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M E M O R I A PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN REFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBAL C/ ROCAFORT 9 SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES MADRID

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M E M O R I A

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN REFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBAL

C/ ROCAFORT 9SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES

MADRID

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓNREFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBAL

C/ ROCAFORT 9, SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES, MADRID

ARQUITECTO: JESÚS BARRANCO HERREZUELO

EQUIPO REDACTOR:

INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS JOSE LUIS CÉSAR VICENTE

ARQUITECTO TÉCNICO EMILIANO HUECAS SÁNCHEZ DE MOLINA

INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL FÉLIX RECIO GARCÍA

ASESORÍA TÉCNICA: 2A ÁREA ARQUITECTURA S.L.P.

DAVID RAMÍREZ GARCÍA

ELENA HERNÁNDEZ SÁNCHEZ

MADRID, MAYO 2016

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓNREFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBALC/ ROCAFORT 9, SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES, MADRID

Í N D I C E

0 INTRODUCCIÓN. INFORMACIÓN PREVIA

0.0 HOJA RESUMEN DE LOS DATOS GENERALES DEL PROYECTOAGENTES INTERVINIENTESRESUMEN DATOS GENERALESPARÁMETROS URBANÍSTICOS

0.1 ANTECEDENTES

1 MEMORIA DESCRIPTIVA

1.1 EMPLAZAMIENTO. REFERENCIA CATASTRAL1.2 TOPOGRAFÍA, SUPERFICIE Y LINDEROS1.3 ESTADO PREVIO1.4 PROGRAMA DE NECESIDADES1.5 DESCRIPCIÓN ARQUITECTÓNICA DE LA SOLUCIÓN PROPUESTA

2 MEMORIA CONSTRUCTIVA

2.1 TRABAJOS PREVIOS2.2 ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO2.3 MOVIMIENTO DE TIERRAS2.4 URBANIZACIÓN2.5 TERRENO DE JUEGO2.6 CIMENTACIÓN. SUSTENTACIÓN DEL EDIFICIO2.7 ESTRUCTURAS2.8 CERRAMIENTOS Y FACHADAS2.9 CUBIERTAS2.10 CARPINTERÍA Y CERRAJERÍA2.11 COMPARTIMENTACIÓN, TABIQUERÍA INTERIOR2.12 SOLADOS Y ACABADOS2.13 INSTALACIONES

2.13.1 SANEAMIENTO Y DRENAJE2.13.2 FONTANERÍA Y ACS2.13.3 ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO2.13.4 CALEFACCIÓN2.13.5 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS2.13.6 GAS2.13.7 OTROS

2.14 VARIOS

3 CUADROS DE SUPERFICIES

4 MEMORIA JUSTIFICATIVA

4.1 PRESTACIONES DEL EDIFICIO

4.2 NORMATIVA GENERAL DE OBLIGADO CUMPLIMIENTONormativa de carácter generalBarreras físicas y de accesibilidadMedio ambiente y actividades clasificadas

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Recepción de materialesAcondicionamiento del terrenoCimentacionesEstructurasFachadasParticionesInstalacionesAislamientos e impermeabilizacionesCubiertasRevestimientosSeñalización y equipamientos

Urbanización interior de la parcelaControl de calidad y ensayosSeguridad y salud

4.3 NORMATIVA URBANÍSTICA ESPECÍFICA. JUSTIFICACIÓN URBANÍSTICA

4.4 CUMPLIMIENTO DEL CTE

DB-SE_EXIGENCIAS BÁSICAS DE SEGURIDAD ESTRUCTURALSE-AE_ACCIONES EN LA EDIFICACIÓNSE-C_CIMENTACIONESSE-A_ESTRUCTURAS DE ACEROSE-F_ESTRUCTURAS DE FÁBRICASE-M_ESTRUCTURAS DE MADERANCSE_NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTEEHE_INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL

DB-SI_EXIGENCIAS BÁSICAS DE SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOSI 1_PROPAGACIÓN INTERIORSI 2_PROPAGACIÓN EXTERIORSI 3_EVACUACIÓNSI 4_INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOSSI 5_INTERVENCIÓN DE BOMBEROSSI 6_RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA

DB-SUA_EXIGENCIAS BÁSICAS DE SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDADSUA1_SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE CAÍDASSUA 2_SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE IMPACTO O ATRAPAMIENTOSUA3_SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE APRISIONAMIENTOSUA4_SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN

INADECUADASUA 5_SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR SITUACIONES DE ALTA

OCUPACIÓNSUA 6_SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE AHOGAMIENTOSUA 7_SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR VEHÍCULOS EN

MOVIMIENTOSUA 8_SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO RELACIONADO CON LA ACCIÓN DEL

RAYOSUA9_ACCESIBILIDAD

DB-HS_EXIGENCIAS BÁSICAS DE SALUBRIDADHS 1_PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDADHS 2_ELIMINACIÓN DE RESIDUOSHS 3_CALIDAD DEL AIRE INTERIORHS 4_SUMINISTRO DE AGUAHS 5_EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES

DB-HR_EXIGENCIAS BÁSICAS DE PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO

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DB-HE_EXIGENCIAS BÁSICAS DE AHORRO DE ENERGÍAHE 0_LIMITACIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICOHE 1_LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICAHE 2_RENDIMIENTO DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS (RITE)HE 3_EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓNHE 4_CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIAHE 5_CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

4.5 LEY DE ACCESIBILIDAD C.A.M.4.6 LEY DE MEDIDAS PARA LA CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN DE LA C.A.M.4.7 REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN4.8 TELECOMUNICACIONES

5 ANEXOS5.1 ESTUDIO GEOTÉCNICO5.2 CÁLCULO DE ESTRUCTURAS5.3 CÁLCULO DE INSTALACIONES5.4 MANUAL DE USO Y MANTENIMIENTO5.5 NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO O EN SITUACIONES DE

EMERGENCIA5.6 PLAN DE CONTROL DE LA CALIDAD

5.6.1 DEFINICIÓN Y CONTENIDO DEL PLAN DE CONTROL SEGÚN EL CTE

5.6.2 PROCEDIMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DEL SISTEMA DE “MARCADO CE”

5.6.3 LISTADO MÍNIMO DE PRUEBAS DE LAS QUE SE DEBE DEJAR CONSTANCIA

5.7 CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA5.8 INFORME ESTADO CONSERVACIÓN INSTALACIONES (NOV 2015)

6 PLIEGOS DE CONDICIONES6.1 PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS

6.1.1 DISPOSICIONES GENERALES6.1.2 DISPOSICIONES FACULTATIVAS6.1.3 DISPOSICIONES ECONÓMICAS

6.2 PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES TÉCNICAS6.3 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES

6.3.1 PRESCRIPCIONES SOBRE LOS MATERIALES6.3.2 PRESCRIPCIONES EN CUANTO A LA EJECUCIÓN DE LAS UNIDADES DE

OBRA 6.3.3 PRESCRIPCIONES SOBRE VERIFICACIONES EN EL EDIFICIO TERMINADO 6.3.4 PRESCRIPCIONES SOBRE ESTRUCTURAS 6.3.5 PRESCRIPCIONES SOBRE INSTALACIONES

7 MEDICIONES Y PRESUPUESTO

8 DOCUMENTACIÓN GRÁFICA

SITUACIÓN

S01 SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

ESTADO ACTUAL

EA01 PLANTA Y TOPOGRÁFICO

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ARQUITECTURA

AP01 PLANTASAA01 ALZADOS TRANSVERSALESAA02 ALZADOS LONGITUDINALES 01AA03 ALZADOS LONGITUDINALES 02AS01 SECCIONES

ALBAÑILERÍA

AL01 ALBAÑILERÍA Y ACABADOS

CARPINTERÍA Y CERRAJERÍA

C01 CARPINTERÍA 01C02 CARPINTERÍA 02C03 CARPINTERÍA 03

DETALLES

D01 DETALLE CONSTRUCTIVO

URBANIZACIÓN

U01 PAVIMENTOS, COTASU02 PERFILES TRANSVERSALESU03 PERFILES LONGITUDINALESU04 VALLADO

ESTRUCTURAS

E01 CIMENTACIÓN E02 PLANTA BAJA 01E03 PLANTA BAJA 02E04 PLANTA BAJA 03E05 PLANTA CUBIERTAS 01E06 PLANTA CUBIERTAS 02E07 PLANTA CUBIERTAS 03E08 DETALLES

INSTALACIONES

IF01 FONTANERÍA Y SOLAR EDIFICACIÓNIS01 SANEAMIENTO EDIFICACIÓNIS02 SANEAMIENTO URBANIZACIÓNIE00 ESQUEMA UNIFILARIE01 ELECTRICIDAD EDIFICACIÓNIE02 ELECTRICIDAD URBANIZACIÓNICL01 CLIMATIZACIÓN EDIFICACIÓNIPCI PCI EDIFICACIÓNIV01 VENTILACIÓN EDIFICACIÓNICA00 ESQUEMA DE PRINCIPIOICA01 CALEFACCIÓN Y GAS EDIFICACIÓNIR01 RIEGO URBANIZACIÓN

SEGURIDAD Y SALUD

SS01 SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTOSS02 DEMOLICIONESSS03 MOVIMIENTO DE TIERRAS, IMPLANTACIÓNSS04 ESTRUCTURASSS05 ALBAÑILERÍA Y ACABADOS

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I N T R O D U C C I Ó N. I N F O R M A C I Ó N P R E V I A

0.0 HOJA RESUMEN DE LOS DATOS GENERALES DEL PROYECTO

PROMOTOR/PROPIEDAD: DISTRITO DE VILLAVERDE

ARQUITECTO: JESÚS BARRANCO HERREZUELO

EQUIPO REDACTOR: INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICASJOSÉ LUIS CÉSAR VICENTEARQUITECTO TÉCNICO EMILIANO HUECAS SÁNCHEZ DE MOLINAINGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL FÉLIX RECIO GARCÍA

ASESORÍA TÉCNICA: 2A ÁREA ARQUITECTURA S.L.P.SOCIEDAD COLEGIADA COAM Nº 70.491CIF B-85587921

ELENA HERNÁNDEZ SÁNCHEZ ARQUITECTA COLEGIADA COAM Nº 14.056NIF 2254970-GDAVID RAMÍREZ GARCÍA ARQUITECTO COLEGIADO COAM Nº 15.471NIF 51065137-P

DIRECTOR DE OBRA: JESÚS BARRANCO HERREZUELO

DIRECTORES DE LA EMILIANO HUECAS SÁNCHEZ DE MOLINAEJECUCIÓN JOSÉ LUIS CÉSAR VICENTEDE OBRA: FÉLIX RECIO GARCÍAESTRUCTURAS: NO PROCEDEINSTALACIONES: NO PROCEDETELECOMUNICACIONES: NO PROCEDEESTUDIO GEOTÉCNICO: INSTITUTO TÉCNICO DE CONTROL S.A.

VANESA GARCÍA GONZÁLEZ / ÓSCAR PÉREZ MARTÍN22 MARZO 2016

ESTUDIO TOPOGRÁFICO: INSTITUTO TÉCNICO DE CONTROL S.A.

ESTUDIO S.S.: JESÚS BARRANCO HERREZUELO

COORDINADOR S.S.: CARLOS PÉREZ MARTÍNCONSTRUCTOR: POR DESIGNARCONTROL DE CALIDAD: POR DESIGNAR

FASE DE PROYECTO: BÁSICO Y DE EJECUCIÓNDESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: REFORMA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS BÁSICAS DE SAN

CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES EMPLAZAMIENTO: C/ ROCAFORT 9.

SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELESMADRID

USOS DEL EDIFICIOUSO PRINCIPAL: DOTACIONAL 471,89 m2

Nº PLANTASSOBRE RASANTE: 1BAJO RASANTE: 0

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SUPERFICIESCONSTRUIDA PREVIA A LA AMPLIACIÓN: 314,65 m2

CONSTRUIDA TOTAL RESULTANTE: 471,89 m2

CONSTRUÍDA B/R TOTAL: 0,00 m2

CONSTRUÍDA S/R TOTAL: 471,89 m2

ÚTIL S/R INTERIOR: 231,06 m2

ÚTIL S/R EXTERIOR: 184,61 m2

ÚTIL B/R: 0,00 m2

ESTADÍSTICATIPO OBRA: NUEVA PLANTA

REHABILITACIÓN REFORMA AMPLIACIÓN LEGALIZACIÓN INSTALACIONES

TIPO VIVIENDA: LIBRE VPPública VPPrivada

Nº VIVIENDAS: 0Nº LOCALES: 0Nº PLAZAS DE GARAJE: 0

PRESUPUESTOPEM: 1.097.690,34 €

NORMATIVA URBANÍSTICA APLICABLE

PGOUMadrid de Abril de 1997.

PARÁMETROS URBANÍSTICOS

NORMATIVA PROYECTO

PLANEAMIENTO APLICABLE: PGOUMadrid PGOUMadrid

TIPOLOGÍA: MISMO USO EXISTENTE SE MANTIENE EL USO

PARCELA MÍNIMA: NO APLICA NO APLICA

OCUPACIÓN: 7.438,66 m2 471,89 m2

EDIFICABILIDAD: 11.806,55 m2 471,89 m2

ALTURA: 4 PLANTAS / 1500 cm 1 PLANTA / 400 cm

RETRANQUEOS: SE PERMITE ADOSAMIENTO ADOSADO EN ACCESO

DONDE EXISTE 5 m EN EL RESTO

EDIFICACIÓN ADOSADA

5 m A LINDERO FRONTAL

NO EXISTEN OTRO TIPO

DE LINDEROS

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓNREFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBALC/ ROCAFORT 9, SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES, MADRID

0.1 ANTECEDENTES

El objeto del presente documento es desarrollar el proyecto de ampliación y reforma de la

Instalación Deportiva Básica Municipal San Cristóbal, en la C/ Rocafort 9, de Madrid, Distrito

municipal de Villaverde.

Según se refleja en la presente memoria, con fecha 18 de mayo de 2015, el Delegado de Área

de Gobierno de Economía Hacienda y Administración Pública, dispuso adscribir al Distrito de

Villaverde el Campo de Fútbol de San Cristóbal de los Ángeles, situado en la calle Rocafort 9,

con número provisional de archivo 200.329 del Inventario del Ayuntamiento de Madrid, para su

destino a instalación municipal básica denominada "San Cristóbal de los Ángeles". Se adjunta

en el apartado de anejos el Informe del estado de conservación del Campo de Fútbol realizado

por el Departamento de Servicios Técnicos de la Junta Municipal de Distrito.

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1 M E M O R I A D E S C R I P T I V A

REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28marzo 2006)

1. Memoria descriptiva: Descriptiva y justificativa, que contenga la información siguiente:1.2 Información previa*. Antecedentes y condicionantes de partida, datos del emplazamiento, entorno físico, normativaurbanística, otras normativas, en su caso. Datos del edificio en caso de rehabilitación, reforma o ampliación. Informes realizados.1.3 Descripción del proyecto*. Descripción general del edificio, programa de necesidades, uso característico del edificio y otrosusos previstos, relación con el entorno. Cumplimiento del CTE y otras normativas específicas, normas de disciplina urbanística, ordenanzas municipales, edificabilidad,funcionalidad, etc. Descripción de la geometría del edificio, volumen, superficies útiles y construidas, accesos y evacuación.Descripción general de los parámetros que determinan las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al sistemaestructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal), el sistema de compartimentación, el sistema envolvente, elsistema de acabados, el sistema de acondicionamiento ambiental y el de servicios.1.4 Prestaciones del edificio* Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. Se indicarán en particularlas acordadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales establecidos en el CTE.Se establecerán las limitaciones de uso del edificio en su conjunto y de cada una de sus dependencias e instalaciones.

Habitabilidad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre. Ordenación de la Edificación. BOEnúm. 266 de 6 de noviembre de 1999

1. Higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad yestanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato,garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.

2. Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permitarealizar satisfactoriamente sus actividades.

3. Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuadautilización del edificio.

4. Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio.

Seguridad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre. Ordenación de la Edificación. BOEnúm. 266 de 6 de noviembre de 1999

1. Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños que tengan su origen oafecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y quecomprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

2. Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se puedalimitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos deextinción y rescate.

3. Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.

Funcionalidad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre. Ordenación de la Edificación. BOEnúm. 266 de 6 de noviembre de 1999

1. Utilización, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten laadecuada realización de las funciones previstas en el edificio.

2. Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulaciónpor el edificio en los términos previstos en su normativa específica.

Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con lo establecido en su normativaespecífica.

La presente memoria, incluye toda la información requerida para la Memoria Descriptiva en elREAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de laEdificación, así como el contenido documental de los proyectos para visado, según la Ley2/1974 de 13 de Febrero y el RD 1000/2010, distribuida entre los apartados de:

- Introducción- Memoria Descriptiva- Cuadros de superficies- Memoria Justificativa

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1.1 EMPLAZAMIENTO. REFERENCIA CATASTRAL

El inmueble se sitúa en la calle Rocafort nº 9 de San Cristóbal de los Ángeles, en el distrito de

Villaverde, en Madrid.

Su referencia catastral es la 1462989VK4616B0001KM

1.2 TOPOGRAFÍA, SUPERFICIE Y LINDEROS

La superficie de parcela es de 11.158,00 m2, según el visor urbanístico, y tiene una forma

rectangular, con vallado perimetral de muro de mampostería, adaptada a la topografía de los

viarios colindantes y con edificaciones de pequeña entidad.

Existen dos accesos actualmente a la parcela, por la esquina de los linderos sur-oeste y la

opuesta norte-este.

Las dimensiones de los linderos se encuentra acotadas en detalle en los planos de proyecto,

siendo las dimensiones genéricas 116 m para los linderos este y oeste y 81 m para los norte y

sur.

La parcela actual no presenta una forma rectangular completa, sino que tiene zonas de

entrantes en las esquinas norte-oeste, sur-oeste y salientes en la norte-este. A fin de regularizar

el perímetro de la misma y obtener espacios de calentamiento y mantenimiento perimetral del

campo se realizan cesiones al espacio público de los salientes y parte del entrante sur-oeste,

recuperando a cambio el entrante norte-oeste, compensando las superficies generales de

manera que la resultante total se mantiene de 11.158,00 m2 .

1.3 ESTADO PREVIO

Ver apartado 5.8 de la presente memoria, INFORME DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE

LAS INSTALACIONES, redactado por el Departamento de Servicios Técnicos del Distrito de

Villaverde en noviembre de 2015.

Se encuentran construidas pequeñas edificaciones de uso vestuarios, caseta de guarda, área

recreativa, almacenes y oficinas. Se refleja en documentación gráfica en el plano de estado

actual y topográfico.

En la actualidad el campo es de tierra apisonada, y se encuentra rodeado por graderíos de

fábrica y acabado de mortero, en dos de sus lados, en los linderos sur y este.

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El vallado perimetral es de muro de mampostería, de altura variable.

El estado general de la instalación es muy deficiente.

1.4 PROGRAMA DE NECESIDADES

Dadas las características de la instalación, el programa de necesidades básico se divide en

campo de fútbol de césped artificial con urbanización perimetral, pabellón de gestión y

vestuarios para uso del campo y graderío para espectadores.

El campo de fútbol 11 tendrá unas dimensiones de 65x95 de terreno de juego, y permitirá el uso

como dos campos de fútbol 7 cruzados, de dimensiones individuales 40,50x65. Además,

contará con una banda perimetral de 2 m adicionales en los fondos y lateral este, y 3m más

espacio de 1,80 para calentamiento en el lateral oeste.

Se dispone un graderío en la banda este, centrada en las áreas de las porterías de fútbol 7, y

zona de banquillos en la banda opuesta (oeste)

El pabellón de la instalación cuenta con un programa dividido en tres áreas independientes: Un

primer módulo de administración y gestión, un intermedio de vestuarios para usuarios del

campo y árbitros y un último módulo de almacén y aseos de público. Los accesos a los módulos

y circulaciones se realizan por espacios exteriores cubiertos protegidos por celosías.

La zona administrativa (módulo A), ubicada en la entrada, está dotada de una estancia común

abierta de administración y control de acceso, despacho independiente con sala de espera y

aseos de personal y vestuarios, accesibles y con equipamiento básico de bancos y taquillas. En

su extremo, y con acceso desde el patio cubierto que lo separa del módulo B, se encuentran los

cuartos de instalaciones de calderas y cuarto eléctrico.

El módulo central (módulo B), contiene el programa de vestuarios, de árbitros y jugadores.

Existen dos vestuarios simétricos de árbitros, con acceso desde el patio cubierto de separación

con el módulo A, con zona de cambio, mesa para trabajo y aseo con ducha al fondo. A su vez,

se diseñan dos vestuarios de jugadores, cada uno con dos entradas, con área central de

duchas y bancos y zona de lavabos e inodoros en los extremos, de manera que pueda ser

usada conjuntamente por los equipos de fútbol 11 o 7, según las competiciones.

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En la separación mediante patio del módulo B de vestuarios del C (almacén y aseos de

público), se ubica una zona de almacenaje para el club o escuela deportiva, mediante jaulas

con espacios bajo llave visibles desde el exterior.

El módulo C, en el extremo final del edificio cuenta con un almacén de gran dimensión dotado

de dos accesos, uno en cada extremo, y aseos de personal adaptados y separados por sexos

en la fachada este.

Las circulaciones se producen por galería sur delimitada por celosía de trámex y con puertas

intermedias para acceso restringido, y los accesos al campo desde el interior del pabellón se

realizarán a través de los patios, a ambos lados de la portería del fondo norte, a modo de

vomitorio.

Los aseos de público cuentan con acceso independiente desde el lateral este para no mezclar

los recorridos de los usuarios con los visitantes.

1.5 DESCRIPCIÓN ARQUITECTÓNICA DE LA SOLUCIÓN PROPUESTA

El objetivo de la intervención de reforma de la instalación deportiva, no es sólo la obtención de

una instalación municipal, sino la mejora urbana que ello implica al entorno más cercano. En

ese sentido, el vallado pétreo y completamente opaco que actualmente delimita el campo se

eliminará y será sustituido por un cerramiento metálico que permita visualizar la totalidad del

conjunto y que tenga una solución de continuidad en todos sus planos, como elemento

perimetral uniforme y abstracto, de altura única en cada lindero, y banqueado en las esquinas

por necesidades de la topografía.

La implantación del terreno de juego definitivo se desplaza hacia el norte respecto al actual,

liberando la zona sur de la parcela, que actualmente se encuentra comprometida a efectos de

soleamiento por un edificio en altura en la calle Rocafort. El espacio obtenido resultante tras la

implantación del campo en sus medidas definitivas y espacios perimetrales será el destinado a

la construcción del nuevo pabellón de servicio.

Así, y con la idea de introducir el campo como paisaje urbano, en lugar de adosar éste al lindero

sur, lo que generaría una fachada opaca como la actual, el pabellón se retranquea 5 m

obteniendo un patio exterior paralelo al edificio, pavimentado y de uso anexo a la instalación. el

edificio se concibe como una pastilla rectangular de proporciones muy alargadas y atravesada

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por espacios transversales a modo de patios cubiertos que permiten resolver los accesos al

campo desde el interior y dotar de mayor permeabilidad a la pieza.

Para generar espacios de uso y vida pública percibidos desde la vía urbana, el edificio invierte

los recorridos, planteando una galería longitudinal de acceso a las distintas salas abierta al patio

del retranqueo sur, y fachadas ciegas al campo. Los accesos a éste se realizarán a través de

los dos patios cubiertos que tendrán carácter de vomitorio y evacuación.

Como el objetivo es unificar la intervención desde el punto de vista arquitectónico, los

materiales empleados son similares en vallado y edificio, predominando en éste el trámex

galvanizado, a modo de jaula cerrada, como si existieran varios filtros desde la vía pública. Así,

la galería sur y las fachadas este y oeste se cubren con piezas de dicho material como una piel

continua en la que se generarán salidas mediante puertas enrasadas, cartelería, iluminación,

mientras que la fachada norte se presenta como un plano más neutro, distinguiendo por colores

los pabellones, y en el que se reflejan de manera muy abstracta los huecos rasgados de

ventilación e iluminación de las diferentes estancias y los cerramientos de los patios mediante el

mismo trámex de la celosía.

El resultado es una pieza implantada de manera independiente del vallado y el campo, que

vuelva su actividad a la ciudad.

