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PLANTEAMIENTOS A LA
COMISIN ASESORA
PRESIDENCIAL
SISTEMA DE PENSIONES
Documento Completo de Propuestas
Brujo de los Andes 6298 - (562) 26735312 - info@agap.cl
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p g
1
TABLA DE CONTENIDO QUINES SOMOS .................................................................................................................................... 2 QU SE DEBE RESOLVER? ................................................................................................................... 2 PROPUESTAS ............................................................................................................................................ 4
1. Declaracin y No Pago ................................................................................................. 4
2. Comisin por Intermediacin ..................................................................................... 4
3. De la Asesora Previsional ........................................................................................... 5
4. Clculo de Pensiones ................................................................................................... 7
Rentabilidad: ................................................................................................................... 8
Expectativa de Vida: ...................................................................................................... 10
5. compaa de Seguros del Estado ................................................................................ 11
7.- Falta de Competencia en el Mercado .......................................................................... 14
8.- Cotizacin del Trabajador Independiente ................................................................... 15
9.- Trabajo Pesado ............................................................................................................ 16
10.- Cotizaciones del Trabajador con cumplimiento de edad legal ................................. 16
11.- Sucursales de Atencin al Pblico .............................................................................. 16
12.- Listados Pblicos ........................................................................................................ 17
13.- Requisitos de Pensin Anticipada .............................................................................. 17
14.- Pensiones de Sobrevivencia ...................................................................................... 18
15.- Financiamiento de la Comisin Mdica ..................................................................... 18
16.- Protocolo de Determinacin de Invalidez.................................................................. 18
17.- Aporte Tripartito ....................................................................................................... 19
RESPUESTAS A LA COMISIN ............................................................................................................ 20
Falta de competencia en las ofertas de los Certificados SCOMP ...................................... 20
Evolucin de los saldos, a medida que se van pagando las pensiones en Retiro
Programado y Renta Vitalicia ........................................................................................... 22
Cmo afecta la Comisin de Intermediacin a la Pensin? ............................................ 24
Qu gobernabilidad tendra la Compaa de Seguros del Estado? ................................. 25
APNDICE ............................................................................................................................................... 26
2
QUINES SOMOS
El ao 2008 se crea la figura legal del Asesor Previsional, a travs de la Ley N 20.255 del
17 de Marzo, en la cual se nos incorpora formalmente al actual sistema previsional. Se deja
establecido como requerimiento la exigencia de mantenernos al da en materia normativa, para lo
cual se nos exige revalidar nuestros conocimientos quinquenalmente para asegurar la calidad de
nuestra labor.
Somos un grupo de profesionales a lo largo del pas, con un inters en comn, que es el de
entregar una asesora personal, independiente e integral a cada uno de los afiliados y los integrantes
de su grupo familiar que as lo requieran.
El estar diariamente con los pensionables y observar cmo les afecta en sus vidas las
limitadas opciones que tienen al jubilarse, el drama personal y familiar que tienen que enfrentar, el
cual pareciera no ser escuchado ni entendido por las autoridades ni por las instituciones que
administran el sistema. La sensacin de impotencia y la desazn que les aflige no puede ni por lejos
ser aplacada o disminuida por la explicacin tcnica que se les da, como que las Administradoras de
Fondos de Pensiones rentaron ms que lo que tenan presupuestado, o que en definitiva son ellos
los culpables por no tener a lo menos 40 aos de imposiciones y tener lagunas previsionales, como
si algn trabajador chileno quisiera voluntariamente quedar cesante, o que los chilenos estn
viviendo cada vez ms,
Nosotros somos los que escuchamos a las personas en su momento ms vulnerable,
expresar sus miedos y enfrentarse a sus nuevas realidades, donde deben confesarnos sus
debilidades con la esperanza de que podamos ayudarlos a enfrentar una realidad donde ya no hay
mucho que hacer. Las personas depositan su confianza en nosotros y esperan recibir la orientacin
profesional correspondiente ya que cada uno vive una realidad de necesidades y expectativas
diferentes.
Es por ello, y de acuerdo a lo planteado al final de la Sesin sostenida el 13 de Agosto, que
hemos preparado este documento donde encontrarn todas las propuestas que nos parecen
relevantes se consideren para mejorar el Sistema de Pensiones, donde adems se da respuesta y
respaldo a las preguntas efectuadas por los comisionados hacia nuestra organizacin.
QU SE DEBE RESOLVER?
La razn que nos convoca a todos los que estamos participando de esta Comisin son las
bajas pensiones que estn obteniendo nuestros trabajadores pensionados como resultado de sus
ahorros previsionales en sus tiempos laborales y se ha dado la explicacin, como ya lo hemos dicho
3
de que ha sido producto del bajo ahorro y, por lo tanto, se estn dando muchas frmulas para
aumentarlo. Sin embargo, esta no es la nica razn por la cual las pensiones estn siendo tan bajas.
En muchos casos, el ahorro se hizo, pero el empleador no lo deposit, con lo cual lo que hubo fue
una estafa masiva hacia los trabajadores del que nadie se ha hecho cargo.
Otros temas recurrentes con que nos encontramos en el da a da de nuestro trabajo, y que
estn afectando seriamente a la baja las pensiones de nuestros afiliados son:
1. Las Compaas de Seguros, responsables de pagar ms del 70% de las pensiones de Rentas
Vitalicias Previsionales autofinanciadas, bajan constantemente las tasas de clculo, lo que
hace bajar cada vez ms las pensiones ofrecidas en los Certificados de Ofertas del SCOMP.
2. El sistema de Clculo de pensiones de Retiro Programado y Rentas Temporales est
permitiendo que una persona a los 80 aos mantenga ms del 50% de su fondo previsional
sin repartir.
3. Las Compaas de Seguros estn ofreciendo prcticamente las mismas pensiones entre s
en los Certificados SCOMP, lo cual es contrario al espritu de la ley que lo creo, por lo que
dicho documento no est generando la competencia que esperaba se lograra en el mercado,
lo que va en desmedro de las pensiones, ya que a menor competencia, menor pensin.
4. Los protocolos mdicos no se condicen con la gravedad de ciertas patologas, generalmente
catastrficas en la evaluacin de una invalidez, y por otro lado el financiamiento de estas
comisiones por parte de las entidades involucradas, hace presumir un conflicto de intereses,
cuando son las mismas encargadas de efectuar los aportes de capital faltante en las cuentas
del afiliado.
5. Quienes laboralmente desarrollan trabajo pesado, no tienen de manera automtica el
beneficio establecido en la ley, teniendo como obligacin que tramitar el reconocimiento de
manera individual, perdindose normalmente el sentido de este beneficio, sumndose
adems que tampoco tienen derecho a una tabla de expectativa de vida menor, lo cual a
todas luces conlleva un error al no considerar el desgaste fsico establecido en la creacin de
esta ley.
6. Los cambios efectuados al Decreto Ley 3500, con respecto al incremento de los requisitos
para acogerse al beneficio de pensionarse anticipadamente, han sido incrementados de
manera de evitar las bajas pensiones, pero nunca han considerado la alta cesanta existente
entre los afiliados cercanos a la edad legal de pensin, aun cuando estos pueden tener
importantes capitales en sus cuentas, pero ningn ingreso en sus hogares con el cual
sobrevivir.
7. La Asesora Previsional, se entendi en la ley 20255, como una necesidad imperiosa para
educar y guiar al afiliado respecto del actual Sistema Previsional, as como tambin en la
obtencin y maximizacin de los beneficios que el sistema entrega al afiliado y sus
beneficiarios. Encontrndonos hoy en da con que solo cerca de un tercio de las pensiones
gestionadas en el sistema involucra la intermediacin de un profesional del rea, con el
consecuente dao considerando que la pensin es nica en la vida.
4
PROPUESTAS
1. DECLARACIN Y NO PAGO
La declaracin y no pago de la cotizacin previsional fue un beneficio creado de manera
transitoria en la crisis de 1982, a travs de la Ley 18.137. Esta consista en que el empleador pudiera
cumplir con su obligacin previsional, reconociendo la deuda a travs de una declaracin, mientras
lograba juntar los fondos para poder pagar las cotizaciones respectivas.
