Post on 16-May-2020
C a r a c t e r í s t i c a s M e t o d o l ó g i c a s
EstructuraEL EJIDO EN MEXICO
Antecedentes En cuanto a su estructura territorial, el ejido está compuesto por uno o varios polígonos ejidales. Se define como polígono ejidal los linderos y superficies correspondientes a cada acción agraria o conjunto de acciones agrarias mediante las cuales se dotaron tierras a un ejido.
La ubicación de los polígonos del ejido puede presentarse en un mismo estado y municipio o en varios de estos. Los polígonos pueden estar separados físicamente y constituir unidades geográficas un tanto independientes, como se muestra a continuación:
M pio. R incón de R om os y
M plo. Pabe llón de A rteaga
L im ite M un ic ipa l
- L ím ite Ejidal
E jidoSan Lu is de Le tras P o lígono 1
Ejido ' El G a ra b a to P o lígono 3
EjidoLas A n im as P o lígono 1
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Destino de la TierraAutoridades Ejidales
El sistema agrario mexicano se conforma, durante la etapa colonial, por la asimilación de la propiedad indígena al marco jurídico español. Antes del contacto con los europeos, la diversidad de culturas se traducía en una variedad de formas de control y acceso a la tierra. En las poblaciones agrícolas de Mesoamérica, con distintas modalidades, se diferenciaban las tierras de las comunidades, las públicas y las entregadas en usufructo a los señores como prebendas derivadas del linaje o de la distinción en la guerra.
Después de diversos avatares durante la colonia y el Siglo XIX, y conforme a las transformaciones propias ocurridas en todo este tiempo, el ejido finalmente obtiene su reconocimiento legal el 6 de enero de 1915, como resultado del movimiento revolucionario que sacudió al país en la segunda década del presente siglo.
Ahora bien, la legislación agraria reformada en 1992 reconoce tres formas de propiedad rural: la ejidal, la privada y la comunal. El ejido está constituido por'e l núcleo de población integrado por los hombres y mujeres titulares de los derechos agrarios y sus tierras: entendiéndose por tierras ejidales aquellas que han sido dotadas al ejido o que se han incorporado a éste por cualquier medio lícito.
La legislación correspondiente contempla como autoridades u órganos de los ejidos a: la Asamblea, el Comi- sariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia.
Asamblea:Es el órgano supremo del ejido y en ella participan todos los ejidatarios.
Comisariado Ejidal:Organo encargado de la ejecución de los acuerdos de la Asamblea, así como la representación y la gestión administrativa del ejido. Está constituido por un presidente, un secretario y un tesorero.
Consejo de Vigilancia:Organo encargado de vigilar que los actos del Comisariado se ajusten a los aspectos legales, lo dispuesto por el reglamento interno y a los acuerdos de la Asamblea, también revisa las cuentas y operaciones del Comisariado. Está integrado por un presidente y dos secretarios, o bien por un presidente, un secretario y un tesorero.
El destino de la tierra de los polígonos ejidales puede ser de tres tipos: Asentamiento Humano, Uso Común y Tierras Parceladas, como se señala en la siguiente figura:
Tierras para el Asentamiento Humano
Tie rras Parceladas
Tierras de Uso Común
Para efectos de los trabajos técnicos del PROCEDE, cada tipo de destino de la tierra que se encuentra dentro de un polígono ejidal constituye una gran área.
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Com ité Técnicc Estatal
R econocim iento y Croqu is
2aAsamblea
Ejidal
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C e rtificac ión1 y T itulación
1aAsam blea
Ejidal
M edicióni/ Dlanr*c
Entrega
Insum os
D iagnóstico
Integración \ de
ExpedientesIndividuales
► Aprobación de Croquis
Listado de Posibles Suietos de Derecho
Aprobación de Productos Cartográficos, Delim itación, Destino y Asignación de Tierras, A probación
del Listado de Su jetos de Derecho
in tegración ae ia Com isión Auxiliar
2
P R n c e n m i e n i f l r a n i . o p e r u t i u o
Tierras para el Asentamiento Humano Por otro lado, la legislación agraria de 1992 reglamenta:
. La propiedad de las tierras dedicadas a las actividades agrícolas, pecuarias y forestales de nuestro país
. . La vida de los núcleos de población ejidales y comunales
. Las formas de relación y de asociación de los productores rurales, las instituciones gubernamentales que tendrán relación con el agro y la manera de impartir la justicia agraria
Conforme al artículo 63 de la Ley Agraria, "las tierras destinadas al asentamiento humano integran el área necesaria para el desarrollo de la vida comunitaria del ejido que esta compuesta por los terrenos en que se ubique la zona de urbanización y su fundo legal".
