más cercana la del pueblo de Zafrón a 1,6 kilómetros.
Además, esta alternativa contaría también con la conexión con la capital de provincia,
Salamanca, a través la carretera CL-517 , situado a 32 kilómetros en línea recta, dando un
mayor impacto económico a este centro. Este punto sería el señalado con el recuadro de
color azul claro .
La superficie tendría unas dimensiones de unos 384 metros por 319, siendo el valor
de la superficie de 12,2496 hectáreas.
Las ventajas de situar el Centro Autorizado de Tratamiento de Residuos, sería
principalmente alejarlas de la población con mayor habitantes lo máximo posible, pero
que a su vez esté a una distancia de buena disponibilidad, ya que estaría muy bien
comunicada con la mayoría de los municipios y con municipios importantes de fuera de
esta Hoja número 451. Esta lejanía implicaría que no haya contaminación sonora en
ningún municipio, y disminuiría considerablemente los niveles de contaminación
atmosférica.
En las desventajas podemos detallar que aumentarían los gastos a los habitantes que
quisiesen trabajar en este municipio tanto para dicha construcción del depósito, como
para su manutención y para su uso. Por último, añadir que al igual que en la Alternativa
nº 1, afectaría al valor del suelo de esta ubicación y de sus alrededores.
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Vista general de la localización de la Alternativa 2
Vista del terreno a situar la Alternativa número 2
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Alternativa 3
Por último, la Alternativa número 3, señalizada con , se plantea situar en una zona
la cual es la más alejada posible de los municipios, siendo la distancia con Ledesma de 7, 5
kilómetros. Su superficie ocupada sería de 370 metros x 455 metros, siendo su área de
16,835 ha.
Entre las ventajas de las que dispondríamos realizando esta alternativa están:
◉ La lejanía de estas instalaciones de las poblaciones en cuanto a contaminación
sonora y atmosférica.
◉ Otro hecho a favor, su mayor distancia con respecto a los ríos que las otras
dos alternativas de ejecución, ya que en caso de accidente y urgencia extrema,
sería difícil la contaminación de estas aguas, aunque habría que vigilar
igualmente la posible existencia de aguas subterráneas para la seguridad de la
población de los municipios.
◉ La comunicación con los municipios se realizaría a través de la SA-302 y que
comunicaría a su vez con las demás carreteras de la Hoja, gracias a la forma
radial de las principales carreteras provinciales sobre su epicentro Ledesma;
aunque también se comunica con las Carreteras Vecinales existentes y que al
no disponer de referencias fotográficas del lugar, se presupone de peor
calidades que las provinciales.
Centrándonos en las desventajas
◉ Esta ubicación no permitiría el desarrollo económico sobre algún municipio, ya
que al estar alejada de la población, este depósito solo produciría beneficios
personales a su propietario y no beneficios indirectos a otros comercios.
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Situación aproximada de la Alternativa 3
Visión general zona a situar Alternativa 3
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⓫ Identificación y valoración de los impactos de las Alternativas
11.1 Detección e identificación de los impactos del Proyecto
Para realizar la identificación de los impactos ambientales de las actividades que se
desarrollarán en la Hoja Número 451 se ha utilizado una Lista Simple de Control.
Se debe tener en cuenta que en el área de influencia del Proyecto, específicamente en
las inmediaciones de los ríos, actualmente se desarrollan actividades para prevenir o
mitigar los impactos ambientales por parte de la JCyL y por las empresas o autónomos
de la zona, siendo estos los siguientes:
Erosión del Suelo.
Contaminación del suelo.
Contaminación y afectación de la calidad del Agua.
Contaminación de la calidad del aire por emisión de partículas y gases.
Contaminación sonora.
Alteración de Hábitats.
Actividades de caza furtiva.
Afectación de especies de fauna protegidas.
Alteración del Paisaje.
Cambios en el Modo de vida.
Conflictos sociales
Riesgo para la Salud y Seguridad de la Población y los Trabajadores.
Expectativas de puestos de Trabajo.
Afectación de la ganadería por limitaciones en el uso del suelo.
