UPTRECTORADO
S i n f u t e s d e l u c r o
RESOLUCION RECTORAL N“ 637-2016-UPT-R
Tacna, 31 de moyo de 2016
VISTO:
El Oficio N° 384-2016-ESPG/UPT, de fecha 30 de m oyo de 2016, del señor Director de la Escuela de Postgrado, Dr. Noribal Zegarra A lvarado hac iendo llegar para su ratificación la Resolución Directoral N° 315-2016-ESPG/UPT; y
CONSIDERANDO:
Que, m ediante Resolución Directoral N° 315-2016- ESPG/UPT, de fecha 28 de mayo de 2016, se aprueba la nueva Directiva de Investigación de la Escuela de Postgrado de la Universidad Privada de Tacna;
Que, la c ita da d irectiva tiene por objeto regular la organización y desarrollo de la función de investigación, así com o de las activ idades que la integran y que se realizan por parte del personal a cad ém ico y los estudiantes de la Escuela de postgrado (ESPG) de la Universidad Privada de Tacna (UPT). Sus disposiciones son de observancia obligatoria y de ap licación general;
De conform idad con los incisos b) y s) del Artículo 37° del Estatuto de la Universidad Privada de Tacna;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- RATIFICAR la Resolución Directoral N° 315-2016-ESPG/UPT, de fecha 28 de mayo de 2016, que aprueba la nueva Directiva de Investigación de la Escuela de Postgrado de la Universidad Privada de Tacna, la misma que forma parte de la presente Resolución Rectoral, la misma que entrará en vigencia a partir de su aprobac ión y publicación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Dar cuen ta de la presente Resolución Rectoral al Consejo Universitario.
Regístrese, comuniqúese y archívese.
YA CALIZA YA
Jcc/gy Fs. 35
Universidad Privada de TacnaAv. B o log n esi N° 1177 Apartado Postal: 126Fono-Fax: 426881 Central 4 27 2 1 2 A nexo 101 Correo electrónico: rectorado@,upt.edu.pe T A C N A -P E R Ú
UPTUNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
ESCUELA DE POSTGRADO
‘‘Sin fines de lucro ”
"AÑO D E LA CONSOLIDACIÓN DEL M AR DE “M E S D E H O M E N A JE A LOS D EFEN S O R ES D E L CAMPO D E
O FIC IO NRO. 3 8 4 -2 0 16-ESPG-UPTTacna, 30 de mayo de 2016
Señor D r.:HUG O CALIZAYA CALIZAYARector de la Universidad Privada de Tacr^ Presente.- \
I PRiVAHíl i
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UNIVERSIDAD F H iV A n A OE TACfJA
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Asunto : E leva Resolución D irectoral No. 31 5 -2 0 16-ESPG-UPT
Es sum am ente grato dirigirme a usted para expresarle un respetuoso saludo y remitir adjunto al presente, la Resolución Directoral No.315-2016-ESPG/UPT, de fecha 28 de mayo de 2016, mediante la cual se aprueba en la nueva DirectWa de Investigación de la Escuela de Postgrado de la Universidad Privada de Tacna, con las correcciones en e l p u n to5 .1 9 D e l P roced im iento de eva lu ac ió n , inciso q, donde dice: "El Jurado Evaluador en un plazo no mayor de 1 días calendarlo, contados a partir de la recepción del proyecto corregido, procederá a dar su conformidad o no en el Formato de Informe de Evaluación del Levantamiento de Observaciones al Proyecto. Recibido el informe favorable del Jurado Evaluador, se procederá a disponer mediante resolución directoral, la inscripción y el registro del proyecto, cuya responsabilidad es del CEIN de la ESPG" ; debiendo ser lo correcto ; "£/ Jurado Evaluador en un plazo no mayor de 10 días calendario, contados a partir de la recepción del proyecto corregido, procederá a dar su conformidad o no en el Formato de Informe de Evaluación del Levantamiento de Observaciones al Proyecto. Recibido el informe favorable del Jurado Evaluador, se procederá a disponer mediante resolución directoral, la inscripción y el registro del proyecto, cuya responsabilidades del CEIN de la ESPG". Documentación que se eleva a su despacho para su aprobación correspondiente.
Sin otro particular, es propicia la oportunidad para reiterarle los sentim ientos de mi especial consideración.
Atentamente,
A d j u n t o : R e s o l ,
c . c . A r c h i v o
N Z A / r m c h .
R e g . N ° 8 4 4 2
í r p s ; ív ; - .£ a á . 'd e m c N A : r o j E c A . o o
Fai'a :AtenciónInforme L...’Opinión I ;Conocir^ntí^J
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Otros
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3 1 MAY ? m
1UPT
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
"S in f in e s d e h ie ro ”
ESCUELA DE POST GRADO
R ES O LU C IÓ N D IR EC TO R A L 1 ^ 3 1 5 -2 0 1 6-ESPG -UPT T ac n a , 2 8 d e m ayo de 2 0 1 6
V IS TA ;
L a p r o p u e s t a d e a c t u a l i z a c i ó n y e l a b o r a c i ó n d e l a n o r m a t i v i d a d d e l a E s c u e l a d e P o s g r a d o , p r e s e n t a d a p o r l a
S e c r e t a r i a A c a d é m i c a A d m i n i s t r a t i v a ; y
CONSIDERANDO:
Q u e , e l A r t . 5 3 d e l R e g l a m e n t o G e n e r a l d e l a U n i v e r s i d a d P r i v a d a d e T a c n a , e s t a b l e c e q u e l a E s c u e l a d e
P o s t g r a d o e s l a u n i d a d d e m á s a l t o n i v e l a c a d é m i c o , e n c a r g a d a d e n o r m a r y d e s a r r o l l a r l o s e s t u d i o s d e
p o s t g r a d o a c a d é m i c o q u e c o n d u c e n a l o s g r a d o s d e m a e s t r o y d o c t o r y q u e c o n d u c e n a u n a c e r t i f i c a c i ó n ;
Q u e , e l A r t . 5 4 d e l R e g l a m e n t o G e n e r a l d e l a U n i v e r s i d a d P r i v a d a d e T a c n a , p r e c i s a q u e l a E s c u e l a d e
P o s t g r a d o t i e n e a u t o n o m í a a c a d é m i c a , n o r m a t i v a y a d m i n i s t r a t i v a ;
Q u e , e l P l a n E s t r a t é g i c o 2 0 1 2 - 2 0 1 6 d e l a E S P G , e s t a b l e c e c o m o o b j e t i v o e s t r a t é g i c o : “ a v a n z a r e n u n m o d e l o d e
g e s t i ó n b a s a d o e n l a a u t o e v a l u a c i ó n y l a m e j o r a c o n t i n u a . . . ” , p a r a l o c u a l e s n e c e s a r i o r e v i s a r l a n o r m a t i i r i d a d
a c a d é m i c a y a d m i n i s t r a t i v a d e l a E S P G ;
Q u e , e s n e c e s a r i o r e v i s a r , o r d e n a r y a c t u a l i z a r l a D i r e c t i v a d e i n v e s t i g a c i ó n n o r m a d a p o r e l R e g l a m e n t o d e
I n v e s t i g a c i ó n d e l a E s c u e l a d e P o s t g r a d o , a p r o b a d o p o r R e s o l u c i ó n D i r e c t o r a l N ° 6 8 6 - 2 0 1 5 - E S P G - U P T d e f e c h a
2 6 d e d i c i e m b r e d e 2 0 1 5 , l a m i s m a q u e f u e r a t i f i c a d a p o r R e s o l u c i ó n R e c t o r a l N ” 0 7 0 - 2 0 1 6 - U P T - R , d e f e c h a 2 1 d e e n e r o d e 2 0 1 6 ;
Q u e , h a b i é n d o s e d e t e c t a d o e n l a r e d a c c i ó n d e l a D i r e c t i v a d e I n v e s t i g a c i ó n N ° 0 0 8 - 2 0 1 5 - E S P G / U P T , e n e l
p u n t o 5 . 1 9 D e l p r o c e d i m i e n t o d e e v a l u a c i ó n , i n c i s o q , d o n d e a p a r e c e : " E l J u r a d o E v a l u a d o r e n u n p l a z o n o
m a y o r d e 1 d í a s c a l e n d a r i o , c o n t a d o s a p a r t i r d e l a r e c e p c i ó n d e l p r o y e c t o c o r r e g i d o , p r o c e d e r á a d a r s u
c o n f o r m i d a d o n o e n e l F o r m a t o d e I n f o r m e d e E v a l u a c i ó n d e l L e v a n t a m i e n t o d e O b s e r v a c i o n e s a l P r o y e c t o .