Para el graderío se aprovechará la estructura actual que se encuentre en buen estado y sea

geométricamente compatible, y éste se limitará a una zona central en la banda este. Dadas las

características altimétricas de la parcela, con contenciones hacia el exterior del campo o

plataforma la vía, según el lindero, se tratarán mediante taludes con hormigón permeable de

geometría variable y planos inclinados, los encuentros entre vallado y pavimento urbanizado.

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN REFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBAL C/ ROCAFORT 9, SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES, MADRID

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2 M E M O R I A C O N S T R U C T I V A REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006)

2. Memoria constructiva: Descripción de las soluciones adoptadas:

2.1 Sustentación del edificio*. Justificación de las características del suelo y parámetros a considerar para el cálculo de la parte del sistema estructural correspondiente a la cimentación. 2.2 Sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal). Se establecerán los datos y las hipótesis de partida, el programa de necesidades, las bases de cálculo y procedimientos o métodos empleados para todo el sistema estructural, así como las características de los materiales que intervienen. 2.3 Sistema envolvente. Definición constructiva de los distintos subsistemas de la envolvente del edificio, con descripción de su comportamiento frente a las acciones a las que está sometido (peso propio, viento, sismo, etc.), frente al fuego, seguridad de uso, evacuación de agua y comportamiento frente a la humedad, aislamiento acústico y sus bases de cálculo. El Aislamiento térmico de dichos subsistemas, la demanda energética máxima prevista del edificio para condiciones de verano e invierno y su eficiencia energética en función del rendimiento energético de las instalaciones proyectado según el apartado 2.6.2. 2.4 Sistema de compartimentación. Definición de los elementos de compartimentación con especificación de su comportamiento ante el fuego y su aislamiento acústico y otras características que sean exigibles, en su caso. 2.5 Sistemas de acabados. Se indicarán las características y prescripciones de los acabados de los paramentos a fin de cumplir los requisitos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad. 2.6 Sistemas de acondicionamiento e instalaciones. Se indicarán los datos de partida, los objetivos a cumplir, las prestaciones y las bases de cálculo para cada uno de los subsistemas siguientes: 1. Protección contra incendios, anti-intrusión, pararrayos, electricidad, alumbrado, ascensores, transporte, fontanería,

evacuación de residuos líquidos y sólidos, ventilación, telecomunicaciones, etc. 2. Instalaciones térmicas del edificio proyectado y su rendimiento energético, suministro de combustibles, ahorro de energía

e incorporación de energía solar térmica o fotovoltaica y otras energías renovables. 2.7 Equipamiento.

Definición de baños, cocinas y lavaderos, equipamiento industrial, etc

2.1 TRABAJOS PREVIOS

Previa a la ejecución de la instalación deportiva se procederá a la demolición de todas las

edificaciones auxiliares existentes. En algunas zonas existen cubiertas de fibrocemento que

deberán ser retiradas conforme a la normativa vigente. Se picarán las zonas de solera

perimetral actuales.

Se desmontarán vallados, báculos, barandillas perimetrales, porterías y otros elementos de la

instalación actual.

Se procederá a la demolición de los muros perimetrales hasta las cotas señaladas en los planos

de nuevo vallado para apoyo de los postes de cerrajería.

Se demolerá en su totalidad el graderío del lindero sur para construir el pabellón de servicios, y

parcialmente el este, acotándolo a las zonas definidas en planos. Además, en este último tramo

se realizarán demoliciones parciales para mantener la estructura inicial que resulte válida como

apoyo del graderío definitivo.

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2.2 ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO

No es preciso realizar acondicionamientos previos más allá de los trabajos previstos en

demolición.

A destacar la realización de estudio paleontológico en la excavación a ejecutar.

2.3 MOVIMIENTO DE TIERRAS

A la vista de los resultados y recomendaciones del Estudio Geotécnico, se realizará un

movimiento de tierras a cielo abierto de aproximadamente 35 cm en todo el campo actual, para

ajustar las pendientes definitivas de éste y retirar la capa actual de acabado.

En la ubicación del pabellón se procederá al movimiento de tierras necesario para la ejecución

de zanjas de vigas de cimentación, y saneamiento enterrado.

Se rellenarán mediante taludes de tierra compactada las zonas del vallado perimetral en la

situación del antiguo graderío sur con tierra procedente de la excavación.

2.4 URBANIZACIÓN

Se urbanizarán los accesos y zonas perimetrales del campo, así como el entorno del pabellón

mediante un pavimento de hormigón impreso, de dibujo y color a definir en obra.

En el lindero sur y parte del lindero este hasta el encuentro con la grada se ejecutará una solera

con un pavimento de hormigón permeable (tipo pavicesped) adaptado a la topografía con las

pendientes determinadas en planos, para contener y que sirva de transición entre el vallado y el

pavimento del suelo.

2.5 TERRENO DE JUEGO

El nuevo terreno de juego y las bandas perimetrales y espacio de calentamiento serán de

césped artificial. Para ello, teniendo en cuenta las recomendaciones del Estudio Geotécnico, se

ejecutará una base de unos 30 – 35 cm. de zahorra compactada para mejora del terreno, dos

capas de aglomerado asfáltico, de 3 y 4 cm respectivamente, con sus correspondientes riegos

de imprimación y adherencia, para la posterior colocación del césped.

Para conseguir una mayor durabilidad del pavimento de césped sintético, se ha optado por la

colocación de un pavimento monofilamento fibrilado, con las siguientes especificaciones

técnicas:

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Método de produción. Moqueta tuftada de pelo largo

Componente del pelo: Fibra recta no fibrilada (8 monofilamentos, cada unos de 210 micras de espesor, 100 % poliuretano, resistente a rayos UVA y de 12.000 dtex

Backing secundario: Compuesto por látex SBR permeable

Backing primario: Tejido de polipropileno, poliéster y lana

Longitud de la fibre sobre el backing: 60 mm

Espesor del backing en toda su sección: 2 mm

Peso bruto de la fibra: 1.420 g/m2

Peso total: 2.735 g/m2

Galga: Cosido a 3/4 ó 5/8 de pulgada.

Nº de puntadas: 8.820 pumtadas/m2, para una galga de 5/8. Para galga de 3/4 se admitirá el nº de puntadas correspondiente.

Nº nudos por metro (largo/ ancho): 63 / 140

Nº de Filamentos: Mínimo 141.120 filamentos / m2

Lastrado de arena: Según Pliego de Condiciones

El campo irá convenientemente marcado, según Reglamento de la Real Federación Madrileña

de Fútbol.

Se colocarán dos porterías fijas de fútbol 11 y cuatro plegables para los campos de fútbol 7.

2.6 CIMENTACIÓN. SUSTENTACIÓN DEL EDIFICIO

Se ha calculado la cimentación del edificio a partir de los datos obtenidos en el geotécnico

realizado por la empresa Instituto Técnico de Control S.A. Para ello será necesaria la ejecución

de pilotes de hormigón armado con una profundidad de 11,80 m y diámetro según planos.

Los pilotes irán atados en su parte superior mediante una viga corrida para apoyo de forjado

sanitario. A su vez, vigas en perpendicular permitirán la ejecución de un forjado sanitario de

vigueta autoportante y bovedilla cerámica. El forjado sanitario irá convenientemente ventilado

mediante tubos y rejillas a fachada.

Se ejecutarán soleras perimetrales en las áreas a urbanizar.

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A su vez, se cimentarán las torres de iluminación del campo mediante encepados de tres pilotes

por torre.

2.7 ESTRUCTURAS

La estructura del pabellón, de una sola planta, será mixta, de pilar metálico y vigas de hormigón

armado, de cuelgue en forma de T, y forjado de placa alveolar, que permite cubrir grandes luces

sin estructura intermedia penalizando así lo menos posible la cimentación, para ver reducido el

número de pilotes lo más posible.

La zona de la galería se ejecutará con viga plana para que puedan transcurrir por ella las

instalaciones.

La disposición de los pilares, será tal que permita su inserción dentro de las fachadas o muros

interiores, sin que se detecten mochetas visualmente. Siempre irán protegidos por fábrica, que

será pasante por su cara exterior.

En las zonas de vuelo de los extremos de la pieza (acceso oeste y área de uso público este), se

ejecutarán vigas de canto invertido para soporte de las placas alveolares. Dichas vigas

delimitarán en la zona de cubierta un área técnica sobre la que se colocarán los paneles solares

y máquinas de aire acondicionado.

El área de gradas se ejecutará sobre los muros existentes, previa demolición de las zonas

residuales, con ejecución de solera estabilizadora y gunitado con armado de éstos. Sobre las

costillas de fábrica se recibirá un graderío prefabricado de hormigón.

2.8 CERRAMIENTOS Y FACHADAS

Se ejecutarán un sistema de fachada, de medio pie de ladrillo perforado para revestir. El

acabado será en mortero monocapa. La fachada contará con cámara y doble hoja al interior.

La composición de la fachada será, de dentro hacia afuera: tabique de ladrillo hueco doble

(acabado con alicatado cerámico, yeso o enfoscado pintado según el caso), cámara de aire, 6

cm de aislamiento de lana de roca, medio pie de ladrillo perforado acabado en su cara exterior

con mortero monocapa de color a elegir.

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2.9 CUBIERTAS

La cubierta será plana, con formación de pendientes para la recogida de aguas en bajantes

interiores mediante mortero aligerado, y llevará impermeabilización invertida de PVC. Las capas

resultantes serán: formación de pendientes, base de mortero acabado fino para apoyo de la

lámina flotante, lámina de PVC, geotextil separador, aislamiento de poliestireno extruido de 10

cm, geotextil protector y acabado de grava.

En aquellas zonas susceptibles de apoyo de instalaciones se sustituirá la grava por baldosas

filtrón (compuestas por aislamiento y capa de terminación de hormigón), con el fin de apoyar

instalaciones en cubierta sin perforar la lámina.

Se realizará prueba de estanqueidad mediante inundación previo taponado de todos los

sumideros. Se duplicarán las láminas en los encuentros con sumideros, albardillas, encuentros

con vigas invertidas y demás puntos singulares. Se ejecutará encuentro de media caña en la

albardilla perimetral.

2.10 CARPINTERÍA Y CERRAJERÍA

La carpintería de ventanas será de aluminio anodizado natural, tono a elegir por la DF previa

presentación de muestras. Llevará rotura de puente térmico y perfil europeo con cámara de

condensación. Podrán ser de guillotina, oscilobatientes, fijas o proyectantes, según posición,

dimensiones y despiece de planos.

Las puertas de acceso a las diferentes estancias desde galería o patios serán de chapa

galvanizada con aislamiento, con montante superior, bien de chapa, de lamas para ventilación

en cuartos de instalaciones o de vidrio en aseos de personal para favorecer la iluminación

natural.

Las puertas de paso interiores, en cabinas de inodoros, aseos, etc, serán de panel fenólico, sin

marco, con bisagras vistas.

Para proteger la galería y los accesos al edificio se diseña una celosía de trámex, de módulos

de 1 en combinación de dos pasos de retícula distintos (rectangular y cuadrado). La celosía

será fija, irá anclada a techo y suelo y podrá llevar pletinas verticales de fijación para mayor

estabilidad. En ella se insertan puertas de una o dos hojas con montante fijo, del mismo

material, para control de acceso a zonas del pabellón ajenas al uso público, y en los patios,

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para salida al campo. Todas las puertas que se encuentren en vías de evacuación irán

mecanizadas con barra antipánico.

Siguiendo ese criterio de protección y unificando la estética los huecos de ventana de la

fachada sur irán también con trámex enrasado en fachada.

Los patios y galería llevarán un falso techo de trámex continuo para ocultar pasos de

instalaciones y cuelgues de vigas.

Tanto en vestuarios para uso de los equipos y jugadores, como en el patio que separa el

módulo B del C se ejecutarán taquillas a modo de jaula, de dimensiones y diseño según planos,

mediante perfiles en L y trámex galvanizado, con hojas abatibles y cerraduras, para almacenaje

de objetos personales o material de equipos y escuela de fútbol.

Todas las albardillas de cubierta y los vierteaguas de ventana serán de chapa galvanizada

plegada, convenientemente sellada y fijada a paramento.

Se delimitará una zona técnica en cubierta para colocación de paneles y máquinas de aire

protegida con una barandilla perimetral de trámex en protección de vistas desde la vía pública.

El terreno de juego irá delimitado por barandilla de tubo rectangular 10.5, con montantes y barra

superior horizontal.

El vallado del campo será de cerramiento metálico, de altura uniforme en cada lindero y

banqueado en las esquinas para adaptarse a los cambios de altura. En función de la altimetría

del campo respecto al viario podrá llevar zócalo del muro existente de mampostería o

contención hacia interior a modo de plataforma. Será permeable para que la visual del campo

se relacione con la trama urbana, y continuo, retrasándose los postes al interior y pasando

siempre el material de acabado por delante.

En los puntos de acceso rodado al recinto se ejecutarán puertas de trámex en el vallado. En la

zona del pabellón se construirá una parte ciega que acogerá el cartel señalizador de la

instalación, las acometidas, forradas y dobles vitrinas (exterior-interior) para la colocación de

anuncios, listas deportivas, clasificación, etc.

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2.11 COMPARTIMENTACIÓN, TABIQUERÍA INTERIOR

La tabiquería interior se realizará mediante tabique hueco doble, enfoscada maestreada. Las

cámaras de fachada o medianera con locales no calefactados serán del mismo material.

El enfoscado de los pàramentos de vestuarios y aseos, se realizará con mortero de cemento

hidrófugo.

Se ejecutarán bancos en vestuarios de fábrica para alicatar.

2.12 SOLADOS Y ACABADOS

Los paramentos de la zona de administración serán acabados de yeso para pintar con pintura

plástica lisa. El resto de fábricas se enfoscarán con mortero de cemento maestreado y se

alicatarán hasta una altura de 2,10 con azulejo blanco 10x10. De esa altura hacia arriba se

pintarán con pintura pétrea. Los almacenes, cuartos de instalaciones, o recintos en los que no

haya presencia de agua se dejarán en mortero pintado.

El solado del pabellón será continuo, de resinas para interiores antideslizantes. Se mantendrá la

continuidad del pavimento en patios y galería. En el exterior se colocará adoquín de hormigón

prefabricado, y en los pasillos perimetrales del campo un pavimento continuo de hormigón

impreso.

2.13 INSTALACIONES

2.13.1 SANEAMIENTO Y DRENAJE

El terreno de juego llevará dos aguas para evacuación de pluviales con recogida lineal mediante

rejilla en los lados largos (bandas). A su vez se colocarán rejillas de recogida lineal de polímero

y registro de galvanizado en el patio del edificio y zonas de tránsito exterior.

Irá conectado con el saneamiento del pabellón hasta un pozo de registro ubicado en la esquina

sur-oeste del recinto.

El saneamiento del edificio será enterrado, mediante arquetas de fábrica y tubo de PVC

apoyado en el suelo, aprovechando la cámara del forjado sanitario. Ese espacio será registrable

desde tapas previstas en la zona de patios.

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Se colocarán sumideros sifónicos en vestuarios y demás cuartos húmedos, rejillas lineales en

duchas.

Las bajantes de pluviales serán de PVC y bajarán hasta la cámara del forjado sanitario, con

arquetas a pie de bajante. Las redes serán separativas.

2.13.2 FONTANERÍA Y ACS

La distribución de agua y ACS se realizará completamente nueva mediante tuberías de cobre o

cualquier material plástico autorizado por la normativa. Como norma general, discurrirá por

vistas por la losa alveolar, hasta los cuartos húmedos, y desde ahí bajará en vertical empotrado

a los puntos de servicio. Toda la instalación aérea irá protegida mediante coquillas y la

empotrada con tubos tipo “forroplast”.

El calentamiento de agua se realizará mediante caldera estanca a gas, que servirá a su vez

para la calefacción de suelo radiante de las áreas calefactadas. Se colocarán paneles para

agua caliente en cubierta, conectados a un interacumulador en sala de calderas.

El diseño general de la instalación cumplirá con lo establecido en el CTE y demás normativa

vigente.

Se diseña una instalación de depósito y aspersores (cañones) de riego para el campo, ubicados

en los extremos del mismo. La altura de montaje de los aspersores, medida desde la boquilla

del mismo, hasta el suelo, será como máximo de 2,10 metros.

2.13.3 ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO

Se proveerá al pabellón del grado de electrificación necesario, según las demandas previstas.

Se ubicará un cuadro general en el cuarto de instalaciones con acceso desde el patio. La

instalación discurrirá vista por techo de losa alveolar y empotrada en vertical hasta los

mecanismos de pared.

Se dotará de alumbrado a las zonas exteriores del pabellón mediante la colocación de focos en

fachada. El edificio llevará un sistema de iluminación interior de LED colocadas sobre losa vista

o falso techo de trámex.

El diseño general de la instalación cumplirá con lo establecido en el CTE y demás normativa

vigente.

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Para la iluminación del campo se disponen en los puntos señalados en planos cuatro báculos

de iluminación de 18 m de altura con focos con un nivel de iluminación según las necesidades

del campo, en dos niveles de control independiente, entrenamiento y competición.

Ubicación báculos: Se verificará la ubicación de los báculos de iluminación de acuerdo a las

siguientes especificaciones recogidas en las Normas NIDE. Campos de fútbol.

La altura de montaje de las luminarias en los báculos o torres de iluminación para que no haya

deslumbramiento, será como mínimo de 15 m (uso recreativo, escolar y competiciones locales)

o 18 m (entrenamiento alto nivel y resto de competiciones), en cualquier caso el ángulo

formado por la línea que va desde la línea de montaje de las luminarias a la línea central del

campo será como mínimo de 25º.

Cuando existan graderías, los báculos o torres se instalarán tras ellos, si el graderío lo permite

por su aforo limitado, o bien en las cuatro esquinas, en este caso y para evitar el

deslumbramiento de los porteros y asegurar una buena iluminación de la portería y su área, se

colocarán en el sector opuesto al campo formado por dos rectas que partiendo del centro de la

línea de meta y del centro de la línea de banda, forman 15º y 5º respectivamente con dichas

líneas. El ángulo formado por la línea que va desde la línea de montaje de las luminarias al

centro del campo será como mínimo de 25º.

Cuando las cubiertas de gradería tengan altura suficiente, las luminarias se pueden colocar

sobre ellas en disposición lateral a las líneas de banda; la posición de los proyectores debe ser

tal que el ángulo de enfoque con la vertical no sea mayor de 70º. Para evitar el

deslumbramiento a los porteros, no se colocarán báculos de iluminación en el sector

comprendido entre dos rectas que tenga como centro el punto medio de la línea de meta y

dichas rectas formen un ángulo de 15º a un lado y al otro de dicha línea de meta.

2.13.4 CALEFACCIÓN

La instalación de calefacción será de suelo radiante en las zonas a calefactar, administración y

vestuarios. Se colocará una base de aislamiento en el forjado sobre la que se dispondrán los

tubos de calefacción, y colectores de distribución en pared en las zonas señaladas en plano.

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La caldera será de gas. Se podrá preinstalar una futura conexión a acumuladores de agua

caliente para apoyo de calefacción futura.

2.13.5 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Como únicos elementos de la instalación se colocarán extintores y luminarias de emergencia en

las zonas señaladas en plano. Vías de evacuación, locales de riesgo especial y estancias.

Se señalizará la instalación y las vías de evacuación con carteles homologados.

El diseño general de la instalación cumplirá con lo establecido en el CTE y demás normativa

vigente.

2.13.6 GAS

Se colocará la acometida de gas en la fachada sur, en el área para ello destinada, y se llevará

la instalación hasta la sala de calderas, enterrada por patio.

El diseño general de la instalación cumplirá con lo establecido en el CTE y demás normativa

vigente.

2.14 VARIOS

Además de los servicios ya detallados propios del campo como báculos de iluminación o

sistema de riego, el edificio irá dotado de equipamiento necesario para su uso. Se colocarán

dos porterías fijas para el fútbol 11 y cuatro portátiles plegables para el fútbol 7, así como

banderines de córner. En el área de banquillos se dispondrán dos prefabricados, de serie

estándar.

Además, los vestuarios de personal y árbitro irán equipados con bancos para cambios y

taquillas de material fenólico.

Se dotará al recinto de papeleras y de fuente de agua potable.

2.15 PLAN DE OBRA

Todos estos trabajos se realizarán según el siguiente plan de obra:

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REFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBAL. PLAN DE OBRAPLAZO EJECUCIÓN TOTAL: 8 MESES INICIO ESTIMADO OBRA: ENERO 2017

ENERO-2017

C00 TRABAJOS PREVIOS 646,92 646,92

C 01 DEMOLICIONES 10.564,23 10.564,23 10.564,23 10.564,23 10.564,23 10.564,24 63.385,39

C 02 MOVIMIENTO DE TIERRAS 4.307,02 4.307,02 4.307,02 4.307,03 17.228,09

C 03 TERRENO DE JUEGO 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 9.196,76 35.947,14 35.947,14 35.947,14 35.947,18 263.346,48

C 04 URBANIZACION 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,62 12.995,75 181.938,81

C 05 EDIFICACION 0,00

C05.01 MOVIMIENTOS DE TIERRAS 2.340,00 2.699,10 5.039,10

C05.02 CIMENTACIÓN 16.023,86 16.023,86 16.023,86 16.023,86 16.023,86 16.023,88 96.143,18

C05.03 ESTRUCTURA 11.994,06 11.994,06 11.994,06 11.994,06 11.994,06 11.994,11 71.964,41

C05.04 CUBIERTAS, AISLAMIENTOS E IMPERMEABILIZACIONES 5.944,56 5.944,56 5.944,56 5.944,56 5.944,56 5.944,60 35.667,40

C05.05 ALBAÑILERÍA, CERRAMIENTOS Y FACHADAS 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,26 2.435,27 31.658,39

C05.06 REVESTIMIENTOS Y ACABADOS 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,70 5.608,71 78.521,81

C05.07 CARPINTERÍA EXTERIOR 1.783,82 1.783,82 1.783,82 1.783,82 1.783,82 1.783,82 1.783,82 1.783,86 14.270,60

C05.08 CARPINTERÍA INTERIOR 2.016,67 2.016,67 2.016,67 2.016,67 8.066,68

C05.09 CERRAJERÍA 5.555,12 5.555,12 5.555,12 5.555,12 5.555,12 5.555,12 5.555,12 5.555,12 5.555,20 49.996,16

C05.10 VIDRIERÍA 783,23 783,23 1.566,46

C05.11 APARATOS SANITARIOS 4.812,51 4.812,51 4.812,51 14.437,53

C05.12 INSTALACIONES 0,00

1 ELECTRICIDAD 973,33 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 1.925,30 5.320,38 5.320,39 34.717,70

2 FONTANERÍA 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.491,98 1.492,07 20.887,81

3 SANEAMIENTO 1.461,66 1.461,66 1.461,66 433,99 433,99 433,99 2.782,09 2.782,09 11.251,13

4 CALEFACCIÓN 3.051,45 3.051,45 3.051,45 3.051,45 3.051,45 3.051,45 3.051,45 3.051,45 3.051,47 27.463,07

5 CLIMATIZACIÓN 505,89 2.207,79 2.713,68

6 GAS NATURAL 331,29 331,29 331,29 331,32 1.325,19

7 CAPTACIÓN SOLAR 1.487,67 1.487,67 1.487,67 1.487,67 1.487,67 1.487,67 2.550,01 2.550,01 14.026,04

8 VENTILACIÓN 1.150,00 1.150,00 1.150,00 1.150,00 3.622,91 14.461,25 22.684,16

9 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 546,19 546,19

10 VARIOS 636,00 636,00 636,00 636,00 2.544,00

C05.14 EQUIPAMIENTO 2.001,41 2.001,41 4.002,82

C06 GESTIÓN DE RESIDUOS 773,33 407,09 407,09 407,09 407,09 407,09 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 34,33 3.701,36

C07 SEGURIDAD Y SALUD 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,93 560,95 17.949,78

12.545,41 15.839,27 15.839,27 27.376,03 41.059,90 49.748,50 38.811,50 38.811,50 39.784,83 40.273,18 26.948,40 36.243,36 34.781,70 34.781,70 21.786,08 24.221,34 15.024,63 24.021,47 24.021,47 24.455,46 24.455,49 24.757,99 29.879,16 35.442,51 35.442,51 35.442,53 34.407,73 35.191,10 56.849,15 64.765,85 70.923,70 63.757,62

Total 12.545,41 1.097.690,34125.522,17 161.890,51 199.447,17

SEPTIEMBRE-2017

100.114,47 167.156,33 138.246,64 95.813,75 96.953,89

AGOSTO 2017FEBRERO- 2017 MARZO-2017 ABRIL-2017 MAYO-2017 JUNIO-2017 JULIO-2017

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3 C U A D R O S D E S U P E R F I C I E S

CUADROS DE SUPERFICIES ÚTILES MÓDULO A

RECEPCIÓN / CONTROL 22,21

ESPERA 2,95

DESPACHO 8,88

ANTEASEOS 5,05

VESTUARIOS PERSONAL 01 7,54

VESTUARIOS PERSONAL 02 7,54

CUARTO ELECTRICIDAD 3,70

CUARTO CALDERAS 10,26

TOTAL ÚTIL MÓDULO A 68,13MÓDULO B

VESTUARIOS ÁRBITROS 01 10,57

VESTUARIOS ÁRBITROS 02 10,57

VESTUARIOS CAMPO 01 48,20

VESTUARIOS CAMPO 02 48,20

TOTAL ÚTIL MÓDULO B 117,54MÓDULO C

ALMACÉN 25,00

ASEOS PÚBLICOS 01 11,97

ASEOS PÚBLICOS 02 8,40

TOTAL ÚTIL MÓDULO C 45,37EXTERIORES

ACCESO CUBIERTO 20,94

ESPACIO CUBIERTO 01 22,80

ESPACIO CUBIERTO 02 32,40

ESPACIO PORTICADO 108,47

TOTAL ÚTIL ESPACIOS EXTERIORES 184,61

TOTAL ÚTIL INTERIOR 231,06TOTAL ÚTIL EXTERIOR 184,61TOTAL SUPERFICIE ÚTIL 415,67

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CUADROS SUPERFICIES CONSTRUIDAS

Se reflejan en la siguiente tabla las superficies construidas existentes y resultantes totales.

