Post on 06-Jul-2015
description
Taller
Organización comunitaria para Consejos Comunales
Preparado por Julio Alexander Parra. Cátedra de la Paz. Junio 2009
Organización Comunitaria para
Consejos Comunales
Los Curos, 13 de Junio de 2009
Consejos Comunales
¿Qué son? ¿Qué hacen?
Posibles cambios con la Reforma de Ley
¿Compromisos políticos?
Aspectos básicos para la organización
Planes y proyectos: Plan de Desarrollo
Ideas para nuestra comunidad
Próximas accionesOrganización comunitaria para Consejos Comunales. Los Curos, 13 de Junio de 2009
Consejos Comunales
¿Qué son? ¿Qué hacen?
Organización comunitaria para Consejos Comunales.los Curos, 13 de Junio de 2009
Consejos Comunales: ¿Qué son?
Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son
instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones
comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas
públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en
la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige conforme a
los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia,
rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control
social, equidad, justicia e igualdad social y de género.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
Comunidad: es el conglomerado social de familias, ciudadanos y ciudadanas que
habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses
comunes, se conocen y relacionan entre sí, usan los mismos servicios públicos y
comparten necesidades y potencialidades similares: económicas, sociales, urbanísticas
y de otra índole.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas:
Es la instancia primaria para el ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas
decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
Vocero o vocera: Es la persona electa en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, para cada comité de
trabajo, de reconocida solvencia moral, trabajo comunitario, con capacidad de trabajo colectivo,
espíritu unitario y compromiso con los intereses de la comunidad, a fin de coordinar todo lo
relacionado con el funcionamiento del Consejo Comunal, la instrumentación de sus decisiones y la
comunicación de las mismas ante las instancias correspondientes.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
Son deberes de los ciudadanos y ciudadanas integrantes de los consejos comunales: la corresponsabilidad social, la rendición de
cuentas, el manejo transparente, oportuno y eficaz de los recursos que dispongan, bien sea por asignación del Estado o cualquier
otra vía de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
Atribuciones de la Asamblea de Ciudadanos y
ciudadanasLey de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
1. Aprobar las normas de convivencia de la comunidad.
2. Aprobar los estatutos y el acta constitutiva del Consejo Comunal, la cual contendrá: nombre del Consejo Comunal; área geográfica que ocupa; número de familias que lo integran; listado de asistentes a la Asamblea (Nombre y apellido, cédula de identidad); lugar, fecha y hora de la Asamblea; acuerdos de la Asamblea; resultados de la elección de las y los voceros, y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal.
3. Aprobar el Plan de Desarrollo de la Comunidad.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
4. Aprobar los proyectos presentados al Consejo Comunal en beneficio de la comunidad, así como la integración de los proyectos para resolver las necesidades afines con otras comunidades e instancias de gobierno, bajo la orientación sostenible y sustentable del desarrollo endógeno.
5. Ejercer la contraloría social.
6. Adoptar las decisiones esenciales de la vida comunitaria.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
7. Elegir las y los integrantes de la Comisión Promotora.
8. Elegir las y los integrantes de la Comisión Electoral.
9. Elegir a voceros o voceras del órgano ejecutivo.
10. Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Contraloría Social.
11. Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Gestión Financiera.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
12. Revocar el mandato de los voceros o voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal, conforme con lo que establezca el Reglamento de la presente Ley.
13. Evaluar y aprobar la gestión financiera.
14. Definir y aprobar los mecanismos necesarios para el funcionamiento del Consejo Comunal.
15. Las demás establecidas en la presente Ley y su Reglamento.
Ley de Consejos Comunales. Abril de 2006
Consejos Comunales: ¿Qué son?
Ustedes son autónomos en el marco de la Ley, en ningún sitio dicen que están subordinados a otra instancia. Se rigen
por la Constitución y las leyes.
Trabajan en coordinación con entes gubernamentales, pero no sometidos a sus designios. Y mucho menos a partidos
políticos. Independencia de acción como Consejo Comunal.
La máxima instancia de decisión es la comunidad (Asamblea de Ciudadanos)
Cuando las decisiones requieran fortaleza deben consultarlas y aprobarlas en asamblea. Lo operativo es decidido en los
comités, los órganos ejecutivos, gestión financiera, contraloría social, según corresponda.
Constitución Nacional
Art. 2 Estado democrático y social de derecho y de justicia
Art. 5 Ejercicio de la soberanía
Art. 6 Gobierno democrático
Art. 52 Derecho de asociación
Art. 62 Derecho a la participación en la gestión pública
Art. 70 Medios de participación política y social
Art. 132 Deberes de solidaridad social
Art. 182 Consejos Locales de Planificación Pública
Art. 184 Participación ciudadana y descentralización
Posibles cambios con la Reforma de la Ley
La figura de los consejos comunales es una expresión concreta del pueblo, las comunidades organizadas, los vecinos y las entidades locales, atendiendo a la fuente constitucional que se invoque para su justificación; también se hace referencia a su naturaleza jurídica y las funciones que cumplen en las comunidades,
Propuesta de Ley de Consejos Comunales. 2009
razón por la cual, los consejos comunales se identifican como una forma asociativa, una instancia de participación, una forma organizada para el ejercicio de la soberanía popular y un autogobierno comunitario, también se identifican como nuevos sujetos de la descentralización y un medio concreto de participación popular.
Propuesta de Ley de Consejos Comunales. 2009
Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos y ciudadanas, las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social.
Propuesta de Ley de Consejos Comunales. 2009
¿Compromisos políticos?
Aspectos básicos para la organización
1) Equipo de trabajoVoceros
Directorio telefónico y/o email
Asesores, consultores, apoyo técnico, representantes instituciones
Ley de los Consejos Comunales
Comités de Trabajo
Comunidad (Asamblea de ciudadanos)
2) ReunionesComunidad (Asamblea de ciudadanos)
Reuniones ordinarias (Quincenal)
Reuniones extraordinarias
Reuniones de los Comités de Trabajo
Talleres, Charlas, Encuentros, otras
Para todas hay que tomar en cuenta: Convocatoria, Lugar, Acta, Tiempo estimado, Lista de asistencia, Notificar los acuerdos y resultados de la reunión,
Seguimiento a los acuerdos.
3) Participación Acciones Externas
CLPP, Comuna, Mancomunidades, FUNDACOMUNAL, Dirección de
Participación (Gobernación), Coordinadoras, Comisiones, Otras.
Es importantísimo mantener informados al resto de voceros y voceras de lo que se está haciendo en todas las instancias
externas al Consejo Comunal.
4) Estrategias de Comunicación
Interna
Entre voceros y comités de trabajo
Externa
Con la comunidad (vecinos), y entes oficiales, públicos y privados.
ATENCIÓN: Utilización de medios de comunicación masivos: Radio, Prensa y TV
5) Control de la situación
Diagnóstico (Antes)
Planificación de todas las acciones (Antes)
Seguimiento y control de las acciones (Durante)
Evaluación (Durante y después)
Planes y proyectos.
Plan de desarrollo de la Comunidad
Plan de desarrollo:
Se determinan las acciones, programas y proyectos que
atendiendo al diagnóstico, tiene como finalidad el desarrollo del
bienestar integral de la comunidad.
Formulación de Proyectos
Diagnóstico
Objetivos
Actividades
Metas
Presupuesto
Cronograma de ejecución
Evaluación
Ideas para nuestra comunidad
Próximas acciones¿Qué vamos a hacer los próximos
quince días
Muchas gracias por su atención, esperamos haber servido a sus
inquietudes
Cátedra de la Paz y Derechos Humanos.Mérida. Los Curos. Junio 2009