Sin embargo, con el tiempo este beneficio se fue masificando de tal manera que se convirti
en un prstamo forzado del cual el trabajador no tena poder de decisin.
El uso de este beneficio, fue el causante de grandes lagunas previsionales, ya que el
empleador, con el tiempo, fue incapaz de devolver los montos adeudados a sus trabajadores. Esto,
producto de los altos factores de actualizacin de capitales y de la quiebra de gran cantidad de
empresas y microempresas que no pudieron salir de este problema.
Para ejemplificar, incluso podemos indicar que una empresa que haya dejado de pagar sus
cotizaciones previsionales en el ao 1982, debe hoy pagar 9,43 veces su deuda para ponerse al da,
situacin de difcil cumplimiento en la que los mayores afectados son los afiliados.
2. COMISIN POR INTERMEDIACIN
El D.L. 3.500, en su art. 179, indica expresamente que los honorarios de la intermediacin
de Pensin (la Asesora Previsional) deben ser pagados con cargo a la cuenta de capitalizacin
individual del afiliado en el caso del Retiro Programado, para el caso de la Renta Vitalicia, no
obstante, la definicin viene dada por la interpretacin realizada por la Superintendencia de
Pensiones, en su Resolucin Exenta n 1211 del 18 de junio de 2014, que es a la vez Resolucin
Exenta n 170 de la Superintendencia de Valores y Seguros. En esta se indica, en una tabla de la
pgina 4 que, Legalmente, los costos de intermediacin son de cargo de las Compaas de
Seguros.
El problema, en este caso, no radica en una legislacin deficiente, sino que en la falta de
accin para hacer cumplir la Ley. Por ejemplo, el certificado de ofertas del SCOMP seala, en cada
pgina (la cifra puede variar):
5
Esta informacin, tomando en cuenta lo indicado en la mencionada Resolucin Exenta, es
errnea y permite a las Compaas de Seguros el no asumir el costo que legalmente les corresponde,
perjudicando a los afiliados y disminuyendo su pensin.
Nuestra propuesta es que se respete y refuerce la Ley vigente para el caso de las Rentas
Vitalicias, estableciendo que la comisin por intermediacin sea de un 2%. Adems, consideramos
necesario que se equipare esta situacin en el caso del Retiro Programado, y que sean las AFPs las
que paguen la comisin correspondiente, evitando as costos para el afiliado y bajas innecesarias en
los montos de pensin.
3. DE LA ASESORA PREVISIONAL
El Sistema Previsional est sujeto a una dinmica daina: los afiliados del sistema son
propietarios de sus fondos (y por ende legalmente responsables de su preservacin), no obstante
carecen de los medios (por falta de informacin) para poder administrarlos. Por otro lado las AFPs y
Compaas de Seguros poseen la capacidad de administracin necesaria, pero carecen de los
incentivos para preservar los fondos (y en varios casos, les puede resultar ms conveniente incluso
el disminuirlos aumentando los costos).
Este problema de la Agencia se resuelve en nuestro Sistema Previsional con la
intermediacin del Asesor Previsional. Su labor es asumir las tareas tcnicas que el trabajador
est imposibilitado de hacer, estableciendo una relacin simtrica entre quienes administran los
fondos y aquellos que los poseen y merecen aprovechar. El Asesor Previsional, adecuadamente
preparado para la negociacin, es la nica garanta a la libertad de eleccin de los afiliados del
sistema; por ende, es imprescindible para un sistema de seguridad social con participacin del
mercado.
Adems de estas ventajas lgicas, existe un efecto econmico concreto de la Asesora: este
tipo de intermediacin genera un slido aumento de pensin a sus asesorados. Los grficos de la
siguiente pgina lo ilustran:
6
Fuente: Elaboracin propia en base a datos de la Superintendencia de Valores y Seguros
En los grficos se puede observar que, en forma sostenida, los Asesores Previsionales han
conseguido ofrecer mejores pensiones a los afiliados, que las que gestionan los Agentes de
Compaas. Esto es debido principalmente a la capacidad extra de negociacin de los Asesores, lo
que se demuestra en el hecho de que, durante las mayores bajas de las tasas, son los asesores los que
pueden revertir (en parte) esta situacin.
2,50
2,70
2,90
3,10
3,30
3,50
3,70
dic
-09
mar-
10
jun
-10
sep
-10
dic
-10
mar-
11
jun
-11
sep
-11
dic
-11
mar-
12
jun
-12
sep
-12
dic
-12
mar-
13
jun
-13
sep
-13
dic
-13
mar-
14
jun
-14
Tasas de pensin por intermediario
Agentes de Ventas Asesores Previsionales
100,00%
101,00%
102,00%
103,00%
104,00%
105,00%
106,00%
dic
-09
mar-
10
jun
-10
sep
-10
dic
-10
mar-
11
jun
-11
sep
-11
dic
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jun
-12
sep
-12
dic
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mar-
13
jun
-13
sep
-13
dic
-13
mar-
14
jun
-14
Tasa de pensin extra con Asesor Previsional
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No obstante las ventajas de la Asesora, solo un 30% de las personas que se pensionan lo
hacen a travs de un Asesor Previsional, y los Asesores solo pueden intermediar trmites
relacionados con la obtencin de pensin.
Proponemos que, en vista del xito del modelo de intermediacin, este se extienda a
todos los beneficios previsionales existentes en el pas: pensiones, seguros de salud, tributacin
previsional, ahorro en Cajas de Compensacin, etc.
Para realizar correctamente esta labor, el Asesor Previsional debe tener un grado acadmico
producto del estudio de una malla curricular, manteniendo vigentes sus capacidades a travs de
capacitacin constante proveda por sus entidades reguladoras, las que adems deben promover
activamente su servicio a los afiliados para empoderarlos.
4. CLCULO DE PENSIONES
En forma simple, las pensiones se calculan como el capital acumulado, dividido por los
aos de vida que se tenga para gastarlo. Estos aos se denominan 'Sobrevida'. De no existir la
posibilidad de rentabilizar (trabajar) los fondos que an no se pagan, cubrir la sobrevida sera
extremadamente caro. Gracias a la rentabilidad, la mayor extensin de la sobrevida se amortiza con
la mayor ganancia que los fondos alcanzan a producir en ese tiempo extra.
La siguiente frmula expresa de manera sencilla el mtodo de clculo de la pensin: la
rentabilidad de los fondos no est, por ahora, explcita:
A mayor Capital, mayor pensin.
A menor Capital Necesario Unitario (CNU), mayor pensin.
Esto significa que si la rentabilidad es mayor a 0%, la pensin aumenta o el monto necesario
para financiar la pensin disminuye; por lo tanto, son dos las variables a considerar en la
determinacin del monto de la pensin:
8
RENTABILIDAD:
Como ya se seal, la rentabilidad es la ganancia que se obtiene de 'trabajar' los fondos
ahorrados y que an no se pagan. Formalmente en este sistema previsional, corresponde a la Tasa
Equivalente, basada en sumarle a la estructura temporal de tasas obtenidas como el promedio
de las curvas cero real el exceso de retorno promedio obtenido de los Proveedores LVA ndices y
Riskamerica basado en los bonos corporativos con clasificacin de riesgo AA consolidada,
incluyendo clasificaciones AA- y AA+ .
Esta Tasa Equivalente se empez a aplicar desde enero de este ao, y sobre ella llaman la
atencin tres elementos:
1. Ya ha provocado dos reclculos,
2. Las tasas bajaron y,
3. Que stas son significativamente menores a las rentabilidades obtenidas por los fondos del
sistema donde efectivamente estn invertidas.
La siguiente frmula corresponde al clculo del Capital Necesario Unitario. La Tasa
Equivalente est indicada en color rojo. A su lado, la variacin de la Tasa en lo que va del ao
2014 (se observan dos disminuciones de sta, lo que se traduce en dos bajas en los montos de
pensin).