Tierras de Uso Común
Según lo establecido en el artículo 73 de la Ley Agraria, “las tierras de uso común constituyen el sustento económico de la vida en comunidad del ejido y están conformadas por aquellas tierras que no hubieren sido reservadas por la Asamblea para el asentamiento del núcleo de población, ni sean tierras parceladas".
Tierras Parceladas
Son los terrenos del ejido que han sido fraccionados y repartidos entre sus miembros y que se pueden explotar en forma individual, en grupo o colectivamente. Corresponde a los ejidatarios el derecho de aprovechamiento, uso y usufructo de ellos.
En síntesis, un polígono ejidal puede orientarse a uno, dos o a los tres tipos de destino de la tierra; es decir, en su interior se puede encontrar sólo tierras de uso común, parceladas o de asentamiento humano, o bien puede contener la combinación de dos o tres tipos.
EL PROCEDE
Algunas de las actividades derivadas de lo anterior se enmarcan dentro del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (PROCEDE), cuyo objetivo es la entrega de los certificados parcelarios y/o los certificados de los derechos sobre las tierras de uso común o ambos, según sea el caso, así como los títulos de los solares urbanos, en favor de los individuos que integran los ejidos del país que así lo soliciten.
El PROCEDE es un programa del gobierno federal, en donde la incorporación de los núcleos ejidales es voluntaria y completamente gratuita para los beneficiarios del mismo, entre ellos los ejidatarios, avecindados y posesionarios.
Coordinación Interinstitucional
La realización del PROCEDE demanda la conjunción del esfuerzo de varias dependencias y entidades de la administración pública federal, básicamente de la Procuraduría Agraria (PA), el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) y el Registro Agrario Nacional (RAN). La participación de cada una de ellas se encuentra normada por el Procedimiento General Operativo, cuyas etapas principales, se encuentran indicadas en la siguiente figura:
Las reformas al artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consisten en: dar certidumbre jurídica en el campo, promover su capitalización, proteger y fortalecer la vida ejidal y comunal, mediante el otorgamiento de rango constitucional a las formas de propiedad ejidal y comunal de la tierra.
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Al respecto, la PA promueve la ejecución del PROCEDE en los ejidos, garantizando la observancia de los derechos de los núcleos de población ejidal y de los ejidatarios, posesionarios y avecindados.
El INEGI, como se indicó anteriormente, realiza los trabajos técnico-operativos de identificación, ubicación geográfica precisa y medición de los linderos y superficies de las tierras ejidales, así como los relativos a la generación de la cartografía respectiva.
El RAN, por su parte, formaliza la regularización de la tenencia de la tierra, mediante el registro, control y expedición de los certificados y títulos correspondientes, garantizando su seguridad documental.
Las actividades se llevan a cabo bajo la coordinación de la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA).
TRABAJOS TECNICO-OPERATIVOS
Para el INEGI, estas actividades implican una cobertura potencial de medición de más de 103 millones de hectáreas, el 53% del territorio mexicano, y la generación de aproximadamente 10 millones de productos cartográficos, a diferentes escalas, según el tamaño del predio a representar.
Los trabajos de levantamiento y la elaboración de la cartografía correspondiente se realizan en forma descentralizada, en todas y cada una de las entidades federativas del país.