SUP. CONSTRUÍDA

ESTADO ACTUAL

SUP. CONSTRUIDA

ESTADO REFORMADO

MÓDULO A -- 85,45MÓDULO B -- 145,12MÓDULO C -- 56,71EXTERIORES -- 184,61TOTAL CONSTRUÍDAS 314,65 471,89

Madrid, mayo de 2016

Fdo: El Arquitecto:Jesús Barranco Herrezuelo

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4 M E M O R I A J U S T I F I C A T I V A

4.1 PRESTACIONES DEL EDIFICIO

El edificio tendrá un uso exclusivamente dotacional, y se proyecta de forma que, encumplimiento de las exigencias básicas del CTE sus prestaciones previstas serán lassiguientes:

UTILIZACIÓNCondiciones funcionales relativas al uso del edificio.SEGURIDAD ESTRUCTURALTendrá un comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a quepueda estar sometido durante su construcción y uso previsto.SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOSReducirá a niveles aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños derivados de un incendio deorigen accidental como consecuencia de las características del proyecto, construcción, uso ymantenimiento.SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDADReducirá a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos durante el usoprevisto del edificio como consecuencia de las características del proyecto, construcción, uso ymantenimiento, así como en facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y seguradel mismo a las personas con discapacidad.SALUBRIDADReducirá a límites aceptables el riesgo de que los usuarios, dentro del edificio y en condiciones normalesde utilización, padezcan molestias o enfermedades, así como el riesgo de que el edificio se deteriore y deque deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, como consecuencia de las características delproyecto, construcción, uso y mantenimiento.PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDOLimitará dentro del edificio y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias oenfermedades que el edificio pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características delproyecto, construcción, uso y mantenimiento.AHORRO DE ENERGÍA. LIMITACIÓN DE LA DEMANDA ENERGÉTICAReducirá a límites sostenibles el consumo de energía, propiciando que parte del consumo de estaenergía proceda de fuentes de energía renovable, como consecuencia de las características delproyecto, construcción, uso y mantenimiento.

No existe ninguna prestación acordada entre el promotor y el arquitecto que supere losumbrales establecidos en el CTE.

El uso será dotacional, por lo que el edificio estará calculado en sus prestaciones, tanto a losefectos de estructuras, como de instalaciones exclusivamente para ello.

Se procede, en el apartado correspondiente al cumplimiento del CTE a aportar el índicepormenorizado del mismo, con la procedencia de su cumplimiento.

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4.2 NORMATIVA GENERAL DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables sobre construcción.

De acuerdo con el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la ejecución de las obras deberán observarse las normas vigentes aplicables sobre construcción. A tal fin se incluye la siguiente relación no exhaustiva de la normativa técnica aplicable.

ÍNDICE

0) Normas de carácter general0.1 Normas de carácter general

1) Estructuras1.1 Acciones en la edificación1.2 Acero1.3 Fabrica de Ladrillo1.1 Hormigón1.2 Madera1.6 Cimentación

2) Instalaciones2.1 Agua2.2 Ascensores2.3 Audiovisuales y Antenas2.4 Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria2.5 Electricidad2.6 Instalaciones de Protección contra Incendios

3) Cubiertas3.1 Cubiertas

4) Protección4.1 Aislamiento Acústico4.2 Aislamiento Térmico4.3 Protección Contra Incendios1.4 Seguridad y Salud en las obras de Construcción1.5 Seguridad de Utilización

5) Barreras arquitectónicas5.1 Barreras Arquitectónicas

6) Varios6.1 Instrucciones y Pliegos de Recepción6.2 Medio Ambiente6.3 Otros

ANEXO 1: COMUNIDAD DE MADRID

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0) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL

0.1) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL

Ordenación de la edificaciónLEY 38/1999, de 5 de noviembre, de la Jefatura del EstadoB.O.E.: 6-NOV-1999

MODIFICADA POR:Artículo 82 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas ydel Orden SocialLEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 31-DIC-2001

Artículo 105 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas ydel Orden SocialLEY 53/2002, de 30 de diciembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 31-DIC-2002

Artículo 15 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes parasu adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio

LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 23-DIC-2009

Disposición final tercera de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración yrenovación urbanasLEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 27-JUN-2013

Disposición final tercera de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de TelecomunicacionesLEY 9/2014, de 9 de mayo, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 10-MAY-2014Corrección erratas: B.O.E. 17-MAY-2014

Código Técnico de la EdificaciónREAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006Corrección de errores y erratas: B.O.E. 25-ENE-2008

DEROGADO EL APARTADO 5 DEL ARTÍCULO 2 POR: Disposición derogatoria única de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación,regeneración y renovación urbanasLEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 27-JUN-2013

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el CódigoTécnico de la EdificaciónREAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 23-OCT-2007Corrección de errores: B.O.E. 20-DIC-2007

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 1371/2007, de 19-OCT Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 18-OCT-2008

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Modificación de determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación ,aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19de octubre

Orden 984/2009, de 15 de abril, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 23-ABR-2009Corrección de errores y erratas: B.O.E. 23-SEP-2009

Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y nodiscriminación de las personas con discapacidad

REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 11-MAR-2010

Modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) aprobado por Real Decreto314/2006, de 17 de marzo

Disposición final segunda, del Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 22-ABR-2010

Sentencia por la que se declara la nulidad del artículo 2.7 del Real Decreto 314/2006, de 17de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, así como la definicióndel párrafo segundo de uso administrativo y la definición completa de uso públicaconcurrencia, contenidas en el documento SI del mencionado CódigoSentencia de 4 de mayo de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,B.O.E.: 30-JUL-2010

Disposición final undécima de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneracióny renovación urbanasLEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 27-JUN-2013

ACTUALIZADO POR:Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía”ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de FomentoB.O.E.: 12-SEP-2013Corrección de errores: B.O.E. 8-NOV-2013

Procedimiento básico para la certificación energética de los edificiosREAL DECRETO 235/2013, de 5 de abril, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 13-ABR-2013Corrección de errores: B.O.E. 25-MAY-2013

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1) ESTRUCTURAS

1.1) ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN

DB SE-AE. Seguridad estructural - Acciones en la Edificación.Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

Norma de Construcción Sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-02) REAL DECRETO 997/2002, de 27 de septiembre, del Ministerio de FomentoB.O.E.: 11-OCT-2002

1.2) ACERO

DB SE-A. Seguridad Estructural - AceroCódigo Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

Instrucción de Acero Estructural (EAE)REAL DECRETO 751/2011, de 27 de mayo, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 23-JUN-2011Corrección errores: 23-JUN-2012

1.3) FÁBRICA

DB SE-F. Seguridad Estructural FábricaCódigo Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

1.4) HORMIGÓN

Instrucción de Hormigón Estructural "EHE”REAL DECRETO 1247/2008, de 18 de julio, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 22-AGO-2008 Corrección errores: 24-DIC-2008

MODIFICADO POR:BSentencia por la que se declaran nulos los párrafos séptimo y octavo del artículo 81 y elanejo 19 Sentencia de 27 de septiembre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,B.O.E.: 1-NOV-2012

1.5) MADERA

DB SE-M. Seguridad estructural - Estructuras de MaderaCódigo Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

1.6) CIMENTACIÓN

DB SE-C. Seguridad estructural - CimientosCódigo Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda

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B.O.E.: 28-MAR-2006Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

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2) INSTALACIONES

2.1) AGUA

Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humanoREAL DECRETO 140/2003, de 7 de febrero, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 21-FEB-2003

MODIFICADO POR: Real Decreto 1120/2012, de 20 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 29-AGO-2012

Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, del Ministerio de Sanidad, por el que seestablecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas B.O.E.: 11-OCT-2013Corrección de errores B.O.E.: 12-NOV-2013

DESARROLLADO EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE DEFENSA POR: Orden DEF/2150/2013, de 11 de noviembre, del Ministerio de Defensa B.O.E.: 19-NOV-2013

DB HS. Salubridad (Capítulos HS-4, HS-5)Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

2.2) ASCENSORES

Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobreascensores REAL DECRETO 1314/1997 de 1 de agosto de 1997, del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.: 30-SEP-1997Corrección errores: 28-JUL-1998

MODIFICADO POR: Disposición final primera del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre por el que seestablecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas REAL DECRETO 1644/2008, de 10 de octubre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 11-OCT-2009

DEROGADAS LAS DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA Y SEGUNDA POR: Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos deelevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo B.O.E.: 22-FEB-2013

Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos

(sólo están vigentes los artículos 11 a 15, 19 y 23, el resto ha sido derogado por el Real Decreto1314/1997, excepto el art.10, que ha sido derogado por el Real Decreto 88/20013, de 8 de febrero)REAL DECRETO 2291/1985, de 8 de noviembre, del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.: 11-DIC-1985

MODIFICADO POR: Art 2º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridadindustrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010

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Prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existentes REAL DECRETO 57/2005, de 21 de enero, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 04-FEB-2005

DEROGADO LOS ARTÍCULOS 2 Y 3 POR: Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos deelevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo B.O.E.: 22-FEB-2013

Prescripciones técnicas no previstas en la ITC-MIE-AEM 1, del Reglamento de aparatos deelevación y manutención de los mismosRESOLUCIÓN de 27 de abril de 1992, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y TurismoB.O.E.: 15-MAY-1992

Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos deelevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo B.O.E.: 22-FEB-2013Corrección errores: 9-MAY-2013

2.3) AUDIOVISUALES Y ANTENAS

Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones.REAL DECRETO LEY 1/1998, de 27 de febrero, de la Jefatura del EstadoB.O.E.: 28-FEB-1998

MODIFICADO POR:Modificación del artículo 2, apartado a), del Real Decreto-Ley 1/1998 Disposición Adicional Sexta, de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Jefatura del Estado, deOrdenación de la EdificaciónB.O.E.: 06-NOV-1999

Disposición final quinta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de TelecomunicacionesLEY 9/2014, de 9 de mayo, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 10-MAY-2014Corrección erratas: B.O.E. 17-MAY-2014

Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso alos servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.REAL DECRETO 346/2011, de 11 de marzo, del Ministerio de Industria, Turismo y ComercioB.O.E.: 1-ABR-2011 Corrección errores: 18-OCT-2011

DESARROLLADO POR:Desarrollo del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes detelecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de lasedificaciones, aprobado por el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo.ORDEN 1644/2011, de 10 de junio de 2011, del Ministerio de Industria, Turismo y ComercioB.O.E.: 16-JUN-2011

MODIFICADO POR:Sentencia por la que se anula el inciso “debe ser verificado por una entidad que dispongade la independencia necesaria respecto al proceso de construcción de la edificación y delos medios y la capacitación técnica para ello” in fine del párrafo quinto Sentencia de 9 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,B.O.E.: 1-NOV-2012

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Sentencia por la que se anula el inciso “en el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los serviciosde telecomunicación”, incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto delapartado 1 del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 delartículo 10. Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,B.O.E.: 7-NOV-2012

Sentencia por la que se anula el inciso “en el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los serviciosde telecomunicación”, incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto delapartado 1 del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 delartículo 10; así como el inciso “a realizar por un Ingeniero de Telecomunicación o unIngeniero Técnico de Telecomunicación” de la sección 3 del Anexo IV. Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,B.O.E.: 7-NOV-2012

2.4) CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA

Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE)REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 29-AGO-2007 Corrección errores: 28-FEB-2008

MODIFICADO POR:Art. segundo del Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 18-MAR-2010Corrección errores: 23-ABR-2010

Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 11-DIC-2009Corrección errores: 12-FEB-2010Corrección errores: 25-MAY-2010

Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 13-ABR-2013Corrección errores: 5-SEP-2013

Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instruccionestécnicas complementarias ICG 01 a 11REAL DECRETO 919/2006, de 28 de julio, del Ministerio de Industria, Turismo y ComercioB.O.E.: 4-SEPT-2006

MODIFICADO POR: Art 13º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridadindustrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010

Instrucción técnica complementaria MI-IP 03 “Instalaciones petrolíferas para uso propio”REAL DECRETO 1427/1997, de 15 de septiembre, del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.: 23-OCT-1997Corrección errores: 24-ENE-1998

MODIFICADA POR:Modificación del Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por R. D. 2085/1994,de 20-OCT, y las Instrucciones Técnicas complementarias MI-IP-03, aprobadas por el R.D.1427/1997, de 15-SET, y MI-IP-04, aprobada por el R.D. 2201/1995, de 28-DIC.REAL DECRETO 1523/1999, de 1 de octubre, del Ministerio de Industria y Energía

Departamento de Servicios Técnicos Distrito de Villaverde C/ Arroyo Bueno 53, 28021 Madrid

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B.O.E.: 22-OCT-1999 Corrección errores: 3-MAR-2000

Art 6º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridadindustrial , para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010

Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosisREAL DECRETO 865/2003, de 4 de julio, del Ministerio de Sanidad y ConsumoB.O.E.: 18-JUL-2003

DB HE. Ahorro de Energía (Capítulo HE-4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria)Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO. 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006

ACTUALIZADO POR:Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía”ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de FomentoB.O.E.: 12-SEP-2013Corrección de errores: B.O.E. 8-NOV-2013

Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

2.5) ELECTRICIDAD

Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) BT01 a BT 51 REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, del Ministerio de Ciencia y Tecnología B.O.E.: suplemento al nº 224, 18-SEP-2002

Anulado el inciso 4.2.C.2 de la ITC-BT-03 por:SENTENCIA de 17 de febrero de 2004 de la Sala Tercera del Tribunal SupremoB.O.E.: 5-ABR-2004

MODIFICADO POR: Art 7º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridadindustrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010

Nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con finesespeciales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamentoelectrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y semodifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo.REAL DECRETO 1053/2014, de 12 de diciembre, del Ministerio de Industria, Energía y TurismoB.O.E.: 31-DIC-2014

Autorización para el empleo de sistemas de instalaciones con conductores aislados bajo canalesprotectores de material plásticoRESOLUCIÓN de 18 de enero 1988, de la Dirección General de Innovación IndustrialB.O.E.: 19-FEB-1988

Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus InstruccionesTécnicas Complementarias EA-01 a EA-07 REAL DECRETO 1890/2008, de 14 de noviembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

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B.O.E.: 19-NOV-2008

2.6) INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Reglamento de instalaciones de protección contra incendiosREAL DECRETO 1942/1993, de 5 de noviembre, del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.: 14-DIC-1993Corrección de errores: 7-MAY-1994

MODIFICADO POR: Art 3º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridadindustrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010

Normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5-NOV, por el que seaprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo I y losapéndices del mismoORDEN, de 16 de abril de 1998, del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.: 28-ABR-1998

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3) CUBIERTAS

3.1) CUBIERTAS

DB HS-1. SalubridadCódigo Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

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4) PROTECCIÓN

4.1) AISLAMIENTO ACÚSTICO

DB HR. Protección frente al ruidoREAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 23-OCT-2007Corrección de errores: B.O.E. 20-DIC-2007 Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

4.2) AISLAMIENTO TÉRMICO

DB-HE-Ahorro de EnergíaCódigo Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 28-MAR-2006

ACTUALIZADO POR:Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía”ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de FomentoB.O.E.: 12-SEP-2013Corrección de errores: B.O.E. 8-NOV-2013

Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

4.3) PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

DB-SI-Seguridad en caso de IncendiosCódigo Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda B.O.E.: 28-MAR-2006Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

Reglamento de Seguridad contra Incendios en los establecimientos industriales.REAL DECRETO 2267/2004, de 3 Diciembre, del Ministerio de Industria, Turismo y ComercioB.O.E.: 17-DIC-2004Corrección errores: 05-MAR-2005

MODIFICADO POR: Art 10º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridadindustrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio B.O.E.: 22-MAY-2010

Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función desus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuegoREAL DECRETO 842/2013, de 31 de octubre, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 23-NOV-2013

4.4) SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN

Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcciónREAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 25-OCT-1997

MODIFICADO POR:

Departamento de Servicios Técnicos Distrito de Villaverde C/ Arroyo Bueno 53, 28021 Madrid

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Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen lasdisposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de losequipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 13-NOV-2004

Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen lasdisposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 29-MAY-2006

Disposición final tercera del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que sedesarrolla la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sectorde la ConstrucciónREAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 25-AGO-2007

Artículo 7 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para suadaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 23-DIC-2009

Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e InmigraciónB.O.E.: 23-MAR-2010

DEROGADO EL ART.18 POR:REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e InmigraciónB.O.E.: 23-MAR-2010

Prevención de Riesgos LaboralesLEY 31/1995, de 8 de noviembre, de la Jefatura del EstadoB.O.E.: 10-NOV-1995

DESARROLLADA POR:Desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, enmateria de coordinación de actividades empresarialesREAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 31-ENE-2004

MODIFICADA POR:Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (Ley de Acompañamiento de lospresupuestos de 1999)LEY 50/1998, de 30 de diciembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 31-DIC-1998

Reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos LaboralesLEY 54/2003, de 12 de diciembre, de la Jefatura del Estado B.O.E.: 13-DIC-2003

Artículo 8 y Disposición adicional tercera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, demodificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a lasactividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 23-DIC-2009

Reglamento de los Servicios de PrevenciónREAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 31-ENE-1997

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓNREFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBALC/ ROCAFORT 9, SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES, MADRID

MODIFICADO POR:Modificación del Reglamento de los Servicios de PrevenciónREAL DECRETO 780/1998, de 30 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 1-MAY-1998

Modificación del Reglamento de los Servicios de PrevenciónREAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 29-MAY-2006

Modificación del Reglamento de los Servicios de PrevenciónREAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e InmigraciónB.O.E.: 23-MAR-2010

Modificación del Reglamento de los Servicios de PrevenciónREAL DECRETO 598/2015, de 3 de julio, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 04-JUL-2015

DEROGADA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA POR:REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e InmigraciónB.O.E.: 23-MAR-2010

DESARROLLADO POR:Desarrollo del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, en lo referido a la acreditación deentidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividadespreventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevenciónde las empresasORDEN 2504/2010, de 20 de septiembre, del Ministerio de Trabajo e InmigraciónB.O.E.: 28-SEP-2010 Corrección errores: 22-OCT-2010Corrección errores: 18-NOV-2010

Señalización de seguridad en el trabajoREAL DECRETO 485/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 23-ABR-1997

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 485/1997REAL DECRETO 598/2015, de 3 de julio, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 04-JUL-2015

Seguridad y Salud en los lugares de trabajoREAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 23-ABR-1997

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen lasdisposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de losequipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 13-NOV-2004

Manipulación de cargasREAL DECRETO 487/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 23-ABR-1997

Utilización de equipos de protección individualREAL DECRETO 773/1997, de 30 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 12-JUN-1997 Corrección errores: 18-JUL-1997

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Utilización de equipos de trabajoREAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 7-AGO-1997

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen lasdisposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de losequipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 13-NOV-2004

Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición alamianto

REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 11-ABR-2006

Regulación de la subcontrataciónLEY 32/2006, de 18 de Octubre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 19-OCT-2006

DESARROLLADA POR:Desarrollo de la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en elSector de la ConstrucciónREAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesB.O.E.: 25-AGO-2007Corrección de errores: 12-SEP-2007

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agostoREAL DECRETO 327/2009, de 13 de marzo, del Ministerio de Trabajo e InmigraciónB.O.E.: 14-MAR-2009

Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agostoREAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e InmigraciónB.O.E.: 23-MAR-2010

MODIFICADA POR:Artículo 16 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes parasu adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 23-DIC-2009

4.5) SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN

DB-SUA-Seguridad de utilización y accesibilidadREAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 11-MAR-2010Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓNREFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBALC/ ROCAFORT 9, SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES, MADRID

5) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS

5.1) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS

Real Decreto por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminaciónde las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicosurbanizados y edificaciones.

REAL DECRETO 505/2007, de 20 de abril, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 11-MAY-2007

MODIFICADO POR:La Disposición final primera de la modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo,en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidadREAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 11-MAR-2010

DESARROLLADO POR:Desarrollo del documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y nodiscriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizadosOrden 561/2010, de 1 de febrero, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 11-MAR-2010

DB-SUA-Seguridad de utilización y accesibilidadREAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de ViviendaB.O.E.: 11-MAR-2010Para consultar todas las modificaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado “0.1 Normas de caráctergeneral”

Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de suinclusión socialREAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, de 29 de noviembre, del Ministerio de Sanidad,Servicios Sociales e IgualdadB.O.E.: 3-DIC-2013

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6) VARIOS

6.1) INSTRUCCIONES Y PLIEGOS DE RECEPCIÓN

Instrucción para la recepción de cementos "RC-08"REAL DECRETO 956/2008, de 6 de junio, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 19-JUN-2008Corrección errores: 11-SEP-2008

Disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la Directiva89/106/CEE

REAL DECRETO 1630/1992, de 29 de diciembre, del Ministerio de Relación con las Cortes y de laSecretaría del GobiernoB.O.E.: 09-FEB-1993

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, en aplicación de la Directiva93/68/CEE.REAL DECRETO 1328/1995, de 28 de julio, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 19-AGO-1995

Ampliación los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que sepublican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas,así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a variasfamilias de productos de construcciónResolución de 1 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña yMediana EmpresaB.O.E.: 10-SEP-2015

6.2) MEDIO AMBIENTE

Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosasDECRETO 2414/1961, de 30 de noviembre, de Presidencia de GobiernoB.O.E.: 7-DIC-1961Corrección errores: 7-MAR-1962 En la Comunidad de Madrid, queda sin aplicación desde la entrada en vigor de la Ley 2/2002, de 19 dejunio, de Evaluación Ambiental (B.O:E.: 24-JUL-2002)

DEROGADOS el segundo párrafo del artículo 18 y el Anexo 2 por:Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados conlos agentes químicos durante el trabajo REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 1-MAY-2001

DEROGADO por:Calidad del aire y protección de la atmósfera LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 16-NOV-2007No obstante, el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas mantendrásu vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobadaen la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.

MODIFICADA POR:Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas autónomas contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (Art. 33)REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 7-JUL-2011Corrección errores: B.O.E.: 13-JUL-2011

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Instrucciones complementarias para la aplicación del Reglamento de actividades molestas,insalubres, nocivas y peligrosasORDEN de 15 de marzo de 1963, del Ministerio de la GobernaciónB.O.E.: 2-ABR-1963

RuidoLEY 37/2003, de 17 de noviembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 18-NOV-2003

DESARROLLADA POR:Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluacióny gestión del ruido ambiental.REAL DECRETO 1513/2005, de 16 de diciembre, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 17-DIC-2005

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido.Disposición final primera del REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre,del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 23-OCT-2007

Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica,objetivos de calidad y emisiones acústicas.

REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 23-OCT-2007

MODIFICADO POR:Modificación del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas .REAL DECRETO 1038/2012, de 6 de julio, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 26-JUL-2012

MODIFICADA POR:Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gastopúblico y cancelación de deudas con empresas autónomas contraídaspor las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial eimpulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (Art.31)REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 7-JUL-2011Corrección errores: B.O.E.: 13-JUL-2011

Regulación de la producción y gestión de los residuos de construcción y demoliciónREAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, del Ministerio de la PresidenciaB.O.E.: 13-FEB-2008

6.3) OTROS

Ley del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postalLEY 43/2010, de 30 de diciembre, de Jefatura del EstadoB.O.E.: 31-DIC-2010

Departamento de Servicios Técnicos Distrito de Villaverde C/ Arroyo Bueno 53, 28021 Madrid

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ANEXO 1:

COMUNIDAD DE MADRID

0) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL

Medidas para la calidad de la edificaciónLEY 2/1999, de 17 de marzo, de la Presidencia de la Comunidad de MadridB.O.C.M.: 29-MAR-1999

Regulación del Libro del EdificioDECRETO 349/1999, de 30 de diciembre, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de MadridB.O.C.M.: 14-ENE-2000

1) INSTALACIONES

Normas sobre documentación, tramitación y prescripciones técnicas de las instalacionesinteriores de suministro de agua.ORDEN 2106/1994, de 11 de noviembre, de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad deMadridB.O.C.M.: 28-FEB-1995

MODIFICADA POR:Modificación de los puntos 2 y 3 del Anexo I de la Orden 2106/1994 de 11 NOV ORDEN 1307/2002, de 3 de abril, de la Consejería de Economía e Innovación TecnológicaB.O.C.M.: 11-ABR-2002

Condiciones de las instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos ocomerciales y en particular, requisitos adicionales sobre la instalación de aparatos de calefacción,agua caliente sanitaria, o mixto, y conductos de evacuación de productos de la combustión.ORDEN 2910/1995, de 11 de diciembre, de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad deMadridB.O.C.M..: 21-DIC-1995

AMPLIADA POR:Ampliación del plazo de la disposición final 2ª de la orden de 11 de diciembre de 1995sobre condiciones de las instalaciones en locales destinados a usos domésticos,colectivos o comerciales y, en particular, requisitos adicionales sobre la instalación deaparatos de calefacción, agua caliente sanitaria o mixto, y conductos de evacuación deproductos de la combustiónORDEN 454/1996, de 23 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo de la C. de Madrid.B.O.C.M..: 29-ENE-1996

2 ) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS

Promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.LEY 8/1993, de 22 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de MadridB.O.E.: 25-AGO-1993Corrección errores: 21-SEP-1993

MODIFICADA POR:Modificación de determinadas especificaciones técnicas de la Ley 8/1993, de 22 de junio,de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicasDECRETO 138/1998, de 23 de julio, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de MadridB.O.C.M.: 30-JUL-1998

Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión deBarreras Arquitectónicas

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Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de GobiernoB.O.C.M.: 24-ABR-2007

DEROGADAS LAS NORMAS TECNICAS CONTENIDAS EN LA NORMA 1, APARTADO 1.2.2.1POR:Establecimiento de los parámetros exigibles a los ascensores en las edificaciones paraque reúnan la condición de accesibles en el ámbito de la Comunidad de MadridORDEN de 7 de febrero de 2014, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda dela Comunidad de MadridB.O.C.M.: 13-FEB-2014

Reglamento de desarrollo del régimen sancionador en materia de promoción de la accesibilidad ysupresión de barreras arquitectónicas.DECRETO 71/1999, de 20 de mayo, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de MadridB.O.C.M.: 28-MAY-1999

3 ) MEDIO AMBIENTE

Evaluación ambientalLEY 2/2002, de 19 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de MadridB.O.E.: 24-JUL-2002B.O.C.M. 1-JUL-2002Derogada a excepción del Título IV “Evaluación ambiental de actividades”, los artículos 49, 50 y 72, ladisposición adicional séptima y el Anexo Quinto, por la Ley 4/2014, de 22 de diciembre de MedidasFiscales y Administrativas. (BOCM nº 309 de 29 de diciembre de 2014)

MODIFICADA POR:Art. 21 de la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y administrativasB.O.C.M.: 1-JUN-2004

Art. 20 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y administrativasB.O.C.M.: 30-DIC-2008

Regulación de la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad deMadrid

ORDEN 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de MadridB.O.C.M.: 7-AGO-2009

4 ) ANDAMIOS

Requisitos mínimos exigibles para el montaje, uso, mantenimiento y conservación de losandamios tubulares utilizados en las obras de construcción

ORDEN 2988/1988, de 30 de junio, de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de MadridB.O.C.M.: 14-JUL-1998

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4.3 NORMATIVA URBANÍSTICA ESPECÍFICA

JUSTIFICACIÓN URBANÍSTICA

El presente proyecto se rige por la Normativa Urbanística Vigente aplicable en el municipio, que

actualmente corresponde al PGOU del municipo de Madrid, redactado y vigente desde el año

1997, del cual se aporta a continuación extracto de los artículos más importantes que afectan a

la edificación en cuestión.

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Parámetrourbanístico

Artículo Exigencias Normativa Proyecto

Artículo 8.3.7 Condiciones de ampliación de edificios exclusivos existentes destinados a usos dotacionales (N-2)1 Se admite la ampliación de edificios de uso dotacional sujeto a las siguientes condiciones:

OCUPACIÓNArt 8.3.7

1a

El coeficiente de ocupación resultante nopodrá superar dos tercios (2:3) de la superficie de parcela edificable.

CUMPLESup. Parcela: 11.158 m2Edificabilidad posible: 7.438,66

Ocupación proyecto: 471,89 m2 <7.438,66 m2

ALTURA MÁXIMAArt. 8.3.7

1b

La altura máxima de la edificación no podrá rebasar cuatro (4) plantas ni mil quinientos (1.500) centímetros, medidos desde la cota de referencia de la planta baja

CUMPLELa edificación tiene 1 planta y una alturatotal de 4 m.

RETRANQUEOSArt. 8.3.7

1c

LINDERO FRONTALLa nueva edificación deberá guardar un retranqueo respecto al lindero frontal de la parcela igual o superior a cinco (5) metros, excepto si el edificio objeto de ampliación se encuentra situado en la alineación oficial o guarda un retranqueoinferior, en cuyo caso la ampliación podrá igualar su plano de fachada con eledificio existente.

La edificación se adosa a uno de los linderos a la calle Rocafort, donde existe enla actualidad una edificación adosada y mantine un retranqueo de 5m al otro linderoa la calle Rocafort

RETRANQUEOSArt. 8.3.7

1d

LINDEROS LATERALES Y TESTEROLa nueva edificación deberá separarse de los linderos de la parcela una distancia igual o superior a H:2, siendo Hel valor de la altura de coronación correspondiente, con un mínimo de tres (3) metros

Todos los linderos de la parcela sonfrontales (lindero frontal es el que delimitala parcela con la vía o espacio libre públicoal que dé frente, artículo 6.2.4 de lasNNUU, una parcela puede tener varioslinderos frontales)

ADOSAMIENTO ALINDEROS

Art. 8.3.71e

La nueva edificación podrá adosarse a los linderos de las parcelas colindantes en las condiciones reguladas en el art. 6.3.13

No existen parcelas colindantes

EXCLUSIONESAMPLIACIÓN

Art. 8.3.71f

No podrán ser objeto de ampliación los edificios que incumplan las normas generales o particulares relativas a seguridad en los edificios, salvo que con las obras de ampliación se realicen las de aplicación de las medidas correctorasnecesarias

No aplica al demoler la edificaciónexistente.

USOS AUTORIZADOSArt. 8.3.7

1g

Estas ampliaciones deberán destinarse a iguales usos que los que se desarrollan en el edificio original o a usos compatibles admitidos para el uso dotacional considerado

Se mantiene el uso previo

EDIFICABILIDADArt. 8.3.7

1h

La edificabilidad total resultante nosobrepasará una edificabilidad neta deuno con seis (1,6) metros cuadrados pormetro cuadrado sobre los primeros dosmil quinientos (2500) metros cuadradosde superficie de parcela edificable y deuno con cuatro (1,4) metros cuadradospor metro cuadrado sobre la restantesuperficie de parcela edificable. Seexceptúan las parcelas con edificioscatalogados en grado singular, que seregulan según los parámetros del art.8.1.10 e) de las presentes normas

CUMPLESup. Parcela: 11.158 m2Edificabilidad máxima: 11.806,55 m22.500 x 1,6 = 4.000,00 m2(11.158 – 2.500) x 1,4 m2 = 12.121,20 m2Edificabilidad anterior: 314,65 m2

Edificabilidad proyecto: 471,89 m2 <11.806,55 m2(no computan el terreno de juego o las gradas al ser instalaciones al aire libre no cubiertas según lo señalado en el artículo 6.5.3 Superficie edificada por planta)

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USO DOTACIONALEQUIPAMIENTO

Art. 8.3.71i

En cualquier caso los edificios existentes

calificados de dotacional en su clase

de equipamiento podrán ampliar la

edificabilidad hasta alcanzar un máximo

del veinte por ciento (20%) por encima

de la existente, mediante la tramitación

de Estudio de Detalle

El uso es dotacional deportivo por lo que

este apartado no es de aplicación.

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El Campo de fútbol está situado en el área de protección arqueológica y paleontológica Terrazas del

Manzanares Área C (se adjunta plano)

En este sentido se ha solicitado Hoja Informativa a la Comunidad de Madrid sobre los criterios a tener en

cuenta en las obras (se adjunta documento de solicitud)

Norma Urbanísticas del PGOUM 97:

CAPÍTULO 4.2. LA PROTECCIÓN DE LOS ESPACIOS NATURALES

Sección Cuarta. Áreas de protección arqueológica y paleontológica

Artículo 4.2.8 Descripción y ámbito (N-1)

Las áreas de protección arqueológica y paleontológica, más abreviadamente de protección arqueológica,

son las siguientes:

1. Terrazas del Manzanares

2. Cantera del Trapero

3. Área del Centro Histórico

En estas áreas se respetará la regulación contenida en la Ley 16/85 del Patrimonio Histórico Español,

estableciéndose al efecto las siguientes áreas y normas de aplicación. Dentro de ellas será precisa la

intervención arqueológica, tanto en aquellas obras que impliquen movimientos de tierras con afección al

subsuelo, como las que estando sobre la cota cero puedan afectar a elementos de interés histórico, que

necesiten valoración previa con metodología arqueológica y, en particular, en aquellas obras de

rehabilitación de inmuebles presuntamente adosados a los restos de cercos o murallas.

Artículo 4.2.9 Calificación en grados (N-2)

Dada la imposibilidad de una determinación exhaustiva de los restos arqueológicos hasta su debido

descubrimiento, lo previsto en estos criterios para la situación, delimitación y calificación de las áreas de

interés no debe considerarse inmutable.

La división en áreas de interés se hace según los siguientes criterios:

1. Área A: Es la que regula las zonas donde está probada la existencia de restos arqueológicos de valor

relevante y que, por lo general, se encuentran escasamente alteradas.

2. Área B: Constituida por las zonas en las que está probada la existencia de restos arqueológicos, pero

que requieren la verificación previa de su valor en relación con el destino urbanístico del terreno. Éste

área coincide con aquellas zonas en las que aun habiendo sido alteradas por urbanizaciones,

infraestructuras y otras remociones de terreno, conserva espacios en los que pueden aparecer intactos

yacimientos arqueológicos.

3. Área C: En la que se incluyen zonas en las que la aparición de restos arqueológicos es probable,

aunque puedan encontrarse dañados y no se tenga plena certeza de su ubicación. Este área coincide

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aproximadamente con zonas que han sufrido importantes alteraciones debidas a su urbanización y a la

ejecución de obras de infraestructura.

Artículo 4.2.10 Normas para el área A (N-2)

1. Previa a la solicitud de licencia de obras, será obligatorio realizar una excavación que comprenderá

toda la superficie afectada, bajo la supervisión de un técnico competente. La excavación debe contar, con

carácter previo a su realización, con el permiso emitido por el órgano competente de la Comunidad de

Madrid -en la actualidad la Dirección General de Patrimonio Cultural (DGPC)-, quien determinará las

condiciones en que ha de realizarse.

2. Efectuada la excavación, este organismo otorgará la preceptiva autorización, previo dictamen

redactado por el técnico director de los trabajos, valorando los resultados. A partir de ese momento se

podrá solicitar licencia de obras presentando la autorización junto con el resto de los documentos que

sean necesarios para su tramitación. La falta de autorización determinará la denegación de la licencia.

El proyecto de obra deberá recoger las observaciones que hayan podido formularse sobre la

conservación y exposición de restos arqueológicos o control de nuevos movimientos de tierra que afecten

al subsuelo.

3. Si la necesidad de conservar restos arqueológicos "in situ" es causa de no poder materializarse en todo

o en parte el aprovechamiento urbanístico que corresponda a la parcela, la pérdida del mismo se

compensará conforme a ley, pudiendo llegarse a la expropiación de los terrenos en los términos previstos

en las Leyes del Patrimonio Histórico Español y de Expropiación Forzosa.

Artículo 4.2.11 Normas para el área B (N-2)

1. Previa la solicitud de licencia de obras que afecten al subsuelo dentro de este área, será obligatoria la

realización de catas arqueológicas dirigidas por técnico competente, previa obtención del oportuno

permiso de la DGPC.

2. Realizadas las catas, se seguirá la misma tramitación establecida para el área A en el art. 4.2.10.

A la vista de los resultados podría elevarse la categoría del yacimiento al nivel A, procediéndose según lo

regulado al respecto.

Artículo 4.2.12 Normas para el área C (N-2)

1. Previa a la solicitud de licencia de obras que afecten al subsuelo será obligatoria la realización de catas

dirigidas por técnico competente, previa obtención del oportuno permiso de la DGPC.

2. Realizadas las catas, el técnico director emitirá un dictamen sobre el resultado de éstas. El referido

dictamen será evaluado por la CIPHAN, que resolverá sobre la continuación de los trabajos, elevando la

categoría del yacimiento al nivel B, o la finalización de los mismos, pudiendo en este último caso

procederse al otorgamiento de la licencia.

3. En el caso de que en el dictamen técnico se informe de la existencia de restos de interés, los terrenos

en cuestión pasarán a calificarse en el grado B y se obrará conforme a sus determinaciones.

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Artículo 4.2.13 Zonificación (N-2)

Las zonas que se regulan por los grados descritos en el art. 4.2.9 quedan reflejadas para las Áreas de

Protección Arqueológica de las Terrazas del Manzanares y Cantera del Trapero en el Plano de Espacios

Naturales y Conjuntos de Interés (EC) las correspondientes al Área del Centro Histórico se señalan en el

Plano de Ámbitos Especiales de Protección. Todas ellas quedan reflejadas en los Planos de Áreas

Especiales, incluidos dentro del Catálogo de Protecciones Especiales.

Artículo 4.2.14 Normas especiales de conservación

A propuesta de la DGPC se podrá denegar licencia para la construcción de sótanos en las fincas que se

encuentren adosadas a los restos de las murallas islámica y cristiana, e intramuros de ellas, siempre que

aparezcan restos que puedan ser considerados de singular relevancia histórica, artística, arqueológica o

científica. Estas fincas serán de especial protección y, en su caso, quedarán eximidas de la

obligatoriedad de cumplir con la dotación obligatoria de garaje aparcamiento.

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4.4 CUMPLIMIENTO DEL CTE

Justificación de las prestaciones del edificio por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. La justificación se realizará para las soluciones adoptadas conforme a lo indicado en el CTE.También se justificarán las prestaciones del edificio que mejoren los niveles exigidos en el CTE.

Cumplimiento CTE DB-SE 3.1 Exigencias básicas de seguridad estructural CUMPLESE AE Acciones en la edificación CUMPLE

SE C Cimentaciones CUMPLESE A Estructuras de acero CUMPLESE F Estructuras de fábrica NO PROCEDESE M Estructuras de madera NO PROCEDE

NCSE Norma de construcción sismorresistente NO PROCEDEEHE Instrucción de hormigón estructural CUMPLE

DB-SI 3.2 Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio CUMPLESI 1 Propagación interior CUMPLESI 2 Propagación exterior NO PROCEDESI 3 Evacuación CUMPLESI 4 Instalaciones de protección contra incendios CUMPLESI 5 Intervención de bomberos NO PROCEDESI 6 Resistencia al fuego de la estructura CUMPLE

DB-SUA3.3 Exigencias básicas de seguridad de utilización y accesibilidad CUMPLESUA1 Seguridad frente al riesgo de caídas CUMPLESUA2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento CUMPLESUA3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento CUMPLESUA4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada CUMPLESUA5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación NO PROCEDESUA6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento NO PROCEDESUA7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento NO PROCEDESUA8 Seguridad frente al riesgo relacionado con la acción del rayo NO PROCEDESUA9 Accesibilidad CUMPLE

DB-HS 3.4 Exigencias básicas de salubridad CUMPLEHS1 Protección frente a la humedad CUMPLEHS2 Eliminación de residuos CUMPLEHS3 Calidad del aire interior CUMPLEHS4 Suministro de agua CUMPLEHS5 Evacuación de aguas residuales CUMPLE

DB-HR 3.5 Exigencias básicas de protección frente el ruido CUMPLE

DB-HE 3.6 Exigencias básicas de ahorro de energía CUMPLEHE0 Limitación del consumo energético CUMPLEHE1 Limitación de demanda energética CUMPLEHE2 Rendimiento de las instalaciones térmicas CUMPLEHE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación CUMPLEHE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria CUMPLEHE5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica NO PROCEDE

NO PROCEDE Está exento del cumplimiento de dicha Sección. Se justifica de acuerdo a la normativa

El presente proyecto CUMPLE con lo establecido en el CTE en todos sus apartados y secciones de obligado cumplimiento para la tipología edificatoria que se proyecta

Madrid, mayo de 2016

Fdo: El Arquitecto:Jesús Barranco Herrezuelo

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4.3.1 DB-SE_EXIGENCIAS BÁSICAS DE SEGURIDAD ESTRUCTURALREAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28marzo 2006)

Artículo 10. Exigencias básicas de seguridad estructural (SE). El objetivo del requisito básico «Seguridad estructural» consiste en asegurar que el edificio tiene un comportamiento

estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción yuso previsto.

Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, fabricarán, construirán y mantendrán de forma que cumplan con unafiabilidad adecuada las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

Los Documentos Básicos «DB SE Seguridad Estructural», «DB-SE-AE Acciones en la edificación», «DBSE-C Cimientos»,«DB-SE-A Acero», «DB-SE-F Fábrica» y «DB-SE-M Madera», especifican parámetros objetivos y procedimientos cuyocumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios delrequisito básico de seguridad estructural.

Las estructuras de hormigón están reguladas por la Instrucción de Hormigón Estructural vigente.

10.1 Exigencia básica SE 1: Resistencia y estabilidad: la resistencia y la estabilidad serán las adecuadas para que no segeneren riesgos indebidos, de forma que se mantenga la resistencia y la estabilidad frente a las acciones e influencias previsiblesdurante las fases de construcción y usos previstos de los edificios, y que un evento extraordinario no produzca consecuenciasdesproporcionadas respecto a la causa original y se facilite el mantenimiento previsto.10.2 Exigencia básica SE 2: Aptitud al servicio: la aptitud al servicio será conforme con el uso previsto del edificio, de forma queno se produzcan deformaciones inadmisibles, se limite a un nivel aceptable la probabilidad de un comportamiento dinámicoinadmisible y no se produzcan degradaciones o anomalías inadmisibles.

Prescripciones aplicables conjuntamente con DB-SEEl DB-SE constituye la base para los Documentos Básicos siguientes y se utilizará conjuntamente con ellos:

apartado ProcedeNo procede

DB-SE 3.1.1 Seguridad estructural:

DB-SE-AE 3.1.2. Acciones en la edificación

DB-SE-C 3.1.3. Cimentaciones

DB-SE-A 3.1.7. Estructuras de acero

DB-SE-F 3.1.8. Estructuras de fábrica

DB-SE-M 3.1.9. Estructuras de madera

Deberán tenerse en cuenta, además, las especificaciones de la normativa siguiente:

apartado ProcedeNo procede

NCSE 3.1.4. Norma de construcción sismorresistente

EHE 3.1.5. Instrucción de hormigón estructural

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Análisis estructural y dimensionado

Proceso -DETERMINACION DE SITUACIONES DE DIMENSIONADO-ESTABLECIMIENTO DE LAS ACCIONES-ANALISIS ESTRUCTURAL-DIMENSIONADO

Situaciones de dimensionado

PERSISTENTES condiciones normales de usoTRANSITORIAS condiciones aplicables durante un tiempo limitado.EXTRAORDINARIAS condiciones excepcionales en las que se puede encontrar o estar expuesto

el edificio.

Periodo de servicio 50 Años

Método de comprobación

Estados límites

Definición estado limite Situaciones que de ser superadas, puede considerarse que el edificio no cumple con alguno de losrequisitos estructurales para los que ha sido concebido

Resistencia y estabilidad

ESTADO LIMITE ÚLTIMO:Situación que de ser superada, existe un riesgo para las personas, ya sea por una puesta fuera deservicio o por colapso parcial o total de la estructura:- perdida de equilibrio- deformación excesiva- transformación estructura en mecanismo- rotura de elementos estructurales o sus uniones- inestabilidad de elementos estructurales

Aptitud de servicio ESTADO LIMITE DE SERVICIOSituación que de ser superada se afecta::

- el nivel de confort y bienestar de los usuarios- correcto funcionamiento del edificio- apariencia de la construcción

Acciones

Clasificación de las acciones

PERMANENTES Aquellas que actúan en todo instante, con posición constante y valorconstante (pesos propios) o con variación despreciable: accionesreológicas

VARIABLES Aquellas que pueden actuar o no sobre el edificio: uso y acciones climáticasACCIDENTALES Aquellas cuya probabilidad de ocurrencia es pequeña pero de gran

importancia: sismo, incendio, impacto o explosión.

Valores característicos de las acciones

Aparecen en los anejos de cálculo de la estructura

Datos geométricos de la estructura

La definición geométrica de la estructura está indicada en los planos de proyecto

Características de los materiales

Aparecen en los anejos de cálculo de la estructura y en los planos de proyecto, según CTE-SE-A yEHE08.

Modelo análisis estructural

Para la obtención de las solicitaciones en los elementos de la estructura se ha recurrido al análisis lineal por la teoría de barras esbeltas. De ese modo, por el método de equilibrio se obtienen los desplazamientos nodales y los esfuerzos, para las cargas ponderadas y con la alternancia de las cargas no permanentes con las permanentes. Los pilares se han modelizado como simples barras. Este análisis se ha realizado mediante el programa Tricalc.Para el armado de vigas y secciones de losas y vigas se ha seguido el método habitual de la consideración de la ley parabólico-rectangular del hormigón, con dimensionados en estado límite último. Los procedimientos de dimensionado son los habituales, como se ha dicho, recogidos en la norma EHE08.Para los pilares se ha dimensionado de acuerdo con las leyes de comportamiento elástico con interacción de momentos flectores y normales, considerando el pandeo local de cada elemento, pues la baja esbeltez de la estructura no permite siquiera pensar en un pandeo global del sistema.

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Verificacion de la estabilidad

Verificación de la resistencia de la estructura

Ed RdEd : valor de calculo del efecto de las accionesRd: valor de cálculo de la resistencia correspondiente

Combinación de acciones

El valor de calculo de las acciones correspondientes a una situación persistente o transitoria y los correspondientescoeficientes de seguridad se han obtenido de la formula 4.3 y de las tablas 4.1 y 4.2 del presente DB.El valor de cálculo de las acciones correspondientes a una situación extraordinaria se ha obtenido de la expresión 4.4 del presente DB y los valores de calculo de las acciones se ha considerado 0 o 1 si su acción es favorable o desfavorable respectivamente.