[(
( ) )
]
Al lado, una tabla de la Superintendencia de Pensiones
con la rentabilidad real del Fondo E del sistema de AFPs (el ms
conservador); se puede observar que su rentabilidad es bastante
mayor a la Tasa Equivalente, vale decir, el sistema puede otorgar
pensiones ms altas de las que calcula, incluso con un
comportamiento exageradamente cauto (la mayora de los fondos
de pensiones chilenos estn invertidos en acciones ms rentables
que las del Fondo E).
Tasa Equivalente Ao 2014
Enero 3,82
Febrero 3,82
Marzo 3,82
Abril 3,66
Mayo 3,66
Junio 3,66
Julio 3,38
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
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A menor Vector, menor Pensin
Fuente: Elaboracin propia en base a tablas y datos de la Superintendencia de Pensiones
Es evidente que no existe hoy una relacin entre la rentabilidad real del sistema previsional
(que es alta y genera ms fondos) y el clculo de las pensiones (que se comporta constantemente
como si el pas estuviera en peores condiciones econmicas que las reales. Esto es debido a que, tal
como seala la frmula de la Tasa Equivalente, se considera para el clculo de las pensiones solo a
los bonos corporativos con clasificacin de Riesgo AA consolidada, que son inversiones
exageradamente conservadoras.
Si bien podra pensarse que es una medida responsable operar con inversiones
conservadoras, para evitar que los afiliados pierdan sus fondos o pensiones en una crisis econmica,
esto no se relaciona con la Tasa Equivalente. Esta tasa usa a las inversiones conservadoras como
REFERENCIA de cunta rentabilidad entregar a los pensionados, pero no evita que sus fondos se
inviertan en inversiones ms riesgosas: en la prctica, el dinero de los afiliados est generando ms
riqueza de la que ellos perciben.
Proponemos entonces que el clculo de la pensin tome como referencia un valor real:
un cierto porcentaje de la rentabilidad observada en los mismos fondos de pensiones del mismo
sistema de AFPs. As, automticamente las pensiones estarn relacionadas con la rentabilidad que
autnticamente generan, y como resultado, aumentarn los montos de pensin.
En nmeros concretos, el efecto en las pensiones de cambiar la tasa equivalente por la tasa
de Rentabilidad del Sistema del Fondo E para el Clculo del CNU sera de un aumento del 20% de
las pensiones con efecto inmediato; veamos una simulacin:
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Cuadro 3: Efecto en las Pensiones del Cambio de Tasa para el Clculo del CNU
Porcentaje Aplicado
Tasa Final Aplicada al CNU
Efecto en la Pensin
Tasa Equivalente
Rentabilidad del Sistema Fondo E
3,38% 5,18%
0% 100% 5,18% +20%
10% 90% 5,00% +18%
20% 80% 4,82% +16%
30% 70% 4,64% +14%
40% 60% 4,46% +12%
50% 50% 4,28% +10%
60% 40% 4,10% +8%
70% 30% 3,92% +6%
80% 20% 3,74% +4%
90% 10% 3,56% +2%
100% 0% 3,38% 0%
Fuente: Elaboracin propia en base a datos de la Superintendencia de Pensiones
En la tabla, se evala el efecto para distintas proporciones entre el actual mtodo de clculo
y el que proponemos (que sigue siendo conservador). Se observa como cualquier cambio generara
un aumento inmediato de las pensiones, sin ms dificultad que un cambio en una frmula
matemtica.
EXPECTATIVA DE VIDA:
La expectativa de vida de un hombre, al cumplir 65 aos es de alcanzar los 83 aos, y en el
caso de una mujer, de 88 aos, segn datos del INE. Sin embargo, el sistema previsional permite
utilizar una tabla de mortalidad que supone que el hombre puede alcanzar los 110 aos, y la mujer,
los 120. Eso significa que todos los pensionados deben financiar, con sus propios ahorros ms aos
de sobrevida que los que, estadsticamente, llegarn a vivir!
Veamos un ejemplo: un hombre que se pensiona a los 65 aos, se supone que tiene que
financiar una pensin hasta los 83 aos (18 aos de pensin) que estadsticamente es la edad en que
mueren los hombres chilenos. Sin embargo, se le tomar en cuenta hasta los 110 aos, es decir, 27
aos extra a su verdadera esperanza de vida. Esto hace que a los 80 aos, todava mantenga ms del
50% de su saldo en la AFP, si es que escogi Retiro Programado. En el caso de una Renta Vitalicia,
puede darse el caso de que solo comience a ver beneficios reales de pensionarse 20 aos ms tarde.
En ambos casos, es casi seguro que el pensionado fallecer sin llegar a hacer
uso de todos sus ahorros. En la prctica, esto significa una de dos cosas: si el pensionado opt
por dejar parte de su pensin a su familia (mediante un Retiro Programado o una garanta en la
Renta Vitalicia), son sus familiares y no l quienes gozarn de pensin; si el pensionado, buscando
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aumentar su ingreso mensual, no garantiz su pensin de Renta Vitalicia, es la Compaa de
Seguros la que se apropia de todos los ahorros que sobren.
Entendiendo que el Sistema Previsional debe balancear el permitirle al pensionado
aprovechar sus ahorros, pero asegurndole que no se quede sin ingresos cuando pasen los aos,
consideramos que la Sobrevida debe ser financiada de un modo distinto.
Proponemos entonces que las pensiones sean calculadas con expectativas de vida
razonables y no las de 110 o 120 aos ahora vigentes, para que los ahorros del afiliado se distribuyan
de manera ms conveniente. Para aquellas personas que superen su expectativa de vida (una
minora importante), planteamos que se modifique el actual Seguro de Invalidez y Sobrevivencia,
incorporando cobertura a la sobrevida. As, se crea un nuevo mercado para las Compaas de
Seguros a la vez que los pensionados pueden obtener mejores pensiones y quedarse sin ingresos en
el futuro.
Este cambio de modalidad de clculo puede otorgar hasta un 30% ms de pensin si se
considera una expectativa de vida de 83 aos para su clculo y se incorpora un seguro de sobrevida.
El cuadro 4 es una simulacin:
Cuadro 4: Pensin actual con tabla mortalidad vs. Pensin con tabla expectativa propuesta
Edad Promedio de Pensin
Actual en UF (con tabla de mortalidad actual)
Pensin en UF (con tabla de expectativa de vida propuesta)
Variacin
83 6,01 7,85 30,51%
84 5,95 7,59 27,65%
85 5,90 7,32 24,00%
86 5,86 7,10 21,24%
87 5,80 6,87 18,37%
88 5,75 6,67 16,05%
89 5,69 6,50 14,33%
90 5,62 6,35 13,03%
Supuestos: Hombre pensionado a los 65 aos, casado con una mujer dos aos menor, no tiene beneficiarios de pensin, cotizante por $200 mil, sin lagunas previsionales, rentabilidad del 3,71%. Fuente: elaboracin propia.
5. COMPAA DE SEGUROS DEL ESTADO
El cuadro siguiente indica las tasas de las Rentas Vitalicias desde el ao 1998 hasta la fecha.
Las tasas de renta vitalicia son directamente proporcionales a la pensin (mientras ms alta la tasa,
ms pensin recibe el afiliado). Se puede apreciar que stas han ido bajando sostenidamente, hoy no
superan el 2,7%.
12
Cuadro 5: Grfico de Tasas de Rentas Vitalicias (1998 2014)
Fuente: Superintendencia de Pensiones
A travs del siguiente grfico de las tasas de inters y los CNU (Capital Necesario Unitario)
se visualiza el resultado de estas en los ltimos aos y demuestra cmo estos factores son los que
directamente han afectado en los resultados del sistema previsional:
Cuadro 6: Grfico de Tasas de Rentas Vitalicias y costo de pensionarse. Medias anuales 1998 2014
Fuente: elaboracin propia, en base a datos de la Superintendencia de Pensiones
Las tasas de las Compaas son tan bajas y las tablas de mortalidad tan extensas que, en la
prctica, las Compaas de Seguro ya no asumen ningn riesgo (o costo) al pensionar a los afiliados:
la propia idea del seguro en la Renta Vitalicia desaparece, y finalmente, casi todos los pensionados
fallecen antes de cobrar el total de sus ahorros.
