COMO ACTUAR ANTE UNA INMINENTE DETENCIÓN POR PARTE DE ... · el motivo de su ingreso. " En caso de...

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COMO ACTUAR ANTE UNA INMINENTE DETENCIÓN POR PARTE DE POLICÍA JUDICIAL

Mtra. ALEJANDRA Y. ROMO DÁVILA Directora General

“La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los

cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra y el mar encubre; por la

libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida….”

(Don Quijote de la Mancha)

DETENCIÓN

q  Es una privación de la libertad. q  Limitación de derechos. q Medida de carácter cautelar de tipo personal. q  134 y 134 bis del Código de Procedimientos

Penales para el Distrito Federal. q  Es efectuada por Policía Judicial a solicitud del

Ministerio Público. q  Procede cuando se presume la existencia de

elementos constitutivos de un delito.

FLAGRANCIA

q  Art. 267 CPPDF. q  Se da cuando la persona es detenida en el momento

de estarlo cometiendo, o bien cuando el inculpado es perseguido material e inmediatamente después de ejecutado el delito.

FLAGRANCIA EQUIPARADA

q  Art. 267 CPPDF. q  Cuando la persona es señalada como responsable por la

víctima, algún testigo presencial de los hechos o quien hubiera participado con ella en la comisión del delito; o se encuentre en su poder el objeto, instrumento o producto del delito; o bien cuando aparezcan huellas o indicios que hagan presumir fundadamente su participación en el delito; siempre y cuando se trate de un delito grave así calificado por la ley, no haya trascurrido un plazo de 72 hrs.

DE LOS DERECHOS DEL MÉDICO ANTE LA DETENCIÓN

q  Art. 20 Constitucional Apartado “B”. q  No declarar. q  A saber los motivos de su detención. q  NO estar incomunicado. q  Derecho a un abogado. q  A NO ser torturado o golpeado. q  A NO ser esposado si no opone resistencia. q  A que NO ingresen por Usted con lujo de violencia a

ningún lugar privado que no se le permita el acceso

¿CÓMO ACTÚO?

ES FUNDAMENTAL…

Ø  Comunicarse inmediatamente con un experto en la materia.

Ø  Al conocimiento de la presencia de Policía Judicial dentro del inmueble, sin ser visto tratar de investigar el motivo de su ingreso.

Ø  En caso de ser una detención, evite ser visto y parta con rumbo desconocido o donde no lo puedan ubicar.

Ø  Una vez en su domicilio NO salga por motivo alguno. Ø  TRAMITAR UN AMPARO INDIRECTO de manera

INMEDIATA, contra la orden de aprehensión, detención o comparecencia.

PREGUNTAS

GRACIAS

Mtra. Alejandra Y. Romo Dávila

24 hrs. 46076138 (nex) 0445559308216 (cel)

a.romo@inadem.org.mx www.inadem.org.mx

“lealtad, seguridad y confianza”