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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL
INSTITUTO TABASQUEÑO DE TRANSPARENCIA
Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Elaboró:
Fernando de los Santos Rodríguez Director de Administración y Finanzas
Validó:
M. A. Gilda María Berttolini Díaz Consejera Presidenta
Fecha de elaboración: Villahermosa, Tabasco, Octubre de 2010.
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 2
COLABORARON.
Evangelina Andrade Rodríguez.
Karla Cantoral Domínguez.
José Antonio Bojórquez Pereznieto.
Juan Raymundo de los Ángeles Gómez Ramírez.
José Jesús Ornelas Álvarez.
Alberto Sánchez Rodríguez.
Susana Jiménez Magaña.
María Dolores Luna Posada.
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 3
PARTICIPARON EN LA ACTUALIZACIÓN
Gilda María Berttolini Díaz.
Arturo Gregorio Peña Oropeza.
Benedicto de la Cruz López.
Karla Cantoral Domínguez.
José Antonio Bojórquez Pereznieto.
Juan Raymundo de los Ángeles Gómez Ramírez.
Rita Ofelia Contreras Martínez de Escobar.
Fernando de los Santos Rodríguez.
María Dolores Luna Posada.
Susana Jiménez Magaña.
Dámaso Sanz Latournerie.
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 4
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. INTRODUCCIÓN 5
II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS 5
III. MARCO JURÍDICO 6
IV. ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO 7
V. ORGANIGRAMA 10
VI. ESTRUCTURA ORGÁNICA 11
VII. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL 12
MISIÓN
VISIÓN
VALORES
VIII. OBJETIVOS Y FUNCIONES 14
BIBLIOGRAFÍA 39
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 5
I. INTRODUCCIÓN.
Este Manual de Organización es una herramienta administrativa que contiene información
actualizada de la estructura y las funciones de las unidades administrativas que integran el
Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y tiene como propósito
establecer el ámbito de competencias en función del cumplimiento de los objetivos del Instituto;
conjuntamente servirá como guía y consulta para el personal de las diferentes unidades
administrativas que lo componen.
Se efectuarán revisiones a este documento con el propósito de implementar las modificaciones
que se presenten en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de
Tabasco y su reglamento, así como en el reglamento interior y/o la estructura orgánica del
Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS.
La ley de Transparencia y Acceso Información Pública del Estado de Tabasco fue publicada el 10 de
febrero del año 2007, bajo el decreto 229, suplemento 6723 “C”, del Periódico Oficial del Estado,
en donde se contempla la creación del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la
Información Pública.
Los Consejeros del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
fueron nombrados dentro de los dos meses siguientes a la publicación de la ley en el Periódico
Oficial del Estado de fecha 21 de abril del 2007, suplemento 6743 “E”.
Los Consejeros del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
tomaron protesta ante el H. Congreso del Estado el día 1 de mayo del 2007. Con fecha 24 de
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 6
agosto de 2009 uno de los Consejeros Propietarios presentó su renuncia, asumiendo el cargo el
Consejero Suplente el día 27 del mismo mes y año, tal como lo indica el artículo 22, párrafo V de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Tabasco.
El Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública es un Organismo con
personalidad jurídica y patrimonio propio y con plena autonomía para el desarrollo de sus
funciones, que dio inicio a sus operaciones el día 2 de mayo del año 2007; cuyos objetivos desde su
creación son la promoción, difusión, investigación, protección y respeto al derecho de acceso a la
información pública y a la protección de datos personales; contribuir a mejorar la calidad de vida
de las personas y el sistema de gobierno democrático; fomentar la participación comunitaria;
garantizar el principio de máxima publicidad y promover la eficiencia en la organización,
clasificación, manejo, resguardo y transparencia de la información pública.
El Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco,
fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 30 de junio del 2007, en el suplemento 6763
“D”.
El día 8 de enero del 2008 el Consejo del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la
Información, aprobó en sesión del Pleno el reglamento interior del Instituto, enviándose en el
mismo mes al titular del Poder Ejecutivo del Estado para su publicación, el cual dio origen al
presente Manual.
III. MARCO JURÍDICO.
CONSTITUCIÓN.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco.
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LEYES.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Ley del Instituto de Seguridad Social para el Estado de Tabasco.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tabasco.
Ley Estatal de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público.
Ley de Archivos Públicos del Estado de Tabasco.
REGLAMENTOS.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.
Reglamento Interior del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Reglamento del Comité de Compras del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la
Información Pública.
PLANES.
Plan Estatal de Desarrollo.
IV. ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO.
Artículo 23 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.
Son atribuciones del Instituto:
I. Vigilar el cumplimiento de la presente Ley; para su exacta observancia;
II. Proponer al Poder Ejecutivo, el proyecto de Reglamento de esta Ley y sus
modificaciones posteriores;
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III. Conocer y resolver los recursos que se interpongan contra los actos y resoluciones
dictadas por los Sujetos Obligados con relación a las solicitudes de acceso a la
información;
IV. Establecer los plazos para la rendición de informes y realizar diligencias;
V. Llevar a cabo, a petición de parte, investigaciones con relación a quejas sobre el
incumplimiento de la presente Ley;
VI. Proponer criterios para el cobro por los materiales utilizados en la reproducción o
copiado de la información pública solicitada;
VII. Ordenar a los Sujetos Obligados que proporcionen información a los solicitantes en los
términos de la presente Ley;
VIII. Garantizar el debido ejercicio del derecho de protección de datos personales;
IX. Establecer los lineamientos y políticas generales para el manejo, mantenimiento,
seguridad y protección de los datos personales;
X. Celebrar convenios y dar su debido seguimiento con los organismos federales y
estatales que cuenten con centros o institutos de investigación en materia de derecho
de acceso a la información pública;
XI. Gestionar y recibir fondos de organismos nacionales e internacionales, para el mejor
cumplimiento de sus atribuciones;
XII. Realizar los estudios e investigaciones necesarias para el buen desempeño de sus
atribuciones;
XIII. Organizar seminarios, cursos y talleres que promuevan el conocimiento de la presente
Ley y las prerrogativas de las personas derivadas del derecho de acceso a la información
pública;
XIV. Elaborar y publicar manuales, estudios e investigaciones para socializar y ampliar el
conocimiento sobre la materia de esta Ley;
XV. Elaborar su proyecto de presupuesto anual, el cual será enviado al titular del Ejecutivo
Estatal para que lo integre al Proyecto de Presupuesto General de Egresos del Estado;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 9
XVI. Resolver sobre la enajenación o gravamen de los bienes que integran el patrimonio del
Instituto;
XVII. Designar a los servidores públicos a su cargo;
(REFORMADO EN EL SUPLEMENTO “B” AL PERIÓDICO OFICIAL 6814 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2007)
XVIII. Expedir su reglamento interior y demás normas internas de funcionamiento;
(REFORMADO EN EL SUPLEMENTO “B” AL PERIÓDICO OFICIAL 6814 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2007)
XIX. Celebrar convenios y acuerdos, para el debido cumplimiento del objeto de esta ley;
(ADICIONADO EN EL SUPLEMENTO “B” AL PERIÓDICO OFICIAL 6814 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2007)
XX. Interpretar esta Ley; y
ADICIONADO EN EL SUPLEMENTO “B” AL PERIÓDICO OFICIAL 6814 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2007)