Para explicar esto, un ejemplo: el caso de una persona de 65 aos que contrata una Renta
Vitalicia por 6,15 UF usando una prima de 1385,74 UF. Esa persona autofinancia 225 meses de su
pensin; es decir, sin saber paga una Renta Vitalicia para que le devuelva su propia plata, en cuotas,
2,50
3,00
3,50
4,00
4,50
5,00
5,50
6,00
Tasas observadas de Rentas Vitalicias
140
150
160
170
180
190
200
210
2,80
3,30
3,80
4,30
4,80
5,30
5,80
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
media anual tasa RV media anual CNU obs. Vejez
13
hasta los 84 aos. Durante todo ese tiempo, la Compaa de Seguro trabaja la prima, y con una tasa
de 2,81% los fondos alcanzan realmente para 318 meses de pensin.
Recordemos que la Expectativa de Vida de un chileno varn es de 83 aos, por lo tanto, lo
que queda es sobrevida. Esto quiere decir que, hasta cumplir los 91 aos (si los cumple), este
afiliado ha recibido solamente el dinero que l mismo se financi: la Compaa de Seguro no ha
contribuido en nada a su pensin. Si esta persona falleciera antes de los 91, todo el excedente es
ganancia para la Compaa.
Por lo tanto, quin est asumiendo realmente el riesgo? Es razonable que el afiliado lo
est asumiendo porque no tiene opcin? Est el sistema funcionando para maximizar ganancias a
las Compaas, en vez de mejores pensiones para los afiliados?
Por otro lado, si bien es verdad que las tasas libres de riesgo tienden a cero, las compaas
no invierten realmente en estas tasas, sino que en actividades ms rentables: as, el problema de las
bajas Rentas Vitalicias no es uno de baja rentabilidad, sino que de un mercado con muy baja
competencia.
Como las pensiones de Rentas Vitalicias compiten con las de Retiro Programado y stas son
calculadas con la Tasa equivalente (basadas en los bonos corporativos de clasificacin de riesgo AA),
entonces, las Compaas de Seguros no tienen incentivos para ofrecer tasas ms altas ya que su
competencia est topada con este ltimo clculo. Por lo tanto, mientras no corrijamos la frmula
de clculo de pensin del Retiro Programado que haga subir estas pensiones, las tasas de las Rentas
Vitalicias no tendrn incentivos para volver a subir.
Hasta ahora, hemos tratado a la Renta Vitalicia y al Retiro Programado como equivalentes
(porque compiten en el mercado), pero no son lo mismo: los costos y riesgos, as como los beneficios
que entregan a los pensionados son distintos y deben regularse de forma diferente.
La propuesta n 4 permite que las pensiones de Retiro Programado sean un tanto ms altas,
lo suficiente como para que compitan de verdad con la Renta Vitalicia; no obstante, las tasas de
clculo de sta ltima (que varan en el tiempo) todava pueden perjudicar a los afiliados, y peor
an, de por vida.
Una estrategia que podra evitar este dao sera esperar a que haya tasas altas, pero aquellos
que se pensionan no suelen poder decidir cundo dejar de trabajar, ni pueden esperar sin recibir
sueldo. Es necesario entonces forzar la competencia desde otro punto, no solo desde el Retiro
Programado.
Podra plantearse que la competencia crecera si entran nuevas Compaas de Seguro al
mercado de las Rentas Vitalicias, pero la naturaleza de ese mercado hace muy difcil el entrar o
mantenerse en l (es muy rentable, pero paga a plazos muy largos). Adems, una serie de necesarias
restricciones de seguridad hacen muy caro comenzar una nueva Compaa.
14
Queda entonces solo una alternativa viable para incrementar la competencia en las Rentas
Vitalicias: que el Estado, capacitado para invertir grandes cantidades de dinero y no resultar daado
por largos plazos sin rentabilidad, cree una Compaa de Seguros Estatal. Su presencia como un
nuevo actor con alto poder econmico forzar a su competencia a aumentar sus tasas para
mantenerse en el mercado, con el resultado de que las pensiones de Renta Vitalicia aumenten para
los nuevos pensionados.
6. FALTA DE COMPETENCIA EN EL MERCADO
El ao 2004, a travs del Decreto de Ley 19.934 se implement el Sistema de Consultas y
Ofertas de Montos de Pensin (SCOMP), proyecto que persegua principalmente transparentar el
sistema y mejorar con ello las pensiones que obtenan los afiliados y sus beneficiarios, en base a una
competencia pblica y abierta entre las alternativas ofrecidas por los diversos actores del sistema,
por un lado las Administradoras de Fondos de Pensiones y por otro las Compaas de Seguros de
Vida que quieran participar del negocio.
El principal escollo con el que se encontr este sistema, fue la existencia y proliferacin, en
gran parte de las compaas de seguros, de inmensas fuerzas de ventas, basadas en la figura de
agente libre, trabajador dbilmente vinculado a la compaa (por lo que esta puede desvincularlo y
con ello evitar mayores problemas), con mnima capacitacin, carente de toda garanta o
responsabilidad legal sobre su labor, y condicionado a promocionar alternativas de pensin cuyo
beneficio para el afiliado es deficiente.
Debemos tener presente que los afiliados tienen variadas alternativas para elegir, no solo el
Retiro Programado y la Renta Vitalicia, sino que adems combinaciones y variedades intermedias,
no siendo stas ltimas rentables para los agentes, los cuales son pagados por traspasar
ntegramente el capital del afiliado hacia la compaa en que el agente presta servicios, siendo
premiados con viajes y premios en dinero por aquello, lo que obviamente tergiversa el espritu de la
ley, que es la de custodiar el inters social, a travs de otorgar a las personas las mejores pensiones
posibles.
Desde el nacimiento del sistema SCOMP a la fecha las ofertas de pensin de Rentas
Vitalicias se han ido minimizando y la diferencia ofrecida entre la primera Compaa y la ltima
oferta es cada vez menor, esto se debe a que en un principio el sistema era totalmente ciego para las
compaas, ya que estas solo reciban la informacin necesaria para la cotizacin de una Renta
Vitalicia en sus diferentes modalidades, en cambio hoy en da las compaas saben de antemano que
tipo de pensin y participe es el que interviene y en qu lugar se encuentran ubicados.
La manera de solucionar este problema es que el sistema SCOMP cumpla con el espritu de
la Ley con que fue creado, o sea transparentar para el afiliado el proceso de obtencin de una
pensin.
15
Propuesta:
Proponemos como solucin a esta situacin, considerando que de acuerdo a los datos que
entrega la Superintendencia de Valores y Seguros en su pgina web, las compaas que trabajan con
agentes son las que ms rentas vitalicias venden, y contradictoriamente son las que estn
permanentemente en los ltimos lugares del SCOMP. Establecer por ley el hecho que solo las
cuatro primeras compaas de cada Certificado de Ofertas puedan finalmente
participar en la contratacin definitiva con el afiliado o sus beneficiarios, lo cual llevara
a que las que siempre estn en los ltimos lugares, deban competir con mejoras en sus tasas de
venta y montos de pensin, y no a travs de argumentos relativos que conllevan generalmente a un
dao previsional al sistema en su conjunto.
La pensin otorgada en el SCOMP debe tener un valor independiente del partcipe que
haya ingresado la consulta ya que segn resolucin exenta 1211 de la Superintendencia de
Pensiones y resolucin exenta N 170 de la Superintendencia de Valores y Seguros del da 18-06-
2014 establece que Legalmente, los costos de intermediacin son de cargo de las Compaas de
Seguros. Lo cual hoy en da no se est cumpliendo, ya que el sistema SCOMP endosa al afiliado el
costo de intermediacin, sea este a travs de un Asesor Previsional o de un Agente de Compaa de
Seguros, esto queda en plena evidencia al resaltar la leyenda que textualmente dice importante: Su
Renta Vitalicia fue calculada descontando del saldo una comisin previsional de 2,00%. Su pensin
podra aumentar en la medida que esta comisin no exista o sea inferior a la sealada. Tan solo
aplicando la ley el pensionado obtendra un aumento en su pensin derivado de la comisin antes
en comento.