Los trabajos técnicos se apegan a un estricto marco normativo estipulado en diversos documentos, entre otros:
. Las Normas Técnicas para la Delimitación de ias Tierras al Interior del Ejido, emitidas por el RAN
. 56 manuales técnicos para las Operaciones de Campo
. 56 manuales técnicos de Cartografía y Automatización
. Acuerdos del Comité de Normatividad Técnica y Cartografía Catastral, el cual está conformado por especialistas en la materia de la PA, el RAN y el INEGI
. Acuerdos del Comité Operativo Nacional del PROCEDE, integrado por representantes de las tres instituciones involucradas
Medición de las Tierras Ejidales
En la obtención de los datos referentes a la identificación, ubicación y medición de los límites y superficies ejidales se aplican dos métodos de levantamiento: el directo y el indirecto.
Método directo.- Consiste en el levantamiento geodésico y/o topográfico que comprende el recorrido físico por el ejido para determinar las coordenadas geodésicas de puntos situados sobre la superficie, apoyándose en procedimientos tradicionales y en la utilización de equipos de alta tecnología, como Estaciones Totales y receptores GPS (Global Position System).
Método indirecto o aerofotogramétrico.- En donde se utiliza material fotogramétrico a escala detallada, a efecto de identificar y ubicar los vértices del terreno.
Un apoyo importante en estas actividades lo constituye una nueva fuente de información: la Red Geodésica Nacional Activa (RGNA), la cual, a través de 14 estaciones GPS fijas, ubicadas estratégicamente, permite la cobertura total del país, por medio del rastreo de satélites y el registro de los datos de manera continua, las 24 horas del día, los 365 días del año. La RGNA es un marco de referencia integral con el cual se relacionan los trabajos de medición de las tierras ejidales.
Cédulas de Información
Adicionalmente a la obtención de los datos geodésicos y/o topográficos, se recolecta información sobre los atributos del ejido en su conjunto, y de manera particular sobre cada vértice geodésico, tipo de terreno (área de asentamiento humano, solar urbano, área parcelada, etcétera) y de los posibles sujetos de derecho. Los instrumentos para captar estos datos son las 14 cédulas que se aplican en campo, durante el período de levantamiento, las cuales pueden consultarse en el anexo que se encuentra en la parte final de esta publicación y que son:
CLAVE TIPO
C.1.0 Información de Vértices Geodésicos Puntos GPS
C.1.1 Registro de Observaciones Puntos GPS C.1.2 Registro de Observaciones para Métodos
Estático Rápido, Cinemático y Pseudocinemático
C.2.0 Información General al Interior del Ejido C.3.0 Información de Tierras de Uso Común C.3.1 Ejidatarios con Derechos sobre Tierras de
Uso Común C.4.0 Información de Tierras Parceladas C.4.1 Relación de Parcelas y Ejidatarios C.5.0 Información Parcelaria C.6.0 Información del Area del Asentamiento
Humano
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da, se convierten en insumos para que a partir de éstos, se generen los productos cartográficos requeridos por el PROCEDE, los cuales son:
. Plano interno del ejido
. Plano de tierras de uso común
. Plano de tierras de explotación colectiva
. Plano de asentamiento humano
. Plano de parcela individual
. Plano de solar urbano individual
Centros de Cartografía Automatizada (CENCA)
C.6.1 Relación de Solares de Servicios Públicos C.7.0 Información de Solares Urbanos C.8.0 Información de Tierras de Explotación
ColectivaC.8.1 Ejidatarios con Derechos sobre Tierras de
Explotación Colectiva
Es importante señalar que, salvo los datos considerados en los primeros tres tipos de cédulas (1.0, 1.1 y 1.2), en las 11 restantes gran parte de la información recopilada es producto de la entrevista personal que sostienen las brigadas del INEGI con cada uno de los integrantes del ejido. Al respecto, además de los datos personales de los posibles sujetos de derecho (edad, lugar de nacimiento, estado civil, ocupación, etcétera) los correspondientes a la clase de tierra y uso actual del suelo de los ejidos, dependen únicamente de lo declarado por el informante.
La información captada constituye una fuente que alimenta los Tabulados Básicos Ejidales aquí presentados.
Para la integración, procesamiento y obtención de resultados, a partir de los grandes volúmenes de datos provenientes del operativo de campo o de otros procesos intermedios, el INEGI estableció 33 Centros de Cartografía Automatizada, distribuidos estratégicamente en el país (uno a nivel central, 10 a nivel regional y 22 a nivel estatal, de acuerdo con la estructura descentralizada del Instituto).
