Tiempo Compartido Reales

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tiempos compartidos

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TIEMPO COMPARTIDO

Concepto:

El Sistema Turístico de Tiempo Compartido debe integrarse con uno o más inmuebles, afectados a su uso periódico y por turnos para el alojamiento u hospedaje y para brindar otras prestaciones compatibles con su destino (Art. 2 ley 26.356

Caracteres:

* contrato bilateral *contrato oneroso * contrato Típico * contrato de adhesión *contrato de tracto sucesivo *contrato Formal

Sujetos:

- Usuario. - Propietario. - Emprendedor. - Vendedor. - Revendedor. - Administrador. - Red de Intercambio. - Prestador..

Obligaciones Y Deberes:

Del Administrador:*Mantener el régimen de utilización de los bienes *Conservar los establecimientos *Proveer las solicitudes de disponibilidad de

unidades vacacionales *Verificar las infracciones al reglamento *Llevar los libros de contabilidad Confeccionar el presupuesto de recursos y gastos *Rendir cuentas al emprendedor y a los usuarios

Obligaciones Y Deberes

Adquirente:*concretar el uso y goce de la unidad habitacional *conservar el estado en que se le entregó la unidad *pagar las expensas *Son solidariamente responsables con el

emprendedor ♣ Desistimiento

Obligaciones Y Deberes

Deberes del Emprendedor :* Establecer el régimen de utilización y

administración *Habilitar un Registro de Transacciones *Garantizar el uso de los futuros usuarios *Abonar las cuotas por gastos *Abonar toda suma por gastos del sistema .

Tipos de Tiempos Compartidos:

*Unidad de Medida por Puntos *Establecimiento Vacacional *Unidad Vacacional *Club Vacacional

Ventajas:

*confluyen los beneficios del departamento de vacaciones y los servicios de un hotel de categoría

*brinda a sus usuarios la ventaja de vacacionar siempre en diferentes lugares

*El dueño paga una vez y tiene asegurado -por la cantidad de años que desee- su periodo

*El propietario, puede prestar, alquilar o vender*Brinda diversos servicios.*Ofrecen diferentes tipos de instalaciones.

Extinción:

*Por vencimiento del plazo * En cualquier momento, cuando no se hubieran

producido enajenaciones, o se hubiera rescindido la totalidad de los contratos, lo que se hará constar en escritura pública;

* Cuando habiéndose cumplido la condición resolutoria prevista en el artículo 10 inciso b) apartado 6, el emprendedor revoque los derechos que hubiere enajenado mediante declaración de voluntad.

* Por destrucción o vetustez.(antiguo)

Conclusión:

+El surgimiento de tiempo compartido atendió a la necesidad de lograr que las personas cuenten con espacios aptos para procurar un esparcimiento.

+Este sistema asegura a los usuarios y le brinda una posición de prevalencia a las rutinarias vacaciones.

+concluimos que es necesario una regulación para proteger los intereses de los usuario prohibiendo las clausulas abusivas de los contratos estableciendo sanciones tal como lo hace la ley 26.356

Integrantes:

Alamo Pugliese YamilaAraya Rocio Echalecu IgnacioGanduglia MarianaGodoy Stefani ElianaVallejos Lorena

U.A.I – Lomas de Zamora – Facultad de Derecho – 4° año Abogacía