7. COTIZACIN DEL TRABAJADOR INDEPENDIENTE
El pago de Cotizaciones Previsionales de los trabajadores Independientes, a travs de la
retencin de Impuestos Internos, y canceladas por la Tesorera General de la Republica a la
Institucin Previsional en la cual se encuentre afiliado el trabajador, implica un desfase en el pago
de las Cotizaciones y por ende una laguna en la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia,
con lo cual por un lado se pierde la rentabilidad asociada desde el momento de la rebaja hasta el
momento de la acreditacin y por otro el cumplimiento de los requisitos necesarios para la
cobertura del seguro, quedando perodos sin cobertura.
Propuesta:
Las cotizaciones enteradas por el Servicio de Impuestos Internos deben generar rentabilidad
desde el da que son autorizadas por Tesorera.
La vigencia de la cobertura del seguro para el trabajador independiente debe extenderse a 18
meses, de manera de tener tiempo para que se enteren las cotizaciones y el trabajador no pierda
la cobertura por la forma y va de pago de esta alternativa.
16
8. TRABAJO PESADO
La calificacin del Trabajo Pesado debe ser solicitado por el empleador, el trabajador o el
Sindicato cada vez que se contrate al trabajador para ese cargo, quedando sujeto a una gestin
de solicitud, lo que dificulta la obtencin del beneficio.
El trabajador que cumple labores de trabajo pesado se le considera la misma tabla de
mortalidad que las personas con labores normales, con lo cual sus pensiones se ven afectadas
por expectativas de vida que no se condicen al desarrollo de estas actividades.
El Sistema no est aplicando las rebajas de aos que indica la ley por trabajo pesado, exigiendo
que los afiliados cumplan con los requisitos de vejez anticipada para poder pensionarse en vez
de aplicar la rebaja respectiva.
Propuesta:
La calificacin de Trabajo Pesado debe ser para todas las personas que ocupan el cargo en forma
automtica y retroactiva.
Aplicacin a los pensionados por trabajo pesado de tablas de mortalidad de acuerdo a las
labores desarrolladas segn la Ley Ergonmica.
Rebaja efectiva de aos para obtencin de pensin y beneficios previsionales.
9. COTIZACIONES DEL TRABAJADOR CON
CUMPLIMIENTO DE EDAD LEGAL
El Trabajador que ya cumpli con la edad legal de pensin, y que sigue trabajando no tiene
obligacin de cotizar para pensin, sino que la cotizacin pasa a ser opcional sin embargo, si opta
por este beneficio, pierde el derecho a tener licencias mdicas con derecho a pago.
Propuesta:
Las licencias mdicas con pago no debieran depender de la cotizacin en la AFP, sino que del
monto cotizado en su Sistema de Salud, entidad adems responsable de pagar el beneficio
respectivo.
10. SUCURSALES DE ATENCIN AL PBLICO
El pblico preferente de las Administradoras de Fondos de Pensiones es de la tercera edad,
muchos de ellos personas enfermas, y la espera para atencin promedio es de 70 minutos, sin
embargo, ninguna sucursal tiene bao habilitado para los afiliados y menos para personas
discapacitadas. Contradiciendo la Ley Municipal que dice que todo lugar de atencin de pblico
debe contar con servicios higinicos, separados por sexo, y con un numero acorde a la cantidad
mxima estimada de usuarios en atencin.
17
Propuesta:
Que se instalen baos acondicionados para el pblico de tercera edad y discapacitados de
acuerdo a los perodos altos de atencin y tiempo de espera.
11. LISTADOS PBLICOS
Los afiliados inscritos en el listado Pblico lo hacen porque necesitan informarse. Sin
embargo, para que un Asesor Previsional pueda tener acceso al mismo, debe pagar para inscribirse y
pagar por una llave que debe renovarse anualmente con lo cual la barrera para acceder al listado y
por lo tanto a las personas que requieren de la asesora, es demasiado alta. Esto ha generado un
desequilibrio en el manejo de la informacin, donde las Compaas de Seguros son las que tienen
mayor acceso distribuyendo la informacin a su fuerza de ventas, perdiendo con esto la objetividad
de la Asesora Integral impregnada en el espritu de la Ley.
Propuesta:
Los Asesores Previsionales deben tener acceso libre y gratuito a la base de datos del listado
pblico completo.
Eliminar el uso de los listados pblicos como negocio para la empresa privada, teniendo
presente que quien se inscribe en este busca orientacin y no ser mercanca transable en el
mercado.
12. REQUISITOS DE PENSIN ANTICIPADA
Las afiliados mayores de 55 aos tiene un alto nivel de cesanta, accediendo generalmente
trabajos de menor calificacin y mayoritariamente temporales, por lo que se hace indispensable
acceder a sus fondos previsionales en forma anticipada, encontrndose con barreras
infranqueables por lo cual no cumplen con el requisito de financiamiento actualmente vigente.
El requisito actual para pensionarse anticipadamente, es cubrir el 70% del promedio de
Remuneraciones Imponibles actualizadas segn el IPC de los ltimos 10 aos (con tope de 16
meses sin cotizar) y el 80% de la Pensin Mxima con Aporte Solidario (hoy aproximadamente
$ 266.000).
El requisito del 80% de la PMAS es muy superior al 70% del sueldo mnimo, que es el sueldo
que normalmente se encuentra percibiendo un alto porcentaje de estos trabajadores.
Propuesta:
Eliminar el tope de los 16 meses sin cotizar para el cumplimiento del requisito del porcentaje
del promedio de Renta de los ltimos 10 aos.(D.L. 3500, art. 63).
Cambiar el segundo requisito de financiamiento a Sueldo Mnimo y no a PMAS.
Rebajar el requisito del promedio de Renta de los ltimos 10 aos del 70% a 60%.
18
13. PENSIONES DE SOBREVIVENCIA
Las Pensiones de sobrevivencia no tienen derecho al aporte del pilar solidario por lo tanto
muchas pensiones de sobrevivencia son menores a la PMAS.
Propuesta:
Las Pensiones de Sobrevivencia tambin debieran tener derecho al aporte del pilar solidario.
14. FINANCIAMIENTO DE LA COMISIN MDICA
Problema:
La ley 20255 indica que las Comisiones Mdicas son financiadas por las Compaas de Seguros
y las Administradoras de Fondos de Pensiones, producindose un conflicto de intereses por
cuanto son ellos mismos quienes deben aportar el aporte adicional a las cuentas individuales.
Propuesta:
El financiamiento debe ser Estatal, con el fin de evitar que se produzca el inevitable conflicto de
intereses, donde los facultativos pueden ser evaluados segn aprobacin o reprobacin de los
casos que le hubiese correspondido calificar.
15. PROTOCOLO DE DETERMINACIN DE INVALIDEZ
Los protocolos mdicos no se ajustan a las expectativas de vida de ciertas enfermedades
catastrficas, siendo stas demasiado largas, con lo cual el afiliado fallece antes de llegar
siquiera a la evaluacin.
Incompatibilidad de licencias mdicas con la espera de la calificacin de invalidez con lo cual la
persona que enfrenta este tipo de enfermedad se encuentra absolutamente desvalida mientras
espera la calificacin.
Propuesta:
Eliminar los tiempos de evaluacin para las enfermedades catastrficas.
Las licencias mdicas no deben depender de la aceptacin o no de la invalidez, debido a que la
patologa no desaparece por no haber cumplido el protocolo de tiempo de evaluacin, como
tampoco es correcto dejar sin proteccin econmica a un grupo familiar con un jefe de hogar
enfermo.
19
16. APORTE TRIPARTITO
Si bien el Estado aporta a los ms desposedos mediante el Pilar Solidario, y con los ms
pudientes a travs de los beneficios tributarios del Ahorro Previsional Voluntario, se dej fuera a la
gran masa trabajadora, la que no puede hacer el ahorro paralelo tan ampliamente difundido hoy en
da por los partcipes del sistema.
Por otro lado, Chile, cuna del actual Sistema Previsional de Capitalizacin Individual, sigue
siendo el nico pas donde el empleador no realiza ningn aporte al Fondo Previsional del
trabajador.