Cambio en el valor de la tierra.
Por ello, como consecuencia de estas operaciones es recomendable la implantación
de una serie de medidas para controlar los impactos ambientales. Por esta
consideración expuesta, la evaluación que se presenta en el presente capítulo
constituye un análisis de los impactos adicionales que pudieran producirse con la
ejecución del Proyecto de Ampliación.
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A continuación un diagrama de flujo sobre los Aspectos Ambientales a tener en
cuenta ante este Centro Autorizado de Tratamiento de Residuos, especialmente para la
Gestión de Vehículos Fuera de Uso:
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11.2 Caracterización y valoración de los impactos
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⓬ Medidas protectoras, correctoras o compensatorias para cada una de las alternativas
estudiadas
Una vez llevada a cabo la fase de descripción de las actuaciones y de identificación y
valoración de los impactos que ocasionaría la ejecución de las acciones del proyecto,
corresponde ahora definir las medidas de protección y corrección adecuadas al objeto de
minimizar los efectos adversos en el medio ambiente, al tiempo que se analiza si la propia
ejecución de dichas medidas ocasionaría alteraciones importantes en el medio receptor. Es
conveniente tener presente al respecto y siempre que sea posible, que es mejor no provocar
impactos que tener que corregirlos posteriormente.
La corrección de impactos y la definición de las medidas protectoras y correctoras debe ir
enfocada a:
Evitar la aparición del impacto.
Reducir la intensidad del impacto.
Compensar los efectos adversos en el medio receptor.
La primera de las opciones tiene que ver con la adopción de medidas a priori que tratan
de evitar que se produzca una alteración determinada. No obstante lo anterior, y aún cuando
es lo aconsejable, se debe tener en cuenta que no siempre es posible evitar por completo su
aparición.
La reducción del impacto se consigue cuidando el modo en que realiza la acción concreta
que lo provoca, buscando siempre una reducción significativa de la magnitud del impacto que
se vaya a generar. La compensación de alteraciones debe contemplarse ante impactos
recuperables de carácter negativo.
Finalmente, cabe destacar que la eficacia de las medidas que se definan dependerá, en
gran medida, de su aplicación simultánea con el desarrollo de las obras, o inmediatamente
tras la finalización de estas, así como durante la gestión, si es que se realizan con carácter
preventivo. Es decir, el éxito de estas medidas está directamente relacionado con la
precocidad en su aplicación.
Para su tratamiento sistemático se dividen las medidas en función de la fase de proyecto
en que se aplican. Dentro de ellas se analizan en función del factor ambiental afectado.
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Para la minimización del riesgo ambiental que se puede derivar de los posibles escenarios
accidentales que podrían producirse a raíz de un accidente en las instalaciones de un
centro/instalación del sector de la construcción es aconsejable adoptar las siguientes medidas
preventivas, correctoras y compensatorias que con carácter general y a nivel de propuesta,
tanto de aplicación en fase de construcción como en fase de explotación, cabe aplicar en la
zona afectada por el CAT que se proyecta:
Medidas protectoras en fase de diseño (anteproyecto y proyecto constructivo)
◉ Medidas de protección del ambiente sonoro
◉ Medidas de protección de la atmósfera
◉ Medidas de protección frente a olores
◉ Medidas de integración paisajística
Medidas protectoras y correctoras en fase de construcción
◉ Proyecto de seguridad y salud
◉ Aplicación de un Sistema de Gestión Medioambiental de obra
◉ Delimitación del perímetro del área de ocupación de las obras
◉ Ubicación de instalaciones auxiliares
◉ Medidas de gestión de residuos
◉ Gestión de consumos de agua y energía
◉ Medidas de protección de la atmósfera y ambiente sonoro
◉ Protección contra el ruido
◉ Protección contra la emisión de polvo
◉ Protección contra la emisión de gases y olores
◉ Medidas de protección del suelo y la geomorfología
◉ Medidas de protección de las aguas superficiales y subterráneas
◉ Medidas de protección de la vegetación, hábitats de interés comunitario y
espacios naturales de interés.