R e c i b i d o e l i n f o r m e f a v o r a b l e d e l J u r a d o E v a l u a d o r , s e p r o c e d e r á a d i s p o n e r m e d i a n t e r e s o l u c i ó n d i r e c t o r a l ,
l a i n s c r i p c i ó n y e l r e g i s t r o d e l p r o y e c t o , c u y a r e s p o n s a b i l i d a d e s d e l C E I N d e l a E S P G . " , d e b i e n d o d e c i r : “E l J u ra d o E v a lu a d o r en u n p la z o no m a y o r d e 1 0 d ia s c a le n d a r io , con tad os a p a r t i r de la recepción d e l p ro ye c to co rreg id o , p ro c e d e rá a d a r su c o n fo rm id a d o no en e l F o rm a to de In fo rm e de E v a lu a c ió n d e l L e v a n ta m ie n to d e O bservaciones a l Proyecto , R ecib id o e l in fo rm e fa v o ra b le d e l J u ra d o E v a lu a d o r , se p ro c e d e rá a d is p o n e r m e d ia n te reso lu c ió n d ire c to ra l, la in s c rip c ió n y e l re g is tro d e l p ro ye c to , c u ya re s p o n s a b ilid a d es d e l C E IN de la ES P G .”
E s t a n d o a l a s a t r i b u c i o n e s c o n f e r i d a s a l D i r e c t o r d e l a E s c u e l a d e P o s t g r a d o e n e l E s t a t u t o y R e g l a m e n t o
G e n e r a l d e l a U n i v e r s i d a d P r i v a d a d e T a c n a , y c o n c a r g o a d a r c u e n t a a l C o n s e j o d e E s c u e l a ;
S E R ES U ELVE :
A r tic u lo P rim ero : APROBAR, l a n u e v a D i r e c t i v a d e I n v e s t i g a c i ó n d e l a E s c u e l a d e P o s t g r a d o d e l a
U n i v e r s i d a d P r i v a d a d e T a c n a y q u e f o r m a p a r t e d e l a p r e s e n t e R e s o l u c i ó n , c o n l a s
c o r r e c c i o n e s e n e l p u n t o 5 . 1 9 D e l p r o c e d i m i e n t o d e e v a l u a c i ó n , i n c i s o q , d o n d e a p a r e c e :
“E l J u r a d o E v a l u a d o r e n u n p l a z o n o m a y o r d e 1 d í a s c a l e n d a r i o , c o n t a d o s a p a r t i r d e
l a r e c e p c i ó n d e l p r o y e c t o c o r r e g i d o , p r o c e d e r á a d a r s u c o n f o r m i d a d o n o e n e l F o r m a t o
d e I n f o r m e d e E v a l u a c i ó n d e l L e v a n t a m i e n t o d e O b s e r v a c i o n e s a l P r o y e c t o . R e c i b i d o e l
i n f o r m e f a v o r a b l e d e l J u r a d o E v a l u a d o r , s e p r o c e d e r á a d i s p o n e r m e d i a n t e r e s o l u c i ó n
d i r e c t o r a l , l a i n s c r i p c i ó n y e l r e g i s t r o d e l p r o y e c t o , c u y a r e s p o n s a b i l i d a d e s d e l C E I N d e
l a E S P G . ” , d e b i e n d o d e c i r : “E l J u ra d o E v a lu a d o r en u n p la z o no m a y o r d e 1 0 d ia s c a le n d a rio , con tad os a p a r t i r d e la recepció n d e l p ro yec to co rreg ido , p ro c e d e rá a d a r su c o n fo rm id a d o no en e l F o rm a to d e In fo rm e de E v a lu a c ió n d e l L e v a n ta m ie n to de O bservaciones a l P royecto . R ecib ido e l in fo rm e fa v o ra b le d e l J u ra d o E v a lu a d o r, se p ro c e d e rá a d is p o n e r m e d ia n te reso lu c ió n d ire c to ra l, la in s c rip c ió n y e l re g is tro d e l p ro yecto , c u y a re s p o n s a b ilid a d es d e l C E IN de la ES P G .”
A r tic u lo Segundo: VIG ENCIA , l a p r e s e n t e D i r e c t i v a , e n t r a r á e n v i g e n c i a a p a r t i r d e s u a p r o b a c i ó n y
p u b l i c a c i ó n .
A rtic u lo Tercero : ELEVAR, l a p r e s e n t e R e s o l u c i ó n a l a i n s t a n c i a c o r r e s p o n d i e n t e p a r a s u r a t i f i c a c i ó n .
ESCUELA DE POSTGRADO - UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA Dirección: Av. Bolognesi N" 1924, Tacna - Perú Central Telefónica: 052-427212 anexo 301 - 305, Telefax: 052-242676 Correo: [email protected]
iUPT
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA ESCUELA DE POST GRADO
R E S O LU C IÓ N D IR EC TO R A L N °31 S -2016-E S P G -U P T
A rtic u lo C u arto : ENCARGAR, a S e c r e t a r í a A c a d é m i c a A d m i n i s t r a t i v a d e l a E s c u e l a d e P o s t g r a d o , l a
i m p l e m e n t a c i ó n e l c u m p l i m i e n t o d e l a s n o r m a s i n s t i t u i d a s e n l a p r e s e n t e D i r e c t i v a .
R egístrese, com uniqúese y a rch ivese.
i i ^VL, dirección igamAhamáo
TOR
D i s t r i b u c i ó n : R e c t o r a d o , S A A d e l a B S P G , a r c h i v o .
y Mg. JULIO E. MÁLAGA NÚÑE?
ESCUELA DE POSTGRADO - UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA Dirección: Av. Bolognesi N" 1924, Taaia - Perú Central Telefónica: 052-427212 anexo 301 - 305, Telefax: 052-242676 Correo: [email protected]
IV .