Verificación de la aptitud de servicio

Se considera un comportamiento adecuado en relación con las deformaciones, las vibraciones o el deterioro si se cumple que el efecto de las acciones no alcanza el valor límite admisible establecido para dicho efecto.

Flechas La limitación de flecha activa establecida en general es de 1/500 de la luz

desplazamientos horizontales

El desplome total limite es 1/500 de la altura total

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4.3.1.1 SECCIÓN SE AE: ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN

AccionesPermanentes

(G):

Peso Propio de la estructura:

El correspondiente a los elementos que la forman según sus dimensiones y pesosespecíficos. Ver punto 5.2 Cálculo de Estructuras de la presente memoria

Cargas Muertas: Ver punto 5.2 Cálculo de Estructuras de la presente memoriaPeso propio de tabiques pesados y muros de cerramiento:

Ver punto 5.2 Cálculo de Estructuras de la presente memoria

AccionesVariables

(Q):

La sobrecarga deuso:

Ver punto 5.2 Cálculo de Estructuras de la presente memoria

Las acciones climáticas:

El viento:Ver punto 5.2 Cálculo de Estructuras de la presente memoria

La temperatura:No procede

La nieve:Ver punto 5.2 Cálculo de Estructuras de la presente memoria

Las acciones químicas, físicas y biológicas:

No procede

Acciones accidentales (A):

Por la situación geográfica de la edificación y sus características, no es necesaria laconsideración de las acciones sísmicas, pues la aceleración sísmica de cálculo nollega a los límites exigibles para ello.

Cargas gravitatorias por niveles.

Conforme a lo establecido en el DB-SE-AE en la tabla 3.1 y al Anexo A.1 y A.2 de la EHE, las acciones gravitatorias, asícomo las sobrecargas de uso, tabiquería y nieve que se han considerado para el cálculo de la estructura de este edificioson las indicadas:

Ver punto 5.2 Cálculo de Estructuras de la presente memoria

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4.3.1.2 SECCIÓN SE C: CIMENTACIONES

Bases de cálculo

Método de cálculo: El dimensionado de secciones se realiza según la Teoría de los Estados Limites Ultimos (apartado 3.2.1 DB-SE) y los Estados Límites de Servicio (apartado 3.2.2 DB-SE). El comportamiento de la cimentación debe comprobarse frente a la capacidad portante (resistencia y estabilidad) y la aptitud de servicio.

Verificaciones: Las verificaciones de los Estados Límites están basadas en los modelos de rotura de secciones dehormigón armado y de no superación de las tensiones admisibles en el terreno para los dimensionados de las cimentaciones.

Acciones: Se ha considerado las acciones que actúan sobre el edificio soportado según el documento DB-SE-AE y las acciones geotécnicas que transmiten o generan a través del terreno en que se apoyasegún el documento DB-SE en los apartados (4.3 - 4.4 – 4.5).

Estudio geotécnico

Generalidades: El análisis y dimensionamiento de la cimentación exige el conocimiento previo de lascaracterísticas del terreno de apoyo, la tipología del edificio previsto y el entorno donde se ubica laconstrucción.

Empresa: Instituto Técnico de Control S.A.Nombre del autor/esfirmantes:

Vanesa García González / Óscar Pérez Martín

Titulación/es: GeólogosNúmero de Sondeos: 1Descripción de losterrenos:

Materiales cohesivos, constituidos por unas arcillas y/o margas de color gris oscuro, conintercalaciones centimétricas de yeso pulverulento y masivo, fundamentalmente hacia muro

Resumen parámetrosgeotécnicos:

Cota de cimentación 11,8 mEstrato previsto para cimentar Arcillas color gris oscuro

Nivel freático 3,2 m

Tensión admisible considerada 2-4 kp/cm2Peso especifico del terrenoAngulo de rozamiento interno del terreno 28-30 ºCoeficiente de empuje en reposo 0,52Valor de empuje al reposoCoeficiente de Balasto 10,000-50,000 t/m3

Cimentación:

Descripción: Pilotes de hormigón armado in situ Material adoptado: Hormigón armado

Dimensiones y armado:

Constan en planos

Condiciones de ejecución:

Con tubería de protección en el estrato superior.

Sistema de contenciones:

Descripción: Muros de ladrillo de 1 pie con enfoscado armado con acero B500SMaterial adoptado: Fábrica, mortero y acero

Dimensiones y armado:

Constan en planos

Condiciones de ejecución:

Ejecución común de fábricas y hormigonados.

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4.3.1.3 SECCIÓN SE A: ESTRUCTURAS DE ACERO

4.3.1.3.1. Bases de cálculo

Criterios de verificación

La verificación de los elementos estructurales de acero se ha realizado:

Manualmente Toda la estructura:

Parte de la estructura:

Mediante programa informático

Toda la estructura Nombre del programa: Tricalc

Versión: 9,01

Empresa: Arktec

Domicilio: c./ Cronos, 6, Madrid

Parte de la estructura:Identificar los elementos dela estructura:Nombre del programa:

Versión:

Empresa:

Domicilio:

Se han seguido los criterios indicados en el Código Técnico para realizar la verificación de la estructura en base a lossiguientes estados límites:

Estado límite últimoSe comprueba los estados relacionados con fallos estructurales como son laestabilidad y la resistencia.

Estado límite de servicioSe comprueba los estados relacionados con el comportamiento estructural enservicio.

Modelado y análisis

El análisis de la estructura se ha basado en un modelo que proporciona una previsión suficientemente precisa delcomportamiento de la misma.Las condiciones de apoyo que se consideran en los cálculos corresponden con las disposiciones constructivas previstas.Se consideran a su vez los incrementos producidos en los esfuerzos por causa de las deformaciones (efectos de 2ºorden) allí donde no resulten despreciables.En el análisis estructural se han tenido en cuenta las diferentes fases de la construcción, incluyendo el efecto del apeoprovisional de los forjados cuando así fuere necesario.

la estructura está formadapor pilares y vigas

existen juntas de dilatación

separación máxima entre juntas de dilatación

¿Se han tenido en cuenta las acciones térmicas y reológicas en el cálculo?

si

no

no existen juntas de dilatación

¿Se han tenido en cuenta las acciones térmicas y reológicas en el cálculo?

si

no dadas las dimensiones de la estructura no es necesario considerarlas

La estructura se ha calculado teniendo en cuenta las solicitaciones transitorias que se producirán durante el procesoconstructivoDurante el proceso constructivo no se producen solicitaciones que aumenten las inicialmente previstas para laentrada en servicio del edificio

Estados límite últimos

La verificación de la capacidad portante de la estructura de acero se ha comprobado para el estado límite último de estabilidad, en donde:

stbddstd EE ,,

siendo:

dstdE , el valor de cálculo del efecto de las acciones desestabilizadoras

stbdE , el valor de cálculo del efecto de las acciones estabilizadoras

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y para el estado límite último de resistencia, en donde

dd RE siendo:

dE el valor de cálculo del efecto de las acciones

dR el valor de cálculo de la resistencia correspondiente

Al evaluar dE y dR , se han tenido en cuenta los efectos de segundo orden de acuerdo con los criterios

establecidos en el Documento Básico.

Estados límite de servicio

Para los diferentes estados límite de servicio se ha verificado que:

limCEser siendo:

serE el efecto de las acciones de cálculo;

limC valor límite para el mismo efecto.

GeometríaEn la dimensión de la geometría de los elementos estructurales se ha utilizado como valor de cálculo el valor nominal de proyecto.

4.3.1.3.2. Durabilidad

Se han considerado las estipulaciones del apartado “3 Durabilidad” del “Documento Básico SE-A. Seguridadestructural. Estructuras de acero”, y que se recogen en el presente proyecto en el apartado de “Pliego deCondiciones Técnicas”.

4.3.1.3.3. Materiales

El tipo de acero utilizado en chapas y perfiles es: S275JR

DesignaciónEspesor nominal t (mm) Temperatura del

ensayo CharpyºC

fy (N/mm²) fu (N/mm²)t 16 16 < t 40 40 < t 63 3 t 100

S235JRS235J0S235J2

235 225 215 360200

-20S275JRS275J0S275J2

275 265 255 41020

-20S355JRS355J0S355J2S355K2

355 345 335 470

200

-20-20(1)

S450J0 450 430 410 550 0

(1) Se le exige una energía mínima de 40J.fy tensión de límite elástico del materialfu tensión de rotura

4.3.1.3.4. Análisis estructural

La comprobación ante cada estado límite se realiza en dos fases: determinación de los efectos de las acciones(esfuerzos y desplazamientos de la estructura) y comparación con la correspondiente limitación (resistencias yflechas y vibraciones admisibles respectivamente). En el contexto del “Documento Básico SE-A. Seguridadestructural. Estructuras de acero” a la primera fase se la denomina de análisis y a la segunda de dimensionado.

4.3.1.3.5. Estados límite últimos

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La comprobación frente a los estados límites últimos supone la comprobación ordenada frente a la resistencia delas secciones, de las barras y las uniones.

El valor del límite elástico utilizado será el correspondiente al material base según se indica en el apartado 3 del“Documento Básico SE-A. Seguridad estructural. Estructuras de acero”. No se considera el efecto deendurecimiento derivado del conformado en frío o de cualquier otra operación.

Se han seguido los criterios indicados en el apartado “6 Estados límite últimos” del “Documento Básico SE-A.Seguridad estructural. Estructuras de acero” para realizar la comprobación de la estructura, en base a lossiguientes criterios de análisis:

a) Descomposición de la barra en secciones y cálculo en cada uno de ellas de los valores de resistencia:

- Resistencia de las secciones a tracción- Resistencia de las secciones a corte- Resistencia de las secciones a compresión- Resistencia de las secciones a flexión- Interacción de esfuerzos:

- Flexión compuesta sin cortante- Flexión y cortante- Flexión, axil y cortante

b) Comprobación de las barras de forma individual según esté sometida a:- Tracción- Compresión La estructura es intraslacional- Flexión- Interacción de esfuerzos:

- Elementos flectados y traccionados- Elementos comprimidos y flectados

4.3.1.3.6. Estados límite de servicio

Para las diferentes situaciones de dimensionado se ha comprobado que el comportamiento de la estructura encuanto a deformaciones, vibraciones y otros estados límite, está dentro de los límites establecidos en el apartado“7.1.3. Valores límites” del “Documento Básico SE-A. Seguridad estructural. Estructuras de acero”.

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4.3.1.4 SECCIÓN SE F: ESTRUCTURAS DE FÁBRICA

NO PROCEDE

En el presente proyecto no procede el cumplimiento de este apartado de la Normativa.

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4.3.1.5 SECCIÓN SE M: ESTRUCTURAS DE MADERA

NO PROCEDE

En el presente proyecto no procede el cumplimiento de este apartado de la Normativa.

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4.3.1.6 NCSE: NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTERD 997/2002 , de 27 de Septiembre, por el que se aprueba la Norma de construcción sismorresistente: parte general y edificación(NCSR-02).

NO PROCEDE

El límite de la aceleración de cálculo no llega al límite mínimo para ser considerada por lo que no procedeel cumplimiento de este apartado de la Normativa.

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4.3.1.7 EHE: INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL(RD 1247/2008, de 18 de Julio, por el que se aprueba la instrucción de hormigón estructural )

4.3.1.7.1. Estructura

Descripción del sistema estructural: Vigas de hormigón armado con placas alveolares pretensadas o forjadosautorresistentes.

4.3.1.7.2. Programa de cálculo:

Nombre comercial: Tricalc

Empresa Arktec

Descripción del programa: idealización de la estructura: simplificaciones efectuadas.

Análisis lineal elástico con acciones ponderadas en tres dimensiones. Modelizaciónde la estructura como barras

Memoria de cálculoMétodo de cálculo Dimensionado de secciones en rotura según los modelos vigentes de EHE08 para

la satisfacción de los ELU, y con consideración de las condiciones de servicio para la satisfacción de los ELS.

Redistribución de esfuerzos: No se ha realizado redistribución de esfuerzos de flexión alguna.

Deformaciones Lím. flecha total Lím. flecha activa Máx. recomendadaL/300 L/500 --

Valores de acuerdo con EHE08. Estimación de deformaciones según la fórmula deBranson.

Cuantías geométricas Según los mínimos establecidos por EHE08 para cada elemento estructural.

4.3.1.7.3. Estado de cargas consideradas:

Las combinaciones de las accionesconsideradas se han establecidosiguiendo los criterios de:

NORMA ESPAÑOLA EHE DOCUMENTO BASICO SE (CODIGO TÉCNICO)

Los valores de las acciones seránlos recogidos en:

DOCUMENTO BASICO SE-AE (CODIGO TECNICO)ANEJO A del Documento Nacional de Aplicación de la norma UNE ENV 1992 parte1, publicado en la norma EHE08

cargas verticales (valores en servicio)Forjado planta baja 7.40 kN/m2 p.p. del forjado... 3.30 kN/m2

Pavimento 1.20 kN /m2

tabiqueria 1.00 kN /m2

sobrecarga de uso... 3.00 kN / m2

Forjado cubierta 6.20 kN/m2 p.p. forjado 6,50 kN /m2

Pavimento y encachado 1,20 kN /m2

Sobrecarga de uso 2.00 kN /m2

Verticales: Cerramientos 10.00 KN/m

Barandillas 5KN/m

Horizontales: Viento Se ha considerada la acción del viento estableciendo una presión dinámica de valorW = 75 kg/m² sobre la superficie de fachadas.

Cargas Térmicas Son despreciables

4.3.1.7.4. Características de los materiales:

-Hormigón HM20/B/40/IIaSR+Qc-HA25/B/40/IIa-HA25/B/20/IIa-tipo de cemento... CEM I y CEMII-tamaño máximo de árido... 20-40 mm.-máxima relación agua/cemento ----mínimo contenido de cemento ----FCK.... 25 Mpa (N/mm2)=255 Kg/cm2

-tipo de acero... B500S

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-FYK... 500 N/mm2=5100 kg/cm²

Coeficientes de seguridad y niveles de control

Nivel de control normal y control de ejecución estadístico

HormigónCoeficiente de minoración 1.50Nivel de control ESTADISTICO

AceroCoeficiente de minoración 1.15Nivel de control NORMAL

Ejecución

Coeficiente de mayoraciónCargas Permanentes... 1.35 Cargas variables 1.50

Nivel de control... NORMAL

Durabilidad

Recubrimientos exigidos: Son los indicados en planos y cumplen las exigencias de EHE08.

Recubrimientos: Son los indicados en planos y cumplen las exigencias de EHE08.

Cantidad mínima de cemento: ---

Cantidad máxima de cemento: ---

Resistencia mínima recomendada: 25 Mpa en misiones estructurales y 20 Mpa en nivelación y limpieza.

Relación agua cemento:

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4.3.2 DB-SI_EXIGENCIAS BÁSICAS DE SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOREAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74, martes 28marzo 2006)

Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI).1. El objetivo del requisito básico «Seguridad en caso de incendio» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los

usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las característicasde su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso deincendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

3. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción delas exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso deincendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el«Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales», en los cuales las exigencias básicas secumplen mediante dicha aplicación.

11.1 Exigencia básica SI 1: Propagación interior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio.11.2 Exigencia básica SI 2: Propagación exterior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en eledificio considerado como a otros edificios.11.3 Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes: el edificio dispondrá de los medios de evacuación adecuados para que losocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad.11.4 Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios: el edificio dispondrá de los equipos e instalacionesadecuados para hacer posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a losocupantes.11.5 Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos: se facilitará la intervención de los equipos de rescate y de extinción deincendios.11.6 Exigencia básica SI 6: Resistencia al fuego de la estructura: la estructura portante mantendrá su resistencia al fuegodurante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas

TIPO DE PROYECTO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL DOCUMENTO BÁSICO

Definición del tipo de proyecto de que se trata, así como el tipo de obras previstas y el alcance de las mismas.

Tipo de proyecto (1) Tipo de obras previstas (2) Alcance de las obras (3) Cambio de uso (4)

BASICO Y DE EJECUCIÓN REFORMA SUSTITUCIÓN YAMPLIACIÓN

No procede

(1) Proyecto de obra; proyecto de cambio de uso; proyecto de acondicionamiento; proyecto de instalaciones; proyecto deapertura...

(2) Proyecto de obra nueva; proyecto de reforma; proyecto de rehabilitación; proyecto de consolidación o refuerzo estructural;proyecto de legalización...

(3) Reforma total; reforma parcial; rehabilitación integral...(4) Indíquese si se trata de una reforma que prevea un cambio de uso o no.

Los establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el Reglamento de seguridad contra incendios enlos establecimientos industriales (RD. 2267/2004, de 3 de diciembre) cumplen las exigencias básicas mediante su aplicación.

Deben tenerse en cuenta las exigencias de aplicación del Documento Básico CTE-SI que prescribe el apartado III (Criteriosgenerales de aplicación) para las reformas y cambios de uso.

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4.3.2.1 SECCIÓN SI 1: PROPAGACIÓN INTERIOR

Compartimentación en sectores de incendioLos edificios y establecimientos estarán compartimentados en sectores de incendios en las condiciones que se establecen enla tabla 1.1 de esta Sección, mediante elementos cuya resistencia al fuego satisfaga las condiciones que se establecen en latabla 1.2 de esta Sección.A los efectos del cómputo de la superficie de un sector de incendio, se considera que los locales de riesgo especial y lasescaleras y pasillos protegidos contenidos en dicho sector no forman parte del mismo.Toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que esté integradadebe constituir un sector de incendio diferente cuando supere los límites que establece la tabla 1.1.

SectorSuperficie construida (m2)

Uso previsto (1)

Resistencia al fuego del elementocompartimentador (2) (3)

Norma Proyecto Norma Proyecto

No existen sectores de incendio

Pública concurrencia EI90

(1) Según se consideran en el Anejo SI-A (Terminología) del Documento Básico CTE-SI. Para los usos no contemplados eneste Documento Básico, debe procederse por asimilación en función de la densidad de ocupación, movilidad de losusuarios, etc.

(2) Los valores mínimos están establecidos en la Tabla 1.2 de esta Sección.(3) Los techos deben tener una característica REI, al tratarse de elementos portantes y compartimentadores de incendio.

Ascensores NO PROCEDE

AscensorNúmero de

sectores queatraviesa

Resistencia al fuego de lacaja (1)

Vestíbulo de independencia Puerta

Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto

(1) Las condiciones de resistencia al fuego de la caja del ascensor dependen de si delimitan sectores de incendio y están contenidos o no en recintos de escaleras protegidas, tal como establece el apartado 1.4 de esta Sección.

Locales de riesgo especial Los locales y zonas de riesgo especial se clasifican conforme a tres grados de riesgo (alto, medio y bajo) según los criteriosque se establecen en la tabla 2.1 de esta Sección, cumpliendo las condiciones que se establecen en la tabla 2.2 de estaSección.

Local o zonaSuperficie construida (m2) Nivel de

riesgo (1)

Vestíbulo deindependencia (2)

Resistencia al fuego del elementocompartimentador respecto al resto del

edificio (3)

Norma Proy Norma Proyecto Norma Proyecto

Cuarto calderas Bajo No No EI90 REI180

Cuarto electricidad Bajo No No EI90 REI180

(1) Según criterios establecidos en la Tabla 2.1 de esta Sección.(2) La necesidad de vestíbulo de independencia está en función del nivel de riesgo del local o zona, conforme exige la Tabla

2.2 de esta Sección.(3) Los valores mínimos están establecidos en la Tabla 2.2 de esta Sección.

Reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario Los elementos constructivos deben cumplir las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la tabla 4.1 de estaSección.

Situación del elemento

Revestimiento

De techos y paredes De suelos

Norma Proyecto Norma Proyecto

Zonas ocupables C-s2,d0 C-s2,d0 EFL EFL

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4.3.2.2 SECCIÓN SI 2: PROPAGACIÓN EXTERIOR

NO PROCEDE

Al no existir distintos sectores de incendio, no procede la justificación del apartado de propagaciónexterior.

Departamento de Servicios Técnicos Distrito de Villaverde C/ Arroyo Bueno 53, 28021 Madrid

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4.3.2.3 SECCIÓN SI 3: EVACUACIÓN DE OCUPANTES

Cálculo de ocupación, número de salidas, longitud de recorridos de evacuación y dimensionado de los medios deevacuación

En los establecimientos de Uso Comercial o de Pública Concurrencia de cualquier superficie y los de uso Docente,Residencial Público o Administrativo cuya superficie construida sea mayor que 1.500 m2 contenidos en edificios cuyo usoprevisto principal sea distinto del suyo, las salidas de uso habitual y los recorridos de evacuación hasta el espacioexterior seguro estarán situados en elementos independientes de las zonas comunes del edificio y compartimentadosrespecto de éste de igual forma que deba estarlo el establecimiento en cuestión; no obstante dichos elementos podránservir como salida de emergencia de otras zonas del edificio. Sus salidas de emergencia podrán comunicar con unelemento común de evacuación del edificio a través de un vestíbulo de independencia, siempre que dicho elemento deevacuación esté dimensionado teniendo en cuenta dicha circunstancia.

Como excepción al punto anterior, los establecimientos de uso Pública Concurrencia cuya superficie construida total noexceda de 500 m2 y estén integrados en centros comerciales podrán tener salidas de uso habitual o salidas deemergencia a las zonas comunes de circulación del centro. Cuando su superficie sea mayor que la indicada, al menoslas salidas de emergencia serán independientes respecto de dichas zonas comunes.

El cálculo de la anchura de las salidas de recinto, de planta o de edificio se realizará, según se establece el apartado 4de esta Sección, teniendo en cuenta la inutilización de una de las salidas, cuando haya más de una, bajo la hipótesismás desfavorable y la asignación de ocupantes a la salida más próxima.

Para el cálculo de la capacidad de evacuación de escaleras, cuando existan varias, no es necesario suponer inutilizadaen su totalidad alguna de las escaleras protegidas existentes. En cambio, cuando existan varias escaleras no protegidas,debe considerarse inutilizada en su totalidad alguna de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable.

Recinto,planta,sector

Uso previsto(1)

Superficie útil(m2)

Densidadocupación

(2)(m2/pers.)

Ocupación (pers.)

Número de salidas(3)

Recorridos deevacuación (3)

(4) (m)

Anchura de salidas (5)(m)

Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy.

Aseos depúblico 01

Uso público 11,97 3 4 2 2 50 6,4 0,8 >0,80

Aseos depúblico 02

Uso público 8,4 3 3 2 2 50 6,6 0,8 >0,80

Vestuarioscampo 01

Uso público 48,2 2 25 2 3 50 30,2 0,8 >0,80

Vestuarioscampo 02

Uso público 48,2 2 25 2 3 50 28,5 0,8 >0,80

Vestuariosárbitros 01

Asimilable aadministrativo

10,57 -- 3 2 3 50 12,65 0,8 >0,80

Vestuariosárbitros 02

Asimilable aadministrativo

10,57 -- 3 2 3 50 8,5 0,8 >0,80

Almacén Almacén 25 40 1 2 3 50 19,9 0,8 >0,80Recepción / control

Administrativo 34,74 10 4 2 3 50 17,2 0,8 >0,80

Vestuariospersonal

Asimilable aadministrativo

20,13 -- 4 2 3 50 17,85 0,8 >0,80

Espacioscubiertos

Uso público 184,61 10 19 (+ 72) 2 3 50 23,95 0,8 >0,80

(1) Según se consideran en el Anejo SI-A (Terminología) del Documento Básico CTE-SI. Para los usos previstos nocontemplados en este Documento Básico, debe procederse por asimilación en función de la densidad de ocupación,movilidad de los usuarios, etc.

(2) Los valores de ocupación de los recintos o zonas de un edificio, según su actividad, están indicados en la Tabla 2.1 de esta Sección.

(3) El número mínimo de salidas que debe haber en cada caso y la longitud máxima de los recorridos hasta ellas están indicados en la Tabla 3.1 de esta Sección.

(4) La longitud de los recorridos de evacuación que se indican en la Tabla 3.1 de esta Sección se pueden aumentar un 25% cuando se trate de sectores de incendio protegidos con una instalación automática de extinción.

) El dimensionado de los elementos de evacuación debe realizarse conforme a lo que se indica en la Tabla 4.1 de esta Sección.

