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PAGOS A CUENTA DE TERCERA

CATEGORIA

Marco Legal

• Art.85° TUO Ley Impuesto a la Renta.Cuyas últimas modificaciones están dadas por las siguientes normas:

� Decreto Legislativo N° 1120: Modificación del Art. 85° de la LIR – 18.07.2012

- Desaparecen los Sistema de Pago (A:Coeficiente y B:Porcentaje).

� Ley Nº 29999: Modificación del Art.85º de la LIR -13.03.2013 – Nuevo

sistema de suspensión y modificación de pagos a cuenta.

• Art. 54° Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.Cuyas últimas modificaciones están dadas por las siguientes normas:

� Decreto Supremo N° 155-2012-EF: Modificación del Art. 54 del Reglamento

de la LIR - 23.08.2012.

� Decreto Supremo Nº 50-2013-EF: Adecuación del Reglamento de la LIR -

15.03.2013.

• Resolución de Superintendencia Nº 101-2013/SUNAT:

Normas relativas a la suspensión de los pagos a cuenta del impuesto a la renta

por rentas de tercera categoría, a partir del pago a cuenta de los meses de

febrero, marzo, abril o mayo. - 21.03.2013.INSC - GPGSC

Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014

Los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría

realizarán anticipos mensuales del Impuesto a la Renta que sedetermine concluido el ejercicio gravable. Será un abono con

carácter de pago a cuenta que se realizará dentro de los plazosprevistos por el Código Tributario.

La determinación de los pagos a cuenta se realizará de acuerdo a loestipulado en el Art. 85 de la Ley del Impuesto a la Renta.

De manera opcional, los pagos a cuenta se podrán suspender y

modificar si se cumple con los requisitos establecidos en los incisos

i) , ii) y iii) del Art. 85 de la Ley de Impuesto a la Renta.

INSC - GPGSC

Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014

A partir del pago a cuenta correspondiente al período Agosto 2012

desaparecen los Sistema de Pago (A:Coeficiente y B:Porcentaje) y

se establece una nueva regla de cálculo, mediante la cual se paga

el monto mayor resultante de comparar las cuotas mensuales

determinadas según lo siguiente:

- Cuota resultante de aplicar a los ingresos netos obtenidos en

el mes, el coeficiente resultante del Impuesto Calculado /Ingresos Netos del ejercicio anterior. Para el caso de enero

y febrero, se considera el Impuesto Calculado / IngresosNetos correspondientes al ejercicio precedente al anterior.

- Cuota resultante de aplicar a los ingresos netos obtenidos enel mes, 1.5%.

INSC - GPGSC

INSC - GPGSC

Se considera Ingresos Netos al total de ingresos gravables de la terceracategoría, devengados en cada mes, menos las devoluciones, bonificaciones,descuentos y demás conceptos de naturaleza similar, que corresponda a lacostumbre de la plaza.

Ingresos Netos: Casillas PDT

INSC - GPGSC

Impuesto Calculado: Casillas PDT

Determinación de los Pagos a Cuenta Tercera Categoría 2014

Pagos a

CuentaArt. 85º

Se aplica en los casos de no existirimpuesto calculado en el ejercicio anterioro en el precedente al anterior

Coeficiente = IC ejercicio precedente al anteriorENR-FEB IN ejercicio precedente al anterior

Coeficiente = IC ejercicio anteriorMZO-DIC IN ejercicio anterior

PAGO A CUENTA

Ingresos Netos del mes

X CoeficienteInciso a)

PAGO A CUENTA

Ingresos Netos del mes

X 1.5%Inciso b)

Monto Mayor

Notas:

IC: Impuesto CalculadoIN: Ingresos Netos

INSC - GPGSC

Modificación o suspensión de

pagos a cuenta:

Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014

INSC - GPGSC

Los EGyP se presentarán a través del PDT 0625 “Modificación deCoeficiente o Porcentaje para el Cálculo del Pago a Cuenta delImpuesto a la Renta”.

