Post on 16-Nov-2015
description
Es una faja de terreno de ancho
variable dentro del cual se encuentra
comprendida la carretera, sus obras
complementarias, servicios, reas
previstas para futuras obras de
ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad
para el usuario. Su ancho se establece en cada
caso por Resolucin Ministerial.
Se podr autorizar el uso del Derecho de Va
para: i) la instalacin de dispositivos y obras
bsicas para el funcionamiento de servicios
pblicos, ii) obras de infraestructura vial, y iii)
obras de infraestructura gestionada por
particulares que resulten necesarias para el
desarrollo de sus actividades econmicas,
actividades en beneficio de la comunidad o
colectividad o que tengan impacto y/o
relevancia econmica y/o social. En todos estos
casos la autorizacin se otorgar contando con
estudios tcnicos especficos concordantes con
las normas tcnicas aprobadas por el MTC.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones Provas Nacional, est a cargo de la Red Vial Nacional.
Los Gobiernos Regionales, estn a cargo de su
respectiva Red Vial Departamental o Regional.
Los Gobiernos Locales, estn a cargo de su respectiva
Red Vial Vecinal o Rural.
Solicitud dirigida a PROVAS NACIONAL Identificacin del solicitante (Nombre o razn social, domicilio legal, DNI del Representante legal, etc.). Expediente Tcnico con: Memoria descriptiva,
Planos de ubicacin, planos generales y
topogrficos, Especificaciones Tcnicas, etc. Lo
que corresponde a obras dentro del Derecho de
Va.
Diseo Geomtrico o Vial del Uso del Derecho de Va. Para la presentacin de estos documentos deben estar debidamente foliados, sellados y
firmados por el Ingeniero colegiado de la
especialidad en 03 ejemplares. No se puede
otorgar una autorizacin si es que no existe
OPINION PREVIA de:
En carreteras concesionadas: Concesionario, OSITRAN, Unidad Zonal Lima y Especialista en
Derecho de Va.
En carreteras no concesionadas: Unidad Zonal y Especialista en Derecho de Va.
Actividad realizada por el supervisor del
tramo.
El supervisor previa revisin del expediente
tcnico, definir la
clase de servicio, tipo
de uso que se realizar
en el derecho de va,
las posibles
afectaciones a las obras de arte y si estos han
sido ejecutados al momento de la inspeccin.
Suscribir un acta de inspeccin donde debe firmar un representante del solicitante y el
supervisor.
Luego de aprobar los trabajos en Derecho de Va por Resolucin Directoral se proceder a:
Aperturar un Cuaderno de Obra.
Solicitar al contratista un Plan de trabajo de las
actividades a realizar
dentro del Derecho de
Va.
Exigir al contratista realizar las
comunicaciones de la interrupcin tanto a las
autoridades como a la comunidad en
general.
Exigir la colocacin de las seales preventivas y de seguridad durante la
ejecucin de la obra.
Supervisar la colocacin de los materiales que sean de calidad y los procesos
constructivos.
Concluido los trabajos en Derecho de Va, la entidad
licitante deber solicitar la
conformidad de la obra al
supervisor designado por
PROVIAS NACIONAL,
debiendo adjuntar el Cuaderno de Obra,
debidamente legalizado, conteniendo la
secuencia de los trabajos en el Derecho de Va.
De haber sido afectada la estructura del pavimento, el solicitante adjuntar los
certificados tcnicos de los resultados de los
ensayos de compactacin de las capas de la
estructura del pavimento, as como el control
de calidad de los materiales para la reposicin
de la carpeta asfltica.
Si hay variacin a los trabajos autorizados, el solicitante adjuntar los planos de post
construccin con la causal debidamente
sustentada y aprobada por supervisin.
Con toda esta documentacin se firmar el acta de conformidad de los trabajos
autorizados y ejecutados en el Derecho de Va,
suscribiendo el Ing. Supervisor y el Ing.
Representante de la entidad solicitante.
PROHIBICIONES!-Colocacin de Avisos
Publicitarios en D.V
-Trabajos dentro del D.V sin autorizacin de PVN
-Destruccin, deterioro, modificacin o
alteracin de cualquier elemento que
conforma la infraestructura vial como:
pavimentos, puentes, tneles, muros, obras de
drenaje, talud de corte y talud de terrapln.
Las infracciones graves, con una multa equivalente a
una (01) unidad impositiva tributaria (UIT) vigente.
Las infracciones muy graves, con una multa
equivalente a tres (03) unidades impositivas
tributarias (UIT) vigente.
Provas Nacional est facultada
para realizar las acciones
legales correspondientes. Por
R.D. N468-2013-MTC/20, se
autoriza a los Jefes de las
Unidades Zonales de PROVAS NACIONAL, para que
con auxilio de la fuerza pblica, puedan retirar o
hacer retirar, del derecho de va, sin previo aviso
cualquier rtulo, seal o marca que afecte o
constituya peligro para la seguridad de la va o los
usuarios de la Red Vial Nacional.
Por Resolucin Ministerial se precisa el Derecho
de Va de la Red Vial Nacional.
Jerarquizacin de la Carretera PATIVILCA- CAJATAMBO- OYON Mediante RM N 024-2013-
MTC/02, del 10-01-2013, se jerarquiza esta va a Red
Vial Nacional.
Ms informacin en:
http://www.proviasnac.gob.pe/frmOperaciones.aspx?idmenu=994
http://www.proviasnac.gob.pe/frmOperaciones.aspx?idmenu=169
http://www.proviasnac.gob.pe/frmOficinasZonalesyOtros.aspx?idmenu=1011