XXI. Dictar las medidas necesarias para el mejor funcionamiento del Instituto.
El Instituto, para el mejor desempeño de sus funciones, deberá establecer relaciones de
cooperación y coordinación con los Sujetos Obligados; para tal efecto expedirá las normas de
operación y lineamientos pertinentes, con el propósito de establecer formatos sencillos,
entendibles y claros para la consulta expedita de la información difundida por los Sujetos
Obligados.
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V. ORGANIGRAMA.
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VI. ESTRUCTURA ORGÁNICA.
Pleno;
Órgano de Gobierno;
Consejero Presidente;
Consejeros Propietarios;
Proyectistas de los Consejeros;
Secretaría Ejecutiva;
Proyectista de la Secretaría Ejecutiva;
Órgano de Control Interno;
Unidad de Archivo;
Coordinación de Archivos;
Dirección Jurídica Consultiva;
Subdirección de Estudios Normativos;
Unidad de Acceso a la Información;
Notificador;
Dirección de Capacitación, Vinculación y Difusión;
Coordinación de Atención a la Sociedad y Relaciones Institucionales;
Dirección de Administración y Finanzas;
Subdirección de Recursos Financieros y Presupuestales;
Dirección de Informática;
Coordinación de Sistemas y Digitalización;
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VII FILOSOFÍA INSTITUCIONAL.
MISIÓN.
El Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la información Pública es un Órgano Público
autónomo, que garantiza la transparencia, el estricto cumplimiento de la ley en la materia y el
derecho de acceso a la información pública, la promoción, difusión e investigación, así como la
protección de datos personales, a través del fomento a la cultura de apertura informativa,
conforme al principio de máxima publicidad.
VISIÓN.
Ser un Órgano Público autónomo garante del derecho de acceso a la información pública, impulsor
de acciones que permitan materializar y posicionar al Instituto con excelencia reconocida a nivel
estatal, nacional e internacional, a través del cual se asegure que la población tenga acceso a la
información, a la transparencia en el ejercicio de la función pública, coadyuvar a la rendición de
cuentas, a la democratización y confianza de la sociedad, así como a la plena vigencia del Estado de
Derecho.
VALORES.
En el cumplimiento de sus atribuciones y el desempeño de sus funciones, el Instituto Tabasqueño
de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se regirá por valores sustentados en la
transparencia y el ejercicio del derecho de acceso a la información.
LEGALIDAD.
El servidor público debe conducirse con estricto apego a las normas jurídicas que tutelan la función
que desempeña; conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas que regulen el
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ejercicio de sus funciones le permitirán respetar el Estado de Derecho con responsabilidad, para
garantizar a la ciudadanía el derecho de acceso a la información pública.
LEALTAD.
Es asumir el compromiso de fidelidad y honor, actuando siempre en bien del Instituto. La lealtad es
un corresponder, una obligación que tiene el servidor público al haber obtenido algo provechoso,
es un compromiso a defender lo que creemos con legalidad y verdad.
IMPARCIALIDAD.
La imparcialidad debe ser entendida como la capacidad que tiene el servidor público de juzgar y
proceder a favor o en contra de personas o cosas, cuando no se tiene un designio anticipado o de
prevención de los hechos que se den en la aplicación de sus funciones.
EFICIENCIA.
Es una virtud y facultad que los servidores públicos poseen en el desempeño de sus funciones, para
alcanzar los objetivos institucionales con apego a la normatividad que los rige, para cumplir con los
procedimientos establecidos, alcanzando altos niveles de reconocimiento social y racionalidad en
la aplicación de los recursos.
PROFESIONALISMO.
El profesionalismo forma parte del servidor público, éste debe contar con una actitud permanente
de colaboración hacia los demás con un alto sentido ético y de responsabilidad en el trabajo, así
como en el medio en que se desempeña, debe además conducirse con una actitud sensible y
solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad y a los servidores públicos con quienes interactúa.
PROBIDAD.
El servidor público debe obtener el reconocimiento de la sociedad por la honradez en su
desempeño, dando a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante, está obligado a
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reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la
condición humana.
VIII. OBJETIVO Y FUNCIONES.
PLENO.
Objetivo:
Vigilar el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de
Tabasco, su reglamento y demás ordenamientos legales relacionados con la materia.
Funciones:
I. Dictar las normas generales, emitir lineamientos y criterios de interpretación de la ley;
II. Aprobar el reglamento interior, manuales de organización y procedimientos, así como los
instrumentos que coadyuven al mejor funcionamiento del Instituto;
III. Aprobar la publicación de resoluciones y sus versiones públicas;
IV. Aprobar la celebración de contratos, convenios y demás actos jurídicos necesarios;
V. Elegir y remover al Consejero Presidente y a los servidores públicos del Instituto;
VI. Aprobar los mecanismos de control y evaluación del Instituto;
VII. Resolver los recursos que se interpongan ante el Instituto;
VIII. Aprobar los programas que proponga la Secretaría Ejecutiva;
IX. Analizar y aprobar los programas a cargo de la Secretaría Ejecutiva, Direcciones, Órgano de
Control Interno y Unidad de Archivos;
X. Aprobar la integración de comisiones de trabajo que se encarguen de asuntos y eventos del
Instituto;
XI. Aprobar la política de comunicación social del Instituto;
XII. Resolver los asuntos que presenten los Consejeros;
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XIII. Resolver las incidencias e infracciones de los servidores públicos del Instituto; y
XIV. Las demás que le confieran las leyes, reglamentos, acuerdos, decretos y demás
ordenamientos aplicables.
ÓRGANO DE GOBIERNO.
Objetivo:
Atender los asuntos administrativos derivados del cumplimiento de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, su reglamento y demás disposiciones
administrativas que permitan el mejor funcionamiento del Instituto.