◉ Medidas de protección de la vegetación
◉ Medidas de protección de los hábitats de interés comunitario
◉ Medidas de protección de la fauna
◉ Medidas protectoras y correctoras del impacto sobre el medio socioeconómico
◉ Medidas de protección del patrimonio cultural
◉ Medidas de protección de valores paisajísticos
Medidas protectoras y correctoras en fase de explotación
◉ Plan de explotación y mantenimiento del CAT.
◉ Medidas de protección de la atmósfera
◉ Medidas de protección contra el ruido
◉ Medidas de gestión de residuos
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Medidas compensatorias
◉ Medidas compensatorias de índole socio-cultural
◉ Medidas compensatorias de la afección a la vegetación
A continuación, se describirán y desarrollarán todas y cada una de las medidas
protectoras y correctoras consecuencia de los impactos significativos. Estas medidas se
aplican para las tres alternativas que se han propuesto.
Fase Impacto Objetivo Medidas protectoras o
correctoras
Planeamiento Impacto sobre espacio de
interés ecológico
Proteger suelos valiosos Localización P, V, IA
Minimizar el área afectada por
el desguace
Préstamos de canteras
legalizadas
Construcción Deforestación
Reducir ocupación de superficie
vegetada
Utilización de caminos
preexistentes
Proteger comunidades
vegetales
Inventario de especies
vegetales
Funcionamiento Contaminación acústica Proteger del impacto acústico Fijar niveles máximos de
ruido
Funcionamiento Contaminación atmosférica Reducir las emisiones de CO2. Reducir la velocidad de
diseño
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⓭ Valoración de impactos residuales después de aplicar medidas protectoras correctoras y
compensatorias. Justificación de la solución adoptada.
Los principales elementos del Medio analizados son:
- Medio abiótico (Calidad atmosférica, Geología y morfología, Edafología e
Hidrología)
- Medio biótico (Vegetación natural, Fauna y Espacios naturales)
- Medio perceptual (Patrimonio y Paisaje)
- Medio humano (Población, Productividad sectorial, Planeamiento y Servicios
afectados)
Metodología
◉ Identificación de impactos
El paso previo a la caracterización y valoración de impactos lo constituye la
identificación de los mismos, que deriva del estudio de las interacciones entre las
acciones del proyecto y las características específicas de los aspectos ambientales
considerados.
◉ Valoración de impactos
La valoración de los impactos se realizará en función de su importancia,
siendo estos:
No significativos, en los casos en que el efecto es tan leve que no resultan
considerables frente a otros impactos de mayor relevancia.
Significativos, aquellos impactos cuyos efectos pueden valorarse de forma
cualitativa o cuantitativa.
La valoración de los impactos significativos se determina con detalle para
cada aspecto del medio afectado, expresando tal valoración en consonancia con
el R.D. 1.131/88.
◉ Evaluación de impactos
Por último, la evaluación consiste en valorar el impacto resultante de la
ejecución de cada una de las alternativas, teniendo en cuenta todos los factores.
Conocido y valorado el impacto que cada alternativa puede generar sobre los
diferentes elementos del medio, se realiza a continuación una evaluación global
para poder establecer finalmente la comparación entre ellas.
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◉ Comparación y selección de alternativas
La comparación de las alternativas estudiadas se realiza mediante la
asignación de un valor final a cada una de ellas, que resulta de la suma de cada
uno de los impactos generados por las alternativas sobre cada factor del medio,
según el siguiente baremo:
Positivo 1 ó 2
No significativo 0
Compatible - 1
Moderado - 3
Severo - 5
Crítico - 7
A continuación se presenta la tabla resumen de valoración de las distintas alternativas, en
función de los impactos generados, tanto en la fase de construcción, como en la de
explotación, obteniendo como resultado final un valor que indica la mayor idoneidad
ambiental de una u otra, según el cual se propone aquella considerada mejor y con mayor
grado de compatibilidad con el medio en el que se desarrolla.
Teniendo las variables a estudiar para la tabla, se considera que las 3 alternativas son
ambientalmente compatibles.
