LEY NOVENA DE 1.979 Codigo Sanitario Nacional Titulo III Salud Ocupacional- Art. 80 al 154. Titulo...

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MARCO LEGAL SALUD OCUPACIONAL.

LEY NOVENA DE 1.979Codigo Sanitario NacionalTitulo III Salud Ocupacional- Art. 80 al 154.Titulo IV Saneamiento de edificacionesTitulo XI vigilancia y control.

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Resolucion 2400 de 1.999Minprotección. Estatuto de Seguridad Industrial. Por la cual se establecen disposiciones sobre vivienda, Higiene y Seguridad en los establecimientos de trabajo.con el fin de preservar y mantener la Salud Física y mental, prevenir accidentes y enfremedades profesionales.

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Resolucion 2413 de 1.979

Codigo de Higiene y Seguridad en la Construcción.

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Decreto 614 de 1.984

Bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el Pais.

Establece responsabilidaddes del sector Público, de los empleadores y de los trabajadores en el País.

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Decreto 1335 de 1.987

Reglamento de Seguridad en Labores subterraneas.

Es de gran extención.

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Resolucion 2013 de 1.986 Minprotecciòn.

Organización y funcionamiento de los Comites Paritarios de Medicina Higiene y Seguridad Industrial.

Todas las empresas Publicas o Privadas con mas de 10 trabajadores estan obligadas a conformar el COPASO.

Igual numero de representantes del empleador y de los trabajadores, con los suplentes.

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Resolucion 2013 de 1.986 Minprotección

Conformacion:De 10 – 49 trabajadores un

representante por cada una de las partes.

De 50- 499 trabajadores dos representantes por cada una de las partes.

De 500- 999 trabajadores tres representantes por cada una de las partes.

De 1.000 a mas trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.

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Resolucion 2013 de 1.986 Minprotección.

El empleador nombrara directamente sus representantes al Cómite, y los trabajadores eligen mediante votación libre.

Reelección cada dos años.El empleador designara al presidente

y el Cómite en plejo eligirá al secretario.

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Resolucion 2013 de 1.986

Minprotección.El COPASO es un organismo de promoción

y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional dentro de la empresa, no se ocupará por lo tanto de tramitar asustos referentes a la relación contractual- Laboral, los problemas de pesonal, disciolinarios o sindicales se ventilan en otros organismos.

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Resolucion 2013 de 1.986 Minprotección.

Funciones:Proponer a la Empresa la adopción de

medidas y desarrollo de actividades que procuren y mantengan la Salud en los lugares de trabajo.

Proponer y participar en actividades de capacitación en Salud Ocupacional a los trabajadores.

Visitar periodicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, maquinas, equipos para detectar factores de riesgo y sugerir medidas correctivas y de contro.

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Resolucion 2013 de 1.986 Minprotección.

Servir de organismo de coordinación entre el empleador y los trabajadores en la solución de problemas relativos a la Salud Ocupacional.

Mantener un archivo de las actas de las reuniones.

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Resolucion 2013 de 1.986 Minprotección.

Obligaciones del Empleador:

Propiciar la elección de los representantes de los trabajadores al cómite.

Disignar sus representates y al presidente.Estudiar las recomendaciones emanadas

del Cómite.

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Resolucion 2013 de 1.986 Minprotección.

Obligaciones de los Trabajadores:Elegir libremente sus representantes al

Cómite.Cumplir las normas de Medicina, Higiene y

Seguridad Industrial y los Reglamentos e instrucciones de servicios ordenados por el Empleador.

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Resolución 1016 de 1.989 Minprotección.

Reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el Pais.

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Resolución 1016 de 1.989 Minprotección

Todos los empleadores, públicos, privados, oficiales, contratistas y subcontratistas.

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Resolución 1016 de 1.989 Minprotección :

Programas de Salud Ocupacional tiene 3 modalidades.

• Propio.• Compartido• Contratado. ( no implica trasladar la

responsabilidad).

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Resolución 1016 de 1.989 Minprotección

Requisitos: Documentado Dirigido a los riesgos de la empresa Firmado per el representate Legal Actualizado permanentemente Con recursos propios asignados. Cobertura en todos los turnos, centros de

trabajo y a todos los empleados.

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Resolución 1016 de 1.989 Minprotección

Programa de Salud Ocupacional:

Medicina Preventiva. Medicina del Trabajo. Higiene y Seguridad Industrial. Comité Paritario de Salud Ocupacional.

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Resolución 1016 de 1.989

MinprotecciónRequisitos mínimos: Listado de materias primas. Agentes de riesgos (ubicación). Trabajadores expuestos a agentes de

riesgo. Evaluación de agentes de riesgo.y

sistemas de control. Elemnetos de proteccion personal

entregados.

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Resolución 1016 de 1.989 Minprotección

Requisitos mínimos: Estadisticas y analisis de ATEP. Estadisticas de ausentismo laboral. Cumplimiento de programas de

educación y entrenamiento. Planes de emergencias y actas.

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Resolución 1016 de 1.989 Minprotección

Indicadores para evaluación: Indices de Frecuencia y Severidad de

AT. Tasa de ausentismo general, por ATEP y

por EG. Grado de cumplimineto de

Cronogramas de Salud Ocupacional.

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Resolución 1016 de 1.989 Minprotección

Actividades en Medicina Preventiva art 10 Actividades en Higiene y Seguridad

Industrial art. 11 Actividades del COPASO art. 12 y 13