Funciones:
I. Definir y aprobar la estructura organizacional, las normas internas, funciones y los
procedimientos, que fortalezcan la operatividad del Instituto;
II. Aprobar el proyecto de presupuesto del Instituto;
III. Dar seguimiento a los diversos programas del Instituto;
IV. Aprobar los salarios y prestaciones de los servidores públicos del Instituto;
V. Nombrar al personal del Instituto, a propuesta de su Presidente;
VI. Resolver sobre las solicitudes de licencia de los Consejeros y Directores del Instituto;
VII. Crear las unidades de apoyo y las plazas necesarias cuando exista disponibilidad
presupuestal;
VIII. Facultar al Presidente para que otorgue poderes para pleitos y cobranzas, así como los
especiales para los actos de administración que considere necesarios;
IX. Delegar atribuciones necesarias a los directores para el cumplimiento de su función;
X. Analizar y aprobar en el mes de enero de cada año, los estados financieros del Instituto;
XI. Expedir las bases para el servicio civil de carrera; y
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XII. Las demás que le confieran las leyes, reglamentos, o cualquier otra disposición en
materia administrativa aplicable.
CONSEJERO PRESIDENTE.
Objetivo:
Ejercer las atribuciones que le corresponden de conformidad con los ordenamientos legales, a
través de la eficiente planeación, organización, dirección y control de las actividades, mediante la
coordinación de las áreas que integran el Instituto.
Funciones:
I. Representar al Instituto en los asuntos que el Pleno determine, así como desempeñar
las comisiones encomendadas y rendir los informes correspondientes;
II. Convocar y presidir las sesiones del Pleno y del Órgano de Gobierno, así como dirigir los
debates y conservar el orden durante las mismas;
III. Enviar al Poder Ejecutivo el proyecto de presupuesto anual;
IV. Presentar al Congreso del Estado un informe anual de labores en el mes de abril de cada
año;
V. Proponer al Órgano de Gobierno el nombramiento del personal, los salarios y
prestaciones. Asimismo, realizar los nombramientos urgentes y dar cuenta de ellos al
Órgano de Gobierno en la siguiente sesión para su ratificación o rectificación;
VI. Proponer al Pleno la resolución de las incidencias e infracciones de los servidores
públicos del Instituto;
VII. Decidir sobre las licencias del personal que no sean competencia del Órgano de
Gobierno;
VIII. Suscribir los convenios o acuerdos que autorice el Pleno;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 17
IX. Proponer al Órgano de Gobierno las políticas y directrices para la planeación,
organización, dirección y control de los planes y programas del Instituto, así como los
mecanismos de evaluación del desempeño de los servidores públicos y la coordinación
con entidades nacionales o extranjeras;
X. Proponer al Pleno y/o Órgano de Gobierno para su aprobación, la estructura
organizacional, el reglamento interior, las normas, funciones, los procedimientos, sus
reformas y las recomendaciones que propongan las Direcciones;
XI. Proponer al Pleno y al Órgano de Gobierno los acuerdos de suplencia, delegación de
facultades y los que juzgue convenientes para el mejor desempeño del Instituto;
XII. Suscribir con la Secretaría Ejecutiva los acuerdos, correspondencia, circulares, actas y
demás documentos relativos al funcionamiento del Pleno y del Órgano de Gobierno;
XIII. Tramitar con el apoyo de la Secretaría Ejecutiva los asuntos competencia del Pleno,
hasta dejarlos en estado de resolución;
XIV. Turnar a los Consejeros los asuntos de su competencia en estado de resolución;
XV. Comunicar al C. Gobernador del Estado y a la Cámara de Diputados del Estado de
Tabasco, las ausencias definitivas de los Consejeros;
XVI. Rendir los informes previos y justificados en los amparos que se promuevan en contra
de las resoluciones del Instituto;
XVII. Admitir a trámite los recursos interpuestos ante el Instituto y en su caso desechar los
improcedentes;
XVIII. Ejercer por conducto de la Dirección de Administración y Finanzas el presupuesto del
Instituto, para lo cual gozará de las más amplias facultades de administración y para
pleitos y cobranzas, con la limitante de que para su delegación requerirá autorización
del Órgano de Gobierno;
XIX. Dirigir las acciones para el cumplimiento de las normas de control, e informar
mensualmente al Órgano de Gobierno la situación financiera presupuestal del Instituto;
XX. Enviar al Órgano Superior de Fiscalización los informes financieros presupuestales, así
como la cuenta pública anual en términos de ley;
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XXI. Resolver asuntos administrativos urgentes, turnándolo al Órgano de Gobierno para que
lo ratifique o rectifique cuando sea de su competencia;
XXII. Proponer al Órgano de Gobierno las medidas administrativas necesarias;
XXIII. Coordinar acciones tendientes a un manejo adecuado de la imagen institucional ante la
ciudadanía, organismos públicos y privados y medios de comunicación;
XXIV. Mantener relaciones de coordinación con los Sujetos Obligados y con los demás
Órganos Garantes del acceso a la información pública en el país; y
XXV. Las demás que señale la ley, su reglamento o cualquier otra disposición aplicable.
CONSEJEROS PROPIETARIOS.
Objetivo:
Ejercer las facultades que le corresponden para aplicar la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Estado de Tabasco, el derecho de acceso a la información pública en
posesión de los poderes, dependencias, entidades y aquellas que se consideren como de interés
público en el Estado; auxiliar a los Sujetos Obligados que lo soliciten en el ámbito de su
competencia, capacitar a los Sujetos Obligados y a su personal en la materia objeto de la Ley.