Existen 3 situaciones:

� 1ra: Aplicable a contribuyentes que pagan con la tasa del

1.5% y que deseen suspender sus pagos a cuenta de los

meses de febrero, marzo, abril o mayo según corresponda.

Deberán presentar solicitud a SUNAT.

� 2da: Aplicable a contribuyentes que pagan con la tasa del

1.5% , debiendo presentar:

EGyP al 30/04 y

EGyP al 31/07.

� 3ra: Aplicable a contribuyentes que pagan con tasa 1.5% o

coeficiente, para ello deberán presentar:

EGyP al 31/07.

1.5%

Artículo 85º LIR:

Determinación del PAC

1.5% coeficiente

- Suspensión a partir del PAC de

febrero, marzo, abril o mayo sobre

EGP al 31.01; 28/29.02.; 31.03;

30.04.

- Solicitud sujeta a

pronunciamiento de la SUNAT.

- Excel por mesa de partes

adjuntando los demás requisitos.

- Modificación o Suspensión a

partir del PAC de mayo sobre el

EGP al 30.04. y hasta el PAC de

julio.

-Debe presentar EGP al 31.07 para

determinar o suspenderPAC.

- PDT 625.

- COMPARAR con el coeficiente de

la DJ ANUALprecedente.

- No adeudarPAC de enero a abril.

- Modificación o

suspensión a partir del

PAC de agosto, con

presentación del EGP al

31.07.

- Solo PDT 625

Pagos a Cuenta de Tercera Categoría

Modificación opcional a

partir del pago a cuenta Mayo

Se suspende

los pagos a cuenta si No

hay IC

Ingresos

Netos del mes

X Coeficiente Resultante

del E.G y P al 30/04/XX

IC E.G y P al 30/04/XX

IN E.G y P al 30/04/XX

X Coeficiente de la DJ

Anual del ejercicio anterior

Notas:

IC: Impuesto CalculadoIN: Ingresos NetosCoeficiente de la DJ Anual = IC ejercicio anterior

IN ejercicio anterior

Modificación del 1.5%Inciso b)

Excepción: Si

hay IC delejercicio

anterior seaplicaraCoeficiente de

la DJ Anualdel ejercicio

anterior.

Monto Mayor

Modificación de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014

Notas:•Si el coeficiente resultante fuese inferior aldeterminado en el ejercicio anterior, se aplicará esteúltimo.•El contribuyente debió cumplir con presentar la DJanual del ejercicio anterior.

Obligación:

Presentar el E.G y P al 31.07.XX para determinar o suspendersus pagos a cuenta de los Periodos Agosto a Diciembre.

Ingresos Netos

del mes

X Coeficiente resultante

del E.G y P al 31.07.XX

IC E.Gy P al 31/07/XX

IN E.G y P al 31/07XX

Se suspende los pagos a

cuenta

Requisitos:Presentación de D.J Anual del IR del ejercicio anterior, de corresponder.No tener deuda pendiente por los pagos a cuenta de enero a abril.

Nota:De no presentar el E.G y P al 30.04.XX, opcionalmente se podrá modificar el 1.5%presentando el E.G y P al 31.07.XX para los meses de Agosto a Diciembre.

Modificación de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014

Modificación del 1.5%Inciso b)

Si se modificó opcionalmente

a partir del pago a cuenta

de Mayo

E.G. y P. al 31.07.XX

Si

NoX 1.5%

Ingresos Netos

del mes

IC

No

Si

INSC - GPGSC

A partir del pago a cuenta del mes de Agosto, presentarel E.G y P al 31.07.XX

PAGO A CUENTA

Ingresos Netos del mes

X Coeficiente Resultante del E.G y P al

31/07/XX

IC E.G y P al 31/07/XX

IN E.G y P al 31/07XX

Se suspende los pagos a cuenta si

No hay IC

REQUISITOS:Presentación de D.J Anual del IR del ejercicio anterior, de corresponder.