Codificación
Universidad Privada de Tacna
Escuela de Postgrado
DIRECTIVA DE INVESTIGACIÓN
Versión 1.0 Vigencia desde
2015Páginasl d e 3 2
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
ESCUELA DE POSTGRADO
DIRECTIVA DE INVESTIGACIÓN DE LA
ESCUELA DE POSTGRADO
TACNA - PERU
2015
Universidad Privada de Tacna
Escuela de Postgrado
DIRECTIVA DE INVESTIGACIÓN
Codificación Versión 1.0 Vigencia desde
2015Páginas 2 de 32
Aprobación de documento
Elaboró
SAA► IS----------------------------------------------------------------
RevisóV
Secretaría Académica Administrativa
Aprobó
/ Consejo de la Escuela de Postgrado
Revisión Fecha de Revisión Consideraciones para el cambio del
documento
Codificación
1. Denominación.-
Universidad Privada de Tacna
Escuela de Postgrado
DIRECTIVA DE INVESTIGACIÓN
Versión 1.0 Vigencia desde
2015
DIRECTIVA Ng 008-2015-E5;Pf;/IIPT
DIRECTIVA DE INVESTIGACIÓN
2. Fínalidad.-
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La presente directiva tiene por objeto regular la organización y desarrollo de la función de
investigación, así como de las actividades que la integran y que se realizan por parte del
personal académico y los estudiantes de la Escuela de Postgrado (ESPG) de la Universidad
Privada de Tacna (UPT). Sus disposiciones son de observancia obligatoria y de aplicación
general.
3. Base Legal.-
Ley Universitaria 30220.
'i* Estatuto de la Universidad Privada de Tacna.
Reglamento General de la Universidad Privada de Tacna.
Reglamento de Matrícula, Estudios y Evaluación de la UPT.
• Reglamento General de Grados y Títulos de la UPT.
• Reglamento para la Investigación, Innovación y Tecnología de la UPT.
4. Alcance.-
El cumplimiento de la presente directiva alcanza al Consejo de Escuela, Dirección y Secretaría
Académica Administrativa de la ESPG; los profesores, estudiantes, administrativos de la ESPG, y
todas aquellas personas y dependencias de la UPT que tienen relación directa e indirecta con
el desarrollo de los programas y cursos de Postgrado, en todas sus modalidades.
m
Universidad Privada de Tacna
Escuela de Postgrado
DIRECTIVA DE INVESTIGACIÓN
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5. Contenido.-
5.1 Del desarrollo de la investigación
a. La investigación forma parte esencial de la connunidad universitaria representada por
sus docentes, estudiantes y egresados. La Escuela de Postgrado incentiva en los
diversos ámbitos, tipos y niveles de investigación según prioridades enmarcadas en las
líneas de investigación propuestas por la Comisión de Investigación de la Escuela de
Postgrado.
b. La investigación científica y tecnológica en la Escuela de Postgrado de la Universidad
Privada de Tacna se orientará por los siguientes propósitos:
- La búsqueda, análisis y comprensión de hechos y fenómenos naturales, económicos,
políticos, culturales, tecnológicos y de la vida social que aportan nuevos
conocimientos, enriquecen el saber y constituyen un vehículo para el desarrollo
intelectual del individuo, propiciando la expansión del potencial de creación,
renovación e innovación individual y colectiva.
- La generación del conocimiento científico sobre los diversos procesos naturales,
sociales, económicos, políticos, culturales y tecnológicos para contribuir teórica y
prácticamente al conocimiento y a la solución de los problemas que se presenten en
el entorno local, regional, nacional e internacional.
c. La investigación en la Escuela de Postgrado se da en dos niveles:
- Investigación institucional: Con la conformación de Grupos de Trabajo Científico,
según el punto 5.5 de la Directiva para la Investigación, Innovación y Tecnología de la
Universidad Privada de Tacna.
- Investigación conducente a la tesis de grado: Busca guiar a los egresados de los
programas de maestría y doctorado para la obtención del diploma de grado. Los
procedimientos y alternativas normadas en la presente Directiva.
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Escuela de Postgrado
DIRECTIVA DE INVESTIGACIÓN
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5.2 De los lineamientos de la investigación
a. La investigación se realizara en función a las líneas de investigación y temas
considerados para cada programa de maestría y doctorado.
b. Las líneas de investigación serán fruto de un diagnostico que se deberá llevar a cabo
cada 2 años.
c. La investigación institucional y la conducente a la tesis de grado se deberán ajustar a
las líneas de investigación y temas previstos.
d. Se podrá realizar investigaciones independientes a las líneas de investigación
previstas, previa evaluación del tema propuesto, por parte de la Comisión de
Investigación.
5.3 De los objetivos generales de la investigación
a. Generar y promover la aplicación de conocimientos para influir de manera activa y
permanente en el desarrollo local, regional y nacional, alentando el vínculo
investigación-docencia-aprendizaje y alcanzar los fines de formación post profesional
de la Institución.
b. Buscar la creación y re-creación del conocimiento a niveles que permitan comprender
la realidad social, así como contribuir a la solución de los problemas educativos,
sociales, tecnológicos, políticos, culturales y económicos a nivel local, regional,
nacional e internacional y su interacción con el Estado.
c. Contribuir al avance del conocimiento, la innovación, la mejora de la calidad de vida de
los ciudadanos y la competitividad de las empresas. Desarrollando la investigación
científica, tecnológica y humanística a través de la formación de investigadores,
atendiendo tanto a la investigación básica como a la aplicada.
" A .
M
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Escuela de Postgrado
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5.4 De los objetivos específicos de la investigación
a. Promover la formación de maestrantes y doctorandos de alto nivel científico y
tecnológico, cuyos conocimientos y creatividad coadyuven a elevar el nivel académico
y cultural en la Escuela de Postgrado, la universidad y la sociedad en general.
b. Generar conocimientos que incidan en elevar el nivel académico y cultural de la
Escuela de Postgrado, que permitan la formación de graduados comprometidos con
el desarrollo sostenibie (socioeconómico, jurídico-político y cultural de la sociedad en
su conjunto).
c. Impulsar la capacitación y actualización continua de los docentes de la Escuela de
Postgrado en materia de investigación.
d. Impulsar la mejora continua y el cumplimiento de los estándares y criterios en
materia de investigación en los ámbitos académicos y administrativos de la Escuela de
Postgrado de la Universidad Privada de Tacna.
e. Promover la cultura académica que permita utilizar la investigación como un elemento
fundamental de las estrategias del proceso de enseñanza y aprendizaje.
f. Conformar los espacios y medios para que la Escuela de Postgrado de la Universidad
Privada de Tacna participe de manera fundamental en el desarrollo científico,
tecnológico y cultural del entorno local, regional, nacional e internacional.
5.5 De la organización
Para la realización de la investigación en la Escuela de Postgrado se contará con una
Comisión de Investigación de la Escuela de Postgrado y el Centro de Investigación de la
Escuela de Postgrado.
5.6 De la Comisión de Investigación
a. La Comisión de Investigación de la Escuela de Postgrado será la instancia formal
encargada de proponer políticas, lineamientos generales y específicos así como
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Universidad Privada de Tacna
Escuela de Postgrado
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estrategias que fortalezcan la articulación y operación de la función de investigación en
la Escuela de Postgrado de la DPT.
b. La Comisión de Investigación de la Escuela de Postgrado de la Universidad Privada de
Tacna está organizada de la siguiente manera:
Presidente de la Comisión: Director de la Escuela de Postgrado.
La Secretaría Técnica: Coordinador del Centro de Investigación.
Docentes investigadores invitados por la Dirección de la Escuela de Postgrado.
c. La Comisión de Investigación deberá tener reuniones de trabajo semestrales.
e. Las atribuciones de la Comisión de Investigación de la Escuela de Postgrado son:
- Asesorar en materia de investigación científica a la Dirección de la Escuela de
Postgrado de la Universidad Privada de Tacna.