Propuestas:
Incrementar ligeramente el porcentaje de cotizacin que el trabajador aporta
hacia su cuenta de capitalizacin individual: esto permite obviamente mayor
acumulacin de capital para el clculo de la pensin final. Aun cuando entendemos lo
impopular que puede resultar esta propuesta, sabemos que permitir asegurar una mayor
disponibilidad de fondos en un periodo etario en el que resultan clave.
Incorporar al empleador como aportante de los fondos de pensin: Salvo por
Chile y Per, todos los pases que poseen sistemas de capitalizacin individual exigen al
empleador una contribucin a los fondos de sus empleados, lo cual incrementa
notoriamente el resultado final de las pensiones. En la mayora de los casos internacionales,
sta contribucin es cercana a un 60% de aporte del contratante, y un 40% del afiliado.
Nuestra propuesta consiste en tomar el ejemplo de Estados Unidos, donde se observa una
cotizacin a partes iguales entre el empleador y el trabajador.
20
RESPUESTAS A LA COMISIN
Con ocasin de nuestra audiencia con la Comisin, se nos realizaron preguntas acerca de
nuestras propuestas para el Sistema Previsional. Dado lo acotado del tiempo, extendemos aqu
nuestras respuestas, acompaadas de datos que las refuerzan.
Las preguntas que contestamos son las siguientes:
FALTA DE COMPETENCIA EN LAS OFERTAS DE LOS
CERTIFICADOS SCOMP
El ao 2004, a travs del Decreto de Ley 19.934 se implement el Sistema de Consultas y
Ofertas de Montos de Pensin (SCOMP), proyecto que persegua principalmente transparentar el
sistema y mejorar con ello las pensiones que obtenan los afiliados y sus beneficiarios, en base a una
competencia pblica y abierta entre las alternativas ofrecidas por los diversos actores del sistema,
por un lado las Administradoras de Fondos de Pensiones y por otro las Compaas de Seguros de
Vida que quieran participar del negocio.
Desde el nacimiento del sistema SCOMP a la fecha las ofertas de pensin de Rentas
Vitalicias se han ido minimizando y la diferencia ofrecida entre la primera Compaa y la ltima
oferta es cada vez menor, esto se debe a que en un principio el sistema era totalmente ciego para las
compaas, ya que estas solo reciban la informacin necesaria para la cotizacin de una Renta
Vitalicia en sus diferentes modalidades, en cambio hoy en da las compaas saben de antemano que
tipo de pensin y participe es el que interviene y en qu lugar se encuentran ubicados.
La manera de solucionar este problema es que el sistema SCOMP cumpla con el espritu de
la Ley con que fue creado, o sea transparentar para el afiliado el proceso de obtencin de una
pensin. Para esto propusimos (propuesta n 6) establecer un rendimiento mnimo a las Compaas
de Seguros: que el afiliado solo pueda contratar pensin con los 4 primeros oferentes del Certificado
de Ofertas SCOMP.
En la siguiente tabla se muestra cuatro casos puntuales, de diferentes aos, donde se hace
presente la disminucin notoria de dispersin de las ofertas de pensin. En la prctica, esto significa
que el mercado de las rentas vitalicias se ha vuelto constantemente menos competitivo: una seria
amenaza a la libertad de eleccin de los afiliados.
21
Dispersin de ofertas en cuatro certificados SCOMP
Ao 2005 2006 2008 2014
Folio 65907-01 77462-01 208326-01 531056-02
Ofertas
9,2 5,98 5,07 9,69
9,18 5,97 5,01 9,64
9,08 5,94 4,98 9,64
9,07 5,91 4,93 9,61
9,01 5,89 4,93 9,61
8,97 5,86 4,74 9,6
8,93 5,86 9,59
8,9 5,83 9,59
8,81 5,83 9,58
8,61 5,82 9,51
8,58 5,82 9,44
8,27 5,09
Coef. Variacin 2,97% 3,88% 2,08% 0,67%
Dif. 1ro - ltimo 11,25% 17,49% 6,96% 2,65% Fuente: elaboracin propia.
22
EVOLUCIN DE LOS SALDOS, A MEDIDA QUE SE VAN
PAGANDO LAS PENSIONES EN RETIRO PROGRAMADO Y
RENTA VITALICIA
Saldos de Fondos Previsionales con Metodologa de Clculo Actual de Retiro Programado y Rentas Temporales
Cuadro de proyeccin de saldos de un hombre casado con una mujer dos aos menor y sin
beneficiarios de pensin, proyectado a una tasa de 3,71% (Tasa promedio Fondo E del Sistema).
Edad Fecha Saldos UF Pago Pensin Saldos $ % sobre Capital
jul-14 1.248,38
29.898.813
65 ago-14 1.245,83 6,35 29.837.631 100%
66 ago-15 1.214,50 6,37 29.087.306 97%
67 ago-16 1.182,05 6,33 28.309.997 95%
68 ago-17 1.148,82 6,30 27.514.152 92%
69 ago-18 1.114,74 6,26 26.697.905 89%
70 ago-19 1.079,90 6,22 25.863.543 87%
71 ago-20 1.044,27 6,18 25.010.222 84%
72 ago-21 1.007,81 6,14 24.136.972 81%
73 ago-22 970,53 6,08 23.244.179 78%
74 ago-23 932,54 6,03 22.334.424 75%
75 ago-24 893,77 5,98 21.405.763 72%
76 ago-25 854,23 5,92 20.458.710 68%
77 ago-26 814,00 5,84 19.495.224 65%
78 ago-27 773,15 5,78 18.516.959 62%
79 ago-28 731,65 5,70 17.523.071 59%
80 ago-29 689,60 5,61 16.515.884 55%
81 ago-30 647,06 5,52 15.496.969 52%
82 ago-31 604,13 5,41 14.468.809 48%
83 ago-32 561,05 5,28 13.437.106 45%
84 ago-33 518,03 5,13 12.406.783 41%
85 ago-34 475,32 4,96 11.383.823 38%
86 ago-35 433,19 4,77 10.375.009 35%
87 ago-36 391,94 4,56 9.386.877 31%
88 ago-37 351,80 4,32 8.425.634 28%
89 ago-38 313,11 4,07 7.499.045 25%
90 ago-39 276,14 3,80 6.613.607 22%
23
Saldos de Fondos Previsionales con Metodologa de Clculo Actual de Renta Vitalicia:
De acuerdo al SCOMP folio 527436-01, con un saldo de 2731,07 UF, en el cual se ofrece
12,21UF se pensin inmediata garantizada con 240 meses. Utilizando la proporcionalidad para
poder compararlo con el Retiro Programado anterior, llegamos a que con 1248,48 UF, la Renta
Vitalicia otorgara una pensin de 5,581 UF mensuales con una garanta de 240 meses. A los 223
meses se devuelve el capital completo invertido, es decir, a los 83 aos, y a los 240 meses, se
devuelve 107,28%.
Edad Meses Pensiones Pagadas % Capital 80 180 1004,58 80,46% 83 223 1248,48 100% 85 240 1339,44 107,28% 90 300 1674,3 134%
Esto significa que si esta persona vive la expectativa de vida promedio del INE, la Compaa
de Seguros habr pagado un 7,28% ya que estaba garantizado por 240 meses.
En el mismo caso de una Renta Vitalicia no garantizada, la Compaa ofrecera una pensin
de 6,038 UF con lo cual devuelve el capital a los 207 meses, es decir a los 82 aos. A partir de ese
momento, empieza a pagar los intereses por el capital invertido.
Edad Meses Pensiones Pagadas % Capital 80 180 1086,84 87,05% 82 207 1249,87 100% 85 240 1449,12 116% 90 300 1811,4 145%
Es decir, la Compaa de Seguros comienza a pagar intereses por el Capital invertido dos
aos antes de cumplir con la expectativa de vida del Hombre Chileno (84 aos).
24
CMO AFECTA LA COMISIN DE INTERMEDIACIN A LA
PENSIN?