Tratamiento de la información SISTEMA DE INFORMACION DE LA CARTOGRAFIA EJIDAL ÍSICE1
Antes de concluir las tareas en campo, la información recolectada es sometida a diversos tratamientos, tanto manuales como automatizados, con la finalidad de darle las características necesarias en cuanto a consistencia, calidad y precisión requeridas en las Normas Técnicas.
A partir de la recepción de los datos provenientes del levantamiento en campo, se llevan a cabo, dentro de los CENCA, una serie de actividades estructuradas en el SICE con el cual se asegura y controla el procesamiento automatizado en ia elaboración de la cartografía ejidal y otros productos derivados, entre ellos los Tabulados Básicos Ejidales.
ELABORACION DE LA CARTOGRAFIA EJIDAL
Al concluir las actividades de campo en cada ejido, los datos obtenidos y la documentación técnica recopila-
El flujo de la información dentro del SICE se muestra en forma general a continuación:
s e t e n i o d e w m r n m d e l o E n m o n o e j i d a l
ARCHIVOS DXF,
ARCHIVOS CGP
r ARCHIVOS FOT QGRAMFT RICOS ^ ,
oin it ai é-s
DOCUMENTACION DE CAMPO
CROQUIS Y BITACORA
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BASE DE DATOS GRAFICA TABULAR
FOTOMAPAS
CEDULAS DE INFORMACION
RELACION DE POSIBLES I SUJETOS DE DERECHO I >
EXPEDIENTE ► FINAL
C RESPUESTAS A CONSULTAS DE USUARIOS
CARTOGRAFIATEMATICA
TABULADOSBASICOSEJIDALES
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Información de Entrada . Superficie ejidal en hectáreas, según destino de la tierra
. Cuantificación de los polígonos ejidales, según destino de la tierra, por grupo de superficie, para los cuales se han establecido nueve rangos con intervalos de 500 hectáreas
. Cuantificación de las grandes áreas, según destino de la tierra, por grupo de superficie, el cual se representa en intervalos de 50 hectáreas
. Cuantificación de parcelas y solares
. Cuantificación de asentamientos humanos, manzanas y solares
. Distribución porcentual del uso actual del suelo, en uso común y área parcelada, dividido en cinco apartados:
a) Agrícolab) Ganaderoc) Agropecuariod) Forestale) Otros usos
. Distribución del uso actual del suelo en los solares del asentamiento humano, dividido en ocho apartados:
a) Habitacionalb) Industrialc) Comerciald) Servicios Públicose) Mixtof) Baldíog) Reserva de crecimientoh) Otro
. Distribución porcentual de la clase de tierra de uso común y área parcelada, dividido en cinco apartados:
a) Riego o humedad de primerab) Temporalc) Agostadero de buena calidadd) Monte o agostadero en terrenos áridose) Infraestructura y otros
. Cuantificación de servicios públicos en áreas parceladas y asentamientos humanos
Los diez cuadros restantes describen los posibles sujetos de derecho a un nivel municipal, en los aspectos de:
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Los cuadros se presentan en orden consecutivo y de lo general a lo particular. Así, los primeros doce muestran a un nivel de desagregación municipal, aspectos relevantes del ejido y de sus áreas al interior como:
. Total de núcleos ejidales y con cartografía entregada a la PA/RAN para su certificación y titulación
UTILIDAD DE LA INFORMACION
Descripción de los cuadros
Generación de Tabulados
A partir de la información resultante de los procesos de producción cartográfica y de las cédulas de campo almacenada en la base de datos gráfico-tabular, y a través de un componente del SICE, el Sistema de Información de Cédulas (SICED), se elaboran los tabulados aquí mostrados. La validación y verificación de la consistencia de los datos son acciones constantes en todo este proceso.
La conformación y presentación de los Tabulados Básicos Ejidales han sido posibles debido a la decidida participación de los niveles estatal, regional y central del área de Cartografía Catastral del INEGI.
El sistema inicia con la recepción y validación de datos provenientes de estaciones totales y receptores GPS, archivos fotogramétricos digitales, documentación de campo entre ella los croquis a mano alzada y las bitácoras, fotomapas, así como las cédulas de información y relaciones de posibles sujetos de derecho.
