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eberá procederse a la destrucción de los expedientes judiciales en las siguientes
oportunidades, los expedientes tribunales Civiles, Comerciales, de Minas, de
Trabajo, Tributarios y de Paz, que estén paralizados, a los diez aos de su
paralización! "os expedientes sobre in#ormaciones sumarias y todo expediente
que se re#iera a procesos no contradictorios, a los diez aos de su $ltima
actuación! "os procesos penales terminados por absolución, sobreseimiento
de#initivo o provisorio o prescripción de la acción o de la pena, a los cinco aos
de producidos cualquiera de estos %ec%os! "os procesos penales, terminados por
condena, a los cinco aos de cumplida la condena o de producida la muerte del
condenado! "os expedientes correspondientes a procesos sustanciados ante los
tribunales de menores, a los cinco aos de cumplida la mayor&a de edad del
menor!
Protocolo 3: (342 palabras)
"os expedientes correspondientes a actuaciones administrativas del Poder
'udicial, a los diez aos de terminados! "os expedientes correspondientes a
procesos judiciales no comprendidos en la enumeración precedente, a los cinco
aos de paralizados o terminados! "os "ibros, constancias de lisas y demás
documentos de los Tribunales no contemplados serán destruidos a los diez aos
de %aber sido llenados o de %aber sido con#eccionados, respectivamente! (o
podrán ser destruidos total o parcialmente los libros de entradas de los 'uzgados
o Tribunales, los juicios sucesorios, los vinculados a los derec%os de #amilia o al
estado de las personas, los de quiebras o concursos, los relativos a los derec%os
reales y los que tengan alg$n interés %istórico, jur&dico, social o económico! )l
interés %istórico, jur&dico, social o económico en la conservación de unexpediente será establecido por la comisión que tiene a su cargo la destrucción de
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los expedientes judiciales! Cuando la conservación de un expediente judicial
#uere solicitada por un museo, centro de estudios o#icialmente autorizado,
biblioteca o por el arc%ivo %istórico y administrativo, el mismo no deberá ser
destruidos y en tales casos la comisión encargada de la destrucción de los
expedientes judiciales podrá encomendarle la custodia y conservación del
expediente! *acultase a la +uprema Corte de 'usticia de la Provincia, para
con#ormar, en la circunscripción judicial que estime necesario, una comisión
integrada por igual n$mero de #uncionarios con los mismo cargos, o similares,
enunciados en el art&culo precedente, quedando a cargo de cada delegado, la
designación del personal idóneo para la realización de la tarea, que por "ey se
establece, a los #ines de la destrucción de los expedientes judiciales que se
encuentren en estado! )l personal de la comisión encargada de la destrucción de
expedientes actuará bajo la dirección del Presidente de la misma, quién tendrá a
su cargo la organización y realización de la tarea que dic%a comisión deba
cumplir! e los expedientes a destruirse se %ará una nómina, clasi#icándolos por
'uzgado y +ecretar&a, en la que constará la carátula completa y la #ec%a de la
sentencia, si la %ubiere!
Protocolos 4: (301 palabras)
Con#eccionada la lista de los expedientes a destruirse, por una publicación
durante cinco d&as en el -olet&n .#icial, se %ará saber a los interesados que
pueden concurrir a la comisión a compulsar la lista de los expedientes cuya
destrucción %a sido dispuesta! entro de los diez d&as a contar desde la $ltima
publicación, los interesados y pro#esionales intervinientes podrán solicitar el
desglose de documentos, la expedición de testimonios o certi#icaciones que
%icieran a su derec%o, la devolución de documentos reservados en las cajas de
seguridad de, los tribunales, que corresponda a expedientes cuya destrucción %a
sido dispuesta, o que se excluya de la destrucción alg$n expediente! )stos
pedidos serán es resueltos sin sustanciación y por resolución #undada por la
comisión encargada de la destrucción de expedientes judiciales! Contra dic%aresolución podrá apelarse ante el titular del juzgado o tribunal que %ubiere
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conocido en la causa, dentro de los cinco d&as de noti#icada! También dentro de
los diez d&as a contarse desde la $ltima publicación, los interesados podrán
solicitar se les entregue copia de la sentencia reca&da cuya autenticidad será
certi#icada por la comisión! "a +uprema Corte de 'usticia licitará la venta de los
expedientes destruidos, como también podrá licitar la venta de los expedientes a
destruirse, y en este caso la comisión encargada de la destrucción de los mismos
deberá controlar que los expedientes sean destruidos en la #orma establecida por
la "ey! "os #ondos obtenidos de la venta de los expedientes destruidos o a
destruirse, ingresará a /entas 0enerales de la Provincia! Cuando %ubiere
constancia de que no se %ubieren %ec%o depósitos judiciales y estos deberán
tras#erir a una cuenta a su nombre de la +uprema Corte de 'usticia, los #ondos
depositados en los expedientes destruidos! "os #ondos de esta cuenta deberán ser
ingresados a /entas 0enerales de la provincia!
