Post on 23-Jan-2016
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Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado
Proclamada por la Asamblea General en su resolución 3318 (XXIX), de 14 de diciembre de 1974
Yesenia Guadalupe González ZazuetaMiguel Ángel Martínez VázquezOdette Pucheta LizarragaCarolina Trujillo Castelo
1.- Artículos que lo integran.6 artículos
2.- Temas que aborda1. Prohibición de ataques y actos criminales2. Protección de los derechos de mujeres y niños
3.- ¿Se pueden agrupar los distintos artículos? SíArtículos 1,2,5 → Prohibición de ataques y actos criminales.Artículos 3,4,6 → Protección de los derechos de mujeres y niños
4.- Identifique y relacione con las tres declaraciones previas.
Declaración sobre laprotección de la mujer y el
niño en estados de emergencia o de conflicto
armado (1974)
Declaración de los Derechos del Niño (1924)
Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
Declaración de los Derechos del Niño (1959)
Artículos 4 3 5 8,9
5 5,9 9
6 2,3 25 4,6,8
5.- Formule una conclusión individual.
Yesenia Guadalupe González Zazueta
Los articulos tienen temas importantes de la problemática que conlleva a las mujeres y niños
provocado por las guerras, así como también sobre los derechos que tienen.
Miguel Ángel Martínez Vázquez
Se trata de una declaración sencilla que toca un tema importante. Sus seis artículos nos recalcan
la importancia de cuidar el grupo vulnerable que son las mujeres y los niños en las extremas situaciones
que provocan las guerras.
Sin embargo sus artículos son repetitivos y difusos y, al igual que otras declaraciónes, no
comprometa a ninguna cosa específica. Es rescatable por tocar el punto y ser una señal de
reconocimiento del problema, y me parece que no debe desecharse sino que debemos apoyarla para que
continúe avanzando hasta plasmarse en leyes aplicables.
Odette Pucheta Lizarraga
Como Resultado de la profunda preocupación por el sufrimiento de mujeres y niños provocados
por los crimenes de guerra, por la opresión, el colonialismo, el recismo, grandes atentados contra las
libertades fundamentales y la dignidad de la persona humana, quedan proclamados una serie de
articulos en la declaración sobre la protección de la mujer y los niños en estados de emergencia o de
conflicto armado el 14 de diciembre de 1974, quedando altamente protegidos mujeres y niños que
forman parte de la población civil.
Carolina Trujillo Castelo:
Como conclusion en esta declaracion nos habla sobre la proteccion delas muejres y los ninos en
estado de guerra, que esta prohibido la tortura, los tratos degradantes e inhumanos, tambien la
prohibicion de armas quimicas y los bombardeos. Tambien habla sobre los derechos de estos que tienen
derecho a la proteccion, al asilo, a la asistencia medica, alimentos.
CONCLUSIÓN GENERAL
Después de revisar y analizar la declaración sobre la protección de la mujer y los niños en
estados de emergencia o de conflicto armado del 14 de diciembre de 1974 hemos llegado a la
conclusión de que es una declaración que abrió los ojos sobre un problema importante, las realidades
mundiales se han modificado en los últimos 40 años, y lo que leemos en sus artículos ahora nos parece
lo mas obvio y sensato, pero cuando fue emitida se daba por hecho que en una guerra todos sufrian y
no se consideraba la posibilidad de tomar medidas para reducir el sufrimiento de uno grupos en
especial y de otros no; y es gracias a esta declaración y a la voluntad de los países que se adherieron a
ella que se fue tomando conciencia de la necesidad de proteger a los grupos más vulnerables de la
sociedad, en este caso, a las mujeres y los niños.