Respecto a cmo influye la comisin de intermediacin en la pensin, dos hechos
demuestran que la comisin no influye directamente en la pensin, aunque hoy se pide al afiliado
que asuma su costo, se observa que cuando esta comisin era de cargo de las compaas de seguros,
incluso de un monto bastante ms alto al actual, el monto de las pensiones ofrecidas tambin eran
mucho ms altas, lo cual demuestra que el problema es el sistema de clculo actualmente aplicado.
Sin embargo si podemos afirmar que influye directamente en la decisin de tomar una
asesora previsional, ya que el pensionable teme que el costo de esta disminuya an ms su ya
modesta pensin. Lo que tambin queda demostrado es que sin asesora las pensiones tienen un
desmedro producto de una seleccin equivocada, como el tomar el contrato con una de las ltimas
ofertas del documento SCOMP.
Como ya se indic antes, los asesores previsionales han generado consistentemente un
aumento significativo de tasa de clculo (detallada en la propuesta n 3) y de la pensin efectiva
(respecto a la intermediacin por agentes de compaas). Este incremento ha generado, casi en
todas ocasiones, la recuperacin completa de la comisin de 2% (e incluso ha llegado a un +18%).
Fuente: elaboracin propia, en base a datos de la Superintendencia de Valores y Seguros.
100,00%
102,00%
104,00%
106,00%
108,00%
110,00%
112,00%
114,00%
116,00%
118,00%
120,00%
dic-09 jun-10 dic-10 jun-11 dic-11 jun-12 dic-12 jun-13 dic-13 jun-14
Pensin extra por intermediacin de Asesor
Previsional, sobre Agente de Compaa
25
Por otro lado, y como se explic en las propuestas, no es el pensionado quien debe pagar la
asesora previsional, sino la entidad que le pagar pensin, as lo regula la ley actual (aunque no se
han hecho esfuerzos por su cumplimiento), y as es como consideramos que debe ser, dado que la
previsin es una necesidad de cada trabajador retirado, no un lujo opcional. El recibir asesora para
conseguir una buena pensin, pues, no debe ser una operacin de costo del trabajador, sino de
quien obtendr ganancias con su dinero: la entidad pagadora.
QU GOBERNABILIDAD TENDRA LA COMPAA DE
SEGUROS DEL ESTADO?
Planteamos que tal gobernabilidad y viabilidad est corroborada por el hecho de que, hoy en
da, ya existen dos compaas de carcter estatal, las cuales operan sin problemas para el pblico
general, pero que no participan del mercado de seguros previsionales, como el seguro de invalidez y
sobrevivencia, ni otorgan rentas vitalicias. Estas dos compaas son la Mutual de la Armada y la
Mutual del Ejrcito y la Aviacin. Adems de ello, existe el antecedente del Instituto de Seguros del
Estado, estatal durante 36 aos (1953 a 1989), actualmente privatizado y renombrado dentro del
Grupo Penta, como Penta Vida.
Vale recordar que, a diferencia de otros mercados, en este caso el Estado obliga al
trabajador chileno a cotizar en un sistema que no es de su eleccin, lo que implica en s una
vulneracin de su libertad de programar, de modo distinto al establecido, su plan de retiro; por lo
anterior, consideramos que el Estado tiene como deber el intervenir de la mejor forma posible en
este mercado, resguardando los intereses y derechos del trabajador chileno a un retiro digno y que
satisfaga, a lo menos, sus necesidades bsicas. Es por ello que creemos que una AFP y una
Compaa de Seguros en manos del Estado, si no garantizan, al menos incentivan una mayor
competencia del mercado de seguros previsionales.
En ese sentido, es necesario considerar que, dado que el objetivo de esta intervencin es la
mejora del sistema previsional, no habra motivos por los cuales esta Compaa de Seguros del
Estado deba ingresar a otros mercados de seguros.
Respecto al aspecto organizacional de la propuesta compaa, consideramos que el modelo
del Instituto de Seguros del Estado es uno que pudiera aplicarse, con las debidas adaptaciones, a la
nueva entidad. Esto se refuerza en el hecho de que el ISE operaba en base a un organigrama
prcticamente igual al de la CORFO, que lo mantiene vigente hasta el da de hoy sin mayores
problemas.
26
APNDICE
Cuadro N1: Honorarios por concepto de Servicios de Asesora Previsional con cargo o no al Afiliado Decreto ley 3.500
Artculo 179.- Los afiliados o beneficiarios de pensin no podrn pagar honorarios por concepto de servicios
de asesora previsional con cargo a la cuenta de capitalizacin individual, a excepcin de lo indicado en los
incisos segundo y tercero de este artculo.
Los afiliados o beneficiarios de pensin, segn corresponda, que cumplan los requisitos para pensionarse
podrn, al momento de seleccionar modalidad de pensin de retiro programado, pagar honorarios por
concepto de servicios de asesora previsional, con cargo a la cuenta de capitalizacin individual, hasta el
monto que resulte de multiplicar una tasa mxima fijada mediante el decreto supremo conjunto a que se
refiere el inciso decimocuarto del artculo 61 bis, por el saldo de dicha cuenta destinado a esta modalidad de
pensin. Cuando se seleccione una modalidad de pensin de renta vitalicia, los honorarios por concepto de
asesora previsional correspondern a la comisin o retribucin a que alude el inciso decimocuarto del
artculo 61 bis y se pagarn en la forma sealada en dicho inciso. En todo caso, la tasa mxima a que se
refiere la primera oracin de este inciso y el monto mximo a pagar por concepto de asesora previsional,
que se establezcan para la modalidad de pensin de retiro programado, debern ser inferiores a los que se
determinen para la modalidad de renta vitalicia.
Con todo, los honorarios totales por concepto de asesora previsional no podrn superar el 2% de los fondos
de la cuenta de capitalizacin individual del afiliado destinados a pensin, con exclusin de aquellos que eran
susceptibles de ser retirados como excedente de libre disposicin, ni podrn exceder un monto equivalente a
60 UF.
Las Administradoras y las compaas de seguros de vida no podrn efectuar pago alguno distinto al
establecido en este artculo a los asesores previsionales, sean ellos en dinero o especies, como tampoco
podrn financiar los gastos en que deban incurrir para su cometido.
Cuadro N2: Gastos que puedan Incurrir Compaas de Seguros con cargo o no al Afiliado Titulo VI, ARTICULO 61 bis, Inciso decimocuarto.
Respecto de los fondos efectivamente traspasados desde la cuenta de capitalizacin individual del afiliado,
con exclusin de aquellos que eran susceptibles de ser retirados como excedente de libre disposicin, las
Compaas de Seguros de Vida slo podrn pagar, directa o indirectamente, a los intermediarios o agentes
de ventas que intervengan en la comercializacin de rentas vitalicias, una comisin o retribucin que no
podr ser superior a aquella tasa mxima fijada como un porcentaje de dichos fondos. Dicho guarismo
tendr una duracin de veinticuatro meses a partir de la vigencia de esta ley. Expirado dicho plazo, este
guarismo podr ser fijado nuevamente mediante decreto supremo conjunto de los Ministerios de Hacienda y
de Trabajo y Previsin Social, previo requerimiento contenido en resolucin fundada de las
Superintendencias de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Valores y Seguros. Dicha resolucin
considerar antecedentes tcnicos relevantes solicitados, entre otras, a las entidades fiscalizadas. En todo
caso, con al menos quince das de anterioridad a la emisin de la referida resolucin, el nuevo guarismo
propuesto y sus fundamentos sern de conocimiento pblico. Cada vez que se efecte una modificacin a la
mencionada comisin, el nuevo guarismo tendr una vigencia de veinticuatro meses.
Las Compaas de Seguros de Vida no podrn pagar a sus dependientes, a los intermediarios y agentes de
venta de renta vitalicia u otras personas que intervengan en la comercializacin de estas, ninguna otra
remuneracin variable, honorarios, bonos, premios o pagos por concepto de la intermediacin o venta de
rentas vitalicias, sean ellos en dinero o especies que excedan el monto de la comisin por intermediacin o
retribucin por venta a que se refiere el inciso anterior, como tampoco financiar los gastos en que deban
incurrir para su cometido. Se exceptan de esta disposicin las remuneraciones fijas y permanentes y otros
beneficios laborales de carcter general, permanente, uniforme y universal, que emanen de un contrato de
trabajo como dependiente con la respectiva Compaa.