Protocolo 5: (332 palabras)
"a sección 1rc%ivo 'udicial estará a cargo de un je#e que suscribirá con el
irector 0eneral los certi#icados e in#ormes que se expidan, dando recibo de todo
lo que se remita para arc%ivo siempre que estuviera en #orma, expresando el
n$mero de #ojas que contengan! "os expedientes que deberá cumplirse en el
momento del desarc%ivo! "os expedientes arc%ivados en calidad de terminados
sólo podrán ser retirados por orden de cualquier 'uez competente! "os
expedientes arc%ivados en calidad de paralizados, por orden del 'uez del 'uzgado
donde %ubieren tramitado! "os protocolos podrán arc%ivarse a$n sin la reposición
correspondiente! )n tal supuesto, el irector del 1rc%ivo comunicará el débito a
la irección de /entas! "a comisión creada, podrá disponer también la
incineración o destrucción de libros de préstamos de expedientes, libros de pase ede expedientes y otros instrumentos accesorios que se encuentren arc%ivados o si
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uso desde más de cinco aos! )stá sección tendrá a su cargo la tarea de reunir y
catalogar todos los datos que se relacionen con la marc%a general de la dirección
y muy principalmente, la mesa de entradas y la atención directa del p$blico!
eberá ser la preocupación constante del personal de esta sección la atención
rápida de los pedidos del p$blico, evitando toda clase de discusiones,
aglomeraciones y di#icultades para el despac%o pronto de los asuntos! )l irector
0eneral dispondrá sobre el mejor medio de llevar una estad&stica severa de la
repartición a su cargo y deberá someter a la +uprema Corte, para su aprobación,
en el término de tres meses, a contar de la promulgación de la presente ley, el
proyecto de reglamento interno de todas las secciones que a ella se re#iere, )l
cobro de derec%os se %ará por las distintas secciones, o como lo dispongan la
dirección, seg$n lo que al respecto dispongan las leyes de rentas de la provincia!
"os jueces regularan los %onorarios de los depositarios con el diez por ciento de
los #rutos producidos por costa o costas puestas en depósitos!
Protocolo 6: (316 palabras)
+i no %ubiere #rutos o #ueren muy exiguos a juicio del 'uez, estimará este
%onorario atendiendo al trabajo que demande o %aya demandado el depósito!
isposiciones complementarias! "a suprema Corte, %ará igualmente los
nombramientos de todos los empleados subalternos de la administración de
justicia, determinados en esta ley, a siempre propuesta del 'uez o tribunal donde
deba prestar servicios! 2ueda agregado a esta ley de procedimientos civil y
comercial, o donde será incluido el siguiente art&culo, si el demandante no tuviera
domicilio en la provincia, será también excepción dilatoria la del arraigo del
juicio, salvo que poseyese en la misma, bienes ra&ces de un valor su#iciente para
cubrir el de las costas, daos y perjuicio que puedan ocasionarse en el juicio! 2ue
la acción verse a sobre alimentos, litis expensas, sueldos o salarios! 2ue se tratede acciones posesorias o de derec%os que consten en documentos #e%acientes y
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%agan improbable la condenación en costas! 2ue la demanda sea deducida por
v&a de reconvención! 2ue %ubiere sido declarado pobre para litigar! 2ueda
incorporado a la ley de procedimientos criminales, el procedimiento para los
'ueces en lo correccional establecido en el ley de la Capital *ederal! 2ueda
modi#icado el procedimiento de la 'usticia de Paz en los asuntos cuya cuant&a no
exceda de doscientos pesos, en la siguiente #orma, el procedimiento en todos los
asuntos que no sean sucesorios y de concursos de acreedores, será verbal y sólo
se levantará acta de la $ltima audiencia con relación al asunto y con la resolución
#inal, que será #irmada por las partes que concurrieran si supieran y pudieran
%aberlo y por el 'uez! Para un juicio no podrán %aber más de tres audiencias, bajo
pena de nulidad de todo lo actuado, siendo los gastos a cargo del 'uez de Paz! "a
+uprema Corte, cumplirá estrictamente con lo dispuesto en la segunda parte del
art&culo de la constitución de la provincia!