NOTAS:

- En los vestuarios de árbitros se aplica la mayor ocupación prevista, 3 personas (1 árbitro + 2 líneas)- En los vestuarios de personal, se aplica una ocupación de 2 persona por vestuario como máximo previsto. Esto va en favor de la seguridad, ya que en cualquier caso, sería ocupación alternativa respecto a la zona administrativa.- En los aseos de uso público no se considera ocupación alternativa dado que dan servicio a espectadores no situados en el interior de la edificación.

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- Si bien se considera la ocupación de cada recinto individualmente, al tener salida directa a espacio exterior, se considerarán salidas de edificio a efectos de distancias y recorridos de evacuación, así como de asignación de ocupantes a cada salida y características de las mismas las situadas en los límites del cerramiento exterior de la zona cubierta. Será objeto del plan de seguridad y la gestión del edificio la correcta utilización de estas salidas como puntos de evacuación.- Para la justificación del número de salidas se considerará como origen de evacuación todo punto ocupable de los recintos con un uso posible del lado de la seguridad.- A las zonas cubiertas exteriores se le asigna una ocupación de 10 m2/p del lado de la seguridad, teniendo en cuenta que será un uso alternativo respecto al resto de recintos de la edificación.- La zona de terreno de juego se considera espacio exterior seguro, según el ANEXO SI A Terminología.

Espacio exterior seguroEs aquel en el que se puede dar por finalizada la evacuación de los ocupantes del edificio, debido a que cumple las siguientes condiciones:1 Permite la dispersión de los ocupantes que abandonan el edificio, en condiciones de seguridad.2 Se puede considerar que dicha condición se cumple cuando el espacio exterior tiene, delante de cada salida de edificio que comunique con él, una superficie de al menos 0,5P m² dentro de la zona delimitada con un radio 0,1P m de distancia desde la salida de edificio, siendo P el número de ocupantes cuya evacuación esté prevista por dicha salida. Cuando P no exceda de 50 personas no es necesario comprobar dicha condición.3 Si el espacio considerado no está comunicado con la red viaria o con otros espacios abiertos no puede considerarse ninguna zona situada a menos de 15 m de cualquier parte del edificio, excepto cuando esté dividido en sectores de incendio estructuralmente independientes entre sí y con salidas también independientes al espacio exterior, en cuyo caso dicha distancia se podrá aplicar únicamente respecto del sector afectado por un posible incendio.4 Permite una amplia disipación del calor, del humo y de los gases producidos por el incendio.5 Permite el acceso de los efectivos de bomberos y de los medios de ayuda a los ocupantes que, en cada caso, se consideren necesarios.6 La cubierta de un edificio se puede considerar como espacio exterior seguro siempre que, además de cumplir las condiciones anteriores, su estructura sea totalmente independiente de la del edificio con salida a dicho espacio y un incendio no pueda afectar simultáneamente a ambos.

- Todos los recorridos de evacuación tienen un ancho > P/200>1 m.- Las puertas previstas como salida de planta permanecerán abiertas mientras haya actividad en la zona a evacuar o dispondrán de sistema de fácil apertura (barra antipánico) desde el lado d ella evacuación.- Las puertas situadas en los recorridos de evacuación previstas para más de 100 p abrirán en el sentido de la misma.- No existen recintos con una ocupación mayor de 50p. Por lo que las puertas de los mismos no tendrán porqué abrir en el sentido d ella evacuación.- Existen recorridos de evacuación accesibles para la evacuación de personas con discapacidad.

- La justificación de este apartado de la normativa consiste en detallar las condiciones arquitectónicas de la edificación referidas al cumplimiento de las exigencias de la misma; será objeto del plan de seguridad y de la gestión durante la vida útil del edificio la utilización de estas características constructivas a la hora de plantear una evacuación adecuada al desarrollo de la actividad.

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4.3.2.4 SECCIÓN SI 4: DOTACIÓN DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

La exigencia de disponer de instalaciones de detección, control y extinción del incendio viene recogida en la Tabla 1.1de esta Sección en función del uso previsto, superficies, niveles de riesgo, etc.

Aquellas zonas cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el quedeban estar integradas y que deban constituir un sector de incendio diferente, deben disponer de la dotación deinstalaciones que se indica para el uso previsto de la zona.

El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones, así como sus materiales,sus componentes y sus equipos, cumplirán lo establecido, tanto en el apartado 3.1. de la Norma, como en elReglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RD. 1942/1993, de 5 de noviembre) y disposicionescomplementarias, y demás reglamentación específica que le sea de aplicación.

Recinto, planta,sector

Extintoresportátiles

Columna seca B.I.E.Detección y

alarmaInstalación de

alarma

Rociadoresautomáticos de

agua

Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy.

Recorridos de evacuación

Si Si No No No No No No No No No No

Zonas de riesgo especial

Sí Sí No No No No No No No No No No

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4.3.2.5 SECCIÓN SI 5: INTERVENCIÓN DE LOS BOMBEROS

NO PROCEDE

Al ser la altura de evacuación inferior a 9 metros, no procede la justificación del apartado de intervenciónde los bomberos.

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4.3.2.6 SECCIÓN SI 6: RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA

La resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados, vigas, soportes y tramos deescaleras que sean recorrido de evacuación, salvo que sean escaleras protegidas), es suficiente si:

alcanza la clase indicada en la Tabla 3.1 de esta Sección, que representa el tiempo en minutos de resistencia antela acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura (en la Tabla 3.2 de esta Sección si está en unsector de riesgo especial) en función del uso del sector de incendio y de la altura de evacuación del edificio;

soporta dicha acción durante un tiempo equivalente de exposición al fuego indicado en el Anejo B.

Sector o local de riesgoespecial

Uso del recintoinferior al forjado

considerado

Material estructural considerado (1)Estabilidad al fuego de loselementos estructurales

Soportes Vigas Forjado Norma Proyecto (2)

Zonas ocupables, públicaconcurrencia

Metálicos Hormigón Hormigón R-90 ≥ R-90

Locales riesgo bajo(calderas, electricidad

Metálicos Hormigón Hormigón R-90 ≥ R-90

(1) Debe definirse el material estructural empleado en cada uno de los elementos estructurales principales (soportes, vigas,forjados, losas, tirantes, etc.)

(2) La resistencia al fuego de un elemento puede establecerse de alguna de las formas siguientes:– comprobando las dimensiones de su sección transversal obteniendo su resistencia por los métodos simplificados

de cálculo con dados en los anejos B a F, aproximados para la mayoría de las situaciones habituales;– adoptando otros modelos de incendio para representar la evolución de la temperatura durante el incendio;

– mediante la realización de los ensayos que establece el R.D. 312/2005, de 18 de marzo.Deberá justificarse en la memoria el método empleado y el valor obtenido.

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4.3.3 DB-SUA_EXIGENCIAS BÁSICAS DE SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDADREAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28marzo 2006)

Artículo 12. Exigencias básicas de seguridad de utilización (SUA).1. El objetivo del requisito básico «Seguridad de Utilización consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios

sufran daños inmediatos durante el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto,construcción, uso y mantenimiento.

1. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que se cumplan lasexigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

2. El Documento Básico «DB-SU Seguridad de Utilización» especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimientoasegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básicode seguridad de utilización.

12.1 Exigencia básica SUA 1: Seguridad frente al riesgo de caídas: se limitará el riesgo de que los usuarios sufran caídas, paralo cual los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo, selimitará el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de losacristalamientos exteriores en condiciones de seguridad.12.2 Exigencia básica SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento: se limitará el riesgo de que losusuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o móviles del edificio.12.3 Exigencia básica SUA 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento: se limitará el riesgo de que los usuarios puedanquedar accidentalmente aprisionados en recintos.12.4 Exigencia básica SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada: se limitará el riesgo de dañosa las personas como consecuencia de una iluminación inadecuada en zonas de circulación de los edificios, tanto interiores comoexteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal.12.5 Exigencia básica SUA 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación: se limitará el riesgocausado por situaciones con alta ocupación facilitando la circulación de las personas y la sectorización con elementos de proteccióny contención en previsión del riesgo de aplastamiento.12.6 Exigencia básica SUA 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento: se limitará el riesgo de caídas que puedan derivar enahogamiento en piscinas, depósitos, pozos y similares mediante elementos que restrinjan el acceso.12.7 Exigencia básica SUA 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento: se limitará el riesgo causadopor vehículos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la señalización y protección de las zonas de circulación rodaday de las personas.12.8 Exigencia básica SUA 8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo: se limitará el riesgo de electrocucióny de incendio causado por la acción del rayo, mediante instalaciones adecuadas de protección contra el rayo.12.9 Exigencia Básica SUA 9. Accesibilidad

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4.3.3.1 SECCIÓN SUA 1: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE CAÍDASS

U1.

1 R

esb

alad

icid

ad

de

los

su

elo

s (Clasificación del suelo en función de su grado de deslizamiento UNE ENV 12633:2003) Clase

NORMA PROY

Zonas interiores secas con pendiente < 6% 1 1

Zonas interiores secas con pendiente ≥ 6% y escaleras 2 -

Zonas interiores húmedas (entrada al edificio o terrazas cubiertas) con pendiente < 6% 2 2Zonas interiores húmedas (entrada al edificio o terrazas cubiertas) con pendiente ≥ 6% y escaleras

3 -

Zonas exteriores, garajes y piscinas 3 -

SU

1.2

Dis

con

tin

uid

ade

s e

n e

l pav

imen

to

NORMA PROY

El suelo no presenta imperfecciones o irregularidades que supongan riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos

Diferenciade nivel < 6

mm

CUMPLE

Pendiente máxima para desniveles ≤ 50 mmExcepto para acceso desde espacio exterior

≤ 25 % ≤ 25 %

Perforaciones o huecos en suelos de zonas de circulación Ø ≤ 15 mmNO

EXISTENAltura de barreras para la delimitación de zonas de circulación ≥ 800 mm 900 mmNº de escalones mínimo en zonas de circulación

Excepto en los casos siguientes: En zonas de uso restringido

En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda. En los accesos a los edificios, bien desde el exterior, bien desde porches, garajes,

etc. (figura 2.1) En salidas de uso previsto únicamente en caso de emergencia. En el acceso a un estrado o escenario

3 -

Distancia entre la puerta de acceso a un edificio y el escalón más próximo.(excepto en edificios de uso Residencial Vivienda) (figura 2.1)

≥ 1.200 mm.y ≥ anchura

hoja

-

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SU

1.4

. E

scal

era

s y

ram

pas

Rampas CTE PROY

Pendiente: rampa estándar 6% < p < 12% -

usuario silla ruedas (PMR)l < 3 m, p ≤ 10%l < 6 m, p ≤ 8%

resto, p ≤ 6%

4,5% -

circulación de vehículos en garajes, también previstas para lacirculación de personas

p ≤ 18% -

Tramos: longitud del tramo:

rampa estándar l ≤ 15,00 m -

usuario silla ruedas l ≤ 9,00 m 7,70 m

ancho del tramo: 4,60 m

ancho libre de obstáculosancho útil se mide entre paredes o barreras de protección

ancho en función deDB-SI

rampa estándar:

ancho mínimo a ≥ 1,00 m -

usuario silla de ruedas

ancho mínimo a ≥ 1200 mm 4,6

tramos rectos a ≥ 1200 mm 4,6

anchura constante a ≥ 1200 mm 4,6

para bordes libres, → elemento de protección lateral h = 100 mm

Mesetas: entre tramos de una misma dirección:

ancho meseta a ≥ ancho rampa

longitud meseta l ≥ 1500 mm

entre tramos con cambio de dirección:

ancho meseta (libre de obstáculos) a ≥ ancho rampa -

ancho de puertas y pasillos a ≤ 1200 mm

distancia de puerta con respecto al arranque de un tramo d ≥ 400 mm

distancia de puerta con respecto al arranque de un tramo (PMR)

d ≥ 1500 mm

Pasamanos

pasamanos continuo en un lado desnivel > 550 mm

pasamanos continuo en un lado (PMR) desnivel > 1200 mm

pasamanos continuo en ambos lados a > 1200 mm

altura pasamanos 900 mm ≤ h ≤ 1100 mm H= 900 mm

altura pasamanos adicional (PMR) 650 mm ≤ h ≤ 750 mm H= 700 mm

separación del paramento d ≥ 40 mm D= 40 mm

características del pasamanos:Sist. de sujeción no interfiere en el paso continuo de la mano firme, fácil de asir CUMPLE

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4.3.3.2 SECCIÓN SUA 2: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE IMPACTO O ATRAPAMIENTOS

U2.

2 A

trap

amie

nto

NORMA PROYECTO

puerta corredera de accionamiento manual ( d= distancia hasta objeto fijo más próx)

d ≥ 200 mm D≥ 250 mm

elementos de apertura y cierre automáticos: dispositivos de protección -

SU

2.1

Impa

cto con elementos fijos NORMA PROYECTO NORMA PROYECTO

Altura libre de paso en zonas de circulación uso restringido ≥ 2.100 mm

MIN 2.200mm

resto dezonas

≥ 2.200 mm ≥ 2.200 mm

Altura libre en umbrales de puertas ≥ 2.000 mm MIN 2.050 mmAltura de los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas decirculación

≥ 2.200 mm ≥ 2.200 mm

Vuelo de los elementos en las zonas de circulación con respecto a las paredes en la zonacomprendida entre 1.000 y 2.200 mm medidos a partir del suelo ≤ 150 mm 100 mm

Restricción de impacto de elementos volados cuya altura sea menor que 2.000 mm disponiendo deelementos fijos que restrinjan el acceso hasta ellos.

-

con elementos practicables

disposición de puertas laterales a vías de circulación en pasillo a < 2,50 m (zonas de uso general) -

En puertas de vaivén se dispondrá de uno o varios paneles que permitan percibir la aproximación de las personas entre 0,70 m y 1,50 m mínimo

-

con elementos frágiles

Superficies acristaladas situadas en áreas con riesgo de impacto con barrera de protección -

Superficies acristaladas situadas en áreas con riesgo de impacto sin barrera de protección Norma: (UNE EN 12600:2003)

diferencia de cota a ambos lados de la superficie acristalada 0,55 m ≤ ΔH ≤ 12 m -

diferencia de cota a ambos lados de la superficie acristalada ≥ 12 m -

resto de casos resistencia al impacto nivel 3o rotura de forma segura

duchas y bañeras: -

partes vidriadas de puertas y cerramientos -

áreas con riesgo de impacto

Impacto con elementos insuficientemente perceptibles

Grandes superficies acristaladas y puertas de vidrio que no dispongan de elementos que permitan identificarlasNORMA PROYECTO

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señalización:

alturainferior:

850mm<h<1100mm 850mm<h<1100mm

alturasuperior:

1500mm<h<1700mm 1500mm<h<1700mm

travesaño situado a la altura inferior -

montantes separados a ≤ 600 mm -

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4.3.3.3 SECCIÓN SUA 3: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE APRISIONAMIENTOS

U3

Apr

isio

nam

ient

o

Riesgo de aprisionamiento

en general:

Recintos con puertas con sistemas de bloqueo interior disponen de desbloqueodesde el exterior

baños y aseos (excepto viviendas) -

NORMA PROY

Fuerza de apertura de las puertas de salida ≤ 150 N ≤ 150 N

usuarios de silla de ruedas:

Recintos de pequeña dimensión para usuarios de sillas de ruedas ver Reglamento deAccesibilidad

NORMA PROY

Fuerza de apertura en pequeños recintos adaptados ≤ 25 N ≤ 25 N-

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4.3.3.4 SECCIÓN SUA 4: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN INADECUADA

SU

4.1

Alu

mbr

ado

nor

mal

en

zona

s de

circ

ulac

ión Nivel de iluminación mínimo de la instalación de alumbrado (medido a nivel del suelo)

NORMA PROYECTO

Zona Iluminancia mínima [lux]

ExteriorExclusiva para personas

Escaleras 10 -

Resto de zonas 5 5

Para vehículos o mixtas 10 -

InteriorExclusiva para personas

Escaleras 75 -

Resto de zonas 50 50

Para vehículos o mixtas 50 -

factor de uniformidad media fu ≥ 40% fu ≥ 40%

SU

4.2

Alu

mbr

ado

de

emer

genc

ia Dotación

Contarán con alumbrado de emergencia:

recorridos de evacuaciónaparcamientos con S > 100 m2locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protecciónlocales de riesgo especiallugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de instalación de alumbradolas señales de seguridad

Condiciones de las luminarias NORMA PROYECTO

altura de colocación h ≥ 2 m H= 2,00m

se dispondrá una luminaria en: cada puerta de salidaseñalando peligro potencialseñalando emplazamiento de equipo de seguridadpuertas existentes en los recorridos de evacuaciónescaleras, cada tramo de escaleras recibe iluminación directaen cualquier cambio de nivelen los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos

Características de la instalación

Será fija

Dispondrá de fuente propia de energía

Entrará en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación en las zonas de alumbradonormal El alumbrado de emergencia de las vías de evacuación debe alcanzar como mínimo, al cabo de5s, el 50% del nivel de iluminación requerido y el 100% a los 60s.

Condiciones de servicio que se deben garantizar: (durante una hora desde el fallo) NORMA PROY

Vías de evacuación de anchura ≤ 2mIluminancia eje central ≥ 1 lux 1 lux

Iluminancia de la banda central ≥0,5 lux 0,5 luxes

Vías de evacuación de anchura > 2mPueden ser tratadas como varias bandasde anchura ≤ 2m

-

a lo largo de la línea central relación entre iluminancia máx. y mín ≤ 40:1 40:1

puntos donde estén ubicados- equipos de seguridad- instalaciones de protección contra

incendios- cuadros de distribución del alumbrado

Iluminancia≥ 5 luxes

5 luxes

Señales: valor mínimo del Índice del Rendimiento Cromático (Ra) Ra ≥ 40 Ra= 40

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Iluminación de las señales de seguridad

NORMA PROY

luminancia de cualquier área de color de seguridad ≥ 2 cd/m2 2 cd/m2

relación de la luminancia máxima a la mínima dentro del color blanco de seguridad ≤ 10:1 10:1

relación entre la luminancia Lblanca y la luminancia Lcolor >10 ≥ 5:1 y ≤ 15:1

10:1

Tiempo en el que deben alcanzar el porcentaje de iluminación≥ 50% → 5 s 5 s

100% → 60 s 60 s

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4.3.3.5 SECCIÓN SUA 5: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR SITUACIONES DE ALTA OCUPACIÓN

Al no estar previsto el graderío existente para más de 3.000 espectadores de pie, no procede lajustificación del apartado de seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación.

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4.3.3.6 SECCIÓN SUA 6: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE AHOGAMIENTO

Al no existir piscinas en la instalación, no procede la justificación del apartado de seguridad frente alriesgo de ahogamiento.

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4.3.3.7 SECCIÓN SUA 7: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR VEHÍCULOS EN MOVIMIENTO

Al no existir zonas de tráfico rodado, no procede la justificación del apartado de seguridad frente al riesgocausado por vehículos en movimiento.

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4.3.3.8 SECCIÓN SUA 8: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO RELACIONADO CON LA ACCIÓN DEL RAYO

No es necesaria la instalación. Se adjunta justificación de cálculo, en la que Ne<Na

1.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN

Será necesaria la instalación de un sistema de protección contra el rayo cuando la frecuencia esperadade impactos (Ne) sea mayor que el riesgo admisible (Na), excepto cuando la eficiencia 'E' estecomprendida entre 0 y 0.8.

1.1.- Cálculo de la frecuencia esperada de impactos (Ne)

110e g eN N A C siendo

Ng: Densidad de impactos sobre el terreno (impactos/año,km²).

Ae: Superficie de captura equivalente del edificio aislado en m².

C1: Coeficiente relacionado con el entorno.

Ng (Madrid) = 2.50 impactos/año,km²

Ae = 2676.87 m²

C1 (próximo a otros edificios o árboles de la misma altura o más altos) = 0.50

Ne = 0.0033 impactos/año

1.2.- Cálculo del riesgo admisible (Na)

2 3 4 5

5.510aN

C C C C

siendo

C2: Coeficiente en función del tipo de construcción.

C3: Coeficiente en función del contenido del edificio.

C4: Coeficiente en función del uso del edificio.

C5: Coeficiente en función de la necesidad de continuidad en las actividades que se desarrollanen el edificio.

C2 (estructura de hormigón/cubierta de hormigón) = 1.00

C3 (otros contenidos) = 1.00

C4 (publica concurrencia, sanitario, comercial, docente) = 3.00

C5 (resto de edificios) = 1.00

Na = 0.0018 impactos/año

1.3.- Verificación

Altura del edificio = 3.7 m <= 43.0 m

Ne = 0.0033 > Na = 0.0018 impactos/año

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2.- DESCRIPCIÓN DE LA INSTALACIÓN

2.1.- Nivel de protecciónConforme a lo establecido en el apartado anterior, se determina que no es necesario disponer una instalación deprotección contra el rayo. El valor mínimo de la eficiencia 'E' de dicha instalación se determina mediante la siguientefórmula:

1 a

e

NE

N

Na = 0.0018 impactos/año

Ne = 0.0033 impactos/año

E = 0.452

Como:

0 <= 0.452 < 0.80

Nivel de protección: IV

No es necesario instalar un sistema de protección contra el rayo

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4.3.3.9 SECCIÓN SUA 9: ACCESIBILIDAD

1_Condiciones de accesibilidad

Art. 1.1.1. Accesibilidad en el exterior del edificioLa parcela dispondrá al menos de un itinerario accesible que comunique una entrada principal al edificio, con la vía pública y con las zonas comunes exteriores.

La parcela dispone de itinerario accesible de dichas características

Itinerario accesibleItinerario que, considerando su utilización en ambos sentidos, cumple las condiciones que se establecen a continuación:- Desniveles - Los desniveles se salvan mediante rampa accesible conforme al apartado 4 del SUA 1, o ascensor accesible.

No se admiten escalones- Espacio para giro - Diámetro 1,50 m libre de obstáculos en el vestíbulo de entrad, o portal, al fondo de pasillos de más de 10 m y

frente a ascensores accesibles o al espacio dejado en previsión para ellos- Pasillos y pasos - Anchura libre de paso >= 1 ,20 m. En zonas comunes de edificios de uso residencial vivienda se admite 1,10

m- Estrechamientos puntuales de anchura >= 1,00 m, de longitud <= 0,50 m, y con separación >= 0,65 m a huecos de paso o a cambios de dirección

-Puertas - Anchura libre de paso >= 0,80 m medida en el marco y aportada por no más de una hoja. En el ángulo de máxima apertura de la puerta, la anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja de la puerta debe ser >= 0,78 m- Mecanismos de apertura y cierre situados a una altura entre 0,80 - 1,20 m, de funcionamiento a presión o palanca y maniobrables con una sola mano, o son automáticos- En ambas caras de las puertas existe un espacio horizontal libre del barrido de las hojas de diámetro Ø 1,20 m- Distancia desde el mecanismo de apertura hasta el encuentro en rincón ≥ 0,30 m- Fuerza de apertura de las puertas de salida ≤ 25 N (≤ 65 N cuando sean resistentes al fuego)

- Pavimento - No contiene piezas ni elementos sueltos, tales como gravas o arenas. Los felpudos y moquetas están encastrados o fijados al suelo- Para permitir la circulación y arrastre de elementos pesados, sillas de ruedas, etc., los suelos son resistentes ala deformación

- Pendiente - La pendiente en sentido de la marcha es ≤ 4%, o cumple las condiciones de rampa accesible, y la pendiente trasversal al sentido de la marcha es ≤ 2%

Art. 1.1.3. Accesibilidad en las plantas del edificioLos edificios de otros usos dispondrán de un itinerario accesible que comunique, en cada planta, el acceso accesible a ella con las zonas de uso público, con todo origen de evacuación de las zonas de uso privado exceptuando las de ocupación nula, y con los elementos accesibles. Servicios higiénicos accesibles....

La parcela dispone de itinerario accesible de dichas características

Art. 1.2.6. Servicios higiénicos accesiblesSiempre que sea exigible la existencia de aseos o de vestuarios por alguna disposición legal de obligado cumplimiento existirá al menos:a) Un aseo accesible por cada 10 unidades o fracción de inodoros instalados, pudiendo ser de uso compartido para ambos sexosb) En cada vestuario, una cabina de vestuario accesible, un aseo accesible y una ducha accesible por cada 10 unidades o fracción de los instalados.