El entorno en el que se desarrollan las alternativas limita las afecciones al Medio.
Una vez realizado la valoración de cada una de las alternativas, estas valoraciones indican
que la mejor opción para realizar dicho proyecto sería la llamada Alternativa 2, que tiene una
valoración de -20, distanciándose de las otras dos valoraciones en 8 y 6 puntos con las
Alternativas 1 y 3 respectivamente.
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⓮ Programa de vigilancia ambiental
Objeto del programa
Siguiendo la definición dada en el Real Decreto 1131/88, el programa de vigilancia
ambiental establecerá un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas
protectoras y correctoras, contenidas en el estudio de impacto ambiental.
De la anterior definición, se obtienen dos conclusiones previas: la primera, la necesidad
de establecer un sistema, esto es, una serie de actuaciones, parámetros, umbrales de
tolerancia, etcétera, que permita cumplir los objetivos fijados, no siendo suficiente una
descripción generalista; y la segunda, la subordinación del Programa al Estudio de Impacto
Ambiental y la Declaración de Impacto Ambiental, por lo que no existe un Programa Tipo de
aplicación general.
Sintetizando la definición legal y la práctica en el desarrollo de estos Programas, sus
objetivos son:
◉ Realizar un seguimiento de los impactos, determinando su adecuación a las
previsiones del Estudio de Impacto Ambiental.
◉ Detectar impactos no previstos, y articular las medidas de prevención y corrección
necesarias.
◉ Verificar el cumplimiento de las posibles limitaciones o restricciones establecidas.
◉ Supervisar la ejecución de las medidas protectoras y correctoras y determinar su
efectividad. Conocida ésta, es posible determinar los impactos residuales, analizando
su adecuación al Estudio de Impacto Ambiental, así como la necesidad de incrementar
la intensidad de estas medidas.
◉ Realizar un seguimiento a medio plazo del medio para determinar las afecciones a sus
recursos por la explotación de las obras, así como para conocer con exactitud la
evolución y eficacia de algunas medidas protectoras y correctoras.
Fases y duración
Los Programas de Vigilancia y Seguimiento Ambiental se dividen en dos fases, claramente
diferenciadas:
◉ Primera fase: Se corresponde con la fase de construcción de las obras, y se extiende
desde la fecha del Acta de Replanteo hasta la de Recepción. La duración será, pues, la
de las obras.
◉ Segunda fase: Se extiende desde la fecha del Acta de Recepción durante un período de
tiempo que suele venir marcado por las Declaraciones de Impacto Ambiental, en
general de tres años, y que coincide con los primeros años de la fase de explotación de
las obras.
Dirección del programa
El Director del Programa de Vigilancia y Seguimiento Ambiental será el mismo que el de
las propias obras a que se refiera éste. De esta forma, estará en todo momento informado
tanto de la evolución de las obras como de sus repercusiones ambientales y del cumplimiento
de las prescripciones del Estudio y Declaración de Impacto Ambiental.
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Equipo de trabajo
El equipo encargado de llevar a cabo el Programa de Vigilancia y Seguimiento Ambiental,
debe estar compuesto por:
◉ Responsable del Programa. Dadas las características de la obra a que se refiere este
Programa, debe ser un ingeniero de alguna rama especializada en materia
medioambiental, y con experiencia en este tipo de trabajos. Será el responsable
técnico del Programa en sus dos fases, y el interlocutor con la Dirección de las Obras.
◉ Equipo de Técnicos Especialistas. La composición de este equipo vendrá definida por
las características de la obra concreta. Podrán formar parte del mismo:
Especialista en vegetación y fauna, encargado del seguimiento de las variables
biológicas susceptibles de ser afectadas, que a su vez se encargaría del control
y vigilancia de las labores de restauración ambiental. Estas labores podrán ser
desempeñadas directamente por el Responsable del Programa.
Especialista en analítica, encargado de las mediciones y toma de muestras
para el seguimiento y vigilancia de las variables físicas.