- Proponer, analizar y discutir los lineamientos y acciones correspondientes a la
investigación científica en la ESPG.
- Proponer e impulsar la política de capacitación en investigación científica, que se
desarrolle en la Escuela de Postgrado en el ámbito estudiantes y docentes.
- Opinar sobre la plana docente en investigación de la Escuela de Postgrado de la
Universidad Privada de Tacna.
- Fomentar la difusión externa e interna de los proyectos de investigación que se
desarrollen en la Escuela de Postgrado.
- Opinar sobre cualquier situación o aspecto que se presente y que esté vinculado a las
actividades de investigación dentro de la Escuela de Postgrado.
i.5 Del Centro de Investigación
a. El Centro de Investigación agrupa a docentes, administrativos, estudiantes y
graduados de diversas disciplinas en razón del desarrollo de la investigación
humanista, científica y tecnológica. Esta bajo la conducción de un coordinador, según
Codificación
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Escuela de Postgrado
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lo considera ei Estatuto de la Universidad. En la Escuela de Postgrado será designado
por el Director de la ESPG.
b. El Centro de Investigación de la Escuela de Postgrado busca alcanzar:
- La actualización y difusión de los conocimientos científicos por medio de diversos
eventos de capacitación.
- La realización de la investigación en las áreas propias de ios programas de maestría
y doctorado.
- La preparación y capacitación de investigadores.
- Los servicios que demande la orientación de tesis y trabajos de investigación
realizados por ios estudiantes de la Escuela de Postgrado.
- La publicación de los trabajos de investigación según reglamento.
c. Son funciones del Centro de Investigación de la ESPG:
- Promover la elaboración de proyectos de investigación sobre materias que interesen
a la Escuela de Postgrado y que estén en estrecha relación con las materias que se
enseñan en los programas de maestría y doctorado de acuerdo a las necesidades de
la comunidad.
- Informar mensualmente al Director de la Escuela de Postgrado a través de su
coordinador, del avance de los proyectos de investigación en curso, de las
investigaciones concluidas y de los nuevos proyectos de investigación.
- Captar recursos externos para el desarrollo de los proyectos de investigación.
- Incentivar el desarrollo de estudios, proyectos e investigaciones compatibles con las
prioridades establecidas en los planes nacionales y regionales de desarrollo, y en
coordinación con los organismos competentes de formular la política nacional o
regional de ciencia y tecnología.
- Coordinar la formación de personal de alto nivel académico en investigación, para
conducir las labores de investigación y desarrollo que requiere el país.
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Escuela de Postgrado
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- Promover la resolución de problemas concretos surgidos de la necesidad de adaptar
o desarrollar tecnologías que el país requiere, en colaboración con las instituciones,
empresas y centros de producción.
■ Proporcionar asistencia técnica a las instituciones que lo soliciten.
- Las demás que le señalan el Estatuto de la Universidad Privada de Tacna y los
reglamentos correspondientes.
5.6 Del desarrollo de la investigación Institucional
a. La Escuela de Postgrado promueve el desarrollo de proyectos de investigación,
difusión y aplicación de sus resultados, a través de grupos o equipos de trabajo
interdisciplinarios conformado por sus docentes, estudiantes y graduados; y
profesionales del medio.
b. Las líneas de investigación de la Escuela de Postgrado, serán propuestas por la
Comisión de Investigación y aprobadas por el Consejo de la Escuela de Postgrado. Las
cuales deberán pasar por un proceso permanente de evaluación que determine su
consistencia, que será fruto de un diagnóstico que se deberá llevar a cabo cada 2
años.
c. La Escuela de Postgrado de la Universidad Privada de Tacna, apoya prioritariamente a
los proyectos que forman parte de las líneas de investigación, las cuales irán en
concordancia con la tendencia nacional e internacional.
d. Los criterios de priorización para los proyectos de investigación son los siguientes:
- Las investigaciones responderán a la profundización del conocimiento o resolución
de un problema específico de la institución, la localidad, región o país.
- Las investigaciones responderán a los problemas en los campos de las humanidades,
arte, ciencia y tecnología.
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- Deberán ser factible de medir el efecto y/o impacto de los resultados obtenidos.
- Deberán propiciar el inicio de procesos de generación de nuevas expectativas de
investigación en lo posible con apoyo financiero externo.
- La investigación tendrá un enfoque preferentemente dirigido al entorno
institucional, regional, nacional e internacional.
- Deberán estar dirigidos a la promoción del desarrollo sostenible y sustentable
regional, nacional e internacional.
e. Para la acreditación de los investigadores se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Podrán ser candidatos para ser acreditados como investigadores, quienes produzcan
investigaciones, contribuyan a la formación de grupos de investigación
consolidados, participen en la elaboración de proyectos, difundan la investigación o
produzcan trabajos que permitan ser patentados.
- Los aspirantes que no pertenezcan a la comunidad universitaria de la Escuela de
Postgrado, podrán ser acreditados siempre y cuando hayan prestado sus servicios
por más de 01 año bajo cualquier modalidad en el desarrollo o asesoría de la
investigación; o sean investigadores de reconocida trayectoria debidamente
presentados por el Director de la Escuela de Postgrado.
- Podrán ser acreditados como investigadores de la Escuela de Postgrado; personal
perteneciente a un centro de investigación del país o del extranjero.
- Los aspirantes considerados como acreditados y aprobados por la Escuela de
Postgrado recibirán una certificación vigente por dos años.
- El Centro de Investigación remitirá la relación actualizada de investigadores
acreditados a la Dirección de la Escuela de Postgrado y al Vice Rectorado de
Investigación de la Universidad Privada de Tacna.
- Cada investigador actualizará su currículo periódicamente en el Centro de
Investigación y en el Vice Rectorado de Investigación de Universidad Privada de
Tacna.
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5.7 De los grupos de trabajo científico
a. Los Grupos de Trabajo Científico (GCT) se conforman con investigadores de distintos
programas académicos de postgrado, y sus actividades de investigación serán
coordinadas por el Centro de investigación de la ESPG y el Vice Rectorado de
Investigación de la DPT.
b. Los Grupos de Trabajo Científico se conforman cuando un conjunto de investigadores
en áreas afines del conocimiento, investigan un tema en una o más líneas de
investigación relacionadas con su especialidad, su nacimiento responde a la
presentación de un proyecto de investigación aprobado por el Consejo de la ESPG y el
Vice Rectorado de Investigación de la UPT, y finaliza en sus funciones al término del
mismo con la difusión de sus resultados e indicadores de efecto y/o impacto.
c. Los requisitos para la conformación del Grupo de Trabajo Científico son los siguientes:
- Investigadores acreditados con dedicación como mínimo de diez (10) horas
semanales a la investigación o su regularización para tal fin, tanto en personal
nombrado y contratado.
- Contar con un proyecto aprobado por la Escuela de Postgrado a propuesta del CEIN
de la ESPG y registrado en el Vice Rectorado de Investigación de la UPT.
f ’i“ . ' j . ADyiHISIHíí"* t ? / '
d. Los cargos considerados en el Grupo de Trabajo Científico son:
Investigador Principal.- En primera instancia, en cada proyecto ha de figurar el líder del
mismo en calidad de investigador principal. Éste es usualmente la persona que propone,
formula y gestiona el proyecto hasta su plena culminación. El investigador principal; es por
tanto, el responsable de todos los aspectos asociados con el diseño, presentación,
ejecución, validación, informes y entrega de resultados del proyecto ante la institución.