Se disponen aseos y cabinas accesibles separadas por sexos en aseos públicos y vestuarios de personal.

Servicios higiénicos accesiblesLos servicios higiénicos accesibles, tales como aseos accesibles o vestuarios con elementos accesibles, son los que cumplen las condiciones que se establecen a continuación:- Aseo accesible - Está comunicado con un itinerario accesible

- Espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos- Puertas que cumplen las condiciones del itinerario accesible Son abatibles hacia el exterior o correderas- Dispone de barras de apoyo, mecanismos y accesorios diferenciados cromáticamente del entorno

- Vestuario con elementos accesibles- Está comunicado con un itinerario accesible- Espacio de circulación

- En baterías de lavabos, duchas, vestuarios, espacios de taquillas, etc., anchura libre de paso ≥ 1,20 m

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- Espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos- Puertas que cumplen las características del itinerario accesible. Las puertas de cabinas de vestuario,aseos y duchas accesibles son abatibles hacia el exterior o correderas

- Aseos accesibles - Cumplen las condiciones de los aseos accesibles

- Duchas accesibles, vestuarios accesibles- Dimensiones de la plaza de usuarios de silla de ruedas 0,80 x 1,20 m- Si es un recinto cerrado, espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos- Dispone de barras de apoyo, mecanismos, accesorios y asientos de apoyo diferenciados cromáticamente del entorno

El equipamiento de aseos accesibles y vestuarios con elementos accesibles cumple las condiciones que se establecen a continuación:- Aparatos sanitarios accesibles

- Lavabo - Espacio libre inferior mínimo de 70 (altura) x 50 (profundidad) cm. Sin pedestal- Altura de la cara superior ≤ 85 cm

- Inodoro- Espacio de transferencia lateral de anchura ≥ 80 cm y ≥ 75 cm de fondo hasta el borde frontal del inodoro. En uso público, espacio de transferencia a ambos lados- Altura del asiento entre 45 – 50 cm

Ducha

- Espacio de transferencia lateral de anchura ≥ 80 cm al lado del asiento- Suelo enrasado con pendiente de evacuación ≤ 2%

- Urinario - Cuando haya más de 5 unidades, altura del borde entre 30 - 40 cm al menos en una unidad

- Barras de apoyo - Fáciles de asir, sección circular de diámetro 30-40 mm. Separadas del paramento 45-55 mm

- Fijación y soporte, soportan una fuerza de 1 kN en cualquier dirección- Barras horizontales

- Se sitúan a una altura entre 70-75 cm- De longitud ≥ 70 cm- Son abatibles las del lado de la transferencia

- En inodoros - Una barra horizontal a cada lado, separadas entre sí 65-70 cm

- En duchas - En el lado del asiento, barras de apoyo horizontal de forma perimetral en al menos dos paredes queformen esquina y una barra vertical en la pared a 60 cm de la esquina o del respaldo del asiento

- Mecanismos y accesorios- Mecanismos de descarga a presión o palanca, con pulsadores de gran superficie - Grifería automática dotada de un sistema de detección de presencia o manual de tipo monomando con palanca alargada de tipo gerontológico. Alcance horizontal desde asiento ≤ 60 cm- Espejo, altura del borde inferior del espejo ≤ 0,90 m, o es orientable hasta al menos 10º sobre la vertical- Altura de uso de mecanismos y accesorios entre 0,70 – 1,20 m

- Asientos de apoyo en duchas y vestuarios- Dispondrán de asiento de 40 (profundidad) x 40 (anchura) x 45-50 cm (altura), abatible y con respaldom- Espacio de transferencia lateral ≥ 80 cm a un lado

Art. 1.2.7. Mobiliario fijoEl mobiliario fijo de zonas de atención al público incluirá al menos un punto de atención accesible.

Se disponen un punto de atención accesible en la zona de atención al público.

Punto de atención accesiblePunto de atención al público, como ventanillas, taquillas de venta al público, mostradores de información, etc., que cumple las siguientes condiciones:- Está comunicado mediante un itinerario accesible con una entrada principal accesible al edificio.- Su plano de trabajo tiene una anchura de 0,80 m, como mínimo, está situado a una altura de 0,85 m, como máximo, y tiene un espacio libre inferior de 70 x 80 x 50 cm (altura x anchura x profundidad), como mínimo.- Si dispone de dispositivo de intercomunicación, éste está dotado con bucle de inducción u otro sistema adaptado a tal efecto.

Art. 1.2.8. MecanismosExcepto en el interior de las viviendas y en las zonas de ocupación nula, los interruptores, los dispositivosde intercomunicación y los pulsadores de alarma serán mecanismos accesibles

Los mecanismos de las zonas especificadas serán mecanismos accesibles.

Mecanismos accesibles

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Son los que cumplen las siguientes características:- Están situados a una altura comprendida entre 80 y 120 cm cuando se trate de elementos de mando y control, y entre 40 y 120 cmcuando sean tomas de corriente o de señal.- La distancia a encuentros en rincón es de 35 cm, como mínimo.- Los interruptores y los pulsadores de alarma son de fácil accionamiento mediante puño cerrado, codo y con una mano, o bien de tipo automático.- Tienen contraste cromático respecto del entorno.- No se admiten interruptores de giro y palanca.- No se admite iluminación con temporización en cabinas de aseos accesibles y vestuarios accesibles.

2_Condiciones y características de la información y señalización para la accesibilidad

Art. 2.1. DotaciónSe señalizarán los elementos que se indican en la tabla 2.1

Se señalizarán: La entrada accesible al edificio Los itinerarios accesibles Servicios y vestuarios accesibles Servicios higiénicos de uso general Itinerario de comunicación con el punto de atención accesible

Art. 2.2. Características1 Las entradas al edificio accesibles, los itinerarios accesibles y los servicios higiénicos accesibles se señalizarán mediante SIA(Símbolo Internacional de Accesibilidad para la movilidad), complementado, en su caso, con flecha direccional.3 Los servicios higiénicos de uso general se señalizarán con pictogramas normalizados de sexo de alto relieve y contraste cromático, a una altura entre 0,80 y 1,20 m, junto al marco, a la derecha de la puerta y en el sentido de la entrada.4 Las bandas señalizadoras visuales y táctiles serán de color contrastado con el pavimento, con relieve de altura 3+-1mm en interiores y 5+-1 mm en exteriores. Las exigidas para señalizar el itinerario accesiblehasta un punto deatención accesible, serán de acanaladura paralela a la dirección de la marcha y de anchura 40 cm5 Las características y dimensiones del Símbolo de Accesibilidad par ala movilidad (SIA) se establecen en la norma UNE-41501:2002.

Las señalizaciones exigidas cumplirán con las características especificadas.

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4.3.4 DB-HS_EXIGENCIAS BÁSICAS DE SALUBRIDADREAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28marzo 2006)

Artículo 13. Exigencias básicas de salubridad (HS) «Higiene, salud y protección del medio ambiente».

1. El objetivo del requisito básico «Higiene, salud y protección del medio ambiente», tratado en adelante bajo el términosalubridad, consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios, dentro de los edificios y en condicionesnormales de utilización, padezcan molestias o enfermedades, así como el riesgo de que los edificios se deterioren y de quedeterioren el medio ambiente en su entorno inmediato, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción,uso y mantenimiento.

2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de tal forma que se cumplan lasexigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

3. El Documento Básico «DB-HS Salubridad» especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura lasatisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico desalubridad.

13.1 Exigencia básica HS 1: Protección frente a la humedad: se limitará el riesgo previsible de presencia inadecuada de agua ohumedad en el interior de los edificios y en sus cerramientos como consecuencia del agua procedente de precipitacionesatmosféricas, de escorrentías, del terreno o de condensaciones, disponiendo medios que impidan su penetración o, en su casopermitan su evacuación sin producción de daños.

13.2 Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de residuos: los edificios dispondrán de espacios y medios para extraer losresiduos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida de tal manera que se facilite laadecuada separación en origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestión.

13.3 Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior.1. Los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes

que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edificios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aireexterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.

2. Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior de los edificios y del entorno exterior en fachadas y patios, laevacuación de productos de combustión de las instalaciones térmicas se producirá con carácter general por la cubierta deledificio, con independencia del tipo de combustible y del aparato que se utilice, y de acuerdo con la reglamentación específicasobre instalaciones térmicas.

13.4 Exigencia básica HS 4: Suministro de agua.1. Los edificios dispondrán de medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto de agua apta para el

consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades deaptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitanel ahorro y el control del caudal del agua.

2. Los equipos de producción de agua caliente dotados de sistemas de acumulación y los puntos terminales de utilización tendránunas características tales que eviten el desarrollo de gérmenes patógenos.

13.5 Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas: los edificios dispondrán de medios adecuados para extraer las aguas residualesgeneradas en ellos de forma independiente o conjunta con las precipitaciones atmosféricas y con las escorrentías.

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4.3.4.1 SECCIÓN HS 1: PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDADTerminología (Apéndice A: Terminología, CTE, DB-HS1) Relación no exhaustiva de términos necesarios para la comprensión de las fichas HS1

Barrera contra el vapor: elemento que tiene una resistencia a la difusión de vapor mayor que 10 MN ·s/g equivalente a 2,7 m2·h·Pa/mg.Cámara de aire ventilada: espacio de separación en la sección constructiva de una fachada o de una cubierta que permite la difusión del vapor deagua a través de aberturas al exterior dispuestas de forma que se garantiza la ventilación cruzada.Cámara de bombeo: depósito o arqueta donde se acumula provisionalmente el agua drenada antes de su bombeo y donde están alojadas lasbombas de achique, incluyendo la o las de reserva.Capa antipunzonamiento: capa separadora que se interpone entre dos capas sometidas a presión cuya función es proteger a la menos resistente yevitar con ello su rotura.Capa de protección: producto que se dispone sobre la capa de impermeabilización para protegerla de las radiaciones ultravioletas y del impacto térmico directo del sol y además favorece la escorrentía y la evacuación del agua hacia los sumideros.Capa de regulación: capa que se dispone sobre la capa drenante o el terreno para eliminar las posibles irregularidades y desniveles y así recibir deforma homogénea el hormigón de la solera o la placa.Capa separadora: capa que se intercala entre elementos del sistema de impermeabilización para todas o algunas de las finalidades siguientes:a) evitar la adherencia entre ellos;b) proporcionar protección física o química a la membrana;c) permitir los movimientos diferenciales entre los componentes de la cubierta;d) actuar como capa antipunzonante;e) actuar como capa filtrante;f) actuar como capa ignífuga.

Coeficiente de permeabilidad: parámetro indicador del grado de permeabilidad de un suelo medido por la velocidad de paso del agua a través de él.Se expresa en m/s o cm/s. Puede determinarse directamente mediante ensayo en permeámetro o mediante ensayo in situ, o indirectamente a partir dela granulometría y la porosidad del terreno.Drenaje: operación de dar salida a las aguas muertas o a la excesiva humedad de los terrenos por medio de zanjas o cañerías.Elemento pasante: elemento que atraviesa un elemento constructivo. Se entienden como tales las bajantes y las chimeneas que atraviesan lascubiertas.Encachado: capa de grava de diámetro grande que sirve de base a una solera apoyada en el terreno con el fin de dificultar la ascensión del agua delterreno por capilaridad a ésta.Enjarje: cada uno de los dentellones que se forman en la interrupción lateral de un muro para su trabazón al proseguirlo.Formación de pendientes (sistema de): sistema constructivo situado sobre el soporte resistente de una cubierta y que tiene una inclinación parafacilitar la evacuación de agua.Geotextil: tipo de lámina plástica que contiene un tejido de refuerzo y cuyas principales funciones son filtrar, proteger químicamente y desolidarizarcapas en contacto.Grado de impermeabilidad: número indicador de la resistencia al paso del agua característica de una solución constructiva definido de tal maneraque cuanto mayor sea la solicitación de humedad mayor debe ser el grado de impermeabilización de dicha solución para alcanzar el mismo resultado.La resistencia al paso del agua se gradúa independientemente para las distintas soluciones de cada elemento constructivo por lo que las graduacionesde los distintos elementos no son equivalentes, por ejemplo, el grado 3 de un muro no tiene por qué equivaler al grado 3 de una fachada.Hoja principal: hoja de una fachada cuya función es la de soportar el resto de las hojas y componentes de la fachada, así como, en su casodesempeñar la función estructural.Hormigón de consistencia fluida: hormigón que, ensayado en la mesa de sacudidas, presenta un asentamiento comprendido entre el 70% y el100%, que equivale aproximadamente a un asiento superior a 20 cm en el cono de Abrams.Hormigón de elevada compacidad: hormigón con un índice muy reducido de huecos en su granulometría.Hormigón hidrófugo: hormigón que, por contener sustancias de carácter químico hidrófobo, evita o disminuye sensiblemente la absorción de agua.Hormigón de retracción moderada: hormigón que sufre poca reducción de volumen como consecuencia del proceso físico-químico del fraguado, endurecimiento o desecación.Impermeabilización: procedimiento destinado a evitar el mojado o la absorción de agua por un material o elemento constructivo. Puede hacersedurante su fabricación o mediante la posterior aplicación de un tratamiento.Impermeabilizante: producto que evita el paso de agua a través de los materiales tratados con él.Índice pluviométrico anual: para un año dado, es el cociente entre la precipitación media y la precipitación media anual de la serie.Inyección: técnica de recalce consistente en el refuerzo o consolidación de un terreno de cimentación mediante la introducción en él a presión de unmortero de cemento fluido con el fin de que rellene los huecos existentes.Intradós: superficie interior del muro.Lámina drenante: lámina que contiene nodos o algún tipo de pliegue superficial para formar canales por donde pueda discurrir el agua.Lámina filtrante: lámina que se interpone entre el terreno y un elemento constructivo y cuya característica principal es permitir el paso del agua através de ella e impedir el paso de las partículas del terreno.Lodo de bentonita: suspensión en agua de bentonita que tiene la cualidad de formar sobre una superficie porosa una película prácticamenteimpermeable y que es tixotrópica, es decir, tiene la facultad de adquirir en estado de reposo una cierta rigidez.Mortero hidrófugo: mortero que, por contener sustancias de carácter químico hidrófobo, evita o disminuye sensiblemente la absorción de agua.Mortero hidrófugo de baja retracción: mortero que reúne las siguientes características:a) contiene sustancias de carácter químico hidrófobo que evitan o disminuyen sensiblemente la absorción de agua;b) experimenta poca reducción de volumen como consecuencia del proceso físico-químico del fraguado, endurecimiento o desecación.

Muro parcialmente estanco: muro compuesto por una hoja exterior resistente, una cámara de aire y una hoja interior. El muro no se impermeabilizasino que se permite el paso del agua del terreno hasta la cámara donde se recoge y se evacua.Placa: solera armada para resistir mayores esfuerzos de flexión como consecuencia, entre otros, del empuje vertical del agua freática.Pozo drenante: pozo efectuado en el terreno con entibación perforada para permitir la llegada del agua del terreno circundante a su interior. El aguase extrae por bombeo.Solera: capa gruesa de hormigón apoyada sobre el terreno, que se dispone como pavimento o como base para un solado.Sub-base: capa de bentonita de sodio sobre hormigón de limpieza dispuesta debajo del suelo.Suelo elevado: suelo en el que la relación entre la suma de la superficie de contacto con el terreno y la de apoyo, y la superficie del suelo es inferior a 1/7.

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HS

1 P

rote

cció

n fr

ente

a la

hu

med

ad

Mu

ros

en

co

nta

cto

co

n e

l ter

ren

o

Presencia de agua baja media alta

Coeficiente de permeabilidad del terreno KS= 10-4 (01)

Grado de impermeabilidad 1 (02)

tipo de muro de gravedad (03) flexorresistente (04) pantalla (05)

situación de la impermeabilización interior exterior parcialmente estanco (06)

Condiciones de las soluciones constructivas -7

(01) este dato se obtiene del informe geotécnico

(02) este dato se obtiene de la tabla 2.1, apartado 2.1, exigencia básica HS1, CTE

(03) Muro no armado que resiste esfuerzos principalmente de compresión. Este tipo de muro se construye después de realizado el vaciado del terreno del sótano.

(04) Muro armado que resiste esfuerzos de compresión y de flexión. Este tipo de muro se construye después de realizado el vaciado del terreno del sótano.

(05) Muro armado que resiste esfuerzos de compresión y de flexión. Este tipo de muro se construye en el terreno mediante el vaciado del terreno exclusivo del muro y el consiguiente hormigonado in situ o mediante el hincado en el terreno de piezas prefabricadas. El vaciado del terreno del sótano se realiza una vez construido el muro.

(06) muro compuesto por una hoja exterior resistente, una cámara de aire y una hoja interior. El muro no se impermeabiliza sino que se permite el paso del agua del terreno hasta la cámara donde se recoge y se evacua.

(07) este dato se obtiene de la tabla 2.2, apartado 2.1, exigencia básica HS1, CTE

HS

1 P

rote

cció

n fr

ente

a la

hu

med

ad

Su

elo

s

Presencia de agua baja media alta

Coeficiente de permeabilidad del terreno KS < desconocido (01)

Grado de impermeabilidad 1/2 (02)

tipo de muro de gravedad flexorresistente pantalla

Tipo de suelo suelo elevado (03) solera (04) placa (05)

Tipo de intervención en el terreno sub-base (06) inyecciones (07) sin intervención

Condiciones de las soluciones constructivas V1 (08)

(01) este dato se obtiene del informe geotécnico

(02) este dato se obtiene de la tabla 2.3, apartado 2.2, exigencia básica HS1, CTE

(03) Suelo situado en la base del edificio en el que la relación entre la suma de la superficie de contacto con el terreno y la de apoyo,y la superficie del suelo es inferior a 1/7.

(04) Capa gruesa de hormigón apoyada sobre el terreno, que se dispone como pavimento o como base para un solado.

(05) solera armada para resistir mayores esfuerzos de flexión como consecuencia, entre otros, del empuje vertical del agua freática.

(06) capa de bentonita de sodio sobre hormigón de limpieza dispuesta debajo del suelo.

(07) técnica de recalce consistente en el refuerzo o consolidación de un terreno de cimentaciónmediante la introducción en él a presión de un mortero de cemento fluido con el fin de que rellene loshuecos existentes.

(08) este dato se obtiene de la tabla 2.4, exigencia básica HS1, CTE

Zona pluviométrica de promedios IV (01)

Altura de coronación del edificio sobre el terreno

≤ 15 m 16 – 40 m 41 – 100 m > 100 m (02)

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HS

1 P

rote

cció

n fr

ente

a la

hu

med

ad

Fac

ha

da

s y

med

ian

eras

des

cub

iert

asZona eólica A B C (03)

Clase del entorno en el que está situado el edificio E0 E1 (04)

Grado de exposición al viento V1 V2 V3 (05)

Grado de impermeabilidad 1 2 3 4 5 (06)

Revestimiento exterior si no

Condiciones de las soluciones constructivas R1+ C1 (07)

(01) Este dato se obtiene de la figura 2.4, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE

(02) Para edificios de más de 100 m de altura y para aquellos que están próximos a un desnivel muy pronunciado, el grado de exposición al viento debe ser estudiada según lo dispuesto en el DB-SE-AE.

(03) Este dato se obtiene de la figura 2.5, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE

(04) E0 para terreno tipo I, II, IIIE1 para los demás casos, según la clasificación establecida en el DB-SE

- Terreno tipo I: Borde del mar o de un lago con una zona despejada de agua (en la dirección del viento)de una extensión mínima de 5 km.

- Terreno tipo II: Terreno llano sin obstáculos de envergadura.- Terreno tipo III: Zona rural con algunos obstáculos aislados tales como árboles o construcciones de pequeñas

dimensiones.- Terreno tipo IV: Zona urbana,industrial o forestal.- Terreno tipo V: Centros de grandes ciudades,con profusión de edificios en altura.

(05) Este dato se obtiene de la tabla 2.6, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE

(06) Este dato se obtiene de la tabla 2.5, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE

(07) Este dato se obtiene de la tabla 2.7, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE una vez obtenido el grado de impermeabilidad

HS

1 P

rote

cció

n fr

ente

a la

hum

eda

dC

ub

iert

as,

ter

raza

s y

bal

con

es

Par

te 1

Grado de impermeabilidad único

Tipo de cubierta

plana inclinada

convencional invertida

Uso

Transitable peatones uso privado peatones uso público zona deportiva vehículos

No transitable

Ajardinada

Condición higrotérmica

Ventilada

Sin ventilar

Barrera contra el paso del vapor de agua

barrera contra el vapor por debajo del aislante térmico ( 01)

Sistema de formación de pendiente

hormigón en masa

mortero de arena y cemento

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hormigón ligero celular

hormigón ligero de perlita (árido volcánico)

hormigón ligero de arcilla expandida

hormigón ligero de perlita expandida (EPS)

hormigón ligero de picón

arcilla expandida en seco

placas aislantes

elementos prefabricados (cerámicos, hormigón, fibrocemento) sobre tabiquillos

chapa grecada

elemento estructural (forjado, losa de hormigón)

HS

1 P

rote

cció

n fr

ente

a la

hum

eda

dC

ub

iert

as,

terr

aza

s y

bal

con

esP

arte

2

Pendiente 2 % (02)

Aislante térmico (03)

Material Poliestireno extruido espesorr 5 cm

Capa de impermeabilización (04) Impermeabilización con materiales bituminosos y bituminosos modificados Lámina de oxiasfalto Lámina de betún modificado

Impermeabilización con poli (cloruro de vinilo) plastificado (PVC) Impermeabilización con etileno propileno dieno monómero (EPDM) Impermeabilización con poliolefinas Impermeabilización con un sistema de placas

Sistema de impermeabilización

adherido semiadherido no adherido fijación mecánica

Cámara de aire ventilada

Área efectiva total de aberturas de ventilación: Ss= Ss= 30 > > 3

Superficie total de la cubierta: Ac= Ac

Capa separadora Para evitar el contacto entre materiales químicamente incompatibles

Bajo el aislante térmico Bajo la capa de impermeabilización

Para evitar la adherencia entre: La impermeabilización y el elemento que sirve de soporte en sistemas no adheridos La capa de protección y la capa de impermeabilización La capa de impermeabilización y la capa de mortero, en cubiertas planas transitables con capa de rodadura

de aglomerado asfáltico vertido sobre una capa de mortero dispuesta sobre la impermeabilización

Capa separadora antipunzonante bajo la capa de protección.

Capa de protección Impermeabilización con lámina autoprotegida Capa de grava suelta (05), (06), (07) Capa de grava aglomerada con mortero (06), (07) Solado fijo (07)

Baldosas recibidas con mortero Capa de mortero Piedra natural recibida con mortero Adoquín sobre lecho de arena Hormigón Aglomerado asfáltico

Mortero filtrante Otro:

Solado flotante (07) Piezas apoyadas sobre soportes (06) Baldosas sueltas con aislante térmico incorporado

Otro:

Capa de rodadura (07) Aglomerado asfáltico vertido en caliente directamente sobre la impermeabilización Aglomerado asfáltico vertido sobre una capa de mortero dispuesta sobre la impermeabilización (06)

Capa de hormigón (06) Adoquinado Otro:

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Tierra Vegetal (06), (07), (08)

Tejado Teja Pizarra Zinc Cobre Placa de fibrocemento Perfiles sintéticos

Aleaciones ligeras Otro:

(01)Cuando se prevea que vayan a producirse condensaciones en el aislante térmico, según el cálculo descrito en la sección HE1 del DB “Ahorro de energía”.

(02) Este dato se obtiene de la tabla 2.9 y 2.10, exigencia básica HS1, CTE(03) Según se determine en la sección HE1 del DB “Ahorro de energía

(04)Si la impermeabilización tiene una resistencia pequeña al punzonamiento estático se debe colocar una capa separadora antipunzonante entre esta y la capa de protección. Marcar en el apartado de Capas Separadoras.

(05) Solo puede emplearse en cubiertas con pendiente < 5%

(06)Es obligatorio colocar una capa separadora antipunzonante entre la capa de protección y la capa de impermeabilización. En el caso en que la capa de protección sea grava, la capa separadora será, además, filtrante para impedir el paso de áridos finos.

(07)Es obligatorio colocar una capa separadora antipunzonante entre la capa de protección y el aislante térmico. En el caso en que la capa de protección sea grava, la capa separadora será, además, filtrante para impedir el paso de áridos finos.