Especialista en arqueología, encargado de realizar el control y seguimiento de
las posibles afecciones al Patrimonio Cultural. Resulta deseable que el Equipo
de Control y Vigilancia esté a pie de obra desde el inicio de la misma.
Tramitación de informes
Todos los informes emitidos deberán ser firmados por el Responsable del Programa de
Vigilancia y Seguimiento Ambiental, quien los remitirá a la Comisión de seguimiento
ambiental.
En función de las prescripciones que marque la Declaración de Impacto Ambiental, todos
los informes o parte de ellos serán remitidos al Órgano Ambiental responsable de la
Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad de Madrid, por medio de la Dirección
General de Carreteras, que acreditará su contenido y conclusiones.
Calendario de trabajo
Desde la fecha del Acta de Replanteo hasta la de la firma del Acta de Recepción, el
calendario de trabajo y los puntos de inspección vienen determinados por el programa de
trabajo de la obra, adecuándose y reestructurándose con el desarrollo de la misma.
El Equipo de Vigilancia Ambiental debe trabajar en coordinación con el personal técnico
ejecutante de las obras, y estar informado de las actuaciones de la obra que se vayan a
realizar, asegurándose de esta forma su presencia en la fecha exacta de ejecución de las
unidades de obra que puedan tener repercusiones ambientales.
Asimismo, se le debe notificar con antelación la situación de los tajos o lugares donde se
actuará y el periodo previsto de permanencia, de forma que sea posible establecer los puntos
de inspección oportunos, de acuerdo con los indicadores a controlar establecidos en el
presente manual.
En el primer año desde la fecha de la firma del Acta de Recepción deberán realizarse, al
menos, cuatro visitas anuales, coincidiendo con los cambios estacionales y con la ejecución de
las tareas de conservación y mantenimiento proyectadas. Durante los años siguientes, se
realizarán, al menos, dos visitas anuales.
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B) DOCUMENTO DE SÍNTESIS
7.3 Generalidades
7.4 Contenido
- Plan de Comunicación y Difusión y Programa de Participación
4.1.1 Introducción
La participación ciudadana puede definirse como el proceso por el cual las personas
toman parte en la resolución de los problemas, aportando sus puntos de vista, sus
conocimientos y recursos, y compartiendo la responsabilidad en la toma de decisiones.
La utilización de los procesos de participación pública tiene por objeto:
◉ Incentivar la participación de los agentes territoriales y la población en general.
◉ La consecución de la transparencia del proceso e implicación de los interesados.
◉ La obtención de valiosa información aportada por los ciudadanos.
◉ Hacer partícipes a los ciudadanos en la toma de decisiones.
4.1.2. Objetivos del plan de participación pública
Objetivo general → El objetivo principal del Plan de Participación Ciudadana es
recoger, a través de la intervención de la ciudadanía, la diversidad de formas de
entender y vivir la ciudad y que esta pluralidad de visiones quede reflejada en el
diseño del Plan General.
Objetivo específico → El proyecto pretende consensuar una visión de futuro de
los municipios de la provincia de Ledesma a los que afecta el proyecto. La
información, la formación, la creación de espacios para la deliberación y la
propuesta son las tres vías trazadas para la construcción de esta visión
participativa.
4.1.3. Definición del público interesado
En este Plan se propone una participación dirigida a tres grandes grupos:
1) Los agentes territoriales, entre los que se encuentra el personal técnico
especializado, los representantes políticos, sindicales y las agrupaciones
de empresarios, etc.
2) Representantes de las asociaciones de los municipios y miembros de los
consejos sectoriales afectados por la autovía.
3) Población en general.
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4.1.4. Fases y actividades a desarrollar
Redacción de documentos de información sobre sostenibilidad ambiental: El
informe de sostenibilidad ambiental es aquel instrumento, integrado en el
proceso de tramitación del plan, elaborado por el órgano promotor, que
identifica, describe y evalúa los probables efectos significativos sobre el medio
ambiente que puedan derivarse de la aplicación del plan o programa y debe
describir la situación real y actual del medio ambiente en la zona delimitada
por el plan, tanto en la actualidad como en caso de no aplicación del plan
Inicio del proceso participativo: El arranque o inicio del Plan de Participación
Pública deberá ser publicitado por el medio que el estado, la junta, o
ayuntamientos estimen más oportuno para ello.