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Coinvestigador.- De rango académico y trayectoria similares a las del investigador
principal; quien comparte con éste las responsabilidades académicas en el proyecto; mas
no, las responsabilidades de rendición de ejecución presupuestal.
Auxiliar de investigación. Es el estudiante de postgrado dispuesto a iniciar su carrera de
formación en actividades de investigación. Más que contar con experiencia y
conocimientos en el quehacer investigativo, que van desde actividades instrumentales u
operativas hasta actividades que involucran elaboraciones conceptuales sobre la
investigación en curso.
Aprendices: Cada Grupo de Trabajo Científico deberá considerar en su equipo por lo
menos un estudiante, en el cual se deberá considerar lo siguiente:
Tener aptitudes demostrables en el área de investigación.
La especialidad u otras especialidades según lo considere el Investigador Principal.
Tareas:
Búsqueda y clasificación de material bibliográfico.
Desarrollo de herramientas informáticas.
Apoyo en redacción, realizar ensayos de laboratorio.
Aplicación de encuestas y clasificación de la información.
Participación preliminar en elaboraciones conceptuales sobre la investigación en
curso.
Realización de informes de auto evaluación sobre las tareas asignadas.
Realización de fichas y traducciones.
5.8 Del esquema del Proyecto de Investigación
A) INFORMACIÓN GENERAL
a) Nombre o título del proyecto
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b) Línea de investigación a la que pertenece el proyecto
c) Ámbito y tiempo de la investigación
d) Institución cooperante.
B) INFORMACIÓIM ESPECÍFICA
a) Planteamiento del problema: carácter y naturaleza del problema que se enfrenta
b) Formulación del problema
c) Justificación
d) Objetivos; (general y específicos)
e) Metodología
• Definiciones operacionales
® Tipo y diseño del estudio
o Universo de estudio, selección y tamaño de muestra, unidad de análisis y
observación.
• Procedimientos para la recolección de información, instrumentos a utilizar
f) Plan de análisis de los resultados
• Métodos y modelos de análisis de los datos según tipo de variables
® Programas a utilizar para análisis de datos
C) INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
a) Cronograma
b) Recursos y organización
c) Previsiones de seguimiento, evaluación y control.
d) Costos, presupuesto y financiamiento (debiendo considerar incluso el monto
destinado a la difusión de ios resultados)
e) Investigador Principal del proyecto y CEiN de la ESPG para su administración.
5.9 Del Financiamiento de la investigación
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a. El financiamiento de los trabajos de investigación procederá de tres fuentes:
- Internos (institucional): presupuesto ordinario asignado a la ESPG y CEIN que
tendrán un carácter de intangible.
- Co-financiamiento (Financiamiento mixto): La universidad financia en
contrapartida con fuentes externas la realización de un proyecto de investigación a
través de otros Grupos de Trabajo Científico, entidades cooperantes o redes de
investigación.
- Financiamiento externo.
b. Para que los proyectos de investigación sean incluidos en el Presupuesto General de
ia Universidad, las propuestas deben presentarse al Centro de Investigación de la
ESPG; según flujo de presentación de proyectos, en las fechas establecidas, y según
cronograma de convocatorias del Vicerrectorado de Investigación de ia UPT o de la
Escuela de Postgrado.
c. La modalidad de acceso será mediante fondo concursable, organizado por el centro
de investigación déla ESPG de acuerdo a sus líneas de investigación.
' y > , — ACADEMICO J
5.10 Del Financiamiento Interno (institucional)
a) La universidad financia proyectos de investigación, según las líneas priorizadas por
ésta y la ESPG.
b) Los proyectos accederán a financiamiento concursable en el caso que el fondo sea
I otorgado por la Universidad Privada de Tacna o la ESPG.
c) La universidad asignará un monto de sus ingresos para el financiamiento de
proyectos internos de investigación, en correspondencia al Plan Estratégico
Institucional de ejecución anual y de carácter intangible.
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d) Cuando se apruebe el Presupuesto General de la Universidad, la Oficina de
investigación informará sobre la partida presupuesta! aprobada al Investigador
Principal, responsable del proyecto y al Coordinador del CEIN de la ESPG.
e) La asignación de recursos será según cronograma de infornnes de avance y
corresponderá en la siguiente ruta:
® 40% al iniciar el proyecto
• 60% según programación del grupo de investigadores
5.11 Del Cofinanciamíento (mixto)
a) La universidad asignará un monto de sus ingresos para el financiamiento de
proyectos cofinanciados de investigación en correspondencia al Plan Estratégico
Institucional siendo su ejecución anual.
b) Los proyectos cofinanciados de investigación, se realizan con la participación de uno
o más entes externos, del sector público o privado, los cuales se vinculan ai
desarrollo del proyecto mediante aportes en recursos financieros y/o en insumos;
los cuales, dependiendo del tipo de proyecto, pueden ser de carácter reemboisable
o condonable.
c) Los proyectos cofinanciados usualmente se concretan en respuesta a convocatorias
establecidas para el efecto, ya sea por parte de la universidad o entidad(es)
cooperantes.
d) Los proyectos cofinanciados usualmente se concretan como resultado del
establecimiento de conversaciones directas, con instituciones y/o entidades que
participan en actividades de investigación; que de manera conjunta acuerdan
afrontar la consideración de un determinado problema de investigación mediante
convenios específicos.
e) Una vez considerado y aprobado internamente el proyecto, se genera una carta de
compromiso institucional debidamente firmada por el representante legal. Se
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procede entonces al debido registro de la propuesta, en sus términos técnicos y
financieros, ante la entidad que convoca y demás entidades.
5.11 Del Financiamiento externo
El fondo de ejecución corresponderá a los términos que proponga la entidad
financiadora en firma de convenio específico de términos: entre la entidad externa.
Escuela de Postgrado, Vice Rectorado de Investigación y Rector (a) como representante
legal de la universidad.
5.12 De los Gastos generales
a) Se consideran gastos generales, ios desembolsos, las erogaciones o los cargos
operativos en que se incurre, de manera contable, durante el proceso de desarrollo de
las actividades asociadas a un proyecto de investigación en el tiempo de duración del
mismo. Los gastos generales se deben gestionar a través del sistema de compras según
el caso e informar al Centro Investigación de la ESPG.
b) En caso de convenios interinstitucionales, los cuales surgen a partir de proyectos de
investigación cofinanciados, se pueden generar pagos y facturas para recaudar los
aportes o participación en proyectos de éstas instituciones.
c) En caso de presentarse situaciones que no estén definidas en este reglamento, se debe
consultar al CEIN de la ESPG o el Vice Rectorado de Investigación de la DPT.
d) Los gastos para difusión de los resultados deberán estar comprendidos dentro del
presupuesto de! proyecto.