Notas:

IC: Impuesto CalculadoIN: Ingresos Netos

Modificación del

Coeficiente

Modificación de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría 2014

INSC - GPGSC

REQUISITOS

Suspensión a partir de los Pagos a Cuenta de Febrero, Marzo, Abril o Mayo

SOLICITUDdirigida a SUNAT

DECLARACION JURADA

REGISTROS O

INVENTARIOS FISICOS

Aplicable a contribuyentes que aplican el 1.5% a sus ingresos netos y

que desean suspender sus pagos a cuenta a partir del mes de

febrero, marzo, abril o mayo.

Procedimiento 47 TUPA - SUNAT

1. El promedio de los ratios de los 4 últimos ejercicios vencidos de

corresponder, deben ser ≥ a 95%, los cuales se obtienen de dividirel costo de ventas entre las ventas netas de cada ejercicio

multiplicado por 100.

2. Los coeficientes de los 2 últimos ejercicios vencidos no deben

exceder los siguientes límites de acuerdo al mes en el que sesolicita la suspensión:

Si no existe impuesto calculado se da por cumplido el requisito.

3. El total de los pagos a cuenta de los meses anteriores al pago acuenta a partir del cual se solicita la suspensión cuyo monto

cancelado sea igual o mayor al determinado en los 2 últimos

ejercicios vencidos.

RequisitosRequisitos

Suspensión a partir de: Coeficiente

Febrero Hasta 0,0013

Marzo Hasta 0,0025

Abril Hasta 0,0038

Mayo Hasta 0,0050

Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría

Presentar una Solicitud a

través de un escrito, por

Mesa de Partes el cual deberá

contener:

1.Registro de costos (>1,500 UIT),2.Registro de Inventario Permanente Valorizado (>1,500 UIT),

3.Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas

(>500 UIT y ≤1,500 UIT),4.En caso de no estar obligado a llevar dichos registros,

deberá presentar los inventarios físicos de sus existenciasrealizados al final del ejercicio (<500 UIT).

Esta información se presenta en formato DBF o Excel utilizandopara ello un disco compacto o memoria USB.

Considerar para ello las formalidades establecidas en la R.S. Nº

234-2006/SUNAT.

De acuerdo al numeral 13.4 del artículo 13° de la R.S. 234-

2006/SUNAT, incorporado por el Artículo 5 de la Resolución Nº239-2008-SUNAT (31.12.2008): “Los contribuyentes que se

encuentren obligados a llevar Registro De Inventario Permanente

Valorizado, se encuentran EXCEPTUADOS de llevar el Registrode Inventario Permanente en Unidades Físicas.

Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría

RequisitosRequisitos

Adjuntar los Registros de los

últimos 4 ejercicios vencidos a que

hace referencia el Art. 35º del RLIR:

1. Según el período del pago a cuenta a partir del cual se solicite la

suspensión:

Utilizar aplicativo en formato Excel disponible en la web. Esta

Declaración debe ser impresa y firmada por el representantelegal.

2. El coeficiente que se obtenga del EGP no debe exceder lossiguientes límites:

Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría

Suspensión a partir de: E.G.y.P.

Febrero Al 31 de Enero

Marzo Al 28 o 29 de Febrero

Abril Al 31 de Marzo

Mayo Al 30 de Abril

RequisitosRequisitos

Presentar una Declaración

Jurada conteniendo el

EGP:

Suspensión a partir de: Coeficiente

Febrero Hasta 0,0013

Marzo Hasta 0,0025

Abril Hasta 0,0038

Mayo Hasta 0,0050

ImplicanciasImplicancias

1. La presentación de la Solicitud, Registros y DeclaraciónJurada está sujeta a pronunciamiento por parte de laSUNAT.

2. La suspensión a partir del pago a cuenta de febrero,

marzo, abril o mayo sólo será aplicable respecto de lospagos a cuenta de los meses de febrero a julio que nohubieran vencido a la fecha de notificación de la RI, RO

Zonal, que se emita con motivo de la solicitud.

Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría

3. Los contribuyentes que hubieran optado por suspendersus pagos a cuenta a partir del mes de febrero, marzo,abril o mayo, deberán presentar el PDT Nº 625 con el EGP

al 31 de julio, para continuar con la suspensión o modificartal situación para el reinicio de sus pagos a cuenta de los

meses de agosto a diciembre:

� Suspender: cuando no exista impuesto calculado o de

existir, el coeficiente correspondiente al mes en que seefectúo la suspensión no debe exceder los limites

establecidos (0.0013, 0.0025, 0.0038, 0.0050)

� Modificar: cuando el coeficiente resultante exceda los

limites establecidos (0.0013, 0.0025, 0.0038, 0.0050).

Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría

ImplicanciasImplicancias

4. De no presentar el PDT Nº 625 conteniendo el EGP al 31de julio, los contribuyentes deberán efectuar sus pagos acuenta efectuando la comparación entre el 1.5% y el

coeficiente.

5. Efectuada la presentación, el coeficiente resultante seaplicará únicamente a los pagos a cuenta de agosto adiciembre que no hubieran vencido.

6. También podrán modificar o suspender sus pagos a cuenta

en base a su EGP al 30 de abril previo desistimiento de lasolicitud.

Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría

ImplicanciasImplicancias

Suspensión de Pagos a Cuenta de Tercera Categoría

7. A efectos de poder aplicar la presente opción desuspensión, los contribuyentes no deberán tener deudapendiente de pago por los pagos a cuenta de los meses de

enero a abril del ejercicio, según corresponda, cuyovencimiento se produzca en el mes en el que se presente la

Solicitud de suspensión de pagos a cuenta.

8. Se considera como deuda pendiente de pago: la exigible de

conformidad con lo previsto en el artículo 3º del CódigoTributario, salvo que se encuentre impugnada a la fecha en

que se ejerce la presente opción.

ImplicanciasImplicancias

CASOS PRACTICOS

CASOS PRACTICOS

INSC - GPGSC

Caso Práctico N° 1

La Empresa ARTES SAC desea saber cómo va a determinar sus pagos a cuenta de Renta en el ejercicio

2014

Datos Adicionales:

Solución:

- Por Enero y Febrero 2014

Impuesto Calculado 2012 = 185,000 = 0.0121Ingresos Netos 2012 15´320,000

- Por Marzo a Diciembre 2014

Impuesto Calculado 2013 = 320,000 = 0.0162Ingresos Netos 2013 19´750,000

Impuesto Calculado

320,000

Ingresos Netos 19´750,000

EJERCICIO 2012 EJERCICIO 2013

Impuesto Calculado

185,000

Ingresos Netos 15´320,000

Se compara el coeficiente con el 1.5% y se aplica el

mayor. Para el presente caso sería el resultado de aplicar

el 1.5% a los ingresos netos de los meses indicados.

En este caso el coeficiente es mayor al 1.5%. El

contribuyente deberá aplicar el coeficiente 0.0162 a los

ingresos netos de los meses de marzo a diciembre 2014

La Empresa ARCOS SAC desea saber cómo va a determinar sus pagos a cuenta de Renta en el

ejercicio 2014

Datos Adicionales:

Solución

- Por Enero y Febrero 2014

Impuesto Calculado 2012 = 185,000 = 0.0179

Ingresos Netos 2012 10´320,000

- Por Marzo a Diciembre 2014

Impuesto Calculado 2013= 320,000 = 0.0141Ingresos Netos 2013 22´750,000

Impuesto Calculado

320,000

Ingresos Netos 22´750,000

EJERCICIO 2012 EJERCICIO 2013

Impuesto Calculado

185,000

Ingresos Netos 10´320,000

Se compara el coeficiente con el 1.5% y se aplica

el mayor. Para el presente caso sería el

resultado de aplicar el coeficiente de 0.0179 a

los ingresos netos de los meses indicados.