Funciones:
I. Asistir a las sesiones del Pleno y/o Órgano de Gobierno con voz y voto, dejando sentado
en actas los hechos;
II. Representar al Instituto en los asuntos que el Presidente determine;
III. Proponer al Pleno el proyecto de resolución de los asuntos que le sean turnados para
tal fin;
IV. Formular propuestas en el orden del día de las sesiones del Pleno y/o del Órgano de
Gobierno;
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V. Participar en las actividades relacionadas con capacitación, investigación y difusión, en
materia de transparencia y acceso a la información pública, así como protección de
datos personales, brindando asesoría y apoyo técnico con la finalidad de dar cabal
cumplimiento a las disposiciones de la ley y su reglamento;
VI. Elaborar artículos y documentos para la producción editorial del Instituto;
VII. Coordinar la elaboración de los proyectos, dictámenes, opiniones e investigaciones
especiales que le encomiende el Pleno y/o Órgano de Gobierno;
VIII. Elaborar los proyectos de reformas y adiciones a la ley, los reglamentos, así como el de
otras normas de operación y administración del Instituto y someterlas a la
consideración del Pleno y /o del Órgano de Gobierno;
IX. Verificar que la información mínima de oficio a que se refiere la ley, sea debidamente
difundida por los Sujetos Obligados, con la finalidad de que toda persona pueda tener
acceso a la misma, mediante los procedimientos establecidos;
X. Suscribir los acuerdos, actas, resoluciones y decisiones del Pleno y/o del Órgano de
Gobierno;
XI. Solicitar informes al Secretario Ejecutivo y a los titulares de las diversas áreas, sobre las
actividades y ejecución de programas del Instituto;
XII. Solicitar licencia al Órgano de Gobierno para separarse de su cargo con causa
justificada;
XIII. Suplir al Presidente, previo acuerdo del Pleno, en sus faltas temporales;
XIV. Participar en los procesos de selección, evaluación, promoción y remoción del personal
del Instituto;
XV. Mantener relaciones de coordinación con los Sujetos Obligados y con los demás
Órganos Garantes del acceso a la información pública en el país; y
XVI. Las demás que le señale la ley, su reglamento o cualquier otra disposición legal
aplicable.
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PROYECTISTAS DE LOS CONSEJEROS.
Objetivo:
Brindar el apoyo técnico para la toma de decisiones de los Consejeros, mediante el análisis y
elaboración de proyectos de resolución de los recursos de revisión y queja.
Funciones:
I. Elaborar el proyecto de resolución de los recursos de queja y revisión, una vez decretado el
cierre de instrucción;
II. Analizar y elaborar todos aquellos proyectos que los Consejeros le encomienden;
III. Remitir los proyectos a la Secretaría Ejecutiva para hacerlos de conocimiento a los Consejeros;
IV. Realizar las modificaciones necesarias en caso de que el proyecto sometido a aprobación del
Pleno así lo requiera;
V. Recopilar los criterios adoptados por el Pleno para la interpretación de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, su reglamento y
normatividad relacionada con la materia;
VI. Las demás encomendadas por los Consejeros, así como las derivadas de la normatividad
aplicable.
SECRETARÍA EJECUTIVA.
Objetivo:
Realizar las funciones tendientes a la preparación, desarrollo y seguimiento de las Sesiones del
Pleno y del Órgano de Gobierno, administrar y generar en forma oportuna el soporte documental
de las mismas, y coordinar las actividades de las direcciones a su cargo que tengan la labor de
optimizar la misión institucional.
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 21
Funciones:
I. Acordar con el Consejero Presidente los asuntos materia de su competencia;
II. Apoyar al Pleno, al Órgano de Gobierno, al Presidente y a los Consejeros en el ejercicio de
sus atribuciones;
III. Administrar la agenda institucional;
IV. Proponer al Consejero Presidente la emisión de criterios o circulares para el adecuado
desarrollo de las funciones y atribuciones del Instituto;
V. Elaborar el proyecto de orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno
y/o del Órgano de Gobierno, previo acuerdo con el Presidente, así como ordenar su
publicación en la página electrónica del Instituto;
VI. Notificar a los Consejeros la fecha y hora de las sesiones junto con el orden del día, y
entregar a éstos oportunamente los proyectos y la documentación necesaria para la
discusión correspondiente;
VII. Participar con derecho a voz en las sesiones del Pleno y/o del Órgano de Gobierno, auxiliar
al Presidente en la conducción de las mismas, declarar la existencia del quórum y certificar
sobre lo actuado en las sesiones;
VIII. Elaborar las actas del Pleno y/o del Órgano de Gobierno, llevar el registro y control de la
documentación del mismo;
IX. Publicar las resoluciones del Pleno;
X. Llevar el registro de los acuerdos, las resoluciones y las recomendaciones emitidas por el
Pleno;
XI. Recibir y remitir a la Dirección Jurídica Consultiva los recursos de queja que se presenten
ante el Instituto;
XII. Recibir, admitir a trámite en su caso, y substanciar los recursos de revisión que se
presenten ante el Instituto, y turnarlos al Consejero que le corresponda elaborar el
proyecto de resolución;
XIII. Notificar las opiniones y recomendaciones emitidas por el Pleno y/o el Órgano de
Gobierno;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 22
XIV. Recibir y expedir la correspondencia del Instituto;
XV. Fungir como enlace entre el Presidente y las Direcciones del Instituto para optimizar la
elaboración de los documentos, que en el ámbito de su competencia deben someterse
a la consideración del Pleno y/o del Órgano de Gobierno;
XVI. Propiciar y fomentar una comunicación dinámica y fluida con los Consejeros
Propietarios que permita unificar criterios, y reducir tiempos de respuesta en la
generación de información por parte de las áreas que integran el Instituto;
XVII. Instalar y operar la Oficialía de Partes del Instituto y emitir propuestas de mejora para el
procedimiento de la recepción, distribución y archivo de la documentación;
XVIII. Participar en reuniones de trabajo con los Consejeros Propietarios, a petición del
Presidente;
XIX. Coordinar con las Direcciones el apoyo logístico para la realización de las sesiones del
Pleno;
XX. Presentar al Pleno los informes que le sean rendidos por el Órgano de Control Interno
de manera cuatrimestral, así como los avances de cada Dirección en la ejecución de sus
respectivos programas de trabajo, cuando así lo solicite el Presidente o los Consejeros;
XXI. Dar seguimiento estratégico y ejecutivo al cumplimiento del Programa Operativo Anual
y Presupuesto del Instituto, así como mantener sistemáticamente informados a los
Consejeros;
XXII. Apoyar al Consejero Presidente en la elaboración del informe anual de actividades del
Instituto, que debe presentarse al Congreso del Estado;
XXIII. Proponer al Pleno a través del Presidente del Instituto, las políticas generales en
materia de transparencia y acceso a la información pública que habrán de seguirse ante
los Sujetos Obligados;
XXIV. Coordinar el cumplimiento de los lineamientos y políticas generales para el manejo,
mantenimiento, seguridad y protección de información clasificada como reservada, así
como de información confidencial relativa a datos personales;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 23
XXV. Coordinar la elaboración de los estudios necesarios para que el Pleno emita los criterios
de interpretación de la ley, de su reglamento, del reglamento interior de este Instituto,
y demás disposiciones de la materia;
XXVI. Identificar los resultados institucionales y su impacto en el ejercicio del derecho de
acceso a la información pública; y
XXVII. Las demás encomendadas por su superior jerárquico, así como las derivadas de la
normatividad aplicable en la materia.
PROYECTISTA DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA.