5.13 Del Procedimiento: Flujo correspondiente a proyectos financiados por la UPT y
proyectos cofinanciados.
a) Las propuestas deberán primero someterse a un proceso de presentación, discusión y
evaluación por parte de académicos o especialistas idóneos y el Centro de
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Investigación de la ESPG; el cual considerará su pertinencia y relevancia de acuerdo a
sus líneas de investigación y política de investigación de la universidad, con el
propósito de asegurar la calidad, pertinencia y relevancia de los proyectos.
b) Una vez revisado el proyecto de investigación, según Formato de Evaluación del
Proyecto, será elevado a la Oficina de Investigación; la cual evaluará la pertinencia
del proyecto, cronograma y presupuesto a asignarse; emitiendo un informe técnico a
Vicerrectorado Académico y Gerente Administrativo, para que se le asigne las
partidas presupuéstales respectivas.
c) El Vicerrectorado de investigación emitirá informe a la Escuela de Postgrado para el
reconocimiento mediante resolución Directoral de la ESPG, al Grupo de
investigadores.
d) Una vez aprobada la propuesta, el investigador principal, con el apoyo del
Vicerrectorado de Investigación, procederá a gestionar la documentación requerida
para la elaboración de los respectivos contratos de ejecución y proceder con la debida
legalización de los mismos.
e) El Centro de Investigación de la ESPG hará un seguimiento permanente al desarrollo
de los proyectos según cronograma y, para ello, los Investigadores Principales,
responsables de los mismos, deberán presentar un informe de avance regular de
acuerdo con las fechas establecidas.
f) Los Investigadores Principales son los responsables ante el Centro de Investigación de
la buena marcha de los proyectos de investigación.
g) El Centro de Investigación de la ESPG remitirá una copia, ai Vice Rectorado de
Investigación, del avance de la investigación y destino de los presupuestos asignados
que genere el proyecto.
5.14 Del Informe final
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a) Los investigadores principales emitirán un informe final al Centro de Investigación de
la ESPG, quien previa verificación, dará la conformidad e informará al Vice Rectorado
de Investigación de la UPT.
b) El informe debe ser enviado a la entidad cofinanciadora, de darse el caso, la cual lo
evalúa según sus procedimientos internos arrojando como resultado un acta de
liquidación o la solicitud de modificaciones y aclaraciones tanto técnicas como
presupuéstales.
c) Aprobado los resultados se emitirá la conformidad, para su difusión con la respectiva
ejecución del presupuesto para tai fin, según el Reglamento de Difusión de la
Actividad Científica y Publicaciones de la Universidad Privada de Tacna.
5.15 De la Investigación conducente a la tesis de grado
a) Los estudios que se realizan en la Escuela de Postgrado conducen a la obtención, de
los grados académicos de magístery/o doctor.
b) Para la obtención de los grados mencionados, los maestrantes y doctorandos deberán
desarrollar y sustentar públicamente el trabajo de investigación (tesis).
c) La tesis representa el esfuerzo intelectual de los maestrantes y doctorandos.
Consistirá en la elaboración de un trabajo de investigación original, en el que se
intente llegar al conocimiento, metodológicamente desarrollado, de manera que
constituya un ejercicio creativo.
d) Las tesis deberán estar dentro de las líneas de investigación definidas por la Comisión
de la Investigación, el CEIN de la ESPG y aprobadas por el Consejo de la Escuela de
Postgrado.
e) Las líneas de investigación serán evaluadas periódicamente por la Comisión de
Investigación y el CEIN de la ESPG para su permanencia o cambio, debiendo en
cualquiera de los casos ser aprobadas por el Consejo de la Escuela de Postgrado.
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f) Las tesis para la obtención del grado de magister y/o doctor serán desarrolladas
individualmente^ dependiendo del ámbito y grado de complejidad se podrá realizar
hasta por dos. Contarán con la orientación de un asesor quien tendrá la
corresponsabilidad de la autoría y ejecución de la investigación en todas sus etapas.
g) Se priorizará las tesis que se ejecuten a través de un convenio interinstitucional
aprobado por resolución.
5.16 Del Esquema del Proyecto de Investigación conducente a la obtención del grado de
magister y/o doctor
I. Datos generales
1.1 Título tentativo
1.2 Autor
II. El problema
2.1 Planteamiento del problema
2.2 Formulación del problema
2.3 Justificación de la investigación
III. Objetivos de la investigación
3.1 Objetivo general
3.2 Objetivos específicos
IV. Marco teórico
4.1 Antecedentes del estudio
4.2 Bases teórico científicas
4.3 Definición de conceptos
V. Metodología
5.1. Formulación de la hipótesis
5.2. Variables e indicadores
5.2.1. identificación de la variable independiente
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5.2.1.1. Indicadores
5.2.1.2. Escala para la medición de la variable
5.2.2. Identificación de la variable dependiente
5.2.2.1. Indicadores
5.2.2.2. Escala para la medición de la variable
5.2.3. Variables intervinientes (sólo identificarlas, señalando su forma
de control).
5.3.Tipode investigación
5.4. Diseño de la investigación
5.5.Ámbito y tiempo social de la investigación
5.6. Unidades de estudio
5.7. Población y muestra
5.8. Recolección de los datos
5.8.1. Procedimientos
5.8.2. Técnicas de recolección de los datos
5.8.3. Instrumentos para la recolección de los datos
5.9.Procesamiento, presentación, análisis e interpretación de los datos
VI. Aspecto administrativo
6.1 Asignación de recursos
6.2 Presupuesto del proyecto
6.3 Cronograma de actividades y acciones
VII. Bibliografía
5.17 Del Esquema del Informe de Tesis conducente a la obtención del grado de magíster y/o
doctor
PARTES PRELIMINARES
Carátula
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Página de respeto
Carátula interior
Agradecimientos
Dedicatoria
índice de contenidos
índice de tablas
índice de gráficos
Resunnen
Abstract
introducción
CUERPO DEL INFORME
CAPÍTULO I : EL PROBLEMA
1.1. Planteamiento del problema
1.2. Formulación del problema
1.2.1. Interrogante principal
1.2.2. Interrogantes secundarias
1.3.Justificación de la investigación
1.4. Objetivos de la investigación
1.4.1 Objetivo general
1.4.2. Objetivos específicos
1.5. Conceptos básicos
CAPÍTULO II : FUNDAMENTO TEÓRICO-CIENTÍFICO
2.1. (acápite de la variable dependiente)
2.2.(acápite de la variable independiente)
CAPÍTULO III : MARCO METODOLÓGICO
3.1. Sistema de hipótesis
3.1.1. Hipótesis general
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3.1.2. Hipótesis especificas
3.2. Variables
3.2.1 Variable dependiente
a. Denominación de la variable
b. Indicadores
c. Escala de medición
3.2.2 Variable independiente
a. Denominación de la variable
b. Indicadores
c. Escala de medición
3.2.3. Variable intervinientes (opcional)
3.3. Tipo de investigación
3.4. Diseño de la investigación
3.5. Ámbito y tiempo social de la investigación
3.6. Población y muestra
3.6.1. Unidad de estudio
3.6.2. Población
3.6.3. Muestra (si el estudio lo requiere)
3.7. Procedimiento, técnicas e instrumentos de recolección de la información
CAPÍTULO IV : RESULTADOS
4.1. Descripción del trabajo de campo
4.2. Diseño de presentación de resultados
4.3. Presentación de los resultados
4.4. Pruebas estadísticas
4.5. Comprobación de hipótesis y discusión
CAPÍTULO V : CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1. Conclusiones
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5.2. Sugerencias o propuesta
PARTES FINALES
Bibliografía
Linkografía
Anexos
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5.18 Del procedimiento para obtener el grado de magíster y/o doctor
Se debe seguir el siguiente procedimiento: presentación de solitud de inscripción del
proyecto de investigación, desarrollo de la tesis con el asesor asignado previa
aprobación de la evaluación del proyecto de investigación, dictaminación favorable de
la tesis y sustentación de la tesis con aprobación como mínimo por mayoría.