Procesamiento
Mediante diversos métodos de procesamiento y estructuras de almacenamiento en la base de datos gráfico-tabular, el SICE recibe, ordena, valida, procesa y genera nueva información, con la cual crea las condiciones necesarias para responder a múltiples requerimientos de información.
Información de Salida
Los resultados de la explotación de la base de datos gráfico-tabular se traducen en diferentes alternativas, entre otras: los productos cartográficos indispensables para las acciones de certificación y titulación de las tierras ejidales, que integran parte del expediente final que se entrega a la PA y al RAN; cartografía temática ejidal y los Tabulados Básicos Ejidales.
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debido a la creación de nuevos municipios, la desaparición de otros o el cambio de nombre de algunos más.
El cuadro 1 identifica el universo de ejidos según el Catálogo Interinstitucional de Núcleos Agrarios (CIÑA), y el conjunto de éstos que, a la fecha de corte, contaban con cartografía ya entregada a la PA/RAN para su certificación y titulación.
El cuadro 2 muestra la superficie, en hectáreas, resultado de los procesos de medición y de producción cartográfica, de los tres tipos de destino de la tierra al interior de los núcleos ejidales (uso común, parcelada y asentamiento humano). Durante 1993 principalmente, en contados ejidos del país se identificó un destino más: la explotación colectiva, sin embargo, al tratarse legalmente de una forma más que se clasifica dentro del uso común, se agregaron a este último tipo los datos correspondientes.
El cuadro 3 permite apreciar los polígonos ejidales conforme al destino de la tierra. Para tal caso, se debe considerar que si bien un polígono puede estar orientado a un solo destino específico, también en su interior puede tener dos o los tres tipos de destino señalados (uso común, parcelada o asentamiento humano), de ahí la desagregación de las columnas del cuadro.
El cuadro 4 muestra el destino de la tierra por gran área. En este caso, en virtud de que cada gran área está orientada a un destino específico de la tierra, no se presentan las combinaciones evidentes en el cuadro anterior.
Los cuadros 7, 8, 10 y 11 expresan los datos correspondientes al uso actual del suelo y a la clase de tierra, sólo en porcentajes, en virtud de que es en esta forma como se captan en las cédulas respectivas.
El cuadro 13 incluye el número de posibles sujetos que solamente cuentan con derechos de uso común, parcelas o solares, así como de aquellos que poseen dos o los tres tipos de destino de la tierra señalados.
El cuadro 14 excluye a los posibles sujetos que únicamente cuentan con derecho a uso común, dado que la cédula correspondiente (3.1) no recaba el dato de ocupación.
Los cuadros 15, 16, 17 y 18 señalan los posibles sujetos de derecho que cuentan con parcela y aquellos que, además de poseer este tipo de predio tienen solar y/o derechos de uso común. El total obtenido corresponde a la suma de las columnas "SOLO PARCELAS", “USO COMUN Y PARCELAS", "PARCE-
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. Cuantificación de los posibles sujetos de derecho con uso común, parcelas y solares
. Clasificación de ocupaciones de los posibles sujetos de derecho con parcela y/o solar, según los grupos principales de la Clasificación Mexicana de Ocupaciones
. Cuantificación de los posibles sujetos de derecho con parcela y solar, según sexo y grupos de edad, para lo cual se han establecido siete rangos
. Cuantificación de los posibles sujetos de derecho con parcela y solar, según estado civif y lugar de nacimiento
. Cuantificación de los posibles sujetos de derecho, según cantidad de parcelas y solares
Precisiones sobre la Información de los Tabulados Básicos Ejidales
Al consultarse la presente obra, el usuario debe tomar en cuenta lo siguiente.
Los datos mostrados en este documento corresponden esencialmente a los captados por el INEGI en su operativo de campo y a los obtenidos en sus procesos de producción cartográfica ejidal.
