Amparo vs Leyes 2014

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CONCEPTOS IMPUGNABLES CON MOTIVO DE LA REFORMA FISCAL 2014DIVISIÓN SERVICIOS JURÍDICOS

A M PA R O C O N T R A L E Y E S P O R O B L I G A C I O N E S FORMALES.

!A M PA R O C O N T R A L E Y E S T R I B U T A R I A S , P O R D E D U C C I O N E S Y B A S E S GRAVABLES.

SERVICIO DE AMPARO CONTRA LEYES TRIBUTARIAS

EL AMPARO ES UN RECURSO PARA RESOLVER CONTROVERSIAS CON MOTIVO DE NORMAS GENERALES, ACTOS U OMISIONES DE AUTORIDAD QUE VIOLEN LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS Y LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.

ALGUNAS CONTROVERSIAS ORIGINADAS POR LA REFORMA FISCAL 2014

Obligación formal de ingresar la contabilidad al portal en internet del SAT.

Condiciones y limitaciones a la deducción de prestaciones de previsión social.

No deducción de cuotas obrero pagadas por el patrón.

No deducibilidad (53%) de las prestaciones exentas pagadas a los empleados.

Limitación a la actualización del inventario en el costo de lo vendido.

Base gravable de PTU distorsionada de la base gravable del ISR.

Limitación de las deducciones personales para la personas físicas.

OBLIGACIÓN FORMAL DE INGRESAR LA CONTABILIDAD AL PORTAL DEL SAT

Disposición Controvertida:

Art. 28-IV del Código Fiscal de la Federación, y las reglas de carácter general que la regula.

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Derechos humanos y garantías constitucionales presuntamente violadas:

Privacidad. Artículo 6 Constitucional.

Mandamiento escrito. Artículo 16 Constitucional.

Desarrollo progresivo. Artículo 25 Constitucional.

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Oportunidad para presentar el amparo:

15 días a partir del acto de aplicación de la ley. (15 días hábiles siguientes a la fecha de ingresar la contabilidad al portal del SAT. La obligación de ingresar la contabilidad se tiene a partir del 30 de abril de 2015).

DEDUCCIÓN CONDICIONADA DE LA PREVISIÓN SOCIAL PARA EFECTOS

DEL ISRDisposición Controvertida:

Art. 27-XI de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 2014.

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Derechos humanos y garantías constitucionales presuntamente violadas:

Proporcionalidad y equidad. Artículo 31-V Constitucional.

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Oportunidad para presentar el amparo:

15 días a partir del acto de aplicación de la ley. (15 días hábiles siguientes a la fecha de que se presente la declaración anual. La obligación de presentar la declaración anual se tiene a más tardar el 31 de marzo para personas morales y 30 de abril para personas físicas, ambas del 2015).

NO DEDUCCIÓN DE LAS CUOTAS OBRERAS PARA EFECTOS DEL ISR

Disposición Controvertida:

Art. 28-I de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 2014.

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Derechos humanos y garantías constitucionales presuntamente violadas:

Proporcionalidad y equidad. Artículo 31-V Constitucional.

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Oportunidad para presentar el amparo:

15 días a partir del acto de aplicación de la ley. (15 días hábiles siguientes a la fecha de que se presente la declaración anual. La obligación de presentar la declaración anual se tiene a más tardar el 31 de marzo para personas morales y 30 de abril para personas físicas, ambas del 2015).

DEDUCIBILIDAD PARCIAL DE LAS PRESTACIONES EXENTAS PARA

EFECTOS DEL ISR

Disposición Controvertida:

Art. 28- XXX y 25 - X de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 2014.

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Derechos humanos y garantías constitucionales presuntamente violadas:

Proporcionalidad y equidad. Artículo 31-V Constitucional.

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Oportunidad para presentar el amparo:

15 días a partir del acto de aplicación de la ley. (15 días hábiles siguientes a la fecha de que se presente la declaración anual. La obligación de presentar la declaración anual se tiene a más tardar el 31 de marzo para personas morales y 30 de abril para personas físicas, ambas del 2015).

NO RECONOCIMIENTO DE LA ACTUALIZACIÓN DEL INVENTARIO EN EL COSTO DE LO

VENDIDO PARA EFECTOS DEL ISR

Disposición Controvertida:

Art. 39 Último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 2014.

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Derechos humanos y garantías constitucionales presuntamente violadas:

Proporcionalidad y equidad. Artículo 31-V Constitucional.

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Oportunidad para presentar el amparo:

15 días a partir del acto de aplicación de la ley. (15 días hábiles siguientes a la fecha de que se presente la declaración anual. La obligación de presentar la declaración anual se tiene a más tardar el 31 de marzo para personas morales del 2015).

BASE GRAVABLE DE PTU DISTORSIONADA DE LA BASE

GRAVABLE EN EL ISR

Disposición Controvertida:

Art. 9 Penúltimo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 2014.

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Derechos humanos y garantías constitucionales presuntamente violadas:

Proporcionalidad y equidad. Artículo 31-V Constitucional.

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Oportunidad para presentar el amparo:

15 días a partir del acto de aplicación de la ley. (15 días hábiles siguientes a la fecha de que se presente la declaración anual. La obligación de presentar la declaración anual se tiene a más tardar el 31 de marzo para personas morales y 30 de abril para personas físicas, ambas del 2015).

TRIBUTACIÓN DE LAS ESCUELAS CON RECONOCIMIENTO OFICIAL EN EL

TÍTULO II DE LA LISR

Disposición Controvertida:

Art. 79-X Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 2014.

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Derechos humanos y garantías constitucionales presuntamente violadas:

Proporcionalidad y equidad. Artículo 31-V Constitucional.

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Oportunidad para presentar el amparo:

15 días a partir del acto de aplicación de la ley. (15 días hábiles siguientes a la fecha de que se presente la declaración anual. La obligación de presentar la declaración anual se tiene a más tardar el 31 de marzo para personas morales y 30 de abril para personas físicas, ambas del 2015).

LIMITACIÓN DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Disposición Controvertida:

Art. 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir de 2014.

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Derechos humanos y garantías constitucionales presuntamente violadas:

Proporcionalidad y equidad. Artículo 31-V Constitucional.

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Oportunidad para presentar el amparo:

15 días a partir del acto de aplicación de la ley. (15 días hábiles siguientes a la fecha de que se presente la declaración anual. La obligación de presentar la declaración anual se tiene a más tardar el 30 de abril para personas físicas del 2015).

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