Objetivo:
Apoyar al Pleno, Órgano de Gobierno y al Secretario Ejecutivo en sus funciones, así como ejecutar
sus determinaciones en su ámbito competencial.
Funciones:
I. Elaborar los proyectos de acuerdos de admisión, prevención, desechamiento y
sobreseimiento de recursos de revisión y quejas;
II. Elaborar los proyectos de correspondencia y circulares, además de recabar las firmas de los
Consejeros cuando sean aprobados;
III. Enviar a la Dirección de informática la fecha y hora de las sesiones del Pleno y/o Órgano de
Gobierno, así como de la propuesta de orden del día correspondiente, para su publicación
en la página electrónica del Instituto;
IV. Asistir al Consejero Presidente durante las sesiones del Pleno y/o del Órgano de Gobierno;
V. Operar la oficialía de partes del Instituto, bajo la supervisión del Secretario Ejecutivo;
VI. Mantener actualizado el registro de todas las disposiciones administrativas de carácter
general que expida el Pleno, precisando su vigencia;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 24
VII. Llevar el control de la correspondencia que reciba y expida el Pleno y/o el Órgano de
Gobierno;
VIII. Recabar la estadística de las ponencias correspondiente a las resoluciones emitidas en cada
una de ellas; y
IX. Las demás encomendadas por su superior jerárquico, así como las derivadas de la
normatividad aplicable en la materia.
ÓRGANO DE CONTROL INTERNO.
Objetivo:
Planear, organizar y dirigir las acciones de control del ejercicio del gasto y su congruencia con el
presupuesto de egresos, y proponer acciones preventivas y correctivas que contribuyan a la buena
administración de los recursos y la preservación del patrimonio en el marco de la normatividad
aplicable, así como ejercer acciones ante la responsabilidad administrativa de los servidores
públicos del Instituto, asegurando la transparencia de la información.
Funciones:
I. Proponer al Pleno y al Órgano de Gobierno los proyectos de sistemas de control y evaluación
inherentes a su función;
II. Presentar al Órgano de Gobierno del Instituto, su Programa Anual de Trabajo;
III. Elaborar y remitir con la periodicidad establecida, los informes previstos en la Ley de
Fiscalización Superior del Estado de Tabasco que le correspondan;
IV. Realizar las revisiones al ejercicio del gasto y de control interno establecidas en el programa
anual de trabajo aprobado por el Órgano de Gobierno, y verificar la congruencia entre el
presupuesto de egresos y el ejercicio de los recursos, proponiendo las acciones correctivas y/o
preventivas necesarias que se deriven de dichas revisiones;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 25
V. Verificar que la aplicación del gasto sea de conformidad con la normatividad establecida y se
afecten adecuadamente las partidas presupuestales correspondientes;
VI. Dar seguimiento a las observaciones y recomendaciones que resulten de las auditorías
practicadas al Instituto;
VII. Diseñar los programas, mecanismos y procedimientos de supervisión, seguimiento y evaluación
de las actividades que realicen las diversas áreas del Instituto, evaluando de manera
cuatrimestral, en los meses de mayo, septiembre, y enero de cada año, el avance en la
ejecución de sus programas, plasmados en los programas anuales de trabajo de cada una de
ellas, e informar los resultados;
VIII. Participar en el Comité de Compras, supervisando que las adquisiciones correspondan a
necesidades reales y con apego a las normas de la materia;
IX. Verificar que las adquisiciones de bienes muebles que se realicen, se inventaríen y se elaboren
los resguardos correspondientes;
X. Integrar el padrón de servidores públicos obligados a presentar declaraciones de situación
patrimonial, así como verificar y asesorar en el cumplimiento de esta obligación, recibirlas y
mantenerlas bajo resguardo;
XI. Recibir las quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones o por inobservancia de la
ley por parte de los servidores públicos del Instituto, así como investigar de oficio los actos,
omisiones o conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades
administrativas e instaurar el procedimiento administrativo correspondiente y presentar al
Pleno el proyecto de resolución;
XII. Vigilar el cumplimiento de las normas internas del Instituto;
XIII. En los procesos licitatorios, dictar las resoluciones en los recursos de reconsideración que se
hagan valer en contra de las resoluciones previstas en la reglamentación de adquisiciones de
bienes muebles y en la contratación de servicios aplicables al Instituto e Informar anualmente
al Presidente el resultado de sus acciones realizadas;
XIV. Participar en el levantamiento físico de los inventarios;
XV. Participar en los procesos de entrega-recepción de las áreas que integran el Instituto;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 26
XVI. Presentar a la Presidencia un informe mensual de las actividades realizadas por el área, de
conformidad con el programa anual de trabajo aprobado por el Órgano de Gobierno;
XVII. Realizar las acciones que le encomiende el Pleno, el Órgano de Gobierno, el Presidente y la
Secretaría Ejecutiva;
XVIII. Proponer la práctica de auditorías externas; y
XIX. Las demás que le señale la ley, el reglamento o cualquier otra disposición legal aplicable.
UNIDAD DE ARCHIVO.
Objetivo:
Crear y desarrollar los mecanismos para la organización, prevención y conservación de los archivos
del Instituto, así como facilitar la disposición de los documentos de manera expedita y asesorar a
las diversas áreas en la organización de los mismos, derivados del ejercicio de sus funciones, a fin
de hacer eficiente la administración de la información que crean y detentan.
Funciones:
I. Determinar la clasificación, organización, disponibilidad, integridad y conservación de los
archivos del Instituto;
II. Realizar una guía simple de los archivos con los que cuenta el Instituto, la cual deberá
contener la serie documental y/o sub-series, la relación de los archivos de trámite, de
concentración e históricos, así como el nombre y cargo del responsable de los mismos;
III. Coordinar la organización en cada área de un archivo de trámite;
IV. Administrar el archivo de concentración;
V. Administrar, preservar y conservar la memoria documental del Instituto;
VI. Proponer al Presidente las medidas de conservación física y funcional, como la preservación
de los documentos para evitar su deterioro;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 27
VII. Apoyar a la Secretaría Ejecutiva en la elaboración de los manuales y lineamientos que sean
propuestos para la organización de los archivos, así como el catálogo de disposición
documental, en el que se determinen el tiempo de conservación y los procedimientos para
la consulta de los documentos que se encuentren en los archivos de trámite y
concentración, así como su disposición final, previa valoración archivística;
VIII. Elaborar formatos para el préstamo de documentos;
IX. Llevar un control de los informes que trimestralmente le sean rendidos por la Dirección de
Informática, de los archivos electrónicos que se encuentran bajo su resguardo;
X. Investigar y mantenerse actualizado sobre la organización, conservación, preservación y
prevención de los archivos públicos, encargándose de realizar las propuestas respectivas, y
en su caso, su implementación;
XI. Proponer programas de capacitación del personal en manejo y preservación de los archivos
del Instituto;
XII. Las demás que le encomiende el Pleno, el Órgano de Gobierno, el Presidente o el Secretario
Ejecutivo; y
XIII. Las que señalen la ley, el reglamento o cualquier otra disposición legal aplicable.
COORDINACIÓN DE ARCHIVOS.