Jornada Informativa: Se llevará a cabo una reunión informativa donde se
informará a los Consejos Sectoriales del inicio del proceso de participación
ciudadana que lleva asociado el Proyecto.
Consulta Pública: Se realizará una encuesta que servirá para recoger
aportaciones y sugerencias desde el punto de vista ambiental. El cuestionario
será llevado a cabo por la empresa encargada de la elaboración y redacción
del Proyecto.
Información Pública de la versión preliminar del Plan General: Comprende la
publicación en Diario Oficial por un periodo de 45 días de la versión preliminar
del Plan General, que se acompaña del Informe de Sostenibilidad Ambiental y
de la Memoria de Resultados del proceso participativo, incluida en el Proyecto,
que también acompaña a la documentación del expediente para su
tramitación.
Acto de presentación del Plan General aprobado provisionalmente Como acto
institucional que finalice la fase de exposición pública. En este acto se
explicarán las modificaciones introducidas por el proceso de participación
pública y el documento final resultante.
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C) ANEXOS
La mayor parte de los datos que aparecen en este documento, provienen del trabajo
anterior realizado y entregado a fecha de 30 de octubre de 2013, denominado “Estudio de
Impacto Ambiental perteneciente a la Hoja número 451 del mapa MTN50”.
Para la realización de los datos de este estudio, se han tenido en cuenta otros estudios
encontrados vía internet, aunque no fuesen de este caso de proyecto, ya que eran de
Ferrocarriles o Minas.
También se ha tenido en cuenta la teoría estudiada en clase.
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D) PLANOS Y DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
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E) VALORACIÓN ECONÓMICA
Realizamos un presupuesto aproximado de las medidas correctoras, protectoras y
compensatorias y el coste del Programa de Vigilancia Ambiental.
Medidas correctoras, protectoras y compensatorias
OBRA ELEMENTAL 1: PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN
ACT. 1 INVENTARIO DE ESPECIES VEGETALES 12.000,00 €
TOTAL OBRA ELEMENTAL 12.000,00 €
OBRA ELEMENTAL 2: SEGUIMIENTO AMBIENTAL
ACT. 1 SEGUIMIENTO AMBIENTAL 41.400,00 €
TOTAL OBRA ELEMENTAL 41.400,00 €
Programa de Vigilancia Ambiental
Concepto Unidades (tipo) Precio (€) Importe (€)
FASE DE REDACCIÓN DE PROYECTO Y PREVIO AL INICIO DE LA OBRA
Redacción Programa de Vigilancia Ambiental 1 (unidad) 1.200,13 1.200,13
Redacción del Proyecto de Integración Ambiental y Paisajística 1 (unidad) 2.400,26 2.400,26
Redacción del Plan de Mantenimiento del centro 1 (unidad) 2.400,26 2.400,26
TOTAL FASE REDACCIÓN PROYECTO E INICIO OBRA 6.000,65
FASE DE CONSTRUCCIÓN (Estimación para 4 AÑOS)
PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL DURANTE LA FASE DE
EXPLOTACIÓN
Vigilancia ambiental de obra, con frecuencia a determinar, con inspección visual de
residuos, aguas, ruidos, atmósfera, fauna, vegetación y otros parámetros
ambientales, así como la redacción de actas de inspección y la redacción de un
informe mensual descriptivo de la marcha de las obras y el cumplimiento de todos
los requerimientos ambientales establecidos por la legislación. Incluye informe fin
de obra.
48 (mes)
2.000,00
96.000,00
FASE DE EXPLOTACIÓN (Estimación para 1 AÑO)
PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL DURANTE LA FASE DE
EXPLOTACIÓN
Vigilancia ambiental en explotación, incluyendo campaña acústica, control de la
integración paisajística.
12(mes) 2.000,00 24.000,00
PRESUPUESTO TOTAL DEL PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL 126.000,65
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