En este caso el coeficiente es menor al 1.5%. El

contribuyente deberá aplicar el 1.5% a los

ingresos netos de los meses de marzo a

diciembre 2014.

Caso Práctico N° 2

INSC - GPGSC

� SI, a partir de los pagos a cuenta del mes de mayo y sobre labase de los resultados que arroja el EGP al 30 de abril.

� Este coeficiente no debe ser menor al determinado según la DJanual del IR del ejercicio 2013 (0.0141).

� En ese caso si el coeficiente resultante es 0.0145, deberárealizar sus pagos a cuenta con este coeficiente por los mesesde mayo, junio y julio.

� Si la Empresa ARCOS SAC ejerció esta opción deberápresentar el EGP al 31 de julio, para determinar o suspender suspagos a cuenta de los meses de agosto a diciembre.

Caso Práctico N° 3

INSC - GPGSC

La Empresa ARCOS podrá modificar la tasa de 1.5% aplicable a sus pagos a cuenta?

- SI HAY IMPUESTO CALCULADO

Al 31.07.2014: Impuesto Calculado : 19,000Ingresos Netos : 1´680,000

Pagos a Cuenta de agosto a diciembre 2014

Impuesto Calculado: 19,000 = 0.0113 (Coeficiente)Ingresos Netos : 1´680,000

En este caso, como el contribuyente presentó su EGP al 31.07.2014 debe efectuar sus pagos a cuentapor los períodos agosto a diciembre 2014 aplicando el coeficiente determinado: 0.0113

- SI NO HAY IMPUESTO CALCULADO

Al 31.07.2014: Impuesto Calculado : 0Ingresos Netos : 2´550,000

Pagos a Cuenta de Agosto a Diciembre 2014En este caso, como el contribuyente presentó su EGP al 31.07.2014 y no hay impuesto calculado,

entonces suspenderá los pagos a cuenta de Agosto a Diciembre 2014.

Caso Práctico N° 4

La Empresa ARCOS SAC presenta el 24.08.2014 el EGP al 31.07.2014, con la siguienteinformación:

INSC - GPGSC

Caso Práctico N° 5

La empresa XX presentó su DJ Anual del 2013 y obtuvo 1.8% como coeficiente.Presentó su PDT 0625 el 30/05/2014 con EGyP al 30/04 obteniendo comocoeficiente 0.95%, el 01/09/2014 presentó el PDT 0625 con EGyP al 31/07

obteniendo pérdida tributaria. Indicar el coeficiente o porcentaje que utilizará parasus pagos a cuenta, en los meses indicados:

Marzo : …………………………………………………….

Abril : …………………………………………………….

Mayo : ….…………………………………………………

Junio : …………………………………………………….

Julio : …………………………………………………….

Agosto : …………………………………………………….

Setiembre : ……………………………….……………………

Octubre : …………………………………………………….

Noviembre : ……………………………………………………..

Diciembre : ……………………………………………………..INSC - GPGSC

PDT

INSC - GPGSC

PDT

INSC - GPGSC

PDT

PDT

RESUMEN

2012 2013

PAGOS A CUENTA IMPUESTO A LA RENTA

2014

ENE/FEB MAR/DIC

- - 1.50% 1.50%

- Pérdida 1.50% 1.50%

- Ganancia 1.50%Tomo el MAYOR

1.50% Coef.2013

Pérdida Pérdida 1.50% 1.50%

Pérdida Ganancia 1.50%Tomo el MAYOR

1.50% Coef.2013

Ganancia PérdidaTomo el MAYOR

1.50% Coef.20121.50%

Ganancia GananciaTomo el MAYOR

1.50% Coef.2012

Tomo el MAYOR

1.50% Coef.2013

GRACIASGRACIAS

INSC - GPGSC