Esta información es la definitiva para el Instituto, en relación a las acciones que le competen dentro del Procedimiento General Operativo del PROCEDE', sin embargo, puede no ser idéntica para cada ejido con respecto a los datos arrojados al final del programa, dado que la certificación y titulación, como fase última de éste, corresponde por ley al RAN. En tal sentido, el lector debe considerar que aún cuando el INEGI hubiera entregado todos los materiales cartográficos de un determinado ejido a la PA/RAN, esto no significa que necesariamente todo el conjunto se vaya a certificar y titular. Existen requisitos jurídicos que no siempre cumplen los posibles sujetos de derecho, lo cual imposibilita que los resultados de certificación y titulación abarquen la totalidad del universo en cuestión.
Por lo anterior, en los cuadros en donde aparece la columna de ejidos, el término se refiere a aquellos con cartografía entregada a la PA/RAN para su certificación y titulación, y cuando se aborda a los sujetos de derecho se antepone el término de posibles, pues sólo la Asamblea ejidal puede otorgar dicho reconocimiento.
El orden de los municipios corresponde a su clave, el cual no coincide estrictamente con el orden alfabético,
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LAS Y SOLARES", "USO COMUN, PARCELAS Y SOLARES" del cuadro 13.
DIFUSION DE LOS RESULTADOS
La difusión de resultados es una tarea de especial prioridad para el INEGI. Por las características mismas del PROCEDE, en el cual la incorporación de los ejidos no se realiza en una fecha fija sino que se efectúa conforme lo determinan voluntariamente sus respectivas Asambleas, se ha adoptado una estrategia de actualización anual, lo cual conlleva a que en cada período, los datos presentados en los diferentes cuadros de la publicación varíen.
Los cuadros 19, 20, 21 y 22 indican los posibles sujetos de derecho que cuentan con solar y aquellos que, además de poseer este tipo de predio, tienen parcela y/o derechos de uso común. El total obtenido corresponde a la suma de las columnas "SOLO SOLARES", "USO COMUN Y SOLARES", "PARCELAS Y SOLARES" y "USO COMUN, PARCELAS Y SOLARES" del cuadro 13.
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* Fuente: Catálogo Interinstitucional de Núcleos Agrarios (CIÑA) actualizado al 31 de diciembre de 1997La ubicación de los ejidos considerados en esta publicación corresponde al de su respectiva ubicación geográlica. entendiéndose por este término a la referenciación del núcleo ejidal según el municipio donde se encuentra la mayor superficie de i polígono de la primera acción agraria con la que fue dotado. Ello puede variar con lo señalado en la resolución presidencial del ejido, a consecuencia del dinamismo presentado en la delimitación municipal del país, tior 'a creación de nuevos municipios, la desaparición de otros o el cambio de nombre de algunos más.
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CUADRO 1EJIDOS DE LA ENTIDAD Y CON CARTOGRAFIA ENTREGADA PARA SU CERTIFICACION Y TITULACION POR MUNICIPIO
EJIDOS
TOTAL* CON CARTOGRAFIA ENTREGADA
MUNICIPIO
CHIHUAHUA
AHUMADAALDAMAALLENDEAQUILES SERDANASCENSIONBACHINIVABALLEZABATOPILASBOCOYNABUENAVENTURACAMARGOCARICHICASAS GRANDESCORONADOCOYAMECRUZ, LACUAUHTEMOCCUSIHUIRIACHICHIHUAHUACHINIPASDELICIASDOCTOR BELISARIO DOMINGUEiGALEANASANTA ISABELGOMEZ PARIASGRAN MORELOSGUACHOCHIGUADALUPEGUADALUPE Y CALVOGUAZAPARESGUERREROHIDALGO DEL PARRALHUEJOTITANIGNACIO ZARAGOZAJANOSJIMENEZJUAREZJULIMESLOPEZMADERAMAGUARICHIMANUEL BENAVIDESMATACHIMATAMOROSMEOQUIMORELOSMORISNAMIQUIPANUEVO CASAS GRANDESOCAMPOOJINAGAPRAXEDIS G GUERRERO RIVA PALACIO ROSALES ROSARIOSAN FRANCISCO DE BORJASAN FRANCISCO DE CONCHOSSAN FRANCISCO DEL OROSANTA BARBARASATEVOSAUCILLOTEMOSACHITULE. ELURIQUEURUACHIVALLE DE ZARAGOZA
NGUEZ
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