(08) Inmediatamente por encima de la capa separadora se dispondrá una capa drenante y sobre esta una capa filtrante.

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4.3.4.2 SECCIÓN HS 2: ELIMINACIÓN DE RESIDUOS

La recogida de residuos se realizará por el personal de la instalación con la periodicidad necesaria,disponiendo de espacios de almacenaje exteriores e interiores suficientes.

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4.3.4.3 SECCIÓN HS 3: CALIDAD DEL AIRE INTERIOR

Ver punto 2.13 de la presente memoria. INSTALACIONES, planos de proyecto y punto 5.3 ANEXOS DE

CÁLCULO DE INSTALACIONES

4.3.4.4 SECCIÓN HS 4: SUMINISTRO DE AGUA

Ver punto 2.13 de la presente memoria. INSTALACIONES, planos de proyecto y punto 5.3 ANEXOS DE

CÁLCULO DE INSTALACIONES

4.3.4.5 SECCIÓN HS 5: EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES

Ver punto 2.13 de la presente memoria. INSTALACIONES, planos de proyecto y punto 5.3 ANEXOS DE

CÁLCULO DE INSTALACIONES

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4.3.5 DB-HR_EXIGENCIAS BÁSICAS DE PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDOREAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28marzo 2006)ANEXO DB-HR aprobado definitivamente en REAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. ( BOE núm 254, Martes 23 octubre 2007)

Artículo 14. Exigencias básicas de protección frente al ruido (HR)1. El objetivo del requisito básico “Protección frente el ruido” consiste en limitar, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, el

riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características de su proyecto,construcción, uso y mantenimiento.

2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán y mantendrán de tal forma que los elementos constructivos que conformansus recintos tengan unas características acústicas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido yvibraciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos.

3. El Documento Básico “DB HR Protección frente al ruido” especifica parámetros objetivos y sistemas de verificación cuyo cumplimiento asegura lasatisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de protección frente al ruido.

Se aportan las fichas de justificación frente a ruido HR

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FICHAS JUSTIFICATIVAS DE LA OPCIÓN GENERAL DE AISLAMIENTO ACÚSTICOLas tablas siguientes recogen las fichas justificativas del cumplimiento de los valores límite de aislamientoacústico, calculado mediante la opción general de cálculo recogida en el punto 3.1.3 (CTE DB HR),correspondiente al modelo simplificado para la transmisión acústica estructural de la UNE EN 12354, partes 1,2 y 3.

Elementos de separación verticales entre:

Recinto emisorRecinto receptor

Tipo CaracterísticasAislamiento acústico

en proyecto exigido

Cualquier recinto no perteneciente

Protegido

Elemento base

No procedea la unidad de uso(1)

(si los recintos no comparten Trasdosado

puertas ni ventanas)

Cualquier recinto no perteneciente

Puerta o ventanaNo procede

a la unidad de uso(1)

(si los recintos comparten puertas

CerramientoNo procede

o ventanas)

De instalaciones

Elemento base

No procede

Trasdosado

De actividad

Elemento base

No procede

Trasdosado

Cualquier recinto no perteneciente

Habitable

Elemento base

No procedea la unidad de uso(1)

(si los recintos no comparten Trasdosado

puertas ni ventanas)

Cualquier recinto no perteneciente

Puerta o ventanaNo procede

a la unidad de uso(1)(2)

(si los recintos comparten puertas

CerramientoNo procede

o ventanas)

De instalaciones

Elemento base m (kg/m²)= 319.3

DnT,A = 45 dBA 45 dBA Tabique de dos hojas, con

revestimiento RA (dBA)= 48.0

TrasdosadoRA (dBA)= 0

De instalaciones

Puerta o ventanaNo procede

(si los recintos

comparten puertas CerramientoNo procede

o ventanas)

De actividad

Elemento base

No procede

Trasdosado

De actividad (si

Puerta o ventanaNo procede

los recintos comparten

puertas o ventanas) CerramientoNo procede

Página 1

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EXIGENCIA BÁSICA HR: PROTECCIÓN FRENTEAL RUIDO

Elementos de separación verticales entre:

Recinto emisorRecinto receptor Tipo Características

Aislamiento acústico

en proyecto exigido(1) Siempre que no sea recinto de instalaciones o recinto de actividad(2) Sólo en edificios de uso residencial o sanitario

Elementos de separación horizontales entre:

Recinto emisor

Recinto receptor

Tipo CaracterísticasAislamiento acústico

en proyecto exigido

Cualquier recinto

Protegido

Forjado

No procede

no perteneciente a

la unidad de uso(1)

Suelo flotante

Techo suspendido

De instalaciones

Forjado

No procede

Suelo flotante

Techo suspendido

De actividad

Forjado

No procede

Suelo flotante

Techo suspendido

Cualquier recinto

Habitable

Forjado

No procede

no perteneciente a

la unidad de uso(1)

Suelo flotante

Techo suspendido

De instalaciones

Forjado

No procede

Suelo flotante

Techo suspendido

Forjado m (kg/m²)= 307.5 L'nT,w = 52 dB 60 dB

Forjado sanitario Ln,w (dB)= 76.9

Suelo flotante Lw (dB)= 20

Suelo flotante con lámina de espuma de polietileno de alta densidad, de 5 mm de espesor. Pavimento vinílico homogéneo, antideslizante, para uso en cuartos húmedos, en rollo

Página 2

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Elementos de separación horizontales entre:

Recinto emisor

Recinto receptor Tipo Características

Aislamiento acústico

en proyecto exigido

Techo suspendidoLw (dB)= 0

De actividad

Forjado

No procede

Suelo flotante

Techo suspendido

(1) Siempre que no sea recinto de instalaciones o recinto de actividad

Fachadas, cubiertas y suelos en contacto con el aire exterior:

Ruido exterior Recinto receptor Tipo

Aislamiento acústico

en proyecto exigido

Ld = 60 dBA Protegido (Estancia)

Parte ciega:

D2m,nT,Atr = 30 dBA 30 dBA

Fachada revestida con mortero monocapa, de dos hojas de fábrica, con cámara de aire no ventilada

Cubierta plana no transitable, no ventilada, con grava, impermeabilización mediante láminas asfálticas. (Forjado unidireccional) - Guarnecido de yeso a buena vista

Huecos:

Ventana de doble acristalamiento aislaglas "control glass acústico y solar", 4/10/6

La tabla siguiente recoge la situación exacta en el edificio de cada recinto receptor, para los valores másdesfavorables de aislamiento acústico calculados (DnT,A, L'nT,w, y D2m,nT,Atr), mostrados en las fichas justificativasdel cumplimiento de los valores límite de aislamiento acústico impuestos en el Documento Básico CTE DB HR,calculados mediante la opción general.

Tipo de cálculo EmisorRecinto receptor

Tipo Planta Nombre del recinto

Ruido aéreo interior entre elementos de separación verticales

De instalaciones Habitable Planta baja Vestuarios personal 2 (Aseo de planta)

Ruido de impactos en elementos de separación horizontales De instalaciones Habitable Planta baja Vestuarios personal 2 (Aseo de planta)

Ruido aéreo exterior en fachadas, cubiertas y suelos en contacto con el aire exterior

Protegido Planta baja Recepción/Control (Oficinas)

Página 3

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4.3.6 DB-HE_EXIGENCIAS BÁSICAS DE AHORRO DE ENERGÍAREAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28marzo 2006)

Artículo 15. Exigencias básicas de ahorro de energía (HE). El objetivo del requisito básico «Ahorro de energía » consiste en conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los

edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energíarenovable, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de forma que se cumplan las exigencias básicasque se establecen en los apartados siguientes.

El Documento Básico «DB-HE Ahorro de Energía» especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacciónde las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de ahorro de energía.

15.0 Exigencia básica HE0. Limitación del consumo energético15.1 Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética: los edificios dispondrán de una envolvente de características tales que limiteadecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad, del uso del edificio y delrégimen de verano y de invierno, así como por sus características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar,reduciendo el riesgo de aparición de humedades de condensación superficiales e intersticiales que puedan perjudicar sus características y tratandoadecuadamente los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos.

15.2 Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas: los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas aproporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta exigencia se desarrollaactualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE, y su aplicación quedará definida en el proyecto del edificio.

15.3 Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación: los edificios dispondrán de instalaciones de iluminaciónadecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar elencendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas quereúnan unas determinadas condiciones.

15.4 Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria: en los edificios con previsión de demanda de agua calientesanitaria o de climatización de piscina cubierta, en los que así se establezca en este CTE, una parte de las necesidades energéticas térmicasderivadas de esa demanda se cubrirá mediante la incorporación en los mismos de sistemas decaptación, almacenamiento y utilización de energía solar de baja temperatura adecuada a la radiación solar global de su emplazamiento y a lademanda de agua caliente del edificio. Los valores derivados de esta exigencia básica tendrán la consideración de mínimos, sin perjuicio de valoresque puedan ser establecidos por las administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las características propias de sulocalización y ámbito territorial.

15.5 Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica: en los edificios que así se establezca en este CTE se incorporaránsistemas de captación y transformación de energía solar en energía eléctrica por procedimientos fotovoltaicos para uso propio o suministro a la red. Los valores derivados de esta exigencia básica tendrán la consideración de mínimos, sin perjuicio de valores más estrictos que puedan ser establecidos por las administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las características propias de su localización y ámbito territorial

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4.3.6.0 SECCIÓN HE 1: LIMITACIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO

En el apartado 4.3.6.1, se aporta justificación conjunta de los apartados DB-HE0 y DB-HE1.

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4.3.6.1 SECCIÓN HE 1: LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA

Se aporta justificación conjunta de los apartados DB-HE0 y DB-HE1.

Departamento de Servicios Técnicos Distrito de Villaverde C/ Arroyo Bueno 53, 28021 Madrid

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Nueva construcción o ampliación, en usos distintos al residencialprivado

VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE CTE-HE0 Y HE1

IDENTIFICACIÓN DEL EDIFICIO O DE LA PARTE QUE SE VERIFICA:

San Cristobal de los Angeles

Dirección C/ Rocafort 9

Municipio Madrid Código Postal 28021

MadridProvincia Comunidad Autónoma Madrid

D3Zona climática Año construcción Posterior a 2013

Nombre del edificio

Normativa vigente (construcción / rehabilitación) CTE HE 2013

Referencia/s catastral/es 1462989VK4616B0001KM

Tipo de edificio o parte del edificio que se certifica:

Vivienda

Unifamiliar

Bloque

Bloque completo

Vivienda individual

Terciario

Edificio completo

Local

Edificio de nueva construcción Edificio Existente

DATOS DEL TÉCNICO VERIFICADOR:

Nombre y Apellidos 18925550TNIF/NIEJuan José Gisbert Amiguet

Razón social B97824437NIFIngeniería Gisbert, S.L.

Domicilio José María Haro 14 3 6

Municipio Código Postal 46022Valencia

Provincia Valencia Comunidad Autónoma Comunidad Valenciana

e-mail: [email protected] Teléfono 963561107

Titulación habilitante según normativa vigente Ingeniero Técnico Industrial

Procedimiento reconocido de calificación energética utilizado yversión:

HU CTE-HE y CEE Versión 1.0.1493.1049, de fecha10-mar-2016

Porcentaje de ahorro sobre la demanda energética conjunta* de calefacción y de refrigeración para 0,80 ren/h**

Consumo de energía primaria no renovable**

Demanda energética de calefacción del edificio objeto para 0,80 ren/hora

Demanda energética de refrigeración del edificio objeto para 0,80 ren/h

Demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración del edificio objeto para 0,80 ren/h

Demanda energética de calefacción del edificio de referencia para 0,80 ren/hora

Demanda energética de refrigeración del edificio de referencia para 0,80 ren/h

Demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración del edificio de referencia para 0,80 ren/h

64.97

52.27

103.77

78.50

204.35

Porcentaje de ahorro mínimo de la demanda energética conjunta respecto al edificio de referencia según la tabla 2.2del apartado 2.2.1.1.2 de la sección HE1

Ahorro mínimo

173.79

B Sí cumpleB

101.56 158.72

Ahorro alcanzado (%) Ahorro mínimo (%)36.01 0.00 Sí cumple

Fecha

Ref. Catastral 1462989VK4616B0001KM Página 1 de 5

17/05/2016

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**Esta aplicación únicamente permite, para el caso expuesto, la comprobación de las exigencias del apartado 2.2.1.1.2 de la secciónDB-HE1. Se recuerda que otras exigencias de la sección DB-HE1 que resulten de aplicación deben asimismo verificarse, así como el restode las secciones del DB-HE

Valor máximo de consumo de energía primaria no renovable para la clase B

Firma del técnico verificador

Anexo I. Descripción de las características energéticas del edificio.

El técnico verificador abajo firmante certifica que ha realizado la verificación del edificio o de la parte que se verifica de acuerdocon el procedimiento establecido por la normativa vigente y que son ciertos los datos que figuran en el presente documento, ysus anexos:

Registro del Organo Territorial Competente:

*La demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración se obtiene como suma ponderada de la demanda energética de calefacción(Dcal) y la demanda energética de refrigeración (Dref). La expresión que permite obtener la demanda energética conjunta para edificiossituados en territorio peninsular es DG = Dcal + 0,70∙Dref mientras que en territorio extrapeninsular es DG = Dcal + 0,85∙Dref.

Consumo de energía primaria no renovable del edificio objeto

Fecha 17/05/2016

Fecha

Ref. Catastral 1462989VK4616B0001KM Página 2 de 5

17/05/2016

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En este apartado se describen las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones,condiciones de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación energética del edificio.

ANEXO I

DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS ENERGÉTICAS DEL EDIFICIO

1. SUPERFICIE, IMAGEN Y SITUACIÓN

233.99

Imagen del edificio Plano de situación

2. ENVOLVENTE TÉRMICA

Cerramientos opacos

Nombre Tipo Modo de obtención

Superficie habitable (m²)

Superficie(m²)

Transmitancia(W/m²K)

C01_Cubierta_plana_no_transi Cubierta 282.21 0.35 Usuario

C02_Fachada_revestida_con_mo Fachada 148.09 0.43 Usuario

C02_Fachada_revestida_con_mo Fachada 41.03 0.43 Usuario

C02_Fachada_revestida_con_mo Fachada 162.40 0.43 Usuario

C02_Fachada_revestida_con_mo Fachada 54.46 0.43 Usuario

C03_Fachada_revestida_con_mo Fachada 30.44 0.43 Usuario

C03_Fachada_revestida_con_mo Fachada 18.17 0.43 Usuario

C03_Fachada_revestida_con_mo Fachada 18.28 0.43 Usuario

C05_Solera Suelo 282.21 0.92 Usuario

Nombre TipoModo de

obtencióntransmitancia

FactorSolar

Modo de obtención factorsolar

Huecos y lucernarios

Superficie(m²)

Transmitancia(W/m²K)

H01_Door Hueco 7.90 1.10 0.03 Usuario Usuario

H01_Door Hueco 16.72 1.10 0.03 Usuario Usuario

H01_Door Hueco 3.70 1.10 0.03 Usuario Usuario

H02_Window Hueco 3.41 3.16 0.60 Usuario Usuario

H03_Window Hueco 9.72 2.83 0.51 Usuario Usuario

H04_Window Hueco 1.98 2.82 0.47 Usuario Usuario

H05_Window Hueco 1.65 3.16 0.60 Usuario Usuario

H05_Window Hueco 3.30 3.16 0.60 Usuario Usuario

H06_Window Hueco 2.25 3.20 0.55 Usuario Usuario

H07_Window Hueco 4.89 3.09 0.64 Usuario Usuario

H08_Window Hueco 2.31 3.20 0.55 Usuario Usuario

Fecha

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17/05/2016

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Nombre TipoModo de

obtencióntransmitancia

FactorSolar

Modo de obtención factorsolar

Huecos y lucernarios

Superficie(m²)

Transmitancia(W/m²K)

H09_Window Hueco 3.60 2.81 0.45 Usuario Usuario

H10_Window Hueco 2.64 3.11 0.62 Usuario Usuario

3. INSTALACIONES TÉRMICAS

Generadores de calefacción

Nombre Tipo Tipo de Energía Modo de obtenciónPotencia

nominal (kW)Rendimiento

Estacional (%)

EQ_1_sis_mixto_calef_acs_1 Caldera eléctrica o decombustible

65.00 112.00 GasNatural Usuario

4. INSTALACIÓN DE ILUMINACION

Nombre del espacio Iluminancia media (lux)Potencia instalada (W/m²) VEEI (W/m²100lux)

P01_E01_Recepcion 17.73 2.07 362.32

P01_E02_Despacho 21.62 2.34 320.51

P01_E03_Anteaseos 9.50 6.00 125.00

P01_E04_Vestuario 8.15 4.70 159.57

P01_E05_Vestuario 8.15 4.70 159.57

P01_E06_Cuarto_de 0.00 1.00 0.00

P01_E07_Cuarto_de 0.00 1.00 0.00

P01_E08_Vestuario 5.51 4.10 182.93

P01_E09_Vestuario 5.51 4.10 182.93

P01_E10_Vestuario 4.59 2.30 326.09

P01_E11_Vestuario 4.59 2.30 326.09

P01_E12_Almacen 0.00 1.00 0.00

P01_E13_Aseos_pub 5.98 3.40 129.41

P01_E14_Aseos_pub 5.98 3.40 129.41

5. CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN

Espacio Perfil de usoSuperficie (m²)

P01_E01_Recepcion 30.43 noresidencial-24h-alta

P01_E02_Despacho 10.55 noresidencial-24h-alta

P01_E03_Anteaseos 6.62 noresidencial-24h-alta

P01_E04_Vestuario 8.82 noresidencial-24h-alta

P01_E05_Vestuario 9.41 noresidencial-24h-alta

P01_E06_Cuarto_de 5.18 perfildeusuario

P01_E07_Cuarto_de 12.95 perfildeusuario

P01_E08_Vestuario 13.26 noresidencial-24h-alta

P01_E09_Vestuario 13.26 noresidencial-24h-alta

P01_E10_Vestuario 57.39 noresidencial-24h-alta

P01_E11_Vestuario 58.63 noresidencial-24h-alta

P01_E12_Almacen 30.09 perfildeusuario

P01_E13_Aseos_pub 14.75 residencial-24h-baja

Fecha

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5. CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN

Espacio Perfil de usoSuperficie (m²)

P01_E14_Aseos_pub 10.88 residencial-24h-baja

Fecha

Ref. Catastral 1462989VK4616B0001KM Página 5 de 5

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓNREFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBALC/ ROCAFORT 9, SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES, MADRID

4.3.6.2 SECCIÓN HE 2: RENDIMIENTO DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS (RITE)

Para el cálculo y justificación del presente apartado de la Normativa, ver apartado 5.3. CÁLCULO

INSTALACIONES. CALEFACCIÓN de la presente memoria y los planos del Proyecto de Ejecución.

Departamento de Servicios Técnicos Distrito de Villaverde C/ Arroyo Bueno 53, 28021 Madrid

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4.3.6.3 SECCIÓN HE 3: EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN

Se aporta a continuación justificación del cumplimiento de este punto de la normativa. Para más datos

sobre el cálculo, ver apartado 5.3. CÁLCULO INSTALACIONES. ILUMINACIÓN de la presente memoria

y los planos del Proyecto de Ejecución.

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JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL DB HE 3 DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE

LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN.

1.- DETERMINACIÓN DEL VALOR DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN.

Para la realización del Proyecto se han tenido en consideración las siguientes Normativas, Reglamentos y Ordenanzas vigentes en la fecha de realización del mismo:

La eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona, se

determinará mediante el valor de eficiencia energética de la instalación VEEI (W/m2) por cada 100 lux mediante la siguiente expresión:

VEEI = Px100/SxEm

siendo

P la potencia de la lámpara más el equipo auxiliar [W]; S la superficie iluminada [m2]; Em la iluminancia media horizontal mantenida [lux]

2.- VALORES LÍMITE DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN.

Los valores de eficiencia energética límite en recintos interiores de un edificio se establecen en la tabla 2.1, siendo los siguientes:

- Administrativo en general (recepción/control y despacho): ............................................ 3,0

- Almacenes, archivos, salas técnicas y cocina (almacén y cuarto de calderas): ............. 4,0

- Espacios deportivos (campo de futbol): .......................................................................... 4,0

- Zonas comunes en edificios no residenciales (aseos y vestuarios): .............................. 6,0

3.- VALORES RESULTANTES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN.

En función de los cálculos realizados resultan los siguientes valores de eficiencia energética:

- Recepción/control: .................................. 1,98 ≤ 3,0

- Despacho: .............................................. 2,24 ≤ 3,0

- Vestuarios de personal: .......................... 5,66 ≤ 6,0

- Cuarto de calderas: ................................ 2,59 ≤ 4,0

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- Vestuarios de árbitros: ............................ 4,11 ≤ 6,0

- Vestuarios de campo: ............................. 2,33 ≤ 6,0

- Almacén: ................................................. 1,97 ≤ 4,0

- Vestuarios de público: ............................ 3,41 ≤ 6,0

Se adjuntan los cálculos de iluminación de los distintos locales.

4.- CÁLCULO DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL CAMPO DE FUTBOL.

En función de los cálculos de iluminación del campo de futbol resulta la siguiente eficiencia energética:

VEEI = Px100/SxEm = 33900 x 100/3175 x 227 = 2,42 ≤ 4,0

Se adjuntan los cálculos de iluminación del campo de futbol.

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓNREFORMA I.D.B. SAN CRISTÓBALC/ ROCAFORT 9, SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES, MADRID

4.3.6.4 SECCIÓN HE 4: CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA

Para el cálculo y justificación del presente apartado de la Normativa, ver apartado 5.3. CÁLCULO

INSTALACIONES. CAPTACIÓN SOLAR de la presente memoria y los planos del Proyecto de Ejecución.

Departamento de Servicios Técnicos Distrito de Villaverde C/ Arroyo Bueno 53, 28021 Madrid

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4.3.6.5 SECCIÓN HE 5: CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

NO PROCEDE

Según el uso y las superficies resultantes, no procede la justificación del apartado de contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.

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8 D O C U M E N T A C I Ó N G R Á F I C A

SITUACIÓN

S01 SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

ESTADO ACTUAL

EA01 PLANTA Y TOPOGRÁFICO

ARQUITECTURA

AP01 PLANTASAA01 ALZADOS TRANSVERSALESAA02 ALZADOS LONGITUDINALES 01AA03 ALZADOS LONGITUDINALES 02AS01 SECCIONES

ALBAÑILERÍA

AL01 ALBAÑILERÍA Y ACABADOS

CARPINTERÍA Y CERRAJERÍA

C01 CARPINTERÍA 01C02 CARPINTERÍA 02C03 CARPINTERÍA 03

DETALLES

D01 DETALLE CONSTRUCTIVO

URBANIZACIÓN

U01 PAVIMENTOS, COTASU02 PERFILES TRANSVERSALESU03 PERFILES LONGITUDINALESU04 VALLADO

ESTRUCTURAS

E01 CIMENTACIÓN E02 PLANTA BAJA 01E03 PLANTA BAJA 02E04 PLANTA BAJA 03E05 PLANTA CUBIERTAS 01E06 PLANTA CUBIERTAS 02E07 PLANTA CUBIERTAS 03E08 DETALLES

INSTALACIONES

IF01 FONTANERÍA Y SOLAR EDIFICACIÓNIS01 SANEAMIENTO EDIFICACIÓNIS02 SANEAMIENTO URBANIZACIÓNIE00 ESQUEMA UNIFILARIE01 ELECTRICIDAD EDIFICACIÓN

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IE02 ELECTRICIDAD URBANIZACIÓNICL01 CLIMATIZACIÓN EDIFICACIÓNIPCI PCI EDIFICACIÓNIV01 VENTILACIÓN EDIFICACIÓNICA00 ESQUEMA DE PRINCIPIOICA01 CALEFACCIÓN Y GAS EDIFICACIÓNIR01 RIEGO URBANIZACIÓN

SEGURIDAD Y SALUD

SS01 SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTOSS02 DEMOLICIONESSS03 MOVIMIENTO DE TIERRAS, IMPLANTACIÓNSS04 ESTRUCTURASSS05 ALBAÑILERÍA Y ACABADOS