Objetivo:
Apoyar a la Unidad de Archivos en sus funciones, así como ejecutar sus determinaciones y asistir a
las Direcciones y Unidades Administrativas en la organización y sistematización de los archivos del
Instituto.
Funciones:
I. Operar la organización y procurar la conservación de los archivos del Instituto, asegurando
su disponibilidad y localización expedita;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 28
II. Mantener actualizado el registro de los archivos del Instituto;
III. Llevar el control de la correspondencia que reciba la Unidad de Archivo;
IV. Apoyar en la substanciación del trámite de préstamos de documentos de los archivos de
concentración e histórico;
V. Implementar los métodos y medidas de conservación o prevención de los archivos que sean
autorizados por el Instituto;
VI. Apoyar a las distintas áreas del Instituto, en la organización de los archivos de trámite y la
implementación de la normativa aplicable;
VII. Asistir al Titular de la Unidad de Archivos en los programas de capacitación que se
implementen; y
VIII. Las demás encomendadas por su superior jerárquico, así como las derivadas de la
normatividad aplicable en la materia.
DIRECCIÓN JURÍDICA CONSULTIVA.
Objetivo:
Brindar consultoría jurídica y elaborar los proyectos derivados de las atribuciones del Instituto.
Funciones:
I. Desarrollar las funciones de la Unidad de Acceso a la Información, previstas en la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y su reglamento;
II. Notificar los acuerdos y resoluciones emitidas en los recursos de revisión y en los
procedimientos de queja, así como elaborar las inspecciones ordenadas en autos;
III. Desarrollar investigaciones, estudios y proyectos sobre la materia, que sean competencia
del Instituto;
IV. Actuar como representante legal del Instituto en los procedimientos jurisdiccionales de su
competencia;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 29
V. Elaborar los convenios, contratos y acuerdos en que sea parte el Instituto;
VI. Dar trámite a los documentos expedidos por el Instituto que deban publicarse en el
Periódico Oficial del Estado;
VII. Formular denuncias o querellas, y tramitar la reparación del daño cuando sea procedente;
VIII. Elaborar los informes previos relativos a los juicios de amparo en que sea parte el Instituto;
IX. Establecer mecanismos para la custodia de información reservada o confidencial necesaria
para la resolución de un recurso, cuando así se solicite;
X. Elaborar opiniones jurídicas sobre los asuntos que le sean planteados relativos a la materia
competencia del Instituto;
XI. Proponer proyectos de actualización del marco jurídico relacionado con el ámbito de
competencia del Instituto; y
XII. Las demás que le encomiende el Pleno, el Órgano de Gobierno, el Presidente o la Secretaría
Ejecutiva.
SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS NORMATIVOS.
Objetivo:
Elaborar los proyectos jurídicos necesarios para fortalecer el marco jurídico en materia de
transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos públicos.
Funciones:
I. Integrar el compendio electrónico sobre ordenamientos jurídicos aplicables a las
atribuciones del Instituto;
II. Elaborar proyectos de lineamientos;
III. Elaborar proyectos de acuerdos, convenios y contratos;
IV. Integrar los expedientes sobre averiguaciones previas o querellas y llevar un registro de su
estado procesal;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 30
V. Participar en las investigaciones requeridas para la elaboración de estudios y proyectos;
VI. Recabar los datos necesarios para sustentar las opiniones consultivas solicitadas a la
Dirección;
VII. Asistir en suplencia del Director Jurídico Consultivo a las sesiones del Comité de Compras; y
VIII. Las demás que le encomiende la Dirección.
UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.
Objetivo:
Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública, las de aclaración y las
relacionadas a los datos personales que formulen las personas, integrar la información mínima de
oficio en el portal de transparencia de este Instituto, así como desahogar los recursos y juicios que
se promuevan en su contra.
Funciones:
I. Requerir la información pública de oficio a las unidades administrativas para actualizar el portal
de transparencia y realizar las acciones necesarias para que ésta sea publicada en tiempo y
forma en el portal;
II. Coordinarse con la Dirección de Informática para organizar, administrar, custodiar y sistematizar
los archivos electrónicos que contengan la información pública utilizada para actualizar el portal
de transparencia;
III. Orientar a las personas interesadas en la elaboración de las solicitudes de acceso a la
información y las relativas a datos personales, así como en los trámites para hacer efectivo el
ejercicio de su derecho;
IV. Tramitar las solicitudes de acceso a la información pública y/o datos personales, conforme el
marco jurídico aplicable;
V. Analizar que la información requerida en una solicitud de acceso a la información, no esté
clasificada como reservada o confidencial;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 31
VI. Revisar la información enviada por los enlaces para verificar si debe clasificarse o no, y en su
caso, elaborar los proyectos de acuerdo de clasificación correspondientes;
VII. Realizar las notificaciones a los solicitantes, según el medio que hayan elegido para tales
efectos;
VIII. Elaborar los informes parciales trimestrales y anuales que deban presentarse al Pleno del
Instituto, así como las estadísticas de solicitudes de información pública;
IX. Integrar los expedientes relativos a las solicitudes de información pública o datos personales;
X. Verificar que el área del equipo de cómputo cuente con la infraestructura necesaria para su
funcionamiento; y
XI. Las demás que sean necesarias para facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información
pública.
NOTIFICADOR.
Objetivo:
Notificar los acuerdos y resoluciones que emita el Instituto, y elaborar la constancia
correspondiente, así como efectuar las inspecciones físicas que se ordene en los autos de los
asuntos que se tramiten ante este Órgano Garante.
Funciones:
I. Notificar los acuerdos y resoluciones;
II. Desahogar las inspecciones ordenadas en autos que le correspondan;
III. Actualizar los estrados físicos y electrónicos de las notificaciones;
IV. Operar la cuenta de correo electrónico institucional creada para las notificaciones;
V. Integrar los expedientes notificados y devolverlos a la Secretaría Ejecutiva;
VI. Asistir a la Unidad de Acceso a la Información; y
VII. Las demás que le encomiende la Dirección o Subdirección.
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 32
DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN, VINCULACIÓN Y DIFUSIÓN.
