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Firmado el convenio colectivo de merchands En el día de hoy, 12 de diciembre 2013 se ha firmado el convenio colectivo para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición, más conocido popularmente como de merchands. Tal y como habíamos informado anteriormente, se ha firmado el convenio colectivo antes mencionado, los puntos a destacar son: En los artículos que se establecía distancias kilométricas diferentes para la delimitación de las áreas de trabajo, desplazamientos así como para los casos de compensación de jornada, se unifica estableciéndose en todos 25 km. (en concreto los artículos 8,29 y 35 del actual convenio colectivo). Se recoge que el pago de los salarios se hará preferentemente en los cinco primeros días hábiles del mes y como tope en los díez días naturales. Se establece como tope máximo de jornada diaria nueve horas. Así mismo se entregará copia del calendario laboral a la representación legal de los trabajadores. El descanso compensatorio por trabajar los domingos se disfrutará otro día de la semana de lunes a domingo Las vacaciones se disfrutarán en dos periodos, uno de 10 días y otro de 21 días, disfrutándose este último en el periodo comprendido entre junio y septiembre. Pudiéndose disfrutar los 31 días continuados fuera de este periodo y siempre que la organización del trabajo lo permita. Se elimina el límite de 200 km en el caso de utilización de las licencias retribuidas que exigen desplazamiento. En el caso de la licencia por hospitalización se podrá disfrutar mientras dure el hecho causante, es decir, mientras el familiar este hospitalizado. En materia de uniformidad, se establece la obligatoriedad de entregar dos uniformes al año. Por último, ante la situación económica que se está viviendo, en particular en estas empresas que dependen de las horas contratas por la empresa principal, y en aras de seguir manteniendo vivo el convenio colectivo y no pueda ser afectado por la reforma laboral, hemos aceptado seguir manteninedo los salarios actuales durante el 2014, siendo ésta también la vigencia del convenio colectivo.