Protocolo 7 (303 palabras)
"a investigación de la inspección ocular, se comprobará mediante la inspección
de personas, lugares y cosas, los rastros y otros e#ectos materiales que el %ec%o
%ubiera dejado, se los describirá detalladamente y, cuando #uere posible, se
recogerán o conservarán los elementos probatorios $tiles! Consiste en la
descripción escrita, minuciosa y detallada de personas, lugares, cosas, rastros y
otras circunstancias que se consideren de interés a la investigación! Podemos
decir, que es una #otogra#&a, plasmada en #orma escrita en un acta! )ste acto, al
ser escrito, tiene las mismas exigencias #ormales que todas las actas! 1demás
debe quedar muy claro, que el acta %ace constar solo aquello que quien la labra
percibe por sus sentidos! )sto, elimina como dato para %acer constar en acta,
apreciaciones, convicciones, e impresiones! 3ay que tener en cuenta que comoun medio de gra#icar o representar las circunstancias de un lugar o cosa que es
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objeto de inspección ocular, es conveniente con#eccionar un croquis como #orma
de mejorar lo que muc%as veces cuesta expresar con la palabra escrita! )sto es
posible como complemento del 1cta de 4nspección .cular, que consiste en un
dibujo o diseo e#ectuado para mostrar grá#icamente la ubicación del lugar, cosas
y5o personas, rastros que se observan al momento de constatarla! Cuando en un
grá#ico o croquis deba dejarse constancia de distintos lugares en los que
sucedieran distintas partes o etapas de los sucesos que deban documentarse, esto
se deberá %acer constar marcando en el mismo grá#ico distintos n$meros
correlativos y luego aclarando al pié de la %oja, lo que quiere marcar cada
n$mero! )s importante identi#icar los puntos cardinales, para aclarar la ubicación
del lugar indicado! "os croquis, no son prueba independiente, ni pueden
reemplazar de ninguna manera al acta de inspección ocular, por lo que, lo que
debe ser muy completo, es el acta!
(Este protocolo me lo tomaron a mí en el examen de dactilograía para elingreso al poder 10!12!13""en m#a cap)
Protocolo $ (30$ palabras)
"a Polic&a 'udicial se crea con miras de lograr un órgano auxiliar de la 1dministración
de 'usticia con la independencia pol&tica que caracteriza al Poder 'udicial! )s que la
atribución de la investigación de los delitos en manos de la Polic&a 1dministrativa no
garantiza esa independencia, por su pertenencia al Poder )jecutivo! )l primer avance en
la implementación de la Polic&a 'udicial lo constituye la asignación a órbitas del
Ministerio P$blico de los #uncionarios que llevarán a cabo la llamada #unción sumarial
de aquélla6 es decir, la #ormación de los sumarios que originan la investigación penal
preparatoria! +e distingue as& de la Polic&a 1dministrativa, que tiene como misión el
mantenimiento del orden y la seguridad p$blica, y la prevención de los delitos! +iendo
ello as&, la Polic&a 'udicial act$a todos los d&as del ao, ya que debe garantizar lainvestigación de los delitos que ocurren en cualquier momento! +in perjuicio de ello, el
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Código Procesal Penal sigue imponiendo a la Polic&a 1dministrativa la obligación de
actuar como Polic&a en #unción 'udicial en todo lo que exceda de la #unción sumarial
propiamente dic%a, atribuida a%ora a personal dependiente del Ministerio P$blico y
también en los casos en que la Polic&a 'udicial no pueda %acerlo inmediatamente!
"a investigación de los delitos, por ser una actividad que integra la persecución penal,
debe ser iniciada, como principio general, por orden del Ministerio P$blico, pues es éstequien ejerce la acción penal, )ste principio tienen excepción del #iscal en la decisión
inicial de investigar tenga como consecuencia probable la pérdida de prueba $til y
e#icaz que pueda obtener la Polic&a 'udicial! )n este caso, la Polic&a 'udicial debe iniciar
automáticamente la investigación, de o#icio, salvo casos de delitos dependientes de
instancia privada, en que sólo podrá proceder si denuncia quien se encuentra legitimado
para %acerlo y comunicar de inmediato lo actuado al *iscal!
(Este protocolo se lo tomaron a %na amiga en el examen de dactilograía
para el ingreso al poder 10!12!13""en m#a cap)