Objetivo:
Diseñar programas, estrategias y proyectos de capacitación, vinculación y difusión, conducentes a
desarrollar los conocimientos de los servidores públicos y personas interesadas en la materia, con
el propósito de transmitir e impulsar una cultura de transparencia, de acceso a la información
pública y de protección de datos personales, así como ejecutar los que le sean autorizados.
Funciones:
I. Elaborar proyectos con contenidos educativos para la inserción de la cultura de
transparencia y acceso a la información pública, en los planes académicos de estudio de los
niveles básico, medio superior y superior;
II. Organizar eventos orientados a la difusión educativa y de actualización sobre los temas de
transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;
III. Participar en la elaboración de materiales educativos relacionados con la transparencia, el
acceso a la información pública y la protección de datos personales;
IV. Ejecutar el programa de capacitación dirigido a actores estratégicos vinculados con la
materia;
V. Dirigir la estrategia general de las campañas de difusión del Instituto;
VI. Publicar todo tipo de documento para informar sobre las acciones del Instituto y sus
diversas áreas;
VII. Coordinar con las instituciones de educación superior el establecimiento de centros de
investigación, difusión y docencia, para fomentar el conocimiento sobre la transparencia, el
acceso a la información pública y la protección de datos personales;
VIII. Promover convenios con instituciones de educación superior para la realización del servicio
social y de prácticas profesionales en el Instituto;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 33
IX. Establecer vínculos con los medios de comunicación, así como brindarles atención durante
las sesiones del Pleno y eventos especiales;
X. Programar encuentros con representantes de los diversos medios de comunicación;
XI. Organizar y dirigir las acciones en materia de comunicación social, en coordinación con las
diversas áreas que integran el Instituto;
XII. Supervisar la elaboración y distribución de materiales de difusión a oficinas de información
pública;
XIII. Elaborar reportes e informes sobre las campañas, los proyectos y los programas del área;
XIV. Realizar las evaluaciones de los portales de transparencia de los Sujetos Obligados;
XV. Mantener actualizada la información de su área y elaborar los informes correspondientes; y
XVI. Las demás encomendadas por su superior jerárquico, así como las derivadas de la
normatividad aplicable en la materia.
COORDINACIÓN DE ATENCIÓN A LA SOCIEDAD Y RELACIONES INSTITUCIONALES.
Objetivo:
Apoyar a la Dirección de Capacitación, Vinculación y Difusión en las tareas de atención a la
sociedad y a las Instituciones, brindándoles el vínculo permanente de comunicación con el
Instituto, y la atención que propicie el conocimiento y la ejecución de programas encaminados a la
difusión de las actividades para dar a conocer los derechos que tutela la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.
Funciones:
I. Registrar diariamente los resultados de los monitoreos de prensa y radio;
II. Elaborar los boletines de las actividades del Instituto;
III. Apoyar en la realización de eventos de difusión y capacitación;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 34
IV. Apoyar en proyectos de capacitación de los Sujetos Obligados sobre la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y su reglamento;
V. Solicitar y proponer los spots de radio y televisión, diseño de espectaculares y demás
formas de difusión;
VI. Llevar un adecuado registro de los cursos de capacitación impartidos a los Sujetos
Obligados y de difusión de las actividades del Instituto;
VII. Divulgar los estudios que realicen la Secretaría Ejecutiva, Direcciones y Unidades del
Instituto; y
VIII. Las demás que le sean encomendadas para el buen desarrollo de las tareas del Instituto.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
Objetivo:
Administrar de manera racional y eficiente los diversos recursos humanos, materiales y financieros
en poder del Instituto, así como el suministro de los servicios generales, con el propósito de
contribuir en el desarrollo de las actividades conferidas; de igual forma, la elaboración y
presentación de los informes financieros derivados de la operatividad de este Instituto, ante las
instancias respectivas.
Funciones:
I. Supervisar el desarrollo del Catálogo de Perfiles de Puesto conforme a los requerimientos
de las distintas áreas del Instituto observando la normatividad aplicable;
II. Realizar conforme a la normatividad vigente el proceso de reclutamiento, selección,
contratación, asignación, movimientos e inducción del personal solicitado por las distintas
unidades administrativas del Instituto;
III. Supervisar la plantilla del personal del Instituto, así como la expedición de las credenciales
de identificación;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 35
IV. Elaboración y pago de nómina de los funcionarios del instituto;
V. Establecer y aplicar los criterios de sanciones administrativas derivadas de las incidencias
del Personal del Instituto;
VI. Realizar los trámites administrativos derivados de los movimientos de alta, baja,
reclasificación, recategorización promoción, incapacidad y suspensión de los empleados del
Instituto ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET) y el Órgano
Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco (OSFE);
VII. Atender las necesidades de recursos humanos y materiales de las unidades administrativas
del Instituto, conforme a la disponibilidad presupuestal;
VIII. Supervisar y coordinar los trabajos de mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles;
IX. Verificar que las solicitudes de bienes y/o servicios se atiendan oportunamente, así como
efectuando la adquisición de bienes y servicios conforme a la normatividad aplicable;
X. Llevar la contabilidad general y supervisar el control del Presupuesto asignado al Instituto;
XI. Participar en la elaboración del anteproyecto del Presupuesto anual de Egresos e Ingresos
del Instituto;
XII. Coadyuvar en la Elaboración de los informes de avances físicos y financieros del Instituto
para integrarlos a los informes de autoevaluaciones, conforme a lo establecido en la
normatividad aplicable;
XIII. Revisar los Estados Financieros y remitirlos al Órgano de Gobierno del Instituto para su
aprobación para su dictamen correspondiente;
XIV. Atender las observaciones derivadas de auditorías internas, externas y revisiones de
control;
XV. Administrar los ingresos que reciba el Instituto, entre éstos el obtenido por la reproducción
y envío de la información solicitada;
XVI. Efectuar los pagos provisionales mensuales, declaraciones informativas anuales, informes y
demás reportes necesarios para cumplir oportunamente con las obligaciones fiscales y las
derivadas del Código Fiscal de la Federación y demás preceptos normativos aplicables;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 36
XVII. Elaborar, conforme a las necesidades del Instituto y para efectos de mejorar o facilitar la
labor administrativa, los manuales que se requieran y le correspondan;
XVIII. Presentar al Órgano Superior de Fiscalización del Estado, la información financiera,
presupuestal y de recursos humanos generada por el Instituto, de conformidad con la Ley
Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco, en los tiempos determinados por la misma;
XIX. Presidir el Comité de Compras del Instituto, y presentar el programa anual de
adquisiciones, convocando a reuniones al Comité, conforme al programa aprobado;
XX. Instrumentar el sistema civil de carrera; y
XXI. Las demás funciones encomendadas por el superior jerárquico, así como las derivadas de la
normatividad aplicable en la materia.
SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTALES.
Objetivo:
Coadyuvar a una buena administración y control de los recursos administrativos y financieros de
manera racional y eficiente, así como los diversos recursos humanos, materiales en poder del
Instituto y el suministro de los servicios generales, con el propósito de contribuir en el desarrollo
de los procesos administrativos que deben cumplirse, derivados de la operatividad de este
Instituto ante las instancias respectivas.
Funciones:
I. Elaborar y mantener actualizado el Catálogo de Perfiles de Puesto conforme a los
requerimientos de las distintas áreas del Instituto observando la normatividad aplicable;
II. Coadyuvar a realizar conforme a la normatividad vigente el proceso de contratación,
movimientos e inducción del personal solicitado por las distintas unidades administrativas del
Instituto;
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 37
III. Elaborar y mantener actualizada la plantilla del personal del Instituto, así como expedir las
credenciales de identificación a cada una de las personas que integran dicha plantilla;
IV. Controlar la asistencia, licencias, permisos, justificaciones, vacaciones y en general, todo tipo
de incidencias relacionadas con el personal del Instituto;
V. Conservar y mantener actualizado el registro e inventario del Activo Fijo propiedad del
Instituto; así como llevar un estricto control de la asignación de éste a través de resguardos;
VI. Realizar los trabajos de mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles;
VII. Verificar que las solicitudes de bienes y/o servicios estén elaboradas de forma clara y concisa
en apego a las necesidades del área solicitante y atender oportunamente dichas solicitudes;
VIII. Llevar el control del Presupuesto asignado al Instituto, realizando oportunamente los registros
para mantener actualizadas las disponibilidades de recursos;
IX. Coadyuvar en la elaboración del anteproyecto del Presupuesto anual de Egresos del Instituto;
X. Elaborar los Estados Financieros del Instituto para su revisión por parte de la Dirección de
Administración y Finanzas y su posterior envío al Órgano de Gobierno;
XI. Coadyuvar, conforme a las necesidades del Instituto y para efectos de mejorar o facilitar la
labor administrativa, los manuales que se requieran y le correspondan;
XII. Participar en el Comité de Compras del Instituto y convocar a reuniones al Comité; y
XIII. Las demás funciones encomendadas por el superior jerárquico, así como las derivadas de la
normatividad aplicable en la materia.
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA.
Objetivo:
Crear, desarrollar, adaptar y administrar los sistemas de información y la página electrónica del
Instituto, establecer las necesidades en materia de informática y de comunicaciones, así como
facilitar el soporte técnico y la asesoría en la elaboración de programas y manejo de paquetería
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 38
que requieran las diversas áreas, a fin de hacer eficiente la administración de la información que
crean y detentan las mismas.
Funciones:
I. Proponer índices de evaluación de las páginas de los Sujetos Obligados;
II. Organizar los programas de respaldo de documentos electrónicos por área,
responsabilizando a éstas del cuidado, organización y conservación de sus archivos;
III. Proponer al Presidente el proyecto de infraestructura informática;
IV. Desarrollar el sitio del Instituto en Internet, así como encargarse de su actualización;
V. Investigar y mantenerse actualizado sobre las plataformas tecnológicas para mejorar el
acceso a la información pública, encargándose de su implementación;
VI. Proponer programas de capacitación del personal en el uso de las nuevas tecnologías y
evaluar sus resultados;
VII. Apoyar a las diversas áreas del Instituto, así como fungir de enlace con otras dependencias
en materia de tecnología de la información; y
VIII. Las demás encomendadas por su superior jerárquico, así como las derivadas de la
normatividad aplicable en la materia.
COORDINACIÓN DE SISTEMAS Y DIGITALIZACIÓN.
Objetivo:
Proporcionar materiales digitalizados que sean legibles y en formatos adecuados para su manejo. A
través de la ejecución del programa de respaldos, generar la información digital que ayude a la
conservación y fidelidad de la información. Mantener la operación del hardware y software, a
través de actualizaciones y soporte. Apoyar a los usuarios en la resolución de problemas de
operación de hardware o software.
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 39
Funciones:
I. Verificar que el material digitalizado sea legible y contenga la totalidad de la información
proporcionada;
II. Realizar la conversión de formato gráfico de documentos digitales;
III. Ejecutar los trabajos de digitalización, mantener actualizado al Instituto en lo referente a
biblioteca digital;
IV. Ejecutar los programas de respaldo de información por área;
V. Realizar las actualizaciones de software necesarias;
VI. Realizar la configuración e instalación de hardware en los equipos; y
VII. Proporcionar la asesoría técnica en cuestiones de informática a los usuarios del Instituto.
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 40
BIBLIOGRAFÍA.
1. Cómo Elaborar y Usar los Manuales Administrativos, L.A.E. Joaquín Rodríguez Valencia,
Ediciones contables y administrativas, México 1991.
2. Guía para la Elaboración de Manuales de Organización Estado de Sonora, Secretaría de la
Contraloría General del Estado de Sonora, 2003.
3. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, 2007.
4. Manual de General Organización de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información
Pública del estado de Quintana Roo.
5. Manual de Organización de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública del
estado de Durango.
6. Manual de Organización y Funciones del Instituto de Acceso a la Información Pública de
Guanajuato.
7. Manual de Organización de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública del
estado de Michoacán de Ocampo.
8. Manual de Organización de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública del
estado de Zacatecas.
9. Reglamento Interior del Instituto Tabasqueño de Trasparencia y Acceso a la Información
Pública, 2008.
Manual de Organización del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública 41
Con fundamento en el artículo 23 fracción XVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Estado de Tabasco, se expide el presente Manual de Organización. Dado
en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, aprobado en forma unánime por el Pleno del Instituto
Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en sesión ordinaria número 005,
celebrada el día 15 de enero de 2008.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Pleno del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gilda María Berttolini Díaz Consejera Presidenta
Arturo Gregorio Peña Oropeza Consejero Propietario
Benedicto de la Cruz López Consejero Propietario
Última reforma aprobada por el Pleno del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, en sesión ordinaria número 39, celebrada el día 14 de octubre de 2010.- - - - -
M.A.J. Karla Cantoral Domínguez. Secretaria Ejecutiva.