5.19 Del procedimiento de evaluación
a. La inscripción del proyecto de investigación procederá a partir del inicio del II ciclo
para maestrías de IV ciclo de la maestría o doctorado. Año, III ciclo para maestrías
de dos años y V ciclo para doctorados.
b. El maestrante o doctorando que solicite inscripción de proyecto de investigación
pasados tres (03) años desde su egreso, deberá solicitar amnistía académica,
cancelando los derechos correspondientes y presentación del proyecto de
investigación.
c. La amnistía académica tiene una duración de tres (03) años a partir de la emisión de
la resolución que la aprueba.
d. El maestrante y/o doctorando presentará una solicitud dirigida al Director de la
Escuela de Postgrado solicitando la inscripción de su proyecto de investigación,
adjuntando dos (02) ejemplares del mismo.
e. Recibida la solicitud. Secretaría de la ESPG verifica que no tenga deuda y registra la
solicitud en el Sistema de Seguimiento de Grados (SSG) derivándola a ASAA.
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f. El Asistente de Secretaría Académica Administrativa procederá a emitir su informe
en el Formato correspondiente y deriva el expediente al centro de investigación.
g. El Centro de Investigación de la Escuela de Postgrado procederá emitir su informe
en el Formato de Informe de Investigación, en el cual evaluará lo siguiente:
Duplicidad del tema de tesis, estructura del proyecto de investigación y expediente
del solicitante. Asimismo adjuntará 02 ejemplares del proyecto de investigación de
maestría y/o doctorado. Ficha de Evaluación del Proyecto de Investigación y el
Formato de Informe de Evaluación del Proyecto de Investigación. Luego procederá a
derivar el expediente a Secretaría Académica Administrativa.
h. Secretaría Académica Administrativa revisa los informes: académico, económico, de
investigación para la designación del jurado evaluador del proyecto de
investigación.
i. En casos excepcionales, a petición de Secretaria Académica Administrativa, Caja
ESPG procederá a emitir un informe en el Formato de Informe Económico,
j. La Dirección y Secretaría Académica Administrativa de la ESPG en reunión y llenando
el Acta respectiva, designarán mediante resolución al Jurado Evaluador de cada
proyecto de investigación, confiriéndole la atribución de revisar y evaluar el
proyecto de investigación.
k. La Secretaría Académica Administrativa, a través del CEIN, procederá a remitir al
Jurado Evaluador un ejemplar del proyecto de investigación, la distribución de la
resolución correspondiente y archiva el expediente. CEIN será responsable de los
expedientes archivados.
I. El Jurado Evaluador deberá llenar la Ficha de Evaluación del Proyecto de
Investigación para emitir un informe sobre el proyecto en un plazo no mayor de 10
días calendario, contados a partir de la recepción.
m. En caso que el Jurado Evaluador, no remita la Ficha de Evaluación del Proyecto de
investigación y el Informe de Evaluación del Proyecto de Investigación, en el plazo
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previsto en el inciso I), el maestrante o doctorando podrá solicitar cambio de Jurado
Evaluador, presentando un FUT a Dirección de ESPG, para la emisión de ia
resolución correspondiente. La ESPG podrá proceder al cambio de jurado de oficio,
n. Las observaciones deberán ser absueltas y presentadas dentro de ios 15 días
calendario siguientes de ser notificado el tesista vía teléfono, correo electrónico o
físicamente; caso contrario, se determinará como concluido el procedimiento
administrativo.
o. Subsanadas las observaciones el tesista presentará una solicitud, adjuntando 01
ejemplar del proyecto corregido, dirigida al Director de la Escuela de Postgrado
solicitando el levantamiento de observaciones por parte del Jurado Evaluador,
p. Si en las observaciones se contempla el cambio de título, se procederá de oficio a
emitir la resolución correspondiente,
q. El Jurado Evaluador en un plazo no mayor de 10 días calendario, contados a partir
de la recepción del proyecto corregido, procederá a dar su conformidad o no en el
Formato de informe de Evaluación del Levantamiento de Observaciones al
Proyecto. Recibido el informe favorable del Jurado Evaluador, se procederá a
disponer mediante resolución directoral, la inscripción y el registro del proyecto,
cuya responsabilidad es del CEIN de la ESPG.
r. Si el evaluador emite opinión no favorable del proyecto de investigación, el
maestrante o doctorando deberá presentar otro proyecto,
s. La presentación del primer proyecto está exento de pago. A partir del segundo
proyecto el interesado deberá abonar la tasa correspondiente.
5.20 Del procedimiento de asesoramiento
a) El CEIN de la ESPG notificará dentro de los 5 días calendario al interesado, a fin que
solicite la designación del asesor respectivo. En caso que el tesista no solicite el
asesor en el plazo de 15 días calendario de recibir la notificación, la ESPG a través de
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Secretaria Académica Administrativa emitirá resolución de oficio, designando
asesor.
b) El CEIN publicará una relación de docentes asesores de tesis y sus líneas de
investigación. El grupo de asesores de tesis debe estar constituido por ios
académicos de las maestrías y doctorados que se imparte la ESPG, y/o por
reconocidos académicos que ostenten el grado de magíster o doctor, de
nacionalidad peruana o extranjera, acreditados por la ESPG según corresponda.
c) Una vez inscrito el proyecto de investigación de maestría o doctorado, el tesista y su
asesor tendrán 06 meses, para realizar el desarrollo de la tesis. El plazo puede ser
ampliado 06 meses más, si las características de la tesis lo amerita previo informe
del asesor de tesis y a solicitud del interesado (FUT), presentado antes del
vencimiento del primer plazo establecido. Al término de los plazos mencionados si
no se presenta la tesis, el trámite volverá a foja cero, debiendo el tesista presentar
otro proyecto de investigación.
d) Para cualquier modificación en el título de la tesis, el tesista deberá presentar un
FUT solicitando cambio de título, previa aprobación del asesor, quien deberá elevar
un informe a Dirección de la ESPG; para efectos de emitir la resolución de cambio
de título en el registro correspondiente.
e) La tesis se da por concluida cuando el asesor remite a Dirección de la ESPG el
informe de finalización y conformidad del mismo, adjuntando 02 ejemplares de la
tesis debidamente refrendada por el asesor.
f) Durante el proceso de asesoramiento el docente asesor cada tres meses deberá
hacer llegar al CEIN un informe sobre el estado del asesoramiento brindado al
tesista. En el caso de no haber tomado contacto con el asesorado en el plazo
considerado en el inciso c), se dará por concluido el procedimiento de
asesoramiento, declarando en abandono el desarrollo del proyecto de investigación
mediante resolución directoral.
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i>:
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g) En caso que el tesista no sea atendido por el asesor en el plazo considerado en el
inciso c), éste podrá solicitar cambio de asesor presentando un FUT a Dirección de la
ESPG, para la emisión de la resolución correspondiente.
h) El asesor deberá presentar el Informe de Culminación de Asesora miento, con 02
ejemplares refrendados por él mismo y en base al informe. Secretaria Académica
Administrativa previa coordinación con la Dirección de la ESPG, procederá a
designar el jurado informante, a través de la resolución respectiva.