27
Tabla 1: Medias de tasas de Renta vitalicia de vejez y CNU vejez para los aos 1998
2014.
Ao media anual
tasa RV CNU Vejez
1998 5,71 141,7725599
1999 5,51 144,9534483
2000 5,57 145,8409091
2001 5,41 147,5668016
2002 5,05 151,1244915
2003 4,23 164,2635659
2004 3,76 170,3151002
2005 3,30 187,6182938
2006 3,54 186,9313808
2007 3,26 193,6004823
2008 3,67 190,6952082
2009 3,77 191,1155914
2010 3,40 195,9284333
2011 3,25 200,6802218
2012 3,24 200,6615385
2013 3,05 204,5665748
2014 2,82 209,5574549
28
Tabla 2: Medias mensuales de tasas de Rentas vitalicias por intermediario, de dic-
2009 a jun-2014.
Mes
Medias de tasas de RV Diferencia
en tasa Agentes
de ventas
Asesores Previsionales
dic-09 3,59 3,71 103,53% ene-10 3,63 3,73 102,64% feb-10 3,60 3,72 103,35% mar-10 3,54 3,66 103,38% abr-10 3,51 3,66 104,33% may-10 3,41 3,60 105,42% jun-10 3,37 3,55 105,29% jul-10 3,30 3,46 104,78% ago-10 3,20 3,34 104,25% sep-10 3,06 3,21 105,02% oct-10 2,94 3,09 105,19% nov-10 2,98 3,11 104,33% dic-10 3,01 3,13 103,88% ene-11 3,02 3,16 104,63% feb-11 3,13 3,25 103,99% mar-11 3,20 3,32 103,62% abr-11 3,19 3,31 103,74% may-11 3,15 3,29 104,26% jun-11 3,17 3,27 103,30% jul-11 3,16 3,26 103,29% ago-11 3,16 3,27 103,47% sep-11 3,11 3,23 103,86% oct-11 3,03 3,19 105,29% nov-11 3,09 3,21 103,90% dic-11 3,12 3,23 103,73% ene-12 3,18 3,27 102,84% feb-12 3,16 3,27 103,31% mar-12 3,15 3,24 103,00%
Mes Agentes
de Ventas Asesores
Previsionales Diferencia
en tasa
abr-12 3,14 3,25 103,29% may-12 3,16 3,25 102,76% jun-12 3,15 3,26 103,24% jul-12 3,16 3,27 103,31% ago-12 3,14 3,25 103,40% sep-12 3,15 3,23 102,62% oct-12 3,18 3,25 102,19% nov-12 3,17 3,26 102,72% dic-12 3,16 3,26 103,39% ene-13 3,10 3,21 103,83% feb-13 3,07 3,14 102,41% mar-13 3,08 3,16 102,51% abr-13 3,09 3,18 102,94% may-13 3,06 3,15 102,85% jun-13 3,03 3,11 102,52% jul-13 3,03 3,09 102,06% ago-13 2,97 3,03 102,04% sep-13 2,91 2,97 102,05% oct-13 2,89 2,94 101,84% nov-13 2,87 2,94 102,33% dic-13 2,82 2,88 102,12% ene-14 2,82 2,87 101,98% feb-14 2,83 2,92 102,93% mar-14 2,78 2,85 102,79% abr-14 2,76 2,84 102,85% may-14 2,69 2,78 103,23% jun-14 2,62 2,71 103,29% jul-14 2,56 2,64 103,07% media 3,10 3,20 103,36%
29
Tabla 3: Tasas de Rentas Vitalicias mensuales, enero de 1998 a junio de 2014.
201
4
201
3
201
2
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1
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0
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9
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7
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5
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4
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2
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1
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9
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8
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2,8
8
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6
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6
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7
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5
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6
3,2
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8
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2
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8
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7
Fe
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2,9
2
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4
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2
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2
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1
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8
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1
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0
May
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2,7
5
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2
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1
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2
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1
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2,6
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5
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5
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Ag
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Sep
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br.
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3
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Octu
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3
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No
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mb
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Dic
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bre
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1
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7
5,6
1
5,8
5
30
Tabla 4 Medias mensuales de pensin observada, por tipo de intermediario.
Diciembre 2009 a Junio 2014.
mes Agentes
de ventas Asesores
Previsionales Diferencia de pensin
dic-09 11,67 11,75 100,72%
ene-10 11,17 12,02 107,66%
feb-10 10,20 11,78 115,46%
mar-10 11,75 12,21 103,95%
abr-10 11,57 12,91 111,58%
may-10 11,09 12,55 113,10%
jun-10 10,96 11,92 108,72%
jul-10 10,99 11,68 106,23%
ago-10 11,00 12,06 109,68%
sep-10 10,50 10,96 104,41%
oct-10 10,52 11,53 109,60%
nov-10 9,87 10,24 103,75%
dic-10 10,33 10,48 101,44%
ene-11 10,83 11,25 103,94%
feb-11 11,16 12,32 110,38%
mar-11 11,29 12,39 109,72%
abr-11 12,50 12,75 102,03%
may-11 11,66 13,19 113,18%
jun-11 11,77 13,01 110,49%
jul-11 12,07 12,45 103,11%
ago-11 11,76 12,57 106,92%
sep-11 11,19 12,46 111,41%
oct-11 11,10 12,02 108,25%
nov-11 10,97 12,66 115,40%
dic-11 11,07 12,74 115,09%
ene-12 12,30 12,88 104,72%
feb-12 11,81 12,85 108,81%
mar-12 11,41 12,71 111,34%
abr-12 11,45 12,51 109,31%
may-12 11,80 12,33 104,54%
jun-12 11,99 12,92 107,74%
jul-12 12,21 12,56 102,81%
ago-12 11,99 13,05 108,86%
sep-12 12,29 13,45 109,41%
oct-12 12,04 12,57 104,41%
nov-12 11,78 12,72 107,93%
dic-12 12,36 12,68 102,59%
ene-13 12,00 13,19 109,97%
feb-13 12,12 12,23 100,88%
mar-13 11,66 12,77 109,51%
abr-13 11,21 12,16 108,53%
may-13 12,05 13,16 109,22%
jun-13 11,97 13,23 110,51%
jul-13 11,78 12,75 108,22%
ago-13 11,67 12,73 109,11%
sep-13 11,42 12,67 110,98%
oct-13 11,72 11,76 100,35%
nov-13 11,66 13,83 118,64%
dic-13 11,80 13,27 112,45%
ene-14 12,08 13,05 108,03%
feb-14 11,62 13,73 118,17%
mar-14 11,28 13,11 116,23%
abr-14 11,09 12,98 117,04%
may-14 11,24 12,62 112,28%
jun-14 11,55 12,79 110,73%
jul-14 11,39 13,18 115,65%
media 11,50 12,51 108,84%
31
Imagen 1: Certificados SCOMP de distintos aos
2005
2006
32
2008
2014
QUINES SOMOSQU SE DEBE RESOLVER?PROPUESTAS1. Declaracin y No Pago2. Comisin por Intermediacin3. De la Asesora Previsional4. Clculo de PensionesRentabilidad:Expectativa de Vida:
5. compaa de Seguros del Estado6. Falta de Competencia en el Mercado7. Cotizacin del Trabajador Independiente8. Trabajo Pesado9. Cotizaciones del Trabajador con cumplimiento de edad legal10. Sucursales de Atencin al Pblico11. Listados Pblicos12. Requisitos de Pensin Anticipada13. Pensiones de Sobrevivencia14. Financiamiento de la Comisin Mdica15. Protocolo de Determinacin de Invalidez16. Aporte Tripartito
RESPUESTAS A LA COMISINFalta de competencia en las ofertas de los Certificados SCOMPEvolucin de los saldos, a medida que se van pagando las pensiones en Retiro Programado y Renta VitaliciaCmo afecta la Comisin de Intermediacin a la Pensin?Qu gobernabilidad tendra la Compaa de Seguros del Estado?
APNDICE