5.21 Del procedimiento de dictamen de tesis
a) Secretaría Académica Administrativa, previo examen de la documentación, según
Informe para Dictamen del CEIN, y en un plazo máximo de quince (15) días
calendario, emitirá una resolución nombrando al jurado informante.
b) El jurado informante estará integrado por dos docentes: un especialista en el tema y
un metodólogo en investigación.
c) Los miembros del jurado informante llenarán ia Ficha de Evaluación de Tesis y
emitirán su informe, en forma individual, en el Formato de Informe de Evaluación
de la Tesis dentro de los 20 días calendario, que será de conocimiento del
interesado, a fin de que proceda a solicitar fecha de sustentación. Estos informes
serán incorporados al expediente del tesista.
d) En caso que algún miembro del jurado informante, no remita la Ficha de Evaluación
de Tesis y el Informe de Evaluación de la Tesis, en el plazo previsto, el tesista podrá
solicitar cambio de jurado informante.
e) En caso de que los miembros del jurado informante plantearan observaciones al
informe preliminar de tesis, el tesista deberá absolverlas dentro de un máximo de
20 días calendario.
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f) Subsanadas ias observaciones el tesista presentará una solicitud, adjuntando el o los
ejemplares de la tesis corregida, dirigida al Director de la Escuela de Postgrado
solicitando el levantamiento de observaciones por parte del jurado informante.
g) En caso que las observaciones no sean levantadas por el tesista en el plazo
establecido, deberá asumir el valor de la tasa por ampliación de plazo para
levantamiento de observaciones, pudiendo continuar con el trámite por otros 20
días.
h) El jurado informante en un plazo no mayor de 10 días calendario, contados a partir
de la recepción de la tesis corregida, procederá a dar conformidad a la tesis en el
Formato de Informe de Evaluación del Levantamiento de Observaciones a la Tesis.
i) Recibido el informe favorable del jurado informante, el CEIN de la ESPG notificará
al interesado, a fin que solicite mediante FUT, la designación del jurado examinador
y se determine lugar, fecha y hora de sustentación. Dicha solicitud deberá ser
presentada en un plazo no mayor a 90 días calendario. Una vez vencido el plazo, si
el tesista no ha solicitado el jurado examinador deberá abonar el valor de la tasa
para solicitar ampliación por 90 días más para hacerlo.
j) El tesista deberá presentar a Secretaría de Dirección una solicitud pidiendo jurado
examinador adjuntando los siguientes requisitos:
• Copia legalizada del diploma de grado (para maestría bachiller y para
doctorado magíster).
• Certificados originales de estudios de maestría o doctorado.
• Certificado que acredite el conocimiento de un idioma extranjero a nivel
intermedio para maestría; y dos idiomas extranjeros a nivel intermedio para
doctorado, emitido por una institución reconocida.
• Recibo de derecho de grado.
• Constancia de no adeudar derechos académicos.
• Constancia de no adeudar libros expedida por la Biblioteca Central.
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• Vinifile transparente tannaño oficio.
• 03 ejemplares anillados de la tesis.
k) Secretaria de dirección derivará la solicitud con los requisitos al CEIN.
5.22 Del procedimiento de sustentación
a) El CEIN prepara el expediente de sustentación que debe contener los siguientes
documentos:
• Resolución designandojurado informante.
» Informe de Culminación de Asesoramiento.
• Informe de Evaluación de la Tesis.
Más ios requisitos presentados por el tesista señalados en el inciso j) del punto 5.21 y
lo eleva a Secretaria Académica Administrativa con el Informe para Sustentación del
CEIN.
b) Recibido el expediente y el Informe para Sustentación del CEIN, Secretaría
Académica Administrativa dará su conformidad emitiendo una resolución
designando al jurado examinador, lugar, fecha y hora de sustentación. El jurado
examinador estará conformado por tres (03) miembros titulares que ostenten el
grado de magíster y/o doctor (Presidente, Secretario, y Vocal) para el acto de
sustentación de maestría. En el caso del acto de sustentación de doctorado el jurado
examinador estará compuesto por tres (03) miembros titulares que ostenten el
grado de doctor (Presidente, Secretario y Vocal).
c) Son funciones del jurado examinador:
o Verificar que la tesis cumpla con las exigencias establecidas en la presente
Directiva.
® Calificar la sustentación y la defensa de la tesis según la escala establecida en
inciso en el punto f del procedimiento de sustentación.
® Firmar el Acta de Sustentación en tres ejemplares.
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d) El acto de sustentación y defensa de la tesis es público y se realizará según el
siguiente procedimiento;
• El Secretario del jurado dará lectura a la resolución de sustentación emitida por la
Dirección de la ESPG.
• El Presidente del jurado invitará al graduando a efectuar la exposición,
disponiendo de un tiempo no mayor de 40 minutos.
• Culminada la exposición, los miembros del jurado plantearán preguntas sobre el
fondo del tema de investigación, que deben ser absueltas satisfactoriamente por
el graduando.
• Terminadas las preguntas, objeciones y aclaraciones, el Presidente solicitará se
desocupe el ambiente de sustentación, con el objeto de la deliberación del jurado
sobre la calificación de la tesis.
8 El jurado emitirá su calificación personal y secreta de aprobación y desaprobación.
• La redacción y firma del acta de sustentación, deberá contener la calificación
respectiva.
» Concluida la deliberación, el jurado invitará al público y graduando para que
ingrese al ambiente de sustentación, para luego proceder a dar lectura a la
referida acta.
• De ser necesario los jurados plantearán las observaciones y aclaraciones que
consideren pertinentes.
• De existir observaciones, éstas deben constar en la Hoja de Observaciones del
jurado examinador, que será firmada por el jurado y el graduando. Una copia debe
entregarse al graduando para el levantamiento de las mismas, que deben ser
subsanadas dentro de los 10 días calendario siguiente a la sustentación. Una vez
vencido el plazo, si el graduando no ha presentado el levantamiento de las
observaciones deberá abonar el valor de la tasa para solicitar ampliación por 10
días más para hacerlo.
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o El acta de sustentación y calificación, por triplicado, suscrita por todos los
nniennbros del jurado y el graduando, será entregada a Secretaría de la ESPG para
su trámite correspondiente.
e) En el caso de existir observaciones, ei graduando deberá presentar una solicitud
(FUT) dirigida al Director de la ESPG, adjuntando un ejemplar de la tesis con el
levantamiento de las observaciones. El CEIN remite al Presidente del jurado
examinador, el ejemplar de la tesis corregida y copia de la Hoja de Observaciones. El
Presidente dei.jurado examinador, en un plazo de 10 días calendario de recibida la
tesis, remitirá a Dirección de la ESPG el Informe de Conformidad.
f) El jurado examinador aprueba o desaprueba la sustentación de la tesis. No existe
apelación de ningún género. El Presidente declara públicamente el resultado de la
evaluación. La calificación de la sustentación de tesis es según la siguiente escala:
® Desaprobado
• Aprobado por mayoría
« Aprobado por unanimidad
® Aprobado con excelencia y reconocimiento público por resolución directoral, a
pedido de 2 miembros del jurado.
g) En caso de desaprobación, el jurado examinador tiene la obligación de emitir un
informe detallado en la Hoja de Observaciones, ei mismo que será entregado al
graduando en el mismo acto. El graduando podrá presentar y sustentar el mismo
trabajo de tesis, por segunda y única vez, dentro de los 60 días calendario a la fecha
de sustentación, previa presentación de una solicitud dirigida al Director de la ESPG.
En caso de desaprobar en la segunda oportunidad, deberá elaborar una nueva tesis,
debiendo seguir nuevamente el procedimiento establecido en la presente Directiva.
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DISPOSICIONES FINALES
Cualquier situación no contemplada en la presente Directiva será resuelta en primera instancia por
el Director de la escuela de Postgrado, y en segunda instancia y definitiva, por el Consejo de la
Escuela de Postgrado.
Tacna, Diciembre de 2015
.J
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